Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN LA CONTRATACION, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL “SERVICIO DE CONSERVACION, REPARACION, SUSTITUCION Y MANTE- NIMIENTO DE LOS SISTEMAS E INSTALACIONES DE ALARMA CONTRA INTRUSION E INCENDIOS EN LOS COLEGIOS PUBLICOS DEPENDIENTES DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX”.
1. OBJETO
1.1 Es objeto del presente Pliego la contratación por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxx del “SERVICIO DE CONSERVACION, REPARACION, SUSTITUCION Y MANTE- NIMIENTO DE LOS SISTEMAS E INSTALACIONES DE ALARMA CONTRA INTRUSION E INCENDIOS EN LOS COLEGIOS PUBLICOS DEPENDIENTES DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX”, que se realizará conforme al PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS que se adjunta, redactado por el Servicio Municipal de Educación.
1.2 La codificación del objeto del contrato, según el Vocabulario Común de Contratos Públi- cos (CPV) aprobado por el Reglamento 213/2008-CE, de 28 de noviembre de 2007, es 797110000-1 “Servicios de vigilancia de sistemas de alarma”.
1.3 Los licitadores deberán aportar la documentación exigida en el presente Pliego de Condi- ciones, y en particular, la documentación acreditativa de los extremos que a efectos de va- loración de ofertas se hace referencia en la cláusula 9 del presente Pliego.
1.4 Toda la información relativa a la contratación derivada de la presente convocatoria se pu- blicará en el perfil del contratante en la página web xxx.xxxxxx.xx.
2. REGULACIÓN JURÍDICA
2.1 El objeto del presente Pliego está tipificado como contrato de SERVICIOS, dentro de la categoría 23 y se regirá por las prescripciones contenidas en el mismo; los preceptos del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Re- fundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 817/2009, de 8 de ma- yo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en lo que no se oponga al Texto Refundido antes citado; subsidiariamente, por los preceptos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y normas complementarias; y, supletoriamente, las restantes nor- mas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las normas de Derecho Privado que le se- an de aplicación.
2.2 Su adjudicación se realizará mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO, de conformidad con lo establecido en el art. 138 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, utili- zándose los criterios de adjudicación que se relacionan en la cláusula 8 del presente Pliego y anunciándose en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx y en el Perfil del Con- tratante, de acuerdo con lo establecido en su art. 142.
3. PRECIO
3.1 El tipo de licitación se fija en la cantidad de 22.033,90 € más el 18 % de I.V.A., que as- ciende a la cantidad de 3.966,10 €, lo que hace un total de 26.000,00 €, que es el presu- puesto del contrato objeto del presente Pliego de Condiciones; según el siguiente desglose estimado por anualidades:
Periodo | Importe | IVA 18 % | TOTAL |
Año 2012 | 16.525,43 € | 2.974,58 € | 19.500,01 € |
Año 2013 | 5.508,47 € | 991,52 € | 6.499,99 € |
Sobre el presupuesto máximo señalado, los licitadores realizarán sus ofertas a la baja, no admitiéndose ninguna que supere el precio indicado.
En la proposición económica se especificará necesariamente por separado como partida in- dependiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, según el modelo que se in- serta en la cláusula 9.4, no admitiéndose las ofertas que no lo expresen así.
En el presupuesto total se entenderán comprendidos todos los gastos y demás impuestos que graven a realización del contrato, no pudiendo en su consecuencia, repercutirlos la empresa adjudicataria contra la Administración como partida independiente del presu- puesto contratado.
En el Anexo I adjunto figuran los precios unitarios de ejecución material que servirán de base para la expedición de facturas mensuales, añadiéndose un 14% de Gastos Generales, 6% de Beneficio Industrial, y aplicándose la baja ofertada por el adjudicatario y el 18% de IVA.
3.2 El valor estimado del contrato, incluidas las prórrogas (y modificaciones) previstas y excluido el I.V.A., asciende a la cantidad de 48.474,58. €.
3.4 No se admitirán variantes o alternativas.
4. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de duración del contrato derivado de la adjudicación de la actividad objeto del presente Pliego será de UN AÑO, a contar desde la fecha de su formalización. Dicho con- trato podrá ser prorrogado por UN AÑO más, si se acuerda de forma expresa antes de su finalización, previo informe favorable del Servicio Municipal promotor del expediente. Dado que el contrato tiene carácter plurianual, la autorización y el compromiso de gasto se subordinarán al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos, de conformidad con lo establecido en el art. 174.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Hacien- das Locales, operando dicha circunstancia como condición suspensiva e su vigencia.
5. REVISIÓN DE PRECIOS
En caso de prórroga del contrato y a solicitud del adjudicatario, el precio del contrato podrá ser objeto de revisión, incrementándose en la cantidad resultante de aplicar el 85% sobre las variaciones experimentadas por el I.P.C. en el año anterior, de conformidad con lo pre- visto en el art. 89 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, siempre que se hu- biese ejecutado en el 20 por cien de su importe y haya transcurrido un año des de su for- malización. A tales efectos, por el adjudicatario se deberá aportar certificación del Instituto Nacional de Estadística, acreditativa del incremento del I.P.C. durante el período del año anterior, el cual se computará desde el mes correspondiente a la fecha de adopción del acuerdo de adjudicación del contrato.
Dicha revisión de precios se deberá aprobar expresamente por el órgano de contratación, previo informe del Servicio promotor del expediente y de la Intervención General.
6. APTITUD PARA CONTRATAR
6.1 Podrán tomar parte en esta contratación las personas naturales o jurídicas que se tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a lo dispuesto en la cláusula siguiente. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresa- rial o profesional exigible para la realización de la actividad que constituye el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas presta- ciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, le sean propios.
6.2 La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará me- diante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula la actividad, debidamente inscritos, en su ca- so, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se tra- te.
La capacidad de obras de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la prestación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentaria- mente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
Estos últimos, además, deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplo- mática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de em- presas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente xxx- loga y deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o repre- sentantes para sus operaciones y estar inscritas en el Registro Mercantil.
6.3 La prueba, por parte de los empresarios, de no estar incurso en una prohibición de con- tratar de las contenidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de no- viembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Pú- blico, se efectuará mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, po- drá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administra- tiva, notario público u organismo profesional cualificado.
6.4 Podrán presentarse proposiciones escritas por diversos empresarios agrupados tempo- ralmente para la realización del objeto de esta contratación. Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente ante la Administración, y deberán nombrar en su proposición un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejercitar los dere- chos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
En este caso cada una de las empresas deberá acreditar su capacidad de obrar y jurídica frente a la Administración de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Con- tratos del Sector Público.
La duración de las Uniones Temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
6.5 En cuanto a las proposiciones formuladas por distintas empresas pertenecientes a un mis- mo grupo se estará a lo dispuesto en el art. 86 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octu- bre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Adminis- traciones Públicas.
7. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL
7.1 Dado el presupuesto del contrato objeto del presente Pliego, las empresas licitadoras debe- rán acreditar su solvencia técnica o profesional por los medios siguientes:
a. Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
b. Una relación de los principales servicios o trabajos que tengan relación directa con el objeto del contrato, en particular experiencia tanto en mantenimiento, reparación y nue- va implantación de sistemas de detección y alarmas contra intrusión e incendio, tanto en el sector privado como en el público, realizados en los últimos TRES AÑOS que inclu- ya importes, fechas y destinatario, público o privado, de los mismos, acompañados de certificados de buena ejecución. La suma de dichos importes deberá ser como mínimo de 22.033,90 €, mas el IVA que corresponda, para cada año.
c. Descripción del equipo técnico y unidades técnicas participantes en el contrato, estén o no integrados directamente en la empresa contratista, especialmente de los responsables de control de calidad. Declaración del material, instalaciones y equipo técnico de que disponga el empresario para la realización del contrato. Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres úl- timos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
d. Disponer del correspondiente número de registro en la Dirección General de la Seguri- dad del Estado.
e. Disponer de la homologación para la realización y mantenimiento de instalaciones con- tra intrusión e incendio con central receptora y servicio de custodia y guarda de llaves.
f. Disponer del sello de calidad AENOR correspondiente al tipo de actividad de que se trata.
7.2 Con independencia de lo establecido en el apartado anterior, los licitadores deberán acre- ditar necesariamente su solvencia económica y financiera, por uno o varios de los medios siguientes:
a. Informe de instituciones financieras, o en su caso, justificante de la existencia de un se- guro de indemnización por riesgos profesionales.
b. Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que co- rresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debi- damente diligenciados.
7.3 La no aportación por parte de los licitadores en el plazo de presentación de ofertas estable- cido de toda la documentación exigida en la presente cláusula y justificativa de la solvencia requerida, podrá ser causa automática de exclusión de la oferta, por considerar no subsa- nable la falta de aportación de dicha documentación.
8. CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
Los criterios objetivos que se aplicarán en la valoración de las ofertas presentadas, de con- formidad con lo establecido en el art. 150 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, serán los siguientes:
8.1 Criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor:
▪ Mejoras Hasta 4 puntos.
