Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y DE PRESCRIPCIONES FINANCIERAS QUE HA DE REGIR LA CONTRATACION DE UNA OPERACIÓN XX XXXXXXXX A LARGO PLAZO, DENTRO DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL AÑO 2017, PARA LA SUSTITUCIÓN O REFINANCIACIÓN TOTAL DE LOS PRESTAMOS, ACTUALMENTE CONCERTADOS Y EN VIGOR, DE LA DIPUTACIÓN XX XXXXXX QUE INCUMPLEN EL PRINCIPIO DE PRUDENCIA FINANCIERA, POR UN IMPORTE MAXIMO DE 23.213.316,00 EUROS.
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
Constituye el objeto del presente contrato la concertación de una operación xx xxxxxxxx por importe máximo de 23.213.316,00 euros con objeto de cancelar totalmente los contratos xx xxxxxxxx preexistentes y en vigor suscritos en su día, que se relacionan en el apartado III.B Tercero del informe de la Intervención General de fecha 9 xx xxxx de 2017, que consta en el expediente incoado para esta contratación y que, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 bis del R.D.L. 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, incumplen el principio de prudencia financiera.
Fecha de emisión de la firma:23/05/2017
Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:afzsc7vctMrpMf4Pz/j6 CN=XXXXX XXXXXXXX XXXXX OU=AREA DE ECONOMIA Y HACIENDA
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Constituye, por tanto, el objeto del contrato, de acuerdo con la habilitación legal contenida en el artículo 49 del R.D.L. 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la sustitución total para su refinanciación de los contratos xx xxxxxxxx vigentes suscritos por la Diputación Provincial xx Xxxxxx con las entidades financieras, números xx xxxxxxxx, importes y otras condiciones que se indican a continuación:
Nº Lote | Entidad financiera prestamista Préstamo a cancelar | Vencimiento liquidación intereses y amortización | Nº xx Xxxxxxxx a cancelar | Fecha final del plazo de amortización | Capital Vivo pendiente de amortizar a 01.07.2017 |
1 | BBVA 2009 | Trimestral | 9546137904 | 15/11/2022 | 2.207.320,00 |
2 | BANCO POPULAR 2010 | Semestral | 0430000166 | 30/06/2023 | 6.007.504,00 |
3 | BANKIA 2010 | Trimestral | 012-209.891/81 | 30/06/2023 | 6.199.142,00 |
4 | BBVA 2011 | Semestral | 9546624125 | 30/06/2024 | 3.935.076,00 |
5 | CAJA RURAL 2012 | Trimestral | 2577391259 | 31/03/2025 | 4.864.274,00 |
TOTAL CAPITAL VIVO PENDIENTE DE AMORTIZACIÓN | 23.213.316,00 |
El importe xxx xxxxxxxx se adjudicará en cinco lotes por cuantía igual a cada una de las operaciones xx xxxxxxxx vivas, indicadas con anterioridad, que se pretenden sustituir por otras de igual importe, cuyas condiciones financieras, individuamente consideradas, cumplan el principio de prudencia financiera, admitiéndose oferta de un mismo licitador, por lotes individualizados, a una, a varias o a todas las operaciones xx xxxxxxxx a sustituir.
2.- CONDICIONES FINANCIERAS.
2.1. Las condiciones financieras de las operaciones son las siguientes:
• Tipo de operación: Préstamo a largo plazo.
• Finalidad: Sustitución/Refinanciación total de operaciones preexistentes.
• Importe máximo: 23.213.316,00 euros, distribuidos en cinco lotes de los préstamos a sustituir. En todo caso, el importe por el que se formalizará la operación será por el importe vivo de cada uno de los cinco préstamos a sustituir totalmente a la fecha de formalización prevista, si éste importe fuese inferior al señalado.
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• Tipo de interés: Referenciado al Euribor plazo + Margen diferencial. En tanto por cien y sin redondeo.
• Periodo de carencia: No se prevé.
• Plazo de amortización: Plazos de vencimiento en cada caso pactados de los préstamos a sustituir.
• Periodo de liquidación de intereses y amortización: trimestral o semestral, cuotas constantes (sistema francés) comprensivas de amortización e intereses. En las operaciones de endeudamiento a tipo de interés variable el plazo del Euribor de referencia deberá coincidir con el periodo de liquidación de intereses y amortización.
• Revisión tipo de interés: Trimestral o semestral (Periodo natural, coincidente con periodo de liquidación de intereses).
• Coste financiero por amortización anticipada: La operación se concertará con la flexibilidad necesaria para poder efectuar cancelaciones anticipadas, total o parcialmente y sin que ello suponga el pago de comisión o coste alguno por tal concepto, si la Diputación así lo acuerda y su situación económica de la lo permite, con el fin de dar cumplimiento al artículo 32 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
• Comisiones: De acuerdo con lo establecido en el Anexo 3, apartados 6ª) y b) de la Resolución de 16 de septiembre de 2016 de la Secretaría General xxx Xxxxxx y Política Financiera, no se admitirán comisiones de apertura, estudio, amortización anticipada, amortizaciones parciales ni en general comisiones o gastos de cualquier otro tipo.
• Interés de demora máximo: tipo de interés de la operación más un recargo del 2% anual.
• Garantía: Sin garantía alguna.
2.2. COSTE TOTAL MÁXIMO, PRECIO DEL CONTRATO Y VENCIMIENTOS.
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a) La Diputación xx Xxxxxx, cumple las condiciones de elegibilidad al Fondo de Impulso Económico, reguladas en el artículo 50 del Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter económico, en términos de consolidación presupuestaria y con referencia a la información económico-financiera y presupuestaria remitida al MINHAP a 31 xx xxxxx de 2017.
