CONTRATO DE COMISIÓN MERCANTIL – ID-
CONTRATO DE COMISIÓN MERCANTIL – ID-
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CONTRATO DE COMISIÓN MERCANTIL QUE CELEBRAN:
I. POR UNA PARTE LA PERSONA MORAL QUE SE INDICA EN LA REFERENCIA
(1) DE LA TABLA DE DATOS DEL PRESENTE CONTRATO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “INVERSIONISTA”, REPRESENTADA POR LA PERSONA QUE SE INDICA EN LA REFERENCIA (2) DE LA TABLA DE DATOS DEL PRESENTE CONTRATO.
II. POR OTRA PARTE FUNDARY, S. A. P. I. DE C. V., EN SU CARÁCTER INSTITUCIÓN DE TECNOLOGÍA FINANCIERA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “FUNDARY”, REPRESENTADA POR LA PERSONA QUE SE SEÑALA EN LA REFERENCIA (3) DE LA TABLA DE DATOS DEL PRESENTE CONTRATO.
A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ DE MANERA CONJUNTA COMO “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
I. Declara el INVERSIONISTA, que:
1. Es una empresa legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas, tal y como consta en la documentación adjunta a la solicitud de crédito.
2. Su representante legal cuenta con las facultades suficientes para obligarlo, tal y como consta en la documentación adjunta a la solicitud de crédito.
3. Los recursos que utilizará para realizar inversiones al amparo del presente contrato no son ni serán de procedencia ilícita.
4. Tiene una cuenta de usuario en el sitio xxx.xxxxxxx.xxx y manifiesta conocer y haber aceptado los términos y condiciones de dicho sitio de internet para los efectos del uso que realiza y ha realizado de dicha plataforma, así como para los efectos que se relacionen con este contrato en particular.
5. Reconoce expresamente que, por la naturaleza de las inversiones que son materia de este contrato, no es posible garantizar directa o indirectamente los rendimientos ni que FUNDARY se responsabilice de las pérdidas que pueda sufrir como consecuencia de dichas operaciones.
II. Declara FUNDARY, que:
1. Es una empresa legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas tal y como consta en la escritura pública número 27,346, de fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx del Licenciado Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx y Xxxx, titular de la notaría número 000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx.
2. Su representante legal cuenta con las facultades suficientes para obligar a su representada.
3. De conformidad con la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, se encuentra obligada a validar los datos y verificar la autenticidad de los documentos obtenidos de manera digital por parte de sus usuarios, situación que para efectos de este contrato ha realizado previamente.
III. Declaran las PARTES, que:
1. Están de acuerdo en que el Gobierno Federal y las Entidades de la Administración Pública Paraestatal no podrán responsabilizarse o garantizar los recursos de los Usuarios que sean utilizados en las operaciones que celebren con las Instituciones de Tecnología Financiera o frente a otros, ni asumir ninguna responsabilidad por las obligaciones contraídas por las Instituciones de Tecnología Financiera o por algún Usuario frente a otro, en virtud de las operaciones que celebren, comprendiendo en particular la presente operación.
2. FUNDARY ha implementado un esquema de compartir riesgos con los inversionistas.
3. Es su voluntad celebrar el presente contrato, libres de cualquier vicio del consentimiento, en los términos descritos en su clausulado.
Por lo anterior, las PARTES se sujetan a las siguientes:
C L Á U S U L A S
CAPÍTULO PRIMERO COMISIÓN MERCANTIL
1. OBJETO DEL CONTRATO. Por medio de este contrato el INVERSIONISTA comisiona a FUNDARY para que realice por su cuenta y orden actos de comercio consistentes en la recepción, manejo y administración de los recursos que el inversionista entregue a FUNDARY, con la finalidad de otorgar financiamientos colectivos de deuda por medio del sitio web xxx.xxxxxxx.xxx a los solicitantes que el propio inversionista seleccione. De manera general, el INVERSIONISTA también comisiona a FUNDARY para efectuar todo tipo de operaciones, negocios y actos
jurídicos que resulten necesarios para el otorgamiento de financiamientos colectivos de deuda, así como las diligencias de cobranza que de ellos se deriven.
