Contract
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES INDEPENDIENTES, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL INSTITUTO TEMAZCALLI PREVENCION Y REHABILITACION ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA ESTATAL CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIO, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL DOCTOR XXXX XXXXX XXXXXXXX XXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL INSTITUTO”; Y POR LA OTRA, EL C. XXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX DE LOS GENERALES QUE MÁS ADELANTE SE INDICAN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PRESTADOR”; INSTRUMENTO QUE SE SUJETA A LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES.
D E C L A R A C I O N E S: I.- DECLARA “EL INSTITUTO”:
A).- QUE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 1 DEL SU DECRETO DE CREACIÓN, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO, EL 12 DE SEPTIEMBRE DE 1998, ES UN ORGANISMO DESCENTRALIZADO QUE EJERCERÁ AUTÓNOMAMENTE SU PRESUPUESTO Y QUE CUENTA CON FACULTADES PARA CELEBRAR LA CONTRATACIÓN DE ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE CUALQUIER NATURALEZA, QUE REQUIERA PARA EL DESARROLLO DE SUS FUNCIONES.
B).-EL DOCTOR XXXX XXXXX XXXXXXXX XXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 11 FRACCIÓN V DEL REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO TEMAZCALLI, PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN, CUENTA CON FACULTADES LEGALES PARA REPRESENTAR AL ORGANISMO CON PODER GENERAL PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN.
C).- QUE SU DOMICILIO SE ENCUENTRA UBICADO EN LA XXXXX XXXXXXX XXXX XXXXX XX XX XXXXXXXXX XXXXXX 000, XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXX XXXX XXXXXX, X.X.X. CÓDIGO POSTAL 78140.
D).- SE AUTORIZÓ LA CONTRATACIÓN DEL C. XXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX PARA BRINDAR SUS SERVICIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “ APOYO ADMINISTRATIVO Y CLINICO EN NUTRICION ” EN SU CALIDAD DE APOYO EN NUTRICION.
ASÍ MISMO, LA REFERENCIA PRESUPUESTAL CON BASE EN LA CUAL SE CUBRIRÁ EL PRESENTE CONTRATO, ES INGRESO PROPIO, UNIDAD ADMINISTRATIVA REHABILITACION CON OBJETO DE GASTO 3391 QUE DERIVA DEL PRESUPUESTO 2019. EL RECURSO AUTORIZADO PARA LA EJECUCIÓN TOTAL DEL PROYECTO ES DE $23,200.02 (--VEINTITRES--MIL-DOSCIENTOS----
PESOS-02/100 M.N.) CANTIDAD QUE INCLUYE TODOS LOS GASTOS QUE SE ORIGINEN Y EL PAGO DE HONORARIOS DEL RESTO DE LOS PRESTADORES DEL SERVICIO QUE EJECUTEN EL PROYECTO.
II.- DECLARA “EL PRESTADOR”:
A).- DECLARA EL C. XXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX QUE CUENTA CON LA CAPACIDAD LEGAL PARA OBLIGARSE A NOMBRE PROPIO, QUE ACREDITA SU PERSONALIDAD JURÍDICA CON COPIA DE SU ALTA ANTE HACIENDA, QUE SU RFC ES HEAM920217QA6, ACTA DE NACIMIENTO NÚMERO -, DE LA OFICIALÍA -.
B).-QUE TIENE SU DOMICILIO EN LA CALLE -.
C).- QUE SE ENCUENTRA DADA DE ALTA EN LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO BAJO LA MODALIDAD DE PERSONA FISICA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y PROFESIONAL.
D).- QUE TIENE CAPACIDAD JURÍDICA Y ECONÓMICA PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO, Y QUE DISPONE DE LA ORGANIZACIÓN, Y ELEMENTOS PROPIOS Y NECESARIOS PARA ELLO.
E).- QUE PARA CELEBRAR ESTE CONTRATO, CONOCE LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ, LA QUE SERÁ APLICABLE EN LO PROCEDENTE.
F).- QUE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, MANIFIESTA NO ENCONTRARSE INHABILITADO EN EL SECTOR PÚBLICO POR LOS ÓRGANOS DE CONTROL FEDERALES, ESTATALES O MUNICIPALES, NI TAMPOCO ESTÁ IMPEDIDO LEGALMENTE PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO.
G).- QUE ES LICENCIATURA EN NUTRICION QUE SE ACREDITA CON CEDULA PROFESIONAL NO. EN TRAMITE.