La operación xx xxxxxxxx devengará intereses según los tipos que para cada caso haya ofertado el licitador en su proposición económica. Los tipos de interés ofertados serán de carácter variable, referenciados al EURIBOR a plazo del día anterior al de formalización de la operación xx xxxxxxxx, por cada uno de los lotes y revisable/s trimestral o semestralmente.
b) La entidad adjudicataria no tendrá derecho a ninguna comisión de apertura, no disponibilidad o por cualquier otro concepto y, además, correrán a su cargo los gastos derivados de este contrato.
c) Todas las comisiones y otros gastos deberán de quedar incluidas en el Coste Total Máximo de la operación y por cada uno de los lotes.
Para calcular el Coste de Financiación del Estado se tendrá en cuenta el procedimiento establecido en el ANEXO 1 de la Resolución de la Secretaría General xxx Xxxxxx de 16 de septiembre de 2016.
d) Cálculo de la vida media de la operación y el Coste Total Máximo: Al tratarse de cinco préstamos a sustituir con importes y plazos de amortización diferentes, de acuerdo con el Principio de Prudencia Financiera y teniendo en cuenta las condiciones de esta operación, la Vida Media y el Coste Total Máximo de la operación se detalla para cada uno de las cinco operaciones o lotes en los Anexos II, III, IV, V y VI al presente Pliego.
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Para proceder al cálculo de la VIDA MEDIA y el COSTE TOTAL MÁXIMO de cada operación, en primer lugar se ha determinado el DIFERENCIAL APLICABLE correspondiente, que viene establecido por las condiciones de elegibilidad al Fondo de Impulso Económico.
En segundo lugar, se ha obtenido la VIDA MEDIA de cada operación. Y una vez conocida ésta, se ha podido determinar el COSTE de FINANCIACIÓN DEL ESTADO.
El coste de financiación del Estado será el tipo de interés fijo, en función del plazo de vida media de la operación, en meses. Así, a la vista de la última actualización de la tabla del Anexo I de la Resolución de 16 de septiembre de 2016, publicada en el BOE de fecha 6 xx xxxxx de 2017, ha sido obtenido el coste de financiación del Estado.
El coste total máximo de la operación se obtiene como resultado de agregarse el diferencial aplicable en función del tipo de operación, al coste de financiación del Estado a la vida media de la operación.
A efectos prácticos y con el objetivo de comprobar si la operación cumple con el principio de prudencia financiera, se deberá comparar el COSTE TOTAL MÁXIMO con la TAE de la operación, de manera que el COSTE FINANCIERO EFECTIVO DE LA OPERACIÓN, interés, gastos y comisiones aplicables (excluidas la comisión de no disponibilidad y comisión de agencia), debe ser menor o igual que el COSTE TOTAL MÁXIMO permitido:
TAE CMT
No pudiendo la TAE superar el COSTE TOTAL MÁXIMO
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El cumplimiento de la condición de coste máximo se considerará en el momento de apertura del proceso de licitación. Por lo que el coste máximo indicado en las cláusulas xxx xxxxxx no sufrirá modificación durante el proceso de licitación.
Por lo que a fecha de aprobación xxx xxxxxx, el COSTE TOTAL MÁXIMO DE LA OPERACIÓN o VALOR TAE de las cinco operaciones queda fijado en los valores que se detallan en los Anexos II, III, IV, V, y VI al presente Pliego.
Los intereses de demora no podrán superar el tipo de interés de la operación más un recargo máximo del 2%, tal y como establece la Resolución de la Secretaría general xxx Xxxxxx de 16 de septiembre de 2016.
3.- NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO.
3.1. De conformidad con la Directiva 2014/24/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y lo dispuesto por el artículo 52.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL), teniendo en cuenta la finalidad del crédito, este contrato queda excluido del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y le será de aplicación en todo caso el artículo 4.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).
La legislación mercantil o civil sobre préstamos sólo regirá en cuanto a los efectos y extinción del contrato.
3.2. Regirán en el contrato también aquellas determinaciones o condiciones que el adjudicatario haya incluido en su oferta, siempre y cuando no se opongan a los Pliegos de Condiciones o de Prescripciones ni a la normativa aplicable, en especial al cumplimiento del principio de prudencia financiera.
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4.- ÓRGANO COMPETENTE.
El órgano competente para esta contratación será el Pleno de la Diputación xx Xxxxxx, a tenor de lo establecido en el artículo 33.2k) de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 52.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
5.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA.
El pago de la amortización de capital y de los intereses derivados de esta operación se efectuará con cargo a las Aplicaciones Presupuestarias correspondientes del Programa 0111 (Servicio de la Deuda) del Presupuesto General de la Diputación xx Xxxxxx del ejercicio 2017 y posteriores, hasta la amortización total de cada uno de los préstamos a concertar, comprometiéndose el Pleno de la Diputación a consignar los créditos suficientes para el pago de la amortización y de los intereses que pudieran derivarse del presente contrato, consignándose para el actual ejercicio 2017 estas cantidades en 14.259,00 euros para intereses y 1.806.139,00 euros para amortización del capital.
6.- PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.
6.1. Debido a la naturaleza del contrato, a la indeterminación inicial de elementos esenciales, esta contratación se efectuará por procedimiento negociado sin publicidad de acuerdo con los artículos 170, 174 y 177 del TRLCSP.
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6.2. De conformidad con dicho procedimiento, para la formalización de este contrato se invitará, como mínimo, a todas aquellas entidades financieras colaboradoras con la Tesorería de la Diputación xx Xxxxxx, al objeto de que presenten oferta, en sobre cerrado, en el PLAZO MÁXIMO ESTABLECIDO EN LA INVITACIÓN CURSADA A LAS ENTIDADES FINANCIERAS.