2. EXTENSIÓN A DIVERSOS PROYECTOS. El objeto de este contrato comprenderá uno o varios proyectos financiados por el INVERSIONISTA por medio de la plataforma de financiamiento colectivo xxx.xxxxxxx.xxx. En tal virtud, la documentación de cada proyecto financiado por el INVERSIONISTA por medio de dicha plataforma se adjuntará al presente contrato como anexo. En ningún caso el financiamiento de dos o más proyectos por parte del inversionista mediante la plataforma mencionada generará una relación de hecho o de derecho entre dichos proyectos, ya que cada proyecto tendrá un tratamiento de derechos y obligaciones individualizado frente al INVERSIONISTA.
3. RATIFICACIÓN DE ACTOS. De ser necesario, y previa solicitud de FUNDARY con la debida anticipación, el INVERSIONISTA ratificará por escrito todos o algunos de los actos realizados por FUNDARY en el cumplimiento de la presente comisión.
4. DELEGACIÓN DE ENCARGOS. FUNDARY queda expresamente autorizado para desempeñar por sí los encargos que recibe por medio del presente contrato, y para delegarlos total o parcialmente a quien o quienes estime conveniente, sin tener que recabar en cada caso el consentimiento del INVERSIONISTA.
5. SERVICIOS NO DISCRECIONALES. FUNDARY desempeñará su encargo con sujeción a las instrucciones que le provea el INVERSIONISTA por medio de su cuenta de usuario en la plataforma xxx.xxxxxxx.xxx, sin actuar en ningún momento a su sola discrecionalidad.
6. LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD. El INVERSIONISTA libera a FUNDARY, a sus directivos, empleados, accionistas y consejeros de cualquier responsabilidad que llegase a surgir por las operaciones realizadas a solicitud del INVERSIONISTA y al amparo de este contrato.
7. REGISTRO DE INSTRUCCIONES Y COMPROMISOS DE INVERSIÓN. Las instrucciones que el INVERSIONISTA emita a FUNDARY y los compromisos de inversión que derivados de dichas instrucciones se generen formarán parte de este contrato como anexos.
8. PRUEBA PLENA DE LAS INSTRUCCIONES. Los registros que FUNDARY respecto de cada instrucción que emita el INVERSIONISTA contendrán todos los datos necesarios para su identificación y harán fe a su favor en cuanto a las instrucciones recibidas por parte del INVERSIONISTA, salvo prueba plena en contrario.
9. REVOCACIÓN DE INSTRUCCIONES. El INVERSIONISTA podrá revocar o modificar sus instrucciones por medio de su sesión de usuario en xxx.xxxxxxx.xxx, siempre que a FUNDARY le sea posible atender las nuevas instrucciones. En caso de que el inversionista revoque su instrucción a FUNDARY antes de que se complete el financiamiento de la solicitud en la plataforma, el INVERSIONSITA no será penalizado de ninguna forma.
10. NO ACEPTACIÓN DE INSTRUCCIONES. FUNDARY tiene la libertad de aceptar o no las instrucciones que el INVERSIONISTA le haga, en caso de que alguna instrucción sea prohibida por la legislación aplicable o las disposiciones que emitan las autoridades del sistema financiero mexicano o cualquier autoridad competente. En caso de que FUNDARY rehúse ejecutar una instrucción, se lo hará saber a el inversionista por medio de la plataforma.
11. FALTA DE FONDOS. FUNDARY no estará obligado a ejecutar las operaciones encomendadas por el INVERSIONISTA, si éste último no cuenta con fondos suficientes en su cuenta de usuario en la plataforma que opera en el sitio web xxx.xxxxxxx.xxx.
12. VIGENCIA. El presente contrato tendrá una duración indefinida, pudiendo darse por terminado previo aviso de cualquiera de las partes hacia la otra, con 30 (treinta) días naturales de anticipación. En el caso de que se encuentre vigente o pendiente de liquidación una o varias operaciones de financiamiento colectivo realizadas al amparo del presente contrato, quedará vigente por el tiempo que se requiera para que se culmine la o las operaciones de financiamiento colectivo correspondientes.
13. COMISIONES. FUNDARY cobrará por los servicios contratados las comisiones que se encuentran establecidas en la carátula del presente contrato. Las comisiones que FUNDARY cobrará al INVERSIONISTA serán solo aquellas que se señalan de manera expresa y tienen una cantidad determinable señalada en la carátula del presente contrato. FUNDARY queda expresamente autorizado para cargar las mencionadas comisiones, costos, cuotas y remuneraciones en la cuenta en la entidad financiera que opera con el nombre comercial “Sistema de Transferencias y Pagos STP” (en adelante “STP”) que el INVERSIONISTA mantenga en xxx.xxxxxxx.xxx o la que el INVERSIONISTA le indique, así como para deducirla de los intereses y rendimientos de las inversiones que FUNDARY cobre por cuenta del INVERSIONISTA con motivo de las operaciones de financiamiento colectivo contratadas a su nombre.
