LICITACIÓN PÚBLICA BAJO LA MODALIDAD DE ORDEN DE COMPRA ABIERTA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO INTEGRAL DE
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
LICITACIÓN PÚBLICA BAJO LA MODALIDAD DE ORDEN DE COMPRA ABIERTA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO INTEGRAL DE
MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE CONTROL DE ACCESO AL EDIFICIO SEDE DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD SITO EN AV. REGIMIENTO XX XXXXXXXXX N° 1.142, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
PLIEG-2022-07201065-GCABA-DGTALMJYS
ÍNDICE
Artículo 1.- PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN
Artículo 2.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
Artículo 3.- PRESUPUESTO OFICIAL
Artículo 4.- EXCLUSIVIDAD
Artículo 5.- INICIO DEL CONTRATO Artículo 6.- PLAZO DE CONTRATACIÓN Artículo 7.- PRÓRROGA DEL CONTRATO Artículo 8.- CÓMPUTO DE PLAZOS
Artículo 9.- CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO
Artículo 10.- JURISDICCIÓN
Artículo 11.- ADQUISICIÓN DE PLIEGOS
Artículo 12.- CONSULTAS
Artículo 13.- COMUNICACIONES
Artículo 14.- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD (RIUPP)
Artículo 15.- ANUNCIOS Y PUBLICACION DEL LLAMADO
Artículo 16.- DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL – ORDEN DE PRELACIÓN
Artículo 17.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE Artículo 18.- IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES Artículo 19.- VISITA TÉCNICA
DE LAS GARANTÍAS
Artículo 20.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Artículo 21.- GARANTÍAS DE IMPUGNACIÓN
Artículo 22.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
DE LA OFERTA
Artículo 23.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Artículo 24.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Artículo 25.- FORMA DE COTIZAR
Artículo 26.- CRITERIOS DE SUSTENTABILIDAD
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Artículo 27.- ESTÁNDARES DE CALIDAD Artículo 28.- CONTENIDO DE LA OFERTA Artículo 29.- FALSEAMIENTO DE DATOS
Artículo 30.- VICIOS EXCLUYENTES. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA
Artículo 31.- CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES
Artículo 32.- VISTA DE LAS ACTUACIONES
Artículo 33.- IMPUGNACIÓN AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TECNICAS
PRESENTACIÓN DE LA OFERTA. APERTURA Artículo 34.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Artículo 35.- APERTURA DE OFERTAS
Artículo 36.- COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS Artículo 37.- DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA Artículo 38.- PRERROGATIVA DEL GCABA
Artículo 39 - DE LA PREADJUDICACIÓN
Artículo 40.- IMPUGNACIONES A LA PREADJUDICACIÓN
Artículo 41.- ADJUDICACIÓN
Artículo 42.- LICITACIÓN PÚBLICA FRACASADA O DESIERTA
Artículo 43.- REVOCACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Artículo 44.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Artículo 45.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Artículo 46.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Artículo 47.- FISCALIZACIÓN GENERAL DE LA PRESTACIÓN
Artículo 48.- GUARDA DE INSTRUMENTOS Y HERRAMIENTAS DE TRABAJO
Artículo 49.- SEGUROS
Artículo 50.- PLAZO DE ENTREGA DE LAS PÓLIZAS DE SEGURO
Artículo 51.- PLAN DE TAREAS Y AUTORIZACIÓN DE INICIO
Artículo. 52.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS y PERSONAL
Artículo 53.- DAÑOS A TERCEROS
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Artículo 54.- CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 43 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 55.- CESIÓN O TRANSFERENCIA DEL CONTRATO
RÉGIMEN DE PENALIDADES
Artículo 56.- INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO
Artículo 57.- CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO Artículo 58.- CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN Artículo 59.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN
Artículo 60.- REMITOS
Artículo 61.- REVISIÓN DE PRECIOS DEL CONTRATO
Artículo 62.- CUENTA EN EL BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES
Artículo 63.- FORMA DE PAGO
Artículo 64 - CONSULTAS TÉCNICAS
Artículo 65 - AUTORIDAD DE APLICACIÓN
ANEXO I: - MODELO DE ESTRUCTURA DE COSTOS
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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Art. 1.- PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN
El presente llamado a Licitación Pública de Etapa Única Nacional, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, está sujeto al régimen establecido por los artículos 30, 31 (primer párrafo), 32, 35 y 40 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y su Decreto Reglamentario N° 74/GCABA/21, y se gestiona bajo el Sistema de Compras y Contrataciones vigente para Buenos Aires Compras (BAC), al amparo de lo establecido en el artículo 76 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.
La Contratación se rige por la normativa citada, la Resolución N° 2.481/MEFGC/18, por las disposiciones xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales (PBCG), aprobado por Disposición N° 167/DGCYC/21, las contenidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PBCP), Anexo I, y el Pliego de Especificaciones Técnicas (PET) y su Anexo I.
Art. 2.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCABA) llama a Licitación Pública de Etapa Única para la contratación de un “Servicio integral de mantenimiento del sistema de control de acceso al edificio sede del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” sito en Av. Regimiento xx Xxxxxxxxx N° 1142, CABA, de acuerdo con las características estipuladas en el PET, a las condiciones de tiempo, forma y lugar previstos en el presente PBCP, Anexo I y en el PBCG.
El contrato será ejecutado bajo la modalidad Orden de Compra Abierta, conforme lo regido por el Artículo 40 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.
Art. 3.-PRESUPUESTO OFICIAL
El presupuesto oficial de la presente contratación asciende a la suma de PESOS
OCHO MILLONES CIENTO TREINTA Y SEIS MIL CUAPLT CON 0/100 ($ 8.136.426,00).
IREOGC-2I0E2N2T-0O7S201V0E65IN-GTICSAEBISA-DGTALMJYS
Art. 4.- EXCLUSIVIDAD
El adjudicatario tendrá la exclusividad para la prestación del servicio objeto de la presente Licitación por el período de vigencia del contrato que se suscribirá, de conformidad con las normas contenidas en el presente.
Sin perjuicio de ello, es facultad del GCABA contratar servicios similares con terceros, dentro de los límites establecidos en el presente pliego, en forma extraordinaria fuera de las previsiones contenidas en esta licitación, y siempre que la demanda no pueda ser atendida o satisfecha por el adjudicatario.
Art. 5.- INICIO DEL SERVICIO
La fecha de inicio del servicio objeto de la presente licitación deberá producirse dentro de los diez (10) días hábiles de perfeccionada por parte del adjudicatario la correspondiente orden de compra.
Art. 6.- PLAZO DE LA CONTRATACIÓN
El plazo de contratación será de veinticuatro (24) meses consecutivos e ininterrumpidos. El plazo se contará a partir de la fecha del perfeccionamiento de la correspondiente Orden de Compra Abierta.
Las tareas adjudicadas comenzarán al día siguiente de perfeccionarse el documento contractual.
Dentro del plazo contractual, el adjudicatario deberá cumplimentar el servicio, plazos y condiciones establecidas en el presente Pliego y sus circulares aclaratorias/modificatorias si las hubiera, Anexo I, en el PET y sus circulares aclaratorias/modificatorias si las hubiera y el PBCG.
Art. 7.- PRÓRROGA DEL CONTRATO
El GCABA se reserva el derecho de prorrogar el contrato en los términos del Artículo
110 Apartado III) de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.
Art. 8.- CÓMPUTO DE PLAZOS
El cómputo de los plazos en las compras y contrataciones electrónicas deben
computarse en días hábiles, salvo disposición expresa en contrario de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 73 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N°
PLIEG-2022-07201065-GCABA-DGTALMJYS
6.347), y se efectuará conforme lo estipulado en el Artículo 73 y 76 del Anexo I del
Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y supletoriamente, en lo que sea aplicable, por lo normado en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por D.N.U. N° 1.510/GCABA/97 (texto consolidado según Ley N° 6.347).
Art. 9.- CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO
Se considerará domicilio electrónico constituido del oferente, la dirección de correo electrónico declarada por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad (RIUPP), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA.
Asimismo, se considerará como domicilio constituido el domicilio legal que hubiera declarado el oferente en el RIUPP de la Dirección General de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, (artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales).
Si no se encontrara efectivamente inscripto en el RIUPP y hasta tanto se formalice el trámite de inscripción definitiva se tomará como domicilio legal el constituido en la oferta.
Los domicilios así constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan, mientras no medie notificación fehaciente de su cambio.
Todo cambio de domicilio deberá ser fijado en el ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicado fehacientemente al RIUPP y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al mismo.
Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en virtud de las disposiciones de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21, se entienden realizadas a través del envío de mensajería mediante BAC en forma automática, y a partir del día hábil siguiente al de su notificación.
Para cuestiones relativas al cumplimiento del presente, el GCABA constituye domicilio en la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal sita en calle Av. Regimiento xx Xxxxxxxxx Xx 0.000 Xxxx 0, XXXX.
Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones Judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito
en la xxxxx Xxxxxxx Xx 000 CABA, o en el domicilio que PeLnIEelGf-x0x0x0xx0-l0o72re0e10m
6p5l-aGcCeA, dBeA-DGTALMJYS
conformidad con lo dispuesto por el Artículo 20 de la Ley N° 1.218 (texto consolidado
según Ley N° 6.347) y la Resolución N° 77/PG/2006.
Art. 10.- JURISDICCIÓN
Para atender las cuestiones que se susciten en torno a las Compras y Contrataciones efectuadas por el GCABA, las partes quedan sometidas única y expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Contenciosos, Administrativos y Tributarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7 del PBCG.
Art. 11.- ADQUISICIÓN DE PLIEGOS
Los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas de la presente Licitación Pública se encuentran disponibles en forma gratuita en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
Sólo el interesado que haya ingresado en BAC y se haya acreditado para la adquisición del PBCP y PET pasará a tener condición de participante dentro del proceso de selección, pudiendo en tal carácter realizar consultas, impugnaciones y presentar su oferta.
Art. 12.- CONSULTAS
De acuerdo a lo previsto en el Artículo 9 del PBCG y el Artículo 76 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347), los oferentes que se hayan acreditado y cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo de BAC, podrán formular consultas y/o pedidos de aclaraciones acerca de los PBCP, Anexo I, y PET, hasta tres (3) días previos a la fecha establecida para la apertura de ofertas, a través de dicho sistema.