6.3. Durante el plazo de presentación de ofertas, los interesados podrán examinar este Pliego en los Servicios Económicos de la Diputación xx Xxxxxx, sita en Plaza de la Merced nº 4, en horas de apertura de la oficina al público, así como en el Perfil de Contratante a través de la dirección xxx.xxxxxxxxxx.xx.
7.- CRITERIOS DE ADJUDICACION.
La adjudicación a favor de cualquiera de las entidades financieras participantes vendrá determinada, en cada caso y para cada lote, por el margen diferencial más favorable para la Diputación, siempre que éste sea inferior al diferencial pactado en cada uno de los préstamos a sustituir actualmente en vigor y, en todo caso, se encuentre por debajo del Coste Máximo de la Operación para cada uno de los préstamos a sustituir y que se determinan en los Anexos II, III, IV, V y VI a este Pliego.
En consecuencia, el margen diferencial ofertado por cada uno de los lotes, que cumplan los requisitos expresados, será el único criterio a considerar, entendiéndose que la oferta económicamente más ventajosa para la Diputación será aquella que, en cada caso y para cada lote, incorpore el margen diferencial más bajo.
En ningún caso se aceptarán y, en consecuencia, serán objeto de rechazo, las ofertas que contengan algún tipo de comisión de mantenimiento, estudio, no disponibilidad, cancelación o reembolso anticipado.
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Los lotes individualizados en que se fracciona la operación xx xxxxxxxx objeto de licitación, serán objeto de adjudicación a aquellos licitadores que, en cada caso y para cada lote, oferten el margen diferencial más bajo.
En el supuesto de que se produjera empate entre varias ofertas respecto de un mismo lote, éste se resolverá por sorteo.
8.- GARANTIAS.
Teniendo en cuenta la naturaleza del contrato, en la que el contratista asume una posición de acreedor y la presunción de solvencia de las entidades de crédito, y de conformidad con la autorización de los artículos 95 y 103 del TRLCSP, se dispensa a los ofertantes y al contratista de la obligación de constituir garantías provisionales y definitivas.
9.- OTRAS CONDICIONES.
El acuerdo de adjudicación y la formalización del contrato quedarán condicionado/s a la aprobación por el Pleno de la Diputación Provincial del expediente número 19 de Modificación, por créditos extraordinarios, del Presupuesto General para el año 2017 de la misma, actualmente en tramitación.
En el supuesto de que no fuera aprobada definitivamente la mencionada modificación presupuestaria, ni la/s entidad/es adjudicataria/s ni el resto de licitadores tendrán derecho alguno a la percepción de indemnizaciones económicas en concepto de gastos de estudio de la/s operación/es o cualquier otro.
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10.- DISPOSICION DE FONDOS.
Formalizada la operación xx xxxxxxxx, el ingreso xxx xxxxxxxx se realizara en una cuenta/s específica/s abierta/s al efecto en la/s entidad/es adjudicataria/s, que no supondrá gasto alguno para la Diputación, y desde donde se procederá a realizar la oportuna transferencia interbancaria para cancelar, en la cuantía xxx xxxxxxxx recibido, el préstamo formalizado en su día y que se sustituye.
11.- REVISIÓN Y COMUNICACIÓN DE LOS TIPOS DE INTERES Y DE LOS VENCIMIENTOS.
La entidad prestamista, a la formalización de la operación aportará el/los cuadro/s de amortización del/los préstamo/s.
Para cada periodo de liquidación, la entidad prestamista revisara el tipo de interés aplicable, cuyo Euribor a plazo referencial coincidirá con el último publicado por el Banco Central Europeo (xxx.xxxxxxx.xxx) anterior al de inicio de dicho periodo de liquidación y comunicara a la Diputación tales revisiones del tipo de interés en el plazo de cinco días siguientes al del comienzo del devengo del mismo.
Se entiende por XXXXXXX, a estos efectos, la media de los tipos de interés diarios a los que se han cruzado operaciones a plazo de un trimestre/semestre, durante los días hábiles del mes inmediato anterior a aquel en que tengan lugar las revisiones estipuladas, publicados por el Banco Central Europeo (xxx.xxxxxxx.xxx)
Asimismo, se comunicará con una antelación mínima xx xxxx días los vencimientos de interés y amortización que se produzcan, así como sus importes.
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12.- DOCUMENTACIÓN PARA LICITAR
Dentro del plazo señalado de conformidad con la cláusula 6.2, los licitadores presentarán en sobre cerrado (A) bajo el epígrafe “OFERTA QUE PRESENTA PARA OPTAR A LA LICITACIÓN
CONVOCADA POR LA DIPUTACION PROVINCIAL XX XXXXXX PARA LA CONTRATACIÓN DE UNA OPERACIÓN XX XXXXXXXX A LARGO PLAZO, DENTRO DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL AÑO 2017, CON DESTINO A SUSTITUIR TOTALMENTE OTROS PRESTAMOS
PREEXISTENTES” la proposición económica según el modelo establecido en el Anexo I al presente Xxxxxx, así como un proyecto de contrato xx xxxxxxxx, en todo caso, ajustado al modelo que se une al presente Xxxxxx y dentro del mismo Anexo I.
Junto con esta proposición, pero en sobre separado (B), bajo el epígrafe “OFERTA QUE PRESENTA ……….. PARA OPTAR A LA LICITACIÓN CONVOCADA POR LA DIPUTACION PROVINCIAL XX XXXXXX PARA LA CONTRATACIÓN DE UNA OPERACIÓN XX XXXXXXXX A LARGO PLAZO, DENTRO DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL AÑO 2017, CON DESTINO A SUSTITUIR TOTALMENTE OTROS PRESTAMOS PREEXISTENTES” deberán presentar la
siguiente documentación:
a) Fotocopia compulsada o testimonio notarial del Documento Nacional de Identidad de la persona o personas que firmen la proposición. Si el ofertante fuera extranjero podrá suplirse el DNI por el pasaporte y otro documento oficial de identificación.
b) Poder notarial otorgado a favor del firmante o firmantes de la proposición. Este poder deberá ser bastanteado por la Secretaría de la Corporación; si el poder que figura en el sobre no está bastanteado se efectuará el bastanteo con posterioridad a la apertura del sobre.