14. LUGAR Y FORMA DE PAGO. FUNDARY abonará al INVERSIONISTA los recursos que se generen por los financiamientos realizados al amparo del presente contrato mediante transferencia electrónica de fondos a través del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI), en la cuenta con CLABE correspondiente al número señalado como REFERENCIA (4) de la tabla de datos de este contrato, en la institución denominada STP, a favor del inversionista.
15. ESTADOS DE CUENTA. Las partes convienen que FUNDARY pondrá a disposición del INVERSIONISTA su estado de cuenta de manera mensual dentro de
los 10 días naturales posteriores a la fecha xx xxxxx de cada mes vencido , a través de su respectiva cuenta de usuario en la plataforma xxx.xxxxxxx.xxx. En el estado de cuenta se especificarán, respecto del periodo comprendido entre el último corte y la nueva fecha xx xxxxx: (i) los cargos efectuados, con su respectivo monto y fecha de operación, así como la moneda en que se hubieren denominado y la descripción de dicha operación; (ii) los abonos efectuados, , con su respectivo monto y fecha de operación, así como la moneda en que se hubieren denominado y la descripción de dicha operación; (iii) las comisiones cobradas en el periodo, con su respectivo monto, concepto, fecha y moneda en la que se denominen; (iv) el total de las comisiones cobradas; (v) los cargos objetados por el INVERSIONISTA en el periodo inmediato anterior, acompañados de su respectivo folio o reporte de aclaración; (vi) el aviso relativo a la Unidad Especializada de Atención a Usuarios y a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros que dispone la fracción VIII del artículo 39 de las Disposiciones de carácter general de la CONDUSEF en materia de transparencia y sanas prácticas aplicables a las instituciones de tecnología financiera; (vii) las leyendas y advertencias que dispone la fracción IV del artículo 7 de las Disposiciones de carácter general de la CONDUSEF en materia de transparencia y sanas prácticas aplicables a las instituciones de tecnología financiera,
16. ESTADOS DE OPERACIÓN. Las partes convienen que FUNDARY pondrá a disposición del INVERSIONISTA su estado de operación de manera mensual dentro de los 10 días naturales posteriores a la fecha xx xxxxx de cada mes vencido, a través de su respectiva cuenta de usuario en la plataforma xxx.xxxxxxx.xxx. En el estado de operación se especificará el estado que guardan las operaciones y servicios contratados por FUNDARY en su nombre, respecto del periodo comprendido entre el último corte y la nueva fecha xx xxxxx. Asimismo, se especificará: (i) el saldo inicial y final del periodo del total de inversiones realizadas; (ii) los saldos iniciales y finales de cada proyecto en el que el INVERSIONISTA hubiere celebrado una operación; (iii) el monto total invertido; (iv) el xxxx disponible para retiro a la fecha final del periodo;
(v) la indicación sobre que las operaciones con FUNDARY no se encuentran garantizadas por ninguna autoridad que dispone la fracción III del artículo 42 de las Disposiciones de carácter general de la CONDUSEF en materia de transparencia y sanas prácticas aplicables a las instituciones de tecnología financiera; (vi) el comportamiento de pago de cada solicitante; (vii) la indicación si cada solicitante se encuentra al corriente o en xxxx; (viii) el número de xxxx xx xxxx, en su caso; (ix) el estatus de las acciones de cobranza, en su caso; (x) la información sobre el comportamiento de pago y desempeño de los solicitantes; (xi) especificaciones por proyecto: (a) monto y fecha de la inversión; (b) moneda en que se denomina la inversión; (c) datos de identificación del proyecto; (d) la tasa aplicable expresada en términos anuales simples y porcentaje; (e) monto de los intereses o rendimientos; (f) plazo para el vencimiento de la inversión; (xii) en caso de atraso, la razón correspondiente; (xiii) los montos recuperados y las comisiones correspondientes, en su caso.
17. IMPUESTOS. Los impuestos, derechos o cualquier otra obligación de naturaleza fiscal que se generen con motivo del presente contrato, serán a cargo de la parte que lo cause, de conformidad con la legislación fiscal mexicana aplicable.