Para los procedimientos de selección en los cuales el plazo entre la publicación del llamado y la fecha de Apertura de Ofertas sea menor a setenta y dos (72) horas, las consultas serán recibidas hasta veinticuatro (24) horas antes de la fecha de Apertura de Ofertas. A los efectos del cómputo del citado plazo no se tendrá en cuenta el día de apertura de las ofertas.
Las respuestas o aclaraciones formuladas por el GCABA respecto de las consultas efectuadas por los particulares con relación a la licitación, serán comunicadas en forma general a través del Sistema BAC.
La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y
Seguridad del GCABA, podrá efectuar de oficio aclaracionPeLsIEaGla-s20d2i2s-p0o7s2i0c1io0n6e5-sGdCeAloBsA-DGTALMJYS Pliegos, las que, emitidas en legal forma, pasarán a integrar las condiciones del
llamado.
Las Circulares con y sin consulta, emitidas por el GCABA, formarán parte de los documentos contractuales y serán notificadas a cada uno de los oferentes que hayan adquirido los Pliegos de Licitación por el Sistema BAC. En consecuencia, los oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares.
Art. 13.- COMUNICACIONES
Todas las comunicaciones que se realicen entre el Organismo Contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, que hayan de efectuarse en virtud de las disposiciones de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21, se entienden realizadas a través del envío de mensajería mediante BAC en forma automática, y a partir del día hábil siguiente al de su notificación, conforme lo establecido en el Artículo 72 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.
No obstante, para aquellos casos en los que el mentado sitio no prevea una comunicación automática, podrán llevarse a cabo por cualquier medio de comunicación que responda a los principios de transparencia, economía y celeridad de trámites conforme lo establecido en el D.N.U. N° 1.510/GCABA/97 (texto consolidado por Ley N° 6.347).
Art.14.- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD (RIUPP)
Para que las ofertas sean consideradas válidas, los oferentes deberán estar inscriptos en el RIUPP o presentar constancia de inicio de trámite. Todo ello de conformidad con lo previsto en el Artículo 5 del PBCG.
Es condición para la preadjudicación y adjudicación que el proveedor se encuentre inscripto en el RIUPP, en los rubros y clases licitados y con la documentación respaldatoria actualizada, conforme artículo 22 del Anexo I del Decreto Nº 74/GCABA/21.
Art. 15.- ANUNCIOS Y PUBLICACION DEL LLAMADO
El llamado a Licitación Pública para la contratación objeto de la presente se anunciará de acuerdo a lo establecido en el Artículo 91 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº
74/GCABA21. PLIEG-2022-07201065-GCABA-DGTALMJYS
Art. 16.- DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL – ORDEN DE PRELACIÓN
Los siguientes documentos constituyen instrumentos reguladores de la relación contractual:
a) El PBCG.
b) El PBCP, Anexo I, y sus Circulares Aclaratorias/Modificatorias si las hubiera.
c) El PET y sus Circulares Aclaratorias/Modificatorias si las hubiera.
d) La oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la adjudicación.
e) El Acto Administrativo aprobatorio de la adjudicación.
f) La Orden de Compra Abierta.
Cuando exista divergencia entre los documentos señalados en el párrafo anterior, a los fines de su interpretación prevalecerá el orden en que han sido expuestos.
Todo cuanto no esté previsto en las presentes bases será resuelto de conformidad a lo
establecido en la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21 y con las disposiciones del Derecho Público dentro xxx xxxxxxxx y finalidad de la Licitación Pública y la necesidad que con la presente se procura satisfacer.
Art. 17.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE
Para concurrir como oferentes a la presente Licitación Pública, deberán reunirse los siguientes requisitos:
• Las personas humanas y jurídicas con capacidad para obligarse (incluyendo U.T.), que reúnan las condiciones que se exigen en la normativa vigente en función del objeto de la contratación y que no se encuentren comprendidas en el artículo 89 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21. Sociedades regularmente constituidas por alguna de las modalidades previstas y habilitadas por la Legislación vigente en la materia.
• Sociedades o personas humanas que no hubieren sido penalizadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, con siete
(7) o más penalidades en el último año, como así también, las sociedades cuya
sumatoria de los montos de las penalidades impuestas en los dos (2) últimos años no supere el diez por ciento (10%) de la oferta a presentar. Las mismas en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
• Cumplir con los requisitos previstos para la presentación de la oferta.
• Los oferentes deberán estar inscriptos en el RIUPPLIPEG(R-2e0g2i2s-t0ro72I0n1f0o6rm5-aGtCizAadBoA-DGTALMJYS Único y Permanente de Proveedores) o haber iniciado el trámite, de conformidad con
lo establecido en el presente PBCP.
PARA EL CASO QUE SE PRESENTEN EN U.T. (Unión Transitoria):
Se ajustarán estrictamente a lo dispuesto por los Arts. 1463 a 1469 del Código Civil y Comercial de la Nación. Se deja constancia que el objeto de la U.T deberá versar sobre el objeto de la presente licitación. Además de lo detallado en los ítems anteriores, deberán: Al menos uno de los integrantes de la U.T. deberá acreditar mediante documentación fehaciente, el acabado cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente artículo, en el Pliego de Especificaciones Técnicas y circulares si las hubiere. Será rechazada sin más, aquella oferta en la que se presente una U.T. en la que alguno de sus integrantes no cumpla con los requisitos exigidos para la presente contratación. Las ofertas deberán contener, además de la documentación requerida para las personas jurídicas y/o empresas unipersonales anteriormente mencionadas, los documentos de compromiso de constitución de la U.T., en los que deberán constar:
a. El compromiso de mantener la vigencia de la U.T., hasta que se hayan cumplido todas las obligaciones emergentes del Contrato.
b. El compromiso de mantener la composición de la U.T. durante el plazo mencionado en el inciso anterior, así como también de no introducir modificaciones en los estatutos de las empresas integrantes que importen una alteración de la responsabilidad, sin la previa aprobación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
c. Designación de un representante legal que faculte a la persona designada para obligar a la U.T. Asimismo, la U.T. deberá cumplir las siguientes condiciones:
* Responsabilidad solidaria e ilimitada de sus integrantes por todas las obligaciones emergentes del compromiso, sin beneficio de división ni excusión.
* Cantidad y naturaleza de los aportes que cada integrante comprometa.
* Fijar domicilio único.
d. Copia certificada de los documentos por los que se confieran los poderes y por los que se constituya la U.T., de los que deberá resultar que los otorgantes o firmantes lo hicieron legalmente, en ejercicio de las atribuciones que les corresponden como autoridades de cada una de las empresas en funciones, en el momento del acto respectivo.
e. El objeto de la creación de la U.T. el que deberá ser exclusivamente el cumplimiento del contrato.
f. La U.T., deberá presentar acta del órgano social correspondiente de cada una de
sus integrantes, de la cual surja la decisión de presentarsPeLIaEGes-2ta02li2c-i0ta7c2i0ó1n0p65ú-bGlicCaAeBnA-DGTALMJYS U.T.
Las empresas integrantes de la U.T. serán solidaria e ilimitadamente responsables, en caso de adjudicación, por el cumplimiento del Contrato y de las obligaciones emergentes por este generadas. Los componentes de la U.T. deberán estar preinscriptos individualmente en el RIUPP, al momento de la presentación de la oferta. En ningún caso un oferente podrá presentarse en forma individual y como parte integrante de una U.T. Para el caso que la U.T. esté integrada por personas jurídicas, cada una de ellas deberá presentar acta del órgano social correspondiente de la cual surja la decisión de presentarse a esta licitación pública en Unión Transitoria.
U.T. EN FORMACIÓN: En caso de que la U.T. no se encuentre constituida, podrá presentar oferta sin encontrarse inscripta como tal, acompañando en la misma un Compromiso de constitución con firmas certificadas por Escribano Público o Xxxx xx Xxx, mediante el cual los proveedores que la integran se comprometen a constituirse como U.T. –en caso de resultar adjudicatarios- en el plazo perentorio xx xxxx (10) días corridos contados a partir de la fecha de notificación de la preadjudicación.
Los interesados deberán aceptar los términos de las Declaraciones Juradas según lo dispuesto en el Artículo 11 del PBCG, a través de los formularios disponibles en BAC.
Art. 18.- IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE
Resulta de aplicación para el presente lo establecido en el Artículo 89 de la Ley N°
2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347), cuya reglamentación se encuentra en el Artículo 89 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.
Art. 19.- VISITA TECNICA
Para las tareas objeto de la presente, los oferentes deberán visitar las instalaciones del edificio donde se prestará el servicio, ubicado en Av. Regimiento xx Xxxxxxxxx N° 1.142, CABA, a fin de interiorizarse de todas las características del Servicio requerido, así como de la cantidad y características de cada uno de los sistemas objeto del mentado servicio. Finalizada la misma, se extenderá un comprobante firmado por el funcionario encargado de la visita, como constancia de haber cumplido la exigencia de acuerdo a la planilla del Anexo I del presente Xxxxxx. Dicha constancia deberá presentarse en forma obligatoria junto con la oferta a través del BAC.
Se deja constancia, que no podrá alegarse desconocimiento alguno de las especificaciones ni estado de los establecimientos al momento de ofertar y prestar el servicio objeto de la presente
La fecha de la/las visita/s se encontrará en el Sistema BAC, apartado “Requisitos
mínimos de participación - Requisitos Técnicos” PLIEG-2022-07201065-GCABA-DGTALMJYS
DE LAS GARANTÍAS
Art. 20.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Cada oferta será acompañada mediante la constitución de una garantía a favor del GCABA por una suma no menor al cinco por ciento (5%) del monto total ofertado, de conformidad con lo prescripto en el artículo 17.1 inciso a) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
La garantía por mantenimiento de oferta deberá tener una validez, por lo menos, igual o superior al plazo de mantenimiento de oferta y su eventual prórroga. En caso de resultar adjudicatario esta garantía se prolongará hasta la constitución de la garantía de cumplimiento del contrato.
La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 17.2 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, artículo 93 y concordantes de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21. Dichas garantías serán devueltas de conformidad a lo establecido en el Artículo 17.3 apartado i) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
La garantía deberá constituirse bajo las modalidades establecidas en la normativa citada precedentemente, que el oferente declara conocer y aceptar. La misma no podrá fijar restricciones o condicionamiento alguno para el efectivo pago al GCABA, en caso de incumplimiento por parte del oferente.
Al momento de presentar sus propuestas, los oferentes deberán identificar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta completando el formulario electrónico correspondiente en el Sistema BAC.