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c) Certificación de estar inscritos en el Registros de Entidades de Crédito del Banco de España.
d) Para las empresas españolas o que operen en España, certificación de estar al corriente de sus obligaciones tributarias (Administración estatal, Autonómica y Local).
e) Para las empresas españolas o que operen en España, certificación de estar al corriente del pago de las cuotas de la Seguridad Social.
f) Por lo que respecta a empresas extranjeras, deberá cumplirse la normativa española específica en esta materia y obtenerse, en su caso, las correspondientes autorizaciones.
13.- MESA DE CONTRATACIÓN.
La Mesa de contratación estará integrada por el Vicepresidente Delegado del Área de Transparencia, Hacienda y Buen Gobierno, quien actuará como Presidente de la Mesa y por el Director del Área. Servicio de Contratación, el Interventor, el Tesorero y el Secretario de la Diputación, que actuarán como vocales. Un funcionario del Área de Contratación actuará como Secretario de la Mesa.
No obstante, la Mesa de Contratación será potestativa para el órgano de contratación, de conformidad con lo establecido en el art. 320 del TRLCSP.
14.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION.
El órgano competente para esta contratación será el Pleno de la Corporación, a tenor de lo establecido en el artículo 52.2 del XXXXXX
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La Diputación xx Xxxxxx remitirá invitación para participar a las entidades financieras que colaboran con su Tesorería así como a aquellas otras que se considere conveniente.
Las ofertas se presentaran en sobre cerrado en el Registro de la Diputación antes de las catorce horas del día establecido en la invitación cursada a las Entidades bancarias.
Durante el plazo de presentación, los licitadores podrán examinar el expediente en el Departamento de Intervención de la Diputación xx Xxxxxx.
Dentro del plazo señalado, los licitadores presentaran en sobre cerrado la proposición económica y un proyecto de contrato xx xxxxxxxx según modelo adjunto (Anexo I) al presente Xxxxxx. El proyecto xx xxxxxxxx deberá acomodarse, en todo caso, a lo establecido en el presente Xxxxxx, entendiéndose como no puesto lo que no se adecue al mismo.
La Mesa de contratación, una vez constituida, examinara y calificara los documentos aportados. Por la Intervención y Tesorería de la Diputación se emitirá informe valorando las propuestas presentadas. Con posterioridad, la Mesa de contratación a la vista de dicho informe formulará al Pleno Corporativo propuesta de clasificación y adjudicación del contrato. Esta propuesta y el informe podrán ser simultáneos cuando de las ofertas presentadas se deduzca claramente la más ventajosa.
De no aceptarse en Pleno Corporativo la propuesta de la Mesa de contratación, deberá motivarse el acuerdo que, en su caso, se adopte.
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Aprobada la adjudicación por Pleno de la Diputación, la operación se formalizara en el correspondiente contrato administrativo, de conformidad con el modelo incorporado como Anexo I, formando parte integrante del presente Pliego.
Tanto la entidad prestamista como la Diputación xx Xxxxxx aceptan que el contrato se formalice con la intervención del Secretario de la Corporación a los solos efectos de que dicho funcionario compruebe cuantas cuestiones considere necesario en relación con los documentos que figuren en el expediente administrativo y sin que tal intervención equivalga al otorgamiento de fe pública mercantil con relación al contrato suscrito.
No obstante lo anterior, en caso de ser necesario o solicitarse por la entidad su formalización en documento público, los gastos de otorgamiento serán por cuenta del que interese dicha formalización.
Cuando por causas imputables al contratista no pudiese formalizarse el contrato dentro de los treinta días contados desde el siguiente al de la notificación del requerimiento en tal sentido, la Administración podrá acordar la resolución del contrato y exigir la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados. Si las causas de la no formalización fueran imputables a la Administración se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios causados, con independencia de que pueda solicitar la resolución del contrato.
No se podrá iniciar la ejecución del contrato sin la previa formalización del mismo.
Toledo, 18 xx xxxx de 2017 EL TESORERO GENERAL,
Fdo.: Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx.
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ANEXO I
PROPOSICION ECONOMICA PARA CONCERTAR UNA OPERACIÓN XX XXXXXXXX A LARGO PLAZO POR IMPORTE MAXIMO DE EUROS, TENIENDO COMO FINALIDAD
LA AMORTIZACION TOTAL Y ANTICIPADA DEL/LOS PRÉSTAMO/S FORMALIZADO/S POR
LA DIPUTACIÓN XX XXXXXX CON LA/S SIGUIENTE/S ENTIDAD/ES FINANCIERA/S.
DON CON DNI Y DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES
EN Nº CP
LOCALIDAD PROVINCIA DE TELEFONO
EMAIL , ACTUANDO EN REPRESENTACION DE
CON CIF
HACE CONSTAR QUE,
Recibida invitación de la Diputación Provincial xx Xxxxxx por el que se solicita oferta para concertar una operación xx xxxxxxxx a largo plazo por importe máximo de (se indicará el
importe sumatorio de los lotes a los que se oferta)............. euros, con el fin de cancelar total y
anticipadamente el contrato xx xxxxxxxx numero (se indicará el/los número/s xx xxxxxxxx a los
que se oferta) , suscrito en su día por la Diputación xx Xxxxxx con la entidad financiera
.......... (se indicará la/s entidad/es financiera/s titular/es del/los préstamo/s al/los que se oferta) , declaro
con intención de obligar a la entidad representada, que:
1. Ni el firmante ni la Entidad representada están incursos en ninguna de las prohibiciones ni incapacidades para contratar con las Administraciones Publicas.
