BASES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN GLOBAL DE RESIDUOS INCORPORADOS A SIGFITO EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE REF: XXXXX
BASES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN GLOBAL DE RESIDUOS INCORPORADOS A SIGFITO EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE
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REF: XXXXX
CAPÍTULO PRIMERO: CARACTERÍSTICAS GENERALES
Cláusula 1º.- Introducción.
SIGFITO AGROENVASES, S.L. (en adelante, SIGFITO) es una sociedad sin ánimo de lucro creada a través de la iniciativa de fabricantes y envasadores de productos fitosanitarios que, a raíz de la Ley 11/97 y del Real Decreto 1416/2001 quedan obligados a establecer un Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR) o bien eximirse de esto participando en un Sistema Integrado de Gestión (SIG) como SIGFITO. Por tanto, el objetivo de SIGFITO es la organización de un sistema de recogida periódica de residuos de envases fitosanitarios para dar cumplimiento a esta normativa, siendo además el primer SIG de residuos industriales que tienen la consideración de peligrosos.
Este documento recoge las bases reguladoras del procedimiento mediante el que SIGFITO seleccionará a las empresas que le prestarán los servicios de gestión global de los residuos peligrosos incorporados a SIGFITO por sus adheridos en el ámbito territorial indicado en la cláusula 20ª desde los puntos de entrega que hayan establecido con SIGFITO el oportuno acuerdo de colaboración y sean en tal concepto notificados a la empresa seleccionada.
El procedimiento se llevará a cabo en las fases y conforme a los métodos de valoración, selección y criterios objetivos que se detallan en estas bases, teniendo siempre en cuenta los parámetros de publicidad, concurrencia, igualdad, libre elección de condiciones y objetividad indicados en el anuncio de la convocatoria del procedimiento.
Cláusula 2ª.- Objeto de la contratación
Constituye el objeto de contratación el servicio de gestión global de los residuos de envases de productos fitosanitarios u otros residuos incorporados a SIGFITO (identificados en el ANEXO
B) en el ámbito territorial indicado en la cláusula 20ª, sin que sean admisibles ofertas parciales que no abarquen todos esos residuos y todo dicho territorio.
En concreto, comprenderá los servicios básicos indicados a continuación, en los términos que se describen en el ANEXO D (modelo de contrato de servicios y sus anejos) de estas bases reguladoras:
A. Estudio de implantación y seguimiento: Consiste fundamentalmente en la gestión comercial, incluida la inspección y asesoramiento a los puntos de recogida necesarios para dar la suficiente cobertura al SIG en el ámbito territorial, y en la comprobación de su grado de cumplimiento de los requisitos físicos y administrativos impuestos por la/s Comunidad/es Autónoma/s y por SIGFITO para poder colaborar con el SIG. Será
responsabilidad de SIGFITO decidir los puntos en cuestión y alcanzar los acuerdos de colaboración correspondientes, contando para ello con la asesoría del adjudicatario del presente procedimiento que haya resultado contratado (en adelante EMPRESA) a SIGFITO y a los puntos de recogida, sobre las necesidades en el ámbito territorial.
B. Coordinación: de la correcta implantación del SIG y de su normal funcionamiento de acuerdo al modelo propuesto en el presente ámbito territorial. SIGFITO será el interlocutor de los Puntos de recogida, u otros puntos, para la canalización de las solicitudes de retirada.
C. Apoyo: a las campañas de comunicación en la medida en que lo determine SIGFITO, y con la contrapartida económica que se estime y se apruebe por ambas partes en cada caso.
X. Xxxxxxxx de medios y suministros: a demanda de SIGFITO, sean aportados por éste o por el propio gestor, en los puntos de agrupamiento de los residuos y su mantenimiento a lo largo del contrato.
E. Recogida de los residuos para su transporte.
F. Transporte: de los residuos a los pertinentes centros de transferencia y destinos finales (valorización o eliminación).
X. Xxxxxxx final del residuo: consistente en su preparación para la reutilización, reciclado y otras formas de valorización y/o eliminación, atendiendo en todo caso al principio de jerarquía y, en su caso, al de proximidad, conforme a la normativa y autorizaciones vigentes.
H. Información periódica: relativa a la operativa del sistema, trazabilidad del residuo e incidencias, incluida la documentación de seguimiento e información que debe adjuntarse a la factura.
