CLASE DE CONTRATO : SERVICIOS PROFESIONALES CONTRATISTA : JAIME HERNAN GALLO RAMIREZ OBJETO : ASESORIA JURÍDICA ADMINISTRATIVA CONTRATO NÚMERO : 001
CLASE DE CONTRATO : SERVICIOS PROFESIONALES CONTRATISTA : XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX OBJETO : ASESORIA JURÍDICA ADMINISTRATIVA CONTRATO NÚMERO : 001
DURACIÓN : 02 de 2012 hasta el 31/03/2012
Entre los suscritos XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, mayor de edad, domiciliada y residente en Aguadas, Caldas, e identificado con la cédula de ciudadanía N° 3’021.492 de Bogotá y quien para estos efectos obra en la condición de Gerente de la ESE Hospital San Xxxx de Aguadas, Caldas, y por tanto como su representante legal, cargo para el cual fue debidamente nombrado mediante resolución número 314 de septiembre 09 de 2004 debidamente facultado para la suscripción de este contrato y quien para estos efectos en lo sucesivo se denominará EL HOSPITAL, por una parte y de la otra XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX, mayor de edad, domiciliado y residente en Manizales e identificado con la C.C. Nº 10'255.543 de Manizales, de profesión Abogado Especializado en Derecho Administrativo, portador de la tarjeta profesional Nº 82.882 expedida por el Consejo Superior de la Judicatura y obrando en su propio nombre y representación y quien para los efectos de este instrumento se denominará EL CONTRATISTA, hemos decidido suscribir el presente contrato de prestación de servicios de carácter profesional, previas las siguientes consideraciones: a) El HOSPITAL SAN XXXX DE AGUADAS CALDAS, es una entidad pública regida por las normas contenidas en el artículo 195 de la ley 100 de 1993 y cuyo objeto es la prestación de servicios de salud del primer nivel de complejidad; b) Dentro del giro ordinario de sus asuntos, la entidad debe resolver una serie de situaciones que tienen implicaciones de orden jurídico, o que para la toma de decisiones se requiere del apoyo en el área jurídica y preferentemente en la especialidad de derecho administrativo, pues hacen relación a situaciones laborales, de expedición de actos administrativos, de procesos de contratación entre otros; c) Dadas las anteriores circunstancias y como dentro de la planta de personal no se cuenta con personal con la capacitación académica en estas áreas (hecho certificado por la profesional universitaria del área administrativa), resulta oportuno y necesario vincular personal mediante la modalidad de contratación de servicios externos y profesionales; d) Según las motivaciones previas, la entidad ha preparado un estudio de conveniencia y oportunidad el cual se ajusta a lo previsto en el manual de contratación de la entidad (artículo 19) y ha obtenido previamente los respectivos certificados de disponibilidad presupuestal donde se evidencia la capacidad para asumir los compromisos en la vigencia de 2012; e) Que de igual manera y en armonía con lo previsto al tenor de los artículos 5 y 29 del actual manual de contratación en armonía con lo previsto en los artículos 24 numeral 1 literal d, 32 numeral 3 de la Ley 80 de 1993, dichas actividades de apoyo pueden suscribirse con personas naturales siempre que no se cuente con personal de
planta para ello, que es justamente lo que ocurre; f) Que así mismo de conformidad con el artículo 82 del decreto reglamentario 2474 de 2008, dichos contratos pueden suscribirse sin que sea necesaria la obtención de varias ofertas, siempre que se evidencie la capacitación, idoneidad y experiencia del contratista, condiciones que son debidamente acreditadas toda vez que el profesional con quien se suscribe el presente instrumento es abogado y además especialista en derecho administrativo y en responsabilidad y daño resarcible, diplomado en gerencia en salud y con experiencia de más de diecisiete años como asesor de entidad públicas de naturaleza jurídica igual a la de esta entidad, tal como se desprende de su oferta de servicios; g) Que los anteriores documentos y certificaciones justifican y dan validez al contrato de servicios que contiene este instrumento y al cumplir el profesional con los requisitos de idoneidad profesional y experiencia, se procede a su suscripción, el cual se regirá por las siguientes: Cláusulas Generales: a)- Constituyen derechos y deberes generales de la ENTIDAD CONTRATANTE, para efectos del presente contrato, los contenidos en el artículo 4 de la ley 80/93. b-) Constituyen derechos y deberes generales del CONTRATISTA los contenidos al tenor del artículo 5 de la ley 80 de 1993. CLAUSULAS ESPECIALES: PRIMERA: OBJETO O ACTIVIDAD A