Se valorarán exclusivamente las siguientes mejoras económicamente valoradas y di- rectamente relacionadas con el objeto del contrato:
- Renovación del sistema.
- Ampliación de zonas de cobertura.
- Mejoras en la conexión a central.
- Informatización del sistema de alarmas contra intrusión e incendios.
El valor de las mejoras no podrá superar la baja económica ofertada. Para su puntuación se aplicará la siguiente fórmula:
Puntuación oferta X =
Importe mejoras oferta X * Puntuación máxima Importe oferta con mayor valor económico en mejoras
8.2 Criterios valorables mediante la mera aplicación de fórmulas:
▪ Precio Hasta 6 puntos.
La valoración de este criterio se realizará otorgando a la media aritmética de las bajas, incrementada en un 5%, 6 puntos; valorándose las ofertas presentadas hasta el límite indicado de forma proporcional.
9. PROPOSICIONES
9.1 Las proposiciones para tomar parte en esta licitación se presentarán en TRES SOBRES CERRADOS, que podrán estar lacrados y precintados y en el que figurará, en cada uno de ellos, la siguiente INSCRIPCION:
"Proposición presentada por D...…….......(en nombre propio o en representación de.………....., con C.I.F.: ……...), para tomar parte en la licitación convocada por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx para la contratación del " "
En cada uno de los sobres, se añadirá además, respectivamente,
▪ “SOBRE 1” (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA)
▪ “SOBRE 2” (PROPOSICIÓN TÉCNICA)
▪ “SOBRE 3” (PROPOSICIÓN ECONÓMICA)
Dentro de cada sobre, se incluirá un índice comprensivo de todos los documentos que se incluyan en el mismo.
9.2 Los licitadores presentarán en el "SOBRE 1" (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATI- VA), los siguientes DOCUMENTOS:
1. Identificación completa de la empresa, que incluya como mínimo dirección, teléfono, fax y persona de contacto.
2. D.N.I. o C.I.F. del licitador y del representante.
3. Escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en los que cons- ten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Asimismo, aportarán Poder notarial en caso de actuar en representación de otra perso- na o entidad, DEBIDAMENTE BASTANTEADO por la Directora de los Servicios Jurídicos.
4. Último recibo del Impuesto de Actividades Económicas por la actividad correspon- diente, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. En caso de que el licitador haya iniciado la actividad en el presente ejercicio, presentará únicamente el documento acreditativo del alta en el re- ferido Impuesto.
En su caso, las empresas licitadoras podrán acreditar la exención en el mencionado Impuesto, mediante declaración responsable expedida al efecto.
5. Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición de contratar de las contenidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; que incluya la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
6. Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera y técnica o profe- sional de la Empresa, conforme a lo establecido en la cláusula 7 del presente Pliego de Condiciones.
7. Propuesta de Póliza de seguro de responsabilidad civil, por un importe mínimo de
300.000,00 € o copia de la Póliza que tenga suscrita la empresa.
En general, de la documentación jurídica y administrativa, podrán presentarse originales o
copias compulsadas de los mismos, conforme a la legislación vigente.
9.3 Los licitadores presentarán en el SOBRE 2 (PROPOSICIÓN TÉCNICA), exclusiva- mente la documentación relativa a los criterios objetivos para la adjudicación del contrato establecidos en la cláusula 8.1.
En ningún caso se incluirá en este sobre la documentación relativa a los criterios recogi- dos en la cláusula 8.2. La inclusión de dichos datos en ese sobre supondrá la exclusión au- tomática de la correspondiente oferta.
En caso de que el licitador considere que en su proposición técnica existen documentos de carácter confidencial, deberá detallar qué documentación tiene ese carácter mediante la oportuna declaración firmada, todo ello a los efectos previstos en el art. 140 del Real De- creto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
9.4 En el "SOBRE 3" los licitadores presentarán los siguientes documentos:
• Proposición económica, que se redactará conforme al siguiente modelo:
"D.……........., vecino de.……......, con domicilio en……......, nº..., con D.N.I.
Nº.……....., expedido en.…....., el.... de....., de 20….., en nombre propio (o en repre- sentación de.………...., con C.I.F.: …….…) conforme acredito con poder notarial declarado bastante, otorgado ante xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio de ……. D ,
con fecha …….. y nº de protocolo ; enterado del anuncio publicado en el Boletín
Oficial de la Región xx Xxxxxx Nº.... del día…. de........ de 20 , y de los Pliegos de
Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas, con destino a la contratación, por PROCEDIMIENTO ABIERTO, del "......………....................", cuyo contenido conoce y acepta íntegramente, se compromete a la realización xxx xxxxxx- nado contrato con arreglo a todas y cada una de las cláusulas de los mencionados Pliegos, en el precio de € más el …% de I.V.A., que asciende a la cantidad de
……… €, lo que hace un total de €.
Se acompaña en el "SOBRE 1" la documentación exigida en la cláusula 9.2 del Plie- go de Condiciones y en el “SOBRE 2” la proposición técnica, en la que no se hace alusión alguna a la presente oferta económica.
Se señala como número de fax a efectos de las notificaciones que procedan en cuan- tas actuaciones se sigan del presente procedimiento el siguiente: .................
Fecha y firma del proponente".
• Memoria lo más detallada posible justificativa del precio ofertado.
• Se indicará igualmente en este sobre, en su caso, la parte del contrato que el licitador tenga previsto subcontratar, señalando importe, nombre o perfil empresarial, por refe- rencia a las condiciones de solvencia que reúnan los subcontratistas.
• En caso de que el licitador considere que a su proposición económica existen docu- mentos de carácter confidencial, deberá detallar qué documentación tiene ese carácter mediante la oportuna declaración firmada todo ello a efectos previstos en el art. 140 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
• En los casos en que concurran empresas comprendidas en un mismo grupo, según lo dispuesto en la cláusula 6.5, se deberá adjuntar a la proposición económica declaración sobre los extremos que se concretan en dicha cláusula.
10. PRESENTACIÓN DE PLICAS
Las plicas para esta licitación se entregarán en el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial, hasta las DIEZ HORAS del día en que finalice el plazo de QUINCE DIAS naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de licita- ción en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx (en caso de finalizar dicho plazo en sá- bado o en día festivo será el siguiente día hábil), y se admitirán cuantos sobres se presen- ten, siempre que reúnan las condiciones externas reglamentarias.
11. APERTURA DE PLICAS
11.1 Tendrá lugar en la Casa Consistorial ante la Mesa de Contratación, que estará constituida por los siguientes miembros:
▪ Presidente:
- Concejal Delegado de Contratación y Patrimonio.
▪ Vocales:
- Directora de los Servicios Jurídicos.
- Interventora General de la Corporación.
- Jefe del Servicio de Educación.
- Jefe de Sección de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial.
▪ Secretario:
- Jefe de Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial.
11.2 Reunida la Mesa, procederá a la calificación de la documentación a la que se refiere el artículo 146 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprue- ba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (SOBRE 1). Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunica- rá a los interesados mediante fax, a fin de que, en un plazo máximo de DOS DÍAS HÁBI- LES presenten y acrediten la subsanación, directamente en el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial del Ayuntamiento xx Xxxxxx, hasta las quince horas del día en que venza el plazo señalado. Seguidamente se extenderá Acta de Califi- cación y Selección.
11.3 Por la Mesa se realizará el acto público de apertura de proposiciones técnicas que con- tienen los criterios cuya valoración dependa de un juicio de valor (SOBRE 2), que tendrá lugar el primer martes siguiente a la fecha de vencimiento de la licitación, siempre que hayan transcurrido los dos días hábiles mencionados en la cláusula anterior. Si no hubiera transcurrido el plazo citado, se retrasará la apertura de las proposiciones hasta el primer martes siguiente al vencimiento del plazo de subsanación señalado. En todo caso, dicha apertura tendrá lugar antes de que hayan transcurrido siete días desde la apertura del SO- BRE 1 (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA).
La referida documentación se entregará al Servicio de Educación para su valoración, la cual deberá ser emitida en un plazo xxxxxx xx xxxx días naturales.
11.4 El Ayuntamiento podrá pedir aclaraciones a las ofertas presentadas para una mejor com- prensión de las mismas. En ningún caso dichas aclaraciones podrán suponer modificación de los términos de la proposición efectuada.
11.5 Una vez valorada la proposición técnica, por la Mesa se realizará el acto público xx xxxx- tura de las proposiciones económicas (SOBRE 3). En dicho acto se dará a conocer el re- sultado de la valoración de los criterios contenidos en el SOBRE 2. El referido acto deberá tener lugar antes de que haya transcurrido el plazo de un mes contado desde el día si- guiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
12. CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN
12.1 Las proposiciones presentadas, se clasificarán por orden decreciente, atendiendo a los cri- terios establecidos en la cláusula 8 del presente Pliego de Condiciones.