La garantía constituida deberá ser entregada en la Subgerencia Operativa Compras dependiente de la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad del GCABA, sita en Av. Regimiento de los Patricios N° 1.142, piso 3, CABA, dentro del plazo de veinticuatro (24) horas contado a partir del acto de apertura, (en sobre cerrado que indique los datos de la contratación, día y hora de apertura), bajo apercibimiento de descarte de la oferta.
En el caso de que debido a la situación de emergencia sanitaria declarada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/AJG/20, y sus sucesivas prórrogas, y, en línea con las disposiciones del Decreto N° 147/AJG/20 que establece la necesidad de “modificar el lugar y/o repartición laboral de los agentes y las tareas que realizan para hacer frente a la atención de la situación epidemiológica” y siendo el Ministerio de Justicia y
Seguridad un área de máxima esencialidad e imprescindPibLlIeEdGu-r2a0n2t2e-0la72v0i1g0e6n5c-iGa CdAeBlaA-DGTALMJYS
pandemia COVID-19, se informa que ante la falta de recepción personal de las
garantías, los oferentes podrán remitir la copia de las mismas debidamente individualizadas al correo: xxxxx00xxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx, dentro del plazo de 24 horas de formalizado el acto de apertura de ofertas, en cumplimiento de las disposiciones del Art. 17 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. En el mismo mail deberá solicitar que se le asigne fecha y hora para entregar la garantía original.
La presentación deberá efectuarse bajo apercibimiento de proceder al descarte de la
oferta.
Art. 21.- GARANTÍAS DE IMPUGNACIÓN
La garantía de impugnación al pliego será del tres por ciento (3%) del presupuesto oficial o monto estimado de la contratación, de conformidad con lo prescripto por el Artículo 17.1 inciso d) del PBCG.
La garantía de impugnación a la preadjudicación de ofertas será del cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta preadjudicada, conforme lo establecido por el Artículo
17.1. inciso f) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 17.2 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
Las impugnaciones deberán ser presentadas en la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, sita en Av. Regimiento xx Xxxxxxxxx 1.142, piso 3, CABA dentro del plazo fijado en el artículo 20 del PBCG, adjuntando a la misma, la fotocopia de la boleta de depósito antes mencionado y exhibiendo el original extendido por la sucursal actuante; caso contrario no será considerada como impugnación.
Art. 22.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El adjudicatario deberá presentar la garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al diez por ciento (10%) del valor total de la adjudicación de conformidad con lo prescripto en el artículo 17.1 inciso b) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 17.2 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, artículo 93 y concordantes de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21. Dicha garantía será devuelta de conformidad a lo establecido en el artículo 17.3 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
La garantía deberá ser integrada y entregada en la Subgerencia Operativa Compras
dependiente de la Gerencia Operativa Oficina de GestiPónLIESGec-2to02ri2a-l0d7e201la06D5-irGeCccAióBnA-DGTALMJYS General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad del
GCABA, sita en Av. Regimiento de los Patricios N° 1.142, piso 3, CABA, con la constancia respectiva dentro del plazo de cinco (5) días desde el perfeccionamiento de la orden de compra. Vencido dicho plazo se lo intimará mediante cédula de notificación fehaciente a su cumplimiento por el término de dos (2) días.
En el caso que debido a la situación de emergencia sanitaria declarada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/AJG/20, y sus sucesivas prórrogas, y en línea con las disposiciones del Decreto N° 147/AJG/20 que establece la necesidad de “modificar el lugar y/o repartición laboral de los agentes y las tareas que realizan para hacer frente a la atención de la situación epidemiológica” y siendo el Ministerio de Justicia y Seguridad un área de máxima esencialidad e imprescindible durante la vigencia de la pandemia COVID-19, se informa que ante la falta de recepción personal de las garantías, los oferentes podrán remitir las copias de las mismas debidamente individualizadas al correo: xxxxx00xxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx, dentro del plazo de 24 horas de formalizado el acto de apertura de ofertas, en cumplimiento de las disposiciones del Art. 17 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. En el mismo mail deberá solicitar que se le asigne fecha y hora para entregar la garantía original.
En caso de que el adjudicatario no integre la garantía en el plazo indicado, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad del GCABA podrá ejecutar la Garantía de Mantenimiento de Oferta y rescindirá el contrato sin perjuicio de las penalidades y/o sanciones que le pudieran corresponder de acuerdo con lo establecido en los Capítulos XII y XIII de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21 y las que se establecen en el presente pliego.
DE LA OFERTA
Art. 23.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un periodo de treinta (30) días hábiles desde el acto de apertura, prorrogables automáticamente y en forma sucesiva por el mismo plazo hasta la fecha de perfeccionamiento del contrato, salvo que el oferente manifieste fehacientemente su voluntad en contrario con un plazo de anticipación no menor a DIEZ (10) días hábiles previos al vencimiento del plazo, conforme lo establecido en el Artículo 95 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y en el Inciso 5) del art. 95 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.
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Art. 24.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas deben efectuarse a través de BAC, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en el PBCG, el PBCP y sus Circulares Aclaratorias/Modificatorias si las hubiera, Anexo I y el PET y sus Circulares Aclaratorias/Modificatorias si las hubiera.
En este sentido, todos y cada uno de los documentos solicitados junto con la documentación adicional que el oferente adjunte electrónicamente, integrarán la oferta. No se admitirán más ofertas que las presentadas en BAC, rechazándose las remitidas por correo o cualquier otro procedimiento distinto al previsto.
A fin de garantizar su validez, la oferta electrónicamente cargada deberá ser confirmada por el oferente, el cual podrá realizarla únicamente a través del usuario habilitado para ello.
El usuario que confirma la oferta es el administrador legitimado, dándole él mismo validez a todos los documentos que la componen, sin importar que no estén firmados por él.
Toda documentación e información que se acompañe, y que sea requerida en el presente Xxxxxx deberá ser redactada en idioma castellano, a excepción de folletos ilustrativos, que podrán presentarse en su idioma original.
No se admitirán ofertas que no se ajusten a las condiciones establecidas en el Artículo
12 del PBCG. Los archivos en la plataforma BAC, adjuntos a las ofertas deberán encontrarse en formato no editable.
Art. 25.- FORMA DE COTIZAR
Los oferentes deberán cotizar todos los renglones. No se aceptarán cotizaciones parciales. La cotización deberá comprender la realización de la totalidad de las tareas que se encuentran descriptas en el PET.
Deberá completar la oferta económica a través de los formularios disponibles en el sistema BAC, cotizando un precio unitario, indicando el precio total de su oferta.
LA ADJUDICACION SERÁ TOTAL PARA UN SOLO OFERENTE EN TODOS LOS
RENGLONES.
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PLANILLA DE COTIZACION | ||||
RENGLO N | DESCRIPCION | CANTIDAD | PRECIO UNITARIO | PRECIO TOTAL |
1 | Servicio de mantenimiento correctivo de terminales de control de acceso | Trescientas doce (312) unidades | $ | $ |
2 | Soporte, Mantenimiento y renovación de licencias del sistema central y subsistemas de gestión de control de acceso | Veinticuatro (24) unidades | $ | $ |
3 | Repuestos según preciario | Dos millones seiscientos dieciseis mil cuatrocientos veintiséis (2.616.426) unidades | $ 1,00 | $ 2.616.426,00 |
4 | Horas de desarrollo correctivo del sistema central y subsistemas de gestión de control de acceso | Doscientas (200) unidades | $ | $ |
5 | Horas de desarrollo evolutivo del sistema central y subsistemas de gestión de control de acceso | Doscientas (200) unidades | $ | $ |
OFERTA TOTAL | $ |
Renglón N° 1: Servicio de mantenimiento correctivo de terminales de control de acceso e impresora de credenciales.
Deberá indicarse un precio unitario por cada intervención (de acuerdo a lo informado en el PET) multiplicado por trescientos doce (312) intervenciones, que es la cantidad máxima estimada durante el periodo de contratación.
Renglón N° 2: Soporte, Mantenimiento y actualización de licencias del sistema central de gestión de control de acceso
Deberá indicarse un precio mensual multiplicado por veinticuatro (24) meses que es la duración del contrato.
El servicio deberá ser brindado en todo de acuerdo con las especificaciones mencionadas en el PET.
Renglón N° 3: Repuestos según preciario de referencia
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En caso de que sea necesario un reemplazo de repuestos, se utilizará el preciario de
referencia contemplado en el PET.
En este Renglón en particular y dada la naturaleza de la provisión de los repuestos, se deberá obligatoriamente cotizar como PRECIO UNITARIO el valor de PESOS UNO ($ 1) y como PRECIO TOTAL el monto correspondiente a la cantidad de DOS MILLONES SEISCIENTOS DIECISÉIS MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS CON 00/100 ($ 2.616.426,00).
A su vez deberá incluir en la oferta, como anexo económico financiero, la cotización de cada uno de los ítems que compone dicho preciario.
Esos valores serán los utilizados al momento de ser adquiridos mediante la modalidad de Orden de Compra Abierta a lo largo del periodo de contratación.
Renglón N° 4: Horas de desarrollo correctivo del sistema central y subsistemas de gestión de control de acceso.
Deberá indicarse un precio unitario por hora, multiplicado por doscientas (200) horas que es el máximo estimado que se prevé requerir durante la duración del contrato.
Renglón N° 5: Horas de desarrollo evolutivo del sistema central y subsistemas de gestión de control de acceso.
Deberá indicarse un precio unitario por hora, multiplicado por doscientas (200) horas que es el máximo estimado que se prevé requerir durante la duración del contrato.
A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el GCABA reviste la calidad de exento, atento a lo cual no deberá discriminarse el importe correspondiente a la incidencia de este impuesto, debiendo incluirse el mismo en el precio cotizado, de conformidad con lo previsto en el Artículo 10 del PBCG.
Se deberán considerar únicamente las especificaciones detalladas en el PET para cada Renglón.
Las ofertas deberán expresarse por los Renglones, en pesos ($) moneda de curso legal en la República Argentina.
No serán admitidas ofertas que se aparten de los términos y condiciones de los
Xxxxxxx, como así tampoco se admitirán ofertas alternativas ni ofertas por parte de los Renglones.
Tampoco serán admitidas aquellas ofertas que no presenten un detalle técnico de lo ofertado, es decir toda aquella oferta que no brinde los elementos mínimos para una evaluación por parte de la Comisión de Evaluación de Ofertas.
