CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Oficina de Sociedades de Auditoría
“Año de la Verdad y la Reconciliación Nacional”
BASES DE CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS Nº 01-2002-CG
1. INFORMACIÓN GENERAL DE LA ENTIDAD
1.1 Razón Social
PROMUDEH – PROGRAMA NACIONAL WAWA WASI - UNIDAD EJECUTORA 002: Contrato xx Xxxxxxxx Nº 1144/OC-PE
R.U.C. : Nº 20429196834
1.2 Domicilio Legal
Dirección : Xx. Xxxxxx Xx. 000 – Xxxxxxxxx - Xxxx
Teléfono : 000-0000 / 000-0000 anexo 2106
1.3 Antecedentes y Base Legal
El Programa Nacional Wawa Wasi, fue creado por R.M.No.0158-93-ED, el 07 xx Xxxxx de 1993, con el propósito de ofrecer a las mujeres madres, servicios de cuidado diurno para sus hijas e hijos, que le permitan su incorporación en la actividad económica y su desarrollo personal.
La transferencia del Programa del Ministerio de Educación al Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano – PROMUDEH, tuvo como marco la ley de creación de éste último Ministerio mediante el D.L.No.866 del 29 de Octubre de 1996, con lo que se definió con mayor precisión su misión y objetivos, involucrando a las mujeres y a sus organizaciones de base, como participantes activas y beneficiarias de las decisiones.
El Gobierno, dentro del objetivo en reducir la pobreza extrema firmó un Contrato xx Xxxxxxxx con el Banco Interamericano de Desarrollo – BID No.1144/OC-PE, por la suma de US$ 46’600,000 el 27 de Enero de 1999, destinado a financiar parcialmente el Programa Nacional de Atención al menor de tres años Wawa Wasi – Fase I.
Se autorizó un Xxxxxxx xx Xxxxxxxx Xx. 000-00 como Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 1999, hasta por la suma de S/.18’590,000 como Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo, y su contrapartida local por Recursos Ordinarios. Asimismo en la ejecución del Programa se contará con la participación de Aliados Estratégicos de otras instituciones como PRONAA por la distribución de los alimentos y con el MINSA por el servicio de atención al niño en el control de peso y talla (ambos monetizados).
Según la Ley de Presupuesto Público para el Año Fiscal del 2000, el Xxxxx Xxxxxxxxxxxx asignado al Programa Nacional Wawa Wasi asciende a S/. 40’000,000.00 por la Fuente de Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo y su respectiva contrapartida local de S/. 8’423,000.00.
Con fecha 22 de septiembre del 2000, dada a las conclusiones y recomendaciones arribadas por los funcionarios del MEF, de la Misión del BID y del PROMUDEH, se acordó un recorte de US$ 17’800,000.00 a fin de evitar costos financieros al país, siendo el nuevo importe xxx Xxxxxxxx de US$ 28’800,000.00.
2. LINEAMIENTOS GENERALES DEL EXAMEN
2.1 Tipo de Examen
Financiero – Operativo
2.2 Período a Examinar
Ejercicio Económico 2001
3. OBJETIVOS DEL EXAMEN
Informe de Auditoría Financiera
Emitir opinión sobre la razonabilidad de los Estados Financieros e información complementaria del Programa Nacional Wawa Wasi, preparados por la Unidad Ejecutora 002 al 31 de Diciembre del 2001, de conformidad con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados, los Términos de Referencia otorgados por el Banco Interamericano de Desarrollo - BID y a las estipulaciones establecidas en el Contrato xx Xxxxxxxx Nº 1144/OC-PE y la normatividad vigente.
Informe Examen Especial de la Información Presupuestaria
Emitir opinión sobre la razonabilidad de la información presupuestaria relativa al Programa Nacional Wawa Wasi al 31 de Diciembre del 2001, para la formulación de la Cuenta General de la República en cumplimiento a lo establecido en la Directiva Nº 013-2001-CG/B340, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 117-2001-CG de 27.JUL.2001.
Objetivos Específicos
3.2.1 Evaluar la aplicación del cumplimiento de la normativa vigente en las fases de programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación del presupuesto de la Unidad ejecutora teniendo en cuenta las medidas complementarias de austeridad o restricción del gasto público.