Fecha de emisión de la firma:23/05/2017
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El documento consta de un total de:17 página/s. Página 8 de 17.
2. Que acepta expresamente el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones financieras para la concertación de una operación xx xxxxxxxx a largo plazo por importe máximo de ........ (se indicará el importe sumatorio de los lotes a los que se oferta) euros,
aprobado por el Pleno de la Diputación xx Xxxxxx. En todo caso, el importe por el que se formalizará la operación será por el importe vivo del/los préstamo/s preexistente/s a sustituir a la fecha de formalización prevista, si éste fuese inferior.
3. Que acompaña en sobre separado la documentación exigida por el Pliego de Xxxxxxxxx Administrativas Particulares y de Prescripciones financieras, entre la que figura el poder otorgado a su favor por la citada Entidad representada, poder que declara se encuentra vigente por no haber sido revocado ni haberse expedido otro con posterioridad.
5. Que el margen diferencial y el tipo de interés de demora que se ofertan, en cada caso, por esta entidad financiera, aplicables sobre el EURIBOR a plazo correspondiente, en tanto por ciento y sin redondeo, es/son el/los siguiente/s:
Lote Nº | Préstamo a cancelar Entidad financiera prestamista | Nº xx Xxxxxxxx a cancelar | Fecha final del plazo de amortización | Capital Vivo pendiente de amortización | Revisión y Liquidación intereses y amortización EURIBOR plazo | Margen diferencial (%) sin redondeo | Tipo Interés demora (%) |
1 | BBVA 2009 | 9546137904 | 15/11/2022 | 2.207.320,00 | Trimestral | ||
2 | BANCO POPULAR 2010 | 0430000166 | 30/06/2023 | 6.007.504,00 | Xxxxxxxxx | ||
0 | XXXXXX 0000 | 012-209.891/81 | 30/06/2023 | 6.199.142,00 | Trimestral | ||
4 | BBVA 2011 | 9546624125 | 30/06/2024 | 3.935.076,00 | Xxxxxxxxx | ||
0 | XXXX XXXXX 0000 | 2577391259 | 31/03/2025 | 4.864.274,00 | Trimestral | ||
IMPORTE MÁXIMO OPERACIÓN XX XXXXXXXX OFERTADO (∑Lotes) |
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4. El plazo de amortización será coincidente con la duración que resta xxx xxxxxxxx a cancelar, establecido en cada caso.
Xxxxx, fecha y firma del representante/s de la Entidad licitadora.
“”MODELO DE FORMALIZACIÓN DE CONTRATO ENTRE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXXX Y LA ENTIDAD FINANCIERA............................................ PARA EL CONCIERTO DE UNA OPERACIÓN XX XXXXXXXX A LARGO PLAZO POR IMPORTE MÁXIMO DE EUROS
( €), CON DESTINO A LA AMORTIZACION TOTAL Y ANTICIPADA DEL/LOS PRÉSTAMO/S
FORMALIZADO/S POR LA DIPUTACIÓN XX XXXXXX CON LA ENTIDAD FINANCIERA (se
indicará la/s entidad/es financiera/s titular/es del/los préstamo/s al/los que se oferta)………..
En Toledo, a de
REUNIDOS
De una parte, X. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX como Presidente y en nombre y representación de la Diputación Provincial xx Xxxxxx, (en adelante Diputación) domiciliado en Toledo, Xxxxx xx xx Xxxxxx, 0 y con C.I.F. P4500000G, asistido de X. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Secretario General de la Diputación, que actúa como fedatario.
Fecha de emisión de la firma:23/05/2017
Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:afzsc7vctMrpMf4Pz/j6 CN=XXXXX XXXXXXXX XXXXX OU=AREA DE ECONOMIA Y HACIENDA
El documento consta de un total de:17 página/s. Página 9 de 17.
Y de otra xxxxxxxxx, como xxxxxxxx y en representación de xxxxxx , domiciliada en xxxxxxx con C.I.F. xxxxx, (en adelante xxxx) quienes intervienen en razón de sus cargos, en nombre y representación de las Instituciones citadas, y reconociéndose mutuamente capacidad legal para otorgar el presente contrato xx xxxxxxxx; a tal efecto,
CONVIENEN
En formalizar por medio de este documento, en virtud de acuerdo Pleno de la Diputación xx Xxxxxx, de fecha xxxx de xxxxxx 2017, en que se aprobó la adjudicación del contrato xx xxxxxxxx a favor de xxxxxxxx y según oferta de condiciones de fecha xxxxx de 2017 y sobre la base de los expedientes tramitados por las citadas partes, el presente contrato xx xxxxxxxx, constituido por los siguientes Lotes y que se regirá por las Condiciones financieras y Cláusulas siguientes:
CONDICIONES FINANCIERAS
(*) Nº LOTE | Préstamo a cancelar Entidad financiera prestamista | Nº xx Xxxxxxxx a cancelar | Fecha final del plazo de amortización | Capital Vivo pendiente de amortización | Revisión y Liquidación intereses y amortización EURIBOR plazo | Margen diferencial (%) sin redondeo | Tipo Interés demora (%) |
1 | BBVA 2009 | 9546137904 | 15/11/2022 | 2.207.320,00 | Trimestral | ||
2 | BANCO POPULAR 2010 | 0430000166 | 30/06/2023 | 6.007.504,00 | Xxxxxxxxx | ||
0 | XXXXXX 0000 | 012-209.891/81 | 30/06/2023 | 6.199.142,00 | Trimestral | ||
4 | BBVA 2011 | 9546624125 | 30/06/2024 | 3.935.076,00 | Xxxxxxxxx | ||
0 | XXXX XXXXX 0000 | 2577391259 | 31/03/2025 | 4.864.274,00 | Trimestral | ||
IMPORTE MÁXIMO OPERACIÓN XX XXXXXXXX OFERTADO (∑Lotes) |
(*) Excluir los lotes que NO sean objeto de adjudicación.
