PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DE CONTRATO DE OBRAS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTO DE ACERAS EN LA CALLE FUNIKULAR EN EL MUNICIPIO DE VALLE DE TRÁPAGA-TRAPAGARAN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACION URGENTE (CON 04-2016)
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DE CONTRATO DE OBRAS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTO DE ACERAS EN LA CALLE FUNIKULAR EN EL MUNICIPIO DE XXXXX XX XXXXXXX-TRAPAGARAN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACION URGENTE (CON 04-2016)
I.- CONTENIDO DEL CONTRATO
1. OBJETO DEL CONTRATO
El contrato que en base al presente pliego se realice tendrá por objeto la ejecución de aceras en la calle Funikular en el municipio de Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran, con la finalidad de comunicar la calle J. S. Elcano con las instalaciones de los antiguos bomberos y conexión peatonal con el bidegorri existente, de conformidad con la documentación técnica que figura en el expediente que tendrá carácter contractual.
Código CPV: 45231000-5 y 45233200-1
2. PLAZO DE EJECUCION
El plazo total de ejecución de las obras objeto de la presente contratación será de seis (6) meses o en su caso el plazo ofertado por la empresa licitadora que resulte adjudicataria del contrato dado que el plazo de ejecución puede ser mejorado y reducido por las personas licitadoras. En todo caso, el plazo de ejecución se contará a partir del día siguiente al de la firma del acta de comprobación del replanteo.
El contratista se entenderá incurso en xxxx por el transcurso del plazo citado, no siendo necesaria intimidación previa por parte de la Administración.
3. PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACION
El presupuesto máximo de licitación del contrato, sobre el que los licitadores deberán formular sus ofertas, diferenciando la cuantía correspondiente al IVA, será de:
Presupuesto máximo de gasto (IVA no incluido) | 356.315,56 € |
21 % IVA | 74.826,27 € |
TOTAL (IIVA incluido) | 431.141,83 € |
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(*).- Para la valoración de las ofertas económicas se tendrá en cuenta exclusivamente el precio neto de cada una de ellas, es decir, excluido el IVA, debiendo a tales efectos indicarse como partida independiente el importe correspondiente al IVA.
Se hace constar que según lo dispuesto en la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación
de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, resulta de aplicación la inversión del sujeto pasivo del IVA.
La inversión del sujeto pasivo del IVA será de aplicación a toda la cadena de intervinientes en las ejecuciones de obra (contratista principal u otros subcontratistas)
El precio del contrato incluirá una relación de precios unitarios, debidamente desglosados, que son los que regirán durante la ejecución del mismo. Si tales precios no son presentados, se entenderá que el ofertante aporta los mismos del presupuesto de la Administración, afectados en igual porcentaje de baja que el contenido en su proposición económica.
En las proposiciones que formulen las empresas licitadoras, así como en los precios ofertados, de acuerdo a los que se adjudique el contrato se entenderán incluidos, a todos los efectos, el coste de los medios materiales y personales empleados en la ejecución, además del beneficio empresarial, imprevistos, gastos y todo tipo de impuestos que le sean de aplicación, de tal suerte que el Ayuntamiento de Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran no abonará bajo concepto alguno, cantidad superior a la que resulta de lo establecido en el párrafo anterior como precio o cantidad máxima del contrato.
4. FINANCIACIÓN
Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación con cargo al presupuesto del año en curso, así como subvención del Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia con cargo al Plan de Ayudas para la incentivación de la ejecución de los planes de reposición de redes secundarias.
5. FORMA DE PAGO
El pago de las obras ejecutadas se realizará mediante certificaciones periódicas expedidas por el director facultativo de las mismas.
6. REVISIÓN DE PRECIOS (arts 89 y ss TRLCSP)
En el presente contrato no procederá la revisión de precios tal y como se acredita en el expediente, al no concurrir requisito alguno de los establecidos en el artículo 89 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP).
7. GARANTÍAS
De acuerdo con lo establecido en el artículo 103.1 del TRLCSP, quienes participen en la licitación no deberán constituir garantía provisional.
La persona licitadora que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la garantía definitiva por importe del 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, excluido el IVA, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento del órgano de contratación.
La garantía exigida en el contrato podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 96 del TRLCSP, debiendo depositarse su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Tesorería General del Ayuntamiento de Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran. De no cumplirse este requisito por causas imputables a la persona licitadora, el Ayuntamiento no efectuará la adjudicación a su favor.
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Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique a la persona adjudicataria la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 99 del TRLCSP. A estos efectos no se considerarán las variaciones de precio que se produzcan como consecuencia de una revisión del mismo.
En el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, la persona adjudicataria deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución.
La devolución de la garantía, tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, una vez vencido el plazo de garantía, en su caso, y en todo caso, cuando no exista plazo de garantía, una vez se consideren cumplidas por la persona adjudicataria todas sus obligaciones contractuales de forma satisfactoria para la Administración.
8. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La ejecución del contrato de obras comenzará con la firma del acta de comprobación del replanteo que deberá tener lugar dentro del plazo de un (1) mes contado desde la formalización del contrato.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx de la persona contratista y ésta no tendrá derecho a indemnizaciones por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en las obras, salvo en los casos de fuerza mayor previstos en el artículo 231 del TRLCSP.
En todo caso, las obras se realizarán con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en el presente pliego, a las especificaciones técnicas unidas al mismo, así como a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y las modificaciones introducidas mediante el Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx. En especial, la ejecución del contrato se desarrollará bajo la dirección, inspección y control de la Administración, quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente.
Cuando por actos u omisiones imputables a la persona contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, la Administración podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo.
9. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
9.1. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN PARA LA INSERCIÓN SOCIO LABORAL
Para la ejecución de este contrato se exigirán las siguientes condiciones especiales de ejecución de tipo social, en relación con la ejecución del contrato, como son:
• La empresa adjudicataria adquiere el compromiso (ajustado al modelo establecido en el Anexo
VIII) de incorporar en la ejecución de la obra contratada al menos un 20% de personas desempleadas que se encuentren en especial dificultad para acceder al empleo. El porcentaje de inserción se computará en relación con el número total de personas trabajadoras necesarias para la ejecución tanto de la empresa contratista como, en su caso, de las subcontratistas.