18. RESCISIÓN. FUNDARY podrá rescindir el presente contrato, de pleno derecho y sin necesidad de resolución judicial, en caso de que el INVERSIONISTA proporcione datos y/o documentos falsos incompletos o erróneos, o en caso de que el INVERSIONISTA faltare al cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones bajo el presente instrumento.
19. ENDOSOS Y CESIONES. El INVERSIONISTA faculta expresamente a FUNDARY para suscribir a su nombre y representación los endosos o cesiones de los derechos que puedan derivarse de la presente comisión mercantil. El inversionista no podrá ceder sus derechos u obligaciones derivados del presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de FUNDARY.
20. MODIFICACIONES AL CONTRATO. FUNDARY podrá modificar el presente contrato dando aviso con 30 (treinta) días naturales de anticipación a su entrada en vigor en el portal xxx.xxxxxxx.xxx. En caso de que el inversionista no esté de acuerdo con las modificaciones notificadas por FUNDARY, podrá solicitar la terminación del contrato en un plazo de 30 (treinta) días naturales posteriores al aviso de modificación, mediante un correo que envíe a xxxx@xxxxxxx.xxx. Una vez que FUNDARY reciba el aviso de terminación por parte del inversionista a causa de la modificación al contrato, FUNDARY procederá a la cancelación de este, sin eximir al inversionista de cubrir las obligaciones de pago por concepto de comisiones que pudiera tener pendientes en los términos de contratación establecidos originalmente.
CAPÍTULO SEGUNDO DISPOSICIONES GENERALES
21. DOMICILIOS Y MEDIOS DE CONTACTO. Las PARTES señalan como domicilios y medios electrónicos de contacto, para todos los efectos relacionados al presente contrato, incluyendo los avisos sobre fallas en la plataforma, actualización de datos y avisos de movimientos inusuales, lo siguientes:
a. FUNDARY: Xxxx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000, Xxxx 00, xxxxxxx Xxxxxxx Social, alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, X. X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, con medio electrónico de contacto el correo electrónico xxxx@xxxxxxx.xxx.
b. Inversionista: El que se menciona en la REFERENCIA (5) de la tabla de datos del presente contrato, y como medio electrónico de contacto el correo electrónico que se menciona en la REFERENCIA (6) de la tabla de datos del presente contrato.
Si el inversionista cambiare su domicilio, deberá informar a FUNDARY, por medio de un correo que dirijan a xxxx@xxxxxxx.xxx, cuando menos con 10 (DIEZ) días de anticipación a realizar dicho cambio. En caso contrario, todos los avisos y notificaciones y demás diligencias judiciales o extrajudiciales que se hagan en el domicilio indicado por las mismas o mediante la plataforma, surtirán sus efectos plenamente.
El inversionista podrá consultar las redes sociales con las que cuenta FUNDARY en xxx.xxxxxxx.xxx.
22. EQUIVALENCIA DE FIRMA AUTÓGRAFA. Los medios de identificación y autenticación señalados en los términos y condiciones de la plataforma xxx.xxxxxxx.xxx sustituirán a la firma autógrafa del inversionista, por lo que las constancias derivadas del uso de esos medios producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos tradicionales y tendrán igual valor probatorio.
23. RESPONSABILIDAD DE MEDIOS DE IDENTIFICACIÓN. Será responsabilidad del inversionista el uso de los medios de identificación y autentificación señalados en la cláusula anterior, por lo que, en caso de pérdida, extravío o posible robo o suplantación de identidad, deberá cambiar inmediatamente su contraseña en la plataforma xxx.xxxxxxx.xxx. En caso contrario, cualquier uso, operación o actividad que generare un tercero en su nombre se entenderá realizada en su nombre.
24. NOTIFICACIONES POR MEDIO DE LA PLATAFORMA. No obstante los medios de comunicación señalados en la cláusula vigésima primera, LAS PARTES reconocen como válidos cualquier aviso o documento que FUNDARY ponga a disposición del inversionista por medio de la cuenta de usuario que el inversionista tiene en xxx.xxxxxxx.xxx. En tal virtud, el inversionista se obliga a revisar periódicamente su cuenta de usuario en el sitio web mencionado, y la falta de consulta de este no será justificación para desconocer cualquier aviso, notificación o documento que FUNDARY le haya dirigido y comunicado por dicho medio.
