NUMERO ...........- En la ciudad de ............. a las ..... horas del día ..... de ................ de dos mil .....- Ante
NUMERO ...........- En la ciudad de ............. a las ..... horas del día ..... de ................ de dos mil .....- Ante
mí, .......................... Notario, de este domicilio, COMPARECEN: por una parte, apoderado del
banco..............., de ..................... años de edad, .................., del domicilio de .............................., a quien
conozco y es portador de su Documento Único de Identidad número , actuando en su
calidad de Apoderado Especial, en nombre y representación de BANCO ATLANTIDA EL XXXXXXXX, S.A., SOCIEDAD ANONIMA, Institución Bancaria, del domicilio de San Salvador, con Número de Identificación Tributaria cero seis uno cuatro -uno siete cero tres nueve cinco -uno cero siete -nueve, que en adelante se denominará "el Banco”, de cuya personería doy fe de ser legítima y suficiente por haber tenido a la vista: El Testimonio de Poder Especial, otorgado en esta ciudad a las .......... horas y ...............
minutos del día ................ de ................. del año ................., ante los oficios del (la) notario
................................., inscrito en el Registro de Comercio al Número .......... del Libro de
Otros Contratos Mercantiles del cual consta: Que el(la) compareciente , se encuentra facultado(a) para actuar en nombre y representación del Banco, en actos como el presente. En el mencionado Poder, el (la) notario autorizante dio fe de la personería jurídica del Representante Legal del Banco y de la existencia legal de la sociedad; .............................................y por otra comparece:
......................................, de ............................. años de edad, ............, del domicilio de .................., a
quien no conozco, pero identifico por medio de su Documento Único de Identidad número , y
con Número de Identificación Tributaria , que en lo sucesivo se denominará
"el acreditado"; Y ME DICEN: Que por medio de este instrumento otorgan el presente CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO en forma ROTATIVA, el cual se regirá por los artículos un mil ciento cinco y siguientes del Código de Comercio y por las cláusulas siguientes: I) CUANTIA: El Banco le concede y abre en esta fecha al acreditado un crédito hasta por la suma de DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, del cual podrá disponer a partir xx xxx mediante el giro de pagarés, todos los cuales se entenderán incorporados al presente contrato, y serán devueltos al acreditado al finalizar el término del presente contrato, siempre que no existan saldos pendientes de pago a cargo del acreditado y a favor del Banco.- II) DESTINO: El acreditado destinará el crédito que se le concede para ..............................- III) PLAZO: El crédito que se le abre por este instrumento podrá usarlo durante el período de años a partir de esta fecha, pero se volverá exigible al suceder
cualquiera de las causales que más adelante se especifican. Cada desembolso, más sus respectivos intereses y comisiones deberá de ser pagado por el acreditado dentro de un plazo máximo de ……......