A título orientativo, la cantidad de residuos de envases fitosanitarios que se estima recoger durante el primer año de vigencia del contrato objeto de este procedimiento asciende a las cantidades indicadas en la cláusula 20ª de estas Bases. En ningún caso, este dato orientativo podrá considerarse referencia de cantidades mínimas o máximas para la formulación de las ofertas, pudiendo variar en más o en menos sin que ello de derecho a revisión o modificación de las condiciones de la adjudicación del servicio, que no queda limitado ni condicionado a tales estimaciones orientativas.
De acuerdo con los datos actuales, el adjudicatario deberá prestar los servicios de gestión comercial, recogida, transporte, tratamiento, valorización y eliminación de los residuos comprendidos en este procedimiento depositados en los puntos de recogida con los que SIGFITO tenga firmado un acuerdo que se detallan en el ANEXO A y que están accesibles en la web de SIGFITO (xxx.xxxxxxx.xx). Estos puntos podrán aumentar o disminuir a lo largo de la vigencia del acuerdo que se licita mediante este procedimiento, sin que las presentes bases del mismo ni su convocatoria impliquen compromiso alguno de un volumen determinado de residuos ni un número mínimo o máximo de puntos de acopio.
Cláusula 3ª.- Duración del contrato.
La duración y vigencia del contrato resultante, en todo caso, estará supeditada a la vigencia de la autorización de SIGFITO como entidad gestora de un Sistema Integrado de Gestión de envases de productos fitosanitarios, así como a la vigencia de las autorizaciones y demás requisitos legales exigibles al gestor (y a las empresas subcontratadas por éste) para la prestación de los servicios objeto de esta licitación.
El adjudicatario deberá comenzar a prestar los servicios objeto de este procedimiento en la fecha indicada en la cláusula 20ª de las presentes Bases.
El contrato entrará en vigor sólo a partir de su firma y tendrá una duración inicial de un año desde la fecha de inicio del servicio antes indicada y que deberá aparecer en la oferta que se presente conforme al ANEXO C. El término de vigencia será prorrogable por periodos de un año, hasta un máximo de dos prorrogas, salvo renuncia expresa de cualquiera de las partes comunicada con una antelación mínima de dos meses a cada vencimiento.
No obstante lo anterior, la empresa adjudicataria continuará prestando el servicio de gestión global de forma transitoria hasta el comienzo de la ejecución efectiva del contrato que se licite dentro de los dos meses de preaviso o antes del término final del contrato.
Cláusula 4ª.- Otras condiciones.
4.1- Cumplimiento de los requisitos legales.
El adjudicatario deberá observar, en todo momento, el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente en cada momento (de actividad, medioambientales, fiscales y tributarios, laborales o cualesquiera otros) para el ejercicio de su actividad, que deberá comprender todas las prestaciones descritas en estas bases reguladoras, tanto si las realiza directamente o a través de terceros. En este caso será responsable de comprobar la habilitación legal de estos operadores y la observancia del cumplimiento de los requisitos jurídicos exigidos para el ejercicio de la actividad subcontratada durante toda la duración del contrato.
4.2- Seguro de responsabilidad civil.
El adjudicatario deberá tener suscrito o suscribir, manteniéndola en vigor durante toda la duración del contrato, una póliza de seguro de responsabilidad civil que garantice todas las obligaciones contractuales y extracontractuales y los daños y perjuicios que pudiera causar con ocasión de los servicios prestados, directamente o a través de sus empresas subcontratadas, sea a SIGFITO o a terceros, incluyendo en todo caso eventuales responsabilidades ambientales.
Cláusula 5ª.- Mejora sobre las prestaciones y niveles mínimos del servicio.
Las prestaciones anteriores comprenden el contenido mínimo de los servicios licitados. Los licitadores podrán proponer los planes de mejoras que estimen convenientes. Tales planes de mejora serán objeto de valoración por SIGFITO conforme a los criterios establecidos en estas Bases.
Cláusula 6ª.- Cesión y subcontratación.
El adjudicatario contará con los medios materiales y humanos necesarios para garantizar sin interrupciones la correcta prestación del servicio, realizando directamente o a través de subcontratistas la gestión global de residuos de envases de productos fitosanitarios y demás residuos objeto de contratación.
El adjudicatario será responsable solidario y directo de cuantas actividades realicen sus empleados, fijos o discontinuos, directos, subcontratados, proveedores o terceros encargados de las actividades encomendadas al adjudicatario.