25. UNIDAD ESPECIALIZADA DE ATENCIÓN A CLIENTES. La Unidad Especializada de Atención a Clientes (UNE o UNE FUNDARY), mediante la cual el solicitante podrá realizar consultas, reclamaciones y aclaraciones, se encuentra en Xxxx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000, Xxxx 00, xxxxxxx Xxxxxxx Social, alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, X. X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, con correo electrónico xxxx@xxxxxxx.xxx y número teléfono (x00) 00-00-00-00-00.
26. PROCEDIMIENTO DE ACLARACIONES. Cuando el inversionista no esté de acuerdo con alguno de los movimientos que aparezcan en el estado de cuenta respectivo podrá presentar una solicitud de aclaración dentro del plazo de 90 (noventa) días naturales contados a partir de la fecha xx xxxxx o en su caso de la realización de la operación o del servicio. La solicitud respectiva podrá presentarse ante la UNE o por correo electrónico, para lo cual FUNDARY acusará recibo de dicha solicitud y proporcionará el número de expediente. Una vez recibida la solicitud de aclaración FUNDARY tendrá un plazo máximo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales para entregar a el inversionista el dictamen correspondiente salvo cuando la reclamación sea de operaciones realizadas en el extranjero en este caso el plazo será hasta de 180 (ciento ochenta) días naturales. Dentro del plazo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales contados a partir de la entrega del dictamen a que se refiere el inciso anterior FUNDARY estará obligada a poner a disposición del inversionista en la UNE el expediente generado con motivo de la solicitud, así como a integrar en éste toda la documentación e información que deba obrar en su poder y que se relacione directamente con la solicitud de aclaración que corresponda. El procedimiento antes descrito es sin perjuicio del derecho del inversionista de acudir ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros o ante la autoridad jurisdiccional correspondiente. Sin embargo, el procedimiento previsto en esta cláusula quedará sin efectos a partir de que el inversionista presente su demanda ante autoridad jurisdiccional o conduzca su reclamación.
27. ENTREGA DEL CONTRATO. El presente contrato y todos sus anexos se encuentran a disposición del inversionista en su cuenta de usuario en xxx.xxxxxxx.xxx, a partir de la fecha de firma del presente contrato, comprendiendo los siguientes documentos:
a) El presente contrato en formato digital número CONTRATO DE COMISIÓN MERCANTIL – ID-</númeroconsecutivoinversionistas/>.
b) Carátula del contrato número CARÁTULA DEL CONTRATO DE COMISIÓN MERCANTIL– ID-</númeroconsecutivoinversionistas/>.
c) Tabla de datos número TABLA DE DATOS DEL CONTRATO DE COMISIÓN MERCANTIL – ID-</númeroconsecutivoinversionistas/>.
d) Relación de anexos del contrato: ANEXOS DEL CONTRATO DE COMISIÓN MERCANTIL – ID-</númeroconsecutivoinversionistas/>.
28. CONDUSEF. En caso de dudas, quejas o reclamaciones, el inversionista podrá acudir a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, con domicilio en Insurgentes Sur 762 (setecientos sesenta y dos), colonia Xxx Xxxxx, alcaldía Xxxxxx Xxxxxx, X. X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, con números de teléfono 00-000-000-0000 y 0000-0000, y correo electrónico xxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx, o consultar la página de internet xxx.xxxxxxxx.xxx.xx.
El inversionista tiene en todo momento el derecho de inscribirse en el Registro Público de Usuarios (REUS) de CONDUSEF, a fin de manifestar su negativa a recibir información publicitaria de productos y servicios financieros vía internet, vía telefónica y/o de forma personal.
29. PREVENCIÓN DE RIESGOS. FUNDARY pone a disposición del INVERSIONISTA en la sección de blog de la página xxx.xxxxxxx.xxx información gratuita para evitar posibles riesgos tecnológicos, cibernéticos y de fraude en los productos y servicios contratados.
30. TÉRMINOS Y CONDICIONES. El INVERSIONISTA acepta que los términos y condiciones de la plataforma xxx.xxxxxxx.xxx son aplicables al presente contrato y se encuentran disponibles en dicha dirección de internet, la cual manifiesta conocer y tener acceso a ella.