meses contados a partir de la fecha que se produzca el desembolso, el cual se comprobará mediante pagarés que se hayan aceptado o suscrito al efecto, sin que en ningún momento este plazo exceda del plazo del presente contrato. Durante la vigencia de este contrato, sus efectos no se extinguirán aún cuando el acreditado haya dispuesto del monto total del crédito abierto, pues los abonos o pagos que
haga de las sumas retiradas, constituyen disponibilidades a su favor, pudiendo disponer de ellos dentro de los términos que le fija este contrato.- IV) INTERESES: Las sumas retiradas en virtud de este contrato devengarán el interés convencional del ................... POR CIENTO ANUAL (...%) sobre saldos, ajustable y pagadero en forma MENSUAL(ES) la cual será calculada con base al año calendario, de conformidad a lo establecido en el inciso cuarto, del artículo sesenta y cuatro de la Ley de Bancos, revisable a opción del Banco, manteniendo un diferencial máximo de doce puntos porcentuales arriba de la Tasa de Referencia publicada por el Banco, que en la actualidad es del …………… POR CIENTO ANUAL (…….%). LA TASA EFECTIVA ES DE ................................... POR CIENTO ANUAL ( %). La
comunicación privada por escrito hecha al acreditado por el Banco, en cualquier momento, de la tasa, con relación al diferencial establecido y a la publicación en dos periódicos de circulación nacional de la Tasa de Referencia Única, y de la tasa de interés hecha pública por el Banco mensualmente o cada vez que se modifique, se tendrá por notificación de los ajustes de dicha tasa, y que el acreditado acepta expresamente en este acto. La tasa de interés anual mencionada se aplicará únicamente por los saldos insolutos durante el tiempo que tales saldos estuvieren pendientes, sin que el Banco pueda cobrar intereses que aún no han sido devengados. El acreditado se obliga a pagar la nueva cuota que resultare de las modificaciones ya relacionadas, a consecuencia del retiro o retiros efectuados, sin variar el plazo originalmente convenido. En caso xx xxxx mayor a treinta días, a la tasa de interés convencional aplicada vigente a la fecha de la xxxx, se le incrementará el ------------- POR CIENTO ANUAL ( %), sin
que ello signifique prórroga del plazo, el cual se mantendrá fijo hasta la extinción de la obligación. El interés moratorio se calculará y pagará sobre el capital en xxxx y no sobre el saldo total. Los ajustes y variabilidad del interés convenido se probarán con las certificaciones extendidas por el Contador del Banco, con el visto bueno del Gerente del mismo, de conformidad al artículo doscientos diecisiete de la Ley de Bancos.- V) USO DE LOS FONDOS: El acreditado podrá hacer uso de la presente apertura de crédito hasta el límite concedido, pudiendo solicitar desembolsos según la disponibilidad entre saldo pendiente y límite concedido, siempre y cuando se mantenga al día en el pago de sus cuotas. El monto mínimo de cada desembolso será de dólares de los Estados Unidos de América, pero en
todo caso su otorgamiento se sujetará a la disponibilidad de fondos del Banco.- VI) FORMA DE PAGO: Debido a que el monto del presente crédito podrá ser retirado por el acreditado mediante varios desembolsos, éste se obliga a pagar la totalidad de los desembolsos recibidos, más los intereses, comisiones y recargos correspondientes, en la forma que se consigne en los pagarés que firme por cada desembolso que haga, los cuales formarán parte del presente contrato, y de conformidad con las fechas señaladas por el Banco. Cualquier saldo que resultare pendiente lo pagará al vencimiento del plazo de cada retiro. El acreditado y el Banco acuerdan, que el pago de las sumas desembolsadas, se efectuarán por medio de cargo automático a la cuenta----------------------- número ----------------, por lo que el acreditado se obliga a mantener durante la vigencia de la presente línea, saldo suficiente para cubrir el