El adjudicatario podrá concertar con terceros la realización parcial de las prestaciones objeto de las presentes bases reguladoras, de acuerdo con los requisitos siguientes:
a) Que SIGFITO autorice expresamente y con carácter previo la subcontratación. Este requisito se entenderá cumplido en aquellos casos en los que el licitador incluya en su oferta una propuesta de subcontratación y ésta sea aprobada por la Comisión de Contratación, debiendo observar en todo caso todos los requisitos incluidos en la presente cláusula.
b) Que las prestaciones parciales subcontratadas en ningún caso permitan al adjudicatario principal no prestar directamente como gestor de residuos alguna de las fases esenciales de la gestión contratada.
c) Que el adjudicatario declare haber seleccionado el/los gestor/es subcontratados teniendo en cuenta distintas ofertas y buscando los servicios más eficientes y la aplicación de las mejores técnicas medioambientales disponibles.
d) Que los gestores subcontratados cuenten con las autorizaciones y demás requisitos legalmente exigibles para desarrollar las actividades subcontratadas, cuya vigencia deberá comprobar el adjudicatario durante toda la ejecución del contrato.
La empresa subcontratista quedará obligada ante el contratista principal, que asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a SIGFITO con arreglo a las presentes Bases reguladoras.
El pago de las facturas que emita la empresa subcontratista serán satisfechos en todo caso por la empresa adjudicataria del contrato, no pudiendo el subcontratista emitir facturas dirigidas directamente a SIGFITO.
El adjudicatario no podrá ceder este servicio a ninguna entidad sin la autorización expresa y previa de SIGFITO, que exclusivamente podrá otorgarse transcurridas tres cuartas partes de la duración máxima del contrato, incluidas sus prórrogas. En el supuesto de cesión o subcontratación no consentida por el adjudicatario a un tercero, ambos serán responsables, frente a SIGFITO y posibles terceros.
CAPÍTULO SEGUNDO.- CLÁUSULAS RELATIVAS AL PROCESO DE SELECCIÓN.
Cláusula 7ª.- Libertad de acceso y participación.
Podrá participar en este proceso cualquier persona, física o jurídica, gestor de residuos peligrosos legalmente habilitado para desarrollar el servicio de gestión global objeto de este proceso, directamente o junto con otros agentes subcontratados al efecto igualmente habilitados conforme a Derecho para el desarrollo de las actividades subcontratadas.
Cláusula 8ª.- Publicidad.
Se garantiza el acceso libre y gratuito a este documento de Bases para la contratación del servicio global de gestión de residuos incorporados a SIGFITO en el ámbito territorial indicado en la cláusula 20ª mediante su publicación en la página web de la Sociedad (xxx.xxxxxxx.xx) y la posibilidad de acceso directo en su sede, donde podrán solicitarse las copias necesarias:
XXXXXXX Xxxxxxxxxxx S.L. X/ Xxxxxx Xxxxx 000, 0x xxxx. 00000 Xxxxxx.
Cláusula 9ª.- Publicidad de la convocatoria y de las aclaraciones de sus bases.
La convocatoria del presente procedimiento ha sido hecha pública, a través de los siguientes medios:
▪ Anuncio en la página web de SIGFITO (xxx.xxxxxxx.xx).
▪ Invitación individual a las empresas que, en el pasado han contratado con SIGFITO o han manifestado a la sociedad su interés en hacerlo.
▪ Invitación a través de las Cámaras de Comercio del ámbito territorial
Durante el plazo indicado en el anuncio de la convocatoria de este procedimiento, desde la convocatoria, se podrán solicitar aclaraciones al contenido de las presentes bases. Tanto las consultas como las correspondientes aclaraciones se publicarán en la página web de SIGFITO el día siguiente al término del plazo indicado.
Cláusula 10ª.- Comisión de Contratación.
La Comisión de Contratación es el órgano independiente de los socios de SIGFITO, creado en el seno de su organización interna y al que se le encomienda la negociación de la contratación de los gestores empleados por SIGFITO para el adecuado funcionamiento del SIG, bajo el estricto compromiso de velar por la confidencialidad de la información relativa a cualquier participante en estos procesos a la que tengan acceso por razón de sus funciones. Esta Comisión está formada por las personas que en cada momento ostenten dentro de SIGFITO los siguientes cargos:
Director General
Director de Operaciones Director Financiero
Cláusula 11ª.- Forma y contenido de las ofertas.
Cada oferta consta de dos sobres independientes: el SOBRE 1 de documentación general -con los requisitos sobre capacidad y solvencia-, y el SOBRE 2 con la propuesta técnico-económica, sin perjuicio de que la documentación general y la oferta técnico económica de cada licitador constituirán una sola oferta/propuesta a todos los efectos.
Cada participante podrá presentar exclusivamente una oferta. La contravención de esta condición dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones por él suscritas.
La oferta deberá ser concreta y, por razones de homogeneidad, comprender todos los conceptos y ajustarse a los términos requeridos en el modelo de oferta que se incluye como ANEXO C de las presentes Bases.