El préstamo a concertar, compuesto e integrado por cada uno de los lotes indicados con anterioridad, se regirá por las Condiciones financieras particulares ofertadas y Cláusulas siguientes:
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CLAUSULAS
PRIMERA.- El préstamo convenido constituye una Operación de Crédito y tiene como finalidad la sustitución y cancelación total del/los préstamo/s nº (se indicará el/los número/s xx xxxxxxxx
a cancelar).........que la Diputación xx Xxxxxx tiene concertado con la entidad financiera (se indicará
la/s entidad/es financiera/s titular/es del/los préstamo/s a cancelar)............
SEGUNDA.- La operación xx xxxxxxxx que en el presente contrato se documenta tiene un límite máximo de …………………….. EUROS, ( €).
TERCERA.- El importe de las cantidades dispuestas por el Prestatario devengará el tipo de interés nominal anual indicado en las Condiciones Particulares.
El tipo de interés variable aplicable, se determinará conforme a las siguientes reglas: 1.- Tipo de interés nominal anual
Será el resultante de la adición del EURIBOR trimestral/semestral más el margen diferencial.
a) Se entiende por XXXXXXX, a los efectos del presente contrato, la media de los tipos de interés diarios a los que se han cruzado operaciones a plazo de un trimestre/semestre, durante los días hábiles del mes inmediato anterior a aquel en que tengan lugar las revisiones estipuladas, publicados por el Banco Central Europeo (xxx.xxxxxxx.xxx).
b) El margen, en su caso, será el fijado en las Condiciones Particulares.
Fecha de emisión de la firma:23/05/2017
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c) En ningún caso se practicará redondeo al resultado de adicionar o restar el margen al EURIBOR de referencia.
2.- Períodos de interés
La vida de la operación se dividirá en períodos de interés sucesivos de un trimestre/semestre natural, según se establece en los párrafos siguientes.
Excepcionalmente, el primer período de interés comenzará en la fecha de entrada en vigor de la operación y finalizará el último día del período natural de revisión en que dicha entrada en vigor se produzca.
En la fecha de vencimiento final y, en su caso, de reembolso, cancelación o resolución anticipada del contrato, concluirá el período de interés en curso.
A efectos de determinación del tipo de interés aplicable y de devengo y liquidación de intereses, se entenderá que cada período de interés sucesivo comienza el mismo día de terminación del período de interés inmediato anterior, que será, a su vez, el día inicial del período siguiente, es decir, se entenderá el primer día del período como transcurrido y el último día como no transcurrido.
3.- Revisión del tipo de interés
a) Primer periodo de liquidación de intereses: El tipo de interés será el resultante de aplicar el referencial EURIBOR a plazo del día anterior al de formalización de la operación xx xxxxxxxx concertada.
b) Periodos sucesivos de liquidación de intereses: El tipo de interés se revisará trimestralmente/semestralmente, coincidiendo con cada periodo natural de liquidación de intereses y con referencia al Euribor a plazo calculado en la forma prevista en el apartado 1a) anterior.
En ambos casos, la entidad financiera prestamista deberá acreditar a la Diputación, formalmente y por escrito, este extremo así como de las cuotas por intereses y amortización correspondientes del
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periodo, con motivo de cada revisión, todo ello dentro de los cinco días inmediatos siguientes a aquél en que tenga lugar cada revisión.
CUARTA.- A los intereses de liquidación periódica establecidos en el presente contrato les será de aplicación, salvo que expresamente se disponga otra cosa, lo siguiente:
Las liquidaciones se practicarán el último día de cada período señalado al efecto en las condiciones particulares, así como en la fecha de vencimiento final o de reembolso, cancelación o resolución anticipada del contrato, en que los intereses se considerarán vencidos para su pago inmediato. La primera liquidación tendrá lugar el último día del período natural de liquidación en que entre en vigor la operación.
Los referidos intereses se devengarán, para la primera cuota y sucesivas, por días naturales, adeudándose su importe en la cuenta corriente ordinaria, abierta en el prestamista a nombre del prestatario con la misma fecha-valor de las liquidaciones, que serán notificadas a éste para su comprobación y demás efectos y se practicarán de acuerdo con la siguiente fórmula:
C x R x T
I = , siendo:
36.000
C = Capital pendiente de reintegro o deuda vencida durante el período de liquidación. R = Tipo de interés nominal en tanto por ciento.
T = Días que correspondan dentro del período de liquidación.
QUINTA.- El vencimiento de esta operación será el día Con independencia de ello, la
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Diputación podrá cancelarla con anterioridad a esa fecha, previa notificación por escrito a la Entidad adjudicataria y pago del saldo resultante en la cuenta xx xxxxxxxx. Esta cancelación anticipada, en el caso de producirse, estará exenta del pago de cualquier tipo de comisión.
SEXTA.- Sin perjuicio del derecho de resolución establecido en este contrato, en el caso de que el Prestatario incurriese en xxxx en el cumplimiento de sus obligaciones de pago con el prestamista que por cualquier concepto le incumban, estará obligado a satisfacer, previa comunicación, el interés de demora, que se devengará sobre el importe de la deuda, vencida e impagada, desde el día siguiente a su respectivo vencimiento.