Establecer el grado de cumplimiento de los objetivos y metas previstos en el presupuesto institucional, concordantes con las disposiciones legales vigentes.
Informe Largo
Evaluar la implantación, funcionamiento y efectividad del Sistema de Control Interno implantado por la Unidad Ejecutora del Programa Nacional Wawa Wasi en las áreas administrativas y en aquellas actividades vinculadas directamente con la misión y objetivos de la entidad, identificando y determinando el grado de solidez, eficiencia, y eficacia de los controles clave que aseguren a la entidad al cumplimiento de sus objetivos y metas.
Evaluar la gestión administrativa y operativa de la Unidad Ejecutora del programa, en la administración xxx Xxxxxxxx Nº 1144/OC-PE, en cuanto al cumplimiento de las metas y objetivos previstos y resultados esperados, incidiendo en actividades primordiales propias de su naturaleza, determinando los resultados obtenidos en función a eficiencia, eficacia y economía.
En cuanto a las adquisiciones de bienes y servicios, determinar si fueron efectuados con o sin proceso licitario, debidamente sustentado con la normativa vigente con transparencia, economía y oportunidad, y si los bienes y servicios adquiridos son utilizados para los fines que fueron previstos y se encuentran en condiciones adecuadas que no signifique riesgo de deterioro o despilfarro.
En cuanto a la construcción de obras, transferidas a la comunidad, determinar si:
Las etapas de estudio y ejecución, cuentan con los expedientes técnicos en relación a los criterios de ingeniería aplicables a la naturaleza de la obra; básicamente, respecto a las soluciones propuestas, nivel técnico de la ingeniería de detalle, procesos constructivos previstos, condiciones de las formas de medición y pago de los trabajos, costos y plazos estimados.
Se cuenta con una permanente y eficiente supervisión de las obras en ejecución, determinando la razonabilidad de los procesos de contratación de los contratistas y supervisores de obras; las condiciones establecidas en los contratos dentro del marco de la normativa vigente.
En la ejecución se han aplicado controles de calidad y existe información sustentatoria del indicado control; estableciendo si la ejecución se ha realizado en concordancia con la calidad técnica prevista en los expedientes técnicos y condición contractual, según la programación financiera y los plazos establecidos.
En la ejecución de las Obras Públicas se produjeron incrementos por presupuestos adicionales, y si los mismos contaron con la respectiva aprobación, correspondiendo a trabajos necesarios conforme a los fines del contrato, determinando si estos se encuentran debidamente sustentados con el expediente técnico, si generaron sobrecostos y si la Entidad dio observancia a las normas técnicas de control relacionadas con las Obras Públicas.
Los Bienes, Obras y Servicios producidos tienen por finalidad brindar un servicio público y debidamente justificado con los estudios de factibilidad e ingeniería, y si los indicadores económico – financieros supuestos en estos, se han materializado en la etapa de ejecución.
Evaluar los controles implantados por la Entidad respecto a las donaciones recibidas en el ejercicio a examinar, en función a propiedad, uso y destino, estableciendo su correcta utilización y registro contable.
En relación al Financiamiento del Comité de Gestión:
Evaluar el autodiagnóstico del Grupo Promotor y su solicitud de constitución del Comité de Gestión y Consejo de Vigilancia.
Evaluar el autodiagnóstico del expediente técnico de los convenios firmados con los Comités de Gestión.
Evaluación de los Comités de Gestión, y su adecuado funcionamiento, en la atención integral de los niños registrados.
Actuación y participación del Consejo de Vigilancia.
Evaluación y análisis de la información proporcionada a la Unidad Coordinadora a través del Sistema de Monitoreo, sobre el funcionamiento, calidad del servicio y el impacto del Programa.
Realizar una evaluación Ex post sobre la estrategia de ejecución del Programa a través de los Comités de Gestión y Obras Ejecutadas.
Evaluar el cumplimiento de los aliados estratégicos PRONAA Y MINSA, en la atención alimentaria y atención en salud, respectivamente.
Determinar si los intereses, comisiones y demás gastos de financiamiento son razonables y guardan relación con la oportunidad del desembolso xxx xxxxxxxx, en el uso de éste, en la determinación de los montos a pagar y en el pago de los mismos dentro de los plazos establecidos, prestando debida atención que en la administración, ejecución y control de éstos se apliquen criterios de eficiencia, eficacia y economía, y de acuerdo con las condiciones contractuales y normativa aplicable.
