CONVENIO DE COMODATO CAFETERA MAJESTO DOLCE GUSTO
CONVENIO DE COMODATO CAFETERA MAJESTO DOLCE GUSTO
En Santiago, a XXXX entre DIMERC S.A., Rut. 00.000.000-0, representado por Representante Legal, xxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Cédula de Identidad 00.000.000-0, ambos domiciliados en Santiago, Xxxxxxx Xxxxxx #1784, Renca, en adelante DIMERC.S.A o el Comodante, y por la otra XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, Rut.: XXXXXXXXX, representada por su Gerencia, Sr (a). XXXXXXXX, ambos domiciliados en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, comuna de XXXXXXXXXXXXXX, en adelante el Comodatario, convienen lo siguiente:
PRIMERO: Por el presente instrumento, DIMERC S.A entrega en comodato al Comodatario, quien acepta a entera conformidad, la cantidad de XXXXXX Cafetera Majesto Dolce Gusto (COD. Z462647) de propiedad de DIMERC.S.A para ser entregada(s) en las dependencias que posee el Comodatario. La individualización de la (s) Cafeteras y la(s) direcciones donde serán instaladas en:
1 Dirección:
Comuna:
2 Dirección:
Comuna:
La vigencia de este convenio dependerá de la opción que tome el cliente o en su defecto la compra total de las cajas de Café Dolce Gusto que indica cada opción, a partir de la fecha de la firma del mismo, renovándose automáticamente por el mismo período.
SEGUNDO: Se estipula que el Cliente al momento de adquirir el Comodato, no podrá restituir la cafetera y deberá cumplir con el punto CUARTO. Se adquiere el compromiso de cumplimiento del contrato por el periodo que se estipula el consumo de productos.
Si el cliente quiere poner fin al contrato antes del periodo estipulado, se debe regir por las siguientes condiciones:
1. Si el contrato se finaliza antes de los 3 primeros meses, se realizará el cobro del costo comercial de la Cafetera equivalente a 190.000+Iva.
TERCERO: Se deja expresa constancia que la(s) Cafetera fue diseñada para funcionar en forma correcta de acuerdo a sus instrucciones. Si la Cafetera presenta fallas por uso y manipulación indebida, se debe hacer uso de la garantía de la marca (NESTLE) y Dimerc S.A no se hace responsable de la restitución de la cafetera en estos casos.
El Comodatario faculta desde ya a DIMERC S.A a efectuar inspecciones en sus dependencias a fin de constatar el uso correcto de la Cafetera.
CUARTO: Este presente Xxxxxxxx se entrega siempre y cuando el Comodatario compre el mínimo de las unidades mensuales según la opción seleccionada y por el periodo ya definido en el primer punto, los siguientes códigos:
Código Dimerc | Descripción | Elección | Cantidad |
Z425858 | CAPSULA DE CAFE LATTE MACCHIATO VAINILLA DOLCE | ||
Z425860 | CAPSULA DE CAFE ESPRESSO INTENSO DOLCE GUSTO | ||
Z425861 | CAPSULA DE CAFE CAPPUCCINO DOLCE GUSTO | ||
Z425862 | CAPSULA DE CAFE LATTE MACCHIATO DOLCE GUSTO | ||
Z444324 | CAPSULA CAF AMERICANO 16UN CAFFESSO DOLCE GUSTO | ||
Z446790 | CAPSULA DE CAFE MOCHA DOLCE GUSTO | ||
Z446791 | CAPSULA DE CAFE RISTRETTO DOLCE GUSTO | ||
Z446792 | CAPSULA DE CAFE AMERICANO DOLCE GUSTO | ||
Z446793 | CAPSULA DE CAFE LUNGO DOLCE GUSTO | ||
Z446795 | CAPSULA DE CAFE DECAFFEINATO DOLCE GUSTO | ||
Z446796 | CAPSULA MARRAKESH STYLE TEA DOLCE GUSTO | ||
502442 | CAPSULA DE CAFÉ X/ XXXXX 00 UN DOLCE GU | ||
502443 | CAPSULA CAPPUCCINO SKINNY 16 UN DOLCE GU |
*Sujeto a disponibilidad de stock por parte de Dimerc S.A.
QUINTO: Una vez consumido las unidades xx xxxxx elegidas, en un plazo máximo seleccionado por el cliente, la Cafetera pasa a ser del Comodatario. Si una vez completados los meses elegidos para la compra de los display Dolce Gusto, el cliente no ha adquirido los Insumos indicados en el presente contrato, Dimerc tiene la facultad de facturar y despachar las unidades faltantes.
SEXTO: Las partes fijan domicilio en la comuna de XXXXXXXX y se someten a la jurisdicción de los Tribunales que la tengan sobre esta comuna.
Se extiende el presente contrato en dos ejemplares de idéntico tenor, quedando uno en poder de y uno en poder de DIMERC S.A.