CLAUSULAS:
PLIEGO
DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE REGIRAN LA
ADJUDICACION POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO DEL SERVICIO PERMANENTE DE ARQUITECTURA Y ASESORÍA URBANÍSTICA
DEL AYUNTAMIENTO DE ARRIGORRIAGA (BIZKAIA).
CLAUSULAS:
1.- Objeto.
El contrato que sobre la base de este pliego se realice tendrá por objeto la realización del servicio permanente de Arquitectura y Asesoría Urbanística del Ayuntamiento de Arrigorriaga.
Los trabajos a realizar deberán sujetarse a lo dispuesto en el presente Pliego de Cláusulas administrativas particulares, en el pliego de prescripciones técnicas particulares y a cuantas instrucciones en aplicación de los pliegos dicte la administración contratante.
2. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato.
Mediante este contrato se pretenden satisfacer las necesidades técnicas permanentes del Ayuntamiento de Arrigorriaga en el campo de la arquitectura y del urbanismo, en concreto, las correspondientes a la relación de funciones y trabajos que se contienen en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
3.- Normas reguladoras.
La naturaleza del presente contrato es la de un contrato administrativo típico según dispone el artículo 19.1 a) del Real Decreto Legislativo 3/2011 y el Anexo II categoría 12, por remisión del articulo 10 del mismo.
El presente contrato como contrato administrativo típico, se regirá en cuanto su preparación, adjudicación, efectos y extinción según dispone el artículo 19.2 del RDL 3/2011 por:
-Por las cláusulas contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares y en el pliego de prescripciones técnicas.
-Por el Real Decreto Ley 3/2011 de 14 de noviembre por la que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico (BOE numero 276 de 16 de noviembre).
-Por el RD 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
-Por el Real Decreto 817/2009 de 8 xx xxxx por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público.
-Supletoriamente por las restantes normas de Derecho Administrativo que regulen la contratación y resulten de aplicación.
-En su defecto por las normas de Derecho Privado.
4.- Tipo del contrato.
El presupuesto base de licitación del contrato que se formula para la ejecución del mismo asciende a la cantidad de 162.624,00 euros (134.400,00 euros más 28.224,00 euros correspondientes al 21% de IVA)
El valor estimado del contrato, que según el artículo 88 del RDL 3/2011 viene determinado por el importe total de duración del contrato con inclusión de las posibles prórrogas y sin inclusión del Impuesto sobre el Valor Añadido, asciende a la cantidad de 268.800,00 euros.
Las ofertas de las empresas licitadoras se realizarán en todo caso mejorando el tipo de licitación a la baja, consignando una cantidad concreta y determinada, según el modelo de proposición recogido en el Anexo I, entendiendo siempre incluidos en la misma a todos los efectos, no sólo los precios de la contrata, sino también las cuotas correspondientes a los tributos de toda índole que graven los diversos conceptos y en especial el Impuesto sobre el Valor Añadido, conforme al artículo 25 del Reglamento del mismo, aprobado por R.D. 1624/92, de 29 de diciembre.
5.- Constancia expresa de la existencia de crédito.
Se hace constar que existe crédito adecuado y suficiente para afrontar las obligaciones que se deriven del presente contrato en el Presupuesto General de este Ayuntamiento del ejercicio 2016.
La Corporación Municipal se compromete a establecer anualmente y respecto de los ejercicios futuros que resulten afectados durante la ejecución del contrato, la adecuada consignación presupuestaria para hacer frente a las obligaciones económicas que se deriven del presente contrato, con cargo a las respectivas partidas del Presupuesto Municipal correspondiente.
6. Procedimiento y forma de adjudicación.
La presente adjudicación se llevará a cabo por procedimiento abierto a tenor de lo establecido en el artículo 157 del Real Decreto Legislativo 3/2011 por la que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, donde todo empresario interesado en el contrato podrá presentar una proposición.
La adjudicación será a favor de la oferta más ventajosa, atendiendo a los criterios establecidos en el pliego, según lo estipulado en el artículo 150 del Real Decreto Legislativo 3/2011.