DESARROLAR: EL CONTRATISTA se compromete para con la ESE HOSPITAL SAN XXXX DE AGUADAS CALDAS, a prestar sus servicios profesionales como Abogado y de manera especial en las áreas de asesoría interna administrativa y según los requerimientos que se formulen a través de la Gerencia y pudiéndose señalar entre otras actividades las siguientes: 1- Preparación de proyectos de actos administrativos que la entidad deba expedir, relacionados con materias generales y/o el manejo de personal; 2- Asesoría en procesos de contratación y en general en la preparación de minutas y documentos relacionados con los procesos contractuales; 3- Asesoría en el manejo de asuntos disciplinarios que deban tramitarse allí, tales como conformación o reorganización de la Unidad de Control Interno Disciplinario y apoyo legal en los procesos de esta índole que se requiera tramitar; 4- Asesoría para el manejo y respuesta de derechos de petición; 5- Brindar aasesoría para la preparación y expedición de diversos actos administrativos relativos al giro ordinario de los asuntos de la entidad; 6- Dar respuesta a acciones de tutela que se interpongan en contra de la entidad en el lapso de duración del presente contrato; 7- Acompañamiento a los funcionarios administrativos de la entidad en temas de gestión administrativa propios de sus cargos en aras de apoyarlos en la toma de decisiones y según previo requerimiento 8- Presentación y acompañamiento a la gerencia en la presentación o respuesta de solicitudes de conciliación prejudicial ante la procuraduría delegada ante lo contencioso administrativo; 9- Preparación de acuerdos tendientes a ser presentados ante la Junta Directiva de la entidad; 10- La demás asesoría interna administrativa o extrajudicial y que resulte compatible con el presente contrato y según requerimiento de la Gerencia. PARÁGRAFO 1º: En el evento que la asesoría deba llevarse mediante el adelantamiento de gestión profesional fuera
del Departamento xx Xxxxxx, la entidad asumirá los costos de traslado y demás necesarios para el éxito de la gestión profesional y hasta los lugares donde el asesor deba desplazarse. PARÁGRAFO 2º: La presente contratación no incluye las siguientes obligaciones: 1- No incluye la obligación de adelantar procesos de asesoría o elaboración de estudios tendientes a la transformación empresarial de que trata la ley 1122 de 2007, ni otros estudios técnicos que se relacionen con el ajuste de la planta de empleos, con ocasión de procesos de normalización laboral y, 2- No incluye para el profesional la obligación de atender asuntos jurídicos ante instancias judiciales o la representación judicial de la entidad. En el evento de requerirse tales servicios, ellos serán pactados en contrato independiente y allí precisados los honorarios que devengará el Abogado. SEGUNDA: VALOR O PRECIO: Para todos los efectos legales y fiscales las partes estimamos el valor del presente contrato en la suma CINCO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS PESOS MONEDA LEGAL ($5’395.800 M/L), IVA
INCLUIDO, según la oferta de servicios presentada. TERCERA: FORMA DE PAGO: EL HOSPITAL pagará al Contratista el valor o precio del CONTRATO, en contados iguales y sucesivos mensuales equivalentes a la suma de UN MILLON SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS PESOS MONEDA
LEGAL ($1’798.600 M/L a titulo de Honorarios IVA INCLUIDO, por periodos vencidos y previa verificación de la prestación efectiva del servicio, para lo cual rendirá informe mensual en el que dará cuenta de lo actuado. CUARTA: DURACION: El presente contrato tiene una duración de tres (03) meses, contados a partir del dos (2) de enero de 2012. QUINTA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: El contratista se compromete para con la ESE HOSPITAL SAN XXXX DE AGUADAS CALDAS, a realizar la asesoría interna administrativa en la forma y términos establecidos en las cláusulas precedentes y a suministrar a la Gerencia con periodicidad mensual un informe resumen de sus actividades más relevantes. Será igualmente responsabilidad de el contratista su afiliación a los sistemas de seguridad social integral en salud y pensiones, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia, especialmente de la ley 789 de 2002 y los decretos reglamentarios 1703 de 2002 y 510 de 2003, hecho que acreditará mes a mes durante la vigencia de este instrumento. Así mismo será responsable por la pérdida o deterioro de los bienes y documentos por él usados en ejercicio de sus obligaciones y por los encomendados a su custodia. SEXTA: OBLIGACIONES DEL HOSPITAL: Por su parte el Hospital adquiere como principal obligación la de reconocer y pagar el valor o contraprestación pertinente y/o a cancelar las sumas inicialmente pactadas en los términos de la ley, sumas que quedan subordinadas a las apropiaciones presupuéstales y con cargo al presupuesto de la vigencia del 2012, así mismo, a suministrarle al profesional del derecho toda la información, instrumentos e insumos que éste requiera para el desarrollo de su actividad SÉPTIMA: SOBRE RELACIONES LABORALES Y REGIMEN LEGAL