Se deja constancia que, el GCABA se reserva la faculPtaLdIEdGe-2s0o2l2ic-0it7a2r,01e0n65c-aGsCoAdBeA-DGTALMJYS
necesidad del mismo, la prestación de los presentes servicios, en algún
establecimiento distinto al mencionado en el presente apartado, siempre que dichas intervenciones resulten idénticas a las ofertadas, debiendo la contratista dar cabal cumplimiento a lo requerido, en los tiempos de respuesta que el mismo establezca, abonándose tales intervenciones conforme montos y/o preciario que resulten adjudicado en el presente contrato.
Se considera que el oferente, antes de presentar su oferta, ha tenido en cuenta todo lo necesario para la plena y cabal ejecución del contrato, estando incluido en los precios todos los costos relativos a la prestación del servicio.
Por otra parte, el oferente deberá presentar junto con la cotización, la estructura real de costos (en formato PDF y formato Excel) que respalda el precio de cada renglón ofertado, así como también el de cada uno de los ítems del preciario, conforme lo detallado en el Artículo 28 B)2 y Anexo I del presente Pliego.
SE DEJA CONSTANCIA QUE, EN CASO DE DIFERIR EL VALOR CONSIGNADO, ENTRE EL PRESUPUESTO DOCUMENTO ANEXO Y EL CARGADO EN EL PORTAL BAC, SE TOMARÁ EL VALOR INGRESADO EN LA GRILLA DE DICHO PORTAL.
Art. 26.- CRITERIOS DE SUSTENTABILIDAD
A los fines de dar observancia al “Principio de Sustentabilidad” normado en el Artículo 7, inciso 9 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347), se podrá acreditar el cumplimiento de criterios que establezcan pautas de desempeño ambiental y/o social que conlleven un impacto positivo.
En su caso, el oferente detallará en su oferta toda información específica de sustentabilidad relativa a sus equipos, procesos, fabricante y/o distribuidor de los equipos para su posterior valoración por parte de la Comisión Evaluadora de Ofertas. La falta de acreditación de este requisito no será causal de desestimación de la oferta.
Art. 27.- ESTÁNDARES DE CALIDAD
El oferente en pos del avance progresivo de la incorporación de estándares de calidad, podrá presentar toda documentación que acredite el respeto por estándares de calidad para su posterior valoración por parte de la Comisión de Evaluación de Ofertas.
La falta de acreditación de este requisito no será causal de desestimación de la oferta.
Art. 28.- CONTENIDO DE LA OFERTA
A) REQUISITOS ADMINISTRATIVOS
1. Declaración Jurada de Aptitud para Contratar (PALrtIíEcGul-o201212.-a072y01A0n6e5x-Go PBCG), con indicación de la fecha de suscripción de dicho documento.
CIAdBeAl -DGTALMJYS
2. Declaración Jurada de no tener demanda, arbitraje u otro tipo de litigio pendiente o resuelto, que involucre o pueda tener impacto sobre más del cincuenta por ciento (50%) del activo total de la empresa.
3. Declaración Jurada de que el oferente no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública.
4. Declaración Jurada de que para cualquier situación judicial que se suscite, el oferente acepta la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra jurisdicción o competencia (Artículo 7° Pliego Único de Bases y Condiciones Generales).
5. Póliza de garantía de mantenimiento de oferta, u otras formas de constitución de acuerdo a lo prescripto en el presente Xxxxxx y en el PBCG.
6. Declaración Jurada donde el oferente declara conocer todos y cada uno de los
aspectos y las condiciones establecidas en el PBCG, PBCP, PET y Circulares con y sin consulta.
7. Declaración Jurada donde el oferente constituya domicilio electrónico, de manera tal que la repartición solicitante realice los requerimientos de acuerdo con las necesidades, durante el lapso de duración previsto, y al precio unitario adjudicado.
8. Declaración Jurada de inexistencia de deudas tributarias o de otra índole a favor del Estado Nacional Argentino, Provincial, Municipal y/o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
9. Declaración Jurada con el compromiso expreso de la firma oferente en la cual manifieste que se encuentra en condiciones de prestar el servicio los días xxxxxxx, xxxxxxxx y/o feriados nacionales en caso de que las circunstancias así lo requieran a exclusivo juicio del GCABA, sin derecho a presentar facturación de sobreprecios con respecto a los precios cotizados.
10. Declaración Jurada de que el oferente no recibió penalizaciones con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, con siete
(7) o más penalidades en el último año, como así también, las sociedades cuya sumatoria de los montos de las penalidades impuestas en los dos (2) últimos años no supere el diez por ciento (10%) de la oferta a presentar. Las mismas en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
11. Declaración Jurada de inexistencia de rescisiones por causas imputables al oferente o sus miembros, durante la vigencia de algún contrato referido a proyectos
similares al del objeto de la presente licitación, durante losPúLlItEimGo-s20d2o2s-0(722)0a1ñ0o65s-.GCABA-DGTALMJYS
12. Declaración Jurada de que, a la fecha de presentación de la oferta, ni el
oferente ni sus socios en caso de corresponder, poseen registros en la base de datos de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) relativos a la emisión de facturas apócrifas (xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxXxxxxxxxx/).
13. Declaración Jurada de que el oferente mantiene la oferta por treinta (30) días (hábiles) en los términos del Artículo 17 y 20 del presente Pliego.
14. Declaración Jurada de Propuesta Competitiva a fin de declarar que la misma no ha sido concertada con potenciales competidores, Articulo 11.b y Anexo II del PBCG, con indicación de la fecha de suscripción de dicho documento.
15. Certificado del Registro de Deudores/as Alimentarios/as Xxxxxxx/as de los Directores y/o Representantes Legales de la Persona Física o Jurídica. En caso de presentarse en U.T., de cada una de los componentes de la misma.
16. Para el caso de Personas Jurídicas, individualización e identificación del Representante Legal o mandatario con poder suficiente para obligar a la persona jurídica en la presente licitación, acreditación de la personería invocada con la documentación necesaria, debidamente autenticada y acta de Directorio o instrumento societario que autorice a la presentación de la persona jurídica de que se trate en la presente licitación.
17. Para el caso de Personas Jurídicas, deberá acreditar personería mediante la presentación de copias certificadas por Escribano Público de la siguiente documentación:
• Contrato social o Estatutos, con sus respectivas modificatorias o adendas, en caso de existir.
• Acta de Directorio u otro similar de donde surja la decisión social de
presentarse a la licitación.
• Plazo de duración de la sociedad, que deberá abarcar hasta la finalización del servicio y su eventual prórroga.
• Acta de designación o poder a favor del presentante de la oferta, con
facultades suficientes para ello.
Para el caso de Personas Humanas, deberá acreditar personería mediante la presentación de:
a) Últimas dos (2) presentaciones de Ganancias y Bienes Personales
b) Últimas seis (6) Declaraciones de IVA y sus respectivos comprobantes de pago
c) Últimas seis (6) Presentaciones de Ingresos Brutos (AGIP) o Convenio multilateral.
B) REQUISITOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS PLIEG-2022-07201065-GCABA-DGTALMJYS
1. Para el caso de Personas Jurídicas, balance del último ejercicio económico
cerrado, con sus correspondientes cuadros de resultados y anexos, con firmas autógrafas en todas sus hojas del Representante Legal y Dictamen del Auditor independiente interviniente, certificada su firma por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la jurisdicción en donde se encuentre matriculado. Deberá indicar en el mismo si surgen o no situaciones desfavorables que puedan afectar en forma significativa la situación patrimonial y/o económico-financiera de la empresa, y/o de cada uno de sus miembros en el caso de una UT. El estado patrimonial deberá reflejar el detalle de las deudas previsionales, tributarias y con entidades financieras, con especificación de plazos y garantías constituidas. Cuando el último Estado Contable anual tenga una antigüedad mayor de seis (6) meses respecto del mes de apertura de las ofertas, deberá presentarse un Estado de Situación Patrimonial que abarque el último ejercicio anual y cuyo cierre opere en un plazo que no supere los sesenta (60) días contados de la apertura de las ofertas, además deberá contar con un dictamen sobre su razonabilidad o Informe de revisión limitada, emitido por un profesional en Ciencias Económicas, con firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Deberá presentar, asimismo, copia certificada por escribano público de las Actas de Asamblea u órgano social equivalente aprobatorias de todos los balances que no sean balances xx xxxxx.
Para el caso de Personas Humanas, se analizarán las presentaciones ante la AFIP, AGIP o Convenio Multilateral con las que acreditó personería Jurídica en los requisitos administrativos.
2. La estructura real de costos que respalda el precio de cada Renglón ofertado, según Anexo I de este PBCP. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista. También se deberá indicar el índice/precio asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos.
Los índices/precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCABA o el Organismo que la reemplace, o por otros organismos especializados, aprobados por el comitente.
Estos precios o índices de referencia, aprobados por el comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato.
El oferente deberá presentar la estructura real de costos de cada renglón ofertado y de
cada uno de los ítems del preciario, en formato PDF y EXCPLE
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3. La cotización según la planilla del Articulo 24 “Forma de Presentación de las
Ofertas”.
4. Los valores ofertados del preciario de referencia incluidos en el Renglón N° 3 del PET.
5. Constancia de inscripción en AFIP e Ingresos Brutos.
6. Referencias comerciales, bancarias, así como todo otro dato que se considere de interés para ampliar el conocimiento de los antecedentes del oferente.
C) REQUISITOS TÉCNICOS
1) A los efectos de acreditar antigüedad en los antecedentes que hagan a la capacidad técnica, empresarial, económica y financiera del oferente, con mención de aquellas actividades relacionadas con la presente Licitación, el oferente deberá presentar constancia que acredite haber prestado servicios similares a los licitados en los últimos 5 años como mínimo, siendo de especial consideración la mayor antigüedad en los mismos a los fines de su evaluación.
Para ello, se deberá presentar un listado de servicios similares prestados en el sector público y/o privado, local y/o internacional, con una duración de prestación de cada uno de ellos no menor de un (1) año.
No serán tenidos en cuenta antecedentes que no estén relacionados con el
mantenimiento de sistemas de control de acceso.
La documentación solicitada deberá incluir:
• Mención de los organismos y/o empresas, a las cuales se brindó o se esté brindando un servicio similar al licitado en la presente contratación. En la nómina deberá indicarse la Razón Social, fecha de inicio y finalización del servicio, domicilio, teléfono, dirección de correo electrónico y persona de contacto.
• Características técnicas del equipamiento/servicio provisto y fechas de inicio y fin de los mismos. Cantidad y tipo de equipos involucrados.
• Orden de Compra, Contrato u otro documento que acredite la relación
contractual mencionada con sus respectivos valores.