• Se consideran en especial dificultad para acceder al empleo las siguientes personas:
Las personas perceptoras xx xxxxx básica (acreditado por certificación del servicio social de base correspondiente, acreditativo de ser beneficiaria del citado programa) que hayan suscrito un convenio de inserción.
Las mujeres mayores de 30 años para las cuales esta contratación sea su primera experiencia laboral, así como aquéllas contratadas después de cinco años de inactividad (acreditado con un informe de vida laboral.).
Las personas con discapacidad que tengan reconocida una minusvalía igual o superior al 33% (acreditado con certificado de minusvalía expedido por el organismo oficial competente).
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Las víctimas de violencia doméstica, entendiendo que se encuentran en esta situación quienes hayan sufrido violencia física o psíquica ejercida por su cónyuge o por la personas que haya estado ligada a ella de forma estable por análoga relación de afectividad, o por sus ascendientes, descendientes o hermanos, siempre que estos
hechos hayan sido acreditados mediante sentencia condenatoria u orden de protección a favor de la víctima o, excepcionalmente, mediante informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la persona denunciante es víctima de la referida violencia en tanto se tramita la orden de protección.
Las personas que padecen una enfermedad mental (acreditado con un informe médico).
El padre o la madre de una familia monoparental o monomarental, siempre que figuren inscritas como paradas con una antigüedad mínima de tres meses. A estos efectos, se entiende que se encuentra en esta situación aquella persona que tenga a su cargo una o varias personas descendientes que no desempeñen actividad retribuida (acreditado con certificado de convivencia, copia del Libro de Familia y declaración jurada de que tiene a su cargo a una o varias personas descendientes que no desempeñan actividad retribuida, así como certificado expedido por el correspondiente Servicio Público de Empleo de ámbito autonómico o estatal relativo a los períodos de inscripción como desempleada).
Las personas inmigrantes extracomunitarias inscritas como desempleadas un periodo mínimo de 6 meses continuados (acreditado con certificado expedido por el correspondiente Servicio Público de Empleo de ámbito autonómico o estatal relativo a los periodos de inscripción como desempleada).
Las personas desempleadas de larga duración inscritas de forma continuada como demandante de empleo en el servicio público correspondiente al menos durante 12 meses (acreditado con certificado expedido por el correspondiente Servicio Público de Empleo de ámbito autonómico o estatal relativo a los periodos de inscripción como desempleada).
Las personas mayores de 45 años inscritas como parados al menos durante 3 meses continuados (acreditado con certificado expedido por el correspondiente Servicio Público de Empleo de ámbito autonómico o estatal relativo a los periodos de inscripción como desempleada).
Las personas jóvenes comprendidas entre los 16 y los 30 años de edad, que figuren inscritas como paradas entre 5 y 12 meses continuados (acreditado con certificado expedido por el correspondiente Servicio Público de Empleo de ámbito autonómico o estatal relativo a los periodos de inscripción como desempleada).
Las personas procedentes de instituciones de protección de menores siempre que el proceso de inserción laboral se inicie en los doce meses siguientes a su salida (acreditado con la correspondiente certificación institucional).
Personas extoxicómanas (exalcohólicas y exdrogadictas), considerando como tales a aquéllas que, habiendo superado a juicio del equipo terapéutico correspondiente las fases de desintoxicación y deshabituación, lleven más de 6 meses de tratamiento continuado (acreditado con certificado del Centro de Salud correspondiente).
Personas internas en centros penitenciarios que carezcan de cualquier contrato de trabajo y cuyo régimen penitenciario les permita acceder a un puesto de trabajo, y personas ex-reclusas, inscritas como desempleadas, siempre que la contratación se celebre durante los 12 meses posteriores a su liberación (acreditado con la correspondiente certificación institucional).
Cualquier persona que lo solicite y que, a juicio de los servicios sociales de base, requiera una intervención o actuación específica para la inserción laboral (acreditado por los Servicios Sociales de Base).
Las personas que sufran o hayan sufrido la acción terrorista o la de personas que, integradas en bandas o grupos armados, actuaran con la finalidad de alterar gravemente la paz y seguridad ciudadana. Serán consideradas igualmente en este colectivo, aún cuando las personas responsables no estén formalmente integradas en grupos o bandas constituidas con tal fin pero tengan el mismo propósito.
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La imposibilidad de incorporar en la ejecución de la obra un 20 % de personas desempleadas con especiales dificultades de acceso al empleo, sólo podrá ser aceptada cuando esté motivada por la incapacidad acreditada de los servicios públicos de empleo y los servicios sociales de base, para atender la oferta de empleo presentada, o por cuestiones de tipo productivo, organizativo, técnico o económico, razones todas ellas debidamente acreditadas. En estos supuestos, siempre que sea adecuado a la tipología de las prestaciones objeto del contrato, la empresa adjudicataria deberá subcontratar al menos
el 5% del importe del contrato con empresas inscritas en el Registro de Centros Especiales de Empleo contemplado en el Real Decreto 2273/1985, o en el Registro de Empresas de Inserción regulado por el Decreto 305/2000, de 26 de diciembre.
9.2. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN REFERENTES A LAS CONDICIONES LABORALES MÍNIMAS DE LAS EMPRESAS CONTRATISTAS
El/La contratista está obligada al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, con respecto al personal que emplee en las obras objeto de este contrato, quedando la Administración exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
Los licitadores o licitadoras deberán indicar el convenio colectivo que será de aplicación a los trabajadores y trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato, en el caso de resultar adjudicatarios, así mismo tendrán la obligación de facilitar cuanta información se requiera sobre las condiciones de trabajo que, una vez adjudicado el contrato, se apliquen efectivamente a esos trabajadores y trabajadoras.