III.- AMBOS CONTRATANTES DECLARAN:
QUE SE RECONOCEN MUTUAMENTE LA PERSONALIDAD CON QUE COMPARECEN, Y ES SU VOLUNTAD CELEBRAR
EL PRESENTE CONTRATO DE SERVICIOS, OBLIGÁNDOSE EN SUS TÉRMINOS, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES:
EL RECIBO CORRESPONDIENTE, EN TÉRMINOS DE LAS DISPOSICIONES FISCALES APLICABLES.
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO. “EL PRESTADOR” SE OBLIGA A PRESTAR A “EL INSTITUTO” SUS SERVICIOS PROFESIONALES, ESPECIALIZADOS, EXTERNOS, INDEPENDIENTES, NO SUBORDINADOS, CON EL OBJETO DE BRINDAR SUS SERVICIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “APOYO ADMINISTRATIVO Y CLINICO EN NUTRICION”.
SEGUNDA.- FORMA DEL SERVICIO. “EL PRESTADOR” SE OBLIGA A REALIZAR EL SERVICIO QUE SE ESTABLECE EN LA CLÁUSULA QUE ANTECEDE, A ENTERA SATISFACCIÓN DE “EL INSTITUTO”, APLICANDO SUS CONOCIMIENTOS, APTITUD, MEDIOS DE QUE DISPONGA, EXPERIENCIA, CAPACIDAD, Y DEDICÁNDOLE EL TIEMPO QUE SEA NECESARIO EN LA PREPARACIÓN, EJECUCIÓN Y EVALUACIÓN CORRESPONDIENTES.
TERCERA.- INFORMES Y CESIÓN. “EL PRESTADOR” SE OBLIGA A INFORMAR A “EL INSTITUTO”, A TRAVÉS DEL XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, LA SITUACIÓN QUE GUARDE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO MATERIA DE ESTE CONTRATO, GENERANDO REPORTES CUANTAS VECES SEA REQUERIDO PARA ELLO; Y A NO CEDER LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES PACTADAS, SIN CONSENTIMIENTO EXPRESO DE “EL INSTITUTO”.
CUARTA.- VIGENCIA. EL PRESENTE CONTRATO TENDRÁ COMO VIGENCIA DEL DÍA 01 DE ENERO DEL 2019 AL 31 XX XXXXX DEL 2019.
CONCLUIDA LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO, NO PODRÁ HABER PRÓRROGA AUTOMÁTICA POR EL SIMPLE TRANSCURSO DEL TIEMPO, Y TERMINARÁ SIN NECESIDAD DE DARSE AVISO ENTRE LAS PARTES. Y PARA EL CASO DE QUE “EL INSTITUTO”, TUVIERA NECESIDAD DE CONTAR NUEVAMENTE CON LOS SERVICIOS DE “EL PRESTADOR”, SE REQUERIRÁ LA CELEBRACIÓN DE UN NUEVO CONTRATO.
QUINTA.- PAGO. “EL INSTITUTO”, SE OBLIGA A PAGAR EN FORMA MENSUAL POR LOS SERVICIOS QUE BRINDARÁ "EL PRESTADOR", HONORARIOS POR LA CANTIDAD DE
$6,666.67 (----SEIS MIL-SEISCIENTOS-SESENTA-Y-SEIS- PESOS-67/100 M.N.) MÁS EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA), Y DESCONTANDO EL ISR E IVA SOBRE HONORARIOS; A SU VEZ "EL PRESTADOR" PRESENTARÁ
“EL PRESTADOR” RECONOCE Y ACEPTA QUE EL PAGO DE TAL CANTIDAD FIJA Y DETERMINADA ES LA CONVENIDA ENTRE AMBAS PARTES, MISMA QUE, ADEMÁS, SATISFACE PLENAMENTE CUALQUIER DERECHO QUE PUDIERA CORRESPONDERLE POR CONCEPTO DE PROPIEDAD INTELECTUAL Y/O DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE ADQUIERE EN VIRTUD DE ESTE INSTRUMENTO, CUYA TITULARIDAD CONVIENE EXPRESAMENTE EN QUE SERÁ EN TODO CASO A FAVOR DE “EL INSTITUTO”.
“EL PRESTADOR” MANIFIESTA QUE CONOCE Y ACEPTA QUE EL RECURSO AUTORIZADO PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO INCLUYE TODOS LOS GASTOS QUE SE ORIGINEN Y EL PAGO DE HONORARIOS DEL RESTO DE LOS PRESTADORES DEL SERVICIO QUE EJECUTEN EL PROYECTO.