12.2 El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económica- mente más ventajosa, entendiéndose como tal la que mayor puntuación haya obtenido en la valoración de los criterios establecidos, para que dentro del plazo xx XXXX DÍAS hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la si- guiente documentación:
▪ Justificante de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa dicha acreditación.
▪ Justificante de disponer de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscri- bir a la ejecución del contrato
▪ Justificante de haber constituido la garantía definitiva a que se refiere la cláusula si- guiente.
▪ Acta de manifestaciones, ante Notario, de no estar incurso en una prohibición de con- tratar de las contenidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de no- viembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
▪ Póliza del seguro de responsabilidad civil por importe de 300.000,00 €, en caso de haber presentado la propuesta, y justificante de pago del último recibo de recibo.
▪ Escritura de constitución de la Unión Temporal de Empresas, en su caso.
▪ Justificante acreditativo del pago de los anuncios de licitación.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la misma docu-
mentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas
12.4 La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada dentro de los CINCO DIAS hábiles siguientes a la recepción de la documentación a que se refie- re el apartado 2 de la presente cláusula, y será publicada en el Perfil del Contratante y notificada al adjudicatario mediante fax. A tal efecto deberá consignar el número de fax en la proposición económica.
La notificación al resto de participantes en la licitación se realizará mediante publica- ción en el Tablón de Anuncios del Servicio de Contratación, Suministros y Responsa- bilidad Patrimonial, de conformidad con lo establecido en el art. 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi- miento Administrativo Común, Modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.
13. GARANTÍA DEFINITIVA
13.1 La garantía definitiva habrá de constituirse dentro del plazo indicado en la cláusula 12.2 y se fija en la cantidad equivalente al 5% del importe de adjudicación, excluido el I.V.A.
La garantía definitiva podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 96 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
13.2 Para el caso de que se utilice la modalidad de ingreso en efectivo, se procederá del si- guiente modo:
a. Se ingresará directamente o mediante transferencia bancaria a favor del Ayuntamiento xx Xxxxxx, en la cuenta siguiente: CAJAMAR: Cuenta de abono 3058-0437-29- 2732010010.
b. En los abonos deberá figurar el N.I.F. o C.I.F., nombre y apellidos o razón social de la empresa ordenante, así como la indicación de que se trata de «fianza definitiva», su- cinta descripción del contrato para el que se deposita y número de expediente.
13.3 Para el caso de que se presente en valores, mediante aval o seguro de caución, deberá depositarse necesariamente en la Caja de la Corporación y se realizará conforme a los mo- delos contenidos en los anexos del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, con la salvedad de que el término "Caja General de Depósitos" ha de sustituirse por "Caja del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx".
13.4 Asimismo, la garantía definitiva podrá constituirse mediante retención en el precio, de conformidad con lo establecido en el art. 96.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, previa petición formulada al efecto por el interesado en el plazo señalado en la cláusula 12.2.
14. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
14.1 El contrato derivado de la adjudicación del servicio objeto del presente Pliego de Condi- ciones se perfeccionará con su formalización, que se efectuará en documento administrati- vo, sin perjuicio de los establecido en al art. 156 del Real Decreto Legislativo 3/2011, Ley de Contratos del Sector Público, dentro del plazo de QUINCE DÍAS hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación.
14.2 No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
15. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
15.1 El adjudicatario está obligado al cumplimiento del contrato con estricta sujeción a lo dis- puesto en el presente Pliego de Condiciones, oferta por el mismo presentada y a las órde- nes que esta Administración le dé para la mejor realización del servicio adjudicado, el cual será fiscalizado en todo momento por el Jefe del Servicio Municipal promotor del expe- diente.
15.2 De conformidad con lo establecido en el art. 52 del Real Decreto Legislativo 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, por el Órga- no de contratación se designará un responsable del contrato al que corresponderá supervi- sar su ejecución, así como adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias para asegurar su correcta realización.
15.3 El contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos estableci- dos en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Dichos pagos se justificarán con facturas expedidas por la empresa adjudicataria, las cuales serán conformadas por el Jefe del Servicio Municipal correspondiente, y se tramitarán en forma reglamentaria, conforme a lo dispuesto en las Bases de Ejecución del Presupuesto.
15.4 El contrato derivado de la adjudicación de esta convocatoria, por su naturaleza, no tendrá plazo de garantía, de conformidad con lo dispuesto en el art. 222 del Real Decreto Legisla- tivo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, por lo que al finalizar la prestación del servicio, el Jefe del Servicio Municipal formalizará Acta de Recepción en el plazo de un mes, desde la finali- zación de la prestación del servicio, en el que justifique la buena prestación de éste, que se- rá remitido al Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial para la devolución de la garantía definitiva, en su caso, previa tramitación del reglamentario expe- diente.
16. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
16.1 De conformidad con lo dispuesto en el art. 219 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14
de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, los contratos administrativos podrán ser modificados por razones de interés públi- co en la forma prevista en el Título V del Libro I de la mencionada Ley, y de acuerdo con el procedimiento regulado en su art. 211; siendo dichas modificaciones obligatorias para el contratista.
16.2 De acuerdo con lo establecido en el art. 106 del Real Decreto Legislativo 3/2011, las posi- bles modificaciones previstas para el presente contrato son las siguientes:
La cuantía del contrato podrá sufrir una variación del 20% como máximo. Para ello, si, una vez adjudicado el contrato, fuera necesario modificarlo, se dará audiencia a la empresa adjudicataria por un plazo máximo de 3 días hábiles. Por el técnico responsable de la eje- cución del contrato se emitirá informe, con el conforme de la Jefe de Servicio de Educa- ción, justificando dicha modificación y se remitirá al órgano de contratación para su apro- bación.
El número de colegios que figura en el contrato está sujeto a variaciones en función del aumento o supresión de centros que efectúe la Consejería de Educación, Formación y Em- pleo, así como a modificaciones de las instalaciones de alarma que resulten necesarias.
16.3 Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 107 del Real Decreto Legislativo 3/2011, el órgano de contratación podrá introducir modificaciones no previstas en el con- trato para atender a causas imprevistas, solamente cuando concurra alguna de las circuns- tancias señaladas en dicho artículo.
17. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
17.1 El adjudicatario se obliga al cumplimiento de las leyes protectoras del trabajo, relativas a seguridad e higiene, incluso de la de Previsión y Seguridad Social, en todos sus aspectos y regulaciones, quedando exenta la Entidad Municipal contratante de cualquier responsabili- dad por incumplimiento de dichas disposiciones y demás de carácter laboral que se pro- duzcan por el adjudicatario.
Igualmente, éste se obliga a cumplir lo dispuesto en las leyes protectoras de la industria na- cional, en todos sus aspectos y normas vigentes, así como las de seguridad e higiene en el trabajo.
Asimismo, las empresas que empleen un número de trabajadores fijos que exceda de 50 vendrán obligadas a cumplir lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, sobre integra- ción social de los minusválidos, así como en el R.D. 1451/1983, de 11 xx xxxx y demás normativa complementaria.
17.2 Serán de cuenta de la contrata todos los tributos, contribuciones y arbitrios de cualquier esfera fiscal, los que, por considerarse incluidos en los precios ofertados, no podrá reper- cutirse como partida independiente.
17.3 La empresa contratista responderá objetivamente y, en su consecuencia, deberá indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia del contrato adju- dicado, conforme a lo establecido en el artículo 214 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
17.4 La contrata será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y co- mercial, y deberá indemnizar a la Administración de todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastos deri- vados de las que, eventualmente, puedan dirigirse contra la Administración Municipal.
17.5 De conformidad con lo establecido en el art. 43.1 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre, así como en el art. 60.d) 219 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en los arts. 13 a 16 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; la empresa contratista tendrá la obligación de aportar, con anterioridad al vencimiento de la validez de los certificados inicialmente aportados y hasta la finalización del contrato, y sin que medie reclamación alguna por parte de esta Administración, nuevas certificaciones acreditativas de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Dicha obligación tendrá el carácter de obligación contractual esencial.
18. EJECUCIÓN DEFECTUOSA Y DEMORA
El Órgano de Contratación, en caso de incumplimiento, a propuesta del responsable del contrato, previa tramitación de las actuaciones oportunas y con audiencia del contratista, podrá imponer a éste multas con arreglo a lo previsto en el art. 212 del Real Decreto Le- gislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en base a las penalidades que a continuación se especifi- can:
18.1 INFRACCIONES: Faltas Leves:
▪ Trato no respetuoso hacia los usuarios o el personal de la instalación.
Faltas Graves:
▪ Modificación de un trabajo sin causa justificada y sin notificación previa.
▪ Falta de atención a los requerimientos realizados por los funcionarios municipales en- cargados de la supervisión del contrato, así como la falta de colaboración con ellos.
Faltas Muy Graves:
▪ Falta en la ejecución de los trabajos ofertados.
▪ Falta de elementos de seguridad para la prestación del servicio.
▪ Prestación deficitaria según controles efectuados.
▪ La facturación de trabajos no realizados.
▪ Incumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad y salud laboral.