Cada uno de los dos sobres que constituyen la oferta deberán entregarse cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente.
Debe figurar en el exterior de cada sobre los datos indicados a continuación:
- Identificación del concurso: “Procedimiento para la contratación del servicio global de gestión de residuos incorporados a SIGFITO en (indicar ámbito territorial definido en la cláusula 20ª)
- Referencia del procedimiento: REF: (la indicada en el encabezamiento)
- Empresa (nombre y apellidos de licitador o razón social).
- NIF o CIF.
- Nombre del representante legal y firma.
- Dirección postal.
- Dirección de correo electrónico.
- Teléfono.
- Fax.
La documentación que se incluya en el interior de cada sobre deberá estar numerada y sellada o firmada, en todas sus páginas, por el propio licitador. Asimismo, el contenido deberá estar acompañado por un índice de la documentación obrante en el mismo, firmado también por el licitador.
El SOBRE Nº 1 contendrá la documentación general, en los términos y con los requisitos establecidos en el modelo que figura como Anexo C-1, se abrirá en primer lugar, y deberá contener la siguiente documentación:
➢ Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad jurídica:
• Para empresarios individuales: DNI o documento que reglamentariamente lo sustituya, Número de Identificación Fiscal y epígrafe del IAE en el que está dado de alta.
• Para empresarios personas jurídicas, copia de la escritura de constitución y sus modificaciones. Se deberá aportar copia de los estatutos donde se indique que en las actividades de su objeto social se incluyen las relacionadas con la gestión de residuos.
Se deberá señalar en qué página/s de los estatutos se refleja el objeto social. Número de Identificación Fiscal y epígrafe del IAE en el que está dado de alta.
➢ Documentos acreditativos de la representación:
• Los que liciten o comparezcan en nombre del empresario-persona jurídica deberán presentar poder bastante.
➢ Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera
• Certificación de hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
• Balance de Situación y Cuenta P&G del último ejercicio: copia de las cuentas debidamente registradas, o copia de las cuentas auditadas.
• Declaración de la cifra de negocio del licitador en los tres últimos ejercicios, que deberá ser superior a los €/año indicados en la información particular de la convocatoria de las bases de contratación.
➢ Documentación operacional
• Para el propio licitador:
o Copia de las autorizaciones para la gestión de residuos peligrosos, y demás permisos necesarios para realizar la actividad objeto del contrato:
Se deberá señalar en qué página/s se relacionan las actividades autorizadas para envases vacíos (de fitosanitarios si lo especifica), así como en qué página (o documento) se puede verificar que la autorización está actualmente vigente.
o Aportar certificado de la compañía aseguradora indicando que la póliza de responsabilidad civil de empresa garantiza todas las obligaciones contractuales y extracontractuales y los daños y perjuicios que pudiera causar, sea a SIGFITO o a terceros, con ocasión de:
1. los servicios prestados directamente, y
2. los servicios prestados a través de sus empresas subcontratadas,
3. y que en todo caso se incluyen eventuales responsabilidades ambientales.
El certificado deberá indicar el nº de póliza, la entidad aseguradora, las actividades aseguradas a la que hace referencia, el periodo de garantía, y el límite cuantitativo de las responsabilidades aseguradas.
- En otro caso, aportar compromiso de suscribir seguro de conformidad con la cláusula 4.2 de las presentes Bases, dentro del plazo indicado en la cláusula 17 de las Bases.
• Para cada una de las entidades que propone subcontratar:
o Copia de las autorizaciones y demás permisos necesarios para realizar la actividad a subcontratar
Se deberá señalar en qué página/s se relacionan las actividades autorizadas para envases vacíos (de fitosanitarios si lo especifica), así como en qué página (o documento) se puede verificar que la autorización está actualmente vigente.
• Aportar esquema de trazabilidad del servicio que indique qué gestores van a realizar las labores de: recogida para cada zona geográfica; centro de transferencia/gestor intermedio; gestión final, en este último caso indicando para qué materiales. En todos los casos indicar bajo qué nº de autorización (de la que se adjuntará copia) realizarán la/s actividad/es.
• Aportar documento de la Comunidad Autónoma en la que esté domiciliado el gestor/transportista que asumirá la titularidad del residuo, en el que se asegure que sí podrá asumir la titularidad del residuo desde el momento de la recogida.
• Aportar documentos de aceptación de residuos correspondiente a los incorporados a SIGFITO entre gestor, gestores intermedios, y hasta los gestores finales, coherentes con los tratamientos que se prevén aplicar a los residuos recogidos.