El adjudicatario o adjudicataria deberá, a lo largo de toda la ejecución del contrato, abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que le corresponda a la persona trabajadora, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel.
Quienes concurran al presente proceso de licitación y contratación aceptan voluntariamente dar transparencia institucional a todos los datos derivados de los procesos de licitación, adjudicación y ejecución hasta su finalización.
Todo ello de conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la LEY 3/2016, de 7 xx xxxxx, para la inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública.
10. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El/La contratista será responsable, durante la ejecución de las obras, de todos los daños y perjuicios que se puedan ocasionar a cualquier persona, propiedad o servicio, público o privado, como consecuencia de los actos, omisiones o negligencias del personal a su cargo, o de una deficiente organización, protección o señalización de las obras.
11. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 107 del TRLCSP y siempre que con ello no se alteren las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación. Las posibles modificaciones referidas anteriormente serán obligatorias para la persona contratista.
Serán obligatorias para el contratista las modificaciones del contrato de obras que se acuerden de conformidad con lo establecido en el artículo 219 y en el título V del libro I del TRLCSP.
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De acuerdo con lo dispuesto en el art. 234.2º del TRLCSP, cuando las modificaciones en el contrato supongan la introducción de nuevas unidades de obra no comprendidas en el mismo, los precios de dichas modificaciones serán los fijados por la Administración y en caso de que la persona contratista no los acepte, el órgano de contratación podrá contratarlas con otra/o empresario en los mismos precios que hubiese fijado o ejecutarlas directamente.
12. RECEPCIÓN DE LAS OBRAS Y PLAZO DE GARANTÍA
En el plazo máximo de un mes desde la finalización de las obras se producirá el acto formal y positivo de recepción de las mismas, del que se levantará la correspondiente acta.
Asimismo, se establece un plazo de un (1) año, a contar desde la fecha de recepción formal, que se fija como garantía a los efectos previstos en el art. 235 del TRLCSP y en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. No obstante, este plazo puede ser objeto de ampliación por parte de las personas licitadoras.
Transcurrido un (1) año o el plazo mayor que la persona licitadora que resulte adjudicataria hubiera ofertado como ampliación del plazo de garantía, desde la fecha de terminación del contrato, sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables a la persona contratista, se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de las garantías una vez depuradas las responsabilidades a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP.
No obstante, si la obra se arruina con posterioridad a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos de la construcción debido al incumplimiento del contrato por parte del contratista, responderá éste de los daños y perjuicios durante un plazo de quince años a contar desde la recepción. Transcurrido este plazo sin que se haya manifestado ningún daño o perjuicio, quedará totalmente extinguida la responsabilidad del contratista.
La devolución de la garantía definitiva habrá de disponerse por resolución del órgano de contratación, una vez se haya producido el vencimiento del plazo de garantía, y cumplido satisfactoriamente el contrato, o resuelto éste, sin culpa del contratista.
13. PENALIDADES A LA PERSONA CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO
A) DE LOS PLAZOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Si la persona contratista, por causas imputables a la misma, hubiese incurrido en demora respecto del cumplimiento del plazo de ejecución del contrato, tanto del plazo total como, en su caso, de los plazos parciales, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del mismo, con pérdida de la garantía, o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción 0,20 por cada 1.000 euros del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el Órgano de Contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
B) DE LA EJECUCION PARCIAL DE LAS PRESTACIONES
Cuando la persona contratista, por causas imputables a la misma, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de una penalidad equivalente al 10 por 100 del precio total del contrato.
En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación, la Administración podrá imponer una penalidad equivalente al 10% del presupuesto del contrato
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C) CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO
En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación, el Ayuntamiento podrá imponer una penalidad equivalente al 10% del presupuesto del contrato.
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D) DE COMPROMISOS DE SOLVENCIA
En caso de incumplimiento de la obligación de adscribir los medios materiales o personales señalados por la persona contratista en su oferta, en virtud de lo dispuesto en la cláusula 22, la Administración podrá imponer una penalidad equivalente al 10% del presupuesto del contrato.
E) OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES CUYO INCUMPLIMIENTO SERÁ CAUSA DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Aparte de por las causas expresamente previstas en la normativa reguladora de la contratación de las entidades del sector público, se establece como causa de resolución del contrato el que la empresa contratista incumpla las condiciones especiales de ejecución de tipo social, en relación con la ejecución del contrato, establecidas en la cláusula 9.1 del presente pliego y en la cláusula 9.2 por cuanto que en este último supuesto el incumplimiento se califica como infracción grave
Estas condiciones tienen el carácter de obligación contractual esencial, por lo que, al amparo de lo previsto en el art. 118.2 del TRLCSP, su incumplimiento, será considerada causa de resolución del contrato a los efectos señalados en el art. 223.f).
14. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Constituyen causas de resolución del contrato de obras las establecidas en los artículos 223 y 237 del TRLCSP.
Y en especial, como ya se ha señalado, al amparo de lo previsto en el art. 118.2 del TRLCSP, el incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución contenidas en la cláusula 9ª del presente pliego, será considerada causa de resolución del contrato a los efectos señalados en el art. 223.f TRLCSP.
Los efectos de la resolución son los previstos en el artículo 239 del TRLCSP.
15. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
16. SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS (art. 220 TRLCSP y 103 RG)
Si la Administración acordare la suspensión del contrato o aquélla tuviere lugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 216 del TRLCSP, se levantará un acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél. Acordada la suspensión, la Administración abonará al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste. (art. 220.2 TRLCSP)
II. PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR
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17. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION
La adjudicación del presente contrato se realizará por procedimiento abierto.
Los criterios de valoración de las ofertas que han de servir de base para la adjudicación del contrato y la ponderación que se les atribuye son los siguientes:
17.1. CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA hasta 100 puntos
17.1.1. OFERTA ECONÓMICA hasta un máximo de 90 puntos
La oferta económica se valorará de acuerdo a una regla de tres inversamente proporcional, que otorga la puntuación máxima a la oferta más baja (IVA y demás impuestos excluidos), siempre y cuando no esté incursa en temeridad. Se otorgará la máxima puntuación a la oferta más económica y la puntuación del resto de las ofertas se desprende de la fórmula de multiplicar el resultado del cociente entre la oferta económica más baja y la oferta del licitador que se valora, por el número total de puntos aplicables al criterio. Esto es:
Ob
------ x Z
Ol
donde Ob es la oferta más baja y Ol es la oferta del licitador que se valora, siendo Z el número tope de puntos a aplicar en el presente criterio.