31. DATOS DE LA INSTITUCIÓN DE TECNOLOGÍA FINANCIERA. La plataforma de tecnología financiera xxx.xxxxxxx.xxx es operada por FUNDARY, S.A.P.I. DE C.V., con domicilio en Xxxx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000, Xxxx 00, xxxxxxx Xxxxxxx Social, alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, X. X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
32. REFERENCIAS LEGALES. El texto de los artículos citados en el presente documento se inserta como ANEXO al presente contrato.
33. LEYES Y TRIBUNALES. Este contrato se rige de acuerdo con lo dispuesto en las leyes vigentes en los Estados Unidos Mexicanos, y en particular por lo previsto en la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera y sus disposiciones
complementarias y supletorias. Para todo lo relativo a la interpretación, ejecución y cumplimiento de este contrato, las PARTES se someten a la jurisdicción de las leyes y tribunales de la Ciudad de México, renunciando expresamente al fuero que en virtud de su domicilio presente o futuro les pudiera corresponder.
Leído que fue por los comparecientes, lo firman a las </horafirma/> horas con
</minutosfirma/> minutos del día </diafirma/> de </mesfirma/> de </añofirma/>.
FUNDARY, S.A.P.I. DE C.V. Firmado por medio de firma electrónica FUNDARY, S.A.P.I. DE C.V. | REFERENCIA (1) Firmado por medio de firma electrónica INVERSIONISTA |
ANEXO – REFERENCIAS LEGALES.
CLÁUSULA. | Disposiciones de carácter general de la CONDUSEF en materia de transparencia y sanas prácticas aplicables a las instituciones de tecnología financiera. | |
ARTÍCULO. | TEXTO. | |
CLÁUSULA 15. Estados de Cuenta. | Artículo 7. | Artículo 7. Las Instituciones de Tecnología Financiera deben entregar o poner a disposición en la Plataforma junto con el Contrato de Adhesión, una carátula por cada producto contratado. Dicha carátula reunirá los siguientes requisitos: I. Estar contenida en el máximo de una página, en tipografía de al menos 8 puntos, en caso de que el Usuario opte por imprimirlo desde la Plataforma. En adición, la presentación visual de texto y las imágenes de texto de la carátula en la Plataforma debe tener una relación de contraste de, al menos, 7:1. A excepción de los subtítulos y las imágenes de texto, todo el texto debe poder ajustarse sin ayudas técnicas hasta un 200 por ciento sin que se pierdan el contenido o la funcionalidad; II. Ser personalizada a cada Usuario y contener la información actualizada al momento de la contratación. Además, deberá ser congruente con los términos y características previstos en el Contrato de Adhesión; III. Contener las características de la operación, respetando el formato y el orden que se señala en los cuadros correspondientes de los Anexos 1, 2 y 3, sin agregar o eliminar información, o remitir a otro documento excepto cuando lo permita la guía de llenado contenida en el propio Anexo, de tal forma que se permita al Usuario comparar los servicios ofrecidos por diversas Instituciones de Tecnología Financiera, e IV. Incorporar, cuando apliquen, las siguientes leyendas de advertencia respecto a: a. Recursos no garantizados: "Los recursos de los Usuarios en las operaciones realizadas con (nombre de la Institución de Tecnología Financiera) no se encuentran garantizados por ninguna autoridad"; b. Para operaciones de financiamiento colectivo: "Los rendimientos de esta inversión son estimados y no están asegurados"; c. Para operaciones de financiamiento colectivo de capital: "Invertir en empresas de reciente creación implica un alto riesgo, podría perder su inversión totalmente y no recibir rendimiento alguno". d. Para cuentas de fondos de pago electrónico: "Los fondos de pago electrónico no generan rendimientos o beneficios monetarios por los saldos acumulados en los mismos", y e. Para operaciones realizadas con activos virtuales: "El activo virtual no es moneda de curso legal y no está respaldado por el Gobierno Federal, ni por el Banco de México." "El valor del activo virtual está sujeto a volatilidad." "Recuerda que existen riesgos tecnológicos, cibernéticos y de fraude inherentes a los activos virtuales." En productos de crédito, financiamiento, factoraje financiero y arrendamiento, cuando aplique: a. Tasas de interés variable: "Al ser tu crédito de tasa variable, los intereses pueden aumentar"; b. Comisiones que correspondan a penalidades para el Usuario y los supuestos en que son aplicables: "Incumplir tus obligaciones te puede generar comisiones e intereses moratorios"; c. Exceder la capacidad de pago: "Contratar créditos que excedan tu capacidad de pago afecta tu historial crediticio"; d. Avalista, obligado solidario o coacreditado: "El avalista, obligado solidario o coacreditado responderá como obligado principal por el total del pago frente a la Institución de Financiamiento Colectivo", y e. Crédito en moneda extranjera, UDI u otras variables: "Los montos a pagar de este crédito varían conforme al comportamiento de la moneda o índice de referencia en que se encuentra". |
