PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO DEL CONTRATO PRIVADO DE PATROCINIO DEL “FESTIVAL INTERNACIONAL DE MÚSICA DE LA REGIÓN DE MURCIA” EN SU EDICIÓN 2018.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO DEL CONTRATO PRIVADO DE PATROCINIO DEL “FESTIVAL INTERNACIONAL DE MÚSICA DE LA REGIÓN XX XXXXXX” EN SU EDICIÓN 2018.
CAPÍTULO PRIMERO.- DISPOSICIONES GENERALES
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
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La presente licitación para la adjudicación de contrato del sector público es promovida por el INSTITUTO DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES Y LAS ARTES DE LA REGIÓN XX XXXXXX
(en adelante, ICA).
De conformidad con lo previsto en los artículos 3.1.c y 3.3.b del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), el ICA es sector público y es poder adjudicador.
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1. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN DEL CONTRATO.
El contrato de patrocinio está regulado por la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad (en adelante, LGP), modificada por la Ley 29/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios, junto con los contratos de publicidad, de difusión publicitaria y de creación publicitaria.
De acuerdo con lo previsto en los artículos 20.2 y 21 del TRLCSP, el presente contrato tiene carácter privado, y por tanto, ambas partes quedan sometidas expresamente a la jurisdicción contencioso- administrativa en lo que a preparación y adjudicación del contrato se refiere y en cuanto a los efectos y extinción a la jurisdicción civil.
El presente pliego y demás documentos anexos revestirán carácter contractual. En caso de discordancia entre éste y cualquiera del resto de documentos contractuales, prevalecerá este pliego.
Firmante: XXXXX-XXXXXXX XXXXX-XXXXXXX, XXXXX
El desconocimiento de las cláusulas del contrato, en cualquiera de sus términos, de los otros documentos contractuales que forman parte o de la normativa que resulte aplicable en la ejecución de dicho contrato, no exime al adjudicatario de la obligación de cumplirlas.
2. OBJETO Y FINALIDAD DEL CONTRATO.
El presente pliego tiene por objeto la contratación del patrocinio de la Región xx Xxxxxx y del ICA en el transcurso de los distintos actos del “Festival Internacional de Música xx Xxxxxx”, en su edición de 2018, mediante la utilización de la imagen institucional de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx y el logotipo del ICA, que figuran en el Anexo V del presente Pliego, en los distintos soportes publicitarios que se exhiban en los lugares donde tendrá lugar las distintas actuaciones derivadas del
citado evento. Todo ello se realizará de conformidad con las especificaciones estipuladas en las prescripciones técnicas que figuran como Xxxxx XX, sin perjuicio de las que definitivamente se establezcan como resultado de la negociación entre las partes.
A la vista del objeto, la finalidad de la contratación es potenciar la presencia de la Administración Regional en este tipo de festivales de manera que se proyecte su imagen institucional como promotora e impulsora de la cultura en nuestra Región.
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La utilización de determinados eventos como soporte para la difusión de las industrias culturales y artísticas, aprovechando su repercusión mediática, viene demostrando sus amplios beneficios tanto en el alcance como en las características del público que la recibe así como directamente en la imagen de la Región como impulsora de eventos que generan turismo cultural en nuestro territorio.
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CAPÍTULO SEGUNDO.- CLÁUSULAS DE LICITACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
3. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
El contrato se adjudicará mediante procedimiento negociado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 169 del TRLCSP, y lo establecido en las Instrucciones Internas de Contratación del ICA, recayendo en el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos.
Para asegurar la concurrencia será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres candidatos con la capacidad suficiente para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible.
No obstante, simultáneamente a cursar la invitación, se publicará en el perfil del contratante un anuncio de la licitación de manera que cualquier interesado podrá presentar oferta dentro del plazo que se establezca.
Firmante: XXXXX-XXXXXXX XXXXX-XXXXXXX, XXXXX
La tramitación del presente procedimiento se realizará de manera abreviada por la vía de urgencia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 112 del TRLCSP. La urgencia del procedimiento está motivada por la necesidad de acelerar lo antes posible su adjudicación y que la empresa adjudicataria resultante pueda planificar con tiempo suficiente la organización del Festival y de todas aquellas actividades paralelas, referidas en el Anexo IV del presente Pliego, a las que se les quiere dotar de una continuidad anual.
4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.
