CONDICIONES GENERALES DE CONTRATO
Condiciones generales de contrato
Padre Xxx Travel – Domicilio social: Xxx Xxxxxx xx Xxxxxxx, 00 - 00000 Xxxx
X.X.X. x. 000000 - X.X. P.I. 11061991003
CONDICIONES XXXXXXXXX XX XXXXXXXX
0. XXXXXXX XXXXXXXXXXXX - Xx xxxxx de paquetes, que se refieran a servicios proporcionados en Italia tanto nacionales como internacionales, se rige - hasta su derogación, de conformidad con el art. 3 del Decreto Legislativo. N. 79 de 23 xx xxxx de 2011 (el "Código de Turismo") - por L. 27/12/1977 Nº 1084, ratificación y aplicación de la Convención Internacional sobre los Contratos de viaje (CCV), firmado en Bruselas el 04/23/1970 - en según sea el caso - y por el Código de Turismo (Arts 32-51.) y sus modificaciones posteriores.
2. DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS - El organizador y el intermediario del paquete, a quien se dirije el turista, deben estar habilitadas para la ejecución de sus actividades respectivas de conformidad con las normas administrativas aplicables, incluso regionales.
En virtud del artículo. 18, fracción VI, del Código. Rd., el uso en la denominación social de las palabras "agencia de viajes", “agencia de Turismo”, "operador turístico", "agente de viajes" u otras palabras y frases, incluso en idioma extranjero, de naturaleza similar, sólo es permitida a las empresas calificadas en el primer párrafo.
3. DEFINICIONES - A los efectos de este contrato será de aplicación:
a) la organización de los viajes: la persona que se compromete en nombre propio y de la suma global de pago, para adquirir paquetes a terceros, por lo que la combinación de los elementos enumerados en el art. 4 u ofrecer al turista, también por medio de un sistema de comunicación a distancia, la capacidad de realizar de forma independiente y comprar tal combinación;
b) intermediario: el sujeto que, no profesional y sin fines de lucro, se vende o se comprometa a adquirir paquetes turísticos de acuerdo con la siguiente técnica. 4 a un pago único;
c) los turistas: el comprador, el cesionario de un paquete turístico o cualquier persona, incluso para ser nominado, a condición de que todas las condiciones requeridas para el uso del servicio, en cuyo nombre el contratante principal se compromete a comprar un paquete turístico sin remuneración.
4. EL CONCEPTO DE PAQUETE - La definición de paquete turístico es la siguiente:
"Los paquetes turísticos tienen como objeto los viajes, vacaciones, los circuitos todo incluido, el turismo de cruceros, y/o el resultado de cualquiera de las combinaciones, por cualquier persona y de cualquier manera, de al menos dos de los siguientes elementos, vendidos u ofrecidos a la venta a un precio determinado: a) transporte; b) alojamiento; c) servicios turísticos no accesorios del transporte o del alojamiento que en el arte. 36 , constituyen la satisfacción de las necesidades recreativas de los turistas, una parte significativa del "paquete" (art. 34 Cod. Rd.).
El turista tiene derecho a recibir una copia del contrato de venta del paquete turístico (preparado de acuerdo con los procedimientos del Art. 35 Cod. Rd.). El contrato constituye el derecho a acceder al Fondo de Garantía que se refiere el art. 21.
5. INFORMACIÓN AL TURISTA - FICHA TECNICA - El organizador dispone en el catálogo o en folleto fuera del catalogo - también en forma electrónica o por medios electrónicos - una Ficha Tecnica. Los elementos obligatorios del catálogo técnico o programa son:
- datos de la autorización administrativa o, si es aplicable, la DIA o S.C.I.A. del organizador;
- datos de la poliza de seguro de responsabilidad civil;
- período de validez del catálogo o programa fuera de impresión;
- términos y condiciones para la sustitución de viajero (Art 39 Cod Rd...);
- los parámetros y criterios para el ajuste del precio del viaje (Art 40 Cod Rd...).
El organizador también inserirá en la Fichas Tecnica, condiciones particulares adicionales.
En el momento de la celebración del contrato el organizador debe informar a los pasajeros sobre la identidad del / la portador / la real / i, y sin perjuicio de Arte. 11 del Reg. CE 2111/2005, y su
/ su posible inclusión en el CD. "Lista de Negro" en virtud de dicho Reglamento.