▪ El incumplimiento de cualquiera de las condiciones contenidas en la oferta del licitador y que hayan sido objeto de valoración para su adjudicación
▪ El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales esenciales del con- trato.
18.2 SANCIONES:
Las faltas cometidas por el adjudicatario se sancionarán en la siguiente forma:
▪ Las faltas leves se penalizarán con apercibimiento verbal o escrito y/o una sanción económica de hasta el 2% del importe de adjudicación del contrato.
▪ Las faltas graves se penalizarán con una sanción económica comprendida desde el 2%
hasta el 5% del importe de adjudicación del contrato.
▪ Las faltas muy graves se penalizarán con una sanción económica comprendida desde desde el 5% hasta el 10% del importe total del contrato, o con su resolución.
Los importes de las sanciones se harán efectivos mediante deducción en las certificaciones o facturas correspondientes. En caso de que no puedan deducirse de las mismas, la garantía definitiva prestada responderá de la efectividad de dichas sanciones; debiendo el adjudicatario reponer o ampliar aquélla en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución, de conformidad con lo establecido en el art. 99.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
19. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Con independencia de las faltas que puedan causar la resolución del contrato de conformi- dad con lo establecido en la cláusula anterior, motivarán la resolución del mismo las enu- meradas en los arts. 223 y 308 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, con los efectos previstos en el art. 309.
20. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
20.1 Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el adjudicata- rio a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato y que se cumplan los requisitos estable-
cidos en el art. 226 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
20.2 Salvo que por su naturaleza y condiciones se deduzca que ha de ser ejecutado directamente por el adjudicatario, este podrá éste concertar con terceros la realización parcial de la prestación, en las condiciones establecidas en los arts. 227 y 228 del mencionado Real De- creto Legislativo.
21. CONFIDENCIALIDAD
De conformidad con lo establecido en el art. 140 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el contratista y todos sus empleados deberán respetar el carácter confiden- cial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se hubiese dado el referido carácter, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante el plazo mínimo de cinco años desde el conoci- miento de la información.
Dicho extremo se considera obligación contractual esencial a los efectos establecidos en el art. 223, apartado g) del mencionado Real Decreto Legislativo.
22. GASTOS
El adjudicatario queda obligado a pagar el importe de los anuncios y de cuantos otros gas- tos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de formalización del contrato.
El importe máximo de los gastos de publicidad asciende a la cantidad de 1.000,00 €.
23. INTERPRETACIÓN E INCIDENCIAS
De conformidad con lo dispuesto en el art. 210 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos admi- nistrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento con el procedimiento estable- cido en el art. 211 del mencionado Real Decreto Legislativo, el cual será resuelto por la Junta de Gobierno Local previa audiencia al contratista. A este efecto, el responsable del contrato y el contratista pondrán en conocimiento de la Administración Municipal, por es- crito, cualquier cuestión que pueda originar tales incidencias.
Los acuerdos en su caso adoptados serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del de- recho que asiste al contratista de proceder por la vía jurisdiccional correspondiente.
24. TRIBUNALES COMPETENTES
La contrata contrae la obligación de renunciar a todo fuero o privilegio, quedando sometida a la jurisdicción contencioso-administrativa de este Municipio.
Murcia, 13 xx xxxxx de 2012 LA JEFE DEL SERVICIO,
Vº Bº
EL CONCEJAL DELEGADO DE CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO
Concejalía de Educación
Servicio de Educación
X/ Xxxxxxx, 0
00000 Xxxxxx
T: 968 35 86 00 (CIF. P-3003000 A)
CONDICIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN, REPARACIÓN, SUSTITUCIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS E INSTALACIONES DE ALARMA CONTRA INTRUSIÓN E INCENDIOS EN LOS COLEGIOS PÚBLICOS DEPENDIENTES DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX
1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto de las presentes Condiciones Técnicas es la contratación por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxx, del SERVICIO DE CONSERVACIÓN, REPARACIÓN, SUSTITUCIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS E INSTALACIONES DE ALARMA CONTRA INTRUSIÓN E INCENDIOS EN LOS COLEGIOS PÚBLICOS
DEPENDIENTES DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX y los que pudieran pasar a estarlo durante el periodo de vigencia del contrato derivado de la adjudicación del mismo.
La codificación correspondiente al Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV), según el Reglamento (CE) número 213/2008 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2007 es 797110000-1 Servicios de vigilancia de sistemas de alarma.
2. DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de duración del contrato derivado de la adjudicación de la actividad objeto del presente Pliego será de UN AÑO, a contar desde la fecha de formalización del contrato.
Dicho contrato podrá ser prorrogado por un periodo igual al inicial, previo informe favorable de este Servicio de Educación.
El contratista empezará a prestar el servicio al día siguiente de la fecha de formalización del contrato.
3. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS
El contratista vendrá obligado a la realización de todos los trabajos de reparación, sustitución, reposición o mantenimiento que le sean ordenados por el Técnico Director del Servicio y que sean necesarios para mantener en perfecto estado los sistemas e instalaciones de alarma de los edificios escolares.
Igualmente, se prestará el servicio de recepción de alarmas, mediante la recepción, verificación y transmisión de las alarmas que se reciban provenientes de los equipos situados en los centros.
Los colegios públicos xx Xxxxxx y pedanías donde se han de efectuar las actuaciones objeto del contrato se relacionan en el ANEXO II, quedando
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especificados los precios unitarios de ejecución material de las partidas que componen el presupuesto del contrato en el ANEXO I.
4. PRECIO DEL CONTRATO
El presupuesto máximo del contrato asciende a la cantidad de 22.033,90 € (incluidos gastos generales, 14% y beneficio industrial, 6%), más el 18% del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), lo que supone un total de 26.000,00 €, conforme al siguiente desglose económico:
Periodo | Importe | IVA | TOTAL |
Año 2012 | 16.525,43 € | 2.974,58 € | 19.500,01 € |
Año 2013 | 5.508,47 € | 991,52 € | 6.499,99 € |
TOTAL | 22.033,90 € | 3.966,10 € | 26.000,00 € |
Sobre el presupuesto máximo señalado, los licitadores realizarán sus ofertas a la baja, no admitiéndose ninguna que supere el precio indicado.
En el Anexo I a las Condiciones Técnicas figuran los precios unitarios de ejecución material servirán de base para la expedición de facturas mensuales, añadiéndose un 14% de Gastos Generales, 6% de Beneficio Industrial y aplicándose la baja ofertada por el adjudicatario y el 18% de IVA.
En el presupuesto total se entenderán comprendidos todos los gastos y demás impuestos que graven la realización del contrato, no pudiendo, en consecuencia, repercutirlos la empresa adjudicataria en la Administración como partida independiente del presupuesto contratado. Igualmente, en el precio de cada una de las partidas del Anexo se entienden comprendidas las medidas de seguridad adecuadas para la realización de los trabajos.
5. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El número de colegios que figura en el contrato y, por tanto, está sujeto a variaciones en función del aumento o supresión de centros que efectúe la Consejería de Educación, Formación y Empleo, así como a modificaciones de las instalaciones de alarma que resulten necesarias.
En consecuencia, una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, dentro de los límites y con sujeción a lo establecido en los arts. 219 y 306 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TR-LCSP en adelante).
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Concejalía de Educación
Servicio de Educación
X/ Xxxxxxx, 0
00000 Xxxxxx
T: 968 35 86 00 (CIF. P-3003000 A)
A los efectos previstos en el articulo 106 de la citada ley, la cuantía del contrato podrá sufrir una variación del 20% como máximo. Para ello, si, una vez adjudicado el contrato, fuera necesario modificarlo, se dará audiencia a la empresa adjudicataria por un plazo máximo de 3 días hábiles. Por el técnico responsable de la ejecución del contrato se emitirá informe, con el conforme de la Jefe de Servicio de Educación, justificando dicha modificación y se remitirá al órgano de contratación para su aprobación.
6. SOLVENCIA TÉCNICA, PROFESIONAL Y ECONÓMICA
La solvencia técnica o profesional de las empresas se apreciará teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberán acreditar por los medios siguientes:
▪ Dispondrá del correspondiente nº de registro en la Dirección General de la Seguridad del Estado.
▪ Dispondrá de la homologación para la realización y mantenimiento de instalaciones contra intrusión e incendio con central receptora y servicio de custodia y guarda de llaves.
▪ Dispondrá del sello de calidad AENOR correspondiente al tipo de actividad de que se trata.
▪ Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importes, fechas y beneficiarios, públicos o privados, de los mismos, acompañados de certificados de buena ejecución. La suma de dichos importes deberá ser como mínimo de 22.033,90 €, más el IVA que corresponda, para cada año.
▪ Titulaciones académicas y profesionales de los empresarios y del personal de dirección de empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
▪ Descripción del equipo técnico y unidades técnicas participantes en el contrato, estén o no integrados directamente en la empresa contratista, especialmente de los responsables de control de calidad. Declaración del material, instalaciones y equipo técnico de que disponga el empresario para la realización del contrato.