El presupuesto base de licitación asciende a CIENTO SETENTA MIL EUROS (170.000,00 €), IVA excluido. Por lo que el valor estimado de la presente contratación asciende a un total de DOSCIENTOS CINCO MIL SETECIENTOS EUROS (205.700,00 €), IVA incluido.
El cálculo del valor estimado se ha realizado conforme a lo establecido en el artículo 88 del TRLCSP.
5. PRECIO DEL CONTRATO.
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo y deberá indicar como partida independiente el IVA, en el caso de que resulte aplicable. En el precio del contrato se considerarán incluidos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el Pliego.
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6. EXISTENCIA DE CRÉDITO.
Debido a que la ejecución del contrato deberá iniciarse en el ejercicio siguiente, el ICA incorporará en sus partidas presupuestarias del año 2018 crédito suficiente y preciso para atender las obligaciones económicas derivadas de dicho contrato, con las limitaciones que se establecen en el artículo 110.2 del TRLCSP.
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7. GARANTÍA PROVISIONAL.
No siendo preceptiva la constitución de garantía provisional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del TRLCSP, no se exige su constitución para optar al presente proceso de licitación.
8. FORMA DE PAGO.
El pago del precio estipulado en la cláusula 5ª del presente Xxxxxx se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente del adjudicatario, tras la celebración del festival, sin perjuicio de la obligación de acreditar aquél documentalmente, a través de una memoria específica, el cumplimiento de las obligaciones de patrocinio establecidas en el presente pliego.
Para realizar el pago establecido en la presente cláusula, el adjudicatario deberá expedir, en legal forma, las correspondientes facturas y enviarlas a las oficinas del ICA, situadas en Xx. Xxxxxxx xx Xxxx x/x, xxxxxx xxxxxx 00000 xx Xxxxxx.
9. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Firmante: XXXXX-XXXXXXX XXXXX-XXXXXXX, XXXXX
El plazo de ejecución comenzará a contar a partir de la formalización del contrato y tendrá vigencia hasta la finalización del evento descrito en la cláusula 2ª del presente Pliego y/o actividades paralelas que puedan programarse a lo largo del ejercicio 2018.
10. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
De conformidad con lo previsto en el artículo 35.2 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, y en los artículos 51.2 y 55 de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y de Reordenación del Sector Público Regional, el órgano de contratación será la Dirección General del ICA.
El órgano de contratación contará con la asistencia de un Comisión negociadora, compuesta por uno o varios miembros con acreditada experiencia y conocimientos técnicos en la materia objeto del presente contrato. La designación de esta Comisión deberá publicarse en el perfil de contratante del ICA y de la CARM con anterioridad a la apertura de los sobres que contienen los aspectos objetos de negociación.
Serán funciones principales de dicha Comisión negociadora las siguientes:
• Valorar la documentación técnica contenida en el Sobre 2 “Documentación relativa a los aspectos técnicos objeto de negociación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor”, de acuerdo con los criterios de adjudicación contenidos en el Anexo X xxx Xxxxxx.
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• Llevar a cabo las negociaciones y tratos con cada uno de los licitadores sobre aquellos aspectos objeto de negociación establecidos en la cláusula 11 xxx Xxxxxx, de acuerdo con las fases del proceso negociador descritas en la cláusula 16 xxx Xxxxxx.
• Solicitar cuantos dictámenes o informes técnicos estimen oportuno, tanto en la fase de valoración de propuestas como en la de negociación de aspectos.
• Dejar constancia documental del proceso de negociación en el expediente administrativo.
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• Elaborar un informe de valoración definitivo de las distintas ofertas, acompañado de las actas de las reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones, y formulando propuesta de adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa.
11. TÉRMINOS DEL CONTRATO NEGOCIABLES
Podrán ser negociables los siguientes aspectos del contrato:
- El precio.
- Calidad de la programación.
- Plan de Medios.
- Promoción de bandas de música de la Región xx Xxxxxx.
- Oferta de actividades paralelas y continuidad del Festival.
12. CRITERIOS OBJETIVOS DE SELECCIÓN.
Dada la exigencia de la solvencia que se prevé en el presente expediente para los licitadores y la necesidad de lograr la máxima concurrencia posible, no se establecen criterios específicos de selección de candidatos, por lo que cualquier licitador con la solvencia técnica y económica debidamente justificada y suficiente será admitido a la licitación en los términos previstos en el TRLCSP.