6. RESERVAS - La reserva propuesta debe presentarse en la forma de contrato, ya sea electrónico, si es necesario, completado en su totalidad y firmado por el cliente, que recibirá una copia. La aceptación de la reserva será completa, con la consiguiente celebración del contrato, sólo cuando el organizador envía una confirmación, incluso por el sistema electrónico, los turistas en el intermediario agencia de viajes.
El organizador proporcionará, antes de salir, la información del paquete que no figura en los documentos contractuales, folletos u otros medios escritos, como exige el art. 37, párrafo 2 Cod. Tur.
En virtud del artículo. 32, párrafo 2, Cod. Rd., En el caso de los contratos a distancia o fuera del establecimiento (como se define en los artículos respectivamente. 50 y 45 del Decreto Legislativo
n. 206/2005), el organizador se reserva el derecho de notificar por escrito a la inexistencia del derecho de las disposiciones de abstinencia en los artículos. 64 y ss. del Decreto Legislativo n. 206/2005.
7. PAGOS - La seña, del 30% del precio del paquete, debe ser pagada al momento de la reserva y el saldo, se debe pagar el saldo antes de la salida, segun la fecha estipulada, por catálogo o por cualquier otra cosa en el folleto.
La falta de pago de las sumas estipuladas en las fechas establecidas, cláusula de rescisión como para determinar, por la agencia y / o el organizador del intermediario, la resolución adecuada.
8. PRECIO - El precio del paquete es determinado en el contrato, con referencia a lo que se indica en el programa de catálogo o folleto y que cualquier cambio de los catálogos o programas añadidos posteriormente. Se puede cambiar hasta 20 días antes de la salida y sólo como resultado de cambios en:
- Los costos de transporte, incluyendo el costo del combustible;
- Derechos y los impuestos sobre determinados tipos de servicios turísticos tales como impuestos, tasas o cargos por aterrizaje, embarque o desembarque en puertos y aeropuertos;- Los tipos de cambio aplicados al viaje en cuestión.
Para que estos cambios nos referiremos a los tipos de cambio y los costos mencionados anteriormente en vigor en la fecha de publicación del programa, como se indica en la hoja de datos del catálogo o en la fecha indicada en las actualizaciones anteriores.
Las fluctuaciones afectarán el precio fijo del paquete en el porcentaje indicado expresamente en el programa de catálogo o folleto técnico.
9. MODIFICACIÓN O CANCELACIÓN DE PAQUETE TURÍSTICO ANTES DE LA SALIDA - Antes de la salida, el organizador o las necesidades de intermediación para modificar significativamente uno o más elementos del contrato, se notificará inmediatamente por escrito al turista, indicando el tipo de cambio y el cambio en el precio que va con ella.
Si usted no acepta la enmienda propuesta se refiere el apartado 1, el turista puede o bien ejercer el derecho de readquirir la suma ya pagada o para disfrutar de la oferta de un paquete turístico reemplacé en el marco del 2º y 3º párrafos del artículo 10 .
Los turistas pueden ejercer los derechos previstos por encima incluso cuando la cancelación depende del hecho de no alcanzar el número mínimo de participantes en el catálogo o en el catálogo o programa por fuerza mayor o caso fortuito, en relación con el paquete turístico adquirido.
Para cancelaciones otros que los causados por fuerza mayor, caso fortuito y el fracaso para alcanzar el número mínimo de participantes, así como a los que no sea la falta de aceptación por parte del turista del paquete turístico alternativo ofrecido, el organizador cancelación, (Art. 33 letra. y Cód. Cons.) devolverá al turista doble de lo que se pagó y se recoge por el organizador, a través de la agencia de viajes. La suma reembolsada nunca superará el doble de la cantidad que los turistas estarían en el mismo día en que el deudor de conformidad con el art. 10, párrafo 4 si tuviera que cancelar.
10. RETIRO DEL TURISTA - El turista puede rescindir el contrato sin tener que pagar multas en los casos siguientes:
- Aumento en el precio que se refiere el art. 8 en exceso de 10%;
- Modificación significativa de uno o más elementos del contrato como fundamentales para el buen término del paquete en su conjunto y propuestas por el organizador después de la conclusión del contrato, pero antes de la salida y no aceptadas por los turistas. En los casos anteriores, el turista tiene derecho a cualquiera:
- Para aprovechar las ventajas de un paquete turístico alternativo, sin costo adicional o con la devolución de dinero, si el se gundo paquete tiene un valor inferior a la primera;- La devolución del importe ya pagado.