La completa entrega del SOBRE nº1 será condición indispensable para aceptar la oferta presentada y, por tanto, proceder a la apertura del SOBRE Nº2, con la oferta económico- técnica, formulada en los términos y con los requisitos establecidos en el modelo de oferta que figura como Anexo C-2, que deberá contener la siguiente documentación:
➢ ÁMBITO TERRITORIAL.- El previsto en la información particular recogida en la cláusula 20ª de las presentes bases de contratación. No se admitirán ofertas parciales
➢ FECHA DE COMIENZO DEL SERVICIO: Necesariamente deberá estar en disposición de iniciar el servicio en la fecha indicada en la información particular recogida en la cláusula 20ª de las presentes bases de contratación.
➢ DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA EMPRESA Y FORMA EN QUE SE OFERTA PRESTAR LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTE PROCEDIMIENTO.
Según considere el licitador
➢ MEDIOS PROPUESTOS.
Podrán indicarse cualesquiera datos que el licitador estime pero, en todo caso, la oferta deberá comprender:
- capacidades de los vehículos previstos para la recogida y transporte en cada zona geográfica, titularidad de los mismos y facilidades que presentan para la carga y protección de los residuos (plataforma elevadora, gancho, caja cerrada,…)
➢ PLANIFICACIÓN Y ORGANIZACIÓN:
Deberán indicarse cualesquiera datos que quieran facilitarse pero, en todo caso, la oferta deberá indicar:
- compromiso de tramitar por cuenta del productor en la medida que sea posible, las solicitudes de admisión, documentos de aceptación, notificaciones previas de traslado y DCS o documento que lo sustituya.
- compromiso de asumir la titularidad del residuo (como responsable de la gestión del residuo) desde el momento de la retirada de los residuos desde el punto de recogida.
- indicación de los tratamientos previstos en cada instalación para cada material (plástico, metal, papel-cartón, otros). Porcentajes previstos de valorización y eliminación para cada material.
- usos previstos para el material reciclado
- en el caso de tener implantados Sistemas de Gestión Medioambiental, aportar copia de certificados.
➢ EXPERIENCIA Y REFERENCIAS:
Deberá indicarse la experiencia acumulada en la prestación de servicios para SIGFITO o, en otro caso, detallar las referencias contrastables (describiendo servicio, con persona y teléfono de contacto) en la prestación de servicios de recogida multipunto y gestión global de residuos peligrosos a clientes ubicados en el ámbito territorial.
➢ PROPUESTA ECONÓMICA
Se debe detallar para cada concepto los precios unitarios ofertados, sin IVA, en las unidades indicadas (si las unidades de los precios fuesen diferentes a las indicadas, los precios no podrán cargarse en la matriz de evaluación y la oferta no podrá admitirse). Los precios tendrán un máximo de dos decimales. Aquellos conceptos para los que no se establezca precio se entenderá que serán prestados sin coste para SIGFITO.
Conceptos:
- Asesoramiento y verificación de cumplimiento de requisitos a nuevos puntos de recogida (abonable sólo una vez): €/punto
- Entrega de suministros iniciales a punto de recogida (soportes y bolsas, abonable sólo una vez): €/entrega
- Entrega de suministros de reposición en el caso de no coincidir con recogida:
€/entrega
- Retirada de suministros de punto de recogida en el caso de que no coincida con recogida de residuos: €/retirada
- Recogida de residuos (igual para todos los materiales y todo el ámbito territorial, según peso neto de residuos indicado en DCS o documento que lo sustituya): €/t
- Tratamiento de residuos (igual para todos los materiales): €/t
Se facilitarán, sin coste para SIGFITO, tantas bridas como bolsas para el cierre de las mismas. En los casos en los que los propios puntos de recogida deban cumplir con obligaciones de etiquetado de residuos peligrosos, se les facilitarán asimismo tantas etiquetas acordes a la legislación vigente como bolsas, sin coste para SIGFITO.
Opcionalmente se podrán ofertar precios para suministrar soportes y bolsas, acordes a los indicados en el anexo de especificaciones de suministros a entregar. Los precios ofertados solo se considerarán en el caso de que sean inferiores a los precios obtenidos por SIGFITO, y que actualmente son los indicados en la información particular de la convocatoria de las bases de contratación.
CUADRO RESUMEN DE PRECIOS OFERTADOS
Conceptos | Precio | unidades |
Asesoramiento y verificación de puntos | €/punto | |
Entrega de suministros iniciales | €/entrega | |
Entrega de suministros de reposición sin recogida | €/entrega | |
Retirada de suministros sin recogida | €/retirada | |
Recogida de residuos | €/t | |
Tratamiento de residuos | €/t | |
Etiquetas | Sin precio | |
Bridas | Sin precio | |
Opcionalmente | ||
Soportes | €/soporte | |
Bolsas | €/bolsa |
Cláusula 12ª.- Presentación de ofertas.