En el presente pliego de cláusulas administrativas se establecen los criterios que han de servir de base para la adjudicación del presente procedimiento. Los mismos se indicarán con su correspondiente grado de ponderación.
La tramitación del presente procedimiento será Ordinaria.
Los plazos se computan por días naturales salvo que se indique expresamente que sólo deben computarse los días hábiles.
7.- Plazo de ejecución.
La duración del contrato será de DOS AÑOS. El servicio no será prestado durante un mes cada año, de manera continua o alterna.
Durante ese plazo deberá ser prestado el servicio por el adjudicatario según el pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas elaborado por los servicios técnicos del Ayuntamiento de Arrigorriaga y en todo caso con sujeción a las instrucciones emanadas por la Administración.
El plazo de ejecución será susceptible de DOS prórrogas por el mutuo acuerdo de las partes por un periodo de un año de duración cada una (2+1+1)
En el presente contrato no procederá la Revisión de precios estipulada en los artículos 89 y 90 del Texto Refundido de la Ley 3/2011 de Contratos del Sector Público.
8.- Penalidades por demora.
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo fijado para la realización del mismo.
La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de esta Administración.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo, este Ayuntamiento podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
9.- Plazo de garantía.
Dada la naturaleza de los trabajos que se pretende adjudicar NO se establece plazo de garantía en la presente contratación.
10. Aptitud para contratar.
Solo podrán contratar con el Sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales le sean propias.
La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate, todo ello según disponen los artículos 54, 57 y 72 del RDL 3/2011.
11.- Presentación de ofertas.
Los licitadores habrán de presentar su oferta en el Servicio de Atención Ciudadana SAC del Ayuntamiento de Arrigorriaga, sito en la planta baja de la Casa Consistorial, (Paseo Xxxxxxx 57 - 48480 Arrigorriaga.)
Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax (000000000) o telegrama en el mismo día.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
En atención al artículo 159 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, las mismas se presentarán en el plazo de CUARENTA días naturales contados desde la fecha del envío del anuncio del contrato al Diario Oficial de la Unión Europea, D.O.U.E, todo ello al existir acceso a los pliegos por medios electrónicos y al prepararse y enviarse por dichos medios el anuncio correspondiente, en horario de 08:00 a 14:00 horas.
Si el último día del plazo fijado para presentar proposición fuera inhábil o sábado el plazo finalizará automáticamente el primer día hábil siguiente.
Además deberá publicarse anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE), según el articulo 142.1 del RDL 3/2011.
Todo ello teniendo en cuenta el artículo 143 del RDL 3/2011 que manifiesta que los órganos de contratación fijarán los plazos de las ofertas y solicitudes de participación teniendo en cuenta el tiempo que razonablemente pueda ser necesario para preparar aquellas, atendida a la complejidad del contrato.
La oferta constará de los siguientes elementos:
Los licitadores habrán de presentar dos sobres cerrados.
En el exterior de ellos figurará el título "Oferta para tomar parte en el procedimiento abierto para la adjudicación del servicio permanente de Arquitectura y Asesoría Urbanística en el Ayuntamiento de Arrigorriaga”, el nombre y el número de D.N.I. o C.I.F del licitador; el tipo de sobre en cuestión A, B o C y en el interior irán necesariamente los siguientes documentos:
Sobre A: DECLARACIÓN RESPONSABLE.
La aportación inicial de la documentación administrativa que se establece en los apartados siguientes se sustituirá por la presentación de esta declaración responsable, indicando que el licitador cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración y en concreto con las detalladas en este pliego y de que dispone de toda la documentación que así lo acredita, comprometiéndose a aportarla
en cualquier momento que así lo solicite el órgano de contratación y en todo caso, en el supuesto de que la propuesta de adjudicación recaiga a su favor, los aportará con carácter previo a la adjudicación.
Se advierte que el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos exigidos legalmente y en este pliego para contratar será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
Esta declaración responsable incluirá:
Declaración del cumplimiento de las condiciones exigidas legalmente y en este pliego para contratar.