Este reembolso se debe hacer en el plazo de siete días hábiles desde la recepción de la solicitud de reembolso. El turista debe comunicar su decisión (para aceptar el cambio o retirar) a más tardar dos días hábiles desde el momento en que recibió el aviso de aumento o cambio. A falta de notificación expresa en dicho plazo, la propuesta formulada por el organizador se considerará aceptada.
El turista que rescinda el contrato antes de la salida fuera de los supuestos enumerados en el párrafo primero, o en el caso previsto por el art. 7, párrafo 2, se cobrará - sin tener en cuenta el pago de la seña segun el art. 7 apartado 1 - la cuota individual de gestión de practica, el costo por cancelacion en la cantidad indicada en la ficha tecnica del catálogo o programa o viaje a medida, el monto correspondiente al seguro acordado en el momento de la celebración del contrato o de otros servicios.
En el caso de grupos organizados tales pagos se acordarán encada caso a la firma del contrato.
11. CAMBIOS después de la salida - Si el organizador, después de la salida se encuentra imposibilitado, por cualquier razón, a proporcionar los servicios acordados, a excepción de un hecho propio del turista, una parte esencial de los servicios incluidos en el contrato, proporcionará soluciones alternativas, sin costo adicional para el contratista y si los servicios prestados son de un valor inferior a los estipulados, debera reemborsar al turista una cantidad igual a esa diferencia.
Si no es posible hacer alguna solucion alternativa, o el turista rechaza la solución ofrecida por el organizador por razones probadas y justificadas, el organizador proporcionará sin coste adicional, un medio de transporte equivalente al previsto inicialmente para volver al punto xx xxxxxxx o a cualquier otro lugar convenido, de acuerdo a la disponibilidad de recursos y lugares, y reembolsará la diferencia entre el costo de las prestaciones y los servicios prestados hasta el momento del regreso anticipado
12. SUSTITUCIONES - El turista que renuncia pueden ser sustituidos por otra persona, siempre que:
a) el organizador sea informado por escrito al menos 4 días hábiles antes de la fecha fijada para la salida, recibiendo información sobre las razones de la sustitución y el cesionario;
b) el suplente cumple con todas las condiciones para el uso del servicio (de conformidad con el artículo 39 Cod Rd)
Condiciones generales de contrato
Padre Xxx Travel – Domicilio social: Xxx Xxxxxx xx Xxxxxxx, 00 - 00000 Xxxx
X.X.X. x. 000000 - X.X. P.I. 11061991003
y en particular los requisitos para pasaportes, visas, certificados sanitarios...; c) los mismos servicios se darán después de la sustitución;
d) el suplente debera reembolsar al organizador todos los gastos adicionales incurridos en el reemplazo, en la medida en que sean cuantificados antes de la venta. El cedente y el cesionario son solidariamente responsables del pago del saldo adeudado y las cantidades mencionadas en el apartado d) de este artículo.
Cualquier término y condiciones de sustitución adicionales se indican en la hoja de datos.
13. OBLIGACIONES DE LOS TURISTAS - Durante las negociaciones y antes de la celebración del contrato, a los interesados se les dará información general escrita - actualizado a la fecha de impresión del catálogo - en relación con los requisitos de salud y de la documentación necesaria para viajar al extranjero.
En cualquier caso, los pasajeros deberán, antes de la salida, verificar la correspondiente actualización con las autoridades competentes (para ciudadanos italianos la sede de la policía local o el Ministerio de Relaciones Exteriores a través de la xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx sitio o el número de la línea de ayuda telefónica 06,491115) adecuandose antes del viaje. En ausencia de dicha verificación, no se responsabilizará de la no partida de uno o más pasajeros, al intermediario u organizador.
Los pasajeros tendrán que informar al intermediario y organizador de su ciudadanía y, al salir, se asegurará definitivamente estar en posesión de certificados de vacunación, pasaportes individuales y cualquier otro documento válido para todos los países visitados, y visas de residencia, tránsito y certificados sanitarios que sean necesarios.
Además, con el fin de evaluar la sanidad y la seguridad de los países de destino y, por lo tanto, la posibilidad de usufruir objetivamente los servicios comprados o que pueda comprar, el turista deberá informarse (haciendo uso de las fuentes de información que se indican en el párrafo 2) en las fuentes oficiales como el Ministerio de Asuntos Exteriores, que determinan específicamente si los destinos son o no aconsejable de visitar.
