CONTRATO DE SERVICIOS NO PERSONALES 001-2007-IGN/ULOG
CONTRATO DE SERVICIOS NO PERSONALES 001-2007-IGN/ULOG
Conste por el presente documento el contrato de servicios no personales, que celebran de una parte el INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL, con RUC Nº 20301053623, representado legalmente por el Sr. General de División Xxxxxx Xxxxxxx XXXXX XXXXXX, identificado con D.N.I. Nº 42198110, con domicilio legal en la Xx. Xxxxxxxx Xx 0000 - Xxxxxxxxx, en adelante la ENTIDAD y la otra parte el Xx. Xxxxx Xxxxxx, XXXXXXX XXXXXXX, identificado con D.N.I. Nº 08028207, domiciliado en la Xx. Xx Xxx Xx 000 – Xxx. Xxxxxx x Xxxxx, Xxxxxxxx xxx Xxxxx, en adelante el CONTRATISTA, de acuerdo a los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA.- ANTECEDENTES
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, se realizó el Proceso de Selección: Adjudicación de Menor Cuantía Nº 001-07-IGN-CEP, comunicado a CONSUCODE a través del SEACE, para la contratación de los servicios de un Auxiliar de Contabilidad y así atender la necesidad y el requerimiento formulado por la Unidad de Economía del IGN.
El Comité Especial Permanente del IGN designado con Resolución Jefatural Nº 018-2007-IGN/OGA-ULOG de 23 de Enero del 2007, mediante Oficio Nº 018-07-IGN-CEP del 01 de Febrero de 2007, ha otorgado la Buena Pro a favor del Xx. Xxxxx Xxxxxx, XXXXXXX XXXXXXX, por reunir los requisitos y experiencia exigidas, en virtud de lo cual, se elabora el presente contrato de Servicios No Personales.
CLÁUSULA SEGUNDA.- OBJETO
Por el presente documento, la ENTIDAD contrata los servicios No Personales del CONTRATISTA, como Auxiliar de Contabilidad, para que realice los siguientes servicios:
Revisión de los documentos para la fase de devengado.
Mantener actualizado el registro de compra.
Análisis de las cuentas por cobrar, entregas de rendir cuenta, seguros pagados por adelantado, suscripciones, ordenes de operaciones, cuentas por pagar, cuentas de orden, fondo fijo de caja chica.
Llevar un control de los bienes de funcionamiento a través de las pecosas para su inclusión en la contabilidad
Revisión de la cuenta 38 encargos otorgados
Revisión de la rendición de cuentas del fondo fijo
Revisión de la rendición de cuentas de racionamiento
Coordinación con el área de logística, almacén de bienes, bienes patrimoniales, almacén de cartas y mapas.
Otras actividades que le sean asignada por la Jefatura
Asimismo, el CONTRATISTA, se compromete formalmente a brindar sus servicios y constituirse a la Sede Institucional, u otras instancias fuera de ella en caso la situación determine su presencia y ante el requerimiento de la ENTIDAD, debiendo ésta última asumir los gastos por movilidad local, pasajes y/o viáticos por comisiones respecto sus servicios, si el caso lo amerita.
CLÁUSULA TERCERA.- NATURALEZA
Se establece que bajo ninguna circunstancia el CONTRATISTA podrá delegar a otra persona, los servicios materia del presente contrato, ya que son sus condiciones inherentes a su conocimiento, las que han motivado que la ENTIDAD contrate sus servicios.
CLÁUSULA CUARTA.- PLAZO
Ambas partes acuerdan que la duración del presente contrato, será para el periodo comprendido del 01 de Febrero al 31 de Diciembre del 2007.
CLÁUSULA QUINTA.- FORMA DE PAGO
De común acuerdo las partes establecen como honorarios la suma de NUEVE MIL NOVECIENTOS CON 00/100 (S/. 9,900.00) NUEVOS SOLES, como monto total del contrato; cantidad que será pagada de manera quincenal por la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 (S/. 450.00) NUEVOS SOLES.
Pago que se efectuará previa conformidad de la unidad orgánica a la cual presta sus servicios, asimismo, deberá entregar recibo por honorarios profesionales, sujeto a la normatividad de la Ley del Impuesto a la Renta vigente y sus posteriores modificatorias que hubiera lugar.
En cumplimiento a la Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/77.15 que aprueba la Directiva de Tesorería para el Año Fiscal 2007, dicha modalidad de pago por honorarios, se efectuará a través de una cuenta bancaria individual, que la ENTIDAD ha gestionado ante Institución Bancaria del Sistema Financiero Nacional.
CLÁUSULA SEXTA.- FUENTE DE FINANCIAMIENTO
El presente contrato, considerando la naturaleza y alcances de los servicios contratados, se ejecutará de acuerdo a la Fuente de Financiamiento y Cadena de la Naturaleza del gasto que se indica a continuación:
- 5.3.11.27 (Recursos Directamente Recaudados en el programa de administración del IGN)
CLÁUSULA SÉPTIMA.- PRECISIÓN DE LAS PARTES
El CONTRATISTA, no podrá utilizar el nombre de la ENTIDAD en sus actividades personales o privadas que realice. Asimismo, se deja expresa constancia que el CONTRATISTA no tiene vinculo laboral, ni dependencia alguna con la ENTIDAD.
CLÁUSULA OCTAVA.- RESOLUCIÓN
El presente contrato, podrá ser resuelto por las siguientes causales:
Por acuerdo de las partes
Por incumplimiento de las cláusulas establecidas en el presente contrato, comunicada mediante escrito por la parte afectada, quedando resuelto de pleno derecho, sin necesidad de recurrir a ninguna instancia judicial o extrajudicial.
Por razones de orden presupuestal.
Por imperativo o disposición legal que impida su continuidad.
La resolución del presente contrato, no le otorga al CONTRATISTA ningún derecho al lucro cesante, compensación, ni indemnización de carácter laboral alguna.
CLÁUSULA NOVENA.- PENALIDADES
En caso que el CONTRATISTA incumpliera las cláusulas establecidas en el presente contrato y origine con ello perjuicio económico y/o administrativo a la ENTIDAD, se aplicará las sanciones establecidas por CONSUCODE, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiera lugar, de ser el caso.
CLÁUSULA DÉCIMA.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
En caso de que surgiera entre las partes alguna discrepancia en la interpretación y ejecución del presente contrato, de mutuo acuerdo establecen que éstas serán definidas mediante el procedimiento de conciliación y/o arbitraje.
CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA.- NORMATIVIDAD
El presente contrato, se rige por el Código Civil, las Bases, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM.
DE COMÚN ACUERDO LAS PARTES, ENTERADOS DE CADA UNA DE LAS CLÁUSULAS, firmamos el presente contrato por duplicado, en el distrito de Surquillo, en un mismo tenor al primer (01) día del mes de Febrero de 2007.
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Xxxxxx Xxxxxxx XXXXX XXXXXX
General de División
JEFE DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL
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Xxxxx Xxxxxx, XXXXXXX XXXXXXX, D.N.I. Nº 08028207
CONTRATISTA
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