Los límites que permitirán apreciar que las proposiciones no pueden ser cumplidas como consecuencia de
ofertas desproporcionadas o anormales serán los siguientes:
Se considerará que las ofertas presentan valores anormales o desproporcionados en caso de que la cuantía sea inferior en más de un 15% a la media aritmética de las ofertas presentadas.
En caso de ofertas incursas en valores anormales o desproporcionados se seguirá el procedimiento previsto en el artículo 152 del TRLCSP.
17.1.2. AMPLIACION DEL PLAZO DE GARANTIA hasta un máximo de 10 puntos
Se valorará la ampliación del plazo de garantía fijado en un (1) año según lo dispuesto en la cláusula 12ª (artículo 235 del TRLCSP). Los aumentos, como mínimo, serán en periodos de un (1) año, hasta un máximo de dos (2) años sobre el fijado en los presentes pliegos, puntuándose a razón de 5 puntos por cada año de ampliación de la garantía.
EN CASO DE EMPATE: Cuando dos o más empresas licitadoras empaten en cuanto a la proposición más ventajosa, se procederá a elegir a la empresa adjudicataria mediante la celebración de un sorteo público.
18. MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de Contratación cuando actúe como órgano de contratación en este Ayuntamiento estará compuesta de acuerdo con lo establecido en el Decreto de Alcaldía 1/2016, de 12 de enero de 2016.
19. APTITUD PARA CONTRATAR
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Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP. La solvencia se acreditará y evaluará de acuerdo con los medios establecidos en los presentes pliegos.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Las/os empresarias/os deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación objeto del presente contrato.
20. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en las dependencias u oficinas del órgano de contratación, que se indican a continuación (Oficina Técnica (2ª planta) del Ayuntamiento del Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran, Plaza Lauaxeta 1, CP 48510-Trapagaran) de esta Administración de 09:00 h a 13:00 horas, todos los días hábiles (excluidos los sábados) a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de esta licitación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia o en el perfil del contratante, y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones.
Las proposiciones deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento del Xxxxx xx Xxxxxxx- Trapagaran, Plaza Lauaxeta 1, CP 48510-Trapagaran, de 09:00 h a 13:00 horas, durante el plazo de 13 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Territorio Histórico de Bizkaia (art. 159.2º TRLCSP en relación con el art. 112.2º.b) TRLCSP) y hasta las 13:00 horas del último día del plazo señalado. No obstante, si el último día de plazo fuera sábado o coincidiera con día festivo en el Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran, aquel plazo se pospondrá hasta la misma hora del día siguiente hábil. Podrán presentarse redactadas en castellano y/o euskera.
Esta licitación se anunciará, asimismo, en el perfil de contratante del órgano de contratación, cuyo acceso se podrá realizar a través del siguiente portal informático o página web: xxx.xxxxxxxxxx.xxx
La información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria que, en su caso, soliciten los licitadores será facilitada en el plazo previsto en el art. 158.1º TRLCSP en relación con el art. 112.2º.b) TRLCSP antes de la fecha límite fijada para la recepción de proposiciones, siempre que la solicitud haya sido realizada en el plazo previsto en el art. 158.2º TRLCSP en relación con el art. 112.2ºb TRLCSP antes del vencimiento del plazo de recepción de las proposiciones señalado anteriormente.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 158.3 del TRLCSP, cuando la información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria no haya podido ser facilitada en los plazos indicados, así como cuando las ofertas solamente puedan realizarse después de una visita sobre el terreno o previa consulta “in situ” de la documentación adjunta al pliego, el plazo para la recepción de ofertas se prorrogará el tiempo que se considere conveniente para que los candidatos afectados puedan tener conocimiento de toda la información necesaria para formular las ofertas.
Las proposiciones presentadas con posterioridad al plazo fijado para su recepción no serán admitidas aunque conste que se entregaron en Correos antes de la finalización del plazo, salvo que se remita al órgano de contratación por télex, fax, telegrama o correo electrónico la justificación de la fecha de remisión de la oferta en el mismo día que se envió por correo. El envío del anuncio por correo electrónico se ajustará a lo establecido en cuanto a su validez en el artículo 80.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
21. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
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Los licitadores deberán presentar dos sobres cerrados (A, y B) en cada uno de los cuales figurará la inscripción “PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTO DE ACERAS EN LA CALLE FUNIKULAR EN EL MUNICIPIO DE XXXXX XX XXXXXXX-TRAPAGARAN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN URGENTE”
En cada sobre se indicará la denominación social de la empresa, domicilio social, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, e-mail de comunicación, fax y teléfono de contacto, debiendo estar los sobres también firmados.
sobre “A”
El se subtitulará “CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR” y contendrá
los siguientes documentos (pudiéndose tomar como modelo el Anexo VI):
1.- Declaración responsable de la persona licitadora indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. En tal caso, la persona licitadora a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos.
El órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que las personas licitadoras aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario/a del contrato.
El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
2.- Todas las personas licitadoras deberán señalar un domicilio para la práctica de notificaciones derivadas de este procedimiento, de acuerdo y con los efectos previstos en el art. 151.4 del TRLCSP. Esta circunstancia podrá ser complementada indicando una dirección de correo electrónico y un número de teléfono y fax.
sobre “B”
El se subtitulará “PROPOSICION ECONOMICA Y CRITERIOS DE VALORACION
AUTOMATICA” y contendrá los siguientes documentos:
a) Proposición económica ajustada al modelo establecido en el Anexo I
En relación con las proposiciones económicas a incluir en el sobre B, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:
□ Todas las ofertas deberán de indicar por separado la cuantía correspondiente al precio neto del contrato y la cuantía correspondiente al IVA. En el caso de licitadores exentos, el importe correspondiente al IVA que indicarán en su proposición será de 0 euros.