Domicilio: Todos los licitadores deberán señalar un domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia habrá de ser complementada indicando una dirección de correo electrónico y un número de teléfono y de fax.
Compromiso, en su caso, de constitución de Unión Temporal de Empresarios. Cuando dos o más empresarios acudan a la licitación constituyendo una unión temporal, deberán indicar en documento privado, los nombres y circunstancias de los que la suscriben, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada uno de los empresarios componentes de la unión, y deberá formalizarse en escritura pública en el supuesto de que resulten adjudicatarios
SOBRE A: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA (a presentar en caso de requerimiento previsto en la cláusula 14 y en caso de licitador propuesto adjudicatario)
1.- Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario. Si la empresa fuese persona jurídica, la personalidad se acreditará mediante la presentación de la escritura de constitución o modificación, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil. Para los empresarios individuales será obligatoria la presentación de
la fotocopia legitimada del Documento Nacional de Identidad o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
2.- Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto, y fotocopia legitimada de su Documento Nacional de Identidad o del que en su caso, le sustituya reglamentariamente. Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, excepto si se trata de un poder para acto concreto.
3.- Solvencia económica y técnica del contratista.
Determinándose que los medios de acreditación de la solvencia serán los señalados en los artículos 75 y 88 del RDL 3/2011 por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico, en concreto por alguno de los medios siguientes:
Con respecto a la solvencia económica:
Volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos el valor anual medio del contrato: 67.200,- euros
Con respecto a la solvencia técnica o profesional: Se deberá hacer constar la tenencia de los siguientes requisitos:
a) Titulación de arquitecto superior.
b) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años (2011-2015) del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
Teniendo en cuenta el objeto del contrato, dicha relación, contendrá cuando menos, la acreditación de lo siguiente:
- Haber participado en trabajos de confección de al menos un (1) instrumento de Planeamiento de Ordenación Estructural, en cualquiera de sus fases, total o parcialmente, por sí mismo o integrado en un equipo redactor.
- Haber participado en trabajos de confección de al menos un (1) instrumento de Planeamiento o de Ordenación urbanística que no sea de Ordenación Estructural, en cualquiera de sus fases, total o parcialmente, por sí mismo o integrado en un equipo redactor. O bien, haber participado, en las mismas condiciones antes señaladas, en trabajos de confección de al menos un (1) instrumento de Gestión o Ejecución Urbanística.
-Haber desempeñado labores de Asesoría Urbanística, con carácter continuo, en los últimos cinco años, con una dedicación mínima media de 14 horas semanales (70% de las 20 horas semanales mínimas recogidas en el pliego de prescripciones técnicas); o en su equivalente anual (14 horas semanales x 48 semanas) de 672 horas.
4.- Una declaración responsable de no estar incursa la empresa en prohibición de contratar, conforme al artículo 60 del RDL 3/2011. Esta Declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo cargo a favor se vaya a efectuar esta.
5. Domicilio: Todos los licitadores deberán señalar un domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia habrá de ser complementada indicando una dirección de correo electrónico y un número de teléfono y de fax.
6. El contratista estará exento de constituir la garantía provisional.
Las circunstancias señaladas en los anteriores números 1, 2 y 3 podrán acreditarse mediante una certificación expedida por el Registro de contratistas de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx o de la Diputación Xxxxx de Bizkaia, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido articulo 85 del RDL 3/2011. En este caso, deberá
acompañarse a la referida certificación una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
En relación a las circunstancias no recogidas en el certificado que se presente del Registro correspondiente, se acompañará la acreditación documental exigida.
TODOS LOS DOCUMENTOS HABRÁN DE SER ORIGINALES, NO ADMITIÉNDOSE FOTOCOPIAS A NO SER QUE LAS MISMAS HAYAN SIDO DEBIDAMENTE COTEJADAS CON SUS ORIGINALES POR FUNCIONARIO COMPETENTE QUE ASÍ LO HAGA CONSTAR.
SOBRE B: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FÓRMULA.