Firmante: XXXXX-XXXXXXX XXXXX-XXXXXXX, XXXXX
13. CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
Resulta de aplicación a la capacidad para contratar lo establecido en el capítulo II del título II del libro I del TRLCSP.
Podrán optar a la adjudicación del contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no
estén incursas en prohibición de contratar con el sector público y acrediten, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Sólo podrán resultar adjudicatarias las personas jurídicas entre cuyos fines, objeto o ámbito de actividad, con arreglo a sus estatutos o reglas fundacionales, se encuentre comprendida la ejecución de la prestación objeto de este contrato.
Las empresas extranjeras no comunitarias deberán reunir, además, los requisitos establecidos en el artículo 55 del TRLCSP.
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A las uniones temporales de empresarios les será de aplicación lo establecido en el artículo 59 del TRLCSP y preceptos concordantes.
La acreditación de la capacidad de obrar se realizará con arreglo a lo establecido en este pliego, en el TRLCSP y en la normativa de desarrollo.
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Corresponde al órgano de contratación del ICA apreciar la concurrencia de aquellas circunstancias que supongan una prohibición de contratar, así como su declaración respecto al ICA, aplicando de forma análoga las reglas contenidas en el artículo 61 del TRLCSP.
14. PRESENTACIÓN DE LA PROPOSICIÓN.
Las proposiciones se presentarán en la forma, lugar y plazo indicado que se establezca en la correspondiente invitación y en el anuncio que se publicará en el perfil de contratante del ICA (xxx.xxxxx.xx) y en la web de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx (xxx.xxxx.xx, área “contratación pública”).
Cada candidato no podrá presentar más de una proposición. La presentación de dicha proposición supone la aceptación incondicionada de las cláusulas del presente pliego, sin salvedad o reserva alguna.
15. CONTENIDO DE LA PROPOSICIÓN.
Firmante: XXXXX-XXXXXXX XXXXX-XXXXXXX, XXXXX
Los licitadores presentarán en TRES SOBRES cerrados la documentación que se señala a continuación, mediante originales o copias compulsadas conforme a la legislación vigente. Se presentará cada sobre haciendo constar en su exterior el nombre o razón social del licitador, así como su dirección, teléfono y la licitación a la que concurren, mediante la mención “PROPOSICIÓN PARA LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE PATROCINIO DEL FESTIVAL INTERNACIONAL DE
MÚSICA DE LA REGIÓN XX XXXXXX, EN SU EDICIÓN DE 2018”, con el siguiente contenido:
Sobre 1: Documentación administrativa acreditativa de la capacidad para contratar
a) Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad del licitador.
Conforme con lo previsto en este pliego y en el TRLCSP, se admitirá la acreditación de la personalidad y de la capacidad de obrar en virtud de los siguientes documentos:
◼ En el caso de personas físicas, documento oficial de identidad no caducado o el que reglamentariamente lo sustituya.
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◼ En el caso de personas jurídicas, documento oficial de identificación fiscal (CIF) y escritura de constitución y, en su caso, de modificación, inscritas en el Registro Mercantil. Si esta inscripción no fuera preceptiva, escritura o documento de constitución, acto fundacional o estatutos, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
◼ Los empresarios que no sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea acompañarán, además, la siguiente documentación:
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1º. Informe de la Misión Diplomática Permanente del Reino de España, conforme a lo previsto en el artículo 72.3 del TRLCSP, que, así mismo y salvo en el caso de empresas nacionales de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, habrá de justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
2º. Declaración expresa de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional no español que pudiera corresponder al interesado.
◼ Los empresarios no españoles que sean nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea acreditarán su personalidad, capacidad, representación y habilitación profesional o empresarial mediante los siguientes documentos:
1º. Documento oficial de identidad no caducado en el caso de personas físicas y documento de constitución o acta fundacional en el caso de personas jurídicas. Documento oficial de identidad de la persona que suscriba la proposición.
Firmante: XXXXX-XXXXXXX XXXXX-XXXXXXX, XXXXX
2º. Certificado del registro que proceda entre los indicados en el Anexo I del RGLCAP.
Deberán, así mismo, acompañar declaración expresa de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional no español que pudiera corresponder al interesado.
b) Documentos acreditativos de la representación.