Los pasajeros también deberán atenerse y observar las reglas de prudencia normal y diligencia y a especificaciones en vigor en los países de destino, a toda la información proporcionada por el organizador, así como los reglamentos, disposiciones administrativas o legislativas relacionadas con el paquete. Los consumidores serán responsables por todos los daños y perjuicios que el organizador y / o intermediario pueden sufrir por el incumplimiento de las obligaciones antes mencionadas, incluyendo los costos necesarios para su regreso al pais.
El turista está obligado a proporcionar al organizador todos los documentos, información y elementos en su poder relevante para el ejercicio del derecho de subrogación frente a terceros responsables de los daños y se hace responsable a traves del organizador de la lesión causado al derecho de subrogación.
El turista también comunicarán por escrito al organizador, al momento de efectuar la reserva, peticiones personales especiales que pueden ser objeto de acuerdos específicos sobre los arreglos de viaje, siempre que sea posible poner en práctica.
El turista tiene la obligación de informar al Intermediario y el organizador de las necesidades o condiciones (embarazo, alergias a los alimentos, discapacidad, etc ...) y especificar explícitamente la solicitud de servicios personalizados.
14. CLASIFICACIÓN HOTEL - La clasificación oficial de los hoteles se ofrece en el catálogo u otro material informativo sobre la base de las indicaciones explícitas y formales de las autoridades competentes del país donde se presta el servicio.
En ausencia de las clasificaciones oficiales reconocidos por las autoridades públicas competentes de los países miembros de la UE en el que se presta el servicio, el organizador se reserva el derecho de proporcionar en el catálogo o folleto, su propia descripción del alojamiento, para permitir una evaluación y posterior la aceptación de la misma por el turista.
15. SISTEMA DE RESPONSABILIDAD - El organizador es responsable de los daños causados al turista debido al incumplimiento total o parcial del contrato, sea que se lleven a cabo por el personalmente o por terceros proveedores de servicios, a menos que pruebe que el evento fue causado por el turista (incluidas las iniciativas tomadas por él mismo durante la ejecución de los servicios turísticos) o por el hecho de un tercero a circunstancias imprevisibles o inevitables más allá de la prestación de servicios en virtud del contrato, por accidente, por la fuerza mayor, o por las circunstancias que el organizador no podía, de acuerdo con la diligencia profesional, prever razonablemente o resolver.
El intermediario a traves del cual se reserva el paquete turístico no se hace responsable bajo ningún concepto de las obligaciones derivadas de la organizacion del viaje, pero es responsable exclusivamente de las obligaciones derivadas de su papel de intermediario y, de todas maneras, dentro de los límites de tal responsabilidad segun la reglamentacion actual, a menos las exenciones previstas en el art. 46 Cod. Tur.
16. LÍMITES DE INDEMNIZACIÓN - La indemnización en virtud de los artículos. 44, 45 y 47 del Código. Tur. y el estatuto correspondiente de limitaciones, se rigen por la virtud del mismo y, en todo caso, dentro de los límites establecidos por el CCV, convenciones internacionales que rigen los servicios cubiertos por el paquete y los artículos 1783 y 1784 del Código Civil.
17. OBLIGACIÓN DE ASISTENCIA - Se requiere que el organizador preste la asistencia necesaria a los turistas según el criterio de la diligencia profesional exclusivamente en relación con sus obligaciones en virtud de las disposiciones de la ley o contrato.
El organizador y el intermediario están exentos de sus obligaciones (Art. 15:16 de las Condiciones Generales), cuando el fracaso o mala ejecución del contrato es imputable al turista, o depende de un tercero con caracter mprevisible o inevitable, o es causado por un evento fortuito o fuerza mayor.
18. QUEJAS Y DENUNCIAS - Cualquier falla en laejecucion del contrato debe ser impugnada por los turistas durante el uso del paquete mediante la presentación puntual de la queja para que el organizador, su representante local o la guía pueden remediar de inmediato. De lo contrario, los daños serán reducidos o excluidos de conformidad con el artículo. 1.227 cc
El turista debe - so pena de caducidad - exponer una queja mediante el envío de una carta certificada con acuse de recibo o por otros medios que garanticen la constancia de su recepción, al organizador o al intermediario, no más tarde xx xxxx días hábiles contados a partir de la fecha de regreso al lugar xx xxxxxxx.