Se deberá aportar toda la documentación susceptible de valoración (Memoria), según la cláusula 13.A de los presentes Pliegos así como aquellos documentos que el contratista considere oportunos para dar a conocer su prestación o sean requeridos por la Administración y/o por los Pliegos de Prescripciones Técnicas y la que en general se considere necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos.
El Ayuntamiento de Arrigorriaga podrá solicitar a las empresas participantes en la licitación la defensa o aclaración de las propuestas presentadas.
SOBRE C: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULA.
Propuesta: según el modelo de proposición que figura en el Anexo I.
El licitador deberá indicar en documento redactado al efecto firmado por él, según modelo que figura en el Anexo I, que se compromete a realizar el objeto del contrato por la cantidad señalada respetando en todo caso el tipo de licitación.
12.-. Apertura de plicas.
La Mesa de Contratación, legalmente constituida al efecto, el día y hora que se señale en el PERFIL DE CONTRATANTE de la Web municipal, previa calificación de los documentos presentados en tiempo y forma, procederá en acto público, a la apertura de las proposiciones presentadas por los licitadores, y en su momento las elevará junto con el acta y la propuesta que estime pertinente al órgano de contratación que haya de efectuar la adjudicación.
Atendiendo a la circunstancia de que a los criterios evaluables de forma automática se les atribuye una ponderación inferior a la correspondiente a los criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor, se constituirá un COMITÉ DE EXPERTOS formado por el Aparejador municipal, 1 arquitecto superior designado por la Excma. Diputación Xxxxx de Bizkaia y 1 arquitecto superior designado por el Colegio Oficial de Arquitectos Xxxxx-Xxxxxxx.
A este COMITÉ DE EXPERTOS le corresponderá realizar la evaluación de las ofertas conforme a los criterios de adjudicación. Así, los sobres B que contienen las ofertas técnicas se entregarán al mencionado comité de expertos, al objeto de valorar y clasificar las proposiciones, por orden decreciente, atendiendo a los criterios no cuantificables por fórmula establecidos en la cláusula siguiente.
13.- Criterios de adjudicación:
Puntuación total máxima alcanzable… 100 puntos.
A) Criterios No cuantificables por fórmula: Total 60 puntos SOBRE B.
1. Situación actual del Planeamiento de Arrigorriaga .
Memoria que contendrá un análisis del Planeamiento urbanístico municipal de Arrigorriaga, y el estado del proceso de formulación del nuevo PGOU.
Esta memoria podrá tener que ser defendida oralmente ante el comité de expertos encargado de su evaluación.
B) Criterios cuantificables por fórmula: Total 40 puntos SOBRE C
1. Precio 20 puntos
Las ofertas se evaluarán de la siguiente manera:
20 puntos a la oferta económica de mayor baja admitida.
0 puntos a la oferta económica sin baja alguna, oferta económica igual al tipo de licitación.
Las situadas entre la oferta económica de mayor baja admitida y la oferta económica igual al tipo de licitación se valorarán aplicándose la siguiente fórmula:
Vi= | P.Of.MB | X20 |
P.Of.i |
Vi= Puntuación de la oferta i P.Of.i= Precio de la oferta i
P.Of.MB= Precio de la oferta con la mayor baja admitida
Criterio de presunción de valor anormal o desproporcionado de la oferta económica: En todo caso se considerarán “desproporcionadas” y, en consecuencia serán excluidas (artículo 152 TRLCSP), aquellas ofertas con bajas superiores al 15%.
2. Horas 15 puntos
Disponibilidad para cubrir el servicio de modo permanente sin coste añadido mediante un paquete de horas de hasta 40 horas/año.
Las ofertas se evaluarán de la siguiente manera:
15 puntos a la oferta de 40 horas/año.
0 puntos a la oferta de 0 horas/año.
Las situadas entre las anteriores se puntuarán mediante una regla de tres simple.