Al momento de presentar la oferta, el adjudicatario debe tener funcionando un Sistema Integral de Trazabilidad de la prestación del servicio: software con acceso remoto y que lleve el control de visitas y reparaciones. Deberá informar Características, Versión y ofrecer una alternativa de ingreso para verificar el servicio.
Para la gestión de situaciones particulares, el adjudicatario deberá disponer de un número de atención telefónica fijo y otro celular, el cual deberá ser informado en su
oferta técnica. PLIEG-2022-07201065-GCABA-DGTALMJYS
NOTA: el GCABA se reserva el derecho a solicitar información sobre las referencias informadas.
2) Deberá contar con la certificación de fábrica de los productos y sistemas objeto del
presente PET.
El oferente del equipamiento a proveer y brindar soporte deberá presentar carta emitida por el fabricante del mismo donde se acredite su calidad de canal autorizado para la venta y brindar soporte técnico del mismo.
3) El oferente deberá acreditar la cantidad de personal jerárquico que empleará para la ejecución de los servicios, para ello deberá acompañar el currículum de dicho personal y credenciales en caso de ser técnicos o profesionales del rubro.
4) Plan de tareas: el oferente deberá confeccionar un plan de tareas, detallando las características generales que planea implementar en los servicios solicitados.
5) Constancia de Visita Técnica: en el formulario que se encuentra al final del PET
como Anexo I debidamente firmado por el funcionario que realizó la guía de la visita. La fecha de la/las visita/s se encontrará en el Sistema BAC, apartado “Requisitos mínimos de participación - Requisitos Técnicos”.
PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN SOLICITADA EN ESTE ARTÍCULO, DEBERÁ TENERSE PRESENTE QUE EL FALSEAMIENTO DE LA MISMA SUSCITARÁ LAS CONSECUENCIAS ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 26 DEL PRESENTE PLIEGO.
Art. 29.- FALSEAMIENTO DE DATOS
El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la garantía que sobre ella se hubiere constituido. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del adjudicatario, con pérdida de la garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.
Art. 30.- VICIOS EXCLUYENTES. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA
Se regirá por lo dispuesto en el Artículo 97 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347), sin perjuicio de ello y en forma complementaria al mismo, se establecen las siguientes causales de desestimación de ofertas:
a) Que no se presente a través de los formularios previstos en el Sistema BAC.
b) Que no esté cumplimentada la Garantía de mantenimiento de oferta en cualquiera
de las formas establecidas en estos pliegos.
c) Si la oferta presentada contiene condicionamientos.
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d) Si contuviere cláusulas en contraposición con las normas que rigen la licitación.
e) Que al momento de la preadjudicación el proveedor no se encuentre inscripto en el RIUPP, en los rubros y clases licitados, con la documentación respaldatoria actualizada.
f) Que la oferta técnica no detalle los elementos mínimos que hagan posible una evaluación por parte de la Comisión de Evaluación de Ofertas, no entendiéndose como tal la mera remisión al PBCP, Anexo I y PET.
El GCABA se reserva el derecho de rechazar cualquier oferta que no se ajuste sustancialmente a las condiciones de la presente licitación.
Art. 31.- CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES
La sola presentación de la oferta implicará para el oferente la aceptación y el pleno conocimiento de las condiciones y cláusulas integrantes de la presente Licitación, y de las características contractuales objeto de la presente, como así también las circulares con y sin consulta que se hubieran emitido, por lo que no podrá invocar en su favor, para justificar los errores en que hubiere incurrido, dudas o desconocimiento de las disposiciones legales aplicables, del contenido de los Pliegos que rigen la Licitación, como así tampoco de las especificaciones técnicas y fácticas de la contratación.
Art. 32.- VISTA DE LAS ACTUACIONES
El derecho de vistas con relación a en esta Licitación se regirá por las previsiones de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
D.N.U. N° 1.510/GCABA/97 (texto consolidado por Ley Nº 6.347).
Art. 33.- IMPUGNACIÓN AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TECNICAS
La impugnación al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas será del tres por ciento (3%) del presupuesto oficial o monto estimado de la compra, de conformidad con lo prescripto por el Artículo 17.1 inciso d) del PBCG. Conforme lo establecido en el Artículo 20 del PBCG, la impugnación podrá ser recibida, previo depósito de la garantía pertinente, hasta setenta y dos (72) horas antes de la fecha de Apertura de las Ofertas, no encontrándose comprendido el día del acto dentro del mencionado plazo, y se tramitará por cuerda separada.
El depósito deberá efectuarse en la Cuenta Nº 200.581/2 “Garantía por
Impugnaciones”, CBU: 02900001 00000020058128, CPTLAI.EGC-2O0R22R-0IE7N20T1E065P-GESCAO
BSA, -DGTALMJYS
Sucursal: 111 CENTRO, CUIT: 34-99903208-9, o la que en el futuro la reemplace,
abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, el que será reintegrado a los oferentes, solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente.
Para los procedimientos de selección en los cuales el plazo entre la publicación del
llamado y la fecha de Apertura de Ofertas sea menor a setenta y dos (72) horas, será recibida siempre hasta veinticuatro (24) horas antes de la fecha de Apertura de Ofertas no encontrándose comprendido el día del acto dentro del mencionado plazo, y se tramitará por cuerda separada.
Solo tiene derecho a impugnar el Pliego, el proveedor acreditado que hubiera cumplido con el procedimiento de registración, autenticación u autorización como usuario externo de BAC.
PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. APERTURA
Art. 34.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán presentarse hasta la fecha y hora previstas en el respectivo llamado a Licitación Pública, a través de los formularios electrónicos disponibles en BAC.
Art. 35.- APERTURA DE OFERTAS
El Acto de Apertura de Ofertas se efectuará a través de BAC en la hora y fecha establecida en el respectivo Acto Administrativo de llamado, generándose, en forma electrónica y automática, el Acta de Apertura de Ofertas correspondiente.
Los oferentes pueden efectuar observaciones a las ofertas presentadas dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la Apertura de Ofertas.
Si el día señalado para la Apertura de Ofertas, fuera declarado inhábil para la Administración, el acto se cumplirá el primer día hábil siguiente, a través del mentado portal y en el horario previsto originalmente.
En el caso de producirse una interrupción general del Sistema BAC, debidamente comprobada y verificada por el Órgano Rector, a través de la Dirección General de Unidad Informática de Administración Financiera dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas o la que en un futuro la reemplace, que afecte el normal desenvolvimiento de los procesos en la fecha y hora de apertura pactada, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente a la misma hora.
El GCABA, se reserva la facultad de postergar el Acto de Apertura de Ofertas según su exclusivo derecho, notificando tal circunstancia en forma fehaciente a los
adquirentes de los Pliegos y publicando dicha postergacPióLnIEeGn -l2o0s22té-0rm72in01o0s6p5-rGevCisAtoBsA-DGTALMJYS
por el Artículo 91 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y su
reglamentación, como asimismo en el Portal BAC, por los mismos plazos establecidos originariamente.
Art. 36.- COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
Efectuada la Apertura, la Comisión de Evaluación de Ofertas, analizará y evaluará toda la documentación y requisitos exigidos, y presentados por los oferentes. La Comisión de Evaluación de Ofertas, emitirá su Dictamen en el plazo previsto a tal fin en la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21, el cual no tendrá carácter vinculante y proporcionará a la autoridad competente para adjudicar los fundamentos para el dictado del Acto Administrativo con el cual se concluirá el procedimiento.
Los contenidos de dichas ofertas serán estudiados por la Comisión de Evaluación de Ofertas y serán calificadas por orden de mérito.
Al momento de la evaluación se tendrán en consideración las sanciones y/o penalidades por incumplimientos en la ejecución de contrataciones tanto en GCABA, Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y Gobierno de la Nación, o cualquier organismo público de la Nación Argentina.
Art. 37.- DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA
La Comisión de Evaluación de Ofertas podrá requerir a los oferentes en forma previa a la emisión del Dictamen, aclaraciones sobre los documentos acompañados con su propuesta e información contenida en la misma, en el plazo que se fija al efecto de acuerdo a la complejidad de la información solicitada. Asimismo, podrá requerir que se subsanen las deficiencias insustanciales de conformidad con lo establecido en el Artículo 99 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.
En tal sentido, podrá solicitarse a los oferentes documentación faltante, en tanto su integración con posterioridad al Acto de Apertura de Ofertas no afecte el principio de igualdad entre oferentes, salvo en aquellos supuestos en que la omisión de dicha documentación fuera prevista en los pliegos que rigen la presente licitación como causal de descarte.
En caso de requerirse, dentro del período de Evaluación de las Ofertas, el GCABA podrá realizar visitas técnicas tanto a la sede administrativa como a la sede operativa de los establecimientos de los oferentes, con el objeto de analizar la estructura y capacidades de los mismos, y para garantizar las condiciones mínimas en el cumplimiento del futuro servicio a realizar.
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Art. 38.- PRERROGATIVA DEL GCABA
Cuando se estime que el precio de la mejor oferta presentada resulta excesivo con relación al monto estimado de la contratación podrá solicitarse una mejora en el precio de la oferta, a los fines de conseguir la más conveniente a los intereses del GCABA. Por aplicación de los principios de eficiencia, eficacia y economía previstos en la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347), ante la negativa del oferente de mejorar el precio, queda a criterio de la Comisión de Evaluación de Ofertas proseguir con la pre adjudicación debiendo justificar tal situación.
Art. 39.- DE LA PREADJUDICACIÓN
La preadjudicación de los Renglones recaerá en el oferente cuya cotización, ajustada al PBCG, al PBCP, Anexo I y al PET, resulte la propuesta más conveniente a los fines de la Administración, teniendo en cuenta los factores administrativos, económico- financieros y técnicos de la oferta, la idoneidad del oferente, el precio cotizado y demás condiciones de la oferta.
No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de forma que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás ofertas.
Por el contrario, podrán ser rechazadas aquellas ofertas que, por falta de presentación
o presentación insuficiente de la documentación solicitada en los pliegos, no sean pasibles de ser evaluadas en los términos del primer párrafo del presente artículo.
El anuncio de la pre adjudicación será conforme lo estipulado en el Artículo 19 del
PBCG. El Dictamen de Evaluación de Ofertas será publicado en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día. Asimismo, será comunicado a todos los oferentes a través de BAC.
Son contenidos mínimos de dicho Dictamen:
● Examen de los aspectos formales de cada oferta y documentación.