Con independencia de lo establecido en el apartado anterior y conforme al artículo
75 del TR-LCSP, los licitadores deberán acreditar necesariamente su solvencia económica y financiera, por uno o varios de los medios siguientes:
▪ Informe de instituciones financieras.
▪ Tratándose de personas jurídicas, presentación de balances o extractos de balances.
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 del TR-LCSP, las personas físicas o jurídicas que concurran deberán acreditar que la finalidad o actividad a la que se dedican está directamente relacionada con el objeto del contrato, según sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales.
7. CLASIFICACIÓN PROFESIONAL
Dado el importe del contrato y conforme al artículo 65 del TR-LCSP el empresario no necesita clasificación.
8. PRESTACIÓN DEL SERVICIO
La empresa adjudicataria será responsable de todos aquellos perjuicios que se puedan originar durante la prestación del servicio objeto de estas Condiciones.
La empresa deberá cumplir con los requisitos determinados en el artículo 7 de la Ley 23/1992, de Seguridad Privada; hallarse inscrita en el Registro de empresas de seguridad de la Dirección General de Policía; autorizadas de conformidad con los artículos 4 y siguientes del Reglamento de Seguridad Privada y adaptadas a la Orden INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre funcionamiento de los sistemas de alarma en el ámbito de la seguridad privada.
El contratista deberá disponer en el término municipal xx Xxxxxx de un local provisto de teléfono, dirección de correo electrónico, y dotado de personal o medios administrativos adecuados para recibir llamadas como mínimo entre las 8 y las 20 horas, debiendo comunicar un teléfono móvil donde recibir avisos urgentes fuera de dicho intervalo. Asimismo, dispondrá de Servicio de Urgencia con Servicio Técnico incluido de atención los 365 días del año y 24 horas al día.
Las reparaciones calificadas de urgentes o inaplazables por la dirección técnica, deberán realizarse incluso en festivos o en horas fuera de la jornada diurna habitual, sin que por ello pueda reclamarse cantidad adicional alguna.
El adjudicatario designará una persona como encargado general, que será el responsable del contacto directo con la dirección técnica municipal y que deberá estar localizable en todo momento. Su nombramiento deberá comunicarse por escrito con antelación, a la dirección técnica, la cual en cualquier momento, podrá requerir su sustitución si estima que no desempeña sus funciones de forma competente.
Los plazos para ejecutar las reparaciones o reposiciones de los sistemas e instalaciones de alarma contra intrusión e incendios son los que a continuación se detallan:
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Concejalía de Educación
Servicio de Educación
X/ Xxxxxxx, 0
00000 Xxxxxx
T: 968 35 86 00 (CIF. P-3003000 A)
Urgentes: Xxxxxxx realizarse de inmediato o dentro de las 24 horas siguientes al de su comunicación (según se informe por la dirección técnica).
Ordinarios: Deberán realizarse dentro de los 7 días siguientes al de su comunicación.
La contrata demostrará fehacientemente que dispone al menos (con nombre, DNI, NIF, razón social, dirección y teléfono) un operario especialista autorizado.
La empresa adjudicataria presentará al final de cada año natural en soporte informático, formato hoja de cálculo Excel o equivalente, un resumen valorado con la cantidad económica invertida en cada centro escolar de forma individualizada hasta 31 de diciembre. En anexo a la citada memoria, presentará relación de los trabajos realizados en cada colegio en concepto de las mejoras que, en su caso, haya ofertado.
En el caso de que, a criterio del técnico responsable del Servicio de Educación, sea necesario la realización de actuaciones, no contempladas en los precios unitarios del contrato, éstas serán objeto de valoración por el Servicio de Educación y se ejecutarán una vez aceptada la valoración de dichas actuaciones por la empresa adjudicataria.
Con motivo de los avances tecnológicos en los nuevos sistemas que están apareciendo en el mercado, puede ser necesario para el mantenimiento adecuar las partidas recogidas en el Anexo I.
9. SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO
La empresa adjudicataria está obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral de Seguridad e Higiene en el Trabajo que afecten a la actividad desarrollada, de acuerdo también con la Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, modificada por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco formativo de la Prevención de Riesgos Laborales.
A la firma del contrato la empresa adjudicataria presentará la siguiente documentación:
▪ Plan de Prevención.
▪ Contrato de Servicio de Prevención y Servicio de Salud Laboral.
▪ Procedimientos de trabajo.
▪ Procedimientos de Prevención del Servicio:
- Evaluación de riesgos.
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- Actividades preventivas.
- Medios preventivos colectivos.
- Medios preventivos individuales.
- Justificación de formación mínima de seguridad y salud de los trabajadores.
▪ Nombramiento de:
- Delegado de prevención.
- Técnico de seguridad.
- Recurso preventivo.
El incumplimiento por parte del contratista de sus obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, podrá dar lugar a la resolución del contrato.
10. CONTROL DE LOS TRABAJOS
A efectos de control, la contrata entregará semanalmente a la Dirección Técnica, parte de trabajos realizados en la semana precedente, indicando la fecha de la orden de trabajo y la fecha de realización, así como los días empleados en la realización de cada orden de trabajo.
11. RESPONSABILIDAD TÉCNICA Y CONTROL DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN
▪ Por parte del Servicio.
El Servicio, vigilará y controlará en todo momento la forma de prestación de los diferentes servicios adjudicados en relación con las especificaciones de las presentes Condiciones y dará cuenta al adjudicatario de las personas que han de tener relación directa con él. Las funciones de los técnicos designados para desempeñar el Servicio de Inspección, serán las siguientes:
a) Controlar que las labores se efectúen oportunamente y en la forma estipulada.
b) Controlar si se cumple tanto lo estipulado en las Condiciones Técnicas como en los posibles compromisos posteriores del adjudicatario en cuanto al número y cualificación del personal.
c) Determinar si los equipos, maquinaria y herramientas de que dispongan para la realización satisfacen las condiciones exigidas al rango del lugar en que actúan y a la importancia de la misión que tengan encomendada.
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Concejalía de Educación
Servicio de Educación
X/ Xxxxxxx, 0
00000 Xxxxxx
T: 968 35 86 00 (CIF. P-3003000 A)
▪ Por parte del adjudicatario.
La Empresa intervendrá directamente, sin necesidad de los técnicos municipales, en aquellas operaciones de inspección y de reparación que requieran actuación en lo definido en el contrato.
Intervendrá, asimismo, a requerimiento de los técnicos municipales y en actuaciones que por su urgencia sean necesarias, fuera del horario normal.
▪ Con relación a los accidentes o daños causados por las instalaciones o por la realización de los trabajos.
El contratista deberá responder de todos los accidentes, daños, perjuicios de cualquier naturaleza causados por las instalaciones como consecuencia de fallos o defectos en su funcionamiento e imputables a un mantenimiento inadecuado, así como de los posibles perjuicios que puedan causar a terceros o al Municipio.
Asimismo, el contratista será responsable de los accidentes, daños y prejuicios que se originen por la ejecución de los trabajos que exija la prestación del servicio.
El contratista comenzará a prestar el servicio al día siguiente de la firma del contrato. El incumplimiento sin causa justificada de este plazo, será considerado falta grave.
12. RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES
El órgano de Contratación, en caso de incumplimiento y con audiencia al contratista, podrá imponer a éste multas, en base a las siguientes FALTAS:
Faltas leves
Trato no respetuoso hacia los usuarios o el personal de la instalación Faltas Graves
Modificación de un trabajo sin causa justificada y sin notificación previa.
Falta de atención a los requerimientos realizados por los funcionarios municipales encargados de la supervisión del contrato, así como la falta de colaboración con ellos.
Faltas muy graves
Falta en la ejecución de los trabajos ofertados.
Falta de elementos de seguridad para la prestación del servicio. Prestación deficitaria según controles efectuados.
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La facturación de trabajos no realizados.
Incumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad y salud laboral.
Las faltas no contempladas en este Pliego se clasificarán por su analogía con las anteriores desde el punto de vista de su incidencia en la prestación del servicio.
SANCIONES
Por la comisión de las faltas anteriormente mencionadas, y siempre que éstas no den lugar a la rescisión del contrato, se podrán imponer multas en las siguientes cuantías, las cuales se harán efectivas, en su caso, detrayéndolas del precio a pagar:
- Faltas leves: apercibimiento verbal o escrito y/o sanción económica de hasta el 2% del importe del contrato.
- Faltas graves: sanción económica del 2% al 5% del importe total del contrato.
- Faltas muy graves: sanción económica del 5% al 10% del importe total del contrato, pudiendo llegar a rescindirse el contrato.