Las ofertas deberán remitirse por un medio (mensajero o correo certificado, preferentemente) que permita acreditar la recepción de las ofertas en la dirección designada en las presentes Bases reguladoras, así como dejar constancia de la fecha de dicha recepción.
El lugar designado como punto de entrega es el señalado a continuación: XXXXXXX Xxxxxxxxxxx S.L.
X/ Xxxxxx Xxxxx 000, 0x xxxx.
00000 Xxxxxx.
Horario de recepción: L-J: 9.00. a 14.00. y 15:00 a 18.15; V: 8:30 a 14:30
El plazo de presentación de las ofertas (de los dos sobres que conforman cada una de ellas) finalizará en la fecha y hora indicada en el anuncio de la convocatoria de este procedimiento.
La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por parte del ofertante, sin salvedad alguna, del clausulado de las bases reguladoras que rigen este procedimiento y de sus anexos.
Cláusula 13ª.- Apertura y examen de ofertas.
Una vez concluido el plazo de recepción de proposiciones y recibidas las ofertas en la sede de SIGFITO, la Comisión de Contratación procederá a la apertura y se celebrarán las reuniones internas necesarias de dicha Comisión con el fin de: 1) hacer constar una relación de las ofertas recibidas; 2) proceder a la apertura del Sobre 1 para la validación de cada oferta e identificar los posibles defectos que puedan contener las proposiciones, así como su carácter subsanable o no; 3) apertura del sobre 2 para la valoración de las ofertas
Cláusula 14ª.- Subsanación de ofertas.
Los defectos subsanables que se observen en la documentación presentada en el sobre 1 por alguno de los ofertantes, serán comunicados a los interesados a los que se concederá un plazo común desde la notificación del requerimiento de subsanación para que subsane el error bajo apercibimiento de su exclusión definitiva si, en el plazo concedido, no lo lleva a cabo en la sede de SIGFITO Agroenvases S.L. (C/ Xxxxxx Xxxxx 000, 0x xxxx. 00000 Xxxxxx).
Una vez calificada la documentación y realizadas, si proceden, las actuaciones indicadas, la Comisión de Contratación volverá a reunirse para la definitiva recepción y validación de ofertas, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y las causas de su rechazo. Estas circunstancias se documentarán internamente y pondrán en conocimiento de los licitadores.
Los licitadores podrán ser consultados sobre su oferta técnico-económica para cualquier aclaración que la Comisión pudiera considerar oportuna para la adecuada comprensión de su oferta. En ningún caso esta actuación podrá implicar una modificación esencial del contenido de las ofertas presentadas.
Cláusula 15ª.- Criterios y sistema de valoración.
La oferta técnico-económica será valorada según los presentes criterios, pudiendo obtener una puntuación máxima de 100 puntos, según el siguiente reparto:
Criterios económicos: máximo 65 puntos Criterios no económicos: máximo 35 puntos
Se optará por la oferta que sume más puntos.
En el caso de igualdad de puntos se optará por la oferta con menor “Coste Unitario sin implantación”.
La adjudicación se hará pública en la página web de SIGFITO. Si finalmente el adjudicatario no formalizase el oportuno contrato conforme a la cláusula 17ª, SIGFITO hará pública de la misma manera la adjudicación al siguiente candidato con mejor puntuación que mantenga su oferta.
Si una vez adjudicado el contrato se comprueba que el adjudicatario aportó información o documentación que no concuerda con la realidad posterior por la que se asignaron puntos, se restarán dichos puntos y se podrá adjudicar al candidato con mejor puntuación que mantenga su oferta.
➢ Criterios económicos:
Para determinar los puntos correspondientes a los criterios económicos, se asignará el máximo de puntos (65) a la oferta económica, no excluida por baja temeraria, que resulte con menor “Coste Unitario con implantación”. Al resto de las ofertas se les asignará como puntuación el valor resultante de multiplicar el máximo de puntos (65) por el cociente entre el menor “Coste Unitario con implantación” y el “Coste Unitario con implantación” de la oferta a puntuar. Esto es:
Puntuación = 65 x menor “Coste unitario con implantación” “Coste unitario con implantación” de oferta a puntuar
❖ Evaluación económica de ofertas:
Las ofertas se someterán al mismo escenario de cantidades recogidas, altas de nuevos puntos, y cierre de puntos, según la matriz de evaluación económica adjunta:
El escenario aplicado considerará:
- Cantidades recogidas y tratadas el primer año según información particular de la convocatoria de las bases de contratación.