● Aptitud de los oferentes para participar en esta Contratación.
● Evaluación de las ofertas, y de la modalidad en que han sido realizadas de acuerdo a los intereses del GCABA.
● Recomendación sobre la resolución a adoptar para concluir el procedimiento.
Es condición que al momento de la preadjudicación el oferente se encuentre en condición de "inscripto" en el RIUPP, en los rubros y clases licitados y con la documentación respaldatoria actualizada.
Art. 40.- IMPUGNACIONES A LA PREADJUDICACIÓN
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De conformidad con lo previsto en el artículo 20 inc. b) xxx Xxxxxx Único de Bases y
Condiciones Generales, los oferentes tendrán un plazo de hasta tres (3) días a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previo depósito o transferencia del monto de la garantía de impugnación a la preselección/preadjudicación de ofertas.
Vencido el plazo de impugnación, la mencionada preadjudicación se encontrará firme y consentida.
Las impugnaciones a la preadjudicación podrán efectuarse mediante los formularios
disponibles en el Sistema BAC y previa constitución de la garantía conforme lo indicado en los artículos 20 y 21 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. Dado este supuesto, se resolverá conforme lo dispuesto en el artículo 20 inc. b) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, previa intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 41.- ADJUDICACIÓN
Vencido el plazo establecido para formular impugnaciones a la preadjudicación, la autoridad competente dictará el Acto Administrativo de adjudicación, el que una vez suscripto, será notificado fehacientemente a través de BAC al adjudicatario y al resto de los oferentes.
Es condición que al momento de la adjudicación el oferente se encuentre en condición de "inscripto" en el RIUPP, en los rubros y clases licitados y con la documentación respaldatoria actualizada.
La adjudicación se publica en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página web del GCABA por el plazo de un (1) día. Si se hubieren formulado impugnaciones contra la pre adjudicación, éstas serán resueltas previa intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el mismo acto que disponga la adjudicación, notificando dicho acto a todos los oferentes como así también será publicado en el sitio web de la Ciudad y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por los plazos fijados en la normativa vigente aplicable.
Los recursos que se deduzcan contra el Acto Administrativo de adjudicación se rigen por lo dispuesto en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por D.N.U. N° 1.510/GCABA/97 (texto consolidado según Ley N° 6.347).
Art. 42.- LICITACIÓN PÚBLICA FRACASADA O DESIERTA
En caso de que los oferentes no reúnan las condicionePsLIyEGre-2q0u2is2i-t0o7s20m10ín6im5-GosCAquBeA-DGTALMJYS resulten indispensables para ser adjudicados o no hayan resultado convenientes para
la Administración, la Licitación será declarada fracasada, sin que ello de derecho a reclamo alguno por parte de los oferentes.
En caso de no recibir ofertas durante el período previsto para tal fin, la Licitación será
declarada desierta
Art. 43.- REVOCACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Los organismos contratantes pueden dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes, conforme al Artículo 75 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347).
Art. 44.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona una vez recibida la Orden de Compra Abierta por el adjudicatario, mediante BAC, dentro del plazo de mantenimiento de oferta. En caso de no ser recepcionado, el mismo quedará perfeccionado automáticamente dentro de los tres (3) días de su notificación, conforme lo establecido en los Artículos 76 y 105 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.
Art. 45.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
La garantía de cumplimiento del contrato será xxx xxxx por ciento (10%) sobre el valor total de la adjudicación. El adjudicatario deberá integrar la garantía de cumplimiento de contrato completando los formularios correspondientes en BAC, debiendo acreditar tal circunstancia mediante la presentación de los documentos en la Subgerencia Operativa Compras de la OGESE 26 de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dentro del plazo de cinco (5) días de notificada la Orden de Compra Abierta.
Si el adjudicatario no integra la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en el artículo 17.1 Inciso b) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, se lo intimará en forma fehaciente. Vencido el plazo otorgado en la intimación sin que se haya cumplimentado tal obligación, se le rescindirá el contrato con la pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta.
EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Art. 46.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Son obligaciones del adjudicatario:
a) Ejecutar las obligaciones contraídas por el presente contrato con el debido cuidado
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y diligencia.
b) Respetar y acatar la legislación y la normativa vigentes del GCABA, como así también la legislación y la normativa nacional vigente en el caso de corresponder.
c) Cumplir en tiempo y forma con lo previsto en el PBCG, en el presente PBCP y en el
XXX, siendo responsable por las demoras que se ocasionaren por xxxx y/o culpa y, por tanto, pasible de las penalidades establecidas en el capítulo “RÉGIMEN DE PENALIDADES”.
d) Todo el material destinado a la prestación del servicio deberá estar en perfectas condiciones, quedando en cabeza del adjudicatario la obligación de sustituir cualquier pieza y/o elemento defectuoso por otra igual de forma inmediata a los fines de no interrumpir la prestación del servicio.
e) Abonar todos los impuestos, peajes, tasas y contribuciones o gravámenes en general ya sea nacionales, provinciales o locales que graven a la actividad que desarrollen por la prestación del servicio objeto de la presente Licitación Pública, sus inmuebles, instalaciones y/o equipos.
f) Dotación de personal: el adjudicatario deberá afectar para la prestación del servicio que se contrata, personal capacitado para la realización de los trabajos de mantenimiento, conforme a las normas de procedimiento que se establecen en el PET.
g) Vestimenta e identificación personal: el personal a cargo del servicio de mantenimiento deberá vestir uniformemente con ropa adecuada al trabajo que deberá estar en todo momento en perfecto estado de presentación e higiene. El mencionado personal deberá lucir una plaqueta identificatoria, conteniendo los siguientes datos, de modo que lo diferencie del personal del GCABA y del público en general:
• Denominación de la firma adjudicataria
• Apellidos
• Nombres
• N° de documento de identidad
• Función: operario/representante/encargado/etc.
h) Comportamiento: el comportamiento del personal deberá ser en todo momento correcto y eficiente, pudiendo el co-contratante emplazar a la empresa para la separación de aquél que así no lo hiciere.
i) Designación de representante: el adjudicatario designará y mantendrá en forma permanente y durante el desarrollo de los trabajos, un representante con facultades de decisión, a los efectos de coordinar y asegurar el cumplimiento de las novedades que le imponga la Dirección General de Activos Digitales, Tecnología e Informática (DGADTI) del Ministerio de Justicia y Seguridad (MJYSGC). Dicho representante
deberá recorrer todas las dependencias de los edificios aPdLjuIdEiGca-2d0o2s2,-a07c2o0m10p
6a5ñ-aGdCoApBoAr -DGTALMJYS
la persona que el co-contratante determine, a fin de verificar el correcto cumplimiento
de sus obligaciones y tomar conocimiento de las deficiencias, si las hubiere, para proceder a subsanarlas.
j) Xxxxxxx: previo a dar comienzo a la prestación, deberá presentar una planilla
conteniendo la nómina de todo el personal que afectará al servicio, incluyendo al Representante requerido en el punto anterior, indicando los siguientes datos de cada uno de ellos:
• Apellidos
• Nombres
• Tipo y número de documento de identidad
• Domicilio actualizado
• Función: operario, representante, oficial, etc
• Número de C.U.I.L (Código Único de Identificación Laboral)
• Aseguradora de Riesgos de Trabajo.
Dicha nómina deberá ser actualizada cada vez que se produzca alguna variante en su dotación y notificada fehacientemente al co-contratante.
k) De conformidad con lo dispuesto en el Artículo “RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS y PERSONAL” del PBCP, cada trabajador deberá ser notificado de esta situación y suscribir una “Declaración Jurada” de estilo, informando al personal que la única relación laboral existente a los fines de esta contratación es la que lo vincula con el adjudicatario. Estas declaraciones deberán ser entregadas, junto con las nóminas requeridas en el punto j) precedente. Estas declaraciones deberán ser actualizadas cada vez que se produzca alguna variante y notificada fehacientemente al co-contratante.
l) Obligaciones sanitarias: el personal que el adjudicatario afecte para la prestación deberá asistir a tomar servicio en perfectas condiciones de salud, dejando expresamente establecido que el co-contratante, se encontrará facultado para determinar que se cumplimenta con este requisito. Por lo tanto, en el supuesto que alguna persona fuera rechazada por ese motivo, el adjudicatario deberá proceder a su inmediato relevo con personal que sí reúna tales exigencias.
m) Libretas sanitarias: en caso de corresponder el adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento de las leyes que en materia sanitaria rigen en la actualidad (Libretas Sanitarias actualizadas, exámenes físicos, etc.).
n) Antecedentes Penales: el personal que el adjudicatario afecte para la prestación deberá previamente al inicio de sus tareas tramitar ante el Registro Nacional de Reincidencia dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de
Presidencia de la Nación el Certificado de AntecedentesPLPIeEnGa-l2e0s22A-r0tí7c2u0lo10865I-nGcCisAoBfA) -DGTALMJYS
Ley N° 22.117 y sus modificatorias, y Artículo 51 del Código Penal (modificado por Ley N° 23.057).
o) De las herramientas y materiales a emplear: el adjudicatario deberá proveer a su
personal las máquinas, herramientas y elementos de trabajo en buenas condiciones de uso, los que estarán bajo su exclusivo cargo y responsabilidad, para el cumplimiento de los servicios que se le contraten. Los productos a emplear deberán ser de primera marca y calidad, para que de ningún modo, atenten contra la conservación del edificio, moblaje, la salud de las personas y el medio ambiente.
p) Proveer de un Libro de Registro de Inspección de Trabajos, (tamaño grande, 50 hojas x triplicado.) para asentar las comunicaciones entre el MJYSG y el Representante Técnico.
Art. 47.- FISCALIZACIÓN GENERAL DE LA PRESTACIÓN
El Organismo de Control será el responsable de la fiscalización general de la prestación: cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario, asentar novedades, instrucciones, etc.
El/los integrante/s del Organismo de Control son designados por la DGADTI del MJYSGC.
Art. 48.- GUARDA DE INSTRUMENTOS Y HERRAMIENTAS DE TRABAJO
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no se responsabilizará por la rotura, desperfectos o falta de instrumentos y/o herramientas de propiedad del adjudicatario.
El Organismo de Control proveerá el espacio físico necesario para la guarda de dichos elementos, los cuales quedarán exclusivamente bajo la custodia del adjudicatario.