3. Conocimiento de euskera 5 puntos
PL 4 5 puntos
PL 3 3,75 puntos
PL 2 2,50 puntos
PL 1 1,25 puntos
La acreditación de los distintos perfiles se hará mediante la presentación del correspondiente certificado oficial. Se tendrán en cuenta las equivalencias a los perfiles lingüísticos según lo que dispone la normativa de aplicación.
14. Presentación previa a la propuesta de adjudicación de documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos.
En orden a garantizar el buen fin del procedimiento, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación por la Mesa de Contratación, se podrá recabar a los licitadores para que aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones exigidas legalmente y en este pliego para contratar.
En este caso, los licitadores requeridos al efecto deberán presentar la documentación solicitada en el plazo indicado que será como xxxxxx xx xxxx días hábiles. En caso de defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que subsane el error.
Se advierte que el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos exigidos legalmente y en este pliego para contratar será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
La falta de aportación de la documentación necesaria en dicho plazo supondrá la exclusión del licitador del procedimiento.
15.- Garantía definitiva y documentación a presentar por el adjudicatario.
En el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación del requerimiento efectuado por la Administración el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá:
1. Presentar la documentación administrativa justificativa de los requisitos exigidos legalmente y en el presente pliego para contratar. (Documentación administrativa recogida en la cláusula 11 – Sobre A)
El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos exigidos será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
2. Constituir la garantía definitiva por importe del 5% del importe de adjudicación del contrato (excluido IVA), en cualquiera de las formas que el artículo 00 xxx XXX 0/0000 xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx establece, para responder de los conceptos que se describen el artículo 100 del RDL 3/2011 de la misma. En el supuesto de que sea constituida mediante aval bancario el mismo se redactará de conformidad con el modelo del Anexo II.
En su caso aprobada la liquidación del contrato y vencido el plazo de garantía, se dictará acuerdo de devolución de aquella o cancelación de aval.
3. Justificación acreditativa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
4. Aportar el anexo III de este Pliego “REGISTRO DE TERCEROS DESIGNACION DE CUENTA BANCARIA” debidamente cumplimentado.
16. Adjudicación del contrato.
El contrato será adjudicado dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación señalada en el punto anterior, según dispone el artículo
151.3 de la Ley.
La adjudicación será motivada y se notificará a los licitadores y simultáneamente se publicará en el perfil de contratante, conteniendo el contenido del artículo 151.4 de la Ley 3/2011 y realizándose así mismo por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario en los términos reflejados en el artículo anterior.
17.- Formalización del contrato.
Al ser este contrato susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores.
El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
A tenor del articulo 27.1 del RDL 3/2011 el contrato se perfecciona con su formalización.
18.- Forma de pago.
Se efectuará mediante la presentación de las correspondientes facturas mensuales por el adjudicatario con fecha de día ultimo de cada mes a través del Registro General de Entradas de este Ayuntamiento, facturas correspondientes a los servicios ya realizados, las cuales serán abonadas en el plazo de 30 días, según el artículo 216.4 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre
Dichas facturas reunirán los requisitos exigidos en el R.D. 1496/2003, de 28 de Noviembre y Decreto Xxxxx 57/2004, de 6 xx xxxxx, e inexcusablemente el número de factura, nombre y apellidos o razón social, C.I.F, domicilio, tipo tributario de aplicación y cuota del I.V.A, así como el número de cuenta bancaria a la que efectuar la transferencia para el oportuno pago cuando éste se apruebe.
A los efectos de esta cláusula, el adjudicatario deberá presentar, el anexo III de este Pliego “REGISTRO DE TERCEROS DESIGNACIÓN DE CUENTA
BANCARIA”, debidamente cumplimentado.
19. Causas de resolución del contrato.
La resolución del contrato se regirá por lo establecido con carácter general en los artículos 223 y 308 del Real Decreto Legislativo 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos.
20.- Modificación del contrato.
Modificaciones previstas: Se prevé la modificación para el supuesto de que la prestación de los trabajos relacionados con la elaboración del PGOU (funciones señaladas en los apartados 4.j, 4.k y 4.x xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas) dejara de ser necesaria con anterioridad a la finalización del presente contrato, ello por haberse concluido para entonces, de forma definitiva, la elaboración del referido PGOU. En tal supuesto, la modificación se referirá a un ajuste de las horas de prestación del servicio y del precio del contrato.