El que comparezca o firme proposición en nombre del licitador determinado, presentará poder de representación debidamente bastanteado por el Servicio Jurídico de la Secretaría General de una de las Consejerías, Organismo Autónomo o Empresa Pública Regional de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, de conformidad con el artículo 1 del Decreto 36/2001, de 18 xx xxxx, por el que se atribuye el bastanteo de poderes para suscribir convenios, participar en procedimientos de contratación y prestar garantías en la Administración Regional, sus Organismos Autónomos y las Empresas Públicas Regionales.
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Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación, deberá acompañar copia compulsada, notarial o administrativamente, de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.
c) Documentos que acreditan la solvencia económica y financiera.
La solvencia económica y financiera del licitador, se podrá acreditar por todos y cada uno cada uno de los siguientes medios:
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- Certificados expedidos por empresas o instituciones dispuestas a patrocinar con fondos económicos la celebración del Festival descrito en la cláusula 2ª xxx Xxxxxx.
- Declaración jurada indicando el volumen anual de negocios del empresario o profesional de los tres últimos años, en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades, que no podrá ser inferior a 500.000,00 euros en ninguno de dichos ejercicios.
Si, por una razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación.
d) Documentos que acreditan la solvencia técnica o profesional.
El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será el de la experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los trabajos efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza que el objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución expedidos por los promotores, incluyendo el importe de dichos trabajos.
Firmante: XXXXX-XXXXXXX XXXXX-XXXXXXX, XXXXX
El requisito mínimo para cumplir dicho criterio será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, o de su anualidad media si ésta es inferior al valor estimado del contrato.
e) Declaración sobre la no concurrencia de prohibiciones para contratar con el sector público, de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de que no existen deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, de acuerdo con el modelo contenido en el Anexo II del presente Pliego.
f) Datos a efectos de notificaciones.
Escrito relacionando el nombre o razón social, dirección postal, números de teléfono y de telefax y correo electrónico y, en su caso, página web del licitador.
Las comunicaciones y notificaciones con el interesado serán cursadas con arreglo a los datos anteriores, pudiendo efectuarse notificaciones a la dirección de correo electrónico señalado por el licitador, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 146.1.d) del TRLCSP.
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Sobre 2: Documentación relativa a los aspectos técnicos objeto de negociación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor
En este sobre se incluirá la documentación técnica correspondiente a aquellos aspectos subjetivos que serán objeto de negociación y cuya cuantificación depende de un juicio de valor, con el contenido mínimo señalado en el Anexo IV del presente Xxxxxx, según los criterios de adjudicación establecidos en el Anexo I:
1. Calidad de la programación.
2. Plan de Medios.
3. Promoción de bandas de música de la Región xx Xxxxxx.
4. Oferta de actividades paralelas y continuidad anual del Festival.
Sobre 3: Propuesta económica
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En este sobre se deberá incluir la oferta económica, de acuerdo con el formato contenido en el Anexo III del presente pliego, indicando como partida independiente el importe del impuesto sobre el valor añadido que deba ser repercutido.
16. APERTURA DE PROPOSICIONES Y NEGOCIACIÓN DE LOS TÉRMINOS DEL CONTRATO.
Firmante: XXXXX-XXXXXXX XXXXX-XXXXXXX, XXXXX
Transcurrido el plazo establecido en la invitación para la presentación de proposiciones, el órgano de contratación procederá a la apertura del Sobre 1 “documentación administrativa acreditativa de la capacidad para contratar” y para su calificación. Si observara algún defecto o incidencia subsanable, se otorgará al licitador en cuestión un plazo máximo de tres (3) días hábiles para que subsane dichas deficiencias.
A continuación, el órgano de contratación procederá a la apertura del Sobre 2 “Documentación relativa a los aspectos técnicos objeto de negociación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor” de las empresas calificadas como aptas en cuanto a su capacidad para contratar.
La Comisión negociadora, de acuerdo con lo previsto en la cláusula 10 del presente Xxxxxx, será la encargada de valorar la documentación técnica contenida en el Sobre 2, en aplicación de los criterios de adjudicación referidos en el Anexo X xxx Xxxxxx.
Seguidamente, el órgano de contratación procederá a la apertura del Sobre 3 “Propuesta económica” y a valorar dichas propuestas mediante la aplicación automática de la fórmula establecida en los criterios de adjudicación contenidos en el Anexo X xxx Xxxxxx.
Posteriormente, la citada Comisión negociará con cada uno de los licitadores los términos del contrato, tomando como base la proposición inicial que éstos hayan presentado, de conformidad con lo previsto en el artículo 178 del TRLCSP, con el fin de identificar la oferta económicamente más ventajosa.