El tipo de interés de demora será el establecido al efecto en las condiciones particulares más, en su caso, el margen adicional fijado en las mismas.
SÉPTIMA.- El prestamista podrá considerar vencida la operación, aunque no hubiera transcurrido el plazo señalado, si el Prestatario destinara total o parcialmente el importe de este crédito a finalidad distinta de la prevenida como objeto del mismo; por la falta de pago al vencimiento de los intereses y, en general, si se incumpliera cualquiera de las estipulaciones de este contrato, pudiendo reclamar judicialmente y por el procedimiento que estime conveniente el cobro de los impagados, incluidos los intereses de demora, gastos y costas judiciales, siendo por cuenta del Prestatario los honorarios del Letrado y derechos del Procurador aun cuando su intervención no fuere preceptiva. Los contratantes convienen que la determinación de la cantidad exigible al día de su vencimiento será la resultante de la liquidación efectuada por el prestamista, en la forma convenida por las partes en la Cláusula tercera de este título y acreditada mediante certificación librada por la misma, acompañada del extracto de las partidas de cargo y abono, debidamente intervenidas por fedatario público.
Los Jueces y Tribunales competentes para entender de cuantas cuestiones litigiosas puedan derivarse del presente contrato serán los de la ciudad xx Xxxxxx, por ser esta plaza el lugar de cumplimiento de la obligación.
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OCTAVA.- En garantía del buen fin del crédito concedido, la Diputación xx Xxxxxx. afecta los recursos procedentes de su Participación en los Ingresos del Estado, hasta el límite máximo xxx xxxxxxxx concedido.
NOVENA.- Tanto el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que sirve de base a la contratación de la operación xx xxxxxxxx objeto de este documento, como la oferta presentada por el prestamista, se consideran parte integrante de este contrato y vinculan a ambas partes.
DÉCIMA.- La presente operación, sujeta a tributación por el Impuesto sobre el Valor Añadido, se halla, no obstante, exenta del mismo, por expresa causa de exención recogida en el art. 20, apartado uno, núm. 18, letra c) de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, reguladora de dicho Impuesto.
UNDÉCIMA.- Este documento podrá ser elevado a escritura pública o intervenido por Fedatario Público, a petición de cualquiera de las partes, siendo a cargo del peticionario los gastos que originase la formalización pública o intervención indicadas.
Y en prueba de conformidad, firman el presente documento en dos originales y a un sólo efecto, en el lugar y fecha antes indicados.
POR LA DIPUTACION XX XXXXXX POR LA ENTIDAD FINANCIERA EL PRESIDENTE P.P.
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx. Fdo.: .........................................
Fecha de emisión de la firma:23/05/2017
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Ante mí,
EL SECRETARIO GENERAL DE DIPUTACIÓN XX XXXXXX
Fdo.: “”
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ANEXO II
CÁLCULO DE LA VIDA MEDIA DE UNA OPERACIÓN DE CRÉDITO
Fecha de cálculo | 04/05/2017 | Operación Núm. 1. BBVA 2009 |
Fecha de emisión de la firma:23/05/2017
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Objeto/Destino operación
Sustitución, mediante cancelación por amortización anticipada, operación préstamo largo plazo BBVA 2009
Tipo operación
Sistema de Amortización Fecha de formalización Importe de la operación
Plazo total de la operación en AÑOS (incluido
años de carencia ) Carencia en años Periodicidad de los pagos Tipo fijo/variable
Tipo de referencia (Eur3m a fecha 04/05/2017*)
A largo plazo Método francés 30/06/2017
2.207.320,00 €
5,40
0,00
TRIMESTRAL VARIABLE
-0,329%
Tipo de operación/administración
Otras operaciones (EELL que cumplen condiciones de elegibilidad)
Diferencial de la operación
Estimación inicial Diferencial/tipo fijo según vida media
Estimación tipo de interés total
0,400%
0,036%
0,107%
VIDA MEDIA INICIAL EN AÑOS | 2,933 |
VIDA MEDIA INICIAL EN MESES | 35,198 |
Diferencial de la operación | 0,400% |
Diferencial/tipo fijo 2ª estimación vida media | 0,038% |
Estimación tipo de interés total | 0,109% |
VIDA MEDIA EN AÑOS | 2,933 35,198 |
VIDA MEDIA EN MESES | |
COSTE TOTAL MÁXIMO DE LA OPERACIÓN | 0,109% |
-0,329%
Tipo de operación/administración
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ANEXO III
CÁLCULO DE LA VIDA MEDIA DE UNA OPERACIÓN DE CRÉDITO |
Fecha de cálculo | 04/05/2017 | Operación Núm. 2. BANCO POPULAR 2010 |
Fecha de emisión de la firma:23/05/2017
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Objeto/Destino operación
Sustitución, mediante cancelación por amortización anticipada, operación préstamo largo plazo BANCO POPULAR 2010
Tipo operación
Sistema de Amortización Fecha de formalización Importe de la operación
Plazo total de la operación en AÑOS (incluido
años de carencia ) Carencia en años Periodicidad de los pagos Tipo fijo/variable
Tipo de referencia (Eur6m a fecha 04/05/2017*)
A largo plazo Método francés 30/06/2017