Efectuar el seguimiento a la implementación de las recomendaciones de las auditorías financiero-operativas realizadas por los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control, conforme a lo establecido por la Directiva Nº 014-2000-CG/B150 aprobada por la Resolución de Contraloría Nº 279-2000-CG del 29.12.2000.
Informe Especial
Si durante la ejecución de la acción de control se evidencian indicios razonables de la comisión de delito así como excepcionalmente, la existencia de perjuicio económico no sujeto a recupero administrativo, la comisión auditora, en cautela de los intereses del Estado y sin perjuicio de la continuidad de la respectiva acción de control emitirá con la celeridad del caso, un Informe Especial con el debido sustento técnico y legal en cumplimiento de la NAGU 4.50.
CONTRATO XX XXXXXXXX NO.1144/OC-PE, CAPÍTULO VII, ARTÍCULO 7.03.
Informes y Estados Financieros.
(A) El Prestatario o el Organismo Ejecutor, según corresponda, presentará al Banco los informes que se indican a continuación, en los plazos que se señalan para cada uno de ellos:
Los informes relativos a la ejecución del Proyecto, dentro de los 60 días siguientes a la finalización de cada Semestre calendario o en otro plazo que las partes acuerden, preparados de conformidad con las normas que al respecto se acuerden con el Banco.
Los demás informes que el Banco razonablemente solicite en relación con la inversión de las sumas prestadas, la utilización de los bienes adquiridos con dichas sumas y el progreso del Proyecto.
Tres ejemplares de los estados financieros correspondientes a la totalidad del Proyecto, al cierre de cada ejercicio económico del Organismo Ejecutor, e información financiera complementaria relativa a dichos estados. Los estados financieros serán presentados dentro de los 120 días siguientes al cierre de cada ejercicio económico del Organismo Ejecutor, comenzando con el ejercicio en que se inicie la ejecución del Proyecto y durante el período señalado en las Estipulaciones Especiales.
Cuando las Estipulaciones Especiales lo requieran, tres ejemplares de los estados financieros del Prestatario, al cierre de su ejercicio económico, e información financiera complementaria relativa a esos estados. Los estados serán presentados durante el período señalado en las Estipulaciones Especiales, comenzando con los del ejercicio económico en que se inicie el Proyecto y dentro de los 120 días siguientes al cierre de cada ejercicio económico del Prestatario. Esta obligación no será aplicable cuando el Prestatario sea la República o el Banco Central.
Cuando las estipulaciones Especiales lo requieran, tres ejemplares de los estados financieros del Organismo Ejecutor, al cierre de su ejercicio económico, e información financiera complementaria relativa a dichos estados. Los estados serán presentados durante el período señalado en las Estipulaciones Especiales, comenzando con los del ejercicio económico en que se inicie el Proyecto y dentro de los 120 días siguientes al cierre de cada ejercicio económico del Organismo Ejecutor.
(B) Los estados y documentos descritos en los incisos (a) (c), (d) y (e) deberán presentarse con dictamen de la entidad auditora que señalen las Estipulaciones Especiales de este Contrato y de acuerdo con requisitos satisfactorios al Banco. El Prestatario o el Organismo Ejecutor, según corresponda, deberá autorizar a la entidad auditora para que proporcione al Banco la información adicional que éste razonablemente pueda solicitarle, en relación con los estados financieros e informes de auditoría emitidos.
En los casos en que el dictamen esté a cargo de un organismo oficial de fiscalización y éste no pudiere efectuar su labor de acuerdo con requisitos satisfactorios al Banco o dentro de los plazos arriba mencionados, el Prestatario o el Organismo Ejecutor contratará los servicios de una firma de contadores públicos independiente aceptable al Banco. Asimismo, podrán utilizarse los servicios de una firma de contadores públicos independiente, si las partes contratantes así lo acuerdan.
4. PLAZOS
4.1 Inicio del examen
Al día siguiente de suscrito el Contrato de Locación de Servicios Profesionales, el mismo que debe tomar en cuenta el cronograma propuesto por la sociedad de auditoría designada y la programación de entrega de la información por parte del Proyecto.