Porcentaje del precio del contrato al que como máximo puede afectar esta modificación: 25%.
Modificaciones no previstas: cuando concurra alguna de las circunstancias y con los límites previstos en el artículo 107 del RDL 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Procedimiento a seguir: las modificaciones serán acordadas por el órgano de contratación previa tramitación del procedimiento previsto en los art. 211 TRLCSP y 102 RGLCAP.
21. Lugar de prestación del servicio y de entrega de los trabajos.
La prestación se realizará en el Ayuntamiento de Arrigorriaga, los días y en el horario establecido en el pliego de prescripciones técnicas. En ningún caso supondrá la presente contratación el mantenimiento de un vinculo laboral con al Ayuntamiento de Arrigorriaga.
22. Posibilidad de subcontratación.
En la presente contratación no se admite la posibilidad de subcontratar la prestación, al entenderse que el mismo por su naturaleza ha de ser ejecutado directamente por el contratista adjudicatario.
23.- Propiedad de los trabajos realizados.
Quedarán en propiedad del Ayuntamiento de Arrigorriaga, tanto el servicio recibido como los derechos inherentes a los trabajos realizados, su propiedad industrial y comercial, reservándose la Administración su utilización.
Los trabajos que constituyen objeto de propiedad intelectual, se entenderán expresamente cedidos en exclusiva a la Administración contratante, salvo en el caso de derechos preexistentes, en los que la cesión puede no ser con carácter de exclusividad.
24.- Prerrogativas y jurisdicción.
Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la presente Ley, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta.
Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. En el correspondiente expediente se dará audiencia al contratista.
Los licitadores se someten para todas las cuestiones derivadas de la preparación y adjudicación cumplimiento, efectos y extinción a la jurisdicción contencioso administrativo, todo ello con expresa renuncia de cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, todo ello sobre la base de lo establecido en el artículo 21.1 del RDL 3/2011 por la que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
25.- Devolución de documentación.
Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados, tal y como dispone el artículo
87.4 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Si la misma no fuere retirada, quedará a disposición de esta Administración, pudiendo procederse a su expurgo.
26. Confidencialidad de los datos.
En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional vigésimo sexta del RDL 3/2011, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de
13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo en especial el RD 1720/2007 de 21 de diciembre. Debiendo guardar sigilo de contenido de contrato adjudicado.
En Arrigorriaga, 20 de enero de 2016
EL SECRETARIO.
ANEXO I
Modelo de proposición.
D/Xx ............................................................................., con D.N.I. número
......................., con y domicilio a efectos de notificaciones en
..............................................., calle ........................................., teléfono
............................, y fax , en nombre propio (o en representación de
.................................; con C.I.F número ), manifiesta lo siguiente:
1.- Que está enterado de la apertura por parte del Ayuntamiento de Arrigorriaga del procedimiento abierto para la adjudicación del “Contrato de servicio permanente de Arquitectura y Asesoría Urbanística en el Ayuntamiento de Arrigorriaga”.
2.- Que ha examinado y conoce los Pliegos de condiciones y demás documentos que constan en el expediente, así como los textos legales de aplicación.
3.- Que declara bajo su responsabilidad que tiene capacidad jurídica y medios suficientes para realizar el contenido del contrato, y reúne los requisitos específicos exigidos para el mismo, y caso de resultar adjudicatario, llevará a cabo la prestación citada con sujeción, en todo caso, a los requisitos y condiciones de los Pliegos aprobados.
4.- Que se compromete, conforme a todo lo dicho, a realizar el contrato referenciado en el punto primero en el precio de ...............................................................
(póngase en letra y en número1) euros, más...........................euros, correspondientes al
............% de I.V.A, lo que hace un total de. euros.
5.- Que oferta un paquete de horas anuales.
6.- Que acredita el PL…………..
Xxxxx, fecha y firma del proponente.