□ El presupuesto máximo de puja del contrato es el presupuesto base sin IVA. Se rechazarán aquellas ofertas que superen dicho importe.
□ Para la comparación del elemento precio en las ofertas, se tendrá en cuenta exclusivamente el precio neto de cada una, esto es, excluido el IVA.
b) Documentos referidos a los criterios de apreciación automática señalados en la cláusula 17.1.2. de este pliego (ajustados a los modelos establecidos en el Anexo VII)
22. APERTURA Y TRATAMIENTO DE LA DOCUMENTACION PRESENTADA Y SELECCIÓN DE EMPRESAS
Vencido el plazo de presentación de proposiciones se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:
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1º. APERTURA DEL SOBRE “A” Y TRATAMIENTO DE LA DOCUMENTACION QUE CONTIENE
La Mesa calificará la documentación incluida en el sobre “A”. A tal efecto, podrán pedirse aclaraciones o documentos complementarios sobre la capacidad y solvencia de los licitadores que habrán de aportarse, tal como dispone el art. 22 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en relación con el art. 112.2º.b) TRLCS. La solicitud de aclaraciones o información complementaria será comunicada por la Mesa verbalmente a los interesados, anunciándose, igualmente,
en el tablón de anuncios del órgano de contratación y en el perfil de contratante. En la misma forma comunicará la Mesa la existencia de vicios subsanables en la documentación presentada para que en el plazo, en este caso, de tres días hábiles, según el art. 81 del citado Reglamento, en relación con el art. 112.2º.b) TRLCS, los licitadores corrijan o subsanen los defectos observados.
2º. SELECCIÓN DE EMPRESAS
La Mesa, una vez calificada la documentación presentada y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
3º. APERTURA PUBLICA DEL SOBRE “B”
La documentación presentada en el sobre “B”, comprensiva de los criterios de apreciación automática, será abierta en acto público, en el Salón de Plenos del Ayuntamiento del Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran, C/ Lauaxeta Enparantza, 1, el día y hora que se indique en el perfil del contratante.
4º. CLASIFICACION DE LAS OFERTAS
Una vez valorados todos los criterios, la Mesa procederá a la clasificación de las proposiciones presentadas por orden decreciente y elevará la propuesta de adjudicación del contrato al órgano de contratación que haya de efectuar la misma.
Al amparo de lo previsto en el art. 152 del TRLCSP, cuando se identifique una o varias proposiciones que puedan ser consideradas desproporcionadas o anormales, la declaración del carácter desproporcionado o anormal de las ofertas requerirá la previa audiencia del licitador o, en su caso, licitadores que las hayan presentado y el asesoramiento técnico del servicio correspondiente.
En este caso, el órgano de contratación, a la vista de la justificación efectuada por el licitador y de los informes solicitados, acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa que se estime que pueda ser cumplida a satisfacción de la Administración.
Si por el contrario el órgano de contratación estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas.
De todo lo actuado se dejará constancia en el expediente, en las correspondientes actas que necesariamente deberán extenderse
En el caso de que más de una empresa obtuviese la misma puntuación, el desempate se dirimirá por sorteo público.
5º. REQUERIMIENTO AL PRIMER CLASIFICADO
Realizadas las actuaciones anteriores se requerirá, en su caso, al primer clasificado para que, dentro del plazo establecido en el art. 151.2 TRLCSP en relación al con el art. 112.2º.b) TRLCSP, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, realice las siguientes actuaciones:
1º.- Presentar la siguiente documentación:
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a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del participante o su representante. Además en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial.
b) Cuando el/la licitador/a sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera
exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Cuando se trate de empresarias/os no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Las/os demás empresarias/os extranjeros/as deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
c) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el art. 60 del TRLCSP. Y certificaciones administrativas acreditativas de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
d) Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E, en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto.
e) Justificantes de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional de la persona licitadora:
De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 65.1 del TRLCSP el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al contrato o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia detallados en los pliegos.
A tal efecto la clasificación necesaria es la siguiente:
- Anterior a la entrada en vigor del RD 773/2015 y válida hasta el 01-01-2020
Grupo G, Subgrupo 6, Categoría c.
- Clasificaciones otorgadas con posterioridad a la entrada en vigor del RD 773/2015
Grupo G, Subgrupo 6, Categoría 2.
En el supuesto de que el empresario no tuviese esta clasificación o teniéndola elija esta opción justificará su solvencia económica, financiera y técnica o profesional por los medios establecidos en los artículos 75, letra “a” y 76, letras “a”, “b” y “f” del Texto Refundido Ley de Contratos del Sector Público.
En relación con los medios señalados, los requisitos mínimos de solvencia que deberán reunir las empresas para este contrato concreto serán los siguientes:
Declaración responsable del volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido a cada uno de los dos últimos ejercicios cerrados, por importe igual o superior al importe de 600.000, 00 €. (Anexo “IX”)
Relación de las obras ejecutadas en el curso de los diez (10) últimos años, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. (Anexo “X”)
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Declaración indicando los técnicos o las unidades técnicas, estén o no integradas en la empresa, de los que ésta disponga para la ejecución de las obras, especialmente los responsables del control de calidad, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes.
Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
La acreditación de la solvencia se complementará, además, con los medios materiales o personales que los licitadores especifiquen en sus ofertas, cuya adscripción al contrato tendrá carácter de obligación contractual esencial, por lo que, al amparo de lo previsto en el art. 64.2 del TRLCSP, su incumplimiento podrá ser considerado causa de resolución del mismo a los efectos señalados en el art. 223.f).
f) En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores, y, asimismo, aportar el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos.
g) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Las circunstancias señaladas en las anteriores letras a), y b) podrán acreditarse mediante una certificación del Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma Vasca, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 84 del TRLCSP. A la referida certificación deberá acompañarse una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
El certificado mencionado en el apartado anterior podrá ser expedido electrónicamente
La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma, debidamente compulsada o autenticada por la Administración o por notario.