4.2 Entrega de información
Los Estados Financieros, Notas, Anexos e Información Complementaria y Presupuestaria en general, así como otra información que requiera para cumplir con su labor, serán entregados a la Sociedad de Auditoría designada a más tardar: el 18.FEB.2002.
4.3 Presentación del Plan de Auditoría y Programa de Auditoría
El Plan de Auditoría debe ser elaborado de acuerdo con las características específicas de la entidad, las mismas que deben ser identificadas en la etapa preliminar del proceso de auditoría de acuerdo con la NAGU 2.20 aprobada con R.C.Nº141-99-CG de 25.Nov.99, siguiendo la estructura de la Sección 190 xxx XXXX. Asimismo, en el Plan del Examen Especial a la Información Presupuestaria se debe tener en cuenta lo dispuesto en la Guía del Examen Especial a la Información Presupuestaria (Numeral 6.3, Capítulo VI Disposiciones Finales de la Directiva 013-2001-CG/B340, aprobada por R.C. Nº 117-2001-CG de 27.JUL.2001.
El programa de auditoría debe contener procedimientos generales y específicos acordes a las estrategias y enfoque diseñado en la etapa de planificación.(NAGU 2.30)
El Plan de Auditoría y el Programa de Auditoría deberán ser presentados a la Contraloría General de la República dentro de los veinte (20) días de firmado el contrato.
4.4 Presentación de Informes de Auditoría
La entrega de los informes deberá efectuarse en el siguiente plazo:
Informes Corto y de Evaluación Presupuestal: A los treinta (30) días hábiles, contados a partir de la fecha de entrega de la información financiera y presupuestal.
Informe Largo: A los cuarenticinco (45) días hábiles, contados a partir de la fecha de entrega de la información financiera.
La auditoría debe ser ejecutada de conformidad con lo establecido en las Normas de Auditoría Gubernamental – NAGU, aprobada con Resolución de Contraloría Nº 162-95-CG de 22.SET.95 y sus modificatorias, Manual de Auditoría Gubernamental – MAGU, Guías de Auditoría y Disposiciones de Control emitidas por la Contraloría General de la República y demás normas aplicables a la profesión contable.
Tal como lo dispone las Normas de Auditoría Gubernamental el contenido del Informe Largo deberá ceñirse a lo dispuesto por la NAGU 4.40, modificada por la R.C. Nº 259-2000-CG publicada el 13.DIC.2000. Además deberá incluirse la Síntesis Gerencial del Informe y el Memorándum de Control Interno, a través del cual se informó al Titular sobre la efectividad de los controles internos implantados en la Entidad, así como el reporte de las acciones correctivas que en virtud del mismo, se hayan adoptado.
Las observaciones contenidas en el Informe deberán ser previamente comunicadas como Hallazgo a los funcionarios involucrados en las mismas, tal como lo dispone la NAGU 3.60 publicada el 13.DIC.2000.
En caso de evidenciarse indicios razonables de comisión de delito o responsabilidad civil, se emitirá un Informe Especial, de acuerdo a la NAGU 4.50 publicada el 13.DIC.2000.
5. COSTO DE LA AUDITORÍA
Los Honorarios Profesionales para el examen solicitado se han previsto en:
Honorarios Profesionales S/. 80,000.00
Impuesto General a las Ventas (IGV) S/. 14,400.00
-----------------
T O T A L : S/. 94,400.00
===========
SON: NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES.
6. FORMA DE PAGO
La Entidad efectuará el pago de los Honorarios Profesionales conforme al siguiente detalle:
50% de adelanto de honorarios profesionales, previa presentación de carta fianza.
50% a la fecha de entrega de todos los informes de auditoría.
(Artículo 39º del Reglamento de Designación de Sociedades de Auditoría).
7. CARTA FIANZA
Los auditores a la firma del Contrato, otorgarán a favor de la Entidad:
Una Carta Fianza solidaria, irrevocable, incondicionada y de realización automática, emitida por un Banco o Entidad Financiera autorizada por el 20% del monto total del Contrato (honorarios, IGV y gastos); válida hasta (60) días naturales después de la entrega de los informes de auditoría, y,
Otra Carta Fianza en las mismas condiciones, por el equivalente al monto de adelanto de los honorarios más IGV, válida hasta la fecha de entrega del informe (Arts. 38º y 39º del Reglamento de Designación de Sociedades).