La negociación constará de las siguientes fases:
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1) La Oferta inicial.
El proceso comenzará con la valoración que la Comisión efectúe sobre las propuestas contenidas en los Sobres 2 y 3, comunicando dichas puntuaciones a todos los licitadores válidamente admitidos, pero salvaguardando el principio de confidencialidad.
2) Ronda única de negociación.
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La Comisión se reunirá por separado con cada uno de los licitadores, en una única ronda, para negociar cualquier aspecto relacionado con el objeto del contrato. Si como consecuencia de dicha negociación, se modifican las especificaciones técnicas u otra documentación de la contratación que no sea la que establece los requisitos mínimos establecidos en la cláusula 11 xxx Xxxxxx, será necesario informar por escrito a todos los licitadores.
Finalizada la ronda de negociaciones, la Comisión trasladará a todos los candidatos la posición de su oferta en el conjunto de la negociación y la valoración de la misma comparada con el resto de propuestas.
3) La Oferta final.
Por último, el órgano de contratación invitará a todos los licitadores para que en un plazo de tiempo común, y si lo estiman oportuno, puedan presentar una oferta final y definitiva.
Firmante: XXXXX-XXXXXXX XXXXX-XXXXXXX, XXXXX
Presentadas las ofertas definitivas, la Comisión verificará que se ajustan a los requisitos mínimos y las evaluarán con arreglo a los criterios de adjudicación contenidos en el Anexo X xxx Xxxxxx, clasificando dichas ofertas en orden descendente según la puntuación final obtenida
Dicha Comisión llevará a cabo la negociación y los tratos preliminares con plena libertad para llegar o no a la celebración definitiva del contrato. La ruptura unilateral de la negociación no originará ninguna responsabilidad precontractual siempre que no haya existido una conducta contraria a la buena fe de la otra parte.
Durante la negociación, la Comisión velará porque todos los licitadores reciban igual trato. En particular no facilitarán, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados licitadores respecto al resto.
La Comisión, tras finalizar el proceso negociador, remitirá al órgano de contratación un informe de valoración de las diferentes ofertas, acompañado de las actas de las reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones, junto con el documento firmado por los licitadores con las nuevas condiciones ofrecidas tras la negociación, y formulando propuesta de adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa.
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17. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, en el plazo de cinco (5) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
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• Certificados justificantes de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda española y con la Seguridad Social y de que no existen deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
• Documentación que acredite disponer del uso de los espacios e instalaciones propuestos donde se desarrollará el Festival y demás actividades paralelas.
• Documentación acreditativa de haber constituido la garantía definitiva prevista en la cláusula 18 del presente Xxxxxx.
El órgano de contratación, una vez que el licitador haya acreditado el cumplimiento de dichas obligaciones, deberá adjudicar el contrato dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación señalada.
Dicha adjudicación se notificará a los licitadores y simultáneamente se publicará en el perfil de contratante del ICA y de la CARM.
18. GARANTIA DEFINITIVA.
La empresa adjudicataria deberá acreditar la constitución de la garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Firmante: XXXXX-XXXXXXX XXXXX-XXXXXXX, XXXXX
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo del TRLCSP. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo del TRLCSP, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo del TRLCSP establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
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d) Mediante retención por importe del 5 % del pago del precio de acuerdo con el art. 96.2 del TRLCSP.
En el supuesto de que la empresa patrocinada utilice la garantía del apartado d), esta retención iría a cargo de la primera factura.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
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Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Asimismo, se incautará en caso de resolución por causa imputable a la empresa contratista.
El objeto del contrato quedará sujeto a un plazo de garantía de tres meses a contar desde la fecha de recepción o conformidad del trabajo, plazo durante el cual la Administración podrá comprobar que el trabajo realizado se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento y a lo estipulado en el presente Xxxxxx y sus Anexos. Transcurrido el plazo de garantía sin que se hayan formulado reparos a los trabajos ejecutados, quedará extinguida la responsabilidad de la empresa patrocinada.
19. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL.
Previamente a la formalización del contrato, el adjudicatario deberá presentar ante el ICA la documentación acreditativa de la constitución de un seguro de responsabilidad civil en vigor, suscrito con una compañía de seguros, para la cobertura legal de la celebración del evento.
20. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
Firmante: XXXXX-XXXXXXX XXXXX-XXXXXXX, XXXXX
El contrato se formalizará en documento, según lo dispuesto en el artículo 156 del TRLCSP, y dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados desde el siguiente al de notificación de la adjudicación al licitador.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
De la formalización del contrato se dará publicidad según lo dispuesto en el artículo 154 del TRLCSP.
21. REGLAS ESPECIALES RESPECTO DEL PERSONAL LABORAL DE LA EMPRESA CONTRATISTA.
Corresponde exclusivamente al contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación, categoría profesional y experiencia necesarios, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte del ICA del cumplimiento de aquellos requisitos.
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El contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la sustitución del trabajador en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. En tal sentido, el ICA únicamente podrá dirigir sus facultades para establecer directrices e indicaciones a un “gestor responsable”, designado por el contratista en su condición de interlocutor del mismo, y las sanciones o penalizaciones de las que, en virtud del contrato, pueda hacer uso deberán dirigirse en todo caso frente al contratista como empresa y nunca frente a los empleados de éste.
El contratista velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.
En tanto que el contratista no puede ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones, el personal que éste adscriba al Festival ocupará espacios de trabajo diferenciados del que ocupan los empleados del ICA. Corresponde también al contratista velar por el cumplimiento de esta obligación.
El contratista designará a un coordinador técnico o responsable, integrado en su propia plantilla, que ejercerá las funciones de “gestor responsable” que tendrá entre sus funciones las siguientes:
a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a la entidad contratante, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado, y la entidad contratante, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
Firmante: XXXXX-XXXXXXX XXXXX-XXXXXXX, XXXXX
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del objeto del contrato.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con la entidad contratante, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
e) Informar a la entidad contratante acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
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CAPÍTULO TERCERO.- EJECUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO
22. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en el presente pliego.
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Si la prestación efectuada no se adecua a la contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, el ICA podrá rechazar la misma, quedando exenta de la obligación de pago.
El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato.
El ICA declina toda responsabilidad dimanante de las actividades desarrolladas por el contratista para la ejecución del contrato, así como en lo que respecta a la responsabilidad civil subsidiaria originada por algún accidente producido por un elemento soporte donde pudiera figurar la imagen institucional de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx o el logotipo del ICA.
23. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público o en los supuestos y con los límites establecidos en el artículo 107 del TRLCSP.
Estas modificaciones serán en todo caso obligatorias para el contratista y deberán ser acordadas por el órgano de contratación, previa tramitación del correspondiente procedimiento y formalizarse en documento administrativo con arreglo a lo señalado en el artículo 156 del TRLCSP.
Firmante: XXXXX-XXXXXXX XXXXX-XXXXXXX, XXXXX
24. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Serán causa de resolución del contrato las establecidas en los artículos 223 y 308 del TRLCSP y las previstas en el resto de legislación de derecho privado aplicable.
25. PROTECCIÓN DE DATOS.
La empresa patrocinada autoriza al ICA para que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, incorporen sus datos
Firmante: XXXXX-XXXXXXX XXXXX-XXXXXXX, XXXXX
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contenidos en el expediente y sus trámites para su tratamiento, en un fichero automatizado, que tiene como finalidad facilitar las actuaciones de control y mejora de los procedimientos de gestión, comprobación y seguimiento correspondientes a los órganos que incorporan tales datos personales, quedando enterado de que, de acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica, pueden dirigirse por escrito a esta entidad para ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de dichos datos”.
ANEXOS
Los siguientes Anexos forman parte inseparable del presente pliego:
◼ Anexo I.- Criterios de adjudicación.
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◼ Anexo II.- Declaración sobre la no concurrencia de prohibiciones para contratar con el sector público, de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de que no existen deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
◼ Anexo III.- Proposición económica.
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◼ Anexo IV. Prescripciones técnicas.
◼ Anexo V. Imagen institucional y logotipo.
EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
Firmante: XXXXX-XXXXXXX XXXXX-XXXXXXX, XXXXX
(documento firmado digitalmente) Xxxxx Xxxxx-Xxxxxxx Xxxxx-Xxxxxxx
ANEXO I CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
1. Criterio precio (Sobre 3)
◼ Propuesta económica (30) puntos.
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◼ La propuesta económica se presentará de acuerdo con el formulario recogido en el Anexo III del presente Xxxxxx.