Murcia, 30 de enero de 2012
EL ARQUITECTO TÉCNICO DE CCEE
Conforme,
LA JEFE DE SERVICIO DE EDUCACIÓN
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx
Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxx
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Concejalía de Educación
Servicio de Educación
X/ Xxxxxxx, 0
00000 Xxxxxx
T: 968 35 86 00 (CIF. P-3003000 A)
ANEXO I BANCO DE PRECIOS
CÓDIGO UD. DENOMINACIÓN PRECIO
1.1 AL001 | Ud | Central de alarmas control/comunicador de 8 hasta 48 zonas, cableadas y / o RF.3 particiones (1 común). 48 códigos de usuario con niveles de autorización, hasta 00 xxxxxxx xx xxxx x 0 xx xxxxxxx xx xxxxx. Hasta 32 calendarios. Registro 250 eventos. Certificada EN 50131 grado 2, marca ADEMCO modelo VISTA 48 ó similar 175,75€ |
1.2 AL002 | Ud | Central de alarmas control/comunicador de 9 hasta 86 zonas, multiplexadas y/o RF. 8 particiones. 128 códigos de usuario con 7 niveles de autorización. 16 salidas de relé y/o dispositivos x 10 con calendarios. Registro de 224 eventos, marca ADEMCO, modelo 4140 XMPT-2 ó similar 420,00€ |
1.3 AL003 | Ud. | Consola teclado numérico direccionable LCD. Teclas de silicona retroiluminadas. Tapa extraíble. Leeds indicadores. Zumbador incorporado, compatible con las centrales de alarma descritas en los puntos 1.1 y 1.2 anteriores, marca ADEMCO, modelo 6148P-KA o similar 57,72€ |
1.4 AL004 | Ud. | Consola teclado alfanumérico LCD, direccionable. Leeds indicadores. Zumbador incorporado, marca ADEMCO, modelo 6164SP o similar, compatible con las centrales de alarma descritas en los puntos 1.1 y 1.2 anteriores 131,18€ |
1.5 AL005 | Ud. | Detector de movimiento por infrarrojos de alcance igual o superior a 12x12 mts. adaptado a las normas europeas EN 50131-1 Y TS 00000-0-0, grado de seguridad 2 y a las disposiciones medioambientales clase II, marca HONEYWELL modelo serie IS2500 ó similar 27,66€ |
1.6 AL006 | Ud. | Detector de movimiento tecnología Dual, en banda K, de alcance igual o superior a 12x12 mts. adaptado a la normativa europea EN 50131-1 y TS |
5013/-2-2, grado de seguridad 2 y a las disposiciones medioambientales clase II, marca
HONEYWELL, modelo DT-7235 EU o similar 35,13€
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1.7 AL007 Ud. Fuente de alimentación 12V./5A/H con caja e indicación de alimentación con led verde y fallo led rojo, salida 13.8V. ajustable, compatible con batería de hasta 7 AH máximo, marca HONEYWELL,
modelo PSU 12V 5AB o similar 150,60€
1.8 AL008 Ud. Batería de 12V/7 AH compatible con fuente de alimentación marca HONEYWELL modelo PSU 12
V 5AB o similar 7,74€
1.9 AL009 Ud. Sirena exterior, con potencia acústica de 110 db, batería de NI-CAD incluida, protección antisabotaje, pared y tapa y led con alta visibilidad, marca
HONEYWELL, modelo AG6/WB o similar 51,45€
1.10 AL010 Ud. Sirena interior, con potencia acústica de 106 db bitonal y voltaje de funcionamiento de 6 a 14 vdc.
marca HONEYWELL modelo WAVE-2 o similar 12,14€
1.11 AL011 Ud. Módulo expansor universal de 8 zonas compatible con central de alarmas ADEMCO modelo vista 48 o
similar, modelo 4280U o similar 50,45€
1.12 AL012 Ud. Módulo expansor universal de 8 zonas compatible con central de alarmas ADEMCO modelo vista -25
SP o similar, modelo 4219 o similar 54,17€
1.13 AL013 Ud. Módulo 5 relés programables marca HONEYWELL, modelo XL4705 ó similar, compatible con la
instalación principal 71,04€
1.14 AL014 Ml. Cable blindado de 8x0.25mm 0,46€
1.15 AL015 Ud. Detector de incendios homologado con base, led
bicolor, óptico: fotoelectrico y/o térmico a 58ºC 33,98€
1.16 AL016 Ud. Detector de incendios homologado con base relé,
led bicolor, óptico: fotoeléctrico y/o térmico a 58ºC 44,48€
1.17 AL017 Ud. Contactor magnético para montaje en superficie en puerta abatible tipo garaje (zona de tráfico rodado). Gran potencia nominal 25 mm. construido en aluminio resistente, incluso cable armado de
conexión 30,10€
1.18 AL018 Ud. Contactor magnético, Termo-Plástico, para montaje en superficie de puertas y/o ventanas, tipo NC máxima apertura 15 mm., máximo voltaje 200 V.
DC 1 A. 2 terminales 5,60€
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Concejalía de Educación
Servicio de Educación
X/ Xxxxxxx, 0
00000 Xxxxxx
T: 968 35 86 00 (CIF. X-0000000 X)
1.19 AL019 Ud. Contactor magnético redondo de plástico, montaje empotrado para puertas y/o ventanas, tipo NC máxima apertura 15 mm. máximo voltaje 200 V DC.
1 A., incluso cable con 4 hilos con Tamper 4,50€
1.20 AL020 Ud. Hora de mano de obra de Técnico Oficial 25,00€
1.21 AL021 Ud. Instalación de alarma a Central Receptora, incluso
materiales y mano de obra 25,00€
1.22 AL022 Ud. Conexión mensual de instalación de alarma a
Central Receptora 18,00€
1.23 AL023 Ud. Mes de servicio de custodia de llaves y acuda, por
colegio 28,01€
1.24 AL024 Ud. Año de servicio de guarda llaves por colegio, (no incluye gastos de desplazamiento para entrega de
llaves 10,00€
En el precio de cada una de las partidas anteriormente descritas, se entienden comprendidas las medidas de Seguridad adecuadas para la realización de los trabajos.
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ANEXO II
RELACIÓN DE COLEGIOS PÚBLICOS DEL MUNICIPIO XX XXXXXX
Orden | Nombre | Localidad | Dirección | CP | Teléfono | Fax |
1 | CEIP. XXXXXXXXX XXXXXXX | XXXXXXXXX | Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx, 00 | 00000 | 968 840143 | 968 840143 |
2 | CEIP. XXXXXXXX XXXXXXX | ALGEZARES | Xxxxx Xxxxx x Xxxxx, 00 | 00000 | 968 840341 | 968 840341 |
3 | CEIP. ESCULTOR XXXXXXXX XXXXXX | XXXXXXX | Xxxxx Xxxxx, 00 | 30152 | 968 351261 | 968 250669 |
4 | CEIP. XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX | XXXXXXX | Xxxxxx Xxxxxxxxxx, 116, | 30152 | 968 253765 | 968 253765 |
5 | CEIP. SAN XXXX XX XXXXXXXX | ALQUERÍAS | Xxxxx Xxx Xxxx xx Xxxxxxxx, x/x | 00000 | 968 810901 | 968 810901 |
6 | CEIP. XXX XXXX XXXXXXXX | XXXXXXXXX | Xxxxx Xxxxxxxx, 00 | 00000 | 968 810157 | 968 811650 |
7 | CEIP. AVILESES | AVILESES | Xxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, 0 | 00000 | 968 370507 | 968 370507 |
8 | CEIP. XXXXX XXXXXXXX XXXXXX | XXXXXXXXX | Xxxxx Xxxxxx, 00 | 00000 | 968 373502 | 968 373502 |
9 | CEIP. Nª Sª DE LA FUENSANTA | BENIAJÁN | Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx, 00 | 00000 | 968 820846 | 968 824287 |
00 | XX Xxxxxxxx XX XXXXXXX | XXXXXXXX | Xxxxx Xxxxxxxx, x/x | 00000 | 968 873314 | 968 873314 |