CLÁUSULA 15. Estados de Cuenta. | Artículo 39. | Artículo 39. Los Estados de Cuenta y/o los Estados de Operación, deben contener, por lo menos: I. La denominación social de la Instituciones de Tecnología Financiera, así como el domicilio, número telefónico, su logotipo y su página de Internet; II. El nombre del Usuario, así como el número de cuenta o contrato de que se trate; III. El periodo a que corresponda, el cual deberá coincidir con la periodicidad de emisión pactada en el contrato específico; IV. Los movimientos de cargo o abono efectuados en el periodo correspondiente y su descripción, incluyendo: a. Monto y fecha de la operación; b. Moneda en que se denomine la operación y, en su caso, el tipo de cambio que corresponda, y c. Descripción o concepto de la operación. V. Las Comisiones cobradas, el monto, los conceptos que las generan, su fecha y moneda en que se originaron; VI. Un recuadro con el monto total de las Comisiones cobradas; VII. Los cargos objetados por el Usuario en el Estado de Cuenta y/o Estado de Operación siguiente al periodo en que se efectuó la objeción, deberán incluir el número de folio o reporte de aclaración; VIII. Un aviso que indique: "(nombre de la Institución de Tecnología Financiera) recibe las consultas, reclamaciones o aclaraciones, en su Unidad Especializada de Atención a Usuarios, a través de la Plataforma (señalar nombre de la plataforma) y por correo electrónico (dirección) o teléfono (número). En el caso de no obtener una respuesta satisfactoria, podrá acudir a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (página electrónica y número telefónico)"; IX. Los impuestos retenidos, así como la información necesaria que establezcan las disposiciones fiscales aplicables, y X. Las leyendas a que se refiere el artículo 7, fracción IV de las presentes Disposiciones que resulten aplicables conforme a la operación celebrada. |
CLÁUSULA 16. Estados de Operación. | Artículo 42. | Artículo 42. Los Estados de Operación que las Instituciones de Financiamiento Colectivo entreguen a los inversionistas, además de lo previsto en el artículo 39 de las presentes Disposiciones, deben incluir: I. El saldo inicial y el del final del periodo del total de las inversiones realizadas, así como los saldos inicial y final de cada proyecto invertido; II. El monto total invertido y el saldo disponible para retiro a la fecha final del periodo; III. La siguiente indicación "Los recursos de los Usuarios en las operaciones realizadas con (nombre de la Institución de Tecnología Financiera) no se encuentran garantizados por ninguna autoridad"; IV. Un recuadro, que indique lo siguiente: a. El comportamiento de pago de cada solicitante, señalando si se encuentran al corriente en el pago de sus obligaciones o en xxxx; b. En caso de alguno de los solicitantes se encuentre en xxxx, deberán señalar el número de días del atraso en el pago, y c. En caso de que se realicen acciones de cobranza deberán indicar el estatus en que se encuentre la misma. V. La información acerca del comportamiento de pago de cada solicitante, de su desempeño y cualquier otra que sea relevante para los inversionistas; VI. En caso de Estados de Operación de financiamiento colectivos de deuda, para cada uno de los proyectos en que se invirtió deberá señalar: a. El monto y la fecha en que se realizó la inversión; b. Moneda en que se denomina la inversión y, en su caso, el tipo de cambio que corresponda; c. Datos de identificación del proyecto donde se invirtió, tales como el número o nombre; d. La tasa aplicable en el periodo expresada en términos anuales simples y en porcentaje, así como el monto de los intereses o rendimiento obtenidos, y |
e. El plazo para el vencimiento de la inversión realizada por el Usuario. En caso de que se presente un atraso en el pago de los rendimientos de la inversión realizada deberá señalarse la razón del atraso, así como las acciones de cobranza realizadas por la Institución de Tecnología Financiera. Además, en caso de que exista recuperación del monto invertido deberá señalarse el monto recuperado y el monto de las Comisiones cobradas por dichas gestiones de cobro; VII. En caso de Estados de Operación de financiamiento colectivos de capital, para cada uno de los proyectos en que se invirtió deberá señalar: a. El monto y la fecha en que se realizó la inversión; b. Moneda en que se denomine la inversión y, en su caso, el tipo de cambio que corresponda; c. Datos de identificación del proyecto donde se invirtió, tales como el número o nombre; d. Gráficas que permitan evaluar la rentabilidad de la empresa, y e. Así como, en su caso, la información relativa a cambios en la situación financiera de la empresa que sean relevantes. En caso de que el proyecto aún no sea una persona moral constituida deberán informar los trámites que se han llevado a cabo. |
CARÁTULA DEL CONTRATO DE COMISIÓN MERCANTIL– ID-</númeroconsecutivoinversionistas/>.