Art. 49.- SEGUROS
a) Generalidades
El adjudicatario deberá contratar los seguros que se detallan en el presente artículo y acreditar la constitución de los mismos y su vigencia durante todo el periodo contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y comprobantes de pago del premio, excepto para el supuesto de la cobertura de daño ambiental, la cual se acreditará mediante presentación del original en la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Seguros (DGCyC).
La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros
que le sean legalmente exigibles al adjudicatario por su actividad a fin de brindar
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cobertura a los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones atinentes a su actividad.
El adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros
exigidos con antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia hasta la efectiva finalización de los trabajos encomendados conforme el contrato y/o contratos celebrados, incluidas las posibles prórrogas.
Si durante la prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las pólizas, el adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización efectiva de la relación Contractual, con una antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas de que opere la fecha de vencimiento de las mismas.
El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de los seguros exigidos en el presente Xxxxxx, en las formas y con la vigencia estipulada, quedando el GCABA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera en este caso.
Queda entendido que, sin perjuicio de su responsabilidad general por los siniestros que pudieran ocurrir durante los trabajos contratados, el Contratista asume el importe de las franquicias obligatorias impuestas por las Compañías Aseguradoras.
b) De las compañías aseguradoras
Las coberturas de seguros deberán ser contratados en una empresa aseguradora habilitada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que al menos cuente con un Patrimonio Neto superior a los $ 500.000.000 (pesos quinientos millones), de acuerdo al último balance anual presentado ante la citada Superintendencia y publicado por la misma. Deberá acreditar también una calificación establecida por una calificadora de Riesgo autorizada a operar en la República Argentina.
Lo dicho anteriormente y enumerado en materia de patrimonio no será requerido en los supuestos de coberturas xxx xxxx Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia Colectiva y/ó Caución (Garantías de cumplimiento).
c) De los seguros en particular
1) Laborales:
Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de dependencia, mediante seguro suscripto con una Aseguradora de Riesgo del Trabajo
(ART) autorizada para brindar ese tipo de cobertura, incPluLyIeEnGd-o20e2s2p-0e7c2íf0ic1a0m65e-GntCeAlaBsA-DGTALMJYS
contingencias derivadas de los accidentes de trabajo, de muerte, invalidez total o parcial.
Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con
los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes del presente Xxxxxx, xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas, y del Contrato.
Seguro de Riesgos del Trabajo
En el supuesto de la cobertura de riesgos de trabajo, para trabajadores en relación de dependencia:
Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los
trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:
“Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires., sus funcionarios y/o empleados, sea con fundamento en el art. 39 ap. 5 de la Ley 24.557 y modificatorias, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del adjudicatario, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX, por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.”
2) Seguro de Accidentes Personales (En caso de corresponder)
En el supuesto de la cobertura de Seguro de Accidentes Personales, para quienes prestan servicios bajo las distintas modalidades de contratación y no revistan relación de dependencia con el adjudicatario. Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:
“Por la presente, la “Aseguradora”, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires., sus funcionarios y/ó empleados, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar a los prestadores de servicios que haya contratado el adjudicatario, amparados por la póliza N° XXXX y por accidentes ocurridos por el hecho o en ocasión de trabajo.”
Las condiciones de cobertura mínimas serán las siguientes:
La aseguradora se obligará a indemnizar a los asegurados, ante el fallecimiento
accidental e invalidez total y/o parcial permanente derivadPoLsIEdGe
-a2c0c2i2d-e0n72te0s10a6c5a-eGcCidAoBsA, -DGTALMJYS
como así también en concepto de las erogaciones en que se incurran por asistencia médica y/o farmacéutica según topes indemnizatorios determinados en póliza
Alcance de las coberturas:
Jornada de servicio incluyendo cobertura in-itinere. Sumas a Asegurar (Monto Mínimo):
Muerte: Pesos Un millón quinientos mil ($ 1.500.000)
Invalidez Total y/o parcial permanente por accidente: Pesos Un millón quinientos mil ($1.500.000)
Asistencia Médico Farmacéutica (AMF): Pesos Sesenta mil ($60.000)
3) Seguro de Responsabilidad Civil
El adjudicatario debe asegurar, bajo póliza de responsabilidad civil, los daños que como consecuencia de tareas inherentes a la actividad que puedan ocasionar a personas, bienes o cosas de propiedad del GCABA o de terceros.
Será responsabilidad total del adjudicatario todo accidente, daño, robo y/o perjuicio a personas o cosas, a causa de hechos directos o derivados de los trabajos a su cargo. Suma Asegurada Mínima:
La misma será por un monto mínimo de $2.000.000.- (pesos dos millones) Se detallan de manera enunciativa y no taxativa las coberturas adicionales a incluirse de corresponder en cada caso:
A) Responsabilidad Civil emergente de escapes de gas, incendio, rayo y/o explosión, descargas eléctricas.
B) Caída de Objetos, carteles y/o letreros C) Carga y descarga de bienes
D) Daños por hechos maliciosos, tumulto popular.
E) Montaje y desmontaje de estructuras (de corresponder).
F) Bienes bajo custodia, cuidado y control (de corresponder).
G) Grúas, Guinches, autoelevadores (de corresponder).
El contrato deberá contener un endoso en carácter de co-asegurado sin restricción de ninguna especie o naturaleza a favor del GCABA. Los empleados del GCABA deberán ser considerados terceros en póliza.
Art. 50.- PLAZO DE ENTREGA DE LAS PÓLIZAS DE SEGURO
Las pólizas de seguro mencionadas en el Artículo precedente, deberán ser presentadas en la Subgerencia Operativa Compras dependiente de la Gerencia
Operativa Oficina de Gestión Sectorial 26 de la DPLireIEcGci-ó2n022G-0e7n2e0r1a0l 65T-éGcCnAicBaA, -DGTALMJYS
Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad del GCABA, sita en Av.
Regimiento de los Patricios N° 1142, piso 3, CABA, en un plazo de cinco (5) días corridos de haber sido perfeccionada la Orden de Compra Abierta.
En el caso que debido a la situación de emergencia sanitaria declarada por Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1/AJG/20, y sus sucesivas prórrogas, y en línea con las disposiciones del Decreto N° 147/AJG/20 que establece la necesidad de “modificar el lugar y/o repartición laboral de los agentes y las tareas que realizan para hacer frente a la atención de la situación epidemiológica” y siendo el Ministerio de Justicia y Seguridad un área de máxima esencialidad e imprescindible durante la vigencia de la pandemia COVID-19, se informa que ante la falta de recepción personal de las garantías, los oferentes podrán remitir las copias de las mismas debidamente individualizadas al correo: xxxxx00xxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx, dentro del plazo de 24 horas de formalizado el acto de apertura de ofertas, en cumplimiento de las disposiciones del Art. 17 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. En el mismo mail deberá solicitar que se le asigne fecha y hora para entregar la garantía original.
El inicio del servicio establecido en el Pliego estará sujeto a la aceptación por parte de la Administración de las pólizas presentadas y no se dará inicio al servicio sin contar con las mismas.
En caso de que el adjudicatario no integre las pólizas en el plazo indicado, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad del GCABA podrá ejecutar la Garantía de Mantenimiento de Oferta y/o de Cumplimiento de Contrato.
Queda reservada a la Administración, la potestad de llegado el tercer día de atraso (superado el plazo otorgado de 5 días) en su presentación, de rescindir el respectivo contrato sin perjuicio de las penalidades y/o sanciones que le pudieran corresponder de acuerdo con lo establecido en los Capítulos XII y XIII de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21 y las que se establecen en el presente pliego.
En este marco, será responsabilidad del adjudicatario asegurar la vigencia de las coberturas durante el plazo contractual.
Asimismo, deberá presentar la siguiente documentación:
DOCUMENTO |
Nóminas del Personal |
Declaraciones Juradas PLIEG-2022-072010 |
Libretas sanitarias (de |
65-GCABA-DGTALMJYS
corresponder) |
Libro de Registro de Inspección de Trabajos |
Antecedentes penales |
Art. 51.- PLAN DE TAREAS Y AUTORIZACIÓN DE INICIO
El plan de tareas presentado por el adjudicatario con su oferta deberá contar, previo al inicio de las tareas, con la aprobación de la DGADTI del Ministerio de Justicia y Seguridad. El adjudicatario queda obligado a aceptar todas las modificaciones que dichas autoridades determinen, dentro de las condiciones que se exigen en el presente Xxxxxx. El plan de trabajo definitivo aprobado será el único que se tomará como válido y al que deberá ajustarse estrictamente el adjudicatario. El co-contratante podrá requerir durante la ejecución del contrato y motivado por imprevistos, imprevisiones o razones de servicio, la modificación de este plan, de acuerdo a las necesidades que se planteen.
Art. 52.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS y PERSONAL
Todo el personal o terceros afectados por el adjudicatario de la Licitación al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de relación alguna con el GCABA.
Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales, previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, vinculada con la ejecución contractual y del servicio; quedando expresamente liberado el GCABA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos.
Queda debidamente entendido que el GCABA no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado, de todo conflicto o litigio que eventualmente se generare por cuestiones de índole laboral, entre el adjudicatario y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el adjudicatario.
Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con
los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones
emergentes del PBCG, del presente PBCP, Anexo I, PdLeIEl general.
GP-E20T22y-0d7e2l01c0o6n5t-rGatCoAeBnA-DGTALMJYS
Art. 53.- DAÑOS A TERCEROS
El adjudicatario implementará las medidas de seguridad que sean necesarias para dar cumplimiento a la legislación vigente en la materia, para evitar daños a las personas o cosas. Si ellos se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados.
Art. 54.- CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 43 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
En virtud de lo normado en la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se pone en conocimiento de todos los oferentes que el adjudicatario estará obligado a emplear personas con capacidades especiales que reúnan las condiciones y la idoneidad requerida para el puesto o cargo que deberá cubrirse en una proporción no inferior al cinco por ciento (5%) de la totalidad de su personal y a establecer reservas a ser ocupadas exclusivamente por ellas.
Este porcentaje deberá mantenerse por causa de vacantes o incremento de la dotación.
Las personas con necesidades especiales que se desempeñen en tales condiciones gozarán de los mismos derechos y estarán sujetas a las mismas obligaciones que la legislación laboral aplicable prevé para el trabajador sin discapacidades.
Art. 55.- CESIÓN O TRANSFERENCIA DEL CONTRATO
El contrato que se celebre con el adjudicatario como los derechos que de él emerjan no podrán ser cedidos o transferidos por el adjudicatario a terceros, sin previa autorización debidamente fundada de la autoridad que haya dispuesto la adjudicación. En caso contrario, el GCABA rescindirá unilateralmente el contrato por culpa del co- contratante, con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato.