2º.- Presentar la documentación justificativa de disponer efectivamente de los medios que, en su caso, se hubiese comprometido a adscribir a la ejecución del contrato. (todo ello de conformidad al Art. 64.2 del0 TRLCSP)
3º.- Presentar la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva. (Salvo que la persona contratista haya optado por la constitución de la garantía mediante la retención en el precio, lo que tendrá que manifestar de forma expresa).
4º.- Presentar la documentación justificativa de dar cumplimiento a lo establecido en la cláusula 9.1 en cuanto a las condiciones especiales de ejecución del contrato para la inserción socio laboral y a lo establecido en la cláusula 9.2. en cuanto a la obligación de indicar el convenio colectivo que será de aplicación a los trabajadores/as que vayan a realizar la actividad objeto del contrato (tomándose como modelo a tales efectos el Anexo VIII)
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que la persona licitadora ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación a la persona licitadora siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
Nota aclaratoria sobre la presentación de documentación:
Transcurrido el plazo de 3 meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por los licitadores que no hayan resultado adjudicatarios, en el supuesto que éstos no hayan procedido a solicitar su devolución y retirada.
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23. ADJUDICACIÓN, FORMALIZACIÓN Y GASTOS
El órgano de contratación adjudicará el contrato de forma motivada, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, y dará publicidad de la formalización del contrato de conformidad con lo previsto en el artículo 154 TRLCSP.
La información sobre el convenio colectivo que la empresa adjudicataria declare aplicable a los trabajadores y trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato se incluirá en la resolución de adjudicación y se publicará en el perfil de contratante.
La formalización del contrato se efectuará en la forma y plazos previstos en el art. 156 TRLCSP.
En el caso de falta de formalización del contrato, por causas imputables al contratista, la Administración podrá acordar la resolución del mismo, previa audiencia al mismo, con indemnización de daños y perjuicios.
Previo a la formalización, el adjudicatario deberá pagar los gastos de publicidad oficial en un solo Boletín y por una sola vez, cuyo importe máximo será de 1.000 €
Finalmente, dentro del plazo que se consigne en el documento de formalización, y que no será superior a un (1) mes desde la firma del mismo, el adjudicatario deberá comparecer en esta Administración para comprobar el replanteo del proyecto y firmar la correspondiente acta, momento desde el cual comenzará a contar el plazo de ejecución del contrato.
III. NATURALEZA, REGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
24. NATURALEZA Y REGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
El contrato que en base a este pliego se realice, tendrá carácter administrativo y en todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y en el RD 817/2009 de 8 xx xxxx de desarrollo parcial de la misma, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas.
En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este pliego.
25. PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Vigésimo Sexta del TRLCSP, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.
26. JURISDICCION COMPETENTE
Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa, no obstante lo cual, las partes pueden acordar el sometimiento de sus litigios a arbitraje, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
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En Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran, a 11 de octubre de 2016.
ANEXO I.
MODELO DE PROPOSICION ECONÓMICA A QUE SE AJUSTARAN LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS POR LAS PERSONAS LICITADORAS
D......................................................................................................................................con domicilio
en.......................................................................................CP....................., D.N.I. nº ,
teléfono..........................e-mail en plena posesión de su capacidad
jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de............................................................................................................................. con domicilio
en....................................................................................................................................................
CP..........................., teléfono , y D.N.I. o C.I.F. (según se trate de persona física o
jurídica) nº ), enterado del procedimiento abierto convocado por el Ayuntamiento de
Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran, para el Contrato de OBRAS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTO DE ACERAS EN LA CALLE FUNIKULAR EN EL MUNICIPIO DE XXXXX XX XXXXXXX- TRAPAGARAN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN URGENTE (CON 04-
2016), declaro:
1º) Que me comprometo a su ejecución por el precio de.............................................................. €, más....................................................... €,
correspondientes al % de I.V.A., debiendo entenderse comprendidos en el precio todos
los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal al igual que el beneficio industrial del contratista.
Se hace constar que según lo dispuesto en la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, resulta de aplicación la inversión del sujeto pasivo del IVA.
La inversión del sujeto pasivo del IVA será de aplicación a toda la cadena de intervinientes en las ejecuciones de obra (contratista principal u otros subcontratistas)
2º) Que conozco el Proyecto, con su contenido, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
3º) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En........................., a..................de de 2016.
Firma
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NOTA. “La proposición económica vendrá debidamente firmada en todas sus hojas y su cuantía será formulada en número y en letra, prevaleciendo ésta en caso de discordancia.”
ANEXO II
MODELO DE COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE U.T.E.
D./Xx……………………………, con domicilio en ………, calle ………., C.P. ………, Teléfono , y
D.N.I. , en posesión de su plena capacidad de obrar y en nombre propio o en representación
de la Empresa …………, con domicilio en ……………, calle ………………, C.P. ………, Teléfono
………… y C.I.F. …………
D./Xx……………………………, con domicilio en ………, calle ………., C.P. ………, Teléfono , y
D.N.I. , en posesión de su plena capacidad de obrar y en nombre propio o en representación
de la Empresa …………, con domicilio en ……………, calle ………………, C.P. ………, Teléfono
………… y C.I.F. …………
D./Xx……………………………, con domicilio en ………, calle ………., C.P. ………, Teléfono , y
D.N.I. , en posesión de su plena capacidad de obrar y en nombre propio o en representación
de la Empresa …………, con domicilio en ……………, calle ………………, C.P. ………, Teléfono
………… y C.I.F. …………
I. Se obligan conjunta y solidariamente en régimen de Agrupación Temporal a ejecutar el Contrato de Obras PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTO DE ACERAS EN LA CALLE FUNIKULAR EN EL MUNICIPIO DE XXXXX XX XXXXXXX-TRAPAGARAN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN URGENTE (CON 04-2016), conforme al Proyecto, los Pliegos aprobados, Anexos correspondientes y demás documentación contractual que expresamente asumimos y acatamos en su totalidad, sin salvedad alguna.