- Altas y bajas de puntos de recogida según información particular de la convocatoria de las bases de contratación.
- Cantidades recogidas por bolsa según información particular de la convocatoria de las bases de contratación.
- Que el 50% de las retiradas de los suministros de los puntos coincidirán con recogidas de residuos.
- Que el coste de recogida se incrementará en un 1% en previsión de costes adicionales por incidencias.
Matriz de evaluación económica:
Conceptos | Cálculo del coste | |
Implantación | Asesoramiento y verificación puntos Soportes iniciales (2x) Bolsas iniciales (x10) Entrega suministro inicial 1. SUBTOTAL Implantación (€) | nº altas * €/punto nº altas * 2 * €/soporte nº altas * 10 * €/bolsa nº altas * €/entrega |
Recogida y transporte | Reposición suministros Recogida residuos 2. SUBTOTAL Recogida y Tte(€) | €/bolsa * t/año / kg/bolsa * 1000 €/t * t/año |
Incidencias y cierre de centros | Incidencias Retirada suministros cierre puntos 3. SUBTOTAL Incidencias y cierre (€) | 1% (Recogida residuos) 50% (nº bajas * €/retirada) |
Tratamiento | Tratamiento 4. SUBTOTAL Tratamiento (€) | €/t * t/año |
Coste TOTAL con implantación (€) Coste UNITARIO con implantación (€/kg) | 1+2+3+4 (1+2+3+4) / t/año / 1000 | |
Coste TOTAL sin implantación (€) Coste UNITARIO sin implantación (€/kg) | 2+3+4 (2+3+4) / t/año / 1000 |
➢ Criterios no económicos:
Se asignarán puntos por los siguientes conceptos:
- Por garantizar que los usos previstos para los materiales reciclados se encuentran en el listado que SIGFITO mantiene actualizado según la Información particular de las bases de contratación. Para garantizarlo será necesario aportar compromisos directos entre las instalaciones (preferentemente en España o Europa) en las que se producirán los productos (usos previstos) y los gestores o intermediarios a los que se entreguen los materiales, en los que se indiquen los productos concretos y cuál será el contenido previsto de material SIGFITO. En otro caso, compromiso indirecto del gestor o intermediario: hasta 7 puntos
- Por previsión de valorización de más del 90% de los residuos recogidos (desglose aproximado de materiales en la información particular de las bases de contratación): hasta 6 puntos
- Por contar con experiencia en la prestación de servicios para SIGFITO en el ámbito territorial, en otros territorios, o en otro caso en contratos de características similares en el ámbito territorial (aportando en este caso descripción y referencias): hasta 4 puntos
- Por contar con un servicio de urgencias con capacidad de dar respuesta a las emergencias que lo requieran en menos de 24 horas, indicando cómo contactar: hasta 3 puntos
- Por contar con Sistemas de Gestión Medioambiental: hasta 3 puntos
- Por aportar dos o más destinos de tratamiento de valorización: hasta 2 puntos
- Por aportar vehículos en número y capacidad acorde al servicio: hasta 2 puntos
- Por presentar mejoras que, sin coste adicional para SIGFITO,
▪ reduzcan el coste durante el periodo de contratación: hasta 2 puntos
▪ mejoren el servicio/atención a los puntos de recogida: hasta 2 puntos
▪ promuevan la comunicación entre los agricultores: hasta 2 puntos
▪ identifiquen nichos de residuos SIGFITO aún no recogidos: hasta 2 puntos
Cláusula 16ª.- Reclamaciones
SIGFITO es una entidad mercantil sujeta al principio de libertad de contratación y a las normas de Derecho Privado por lo que el procedimiento arbitrado en este documento en ningún caso otorga a los licitadores derecho alguno para impugnar la decisión final que libremente adopte SIGFITO, ni concede a los candidatos derecho a percibir ningún tipo de indemnización por ningún aspecto referido al mismo, ni siquiera por razón de gastos o frustración de expectativas (ya que este procedimiento no da lugar a las mismas).
CAPÍTULO TERCERO.- CLÁUSULAS RELATIVAS A LA FORMALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE GESTIÓN GLOBAL.
Cláusula 17ª.- Formalización y objeto del contrato.
Finalizado el procedimiento de adjudicación, se firmará un contrato de prestación de servicios entre SIGFITO y el licitador que haya resultado adjudicatario. Los términos y condiciones de este contrato serán los contemplados en el contrato tipo que se adjunta como ANEXO D.