RÉGIMEN DE PENALIDADES
Art. 56.- INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO
El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales originadas en el PBCG, en el presente PBCP, Anexo I y en el PET, lo hará pasible de las penalidades previstas en el Artículo 116 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado
según Ley N° 6.347).
PLIEG-2022-07201065-GCABA-DGTALMJYS
La Administración podrá aplicar penalidades y/o sanciones, aun cuando el contrato se encontrare extinguido y/o rescindido; ello en tanto el hecho motivador hubiera sido constatado durante la vigencia del contrato.
Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades, los oferentes o co-contratantes pueden asimismo ser pasibles de las sanciones establecidas en el Artículo 128 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347).
Toda xxxx en el cumplimiento del contrato coloca al adjudicatario en estado xx xxxx automática conforme las previsiones establecidas en el apartado final del presente Artículo, y por tanto resulta innecesaria la constitución en xxxx del adjudicatario.
En virtud de las características propias de esta contratación, se detallan las siguientes penalidades particulares:
1. Por no realizar dentro de los sesenta (60) días hábiles de perfeccionada la Orden de Compra Abierta, la revision inicial de todo el equipamiento relacionado con el control de acceso en relación al Renglón N° 1 del PET, hará pasible al adjudicatario, por cada día de demora hasta la fecha de su efectivo cumplimiento, de una multa equivalente al dos por ciento (2%) sobre el monto mensual facturado del mes correspondiente a la aplicación de la penalidad.
2. Por incumplir con los Plazos de Resolución xx xxxxxx establecidos en el apartado "Tiempos de Respuesta" de las "Generalidades de los Renglones Nros. 1 y 2 del PET, hará pasible al adjudicatario, por cada evento, de una multa equivalente al dos por ciento (2%) sobre el monto mensual facturado del mes correspondiente a la aplicación de la penalidad.
3. Por no contar con la dotación acordada de técnicos, hará pasible al adjudicatario, por cada día de demora hasta la fecha de su efectivo cumplimiento, de una multa equivalente al dos por ciento (2%) sobre el monto mensual facturado correspondiente al mes del suceso.
4. Por no iniciar el servicio en el término establecido en el Artículo 5 del PBCP, por causas imputables al adjudicatario, hará al mismo pasible, de una multa equivalente al dos por ciento (2%) del monto total adjudicado, por cada día de demora. Habiendo transcurrido cinco días hábiles desde el perfeccionamiento contractual, la Administración se reserva el derecho de rescindir el contrato con la aplicación de la penalidad prevista para dicho período, más la aplicación de la penalidad por rescisión prevista por la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347).
5. Por no mantener actualizada las pólizas de seguProLsIEeGxi-g2i0d2a2s-0e7n20e1l0A6r5t-ícGuCloA4B9A-DGTALMJYS
del presente Xxxxxx, estableciendo una penalidad del uno por ciento (1%) del
monto total del contrato más la actualización que correspondiere, por día de atraso en dicha actualización.
NOTA: Las multas establecidas se aplicarán luego de que el adjudicatario no cumpla
con sus obligaciones tendientes a la normalización del servicio, en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas de haber sido notificado fehacientemente por parte del GCABA.
Art. 57.- CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Son causales de extinción del contrato las siguientes:
• Expiración del plazo término del contrato, y las respectivas prórrogas si las hubiere, y/o cumplimiento del objeto, según lo estipulado en el presente Xxxxxx.
• Mutuo acuerdo.
• Quiebra del adjudicatario.
• Rescisión, conforme lo establecido en los Artículos 121 al 126 de la Ley Nº
2.095 (texto consolidado según Ley Nº 6.347).
• Presentación en concurso del adjudicatario, impidiendo dicha circunstancia el efectivo total cumplimiento de las obligaciones emergentes de los Pliegos licitatorios.
Art. 58.- CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
El adjudicatario y su personal que se encuentren ligados a la provisión de equipos y/o servicios objeto de la presente licitación están obligados a mantener la más estricta confidencialidad sobre la información que obtenga del GCABA y/o el organismo contratante, o de cualesquiera otras fuentes públicas o privadas indicadas por el organismo contratante, en relación con el objeto del contrato.
Esta obligación no se extinguirá con el cumplimiento del objeto del contrato. El incumplimiento de esta obligación será considerado falta gravísima y dará lugar a la resolución del contrato por incumplimiento culpable del adjudicatario, sin perjuicio de las restantes sanciones civiles y penales que pudieran corresponder.
Toda la información proporcionada para la ejecución de las tareas que son encomendadas, es propiedad exclusiva del GCABA. La información a cuyo conocimiento el adjudicatario acceda y/o se genere con motivo del presente contrato, forman parte xxx xxxxxxx institucional propiedad del GCABA, por lo que se compromete a:
● Mantener absoluta reserva de las mismas.
● Custodiarlas apropiadamente.
● No divulgarlas, ni transmitirlas a terceros no autorizadoPsL.IEG-2022-07201065-GCABA-DGTALMJYS
● No explotarlas ni utilizarlas en beneficio propio y/o de terceros, salvo cesión y/o consentimiento previo y por escrito otorgado por el GCABA.
● En caso de que las tareas sean efectuadas por personal perteneciente al
adjudicatario, este último se compromete (con anterioridad al inicio de su trabajo) a poner en su conocimiento las presentes condiciones, asumiendo la responsabilidad por su cumplimiento por parte del personal.
El presente compromiso es irrevocable y seguirá siendo válido aún después de finalizada la relación contractual con el GCABA.
Art. 59.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN
Es causal de rechazo de la propuesta u oferta, en cualquier estado de la contratación, o de la rescisión de pleno derecho del contrato, sin perjuicio de las acciones penales que se pudieran deducir, el hecho de dar u ofrecer dinero o cualquier dádiva a fin de que:
• Funcionarios o empleados públicos con competencia en el procedimiento de selección del co-contratante y en el contrato, hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
• Funcionarios o empleados públicos con competencia en el procedimiento de selección del co-contratante y en el contrato, hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que ésta haga o deje de hacer algo relativo a sus funciones.
• Cualquier persona hiciere valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que éste haga o deje de hacer algo relativo a sus funciones.
Son considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos o cualquier otra persona humana o jurídica.
Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producen aún en grado de tentativa.
Art. 60.- REMITOS
El adjudicatario deberá presentar mensualmente a la DGADTI del MJYSG, el/los remito/s indicando mínimamente la siguiente información:
- Numero de Licitación.
- Numero de Orden de Compra Abierta
- Detalle del Nombre del servicio Prestado.
PLIEG-2022-07201065-GCABA-DGTALMJYS
- Fecha (o período) del Servicio Prestado.
- Renglones
Para los Renglones Nros. 4 y 5, deberá detallar la cantidad de horas consumidas en el mes informado, de modo tal que queden claramente especificadas las unidades utilizadas por Renglón.
Para el Renglón Nº 3 deberá adjuntar el listado de los materiales provistos, el presupuesto y su aprobación por parte de la DGADTI al momento de haber realizado esos trabajos.
Art. 61.- REVISIÓN DE PRECIOS DEL CONTRATO
El régimen de redeterminación de los precios pactados en el contrato objeto de la presente licitación se rige por la Ley Nº 2.809 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y su normativa reglamentaria.
ESTRUCTURA DE COSTOS ESTIMADA | ||
ITEM | INCIDENCIA | PARÁMETROS |
Mano de obra | 60% | Indice xx xxxxxxx privado registrado del INDEC |
Insumos | 20% | Índices de Precios Internos al por Mayor (IPIM) – 7.2.1 – Máquinas y aparatos eléctricos (31) – INDEC |
Instalación eléctrica | 10% | Decreto N° 1.295/2002 – Art. 15, inciso g) - INDEC |
Gastos generales | 10% | Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) – 7.2.1 - Nivel General - INDEC |
TOTAL | 100% |
Art. 62.- CUENTA EN EL BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES
Conforme lo dispuesto por el Artículo 1 del Decreto N° 34/GCABA/98, el proveedor o co-contratante deberá obligatoriamente abrir una Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en la Casa Central o en cualquier sucursal del Banco Ciudad de Buenos Aires, a los
efectos de poder acreditar en la misma los pagos que le correspondan.
PLIEG-2022-07201065-GCABA-DGTALMJYS
Art. 63.- FORMA DE PAGO
El pago será efectuado de acuerdo a las disposiciones contenidas en los Artículos 26 al 31 del PBCG.
Art. 64.- CONSULTAS TÉCNICAS
Para consultas técnicas relativas al funcionamiento del sistema BAC, comunicarse con la Mesa de Ayuda BAC al Tel. 0000-0000 al 4810 Opción: 8. O enviar un mail a: xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx-XXXXX.xxx.xx.
Art. 65.- AUTORIDAD DE APLICACIÓN
Se deja constancia que resulta autoridad de aplicación de la presente contratación, la DGADTI del MJYSG.
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ANEXO I
MODELO ESTRUCTURA DE COSTOS
ESTRUCTURA DE COSTOS - MODELO
% Índice asociad
Costos Directos | o Fuente | ||
Mano de Obra (Incluye cargas sociales) | $ ………. | … … | …… |
Materiales e Insumos ( desglosado) | $ ………. | … … | …… |
Equipos (desglosado) | $ ………. | … … | …… |
Costos Indirectos
Sub Total COSTOS DIRECTOS $ ………. (A) …………
Gastos Generales $ ………. …… ……
Gastos Financieros $ ………. …… ……
Gastos Administrativos $ ………. …… ……
Sub Total COSTOS INDIRECTOS | $ (B) | …… …… | ||
Sub Total COSTOS | $ (C)= (B) | (A) | + | …… …… |
% de (C) | $ (D) | …… …… | ||
…… | ||||
% de (C + D) | $ (E) | …… |
Beneficio
Impuestos
(desglosado)
Precio Mensual Total Unitario $ ………. (C)+(D) + ……
P(EL)IEG-2022-07201065…-G…CABA-DGTALMJYS
PLIEG-2022-07201065-GCABA-DGTALMJYS
G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
"2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas. En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur"
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número:
PLIEG-2022-07201065-GCABA-DGTALMJYS
Buenos Aires,
Martes 15 de Febrero de 2022
Referencia: PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES - EX-2021-39372013- -GCABA- DGTALMJYS
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XXXXXXX XXXXX
Director General
D.G. TEC. ADM Y LEGAL MJYSGC MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
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