II. La participación con que concurren a la Agrupación Temporal cada una de las empresas es la siguiente:
EMPRESA PORCENTAJE
(detallar el nombre de la empresa) y (el porcentaje en que participa en la UTE)
…………………………………………. ………………………………………………….
…………………………………………. ………………………………………………….
…………………………………………. …………………………………………………..
II. Se designa a …………………………………… como el representante o apoderado único de la Unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato deriven, durante la vigencia y hasta la extinción del contrato, para que ostente la plena representación de las empresas frente al Ayuntamiento del Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran.
IV. Se comprometen a constituirse formalmente en Unión Temporal, caso de resultar adjudicatarios del contrato.
En ……………………, a …de de 2016.
Página16
Fdo.:
D.N.I.:
ANEXO III
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN, Y DE QUE NO TIENEN DEUDAS DE NATURALEZA TRIBUTARIA EN PERIODO EJECUTIVO CON EL AYUNTAMIENTO DE XXXXX XX XXXXXXX-TRAPAGARAN.
D./Xx……………………………, con domicilio en ………, calle ………., C.P. ………, Teléfono
…………, y D.N.I. …………… , en posesión de su plena capacidad de obrar y en nombre propio o en representación de la Empresa …………, con domicilio en ……………, calle
………………, C.P. ………, Teléfono ………… y C.I.F , a los efectos que establece el
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado para regir el Contrato de Obras PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTO DE ACERAS EN LA CALLE FUNIKULAR EN EL MUNICIPIO DE XXXXX XX XXXXXXX-TRAPAGARAN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN URGENTE (CON 04-2016)
DECLARA
I. Que la empresa a la que representa, sus administradores y representantes, así como el firmante, no están incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Real Decreto Legislativo 3/2011, de 16 de noviembre), en los términos y condiciones previstos en el mismo.
II. Asimismo, declara que la citada empresa no tiene deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo de pago con el Ayuntamiento del Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran.
En …………………, a …de de 2016
Fdo.:
D.N.I.:
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Fecha y firma del licitador.
ANEXO IV
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO DE LICITADORES
(Declaración de presentación obligatoria junto con la Certificación de inscripción registral, caso de aportar alguna de las que contempla la cláusula 22 de este Pliego)
D./Xx……………………………, con domicilio en ………, calle ………., C.P. ………, Teléfono , y
D.N.I. , en posesión de su plena capacidad de obrar y en nombre propio o en representación
de la Empresa …………, con domicilio en ……………, calle ………………, C.P. ………, Teléfono
………… y C.I.F. , al objeto de tomar parte en el procedimiento abierto en base a una pluralidad
de criterios de adjudicación, seguido por el Ayuntamiento del Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran, para la adjudicación del Contrato de Obras PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTO DE ACERAS EN LA CALLE FUNIKULAR EN EL MUNICIPIO DE XXXXX XX XXXXXXX-TRAPAGARAN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN URGENTE (CON 04-2016) y a los efectos que
señala el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado para regir el contrato de referencia, declara bajo su responsabilidad:
a) Que los datos de esta empresa que constan en el Registro Oficial de Contratistas presentada no han sido alteradas en ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con la Certificación del Registro que acompaña a esta declaración.
b) Que los datos de esta empresa que constan en el Registro Oficial de Contratistas presentado, referentes a:
1. ………………………………………………………………………………………
2. ………………………………………………………………………………………
3. ………………………………………………………………………………………
Han sufrido alteración según se acredita mediante los documentos que se adjuntan a la presente declaración y que estos extremos han sido comunicados en el Registro con fecha …… de de
………, manteniéndose el resto de los datos sin ninguna alteración respecto del contenido de la Certificación del Registro.
En ………………………, a … de de 2016.
Fdo.:
D.N.I.:
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• las opciones a) y b) son incompatibles entre sí, señale solamente la que corresponda. Esta declaración deberá ser emitida por cualquiera de los representantes con facultades que figuren inscritos en el Registro de Licitadores.
ANEXO V
MODELO DE AVAL ENTIDAD FINANCIERA (garantía definitiva del adjudicatario)
"La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca) ...................................... NIF con
domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ........ en la calle/plaza/avenida C.P.
............ y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados) , con poderes
suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación efectuada en el dorso de este documento.
A V A L A
a: (nombre y apellidos o razón social del avalado) .............................................................................. NIF ,
(En el caso de U.T.E.)
a: (nombre y apellidos o razón social de los avalados) ........................................................................NIF y
.................................................................... NIF. CONJUNTA Y SOLIDARIAMENTE,
en virtud de lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado)
........................................................................................................................................................................................................
ante el Excmo. Ayuntamiento de Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran, por importe de: (en letra y en cifra)
.........................................................................................................................................................................................................
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Ayuntamiento de Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran, con sujeción a los términos previstos en el TRLCSP, y en sus normas de desarrollo.
El presente aval estará en vigor hasta que el Ayuntamiento de Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la TRLCSP y legislación complementaria.
(lugar y fecha)
(razón social de la entidad) (firma de los Apoderados)".
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NOTA: Para el caso de garantías provisionales y definitivas y siempre que la entidad a la que se avala sea una unión temporal de empresarios, no se admitirán garantías que únicamente garanticen sólo a una de las empresas que las constituya, sino que la misma ha de garantizar al resto de las empresas que forman la unión temporal, recogiéndose expresamente que la responsabilidad es conjunta y solidaria respecto de las demás integrantes de la U.T.E.
ANEXO VI
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE A QUE SE AJUSTARAN LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS POR LOS LICITADORES
D./Xx……………………………, con domicilio en ………, calle ………., C.P. ………, Teléfono …………, y D.N.I.