pago adeudado. Si la fecha de pago estipulada, cae en día feriado o fin de semana, el acreditado(a) se compromete a pagar, el día hábil posterior a la fecha de pago establecida. VII) LUGAR E IMPUTACION DE PAGOS: Todo pago lo hará el acreditado en las oficinas del Banco, situadas en esta ciudad o en cualquiera de sus agencias, y se imputará a intereses moratorios, intereses devengados y luego a amortización de capital en ese orden.- VIII) GASTOS Y HONORARIOS: El acreditado pagará los honorarios de este documento, los gastos de su inscripción, en su caso, en el registro respectivo, así como cualquier otro gasto que el Banco hiciere en el cobro de este adeudo, inclusive las costas procesales y los gastos personales.- IX) SUSPENSION DEL CREDITO Y CADUCIDAD DEL PLAZO: Sin perjuicio a lo dispuesto en el artículo un mil ciento diecisiete del Código de Comercio, la forma de pago de las cantidades retiradas en uso de la presente apertura de crédito, caducará anticipadamente y el Banco podrá suspender el uso de la misma y podrá exigir el pago inmediato del saldo adeudado en los siguientes casos: a) por falta de pago total o parcial de una o más cuotas en la forma convenida, ya sea que provengan de este contrato o de cualquier otra deuda con el Banco; b) Por ejecución judicial iniciada por terceros o por el Banco contra el acreditado, siempre que afecte su capacidad de pago; c) Por incumplimiento del acreditado de cualquiera de las condiciones o cláusulas del presente contrato.- X) ORIGEN DE LOS FONDOS: El presente crédito es otorgado con fondos ..- XI) CLÁUSULA
AMBIENTAL: El acreditado hace constar que cumple con los respectivos requerimientos de salud, seguridad laboral y de medioambiente establecidos en las concernientes leyes salvadoreñas; y faculta al Banco a realizar visitas con el fin de supervisar que su desempeño social y ambiental, hasta la finalización del contrato, no contravenga las respectivas leyes antes mencionadas. XII) FIADOR Y CODEUDOR SOLIDARIOS: Presente desde el inicio de este instrumento el (la)(los) señor(a)(es)
........................., de ............ años de edad, ..............., del domicilio de........... departamento de
...................., persona a quien no conozco, pero identifico por medio su Documento Único de Identidad Número ........................... y con Número de Identificación Tributaria , y DICE(N): Que
está(n) enterado(a)(s) de las obligaciones contraídas por el acreditado, en lo que se refiere al crédito contenido en este instrumento y que en ese conocimiento se constituyen FIADORES Y CODEUDORES SOLIDARIOS, obligándose al pago de la cantidad adeudada en las mismas condiciones y términos que se establecen en este instrumento. XIII) GARANTÍA PRENDARIA: Para garantizar las obligaciones contraídas, el(la)(los) señor(a)(es) ............................ constituye(n) PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO a favor del Banco, sobre bienes de su propiedad, que tienen las características especiales siguientes:
.............................................................. La prenda radicará en , inmueble sobre el cual
el(la)(los) señor(a)(es) .............................. no tiene(n) derecho inscrito a su favor.( en caso de tener derecho inscrito debe hacerse constar). La prenda que hoy se constituye a favor del Banco estará vigente durante todo el plazo del presente contrato y mientras exista saldo pendiente de pago a cargo del acreditado y a favor del Banco, respecto a esta apertura de crédito. Valuando dicha prenda en la
cantidad de ................................ DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Si la prenda
descrita se destruyese o deteriorase, al grado que no sea suficiente para garantizar la obligación del acreditado, el Banco tendrá derecho a exigir mejoras en la garantía y si no se allanare a ello o no pudiere cumplir con tal requisito, vencerá el plazo de este contrato y se volverá exigible la suma prestada y sus respectivos intereses. Las expensas que hiciere el acreditado para la conservación de la prenda serán de su cargo. Dicha prenda deberá ser mantenida por cuenta del acreditado en perfectas condiciones de funcionamiento, servicio y presentación en todos los aspectos. El Banco podrá inspeccionar y revisar dicha prenda en cualquier fecha, por medio de sus empleados y si encontrare deficiencia en el funcionamiento normal del mismo, debidamente documentado, podrá pedir que se corrijan los defectos y el acreditado deberá de atender diligentemente la reclamación del Banco. La renuencia por parte del acreditado a la inspección y revisión, tendrá el efecto de hacer caducar el plazo de este contrato y se volverá exigible la suma prestada y sus respectivos intereses. Es convenido que el pago de impuestos, contribuciones y arbitrios fiscales o de cualquier naturaleza, vigentes o que se establezcan en el futuro y que graven la prenda serán de cargo del acreditado. Si el Banco tuviere que exigir el cumplimiento de las obligaciones del acreditado, podrá proceder judicialmente o pedir la entrega de la prenda, para ser vendida de acuerdo a lo contemplado en la Ley de Bancos. XIV) GARANTÍA HIPOTECARIA: la presente obligación queda garantizada con la primera Hipoteca Abierta otorgada en esta ciudad, a las horas