00 | XXX. XXXXXXXXXXX | XXXXXXXX | Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, 00 | 00000 | 968 822703 | 968 822703 |
12 | CEIP. Xx Xx XX XXXXXX | XXXXXXXX-EL XXXXX | Xxxxx Xxxx. Xxx. xx Xxxxxx, x/x | 00000 | 968 820617 | 968 820617 |
13 | CEIP. INFANTA XXXXX | BENIAJÁN- X.XXXXXXXXXX | Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxxx, 00 | 00000 | 968 821521 | 968 821521 |
14 | CEIP. XXXX XXXXXX | Xx DEL PROGRESO | Avenida del Progreso, 49 | 30012 | 968 254352 | 968 254352 |
15 | CEIP. XXXX XXXXX XXXXXXX | XXXXXX XX XXXXXX | Xxxxx Xxxxxx xxx Xxxxxx, 00 | 30110 | 968 835184 | 968 835184 |
00 | XXXX. XXXXX XXXXXXXXXXX | XXXXXX XX XXXXXX | Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx | 00000 | 968 834413 | 968 834413 |
17 | CEIP. Nª Sª DE LAS LÁGRIMAS | XXXXXX XX XXXXXX | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, 0 | 00000 | 968 831570 | 968 831570 |
18 | CEIP. XXXX XX XX XXXXXX | XXXXXXXX | Xxxxx Xxxxxxxx, x/x | 00000 | 968 302011 | 968 302011 |
19 | CEIP. XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX | XXXXXX | Xxxxxxx xx xxx Xxxxx, 0 | 00000 | 968 831894 | 968 831894 |
20 | XXX XXXXX XXXXXX | XXXXXX | Camino viejo xx Xxxxxxx, 15 | 30110 | 968 833350 | 968 307576 |
21 | CEIP. XXXXXX XX XX XXXX | XXXXXXXXXX | Xxxxx Xxxxxxxx, x/x | 00000 | 968 860175 | 968 860175 |
22 | CEIP. XXXXXX XXXXXXX | XXXXXXX | Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, 00 | 30153 | 968380205/ 968380101 | 968 380205 |
23 | CEIP. XXXXXX XX XX XXX | XX XXXXXX | Xxxxxxx xx Xx Xxx, x/x | 00000 | 968 886812 | 968 880448 |
24 | CEIP. ESCUELAS NUEVAS (Ubicado temporalmente en el Centro de Atención a la Infancia) | EL PALMAR | Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, 00 | 00000 | 968 885568 | 968 885568 |
25 | CEIP. XXXXXX XXXXXXX | EL PALMAR | Xxxxx Xxxxxxx, 0 | 00000 | 968 886736 | 968 885900 |
00 | XXXX. XXXX XXXXX XXXXXXX | XX XXXXXX | Xxxxx Xxxxx, 000 | 00000 | 968 882436 | 968 887033 |
27 | CEIP. LOS XXXXXXX | EL PALMAR | Xxxxx Xxxxx, x/x | 00000 | 968 886475 | 968 379861 |
00 | XXXX. Xxxxxx Xxxxx Xxxx | XX XXXXXX | Xxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxx, 00 | 00000 | 968 885266 | 968 885266 |
29 | CEIP. XXXXX XXXX XX XXXX | XX XXXXXX | Xxxxx Xxxxxxx, x/x | 00000 | 968 886665 | 968 886665 |
30 | CEIP. XX XXXXXX | XX XXXXXX | Xxxxx Xxxxxxxx, 0 - (Xxx. Xxxxxxxx) | 00000 | 968 832625 | 968 832625 |
Orden | Nombre | Localidad | Dirección | CP | Teléfono | Fax |
31 | CEIP. Nª Xx XX XXX XXXXXXX | XX XXXX | Xxxxx Xxxxxxxx, x/x | 00000 | 968 810009 | 968 810009 |
00 | XXXX. XXXXXXXXXXXXX | XX XXXX | Xxxxxx xx Xx Xxxxx, 00, | 00000 | 968 600454 | 968 600454 |
33 | CEIP. XXXX XXXXX | XX XXXXXX | Xxxxx Xxxxxx xx Xxxx | 00000 | 968 294484 | 968 291031 |
34 | CEIP. NÚMERO 39 (Ubicado provisionalmente en XXXX XXXX XXXXX) | XX XXXXXX | Xxxxx Xxxxxx xx Xxxx | 00000 | 968 294484 | 968 291031 |
00 | XXXX. XXXXX XX XXXXXX | XX XXXXXX | X/ Xxxxxx, 0 | 00000 | 968 297816 | 968 297816 |
36 | CEIP. XXXXXXXX XXXXXX XXXXX | XXX XXXX | Xxxxxx xx Xxx Xxxxxx, 0. | 00000 | 968 252997 | 968 252997 |
37 | CEIP. Nª Sª DE LOS ÁNGELES | ESPARRAGAL | Xxxxx Xxxxx, x/x | 00000 | 968 850084 | 968 850084 |
00 | XXXX. XX XXXX | XXXXXXXXXX-XX XXXXXXXX | X/ Xxx Xxxxxxxx, 00 - Xx Xxxxxxxx | 00000 | 968 850597 | 968 850597 |
39 | CEIP. XXXXX XXXXX XXXXXX | ESPINARDO | Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, 00 | 00000 | 968 831799 | 968 305418 |
00 | XXXX. XXXXXXXX | XXXXXXXXX | x/ Xxx Xxxxxx, 0 | 00000 | 968 830945 | 968 830945 |
41 | CE Infantil Xx Xx XXX XXXXXX | XXX X XXXXXXX | Xxx x Xxxxxxx | 00000 | 968 370126 | 968 370126 |
00 | XXXX. XXXXXX XX XXXXXXXXX | XXXXXXXXX | Xxxxx Xxxxxxxxxxxx, 00 | 00000 | 968 832332 | 968 832332 |
43 | CEIP. XXXXXXXXXXXX | XXXXXX XXXXX | Xxxxx Xxxxxxx, 00 | 00000 | 968 802130 | 968 802130 |
00 | XXXX. XXX XXXXXX | XXXXXX XXXXX | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, x/x | 00000 | 968 804852 | 968 804852 |
45 | CEIP. XXXXXX XXXXXXXX | JAVALÍ VIEJO | Xxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx, x/x | 00000 | 968 802060 | 968 802060 |
46 | CEIP. XXXXXX XXXXXX | XX XXXXXXXXX | Xxxxxx xx xxx Xxxxxxxx, 00 | 00000 | 968 290217 | 968 290217 |
47 | CEIP. EL MOLINICO | LA ALBERCA | Xxxxx Xxxxxxx, 00 | 00000 | 968 846552 | 968 842623 |
00 | XXXX. XXXXXX XX XX XXXXXXXXX | XX XXXXXXX | Xxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxx, 00 | 00000 | 968 842232 | 968 844903 |
49 | XXXX. XX XXXXXXXX | XX XXXXXXXX | Xxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxx x Xxxxxx xx Xxxxxxx | 00000 | 968 280073 | 968 280073 |
00 | XXXX. Xx Xx XXX XXXX | XX XXXX | Xxxxxxxxx xx xxx Xxxxxxxxx, x/x | 00000 | 968 805615 | 968 805615 |
51 | CEIP. BARRIOMAR 74 | LA PURÍSIMA- BARRIOMAR | Xxxxxx Xxxxx los Muñoces, 2 | 30010 | 968 250626 | 968 257360 |
52 | CEIP. Nª Xx XX XX XXXXXXXXXXX | XX XXXX | Xxxxx Xxxxxxxxxxxxx, 00 | 00000 | 968 251772 | 968 251772 |
53 | CEIP. XXXX XXXXXX X | XXXXX XX XXXXXX | Xxxxx Xxx. Xxxxxxx Xxxxxxxx, 0 | 30161 | 968 810657 | 968 871145 |
54 | CEIP. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | XXXXXXXXX | X/ Xxx Xxxxxxxx, 0 | 00000 | 968 878298 | 968 878298 |
55 | CEIP. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | XXX XXXXXXX | X/ Xxxxxxxxx Xxxx x/x | 00000 | 968 348135 | 968 348135 |
56 | CEIP. XXXXXXX XXXX | XXX XXXXXX | Xxxx. de La Cultura, nº 60 | 30158 | 968 823169 | 968 824551 |
57 | CEIP. XXXXXX XX XXX XXXXXXXXXX | XXX XXXXXXXX XXX XXXXXX | Xxxxxxxxx xx Xxxxxx | 00000 | 968 383044 | 968 383044 |
58 | CEIP. XXXXXXXXX XXXXXXXX | XXX XXXXX | Xxxxx Xxxxxxxx, 0 | 00000 | 968 821569 | 968 821569 |
59 | CEIP. Xx Xx DE LA ANTIGUA | MONTEAGUDO | X/ Xxxxxxx Xxxx Xxxxx. Xxxxxxxx, 0 | 00000 | 968 852404 | 968 852404 |
60 | CEIP. XXXXXX XXX XXXXXXX | XXXXXXXXXX | Xxxxx Xxxxxxxx, 0 (Xx Xxxxx) | 00000 | 968 850092 | 968 850092 |
61 | CEIP. XXXX XXXXX | XXXXXXXXXX- XXX XXXXXXXXX | Xxxxx Xxx Xxxxxx, 0 | 30160 | 968 850448 | 968 850448 |
62 | CEIP. XXXXXX XXXXXXX | XXXXXX | Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, 0 | 30003 | 968 233 023 | 968 202 981 |
Orden | Nombre | Localidad | Dirección | CP | Teléfono | Fax |
63 | CEIP. CIERVA XXXXXXXX | MURCIA | Xxxxx xx Xxxxx Xxxxxxx, 0-x | 00000 | 968 225836 | 968 225836 |
00 | XXXX. XXXXXX XX XXXXXX | XXXXXX | Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, 00 | 00000 | 968 342384 | 968 353501 |