…………… , en posesión de su plena capacidad de obrar y en nombre propio o en representación de la Empresa
…………, con domicilio en ……………, calle ………………, C.P. ………, Teléfono ………… y C.I.F. …………, al objeto de tomar parte en el procedimiento abierto, seguido por el Ayuntamiento del Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran, para la adjudicación del Contrato de OBRAS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTO DE ACERAS
EN LA CALLE FUNIKULAR EN EL MUNICIPIO DE XXXXX XX XXXXXXX-TRAPAGARAN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN URGENTE (CON 04-2016) y a los efectos
que señala el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado para regir el contrato de referencia, declara bajo su responsabilidad:
a) Que la empresa licitadora “………………..” cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, comprometiéndose a que en caso de resultar a su favor propuesta de adjudicación acreditará ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos.
b) Que la empresa licitadora “… ” señala para la práctica de notificaciones derivadas de este
procedimiento el siguiente domicilio: ;
dirección de correo electrónico: ………………………….. y número de teléfono y/o fax: ………………….
En ………………………, a … de …………… de 20….
Página20
Fdo.: D.N.I.:
ANEXO VII
MODELO DE PROPOSICIÓN POR INCREMENTO DEL PLAZO DE GARANTÍA PARA LA ADJUDICACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DE CONTRATO DE OBRAS
D./Xx……………………………, con domicilio en ………, calle ………., C.P. ………, Teléfono …………, y D.N.I.
…………… , en posesión de su plena capacidad de obrar y en nombre propio o en representación de la Empresa
…………, con domicilio en ……………, calle ………………, C.P. ………, Teléfono ………… y C.I.F. …………, al objeto de tomar parte en el procedimiento abierto, seguido por el Ayuntamiento del Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran, para la adjudicación del Contrato de OBRAS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTO DE ACERAS
EN LA CALLE FUNIKULAR EN EL MUNICIPIO DE XXXXX XX XXXXXXX-TRAPAGARAN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN URGENTE (CON 04-2016) y a los efectos
que señala el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado para regir el contrato de referencia, declara bajo su responsabilidad:
Que la empresa licitadora “…………………” se compromete a ejecutar las obras con un incremento del plazo de garantía de la obra, sobre el que se fija en la cláusula 12 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, de meses (en letra y número).
En ………………., a....... de .......................... de 20….
Página21
Firma y sello
ANEXO VIII. MODELO DE COMPROMISO
EN CUANTO A CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN PARA LA INSERCIÓN SOCIO LABORAL Y
EN CUANTO A INDICACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO APLICABLE A TRABAJADORES/AS
D./Xx……………………………, con domicilio en ………, calle ………., C.P. ………, Teléfono …………, y D.N.I.
…………… , en posesión de su plena capacidad de obrar y en nombre propio o en representación de la Empresa
…………, con domicilio en ……………, calle ………………, C.P. ………, Teléfono ………… y C.I.F. …………, al objeto de tomar parte en el procedimiento abierto, seguido por el Ayuntamiento del Xxxxx xx Xxxxxxx-Trapagaran, para la adjudicación del Contrato de OBRAS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTO DE ACERAS
EN LA CALLE FUNIKULAR
EN EL MUNICIPIO DE XXXXX XX XXXXXXX-TRAPAGARAN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN URGENTE (CON 04-2016) y a los efectos
que señala el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado para regir el contrato de referencia, declara bajo su responsabilidad:
Que la empresa licitadora “…………………” adquiere el compromiso de incorporar en la ejecución de la obra contratada al menos un 20% de personas desempleadas que se encuentren en especial dificultad para acceder al empleo. El porcentaje de inserción se computará en relación con el número total de personas trabajadoras necesarias para la ejecución tanto de la empresa contratista como, en su caso, de las subcontratistas.
Número Total de trabajadores a ocupar en la ejecución del contrato:
Desglosado del siguiente modo:
A) (indicar número) corresponden a trabajadores ya contratados
B) (indicar número) corresponden a nuevos contratos con personas en situación legal de desempleo.
C) Desglose de los contratos por categorías: (indicar número de contratos por categoría)
D) Convenio colectivo que será de aplicación a cada trabajador/a ya contratado o de nueva contratación.
En ………………., a....... de de 20….
Página22
Firma y sello
ANEXO IX
Solvencia económica
D. ............................................, con D.N.I. nº ................., en nombre propio o como (señalar las facultades de
representación: administrador/a único, apoderado/a...) en representación de la empresa ...........................,y C.I.F. Nº
....................... a efectos de acreditar la SOLVENCIA ECONÓMICA necesaria para la contratación de
........................................................................................................................... en el expediente nº .............................
DECLARA DE FORMA RESPONSABLE:
Que el volumen de negocios global, referido a cada uno de los dos últimos ejercicios cerrados es el siguiente :
Año :
Año .
Y para que conste a efectos de acreditar la solvencia económica y financiera necesaria para la licitación pública enunciada, firma la presente en ……… a ....................................
Fdo.:
Página23
Sello de la empresa
ANEXO X
Solvencia técnica
D. ............................................, con D.N.I. nº ................., en nombre propio o como (señalar las facultades de
representación: administrador/a único, apoderado/a...) en representación de la empresa ...........................,y C.I.F. Nº
....................... a efectos de acreditar la SOLVENCIA TÉCNICA necesaria para la contratación de
........................................................................................................................... en el expediente nº .............................
DECLARA DE FORMA RESPONSABLE:
Que los principales trabajos realizados durante los últimos diez (10) años, han sido los que se relacionan en el Anexo a la presente y respecto de los cuales aporta los correspondientes certificados o documentos acreditativos sobre los mismos.
Y para que conste a efectos de acreditar la solvencia técnica para concurrir a la licitación enunciada, firma la presente en ……..
a ....................................
Fdo.:
Sello de la empresa
ANEXO RELACIÓN DE PRINCIPALES TRABAJOS REALIZADOS
Año
Concepto | Cliente | Fecha | Importe | Certificado o documento acreditativo expedido por |
Año
Concepto | Cliente | Fecha | Importe | Certificado o documento acreditativo expedido por |
(reproducir las tablas anteriores hasta completar los 10 últimos años)
Fdo:
Página24
Sello de la empresa