Las presentes Bases, la oferta presentada por el adjudicatario y los acuerdos de asignación de SIGFITO se considerarán parte integrante de los respectivos contratos.
SIGFITO remitirá al adjudicatario el contrato (cumplimentando en lo que sea necesario el modelo que se adjunta a esta Bases).
El adjudicatario dispondrá de un plazo máximo de 7 días naturales desde la recepción del contrato para mandar a SIGFITO dos copias firmadas del mismo y la documentación relativa al seguro o garantía equivalente que se haya comprometido a aportar en su oferta. Posteriormente, SIGFITO remitirá una de las copias firmadas por ambas partes para archivo por parte del adjudicatario.
La adjudicación no surtirá efectos ni se iniciará la ejecución del contrato sin su previa formalización por escrito, siendo causa de resolución la negativa de la empresa adjudicataria a proceder a la firma del contrato o la no presentación del seguro/garantía en los plazos señalados en el párrafo anterior. En este caso SIGFITO podrá proceder a la adjudicación al siguiente candidato con mejor puntuación que mantenga su oferta.
Cláusula 18ª.- No exclusividad.
El contrato no atribuye derecho de exclusividad alguno. El adjudicatario podrá contratar la prestación de servicios (para otros residuos que no estén incorporados a SIGFITO y no lleven su logo, los cuales deberán gestionarse al margen de SIGFITO) con otros agentes económicos, siempre que ello no impida la adecuada ejecución del objeto de este procedimiento en los términos acordados con SIGFITO.
Cláusula 19ª.- Ejecución del contrato.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El contrato no les vincula más allá de cuanto en él se expresa y compromete, de forma que SIGFITO y el adjudicatario mantendrán su total independencia, respecto a cualquier obligación social o fiscal, que se derive de su cumplimiento. Así mismo, la suscripción del contrato no supondrá la existencia de ningún tipo de sociedad entre ambas partes, ni establece ningún tipo de relación laboral, ni de Agencia, ni de Representación ni de Factor entre ellas.
El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a SIGFITO o a terceros como consecuencia de las actividades que requiera la ejecución del contrato, así como de las omisiones, errores o métodos inadecuados en la prestación del servicio.
Asimismo, la empresa adjudicataria indemnizará a SIGFITO por las sanciones administrativas en que incurra SIGFITO y sean consecuencia del incumplimiento por parte de la empresa adjudicataria o de las subcontratadas por la misma de sus obligaciones.
Cláusula 20ª.- Información particular
-. Ámbito territorial:
-. Fecha de inicio del contrato:
-. Estimación orientativa de cantidad de envases a recoger el primer año:
-. Kilogramos/bolsa que se recogen actualmente:
-. Kilogramos/recogidos en cada recogida que se hace a un punto:
-. Estimación de nº de puntos de alta en el primer año:
-. Estimación de nº de puntos de baja en el primer año:
-. €/bolsa obtenido por Sigfito:
-. €/soporte obtenido por Sigfito:
-. Cifra de negocio mínima requerida a los licitadores
-. Desglose de materiales recogidos:
-. Relación de usos admisibles para los materiales reciclados:
En ningún caso, las estimaciones contenidas en esta cláusula podrán considerarse referencia de cantidades mínimas o máximas para la formulación de las ofertas, pudiendo variar en más o en menos sin que ello de derecho a revisión o modificación de las condiciones de la adjudicación del servicio, que no queda limitado ni condicionado a tales estimaciones orientativas.
Anexo
Usos admisibles para el plástico procedente de los envases
Es condición necesaria que deban ser aplicaciones que no estén destinadas a permanecer en contacto con personas y animales.
Se incluyen algunas aplicaciones a modo de ejemplo, entendiéndose que no se trata de una relación cerrada, siempre que cumpla la condición precedente:
Tubos corrugados Tuberías xx xxxxx agrícola Films agrícolas
Postes xx xxxxxxx Protectores de guardarrailes Conos de tráfico
Pallets de uso industrial
Usos admisibles para los metales procedentes de los envases
Metales entregados a fundición, sin limitación de uso
Usos admisibles para el papel-cartón procedente de los envases
En tanto no sea posible su descontaminación, el papel cartón que ha estado en contacto con fitosanitarios no puede reciclarse. Admisible su uso como combustible sólido de sustitución.
En el caso de que la oferta de EMPRESA incluya el uso de un método probado para la descontaminación del papel cartón que haya estado en contacto con productos fitosanitarios, obtendrá 7 puntos adicionales en la valoración de su oferta.