1 En caso de discrepancia entre la cantidad reflejada de forma numérica y la reflejada con letras se dará prioridad a las letras.
ANEXO II
Modelo de aval para constitución de la garantía definitiva
.......... (1), con domicilio en …...... calle ......... y NIF , y en su nombre y
representación ….... (2) con poderes suficientes para obligarles en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento.
AVALA
a …….... (3), con NIF…..….. , ante el Ayuntamiento de Arrigorriaga por un importe de…..….. (4) euros para garantizar las responsabilidades derivadas de la ejecución del contrato del servicio permanente de Arquitectura y Asesoría Urbanística en el Ayuntamiento de Arrigorriaga.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y división, y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Tesorería del Ayuntamiento de Arrigorriaga, con sujeción a los términos previstos en el RDL 3/2011 por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de contratos del Sector Público y en sus normas de desarrollo.
El plazo de garantía subsistirá hasta el día en que la Administración autorice su cancelación.
.................................................. (lugar y
fecha)
............................... (razón social de la
entidad)
................................. (firma de los
Apoderados)
(1) razón social completa del avalista.
(2) nombre y apellidos del Apoderado o Apoderados.
(3) nombre y apellidos o razón social del avalado.
(4) en número y letras.
ANEXO III
HIRUGARRENEN edo ERAKUNDEEEN ERREGISTROA BANKU-KONTUAREN IZENDAPENA
REGISTRO DE TERCERAS PERSONAS O ENTIDADES DESIGNACIÓN DE CUENTA BANCARIA
KONTUAREN TITULARRA / TITULAR DE LA CUENTA
Izen- abizenak edo sozietate-izena / Nombre y apellidos o razón social | IFZ / NIF | ||
Kalea / Calle | Zk. / Nº | Solairua / Piso | Aldea / Mano |
Udalerria / Municipio | Lurraldea / Provincia | Posta-kodea / Código postal Faxa | |
Telefono zk. / Nº teléfono | Sakelakoaren zk. / Nº móvil | Helbide elektronikoa / Correo electrónico |
IFZ / NIF: P4801400E
BANKUAREN DATUAK: IBAN KODEA / DATOS BANCARIOS: CÓDIGO IBAN
Herria País | KZ DC | EK CE | Sukurtsalaren kodea Código de la sucursal | KZ DC | Kontu zenbakia Número de cuenta | |||||||||||||||||
ES |
BANKUAREN EDO KUTXAREN SINADURA ETA ZIGILUA kontua badela egiaztatzeko FIRMA Y SELLO DEL BANCO O CAJA certificando la existencia de la cuenta | TITULARRAREN SINADURA FIRMA TITULAR Data / Fecha |
Arrigorriagako Udalarekin lehenengo aldiz harremanetan jartzen diren pertsona edo entitateen aldeko ordainketak agintzeko, nahitaez bete beharreko eskakizuna da aitorpen hau aurkeztea, bai eta dauden datuak aldatzeko ere, beste erakunde baten bidez kobratu nahi izanez gero.
La presentación de esta declaración es requisito imprescindible para ordenar pagos a favor de las personas o entidades que se relacionan por primera vez con el Ayuntamiento de Arrigorriaga, y también si desean modificar los datos existentes para cobrar a través de otra entidad.
DATUEN BABESA PROTECCIÓN DE DATOS
Datu Pertsonalak Babesteko abenduaren 13ko 15/99 Legearekin bat etorriz, jakinarazten zaizu zure datu guztiak isilpekotasunez tratatuko direla eta xede horretarako sortutako fitxategi batean sartuko direla. Datuak eskuratu, zuzendu, baliogabetu eta aurka egiteko eskubideak erabili ahal izango dituzu; horretarako, Arrigorriagako Udaleko Idazkaritza Nagusira jo beharko duzu.
De conformidad con la Ley 15/99 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal se le informa de que todos sus datos serán tratados de forma confidencial y serán incluidos en un fichero creado al efecto. Usted podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose a la Secretaría General del Ayuntamiento de Arrigorriaga.