8. CANTIDAD DE EJEMPLARES A PRESENTAR
Al término del examen y en los plazos previstos, la Sociedad de Auditoría presentará a la entidad los siguientes ejemplares:
Diez (10) Ejemplares de los Informes de Auditoría Financiera, Largo y Examen Especial de la Información Presupuestaria.
Tres (03) Ejemplares de cada uno de los informes para ser entregados al BID.
Asimismo, deberán elevar en forma simultánea a la Contraloría General, una (01) copia de cada informe emitido, a efecto de su evaluación, sustentación y verificación de cumplimiento del alcance del examen, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 45º del Reglamento de Designación de Sociedades de Auditoría, adjuntando un disquete 3.5 H.D. versión Word For Windows, conteniendo los informes desarrollados. Asimismo, deberá remitir un disquete conteniendo el Resumen del Informe de Auditoría en el Sistema de Auditoría Gubernamental – SAGU, según corresponda en cumplimiento de la Directiva Nº 009-2001-CG/B180, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 070-2001-CG de 30.MAY.2001.”
9. EQUIPO DE AUDITORÍA
El equipo de Auditoría propuesto debe estar integrado por profesionales con experiencia en Auditoría de Proyectos de Inversión financiado por Organismos Internacionales de Crédito, requiriéndose que el Supervisor y el Jefe de Equipo sean de condición permanente en la Sociedad.
Asimismo, se requiere que el equipo auditor cuente con los siguientes especialistas:
Un (01) Ingeniero Civil con experiencia en supervisión de obras.
Un (01) Abogado, para la determinación de responsabilidades a que hubiere lugar y revisión de los convenios, contratos y otros tramitados por el programa.
Los cambios en el equipo auditor antes del inicio del trabajo de campo, podrán dar lugar a dejar sin efecto la designación otorgada.
9. TERMINOS DE REFERENCIA DE AUDITORIA Y ESTIPULACIONES ESTABLECIDAS EN EL CONVENIO XX XXXXXXXX
Los Términos de Referencia y las estipulaciones contenidas en el Convenio xx Xxxxxxxx Nº BID No.1144/OC-PE, deberán ser coordinados y puestos en conocimiento por la Entidad, debiendo la Sociedad Auditora remitir en su propuesta una Declaración Jurada declarando conocer y aceptar el contenido y alcance de los requisitos establecidos.
10. SOCIEDAD DE AUDITORÍA
Las Sociedades de Auditoría postoras deberán ser elegibles al Banco Interamericano de Desarrollo – BID a la fecha de presentación de propuestas; asimismo deberán contar con experiencia en Auditorías de Proyectos de Inversión financiado por Organismos Internacionales de Crédito.
11. GASTOS DE PUBLICACIÓN
La Sociedad de Auditoría que obtenga la designación deberá abonar en la Tesorería de la Contraloría General, antes de la suscripción del respectivo contrato, la parte proporcional del importe de los gastos de publicación (CONVOCATORIA) del presente Concurso, que será fijado de acuerdo al monto de los honorarios de cada auditoría adjudicada de conformidad con lo establecido en el Art. 30º del Reglamento de Designación de Sociedades de Auditoría.
12. ASPECTOS DE CONTROL
El desarrollo de la Auditoría; así como, la evaluación del Informe resultante, se debe efectuar de acuerdo a la normativa vigente de control. La Contraloría General, de acuerdo al Art. 19º, inc k) del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, tiene la capacidad de rechazar los Informes y/o Dictámenes emitidos por las Sociedades de Auditoría designadas que no se ajusten a las normas de control o que no hayan cumplido con el trabajo encomendado.
13. COORDINADOR GENERAL
Se acredita ante este Organismo a la Sra. CPC. Xxxxx Xxxxx Xxxxx como representante del Programa, con facultad suficiente para actuar de coordinador en la elaboración de las Bases del Concurso y en calidad de observador en la apertura de propuestas técnicas en la fecha que se indique en la Convocatoria a publicarse en el Diario Oficial “El Peruano”. Dicho representante se encargará igualmente de visar las credenciales que sean presentadas por las Sociedades de Auditoría al momento de visitar la entidad, para cuyo efecto se otorgarán las facilidades del caso.
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