y ------ minutos del día --------- de ---------- de dos mil ---------, para el plazo de años y hasta por
el monto de ------------------ ante los oficios de la notario , inscrita a favor del Banco
el asiento número -------------- de la matrícula número---------------- del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del departamento de --------------. XV) ACEPTACIÓN DEL BANCO: El(la) señor(a)
......................., de generales antes expresadas actuando en la calidad antes relacionada, manifiesta estar enterado y de acuerdo con los términos del presente contrato y acepta todas sus partes, especialmente en lo que se refiere a la garantía prendaria, dándose por recibido de los derechos conferidos a favor de su representado XVI) OTRAS OBLIGACIONES: El acreditado se obliga a: a) Pagar los honorarios por la elaboración de este documento, los de su cancelación, así como los derechos de registro que cause su inscripción, b) Pagar al Banco los gastos en que este incurra, en el cobro de esta obligación, siempre que fueren imputables al acreditado, y c) Durante la vigencia de la presente línea, el acreditado se obliga a presentar al Banco, cada dos años o cuando el Banco lo requiera, el valuó actualizado de los bienes dados en garantía.- XVII) OTRAS CONDICIONES: a) El tipo de interés estipulado podrá ser aumentado o disminuido de acuerdo a las disposiciones que al respecto emita el Banco; b) El acreditado y El Banco acuerdan, que cuando el acreditado solicite modificar las condiciones del presente crédito, el acreditado pagará al Banco el por ciento sobre el monto, con un pago mínimo de veinte dólares de los Estados Unidos de América; c) Esta línea de crédito podrá ser supervisada a fin de verificar el cumplimiento del destino para el cual fue aprobada; d) El acreditado autoriza al Banco a
cargar en su cuenta , número , las cuotas de amortización mensual, las cuotas en xxxx, los intereses que tuviera pendientes de pago o en xxxx de la presente línea, y las cuotas de seguro pendientes de pago o de renovación, lo cual acepta el acreditado previa y expresamente en este acto y durante todo el plazo de la presente línea; e) En caso xx xxxx mayor a siete días y hasta treinta días xxxx, el acreditado se obliga a pagar al Banco en concepto de recargo por gestión de cobro administrativo, la cantidad de quince dólares de los Estados Unidos de América mensuales más el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (I.V.A.); y f) A la finalización del plazo de la presente Apertura de Crédito, el Banco se obliga a devolver al acreditado todos los pagarés suscritos como respaldo de los desembolsos realizados durante la vigencia de este contrato, así como las cancelaciones de las garantías, salvo que se trate de hipotecas abiertas.- XVIII) El(los) acreditado(s) y/o su codeudor(a)(es) podrá(n) presentar cualquier reclamo o consulta en contra los actos o acciones provocados por este contrato, de conformidad a lo establecido en el artículo diecinueve literal K de la ley de Protección al Consumidor, para lo cual, se deberá de presentar en el área de atención al cliente, en cualquiera de la diferentes agencias de Banco Atlántida El Xxxxxxxx, S. A., situadas a nivel nacional, debiendo de completar el formulario de gestión de reclamos o denuncias, el cual será proporcionado por el Banco, y en caso de ser posible, agregará a dicho formulario la documentación con la que ampara su reclamo, obligándose el Banco a emitir una respuesta al reclamo o consulta presentado en un plazo máximo de tres días hábiles. XIX) DOMICILIO ESPECIAL: Para todos los efectos legales de este instrumento los comparecientes señalan como domicilio especial la ciudad de , a la jurisdicción de cuyos tribunales se someten expresamente, y en su procedimiento a lo establecido en la Ley de Bancos. Así se expresaron los comparecientes a quienes expliqué los efectos legales de este instrumento, y leído que se los hube íntegramente, en un solo acto sin interrupción, conformes ratifican su contenido y firmamos.- DOY FE.-