APLICABLE: Por la naturaleza del objeto del contrato, la modalidad contractual escogida a plena voluntad, se ha establecido de mutuo acuerdo que por la
presente relación, no surge ningún vinculo laboral y por tanto el contratista no tendrá derecho al pago de sumas de dinero por concepto de salarios y prestaciones sociales, sino única y exclusivamente a titulo de honorarios profesionales y dado lo anterior, de igual manera estamos conformes en que el presente negocio o contrato se rige por todas las disposiciones de la ley 80 de 1993 (artículos 24 numeral primero literal d, artículo 32), así como por el artículo 82 del Decreto 2474 de 2008 y por las demás disposiciones civiles y comerciales que en subsidio reglan la materia, especialmente por el manual interno de contratación artículo 29, en concordancia con el artículo 5 del mismo. OCTAVA: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA, manifiesta bajo
la gravedad del juramento que se entiende prestado con la suscripción de este instrumento que a la fecha no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad consagradas en la Constitución y la ley, ni de aquellas reseñadas al tenor del artículo 8° de la Ley 80 de 1993. Además que no se encuentra registrado en los boletines de responsables fiscales de la Contraloría, de conformidad con la ley 610/00. NOVENA: REGIMEN TRIBUTARIO: El contratista igualmente para todos los efectos legales hace saber a la entidad pública que se encuentra inscrito en el sistema tributario -Régimen Común y es responsable del IVA. DÉCIMA: AFILIACION DEL CONTRATISTA A LA SEGURIDAD SOCIAL: De conformidad con lo establecido en la Ley 100 de 1993 y las Leyes 788 y 789 de 2002, (artículos 25 y 50 respectivamente) y la ley
1150 de 2007, en congruencia con los Decretos Reglamentarios 1703 de 2002,
510 de 2003 y 2800 de 2003, será responsabilidad de EL CONTRATISTA vincularse y permanecer afiliado al sistema de seguridad social integral, al menos por un término igual al de vigencia del presente contrato. DÉCIMA PRIMERA: GARANTÍAS: EL CONTRATISTA para efectos de asegurar el cumplimiento de sus obligaciones constituirá a favor del Hospital, caución o póliza única de cumplimiento en cuantía equivalente al 10% del valor total del contrato y con una vigencia igual a la del contrato y tres meses más, la cual deberá ser expedida por compañía bancaria o de seguros, cuyas pólizas matrices se encuentren debidamente autorizadas por la superintendencia bancaria. DÉCIMA SEGUNDA: DOCUMENTOS: Forman parte integral del presente instrumento los siguientes documentos: 1- Estudio de conveniencia y oportunidad; 2- Certificado de Disponibilidad Presupuestal; 3- Oferta presentada por el hoy contratista; 4- Diligenciamientos de los formatos de hoja de vida, declaración de bienes; 5- Certificados de antecedentes disciplinarios, judiciales y de no responsables fiscal; 6- Los documentos que se produzcan en desarrollo del presente contrato; 7- Los demás que la entidad requiera siempre que sean compatibles con el objeto y finalidad de este contrato y con las normas sobre inhabilidades e incompatibilidades. DECIMA TERCERA: LIQUIDACIÓN: La liquidación del presente contrato se realizará de acuerdo a lo previsto en los artículos 60 y 61 de la Ley 80 de 1993, dentro de los treinta (30) días siguientes al vencimiento del plazo de ejecución. DECIMA CUARTA: PERFECCIONAMIENTO: El presente
contrato se perfecciona con su suscripción por las partes y la expedición subsiguiente del registro presupuestal pertinente.
No siendo otro el objeto se firma en señal de aprobación, a los 02 días del mes de Enero de 2012
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX X. XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX
Gerente T.P. N° 82.882 del C. S. de la J. ESE HOSPITAL SAN XXXX C.C. N° 10’255.543 de Manizales LA ENTIDAD CONTRATANTE EL CONTRATISTA