6.007.504,00 €
6,00
0,00
SEMESTRAL VARIABLE
-0,250%
Tipo de operación/administración
Otras operaciones (EELL que cumplen condiciones de elegibilidad)
Diferencial de la operación
Estimación inicial Diferencial/tipo fijo según vida media
Estimación tipo de interés total
0,400%
-0,048%
0,103%
VIDA MEDIA INICIAL EN AÑOS | 3,255 |
VIDA MEDIA INICIAL EN MESES | 39,064 |
-0,250%
Tipo de operación/administración
VIDA MEDIA EN AÑOS | 3,255 39,064 |
VIDA MEDIA EN MESES | |
COSTE TOTAL MÁXIMO DE LA OPERACIÓN | 0,103% |
Diferencial de la operación 0,400% |
Diferencial/tipo fijo 2ª estimación vida media -0,047% |
Estimación tipo de interés total 0,103% |
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ANEXO IV
CÁLCULO DE LA VIDA MEDIA DE UNA OPERACIÓN DE CRÉDITO
Fecha de cálculo | 04/05/2017 | Operación Núm. 3. BANKIA 2010 |
Fecha de emisión de la firma:23/05/2017
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Objeto/Destino operación
Sustitución, mediante cancelación por amortización anticipada, operación préstamo largo plazo BANKIA 2010
Tipo operación
Sistema de Amortización Fecha de formalización Importe de la operación
Plazo total de la operación en AÑOS
(incluido años de carencia ) Carencia en años Periodicidad de los pagos Tipo fijo/variable
Tipo de referencia (Eur3m a fecha 04/05/2017*)
A largo plazo Método francés 30/06/2017
6.199.142,00 €
6,00
0,00
TRIMESTRAL VARIABLE
-0,329%
Tipo de operación/administración
Otras operaciones (EELL que cumplen condiciones de elegibilidad)
Diferencial de la operación Estimación inicial Diferencial/tipo fijo según vida media
Estimación tipo de interés total
0,400%
0,046%
0,117%
VIDA MEDIA INICIAL EN AÑOS | 3,130 |
VIDA MEDIA INICIAL EN MESES | 37,565 |
Diferencial de la operación | 0,400% |
Diferencial/tipo fijo 2ª estimación vida media | 0,047% |
Estimación tipo de interés total | 0,118% |
VIDA MEDIA EN AÑOS | 3,130 37,566 |
VIDA MEDIA EN MESES | |
COSTE TOTAL MÁXIMO DE LA OPERACIÓN | 0,118% |
-0,329%
Tipo de operación/administración
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ANEXO V
CÁLCULO DE LA VIDA MEDIA DE UNA OPERACIÓN DE CRÉDITO |
Fecha de cálculo | 04/05/2017 | Operación Núm. 4. BBVA 2011 |
Fecha de emisión de la firma:23/05/2017
Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:afzsc7vctMrpMf4Pz/j6 CN=XXXXX XXXXXXXX XXXXX OU=AREA DE ECONOMIA Y HACIENDA
El documento consta de un total de:17 página/s. Página 16 de 17.
Objeto/Destino operación
Sustitución, mediante cancelación por amortización anticipada, operación préstamo largo plazo BBVA 2011
Tipo operación
Sistema de Amortización Fecha de formalización Importe de la operación
Plazo total de la operación en AÑOS
(incluido años de carencia ) Carencia en años Periodicidad de los pagos Tipo fijo/variable
Tipo de referencia (Eur6m a fecha 04/05/2017*)
A largo plazo Método francés 30/06/2017
3.935.076,00 €
7,00
0,00
SEMESTRAL VARIABLE
-0,250%
Tipo de operación/administración
Otras operaciones (EELL que cumplen condiciones de elegibilidad)
Diferencial de la operación Estimación inicial Diferencial/tipo fijo según vida media
Estimación tipo de interés total
0,400%
-0,023%
0,128%
VIDA MEDIA INICIAL EN AÑOS | 3,758 |
VIDA MEDIA INICIAL EN MESES | 45,094 |
Diferencial de la operación | 0,400% |
Diferencial/tipo fijo 2ª estimación vida media | -0,022% |
Estimación tipo de interés total | 0,128% |
VIDA MEDIA EN AÑOS | 3,758 45,094 |
VIDA MEDIA EN MESES | |
COSTE TOTAL MÁXIMO DE LA OPERACIÓN | 0,128% |
-0,250%
Tipo de operación/administración
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ANEXO VI
CÁLCULO DE LA VIDA MEDIA DE UNA OPERACIÓN DE CRÉDITO
Fecha de cálculo | 04/05/2017 | Operación Núm. 5. CAJA RURAL 2012 |
Objeto/Destino operación
Sustitución, mediante cancelación por amortización anticipada, operación préstamo largo plazo CAJA RURAL TOLEDO 2012
Tipo operación
Sistema de Amortización Fecha de formalización Importe de la operación
Plazo total de la operación en AÑOS
(incluido años de carencia ) Carencia en años Periodicidad de los pagos Tipo fijo/variable
Tipo de referencia (Eur3m a fecha 04/05/2017*)
A largo plazo Método francés 30/06/2017
4.864.274,00 €
7,75
0,00
TRIMESTRAL VARIABLE
-0,329%
Tipo de operación/administración
Otras operaciones (EELL que cumplen condiciones de elegibilidad)
Diferencial de la operación Estimación inicial Diferencial/tipo fijo según vida media
Estimación tipo de interés total
0,400%
0,090%
0,161%
VIDA MEDIA INICIAL EN AÑOS | 4,011 |
VIDA MEDIA INICIAL EN MESES | 48,128 |
Diferencial de la operación | 0,400% |
Diferencial/tipo fijo 2ª estimación vida media | 0,092% |
Estimación tipo de interés total | 0,163% |
VIDA MEDIA EN AÑOS | 4,011 48,130 |
VIDA MEDIA EN MESES | |
COSTE TOTAL MÁXIMO DE LA OPERACIÓN | 0,163% |
-0,329%
Tipo de operación/administración
Fecha de emisión de la firma:23/05/2017
Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:afzsc7vctMrpMf4Pz/j6 CN=XXXXX XXXXXXXX XXXXX OU=AREA DE ECONOMIA Y HACIENDA
El documento consta de un total de:17 página/s. Página 17 de 17.
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