SEXTA.- FORMA DE PAGO. “EL INSTITUTO”, PAGARÁ A “EL PRESTADOR”, LA CANTIDAD SEÑALADA EN LA CLÁUSULA ANTERIOR DEL PRESENTE CONTRATO, EN DÍAS Y HORAS HÁBILES, DE LA SIGUIENTE FORMA:
CONCEPTO: APOYO ADMINISTRATIVO Y CLINICO EN NUTRICION | ||
HONORARIOS | 6,666.67 | - |
IVA | 1,066.67 | |
SUBTOTAL | 7,733.34 | |
RETENCION IVA | 0.00 | |
RETENCION ISR | 666.67 | |
TOTAL | 7,066.67 | |
CANTIDAD NETA A RECIBIR POR EL PRESTADOR DEL SERVICIOS PROFESIONALES INDEPENEDIENTES |
PREVIA PRESENTACIÓN DEL RECIBO QUE CUMPLA LOS REQUISITOS FISCALES, EL PRECIO SE PAGARÁ EN DÍAS Y HORAS HÁBILES A “EL PRESTADOR” EN LAS OFICINAS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL “EL INSTITUTO”, UBICADAS EN XXXXXXX XXXX XXXXX XX XX XXXXXXXXX XXXXXX 000, XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXX XXXX XXXXXX, X.X.X. CÓDIGO POSTAL 78140.
SÉPTIMA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA. AMBAS PARTES CONVIENEN, QUE “EL INSTITUTO”, PODRÁ DAR POR TERMINADO EL PRESENTE CONTRATO, SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA, AUN CUANDO NO HUBIERE CONCLUIDO SU VIGENCIA, DANDO AVISO DE INMEDIATO
A “EL PRESTADOR” Y SIN QUE MEDIE RESOLUCIÓN JUDICIAL PARA QUE OPERE LA TERMINACIÓN.
ASIMISMO, LAS PARTES CONVIENEN QUE, EN EL SUPUESTO QUE “EL PRESTADOR” PRETENDA TERMINAR CON LA RELACIÓN CONTRACTUAL, ANTES DEL TÉRMINO PACTADO EN EL PRESENTE CONTRATO, DEBERÁ DAR AVISO POR ESCRITO A “EL INSTITUTO”, CON 5 (CINCO) DÍAS HÁBILES DE ANTICIPACIÓN A LA FECHA QUE PROPONGA PARA LA TERMINACIÓN, QUIEN EN ESE TÉRMINO, EXPRESARÁ SÍ ACEPTA LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.
OCTAVA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO. LAS PARTES CONVIENEN, “EL INSTITUTO”, PODRÁ RESCINDIR, SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA Y EN TODO TIEMPO EL PRESENTE CONTRATO, NOTIFICANDO A “EL PRESTADOR” CON 5 (CINCO) DÍAS HÁBILES DE ANTICIPACIÓN Y SIN QUE MEDIE RESOLUCIÓN JUDICIAL ALGUNA, EN EL SUPUESTO DE INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE “EL PRESTADOR” DE CUALQUIERA DE LAS CLÁUSULAS CONTENIDAS EN EL MISMO; Y DE INMEDIATO, CUANDO INCURRA EN CUALQUIERA DE LAS CAUSAS QUE A CONTINUACIÓN SE ENUNCIAN:
A).- SI “EL PRESTADOR” NO INICIA LA PRESTACIÓN DE SUS SERVICIOS EN LA FECHA Y FORMA CONVENIDAS EN ESTE CONTRATO.
B).- SI “EL PRESTADOR” SUSPENDE INJUSTIFICADAMENTE LA PRESTACIÓN DE SUS SERVICIOS;
C).- SI “EL PRESTADOR” UTILIZA PROCEDIMIENTOS O METODOLOGÍAS DISTINTOS A LOS QUE LA MATERIA REQUIERA Y HAYAN SIDO PREVIAMENTE PROPUESTOS, DE ACUERDO A LOS CUALES HUBIERA SIDO CONTRATADO;
D).- SI “EL PRESTADOR” NO PRESTA SUS SERVICIOS DE ACUERDO A LO QUE SE ESTIPULA EN EL PRESENTE CONTRATO O ÉSTOS NO CORRESPONDEN A LOS CONOCIMIENTOS O A LA CALIDAD Y CANTIDAD QUE LA MATERIA REQUIERA, O COMO FUERON OFRECIDOS A “EL INSTITUTO”
E).- SI “EL PRESTADOR” SE ENCUENTRA INHABILITADO O IMPEDIDO PARA CELEBRAR ESTE CONTRATO, O LA INHABILITACIÓN OCURRE DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO, INFRINGIENDO LA DECLARACIÓN II INCISO F) DEL PROPIO INSTRUMENTO, SIN PERJUICIO DE LAS SANCIONES QUE PROCEDAN CONFORME A LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES.