65 | CEIP. XXXXXXXX XX XXXX XXXXXXXX | XXXXXX | Xxxxx Xxxxxx, 0 | 00000 | 968 299519 | 968 275069 |
66 | CEIP. XXXXX XXXXXXXXX XX XX FUENTE | MURCIA | Xxxxx Xxxxx Xxx, x/x | 00000 | 968 263150 | 968 263150 |
67 | CEIP. XXXXXXX XXX XXXX XXXXXX | XXXXXX | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, 0 | 00000 | 968 251261 | 968 251261 |
68 | CEIP. XXXX XXXXXXX | XXXXXX | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, 0 | 00000 | 968 259831 | 968 259831 |
69 | CEIP. LA FLOTA | MURCIA | Xxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx, 0 | 00000 | 968 270543 | 968 270543 |
70 | CEIP. LOS ÁLAMOS | MURCIA | Xxxxxxxx xxx Xxxx, 0 | 00000 | 968 220065 | 968 210240 |
71 | CEIP. XXXX XXXXX | XXXXXX | Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx, 00 | 00000 | 968 271310 | 968 204247 |
72 | CEIP. XXXXXXX XXXX XXXXXXX | XXXXXX | Xxxxx xx Xxxxxxx, 00 - (XX XXXX) | 00000 | 968 296620 | 968 296620 |
73 | CEIP. XXXXXX XXXX XXXXXXXXX | XXXXXX | Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx xx Xxxxx, 0 (Xxx Xxxxxxx) | 00000 | 968 295256 | 968 295256 |
74 | CEIP. XXXXX XXXXXX | XXXXXX | Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, 00 | 00000 | 968 243527 | 968 243527 |
75 | CEIP. XXXXXXX XXXXX | XXXXXX | Xxxxx xxx Xxxxx, 00 | 00000 | 968 250254 | 968 350804 |
76 | CEIP. Nª Sª DE LA ARRIXACA | MURCIA | Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, 0 | 00000 | 968 234047 | 968 234047 |
77 | CEIP. Nª Sª DE LA XXX | XXXXXX | Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, 00 | 00000 | 968 232237 | 968 232237 |
78 | CEIP. Nª Sª DEL XXXXXX | XXXXXX | X/ Xxxxxxxxxx Xxxxx. Xxxxx, 00 | 00000 | 968 263208 | 968 268581 |
79 | CEIP. XXXXXXX XXXXX | XXXXXX | Avenida Xxxxxxxx Xxxxxx, 9 | 30006 | 968 242135 y 244828 | 968 242135 |
80 | CEIP. XXXXXXX XX XXX XXXXX | MURCIA | Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, 0 | 00000 | 968 241695 | 968 204271 |
81 | CEIP. SAN XXXXXX | XXXXXX | Xxxxx Xxxxx, 00 | 00000 | 968 290374 | 968 294350 |
82 | CEIP. SAN XXXX | XXXXXX | Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx xx Xxxxxx, 0 | 00000 | 968 219503 | 968 223479 |
83 | CEIP. SAN XXXXX | XXXXXX | Xxxxx Xxxxxx Xx Xxxxx, 0 | 00000 | 968 201963 | 968 248976 |
84 | CEIP. XXXXX XXXXX XX XXXXXX | XXXXXX | Xxxxx Xxxxx Xxxx, 0 | 00000 | 968 201861 | 968 201196 |
85 | CPEE XXXXXX. XXXXXX XXXXXXXXXXXX | XXXXXX | Xxxxx Xxxxxxxx | 00000 | 968 343993 | 968 350779 |
86 | CEIP. Xx Xx XX XXXXXX | NONDUERMAS | Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, 00, | 00000 | 968 256566 | 968 345737 |
87 | CEIP. XXXXXXX XXXXXX | XXXXXX XXXXXX- XXXXXXXXXX | X/ Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, 0 | 00000 | 968 850704 | 968 850704 |
88 | CEIP. XXXX XXXXXXXX XXXXXX | XXXXXX | Xxxx. xx Xx Xxxxxxxxx, 000 - Xxxxxx xx Xxxxxx | 00000 | 968 255351 | 968 340110 |
89 | CEIP. Xx Xx XX LAS MERCEDES | PUEBLA DE XXXX | Xxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx, 0 | 00000 | 968 801395 | 968 896081 |
90 | CEIP. XXXXXXX XXXXXXXX | XXXXXX XXXXXXX | Xxxxxx xx xxx Xxxxxx, x/x | 00000 | 968 236908 | 968 241192 |
91 | CEIP. Xx Xx XXX XXXXXXX | XXXXXX XXXXXXX | Xxxxxxxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxx, 00 | 30006 | 968 302697 | 968 302697 |
Orden | Nombre | Localidad | Dirección | CP | Teléfono | Fax |
92 | CEIP. PINTOR XXXXX XXXXXX | XXXXXX XXXXXXX | Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, 0 | 00000 | 968 301653 | 968 301653 |
93 | CEIP. XXXXX XXXX | XXXXXX XXXXXXX | Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | 00000 | 968 301186 | 968 301186 |
00 | XXXX. XXXXXX XX XXXXXXXXXXX | XXXXXX XX XXXXXXXXXXX | Xxxxx Xxxxxxxx, x/x | 00000 | 968 296107 | 968 296107 |
95 | CEIP. Xx Xx DE LOS XXXXXXX | XXXXXX DE SECA | Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, x/x | 00000 | 968 343985 | 968 343985 |
96 | CEIP. ESCULTOR XXXXXXXX | SAN XXXXX | X/ Xxxxxxxx x/x | 00000 | 968 881389 | 968 881389 |
00 | XXXX. XXXXXXXXX XXXXXXX | XXX XXXX XX XX XXXX | Xxxxx Xxxxxxxx, x/x | 00000 | 968 879031 | 968 879335 |
98 | CEIP. XXX XXX X | XXX XXX X | Xxxxx xx xx Xxxxxx, 0 | 00000 | 968 252880 | 968 252880 |
99 | CEIP. XXXXX XXX XXXXXXXX | XXXXXXXXX XX XXXX | Xxxxx Xxxxxxxx (Xx Xxxxxxxxx) | 00000 | 968 890574 | 968 890574 |
100 | CEIP. XXX XXXX XX XX XXXXXXX | XXXXXXXXX XX XXXX | Xxxxxx xx xx Xxxxx, 00 | 00000 | 968 802709 | 968 802709 |
000 | XXXX. XXXXXXX XXXXXX | XXXXXXXXX XX XXXX | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, 0 | 00000 | 968 895695 | 968 807502 |
102 | CEIP. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | SANGONERA LA VERDE | Xxxxxxx Xxxx. Xxx. xx Xxx Xxxxxxx, 00 | 00000 | 968 868027 | 968 868533 |
103 | CEIP. XXXXXX XXXXXXX XXXX | SANGONERA LA VERDE | Xxxxx Xx Xxxxxx, 00 | 00000 | 968 868102 | 968 869354 |
104 | CEIP. XXXXXX XX XX XXXXXXXXXX | XXXXX XXXX | Xxxxx Xxxxxxxx, x/x | 00000 | 968 810215 | 968 810215 |
105 | CEIP. XXXXXXXXX XXXXX DE LOS XXXX | SANTIAGO EL MAYOR | Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, x/x | 00000 | 968 344776 | 968 348386 |
106 | CEIP. SANTIAGO EL MAYOR | SANTIAGO EL MAYOR | Xxxxx Xxxxxxxxxxxx, 0 | 00000 | 968 260880 | 968 251182 |
107 | XXXX. XX XXXXXXXX | XXXXXXXX X XXXXXXXX | Xxxxx Xxxxxxxxx, 0 | 00000 | 968 230411 | 968 230411 |
108 | CEIP. Nª Xx XX XXXXXX | XXXXXXXX X XXXXXXXX | Xxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxx, 0 | 30007 | 968 231411 | 968 231411 |
109 | CEIP. Nª Sª DE BELÉN | SANTIAGO Y ZARAICHE | X/ Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, 0 | 00000 | 968 247713 | 968 247713 |
110 | CPEE. LAS BOQUERAS | XXXXXXXX X XXXXXXXX | Xxxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxxx, 000 | 00000 | 968 245018 | 968 245018 |
111 | CEIP. XXXXX XXXXX | XXXXX XXXXX | Xxxxx Xxxxxxxx, x/x | 00000 | 968 842002 | 968 842002 |
112 | CEIP. XXXXXXX | SUCINA | Xxxxx Xxxxxxxx, 0 | 00000 | 968 370003 | 968 370003 |
113 | CEIP. XXXXX XXXXXX | XXXXXXXXXXX | Xxxx. Xxxxxx Xxx Xxxx, 00 | 00000 | 968 821013 | 968 821013 |
000 | XXXX. XXXXXX XXX XXXXX | XXXXXXXXXXX | Calle Escuelas, 13 | 30579 | 968820870 / 679238561 | 968 837421 |
115 | CEIP. Nª Sª DE LA XXXXXXXXXX | VALLADOLISES | Xxxxx Xxx Xxxxxxxx, 00 | 00000 | 968 384018 | 968 384018 |
116 | CEIP. XXX XXXXX | XXXXXXXXX | X/ Xxxxxxxxxx X. Xxxxxx Xxxxxxx, 00 | 00000 | 968 950818 | 968 242876 |
117 | CEIP. SAGRADO CORAZÓN | XXXXXX | Xxxxxx xx Xx Xxxxxx, 0 | 00000 | 968 854221 | 968 854221 |