CARÁTULA | ||
Nombre comercial del Producto: Financiamiento Colectivo Fundary. Tipo de operación: Comisión mercantil. | ||
IDENTIFICACIÓN DE LA PLATAFORMA | MEDIOS DE DEPÓSITO | MEDIOS DE DISPOSICIÓN |
Transferencias electrónicas | Transferencias electrónicas | |
COMISIONES RELEVANTES | ||
Apertura: NA Administración: 33.3% (TREINTA Y TRES PUNTO TRES POR CIENTO) SOBRE LOS RENDIMIENTOS GENERADOS. | Reclamación improcedente: NA Gestiones de cobranza: 20% DEL MONTO RECUPERADO EN COBRANZA JUDICIAL O EXTRAJUDICIAL. | |
ADVERTENCIAS: Los recursos de los Usuarios en las operaciones realizadas con FUNDARY, S.A.P.I. DE C.V. no se encuentran garantizados por ninguna autoridad. Los rendimientos de esta inversión son estimados y no están asegurados. | ||
SEGUROS Y SERVICIOS ADICIONALES | ||
Seguro: NA (opcional u obligatorio) Servicio adicional: NA | Aseguradora: NA Prestado por: NA | Cláusula: NA Cláusula: NA |
ESTADO DE OPERACIÓN Periodicidad: Mensual Fecha xx xxxxx: Los días 20 de cada mes. Disponible: Correo electrónico Plataforma X Página de internet | ||
Aclaraciones y reclamaciones: Unidad Especializada de Atención a Usuarios: Unidad Especializada de Atención a Clientes FUNDARY (UNE FUNDARY) Xxxx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000, Xxxx 00, xxxxxxx Xxxxxxx Social, alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, X. X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx Teléfono: (x00) 00-00-00-00-00 Página de internet: xxx.xxxxxxx.xxx Plataforma: xxx.xxxxxxx.xxx Correo: xxxx@xxxxxxx.xxx | ||
Registro de Contratos de Adhesión Núm.: NA | ||
</denominaciónsocialinversionista/> Firmado por medio de firma electrónica INVERSIONISTA |
TABLA DE DATOS DEL CONTRATO DE COMISIÓN MERCANTIL – ID-</númeroconsecutivoinversionistas/>.
TABLA DE DATOS DEL CONTRATO DE COMISIÓN MERCANTIL | ||
ETIQUETA | REFERENCIA | VALOR |
Denominación inversionista | REFERENCIA (1): | </denominaciónsocialinversionista/> |
Representante inversionista | REFERENCIA (2): | </nombrerepresentantedelinversionista/> </apellidopaternorepresentanteinversionista/> </apellidomaternorepresentanteinversionista/> |
Apoderado Fundary | REFERENCIA (3): | Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx |
Número de CLABE interbancaria del inversionista | REFERENCIA (4): | </clabedelinversionista/> |
Domicilio del inversionista | REFERENCIA (5): | </domiciliodelinversionista/> |
Correo electrónico del inversionista | REFERENCIA (6): | </correodelinversionista/> |
ANEXOS DEL CONTRATO DE COMISIÓN MERCANTIL – ID-</númeroconsecutivoinversionistas/>.
ANEXOS DEL CONTRATO DE COMISIÓN MERCANTIL | |
ACTA CONSTITUTIVA | SÍ |
PODER | SÍ |
IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL: | SÍ |
ANEXOS DEL CONTRATO DE COMISIÓN MERCANTIL | |
El compareciente manifiesta que los documentos relacionados en el presente anexo son verídicos y forman parte integrante del presente contrato. | |
</denominaciónsocialinversionista/> Firmado por medio de firma electrónica INVERSIONISTA |