NOVENA.- PROPIEDAD EXCLUSIVA. “EL PRESTADOR” RECONOCE QUE SON PROPIEDAD EXCLUSIVA DE “EL INSTITUTO” LOS DATOS, PROCEDIMIENTOS, REPORTES, ARTÍCULOS, ESTUDIOS, FOLLETOS, PUBLICACIONES, MANUALES, DIBUJOS, FOTOGRAFÍAS Y EN GENERAL TODOS LOS DOCUMENTOS E INFORMACIÓN DE CUALQUIER TIPO, QUE LE PROPORCIONEN PARA CUMPLIR CON LA PRESTACIÓN DE SUS SERVICIOS, ASÍ COMO LO QUE “EL PRESTADOR” PREPARE O FORMULE EN RELACIÓN CON LOS SERVICIOS QUE PRESTA A “EL INSTITUTO”, POR LO QUE SE OBLIGA A CONSERVARLOS EN BUEN ESTADO.
EN TODO CASO, “EL PRESTADOR” CEDE GRATUITAMENTE A “EL INSTITUTO”, CUALQUIER DERECHO DE PROPIEDAD, TITULARIDAD DE PATENTES, DERECHOS DE AUTOR U OTROS DERECHOS EXCLUSIVOS, QUE PUDIERA DERIVARSE DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE QUE SE TRATA, PARA QUE DISPONGA DE LOS MISMOS EN LA FORMA QUE ESTIME CONVENIENTE.
DÉCIMA.- CONFIDENCIALIDAD. “EL PRESTADOR” SE OBLIGA A GUARDAR LA MÁS ESTRICTA CONFIDENCIALIDAD Y ABSTENERSE DE DIVULGAR A ALGÚN TERCERO, YA SEA POR MEDIO DE PUBLICACIONES, INFORMES, CONFERENCIAS, MEDIOS ELECTRÓNICOS, DE MANERA VERBAL, POR ESCRITO O POR CUALQUIER OTRA FORMA LOS DATOS, LA INFORMACIÓN DE CUALQUIER TIPO, O LOS RESULTADOS DERIVADOS DE LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTE CONTRATO, O DE USARLOS EN SU PROPIO BENEFICIO, SALVO EN LOS CASOS EN QUE MEDIE AUTORIZACIÓN EXPRESA QUE POR ESCRITO OTORGUE “EL INSTITUTO”. ESTA OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD COMPRENDERÁ TAMBIÉN LA PROPORCIONADA POR LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS DE “EL INSTITUTO”
LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN ESTA CLÁUSULA SERÁN DE NATURALEZA PERMANENTE PARA “EL PRESTADOR” Y NO CESARÁN CON MOTIVO DE LA SUSPENSIÓN O TERMINACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO; POR LO QUE SE HARÁ RESPONSABLE A “EL PRESTADOR” DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE SE OCASIONAREN A “EL INSTITUTO” O A LOS USUARIOS DE SUS SERVICIOS POR EL INCUMPLIMIENTO DE LAS MISMAS.
DÉCIMA PRIMERA.- SANCIONES. EL INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE “EL PRESTADOR” DE LO ESTABLECIDO EN LAS CLÁUSULAS NOVENA Y DÉCIMA DEL PRESENTE CONTRATO, DARÁ LUGAR A LA REPARACIÓN DE LOS
DAÑOS Y PERJUICIOS QUE CAUSARE A “EL INSTITUTO” O A LOS USUARIOS DE SUS SERVICIOS, ASÍ COMO A LA APLICACIÓN DE LAS SANCIONES DE CARÁCTER PENAL QUE CORRESPONDAN A LA REVELACIÓN DE SECRETOS Y ACCESO ILÍCITO A SISTEMAS Y EQUIPOS DE INFORMÁTICA, EN TÉRMINOS DE LAS DISPOSICIONES LEGALES QUE RESULTEN APLICABLES.