19. SEGURO CONTRA LOS COSTOS DE CANCELACIÓN Y DEVOLUCIÓN - Si no se incluye expresamente en el precio, es posible y conveniente, contratar al hacer la reserva en las oficinas del organizador, las pólizas de seguro especiales, contra gastos derivados de la anulacion de los paquetes turisticos, posibles accidentes y eventos relacionados con equipaje. También será posible contratar un servicio que cubra los gastos de repatriación de gastos en caso de accidente, enfermedad, gastos imprevistos y / o de fuerza mayor. Los turistas podrán ejercer los derechos en virtud de estos contratos exclusivamente contra Compañías de Seguros con la cual ha sido asegurados, en las condiciones y en la forma prevista por estas polízas.
20. RESOLUCIÓN ALTERNATIVA DE CONTROVERSIAS - De acuerdo con los propósitos de Art. 67 Cod. Tur. el organizador podrá proponer al turista - segun catálogo, en su web o en otras formas - el modo de la resolución alternativa de controversias que surjan. En este caso el organizador indicará la tipologia de resolucion alternativa diferente y los efectos que dicha membresía comporta.
21. FONDO DE GARANTÍA (art. 51 Cod Tur..) - El Fondo Nacional de Garantías creado para proteger a los consumidores que estén en posesión del contrato, ofrece los siguientes requisitos en caso de insolvencia o quiebra del intermediario u organizador:
a) el reembolso del precio pagado;
b) repatriación en caso de viajes al extranjero.
El fondo también debe proporcionar los recursos económicos inmediatos en el caso del retorno forzoso de turistas procedentes de países no pertene cientes a la UE encaso de emergencia atribuible al organizador.
El modo de acción del Fondo se establecen por decreto del Presidente del Consejo de Ministros de 23/07/99, n. 349 y las solicitudes de devolución al Fondo no están sujetos a ningún plazo de prescripción. El organizador y el corredor contribuyen a alimentar dicho Fondo según lo establecido por el apartado 2 del art. 51 Cod. Tur. mediante el pago de la prima del seguro que es obligatoria requerida para entrar en, una parte de los cuales se paga al Fondo con lo dispuesto en el art. 6 de 349/99 DM.
ADDENDUM TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE VENTA DE SERVICIOS INDIVIDUALES
A) DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS
El contrato incluye el suministro del único servicio de transporte, el único servicio de alojamiento o cualquier otro servicio turístico por separado no se puede configurar como la organización de un paquete de viaje o turismo, que se rigen por las siguientes disposiciones del CCV : art. 1, n. 3 y n. 6; Artículos. 17 a 23; Artículos. 24 a 31 (sólo las partes de las disposiciones que no se refieren al contrato de organización) y otros acuerdos relativos a la venta de un único contrato de servicio. El vendedor está obligado a proporcionar a terceros, incluso por vía electrónica, un servicio turístico desagregado, se requiere para emitir los documentos turísticos relacionados con este servicio, que indican la cantidad pagada por el servicio y no puede de ninguna manera ser considerados organizador de los viajes.
B) CONDICIONES CONTRACTUALES
Estos contratos también están sujetos a las siguientes cláusulas de los términos y condiciones de venta de paquetes anterior generales: art. 6 apartado 1; art. 7 apartado 2; art. 13; art. 18. La aplicación de estas cláusulas no determina la configuración de los servicios tales como el caso de paquete turístico. La terminología de las cláusulas citadas en relación con el contrato de paquete turístico (organizador, viaje, etc.) entenderse con referencia a las cifras correspondientes del contrato de venta de servicios turísticos individuales (vendedor, alojamiento, etc.). Aprobado en septiembre de 2011 por ASTOI, Assoviaggi, Assotravel, Federviaggio, FIAVET
Este catálogo ha sido preparado de acuerdo con el art. 88 (planes de viaje) de la Ley Regional de 00 xx xxxxx 0000 n. 15 - Consolidación acto xx xxxxx regionales en materia de turismo - publicada en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxxxxx, de 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxxx xxxxxxxxxx xxxxxxxxx no. 29.
La comunicación obligatoria de conformidad con el artículo 17 de la Ley núm. 38/2006:
La ley italiana castiga con cárcel delitos relativos a la prostitución y la pornografía infantil, aunque se cometan en el extranjero.