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◼ La propuesta económica se valorará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Vi = | (PML - Oi) x 30 |
PML - Om |
◼ Donde:
◼ Vi = Valoración de la oferta presentada por el licitador “i”.
◼ PML = Presupuesto máximo de licitación (establecido en la cláusula 4ª xxx xxxxxx).
◼ Oi = Oferta económica presentada por el licitador “i”.
◼ Om = Oferta económica mínima, correspondiente al licitador con la propuesta económica más baja (“Oi” mínimo).
Firmante: XXXXX-XXXXXXX XXXXX-XXXXXXX, XXXXX
2. Criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor (Sobre 2)
◼ Calidad de la programación y de la oferta de infraestructuras (25) puntos.
Se valorará la calidad y cantidad del elenco de artistas/grupos previsto en el proyecto de evento que formule el licitador, atendiendo a su repercusión internacional, nacional y regional en el panorama de la música actual, y a la cobertura de los diferentes estilos y tramos de edad.
Asimismo, se valorará también la calidad de los elementos técnicos e infraestructuras previstos por el licitador para el desarrollo del Festival.
◼ Plan de Medios (20) puntos.
Se valorará el Plan de Medios de comunicación propuesto por el licitador que servirá de soporte para la publicidad y promoción del evento. Se tendrá en cuenta la calidad y variedad de medios y su impacto real, debiendo indicarse con detalle los diferentes formatos publicitarios, y ámbito regional, nacional e internacional, online y tradicional. En el Anexo IV se detallan los soportes o espacios de explotación publicitaria mínimos que debe contener dicho Plan de Medios.
◼ Promoción de bandas de música de la Región xx Xxxxxx (15) puntos.
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Se puntuará la inclusión de bandas/artistas de la Región xx Xxxxxx durante el evento, atendiendo también a la promoción que de los mismos se dé durante el año posterior a la celebración del evento (por ejemplo, concurso de jóvenes talentos, posibilidad de premiar con una gira de teloneros, etc).
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◼ Oferta de actividades paralelas y continuidad anual del festival (10) puntos.
Firmante: XXXXX-XXXXXXX XXXXX-XXXXXXX, XXXXX
Se valorará la calidad y cantidad de las actividades paralelas durante la celebración del Festival, previstas en el proyecto que presente el licitador, así como la continuidad anual de tales actividades, conciertos o jornadas profesionales ofertadas.
PARÁMETROS DE PUNTUACIÓN DE CRITERIOS QUE DEPENDEN DE UN JUICIO DE VALOR | PONDERACIÓN |
DEFICIENTE: La información suministrada no es concreta o no aporta valor alguno. | 0 % a 24 % |
INSUFICIENTE: La información suministrada no satisface el nivel de la calidad esperado por el órgano contratante. | 25 % a 49 % |
MEDIA: La información suministrada cumple con los requisitos pero no satisface suficientemente las expectativas del órgano contratante. | 50 % a 69 % |
BUENA: La información suministrada reúne los requisitos y satisface las expectativas del órgano contratante. | 70 % a 89 % |
EXCELENTE: La información suministrada satisface plenamente los requisitos y expectativas, demostrando un servicio excepcional de alta calidad de la prestación. | 90 % a 100 % |
ANEXO II
DECLARACIÓN SOBRE LA NO CONCURRENCIA DE PROHIBICIONES PARA CONTRATAR CON EL SECTOR PÚBLICO, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE QUE NO EXISTEN DEUDAS EN PERÍODO EJECUTIVO CON LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX
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D./Dña […], con documento oficial de identidad número (DNI si español) […], en nombre (propio) o (de la empresa que representa), […], con número de identificación fiscal (CIF/NIF si español) […], con domicilio social en […] y domicilio fiscal en […], según poder bastanteado que se adjunta, habiendo recibido invitación para la presentación de ofertas y enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación por procedimiento negociado del contrato privado de patrocinio del “Festival Internacional de Música de la Región xx Xxxxxx” en su edición de 2018, promovido por el ICA, declara bajo su personal responsabilidad:
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◼ Que el empresario, en el caso de personas físicas, o la empresa, sus administradores y representantes, en el caso de personas jurídicas, así como el firmante, no se hallan comprendidos en ninguna de las prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 60 y 61 del TRLCSP, en los términos y condiciones previstos en el mismo.
◼ Que el empresario o empresa se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de conformidad con las circunstancias expresadas en los artículos 13 y 14 de la RGLCAP, así como que no existen deudas en período ejecutivo que se hallen garantizadas con la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
◼ Que no forma parte de los órganos de gobierno o administración de la empresa ninguna persona afectada por las prohibiciones o incompatibilidades establecidas en la Ley 5/1994, de 1 xx xxxxxx, del Estatuto Regional de la Actividad Política de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
Firmante: XXXXX-XXXXXXX XXXXX-XXXXXXX, XXXXX
Y, para que conste, a los efectos oportunos, firma la presente declaración en Murcia, a […] de […] de 201[…].
Fdo.
ANEXO III PROPOSICIÓN ECONÓMICA
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D./Dña […], con documento oficial de identidad número (DNI si español) […], en nombre (propio) o (de la empresa que representa), […], con número de identificación fiscal (CIF/NIF si español) […], con domicilio social en […] y domicilio fiscal en […], habiendo recibido invitación para la presentación de ofertas y enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación por procedimiento negociado del contrato privado de patrocinio del “Festival Internacional de Música de la Región xx Xxxxxx” en su edición de 2018, promovido por el ICA, se compromete a la realización del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos, condiciones y obligaciones contenidos en
el presente pliego de cláusulas particulares, por el importe de correspondiente IVA aplicado al tipo vigente del 21%, que asciende a la cuantía de euros, lo que resulta un importe total de euros, IVA incluido.
Firmante: XXXXX-XXXXXXX XXXXX-XXXXXXX, XXXXX
10/10/2017 08:30:20
En Murcia, a […] de […] de 201[…]. Fdo.:
euros, más el
ANEXO IV PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL PATROCINIO
1. CALIDAD DE LA PROGRAMACIÓN Y DE LA OFERTA DE INFRAESTRUCTURAS.
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El ICA tendrá en cuenta tanto la cantidad como la calidad de las bandas musicales y artistas que integren el proyecto presentado por el licitador (bandas internacionales, bandas nacionales, bandas regionales, artistas emergentes, etc.), atendiendo a su repercusión internacional, nacional o regional y a la cobertura de los diferentes estilos musicales y tramos de edad del público objetivo.
Asimismo, se valorará también la calidad de los elementos técnicos e infraestructuras previstos por el licitador para el desarrollo del Festival.
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2. PLAN DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN.
Los soportes o espacios objeto de explotación publicitaria del Festival serán, como mínimo, los siguientes:
PUBLICIDAD EXTERIOR.
• Cartelerías, flyers y dípticos. Cualesquiera otras inserciones publicitarias impresas.
• Lona en espacios públicos donde se celebren los conciertos principales así como en otros conciertos y actividades culturales vinculadas al festival.
REDES SOCIALES.
• Publicidad del patrocinio online, en la web oficial, newsletters, otras redes y apps.
Firmante: XXXXX-XXXXXXX XXXXX-XXXXXXX, XXXXX
PRENSA Y REVISTAS ESPECIALIZADAS.
Publicidad en periódicos y revistas especializadas a nivel nacional/internacional.
3. PROMOCIÓN DE BANDAS DE MÚSICA DE LA REGIÓN DE LA REGIÓN XX XXXXXX.
Se tendrá en cuenta la inclusión de bandas/artistas de la Región xx Xxxxxx durante el evento, atendiendo también a la promoción que de los mismos se dé durante el año posterior a la celebración del evento (por ejemplo, concurso de jóvenes talentos, posibilidad de premiar con una gira de teloneros, etc).
4. OFERTA DE ACTIVIDADES PARALELAS Y CONTINUIDAD ANUAL DEL FESTIVAL.
Firmante: XXXXX-XXXXXXX XXXXX-XXXXXXX, XXXXX
10/10/2017 08:30:20
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Se ponderará positivamente la calidad y cantidad de las actividades paralelas durante la celebración del Festival, previstas en el proyecto que presente el licitador, así como la continuidad anual de tales actividades, conciertos o jornadas profesionales ofertadas.
Firmante: XXXXX-XXXXXXX XXXXX-XXXXXXX, XXXXX
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Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015.
ANEXO V
IMAGEN INSTITUCIONAL CARM Y LOGOTIPO ICA
22
Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región xx Xxxxxx (ICA)
Edif. Auditorio y Centro de Congresos - Xx. Xxxxxxx xx Xxxx x/x · 00000 Xxxxxx · C.I.F. Q-3000764-E
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