DÉCIMA SEGUNDA.- EXCLUSIÓN LABORAL. “EL PRESTADOR” CONVIENE EN QUE LA PRESENTE RELACIÓN CONTRACTUAL NO LE OTORGARÁ A C. XXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX EL CARÁCTER DE EMPLEADO O TRABAJADOR DE “EL INSTITUTO” Y, EN CONSECUENCIA, ACEPTA EXPRESAMENTE QUE PRESTA SUS SERVICIOS EN FORMA INDEPENDIENTE NO SUBORDINADA, SIN CONSIDERAR A “EL INSTITUTO” COMO PATRÓN Y, POR TANTO, EN NINGÚN CASO FORMARÁ PARTE DEL PERSONAL DEL MISMO, NI SERÁ CONSIDERADO COMO TRABAJADOR PARA LOS EFECTOS DE LAS PRESTACIONES Y DEMÁS BENEFICIOS QUE SE OTORGUEN CONFORME A LA LEGISLACIÓN LABORAL APLICABLE.
ASÍ MISMO, QUEDA EXPRESAMENTE CONVENIDO QUE CUANDO “EL PRESTADOR” UTILICE AYUDANTES O PERSONAL AUXILIAR EN EL EJERCICIO DE SUS ACTIVIDADES, ATENDIENDO EL TRABAJO QUE SE LE ENCOMIENDA, DICHO PERSONAL DEPENDERÁ EXCLUSIVAMENTE DE ÉL, SIN QUE SE ESTABLEZCA NINGÚN VÍNCULO ENTRE “EL INSTITUTO” Y EL MISMO, SIENDO POR TANTO A CARGO DE “EL PRESTADOR”, TODAS LAS RESPONSABILIDADES PROVENIENTES DE LA UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DEL PERSONAL QUE LE AUXILIE, Y QUE NO SEA PUESTO A SU DISPOSICIÓN POR “EL INSTITUTO”
DÉCIMA TERCERA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL. EL PRESENTE CONTRATO, CONSTITUYE EL ACUERDO ENTRE LAS PARTES EN RELACIÓN CON EL OBJETO DEL MISMO Y DEJA SIN EFECTO CUALQUIER OTRA NEGOCIACIÓN, OBLIGACIÓN O COMUNICACIÓN ENTRE ÉSTAS, YA SEA VERBAL O ESCRITA, PRESENTADA CON ANTERIORIDAD A LA FECHA DE FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO.
DÉCIMA CUARTA.- SOMETIMIENTO. AMBAS PARTES CONVIENEN EN SOMETERSE PARA TODO LO NO PREVISTO EN EL PRESENTE CONTRATO, A LAS
DISPOSICIONES CONTENIDAS EN EL LIBRO CUARTO, PRIMERA PARTE, TÍTULO PRIMERO, CAPÍTULO I Y CAPITULO I BIS DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN XXXX POTOSÍ.
DÉCIMA QUINTA.- JURISDICCIÓN. EN CASO DE INTERPRETACIÓN O INCUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO, LAS PARTES SE SOMETEN A LAS LEYES Y JURISDICCIÓN DE LOS TRIBUNALES CIVILES DEL FUERO COMÚN RADICADOS EN LA CIUDAD DE SAN XXXX POTOSÍ, RENUNCIANDO EXPRESAMENTE A LA JURISDICCIÓN QUE PUDIERA CORRESPONDERLES, EN
VIRTUD DE SU DOMICILIO PRESENTE O FUTURO, O POR CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA.
LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO Y ENTERADAS LAS PARTES DEL CONTENIDO Y ALCANCE DE TODAS Y CADA UNA DE SUS CLÁUSULAS, LO FIRMAN POR DUPLICADO, SIN QUE CAUSE IMPUESTO O DERECHOS A CARGO DE “EL INSTITUTO”, FIRMÁNDOLO ANTE LOS TESTIGOS CUYOS NOMBRES Y CARGOS CONSTAN AL CALCE, EN LA CIUDAD DE SAN XXXX POTOSÍ, S.L.P., 02 DE ENERO DEL 2019.
P O R “E L I N S T I T U T O”
XXXX XXXXX XXXXXXXX XXXX
P O R “E L P R E S T A D O R” .
HUELLA
C. XXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
. T E S T I G O S D E A S I S T E N C I A .
XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX.
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX