PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES
XXXXXXXXXX X XXXXXXXXX XX XXXXX XXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX XXXXX
PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES
LICITACION Y EJECUCIÓN DE OBRAS PARA EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES
ÍNDICE
1.1 Disposiciones generales
1.1.1 Objeto y aplicación xxx xxxxxx
1.1.2 Terminología
1.1.3 Normas aplicables y supletorias
1.1.4 Documentación de la licitación
1.1.5 Consultas y aclaraciones
1.2 Sobre los oferentes
1.2.1 Capacidad legal
1.2.2 Capacidad de contratación
1.2.3 Domicilio
1.2.4 Ejecución de obras por empresas asociadas
1.3 Ofertas
1.3.1 Informes que suministra el Gobierno
1.3.2 Conformidad con la documentación
1.3.3 Informes que deben obtener los oferentes
1.3.4 Formas de presentación de las ofertas
1.3.5 Documentación que integrará la oferta
1.3.6 Garantía de oferta
1.3.7 Mantenimiento de las ofertas
1.3.8 Apertura de las ofertas
1.3.9 Feriado en fecha de apertura
1.3.10 Devolución de la garantía de oferta
1.4 Adjudicación de la obra
1.4.1 Ampliación de informes
1.4.2 Adjudicación
1.4.3 Comunicación de la adjudicación
1.4.4 Garantía de adjudicación
1.4.5 Decisión de dejar sin efecto la licitación
1.5 Contrato y contrata
1.5.1 Firma de la contrata
1.5.2 Sellado de la contrata
1.5.3 Documentos integrantes del contrato
1.5.4 Documentos incorporados
1.5.5 Cambio de domicilio del Contratista
1.5.6 Transferencia del contrato
1.6 Organización de la obra
1.6.1 Orden de comienzo
1.6.2 Presentación de cómputos y presupuestos
1.6.3 Observaciones al plan de trabajo
1.6.4 Plan de trabajo definitivo
1.6.5 Replanteo
1.6.6 Errores de replanteo
1.6.7 Documentación
1.6.8 Planos adicionales
1.6.9 Planos de obra
1.6.10 Xxxxxx xx xxxxxxx
1.6.11 Cerramiento
1.6.12 Vigilancia
1.6.13 Alumbrado y luces de peligro
1.6.14 Construcciones provisionales
1.6.15 Oficina para la inspección
1.6.16 Daños a terceros
1.6.17 Medianerías
1.6.18 Infracciones
1.6.19 Letreros
1.6.20 Limpieza de obra
1.6.21 Prórroga de plazo de obra
1.6.22 Representante de obra
1.6.23 Inspección
1.6.24 Ordenes de Servicio y observaciones a la Inspección
1.6.25 Observaciones del Contratista
1.6.26 Cumplimiento de Ordenes de Servicio
1.6.27 Errores en la documentación técnica
1.6.28 Discrepancias entre distintas partes del contrato
1.6.29 Terminación de los trabajos
1.7 Personal
1.7.1 Salarios
1.7.2 Trabajos en horas extras
1.7.3 Competencia
1.8 Materiales y trabajos
1.8.1 Calidad de los materiales y trabajos
1.8.2 Corrección de trabajos defectuosos
1.8.3 Vicios ocultos
1.8.4 Código Civil
1.8.5 Existencia de materiales
1.9 Relaciones
1.9.1 Subcontratista
1.9.2 Responsabilidad
1.9.3 Otros contratistas
1.10 Desarrollo de la obra
1.10.1 Plazo
1.10.2 Xxxx
1.10.3 Ritmo de inversión
1.10.4 Incumplimiento de Ordenes de Servicio
1.10.5 Calidad del equipo
1.10.6 Contralor de trabajos
1.11 Sanciones
1.11.1 Hechos que pueden originar sanciones
1.11.2 Clases de sanciones
1.11.3 Cargos
1.11.4 Multas
1.11.5 Sanciones disciplinarias
1.11.6 Aplicación de las sanciones
1.11.7 Reconsideración
1.11.8 Percepción de cargos y multas
1.12 Certificación, pagos y garantías
1.12.1 Certificados
1.12.2 Retenciones sobre los certificados
1.12.3 Sustitución del fondo de reparos
1.12.4 Intereses
1.12.5 Actualización del fondo de reparos
1.12.6 Pago de los certificados
1.12.7 Suspensión de las obras
1.13 Modificaciones de obra y fijación de precios nuevos
1.13.1 Modificaciones de obra
1.13.2 Precios nuevos
1.13.3 Reajuste de garantía
1.13.4 Opciones del gobierno
1.14 Resolución del contrato
1.14.1 Culpa del Contratista
1.14.2 Culpa del Gobierno
1.14.3 Consecuencias
1.14.4 Toma de posesión de la obra
1.14.5 Inventario
1.14.6 Avalúo
1.14.7 Liquidación de los trabajos
1.15 Aprobación y recepción de la obra
1.15.1 Aprobación de trabajos cubiertos
1.15.2 Recepción provisional
1.15.3 Plazo de garantía
1.15.4 Recepción definitiva
1.15.5 Devolución del fondo de reparos
1.15.6 Recepciones parciales
1.16 Varios
1.16.1 Teléfono
1.16.2 Fotografías
1.16.3 Liberación de derechos y gravámenes
1.16.4 Trámites
1.16.5 Seguros
1.16.6 Respeto debido a la Inspección
1.16.7 Libros de contabilidad
1.16.8 Vehículo
1.16.9 Manejo de las instalaciones
1.17 Cláusula anticorrupción
Anexo I Decreto 2119-GCBA-2003 y Ley Nº 2809 Régimen de Redeterminación de precios aplicable a Contratos de Obra Pública Ley Nacional 13064
Anexo II Declaración jurada de aptitud para contratar
1 PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES
1.1 Disposiciones generales
1.1.1 Objeto y aplicación xxx xxxxxx:
Es objeto del presente pliego establecer en forma clara y precisa las obligaciones que contraen y los derechos que adquieren el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el empresario que presenta una oferta en las licitaciones de dicho Gobierno y quien resulta adjudicatario de las obras licitadas.
De conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 2186-GCBA-04 (B.O. Nº 2083) modificado por el Decreto N° 325-GCBA-08 (B.O. N° 2.910), el presente Pliego de Condiciones Generales es aplicable a toda obra cuyo Presupuesto Oficial sea superior a PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000).
1.1.2 Terminología:
En el presente pliego y en la documentación de los contratos que se celebren, se emplean, con el significado que aquí se indica, los siguientes términos:
Adjudicatario: el oferente al que se le ha comunicado la adjudicación de la obra a su favor, hasta la firma de la contrata. Al/el/por el Contratista: salvo expresa indicación en contrario, significa al/el/por el Contratista y por su cuenta y cargo. B.O.C.B.A: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Circular con consulta: las contestaciones del Gobierno a los pedidos de aclaración que se indican en el primer párrafo de 1.1.5.
Circular sin consulta: las aclaraciones de oficio que el Gobierno formulara de acuerdo con lo indicado en el segundo párrafo de 1.1.5.
Comitente: Persona jurídica del derecho público, que encarga la ejecución de la obra y figura designada como tal en el Pliego de Condiciones Particulares que integra la documentación de la licitación.
Contrata: el instrumento legal escrito que, firmado por un representante autorizado del Gobierno y por el adjudicatario, encabeza toda la documentación del contrato y donde se estipulan sus puntos fundamentales.
Contratista: el adjudicatario después que ha firmado la contrata y sus complementos.
Contrato: convenio que rige las relaciones entre el Gobierno y el Contratista y cuyas condiciones se estipulan en todos los documentos técnicos y legales que integran y complementan la contrata.
Día/s: salvo indicación en contrario, se entenderán por días hábiles.
Día/s hábil/es: los días en que funcionan las oficinas de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Día/s laborable/s: todos los días excepto los domingos y medio día xxx xxxxxx y los comprendidos dentro del régimen de feriados nacionales y días no laborables.
Documentación: todos los elementos del contrato detallados en 1.5.3 y 1.5.4.
Gobierno: por Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Inspección: todo funcionario autorizado por el Gobierno para fiscalizar los trabajos en ejecución.
Oferente: la persona física o jurídica que presenta una propuesta en una licitación.
Oferta: la propuesta presentada por el oferente en una licitación.
P.C.P.: Pliego de Condiciones Particulares.
Precio/s básico/s: los vigentes al mes de la fecha de apertura de la licitación o de la fecha de cotización en el caso de cotizaciones directas. El Pliego de Condiciones Particulares indicará el origen de los precios o índices, utilizando prioritariamente fuentes oficiales de información.
Proveedor: persona física o jurídica que vende al Contratista materiales a utilizar en la obra.
Representante Técnico: Profesional universitario con incumbencia acorde con las características de las obras, que representa al Contratista ante el Comitente a todos los efectos técnicos, actuando además como director de las obras.
Subcontratista: la persona física o jurídica con la cual el Contratista celebre un contrato para la ejecución de una parte de los trabajos a su cargo.
Todo otro término empleado en la documentación y no mencionado en este artículo tiene el significado dado por el uso y la costumbre.
1.1.3 Normas aplicables y supletorias:
A) Normas aplicables:
1º) La Ley 13.064, “Ley Nacional de Obras Públicas” (B.O. 28/10/1947), vigente en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires sobre la base de lo dispuesto en la Cláusula Transitoria Nº 3 de la Ley Nº 70 (B.O.C.B.A. Nº 539).
2º) Decreto Nº 2186-GCBA-04 (B.O.C.B.A Nº 2.083), modificado por el Decreto N° 325-GCBA-08 (B.O.C.B.A. N° 2.910).
3º) Decreto 2119-GCBA-2003, Ley Nº 2809 (B.O.C.B.A N° 2.994) Régimen de Redeterminación de Precios Aplicable a Contratos de Obra Pública – Ley Nacional 13064 y su reglamentación.
B) Normas supletorias:
Todo cuanto no esté previsto en el Pliego de Bases y Condiciones ni en las Normas Aplicables será resuelto de acuerdo con las disposiciones de:
1º) Xx xxxxxxx xx Xxxxxxx x Xxxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx Ley Nº 2095 (B.O.C.B.A N° 2557) y su Decreto Reglamentario Nº 754/GCBA/2008 (B.O.C.B.A N° 2960).
2º) Los principios generales del Derecho Administrativo.
1.1.4 Documentación de la licitación:
La documentación de la licitación está constituida por el juego completo de planos y planillas, el presente pliego, el P.C.P., el Pliego de Especificaciones Técnicas, todo lo cual puede ser consultado por los interesados en el Gobierno y obtenido del modo que se fije en cada oportunidad. Para presentar propuestas es obligatorio haber obtenido la documentación de la licitación y presentar una declaración jurada de su conocimiento, y someterse voluntariamente al régimen jurídico. Los Pliegos serán de acceso gratuito para los interesados.
Por ello, los interesados podrán consultar y retirar ejemplares de la documentación licitatoria en el sitio web xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx. Asimismo, quienes estuviesen interesados podrán obtener un ejemplar en soporte magnético y/o papel certificado, en la Subsecretaría de Atención Ciudadana dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, Xx. xx Xxxx 000 xxxx 0x, donde se podrá obtener copias, cuyo costo será a cargo del interesado.
En todos los casos, los interesados deberán tener en cuenta que el formato telemático xxx xxxxxx es inviolable, y que en caso de duda entre el ejemplar que se acompañe por el interesado en su oferta y el ejemplar en soporte papel, debidamente firmadas o en su caso certificada por un funcionario competente, obrante en la Subsecretaría de Atención Ciudadana dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros que se mencionó en el parágrafo anterior, prevalecerá este último, bajo pena de incurrir en fraude en la información suministrada por parte del interesado de que se trate.
En caso de impugnación a los pliegos, los impugnantes deberán realizar un depósito de garantía equivalente al uno por ciento (1%) del Presupuesto Oficial, el que le será devuelto en caso de ser procedentes dichas impugnaciones. Las impugnaciones a que se vean con derecho a realizar las firmas oferentes, deberán ser presentadas con cuarenta y ocho horas (48 hs.) de anticipación a la fecha fijada para la apertura de ofertas.
1.1.5 Consultas y aclaraciones:
Durante el plazo para la preparación de las ofertas y hasta cinco (5) días antes del fijado para la apertura de aquéllas, los interesados podrán formular, por escrito, consultas relativas a la documentación; la aclaración correspondiente será remitida por el Gobierno, dentro de los cinco (03) días de recibida la consulta, a todos los interesados que hayan obtenido la documentación licitaria.
El Gobierno, si lo juzga necesario, podrá también formular aclaraciones de oficio hasta tres (03) días antes de la fecha de apertura. Todas las aclaraciones que se remitan llevarán numeración corrida y pasarán a formar parte de la documentación licitaria.
También se aclara que el Gobierno podrá, a su solo criterio, extender por una vez el plazo indicado para responder las consultas cuando la naturaleza de estas u otras razones así lo hicieren aconsejable.
1.2 Sobre los oferentes
1.2.1 Capacidad legal:
Los oferentes deberán tener capacidad legal para obligarse y estar inscriptos en el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas.
1.2.2 Capacidad de contratación:
Para cada tipo de obra, que definirá el P.C.P., se deberá presentar el correspondiente Certificado de Capacidad de Contratación Anual para Licitación expedido por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas. El saldo de contratación anual deberá ser igual o superior al que fije el P.C.P. para la obra licitada.
Los oferentes que sean originarios y/o tengan el asiento principal de sus negocios en otra jurisdicción, deberán adjuntar, además, Certificado de Capacidad Técnica Financiera, actualizado al momento de su presentación, expedido por el Registro de su jurisdicción. Así mismo deberán presentar declaración jurada de Obras en Ejecución o en proceso de adjudicación, actualizado y con detalle descriptivo de las obras que se encuentren ejecutando y/o en proceso de adjudicación, sus montos contractuales, plazos de ejecución y fechas de inicio y finalización de obra.
1.2.3 Domicilio:
El oferente constituirá domicilio especial en la Ciudad de Buenos Aires; si lo modificara antes de vencido el plazo de validez de su oferta, deberá comunicar el cambio de domicilio en forma inmediata y fehaciente al Gobierno.
El nuevo domicilio también deberá estar en la Ciudad de Buenos Aires.
1.2.4 Ejecución de Obras por Empresas Asociadas:
En el caso en que dos o más sociedades comerciales se presenten asociadas a la licitación, deberán hacerlo en forma conjunta, mancomunada y solidaria, dando cumplimiento a los requisitos exigidos para las Uniones Transitorias de Empresas (UTE) por la Ley Nacional de Sociedades Comerciales, para su presentación a licitaciones. Una vez presentadas a la licitación, las Uniones Transitorias no podrán modificar su integración, es decir cambiar las empresas que las componen ni aumentar o disminuir su número, ante ninguna situación relacionada con la licitación y en caso de ser contratadas no podrán hacerlo hasta el cumplimiento total de las obligaciones emergentes del mismo.
El representante legal de las sociedades y de la UTE, deberá acompañar constancia de estar facultado para contratar en su nombre. Las Empresas Asociadas deberán cumplir los siguientes requisitos:
1) Constituir domicilio especial en la Ciudad de Buenos Aires.
2) La UTE deberá tener por estatuto una duración superior al tiempo que demande la obra, incluido el plazo de garantía, y que los trabajos a realizar se encuentren comprendidos dentro de su giro comercial.
1.3 Ofertas
1.3.1 Informes que suministra el Gobierno
El Gobierno suministra únicamente los informes contenidos en la documentación.
Cuando la documentación incluya cómputos y presupuestos oficiales, éstos tendrán tan solo carácter ilustrativo. No comprometen al Gobierno y corresponde al oferente su verificación.
1.3.2 Conformidad con la documentación:
La sola presentación de la oferta implica que el oferente acepta todas y cada una de las obligaciones que surgen de la documentación licitaria.
1.3.3 Informes que deben obtener los oferentes:
Además de estudiar exhaustivamente la documentación de la licitación, es obligación del oferente recoger en el lugar de la obra toda la información complementaria que pueda obtenerse por la observación del terreno y sus adyacencias y también por referencias de terceros sobre aprovisionamiento de materiales, personal, provisión de agua y de energía y cuantos otros antecedentes puedan permitir una exacta apreciación de las características de los trabajos, sus dificultades y su costo.
1.3.4 Forma de presentación de las ofertas:
Las ofertas deben presentarse en las oficinas del Gobierno y en el día y hora que se indiquen en el respectivo llamado de la licitación, y estarán contenidas en un sobre cerrado y lacrado, en cuyo exterior se indicará:
1º) Denominación de la obra a la cual corresponde la oferta. 2°) Número de Licitación y Expediente.
3º) Día y hora fijados para la apertura.
El Gobierno dará recibo numerado de los sobres entregados hasta el día y hora fijados para la apertura. Recibido el sobre se le pondrá cargo, indicando fecha y hora. Los sobres que llegaran al Gobierno pasada la hora de apertura, cualquiera sea la causa de la demora, no serán recibidos.
Las ofertas deberán presentarse en original con dos copias, foliadas y debidamente firmadas y selladas en todas sus hojas por los representantes legal y técnico de los oferentes. Todas las firmas deberán ser originales. Los ejemplares se identificarán con los sellos “ORIGINAL”, “DUPLICADO” y “TRIPLICADO” en todas sus hojas. Las aclaraciones que quieran agregarse deberán quedar asentadas por escrito en el mismo formulario de propuesta, no admitiéndose ningún tipo de documento complementario que afecte el precio ofrecido, todo ello sin perjuicio del oferente de proponer variantes por separado, si el P.C.P. las admitiera y siempre que lo hiciera acompañando a la Oferta Básica que cumplirá con lo especificado.
En caso de discrepancia entre los tres ejemplares prevalecerá sobre los demás el señalado como “ORIGINAL”.
1.3.5 Documentación que integrará la oferta.
La documentación integrante de la oferta será presentada de la siguiente manera:
1º) Garantía de la oferta según el numeral 1.3.6.
2º) Certificado de capacidad de contratación anual para licitación expedido por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas.- 3º) Declaración de constitución del domicilio especial del oferente en la Ciudad de Buenos Aires y su número de teléfono y/o fax.
4º) Declaración jurada con la nómina de las obras realizadas por el oferente y las que se hallen en ejecución y/o en proceso de adjudicación, incluyendo información completa sobre plazos de iniciación y finalización de las mismas.
Para las que se hallen en ejecución, deberá presentarse una certificación del comitente indicando estado de avance de las obras e informe sobre cumplimiento de plazos.
5º) Las sociedades cuya antigüedad sea superior a los dos años deberán presentar balances económicos y financieros y estado patrimonial de los dos últimos ejercicios, certificados por Contador Público Nacional, cuya firma deberá estar legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
Las sociedades con una antigüedad inferior a los dos años deberán presentar estado patrimonial certificado por Contador Público Nacional, cuya firma deberá estar legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Se indicará asimismo la liquidez de su activo y la exigibilidad de su pasivo a la fecha de la licitación.
6º) Certificación de equipos: De considerarlo necesario cada Repartición establecerá en el P.C.P. las necesidades mínimas requeridas en equipos.
7º) Referencias bancarias y comerciales o nómina de los establecimientos que puedan proporcionarlos. 8º) Designación del Profesional responsable y conformidad del mismo.
9º) Acreditación, de acuerdo a derecho, de la representación o personería de los firmantes de la oferta. 10º) Copia certificada del contrato social y estatutos.
11º) Declaración de conocimiento del lugar y condiciones de la obra.
12º) Declaración de mantenimiento de la oferta por el plazo estipulado en el P.C.P.
13º) Declaración de que para cualquier situación judicial que se suscite, el oferente acepta la jurisdicción de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
14º) Declaración Jurada de Aptitud para Contratar
Los interesados en presentarse a procedimientos de selección en el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán adjuntar a la oferta una declaración jurada de la que resulte que el oferente, concursante o postor en el caso de personas físicas o que los directores o miembros del órgano de administración, en el caso de personas jurídicas, no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilitaciones previstas por la Ley 2095. Ver “Anexo II: Declaración Jurada de Aptitud para contratar”.
La Comisión Evaluadora de Ofertas podrá verificar la veracidad de los datos volcados en la declaración jurada en cualquier etapa del procedimiento.
La falsedad de los datos cuanto de la documentación acompañada implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en dicha ley. Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la aplicación de la sanción de rescisión del contrato.
15º) La propuesta conforme al modelo que se acompaña al P.C.P. 16º) El presupuesto de la oferta para la obra.
17º) Análisis de precios, si el P.C.P. así lo requiriese. 18º) Plan de trabajos.
19º) Curva de inversiones.
20º) Otros documentos que fueran exigidos en el Pliego de Condiciones Particulares.
Para el caso de ofertas presentadas por empresas transitoriamente unidas o asociadas, dentro del sobre exterior deberá incluirse:
a) Copia debidamente autenticada por Escribano Público y Colegio de escribanos del convenio o acuerdo solidario que los vincula transitoriamente.
b) Los certificados de capacidad de contratación anual extendidos por el Registro, de todos y cada uno de los integrantes de la Unión Transitoria de Empresas.
c) Dar cumplimiento individual o colectivamente, según corresponda, a cuanto se dispone en el presente artículo.
1.3.6 Garantía de oferta
El Oferente deberá asegurar el mantenimiento de la oferta que presenta mediante la constitución de una garantía a favor del Comitente, constituida por el uno (1%) por ciento del importe del presupuesto oficial de la obra que se licite.
La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las siguientes formas:
a) Certificado de depósito efectuado en el Banco de la Ciudad, a la orden del Gobierno.
b) Fianza bancaria que cubra el valor exigido, en la que conste que la entidad bancaria se constituye en fiador codeudor solidario, liso y llano y principal pagador, con la expresa renuncia de los beneficios de división y excusión en los términos del Art. 2.013 del Código Civil.
c) Póliza de Seguro de Caución, por medio de la cual la aseguradora se obliga en carácter de codeudor solidario, liso y llano, principal y directo pagador con renuncia expresa de los beneficios de división y de excusión previa del obligado.
No se aceptarán pagarés, cheques, letras de cambio, facturas, ni ningún otro título que no esté expresamente indicado en el presente como depósito de garantía.
Las garantías deberán expresar que mantienen su vigencia por el plazo de mantenimiento de oferta y con las modalidades establecidas en los párrafos precedentes del presente numeral y que el garante declara conocer y aceptar.
El co-contratante deberá acompañar al expediente informes semestrales de la Superintendencia de Seguros de la Nación, donde se determine el estado patrimonial y de solvencia de la compañía con la que haya asegurado.
El Gobierno, luego de la evaluación de dichos informes, podrá requerir el cambio de aseguradora, que deberá efectuarse en el plazo de setenta y dos (72) horas de notificada la resolución.
1.3.7 Mantenimiento de las ofertas:
Las ofertas deberán mantenerse por el plazo que fije el P.C.P., con pena de pérdida, en caso contrario, del depósito de garantía constituido.
Vencido ese plazo, los oferentes que lo deseen podrán retirar su oferta y su depósito, pero mientras no lo hicieren, queda entendido que han prolongado automáticamente el plazo de validez de su oferta. El aviso de caducidad de la oferta deberá ser hecho en todos los casos por el oferente en forma fehaciente y con un mínimo de quince (15) días de antelación.
1.3.8 Apertura de las ofertas:
En el día y hora fijados en el llamado a licitación y en presencia de los interesados que concurran, se procederá, en la Repartición designada al efecto, a la apertura de las ofertas de la siguiente forma:
1º) Se verificará que estén reunidas las ofertas recibidas a tiempo. 2º) Se verificará el correcto estado de los lacres de los sobres.
3º) Se abrirán los sobres y se verificará si cada uno de ellos contiene la garantía de oferta y todos los demás elementos agregados detallados en 1.3.5. En ningún caso se permitirá introducir modificaciones en las propuestas después de la hora de apertura.
4º) Se labrará un acta en la que se consignará día y hora, nombre del o de los oferentes, importe de cada garantía y certificado de capacidad de contratación, así como también se detallará todo elemento que no haya sido agregado a las propuestas.
Se invitará a todos los presentes a examinar la documentación, y si alguno formulara observaciones y pidiera su constancia en Acta, así se hará; en caso contrario se dejará asentado la ausencia de observaciones.
Se hará firmar el acta por quienes hayan formulado observaciones, y por uno de los presentes que así lo desee, y se suspenderá el acto de apertura a los fines consignados en el punto siguiente. La documentación de los sobres exteriores y los sobres interiores sin abrir quedarán en custodia del Gobierno.
5º) La Repartición licitante examinará todas las propuestas recibidas, y descartará aquellas que no posean la totalidad de los elementos detallados en 1.3.5 o no cumplieran lo determinado en 1.2.2, de conformidad con el siguiente procedimiento:
Una vez examinado el contenido de los sobres la Comisión Evaluadora publicará en la Cartelera de la Repartición el Acta de Preadjudicación y la notificará de modo fehaciente a cada uno de los oferentes. Dicha Acta podrá estar sujeta a impugnaciones, debiendo los impugnantes realizar un depósito de garantía equivalente al cinco por ciento (5%) del Presupuesto Oficial conforme Decreto N° 1.013/GCBA/08 (B.O.C.B.A N° 2997), el que les será devuelto en caso de que aquéllas fueren íntegramente procedentes. Las impugnaciones a que se vean con derecho a realizar las firmas oferentes, deberán ser presentadas dentro de los tres (3) días a contar desde la notificación fehaciente del Acta de Preadjudicación.
La Autoridad competente resolverá la adjudicación y las impugnaciones, previa intervención de la Procuración Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
1.3.9 Feriado en fecha de apertura:
Salvo expresa habilitación de día y hora, si por cualquier circunstancia el día fijado para una apertura de propuestas resultara feriado, aquella se trasladará a la misma hora del primer día hábil posterior.
1.3.10 Devolución de la garantía de oferta:
Las garantías de oferta serán devueltas a los que no resulten adjudicatarios dentro de los tres (03) días de contratada la obra o después de vencido el plazo de validez de la oferta.
1.4 Adjudicación de la obra
1.4.1 Ampliación de informes:
Abiertas las ofertas, el Gobierno procederá a su estudio y podrá requerir de los oferentes no descartados cualquier información complementaria que considere necesaria. Así mismo, finalizado el análisis, el Gobierno exigirá de los mencionados oferentes no descartados la presentación del Certificado de Capacidad para Adjudicación debidamente actualizado. Se fijará un plazo adecuado para cumplimentar el pedido de informes complementarios y la exigencia del certificado actualizado y si no se cumpliera en término con cualquiera de dichos requisitos, se dará por retirada la oferta con pérdida de la garantía de oferta.
1.4.2 Adjudicación:
La adjudicación compete exclusivamente al Gobierno que determinará a su solo juicio cuál es la oferta más conveniente, tomando en cuenta el monto, la capacidad de contratación, los antecedentes y cualquier otra información tendiente a asegurar las mejores condiciones para la ejecución de la obra.
El Gobierno podrá rechazar todas las ofertas o aceptar variantes previstas en el Pliego de Condiciones Particulares, sin que ello dé derecho a reclamo por parte de los oferentes.
Se considerará especialmente para adjudicar la obra la equidad de cada uno de los precios unitarios del presupuesto y se podrá rechazar propuestas donde aparezcan recargados indebidamente los precios de trabajos iniciales.
Las bonificaciones por pronto pago que pudieran ser formuladas por los oferentes no serán consideradas a los efectos de la adjudicación.
1.4.3 Comunicación de la adjudicación:
La Comisión Evaluadora propiciará, de conformidad a las pautas establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones, la adjudicación de la Obra a uno de los oferentes, debiendo labrar un Acta a tal efecto.
Vencido el plazo, la Autoridad competente efectuará la adjudicación previo dictamen de la Procuración Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx en todos los casos, haya o no impugnaciones a la preadjudicación y cualquiera sea el monto del presupuesto oficial o de la adjudicación proyectada y en todos los casos previstos por la Ley N° 1218 (B.O. N° 1850). Dicho Acto se notificará por medio fehaciente tanto al oferente favorecido como a los no favorecidos, para que retiren sus depósitos y se publicará en el Boletín Oficial.
1.4.4 Garantía de adjudicación:
Dentro de los cinco (05) días hábiles de notificado de la adjudicación, el adjudicatario deberá efectuar, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires un depósito integrando el cinco por ciento (5%) del importe total de la adjudicación.
El depósito total constituye la "garantía de adjudicación". Si el adjudicatario no integrara en el plazo debido la garantía de adjudicación, el Gobierno podrá dejar sin efecto aquella en cuyo caso el oferente perderá la garantía de oferta. Es facultad del Gobierno proceder en esta forma o acordar, si mediaren razones atendibles, un plazo adicional para integrar la garantía de adjudicación. Esta garantía podrá constituirse asimismo en alguna de las formas previstas en 1.3.6.
1.4.5 Decisión de dejar sin efecto la licitación:
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se reserva el derecho de dejar sin efecto la licitación en todo o en parte, sin que ello genere a favor de los proponentes derecho a reclamo o indemnización alguna.
1.5 Contrato y contrata
1.5.1 Firma de la contrata:
Dentro de los dos (02) días hábiles después de integrada la garantía de adjudicación, el adjudicatario deberá presentarse a firmar la contrata y sus complementos. Si no lo hiciera, el Gobierno podrá anular la adjudicación en cuyo caso el adjudicatario perderá el total depositado en concepto de garantía de adjudicación.
1.5.2 Sellado de la contrata:
El Contratista deberá aplicar a la contrata el sellado xx xxx en la proporción que le corresponda. Será además a su cargo toda otra erogación que origine la firma del contrato y sus ampliaciones por trabajos adicionales y mayores costos, cuando así corresponda.
1.5.3 Documentos integrantes del contrato:
Integrarán el contrato, la contrata y los siguientes documentos todos los cuales se firmarán en dos ejemplares, uno para cada una de las partes: toda la documentación de la licitación, las aclaraciones, la oferta, el plan de trabajo y el de inversiones, el detalle de los principales elementos de trabajo y la resolución de adjudicación. Firmarán esos documentos un funcionario autorizado en representación del Gobierno, el
Contratista y el profesional responsable cuando haya correspondido su designación. El Gobierno entregará sin cargo al Contratista una copia fiel de toda la documentación contractual para tenerla permanentemente en obra.
1.5.4 Documentos incorporados:
Se consideran incorporados al contrato posteriormente y harán fe en caso de discrepancias los planos complementarios y de detalle que, durante la ejecución de la obra, se entreguen al Contratista y los que, confeccionados por éste fueran aprobados por el Gobierno, las Ordenes de Servicio dadas por escrito por la inspección, la orden de comienzo y el acta de iniciación de los trabajos. Todos estos documentos se extenderán y firmarán en triplicado, entregándose dos al Contratista, uno de ellos para ser agregado a la documentación contractual a mantener en obra.
1.5.5 Cambio de domicilio del Contratista:
En caso de modificarse el domicilio especial del Contratista durante la vigencia del contrato, aquél está obligado a comunicar sin demora, en forma fehaciente, al Gobierno su nuevo domicilio el que deberá estar siempre en la Ciudad de Buenos Aires.
1.5.6 Transferencia del contrato:
El contrato no podrá ser transferido, total ni parcialmente, salvo previa conformidad debidamente formalizada del Gobierno, el que podrá denegarla sin necesidad de invocar causa o fundamento alguno y sin que tal negativa otorgue ningún tipo de derecho a la Contratista.
1.6 Organización de la obra
1.6.1 Orden de comienzo:
Firmado el Contrato el Gobierno dará la orden de comienzo con una antelación mínima xx xxxx (10) días; durante ese lapso el Contratista podrá efectuar algunos trabajos preliminares. Si a los quince (15) días de la fecha de comienzo fijada el Contratista no hubiera iniciado los trabajos, el Gobierno podrá resolver el contrato en cuyo caso el Contratista perderá la garantía de adjudicación y responderá por los daños y perjuicios consiguientes.
1.6.2 Presentación de cómputos y presupuestos:
Firmado el contrato el Contratista deberá presentar al Gobierno el detalle de sus cómputos y presupuesto y los análisis de precios de aquellos ítems que el Gobierno considere necesario verificar.
El presupuesto debe incluir todos los derechos, tasas y demás gravámenes fiscales y servicios que afecten la construcción y el pago de medianerías cuando corresponda. Cuando la documentación de la licitación incluya lista de ítems, el cómputo y presupuesto del Contratista respetará su orden y designación, agregando a continuación los que estime necesarios como complemento
1.6.3 Observaciones al plan de trabajo:
El Gobierno formulará las observaciones que pueda merecerle el plan de trabajo y el Contratista ajustándose a ellas, rectificará la distribución de inversiones y plazos parciales sin alterar el importe y plazo totales.
1.6.4 Plan de trabajo definitivo:
El plan de trabajo definitivo será el que resulte de ajustarlo a las observaciones del Gobierno y de corregir sus fechas de acuerdo con lo fijado en la orden de comienzo, numeral 1.6.1.
Luego de aprobado definitivamente por el Gobierno, quedarán fijadas definitivamente todas las fechas en que deberán quedar ejecutados cada uno de los trabajos y los importes parciales por certificar por ellos.
1.6.5 Replanteo:
La Inspección hará entrega material de los puntos fijos de planimetría y nivel referidos en los planos para ubicar las obras. Partiendo de esos puntos el Contratista procederá a replantear los trabajos. Todos los elementos y personal necesarios para esta operación serán provistos por él.
1.6.6 Errores de replanteo:
El Contratista es responsable del replanteo y cualquier trabajo mal ubicado por errores de aquél, cualquiera sea su origen y será corregido si es posible o, en caso contrario, demolido y reconstruido cuando se advierta el error, cualquiera sea el estado de la obra, todo ello por cuenta del Contratista.
1.6.7 Documentación:
Es obligación del Contratista tener permanentemente en obra un ejemplar completo de la documentación, al que se irán agregando los complementos que correspondan según 1.5.4.
1.6.8 Planos adicionales:
De todos los planos que integran la contrata (1.5.3) y sus complementos (1.5.4) el Gobierno entregará sin cargo al Contratista dos ejemplares para su uso en la obra. Si necesitara más deberá adquirirlos al precio que fije el Gobierno.
1.6.9 Planos de obra:
El Contratista preparará todos los planos de obra necesarios y, de cada uno de ellos, entregará al Gobierno dos copias para su aprobación; una vez aprobado un plano, sacará las copias que necesite para su uso y entregará al Gobierno el original en film poliéster.
1.6.10 Xxxxxx xx xxxxxxx:
Antes de iniciar los trabajos el Contratista someterá a la aprobación del Gobierno su proyecto xx xxxxxxx y ajustará sus instalaciones a las observaciones que hiciera aquél.
1.6.11 Cerramiento:
Excepto en el caso de obras en la vía pública en que ello no corresponda es obligación del Contratista efectuar el cerramiento de los lugares de trabajo ajustándose a las disposiciones legales vigentes. El cerco es y queda de propiedad del Contratista, quien lo retirará cuando lo disponga la Inspección y siempre antes de la Recepción Definitiva de los trabajos.
La Inspección podrá disponer que el cerco quede colocado después de la Recepción Definitiva, en cuyo caso su conservación quedará a cargo del Gobierno hasta que se dé al Contratista orden de retirarlo.
1.6.12 Vigilancia:
Es obligación del Contratista mantener vigilancia diurna y nocturna en todos los lugares de entrada a la obra y establecer un servicio móvil de serenos para asegurar una vigilancia apropiada.
1.6.13 Alumbrado y luces de peligro:
El Contratista instalará en todo el recinto de la obra alumbrado suficiente para permitir una vigilancia nocturna eficiente y colocará las luces de peligro reglamentarias, estando a su cargo el consumo de corriente o de combustible de toda esta instalación.
1.6.14 Construcciones provisorias:
Los depósitos, galpones, tinglados y en general todas las construcciones provisorias para oficinas, almacenes, talleres, vestuarios, comedores, cocinas y recintos sanitarios serán instalados, mantenidos en perfecto estado de limpieza y conservación y, a la terminación de la obra, demolidos y retirados por el Contratista.
1.6.15 Oficina para la Inspección:
El Contratista instalará en lugar próximo a sus propias oficinas de obra, los locales para oficinas de la Inspección, con las características y moblaje indicados en el P.C.P. Estas instalaciones serán retiradas cuando lo disponga la Inspección, siempre antes de la Recepción Definitiva de las obras y todos los elementos de ellas son y quedan de propiedad del Contratista. Es a cargo del Contratista la limpieza permanente y conservación de las oficinas de la Inspección hasta la Recepción Provisional. Cuando la Inspección disponga que sus oficinas se mantengan en servicio después de la Recepción Provisional, su conservación, limpieza, suministro de corriente eléctrica y servicio telefónico quedarán a cargo del Gobierno hasta que el Contratista reciba la orden de retirar esas instalaciones.
1.6.16 Daños a terceros:
El Contratista tomará las precauciones aconsejables o las que indique la Inspección para evitar daños a personas o cosas, y, si ellos se produjeran será responsable por el resarcimiento de los perjuicios, salvo en los casos de excepción previstos para el particular en la Ley Nacional de Obras Públicas.
1.6.17 Medianerías:
Cuando el proyecto prevea adosar construcciones nuevas a propiedades vecinas existentes, el Contratista deberá preparar los planos y convenios de medianería y, previa su aprobación por el Gobierno, pagar las sumas convenidas. Dos ejemplares del contrato de medianería, debidamente firmados y sellados, se entregarán, uno al Gobierno y otro al lindero.
1.6.18 Infracciones:
El Contratista deberá cumplir con todas las disposiciones reglamentarias, emanadas de autoridad competente, vigentes en el lugar de las obras y será responsable por las multas y resarcimientos a que dieran lugar infracciones cometidas por él o su personal.
1.6.19 Letreros:
No se podrá colocar en la obra ningún letrero sin la previa conformidad del Gobierno, el que decidirá sobre su texto, ubicación, diseño y dimensiones.
1.6.20 Limpieza de obra:
Es obligación del Contratista mantener en la obra y el obrador una limpieza adecuada a juicio del Gobierno y mantener el obrador libre de residuos. A la terminación de los trabajos deberá entregar la obra y los terrenos antes ocupados por el obrador en perfecto estado de limpieza y sin ninguna clase de residuos ni equipos de su propiedad.
1.6.21 Prórrogas de plazo de obra:
A pedido del Contratista el Gobierno podrá acordar prórrogas de plazo cuando, a solo juicio de éste, se presenten algunas de las siguientes causas: 1º) trabajos adicionales que lo justifiquen; 2º) demora por el Gobierno en el estudio de la solución de dificultades técnicas imprevistas que impidan el normal desarrollo de las obras; 3º) casos fortuitos o de fuerza mayor conforme las disposiciones de la Ley Nacional de Obras Públicas; 4º) falta notoria y debidamente comprobada de materiales o elementos de transporte que no provengan de causas originadas por el Contratista; 5º) demoras ocasionadas por otros Contratistas; 6º) conflictos gremiales de carácter general; 7º) por siniestro.
Los pedidos de prórroga deberán ser presentados dentro de los cinco (05) días hábiles de producido el hecho en que se funden. Los pedidos presentados vencido ese plazo no serán considerados. Dentro de un plazo de quince (15) días hábiles de otorgada una prórroga se ajustará el plan de obra y el de inversiones al nuevo plazo, modificándolo solamente a partir de la fecha en que se produjo el hecho de origen de la prórroga y se someterá el nuevo plan a la aprobación del Gobierno.
La actualización del plan de obras y del de inversiones se hará siempre con los precios básicos del contrato.
Las prórrogas de plazo, cualquiera sea la causa que las origine, no darán lugar al reconocimiento de gastos improductivos, salvo que provengan de una paralización total dispuesta por el Gobierno por motivos no imputables al Contratista.
1.6.22 Representante en obra:
El Contratista mantendrá permanentemente en obra como representante un profesional con experiencia, de la categoría que se indique en el P.C.P., facultado por él para representarlo y previamente aceptado por el Gobierno.
En ausencia del Contratista o del profesional responsable, el representante en obra tendrá a su cargo la conducción de los trabajos y estará autorizado por el Contratista para recibir órdenes de la Inspección, notificarse de Ordenes de Servicio y darles cumplimiento. La firma del representante en obra obliga al Contratista ante el Gobierno.
1.6.23 Inspección:
La Inspección de obra estará a cargo de los funcionarios que designe el Gobierno; éste comunicará por nota al Contratista cuáles son las personas autorizadas para visitar la obra en cualquier momento sin previo permiso y cuáles están autorizadas para dar órdenes escritas con carácter de Inspección.
1.6.24 Ordenes de Servicio y observaciones de la Inspección:
Todas las órdenes de la Inspección, y también las observaciones, cuando su importancia lo justifique, serán dadas por escrito en un libro de hojas numeradas por triplicado provisto por el Contratista.
Una copia se entregará al Contratista. Toda Orden de Servicio no observada dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas de extendida se da por aceptada y entra a formar parte del contrato sin implicar retribución adicional, salvo expresa indicación en contrario.
1.6.25 Observaciones del Contratista:
Análogamente, cuando el Contratista tenga algo que observar o una aclaración que pedir, podrá hacerlo en otro libro de hojas, numeradas, por triplicado, destinado a ese solo objeto y se procederá como se indica en el numeral 1.6.24.
1.6.26 Cumplimiento de Órdenes de Servicio:
El Contratista está obligado a dar inmediato cumplimiento a las Ordenes de Servicio que reciba, excepto aquellas que observe de inmediato y con los debidos fundamentos. No se considerarán como observadas las Ordenes de Servicio cuando al hacerlo el Contratista no asentare los fundamentos de su observación. En cualquier caso, si la Inspección ratifica la orden observada, el Contratista debe cumplirla de inmediato, reservándose los derechos que le asistan por los gastos o perjuicio que estime producidos por la orden.
1.6.27 Errores en la documentación técnica:
Si el Contratista creyera advertir errores en la documentación técnica, tiene la obligación de señalarlo a la Inspección para que sean corregidos si corresponde.
Si el Contratista no los señalara oportunamente, serán a su cargo los trabajos que fuera necesario ejecutar para corregir las fallas y esos trabajos no podrán justificar ampliaciones de plazo.
1.6.28 Discrepancias entre distintas partes del contrato:
En caso de aparecer discrepancias o contradicciones entre las diferentes partes del contrato, se procederá como sigue: a) si es evidente un error será corregido donde se encuentre; b) si no es aplicable ese procedimiento, los documentos primarán en el siguiente orden:
1) Pliego de Condiciones Generales y Circulares Aclaratorias de todo tipo.
2) Pliego de Condiciones Particulares y Circulares Aclaratorias de todo tipo.
3) Pliego de Especificaciones Técnicas
4) Planos Generales y planillas.
5) Planos de detalle
6) Oferta.
7) Contrata.
Planos: en caso de discrepancias entre la dimensión apreciada a escala y la expresada en cifras o letras, prevalecerá esta última. En caso de discrepancias entre una cifra expresada en números y la expresada en letras, prevalecerá esta última.
Los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires serán competentes para dirimir todas las cuestiones a que dé lugar la aplicación e interpretación de las normas y documentación de la presente licitación.
1.6.29 Terminación de los trabajos:
Los trabajos deberán quedar terminados enteros, completos y adaptados a sus fines y la falta de mención expresa de detalles necesarios no libera al Contratista de la obligación de realizarlos.
1.7 Personal
1.7.1 Salarios:
El Contratista abonará a todo su personal salarios iguales o superiores a los establecidos por las convenciones en vigencia aprobadas por autoridad competente y dará cumplimiento a todas las obligaciones legales o emergentes de esas convenciones en materia de cargas sociales. El pago de cada certificado mensual de obra está condicionado a la previa presentación, por el Contratista, de sus comprobantes de depósitos por aporte jubilatorio y fondo de desempleo correspondientes al mes precedente al de los trabajos certificados.
1.7.2 Trabajos en horas extras:
Si el Contratista deseara hacer trabajar en horas extras o en días feriados no laborables pagos, deberá requerir con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación la autorización del Gobierno. El Contratista pagará a su personal los recargos xx xxx y se hará cargo de los que el Gobierno deba abonar a su personal de supervisión.
Las sumas que por esos conceptos corresponda reintegrar al Gobierno serán descontadas del primer certificado por pagar.
Si el trabajo en horas extras fuera dispuesto por el Gobierno para anticiparse a plazos contractuales, ella tomará a su cargo las mayores retribuciones resultantes para el personal del Contratista y el del Gobierno.
1.7.3 Competencia:
El personal deberá ser competente y suficiente para las tareas por ejecutar y la Inspección podrá exigir la eliminación de todo obrero que considere incompetente o su asignación a otra tarea. Así mismo podrá exigir la eliminación de todo personal del Contratista que provocara desórdenes o indisciplina y la ampliación del personal cuando éste resultare insuficiente.
1.8 Materiales y trabajos
1.8.1 Calidad de los materiales y trabajos:
Todos los materiales, artefactos y accesorios serán de la mejor calidad existente en plaza entre los de su clase y los trabajos ejecutados con ellos ajustados a las mejores reglas del arte. El Contratista deberá presentar muestras de los elementos por adquirir y requerir la previa aprobación del Gobierno. Para los elementos que requieran elaboración previa en taller, el Gobierno podrá inspeccionarlos en los talleres donde se ejecuten y, si éstos se encontraran a más de sesenta (60) km. de la Capital, el Contratista deberá cubrir los gastos de traslado y estadía del personal de inspección.
1.8.2 Corrección de trabajos defectuosos:
Cuando un trabajo resultare defectuoso, ya sea por fallas del material o de la ejecución, el Contratista lo corregirá si es posible o, en caso contrario, lo demolerá y reconstruirá a su xxxxx, sin que esto pueda justificar ampliación de plazo.
El Gobierno establecerá cuando corresponde corregir un trabajo defectuoso, debiendo la obra realizarse a satisfacción del Comitente.
1.8.3 Vicios ocultos:
Cuando se sospechen en un trabajo vicios no visibles, el Gobierno podrá ordenar verificaciones o ensayos destructivos. Si el vicio se confirmare, se procederá conforme 1.8.2; en caso contrario, el Gobierno reconocerá los gastos provocados, con un recargo de 15 % por gastos generales y beneficios y acordará la ampliación de plazo que el ensayo y la corrección pudieran justificar. Esto último no será de aplicación si el Contratista no dio aviso previo de ejecución del trabajo que prevé el numeral 1.10.6.
1.8.4 Código Civil:
La falta de comprobación xx xxxxx o fraude no libera al Contratista, aún después de la Recepción Definitiva, de las responsabilidades que determina el Código Civil.
1.8.5 Existencia de materiales:
De todos los materiales necesarios, el Contratista tendrá siempre en obra una existencia suficiente para asegurar la marcha normal de los trabajos y en todo caso como mínimo la necesaria para quince días de trabajo.
1.9 Relaciones
1.9.1 Subcontratista:
El Contratista solamente podrá subcontratar parte de sus trabajos si media la previa conformidad escrita del Gobierno y su aprobación del subcontrato. Lo antedicho no exime al Contratista de sus obligaciones para con el Gobierno.
El Gobierno podrá denegar la conformidad a la subcontratación, sin necesidad de invocar causa o fundamento alguno y sin que tal negativa otorgue algún derecho a la Contratista ni justifique atrasos en el plan de obra.
1.9.2 Responsabilidad:
El contratista es único responsable, ante el Gobierno de todo lo hecho por sus subcontratistas.
Esto no exime tampoco al subcontratista de su responsabilidad, quien deberá agregar al subcontrato póliza de garantía de manera concordante a lo establecido en el numeral 1.4.4. del presente pliego.
1.9.3 Otros contratistas:
El Contratista está obligado a permitir la ejecución de los trabajos, ajenos a su contrato, que el Gobierno encomiende a otros contratistas y acatará las órdenes que dé la Inspección para evitar interferencias
1.10 Desarrollo de la obra
1.10.1 Plazo:
La obra debe ser totalmente realizada en el plazo fijado en el contrato y prórrogas que hubieran sido otorgadas, o sea de acuerdo con el último reajuste del plan de trabajos definitivo. Salvo expresa indicación contraria todos los plazos se cuentan en días laborables, es decir excluidos únicamente los feriados nacionales pagos, los domingos y mediodía los sábados. El Contratista debe organizar su trabajo previendo un número normal de días perdidos por razones climáticas y que se considerarán laborables.
1.10.2 Xxxx:
La obra entrará automáticamente en xxxx si, a la expiración del plazo y sus prórrogas otorgadas, no estuviera completamente terminada. Cuando en el P.C.P. se establezcan plazos parciales para determinados trabajos, si ellos no estuvieran terminados en el plazo fijado entrarán en xxxx parcial con las penalidades que establezca el P.C.P.
1.10.3 Ritmo de inversión:
Durante la ejecución de la obra se llevará un gráfico de inversión real, con precios básicos, superpuestos al agregado a la oferta, corregido por prórrogas si las hubiera. El Gobierno podrá exigir aumento de actividad cada vez que la inversión esté cinco por ciento (5%) por debajo de la prevista.
Si la inversión en un momento dado resultara inferior al setenta por ciento (70%) de la prevista, el Gobierno podrá resolver el contrato por culpa del Contratista. Si el Contratista se adelantara al plan de trabajo y la inversión excediera la prevista en más xxx xxxx por ciento (10%), el Gobierno podrá demorar los pagos ajustándolos al plan de inversión aprobado.
1.10.4 Incumplimiento de Órdenes de Servicio:
Cuando para el cumplimiento de una Orden de Servicio se fije fecha para dar comienzo, fin o ambas, el atraso en cualesquiera de ellas hará incurrir al Contratista en xxxx parcial de cumplimiento de Orden de Servicio.
1.10.5 Calidad del equipo:
El Contratista usará equipo de calidad apropiada a los trabajos por ejecutar y el Gobierno podrá exigir cambio o refuerzo de equipo cuando el provisto, ya sea por su estado o características, no permita la ejecución de un trabajo correcto y al ritmo previsto.
1.10.6 Contralor de trabajos:
El Contratista deberá dar aviso escrito con una anticipación mínima de cuarenta y ocho (48) horas del comienzo de todo trabajo cuya correcta ejecución no pudiera ser verificada después de lo ejecutado. Si el Contratista omitiere este requisito, serán por su cuenta los gastos de cualquier índole que se originaren para verificar la corrección de su ejecución.
1.11 Sanciones
1.11.1 Hechos que pueden originar sanciones:
Puede dar lugar a sanciones todo incumplimiento de cláusulas contractuales, de Órdenes de Servicio o de ambas
1.11.2 Clases de sanciones:
Las sanciones serán de tres clases, a saber: cargos, multas y sanciones disciplinarias.
1.11.3 Cargos:
Los cargos son una sanción compensatoria en dinero de los perjuicios ocasionados por una operación errada o por el incumplimiento de una obligación. El Gobierno podrá recurrir al cargo para hacer efectuar por terceros o con su propio personal los trabajos no ejecutados por el Contratista en su oportunidad y facturará su costo con un recargo del quince por ciento (15%).
1.11.4 Multas:
Las multas se aplicarán por xxxx en el cumplimiento de Ordenes de Servicio, de plazos parciales o del plazo total.
La multa diaria por xxxx en el cumplimiento de órdenes de servicio será del uno por diez mil (1/10.000) del monto del contrato o la indicada en el P.C.P. si ésta fuera mayor.
El sistema de aplicación de las multas y el monto de las mismas por incumplimiento de plazos parciales y totales se indicará en el P.C.P., debiéndose tener en cuenta que las multas deberán ser progresivas y acumulativas en proporción a las demoras producidas y el monto del contrato.
A los efectos del cálculo de multas, se entenderá por monto del contrato al monto original del mismo más los importes de las modificaciones aprobadas.
Cuando el importe de las multas por cualquier concepto alcance al diez por ciento (10%) del monto del contrato, el Gobierno podrá optar por su rescisión por causas atribuibles al Contratista o bien decidirá la continuación del mismo, sin que en el período restante hasta la terminación de la obra pueda hacérsele pasible de nuevas penalidades en virtud de la demora. Este límite en la sanción por retraso no libera al Contratista de su responsabilidad por los daños y perjuicios a terceros o al Gobierno emergentes de la demora correspondiente al lapso sin multa. En caso de decidirse la continuación del contrato, se fijará un plazo de terminación para el cual se hará un plan de inversión al que serán aplicables las disposiciones del numeral 1.10.3.
1.11.5 Sanciones disciplinarias:
El Contratista y el Profesional responsable, según la gravedad de la falta, serán pasibles de las siguientes sanciones: a) llamado de atención; b) apercibimiento; c) solicitud de suspensión de uno (1) a cinco (5) años del Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, de acuerdo a lo establecido en su reglamentación. La suspensión no impide la continuación de la obra contratada, pero no permite al Contratista ni al Profesional responsable intervenir en nuevas licitaciones del Gobierno durante la suspensión, ni iniciar trámites por cuestiones ajenas a la obra en ejecución. Si una sanción disciplinaria grave hubiera sido motivada directamente por el profesional responsable, el Gobierno podrá requerir su sustitución.
1.11.6 Aplicación de las sanciones:
Los llamados de atención podrán ser aplicados directamente por la Inspección de la obra; los apercibimientos, por Resolución de la Repartición, la que dará cuenta al Consejo Asesor del Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas. La solicitud de suspensión del Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas será resuelta por la correspondiente Secretaría o Ministerio.
1.11.7 Reconsideración:
El sancionado podrá, en todos los casos, interponer los recursos que establecen las normas de procedimientos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (Decreto N° 1510/GCBA/97-B.O.C.B.A N° 310-).
1.11.8 Percepción de cargos y multas:
El importe de las multas y cargos será descontado del primer certificado que se extienda después de aplicada la sanción y si éste no fuera suficiente, de cualquier otro crédito que por cualquier concepto tuviera el Contratista ante el Gobierno. Si los créditos precedentemente enunciados no fueren suficientes, los importes correspondientes podrán ser deducidos del depósito de garantía de la adjudicación, en cuyo caso éste deberá ser repuesto dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes, con apercibimiento, en caso contrario, de resolución del contrato y la pérdida del saldo de dicho depósito.
La percepción de las multas o cargos será efectiva aún cuando no estuviera firme la resolución que impuso la sanción. Si con posterioridad se dejara sin efecto la sanción, se devolverán los importes retenidos con más un interés compensatorio a la Tasa Pasiva del Banco de la Ciudad para operaciones a plazo fijo a treinta (30) días.
1.12 Certificación, pagos y garantías
1.12.1 Certificados:
Al final de cada mes calendario, el Contratista en colaboración y bajo la supervisión de la Inspección efectuará la medición ajustándose a las normas que establezca el P.C.P. Conformada la mensura por la Inspección, el Contratista preparará, de acuerdo con ella, los certificados de obra y de acopio, ajustándose también para ello a lo estipulado en el P.C.P. y a las indicaciones complementarias que pudiera haber formulado la Inspección. Cada certificado debe comprender la totalidad de los trabajos desde el comienzo de la obra hasta la fecha del certificado y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado anterior.
Todos los certificados representan pagos a cuenta susceptibles de rectificación por diferencias menores hasta la Recepción Definitiva.
1.12.2 Retenciones sobre los certificados:
Sobre todos los certificados de obra y de acopios se retendrá el cinco por ciento (5%) de su valor total; esos descuentos se acumulan a la garantía de adjudicación (1.4.4) para constituir el fondo de garantía y reparos. Ese fondo quedará en poder del Gobierno hasta la Recepción Definitiva de la obra en garantía de la correcta ejecución de los trabajos y para hacer frente a reparaciones que fueran necesarias y que el Contratista no ejecutara cuando le fuera ordenado.
1.12.3 Sustitución del fondo de reparos:
En cualquier momento, durante la ejecución de la obra, el Contratista podrá sustituir hasta el ochenta por ciento (80%) del total acumulado en efectivo en el fondo de garantía y reparos por las otras formas de garantía previstas en el numeral 1.3.6.
1.12.4 Intereses:
El Gobierno no pagará intereses por los depósitos en efectivo. Son a cargo del Contratista los gastos debitados por los bancos donde queden en custodia valores entregados en depósito
1.12.5 Actualización del fondo de reparos
Toda vez que, por depreciación de los valores depositados, éstos representaran un valor inferior en diez por ciento (10%) de aquél por el cual han sido depositados, el Contratista deberá cubrir la diferencia con un depósito adicional. Si no lo hiciera, el Gobierno podrá retener las sumas necesarias de cualquier crédito a favor del Contratista.
1.12.6 Pago de los certificados:
El pago de cada certificado se efectuará dentro de los treinta (30) días hábiles administrativos de la conformidad prestada por la Repartición técnica interviniente.
Fíjase, además, un plazo xx xxxx (10) días hábiles administrativos que correrán a partir de la presentación de cada certificado para efectuar dicha conformación. Si dentro de este último plazo el certificado fuese observado, la cuenta del período para el pago comenzará en el momento en que el Contratista lo presente con las correcciones del caso. Si el pago se efectuara transcurrido el término indicado en el primer párrafo de este artículo, por causa no imputable al Contratista, éste tendrá derecho a reclamar intereses a la Tasa Pasiva del Banco de la Ciudad para operaciones de plazo fijo a treinta (30) días.
1.12.7 Suspensión de las Obras:
Si se diera el caso de paralizar totalmente los trabajos por disposición del Gobierno y por motivos que le sean imputables a éste, el reclamo por gastos improductivos deberá ser analizado por una comisión integrada por un representante del Comitente y otro del Ministerio de Hacienda. Se indica que en los casos de suspensión de las obras deberá procederse de conformidad con el Art. Nº 34 de la Ley de Obras Públicas que al respecto establece que si se “…juzgase necesario suspender el todo o parte de las obras contratadas, será requisito indispensable para la validez de la resolución, comunicar al Contratista la orden correspondiente por escrito, procediéndose a la medición de la obra ejecutada, en la parte que alcance la suspensión, y al extender el acta de resultado. En dicha acta se fijará el detalle y el valor del plantel, del material acopiado y del contratado, en viaje o construcción, y se hará una nómina del personal que deba quedar a cargo de la obra…”
1.13 Modificaciones de obra y fijación de precios nuevos
1.13.1 Modificaciones de obra:
Las modificaciones de obra pueden consistir en: 1º) aumento o disminución en la cantidad de cualquier trabajo para el cual exista un precio unitario de contrato; 2º) ejecución de trabajos no previstos en el contrato. En el primer caso el Contratista está obligado a aceptar, sin ninguna
clase de compensación, variaciones en más o en menos de hasta el veinte por ciento (20%) en cualquier ítem, liquidándose al precio de contrato la cantidad realmente ejecutada.
En el segundo caso y en el de disminuciones que excedan de veinte por ciento (20%) se establecerán de común acuerdo precios nuevos para el total por ejecutar. La supresión total de un ítem solo dará derecho al Contratista a resolver el contrato si dicho ítem representara un valor mayor del veinte por ciento (20%) del monto total del contrato. En el caso de aumentos que excedan del veinte por ciento (20%) se liquidará la cantidad contratada al precio de contrato y se convendrá precio nuevo para el excedente de ese porcentaje.
1.13.2 Precios nuevos:
Los precios nuevos se establecerán, en lo posible, por analogía con los de trabajos contratados y, siempre a precios básicos para incluirlos en una nueva actualización del plan de trabajo y del de inversiones.
1.13.3 Reajuste de garantía:
Cuando se encomienden modificaciones que impliquen aumento del contrato, el contratista deberá ampliar en cinco por ciento (5%) de tal aumento, la garantía de adjudicación. A pedido del Contratista, esta ampliación de garantía podrá ser descontada del primer certificado de obra que se extienda.
1.13.4 Opciones del Gobierno:
En caso de no llegarse a un acuerdo de precios para modificaciones, el Gobierno podrá optar por cualesquiera de las siguientes soluciones: 1º) encomendar los trabajos a otro contratista; 2º) efectuarlos con personal propio; 3º) encomendarlo al Contratista por el sistema de coste y costas con aprobación previa por el Gobierno de las compras requeridas y reconociendo un recargo del quince por ciento (15%) de gastos generales y beneficios.
1.14 Resolución del contrato
1.14.1 Culpa del Contratista:
El Gobierno podrá resolver el contrato por culpa del Contratista en los casos previstos en 1.10.3, 1.11.4 y en todos los considerados en la Ley Nacional de Obras Públicas. La resolución será comunicada fehacientemente por el Gobierno al Contratista.
1.14.2 Culpa del Gobierno:
El Contratista podrá resolver el contrato por culpa del Gobierno en todos los casos previstos en la Ley Nacional de Obras Públicas. La resolución será comunicada en forma fehaciente por el Contratista al Gobierno.
1.14.3 Consecuencias:
Producida la resolución, sus consecuencias serán las que determina la Ley Nacional de Obras Públicas y los Pliegos Licitarios.
1.14.4 Toma de posesión de la obra:
Producida la resolución, el Gobierno tendrá derecho a tomar posesión inmediata de la obra en el estado en que se encuentre, a cuyo efecto se hará inventario y avalúo de los trabajos, materiales y equipos. Podrá también ordenar la prosecución de la obra en las condiciones que estime más convenientes, respondiendo el Contratista por los perjuicios que sufra el Gobierno cuando la resolución haya sido declarada por culpa de aquél.
1.14.5 Inventario:
El inventario se realizará con un representante de cada parte, sin interrupciones dilatorias y procurando en lo posible, que los trabajos de la obra no se paralicen. Si el Contratista, previamente citado al efecto, no concurriese o no estuviera representado en el acto del inventario, el Gobierno estará de todas maneras habilitado para realizarlo, en cuyo caso enviará al Contratista, bajo constancia, una copia de aquél y en tal caso se estará a lo hecho por el Gobierno.
1.14.6 Avalúo:
El avalúo se realizará de mutuo acuerdo o por medio de peritos nombrados, uno por cada parte. En caso de disconformidad entre ellos, el Gobierno dispondrá que el diferendo se resuelva por la vía pertinente. Si dentro del plazo de tres (03) días hábiles de notificado el Contratista no nombrare a su perito, se entenderá que renuncia a ese derecho y se somete al resultado del avalúo que practique el perito nombrado por el Gobierno.
1.14.7 Liquidación de los trabajos:
El Gobierno practicará asimismo la liquidación de todos los trabajos ejecutados por el Contratista y terminados con arreglo al contrato y determinará las cantidades y clases de trabajos inconclusos, materiales e implementos inventariados que sean de recibo e indispensables para la obra.
Los materiales y enseres no aceptados por el Gobierno serán retirados de la obra por el Contratista a su xxxxx, dentro del término que aquella le señale, el que no será mayor de quince (15) días siguientes a la notificación por telegrama colacionado. Si el Contratista no diera cumplimiento en el plazo señalado, el Gobierno hará retirar y depositar fuera de la obra esos materiales y enseres, corriendo todos los gastos a cargo de aquél.
Los trabajos que no fueran de recibo serán demolidos por el Contratista en el plazo que lo señale el Gobierno; si no lo hiciera, el Gobierno los demolerá con gastos a cuenta del Contratista.
El importe de la liquidación de los trabajos ejecutados que fueran de recibo, tanto los terminados como los inconclusos, materiales y enseres aceptados a precio de avalúo, constituirá un crédito a favor del Contratista, previa deducción de los pagos efectuados a cuenta. Este crédito, cuando la resolución hubiere sido causada por el Contratista, quedará pendiente de pago hasta la terminación y liquidación final de los trabajos, para responder por el excedente de costos de éstos y de los perjuicios que se originen por la resolución del contrato o la mala ejecución de los
trabajos hechos por el Contratista. Si en el caso anterior las sumas retenidas no bastaren para cubrir los mayores desembolsos y perjuicios que la resolución irrogue al Gobierno, el Contratista deberá abonar el saldo que por ese concepto resulte.
En ningún caso, incluyendo la revocación por oportunidad, mérito o conveniencia, se reconocerá suma alguna en concepto de lucro cesante.
1.15 Aprobación y recepción de la obra
1.15.1 Aprobación de trabajos cubiertos:
Los trabajos que, por la evolución de la obra estén destinados a quedar cubiertos, serán aprobados a medida de su ejecución; pero el Contratista es responsable por los vicios de construcción de acuerdo con lo prescrito en el artículo 1.646 del Código Civil, como también para la conservación de aquéllos hasta su Recepción Definitiva.
1.15.2 Recepción provisional:
Cuando la obra se encuentre terminada de acuerdo con el contrato y se hayan cumplido satisfactoriamente las pruebas estipuladas en el
P.C.P. y en el Pliego de Especificaciones Técnicas, el contratista podrá solicitar a la Inspección la entrega de una constancia de la fecha de terminación, la que tendrá carácter provisional y estará condicionada al resultado de la Recepción Provisoria.
El Gobierno fijará fecha para la recepción dentro del plazo máximo de quince (15) días y citará al Contratista en forma fehaciente.
En la fecha fijada se verificará el estado de los trabajos y si no se presentan fallas o solamente defectos menores subsanables a juicio exclusivo del Gobierno durante el plazo de garantía, la obra quedará recibida provisionalmente y el plazo de garantía correrá desde la fecha de terminación.
Se labrará acta de Recepción Provisional dejando constancia de las fallas por corregir y de la fecha inicial del plazo de garantía.
En ningún caso se considerarán defectos menores aquellos que puedan dificultar el uso normal de la obra. Si la obra presentara fallas importantes, o un número considerable a juicio exclusivo del Gobierno, se considerará como no terminada postergándose la Recepción Provisional hasta que todas las fallas estén corregidas. A este efecto se fijará un plazo para su corrección, vencido el cual se procederá a una nueva verificación del estado de los trabajos; si en esta oportunidad el Gobierno, a su exclusivo juicio resolviera la Recepción Provisoria de la obra, se fijará la nueva fecha de terminación. Si el Contratista no corrigiera las fallas en el plazo acordado, el Gobierno podrá hacerlo con su propio personal o el de terceros, tomando los fondos necesarios del de garantía y reparos. Si el Contratista o su representante no concurrieran en las fechas fijadas para la Recepción Provisional, el Gobierno procederá a efectuar la recepción dejando constancias en acta de la ausencia del Contratista y éste perderá todo derecho de apelar por los resultados de la recepción.
1.15.3 Plazo de garantía:
Salvo indicación de un plazo diferente en el P.C.P., el plazo de garantía será de seis (06) meses. Durante ese plazo el Contratista es responsable de la conservación de las obras y de las reparaciones necesarias, siempre que éstas no sean consecuencia de uso indebido de las obras.
1.15.4 Recepción definitiva:
Transcurrido el plazo de garantía se efectuará una inspección para realizar la Recepción Definitiva que se hará con las mismas formalidades que la provisional. Si se comprobare el buen estado de la obra y el correcto funcionamiento de las instalaciones, la obra quedará recibida definitivamente, dejándose constancia en acta. En caso de observarse defectos, se acordará un plazo para su corrección a cuya expiración se efectuará una nueva verificación del estado de las obras. Si en esta oportunidad el Gobierno resolviera aceptar los trabajos, quedará efectuada la Recepción Definitiva.
Si el Contratista no hubiese subsanado los defectos en el plazo acordado, el Gobierno podrá corregirlos con su propio personal o el de terceros, tomando los fondos necesarios del de garantía y reparos.
1.15.5 Devolución del fondo de reparos:
Dentro de los quince (15) días de celebrada la recepción definitiva será devuelto el fondo de garantía y reparos o su saldo si hubiera llegado el caso de afectarlo para efectuar trabajos demorados por el Contratista.
1.15.6 Recepciones parciales:
Cuando el P.C.P. prevea el tratamiento separado de diversas partes de la obra y les fije plazos individuales de ejecución y garantía, cada una de ellas será motivo de Recepción Provisional, Definitiva y devolución de garantía de acuerdo con los numerales 1.15.2 a 1.15.5.
1.16 Varios
1.16.1 Teléfono:
Salvo indicación contraria en el P.C.P., el Contratista deberá prever el suministro, durante toda la obra y hasta la Recepción Definitiva, de un servicio telefónico en la oficina de la Inspección y uno en sus propias oficinas en obra. El pago de las instalaciones y de los servicios telefónicos estará a cargo del Contratista (1.6.15).
1.16.2 Fotografías:
El Contratista deberá obtener y suministrar una información fotográfica de la evolución de la obra de acuerdo con las indicaciones de la Inspección y dentro de las cantidades y características establecidas en el P.C.P.
1.16.3 Liberación de derechos y gravámenes:
Cuando el Gobierno, en virtud de su carácter de persona del derecho público, obtenga una liberación de gravámenes o derechos que no hubieran sido ya satisfechos por el Contratista, el importe correspondiente le será deducido del primer certificado por pagar.
1.16.4 Trámites:
Todos los trámites por realizar ante organismos del Estado o privados, necesarios para la normal realización de la obra, serán hechos por el Contratista, incluyendo la preparación de todos los planos y demás documentación necesaria al efecto.
1.16.5 Seguros:
El Contratista deberá contratar los siguientes seguros por su cuenta y cargo:
1) contra accidentes de trabajo a todo el personal obrero, administrativo y técnico destacado en obra.
2) contra incendio y explosión las obras ya ejecutadas, con una póliza de valor progresivo que, en todo momento, cubra el total certificado, y con vigencia hasta la Recepción Definitiva.
3) de responsabilidad civil, que cubra siniestros a terceros y a bienes de terceros y de la Ciudad de Buenos Aires por los daños que pudieran ocasionarse con motivo y en ocasión de la ejecución de los trabajos y las prestaciones que constituyan el objeto del contrato de obra pública.
Estos seguros deberán ser contratados en compañías a satisfacción del Comitente.
No se liquidará ningún certificado de obra mientras no se hayan presentado las pólizas de seguros mencionadas en este artículo.
El co-contratante deberá acompañar al expediente informes semestrales de la Superintendencia de Seguros de la Nación, donde se determine el estado patrimonial y de solvencia de la compañía con la que haya asegurado.
El Gobierno, luego de la evaluación de dichos informes, podrá requerir el cambio de aseguradora, que deberá efectuarse en el plazo de setenta y dos (72) horas de notificada la resolución. En caso de no cumplimentarse con lo requerido en el plazo citado, se hará efectivo el apercibimiento previsto en el párrafo precedente.
1.16.6 Respeto debido a la Inspección:
La Inspección podrá disponer que el Contratista retire inmediatamente de la obra cualquier empleado, técnico o administrativo, que por su inconducta o falta de respeto perjudicara la marcha de la obra o las buenas relaciones entre la Inspección y el Contratista.
1.16.7 Libros de contabilidad:
El Contratista deberá permitir a personal especializado, designado por el Gobierno, el acceso a sus libros de contabilidad y documentos cuando lo considere necesario.
1.16.8 Vehículo:
Cuando lo prevea el P.C.P. el Contratista pondrá a la disposición de la Inspección un vehículo automotor de las características y con el horario que allí se indique. Todos los gastos del conductor, patente, seguros, combustible, lubricante y conservación serán a cargo del Contratista.
1.16.9 Manejo de las instalaciones:
El Contratista deberá suministrar instrucciones escritas someras acerca del manejo de las instalaciones incorporadas a las obras y de los inconvenientes que con más frecuencia pueden presentarse en ellas e instruir directamente al personal que el Gobierno destine a su cuidado.
1.17 Cláusula anticorrupción
Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la licitación o de la rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier otra dádiva a fin de que:
a) funcionarios o empleados públicos, con competencia referida a la licitación o contrato, hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones;
b) o para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones
c) cualquier persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del Contratista, directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona física o jurídica.
Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aún cuando se hubieran consumado en grado de tentativa.
ANEXO I
Decreto Reglamentario Nº 2119-GCBA-03 y Ley Nº 2809 “Régimen de Redeterminación de Precios Aplicable a Contratos de Obra Pública – Ley Nacional 13064”
Xxxxxxx 0000
XXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX DECRETOS
DECRETO N° 2.119
ESTABLÉCESE LA "METODOLOGÍA DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS DE CONTRATO DE OBRA PÚBLICA" CONFORME LAS PAUTAS DISPUESTAS POR EL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 2/GCBA/03
Buenos Aires, 10 de noviembre de 2003.
Visto las Leyes Nacionales Nros. 13.064 y 25.561, el Decreto Nacional N° 1.295/PEN/2002, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 2/GCBA/03 y el Expediente N° 69.345/03, y;
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 2/GCBA/03 se establece la posibilidad de redeterminar, a solicitud del contratista, los precios de los contratos de obra pública regidos por la Ley N° 13.064 y sus modificatorias, en los términos y condiciones allí establecidos;
Que es necesario diseñar una Metodología de redeterminación de precios, siguiendo las pautas fijadas por el DNyU N° 2/GCBA/03, y acorde a la normativa que rige los contratos de obra pública en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 14 de la referida norma prevé un plazo de treinta (30) días a los fines de establecer la "Metodología de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública";
Que resulta conveniente disponer que la jurisdicción que requiera la realización de la obra de que se trate, junto a la Secretaría de Hacienda y Finanzas intervengan a fin de llevar a cabo el procedimiento de redeterminación de precios, en el marco de la Metodología que a tal efecto se establece;
Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA:
Artículo 1° - Establécese la "Metodología de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública", aplicable a los precios de los contratos de obra pública regidos directa o supletoriamente por la Ley N° 13.064, de acuerdo con las pautas dispuestas por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 2/GCBA/03.
Artículo 2° - La presente Metodología se aplica, a solicitud del contratista, a las obras que se adjudiquen con posterioridad a la entrada en vigencia del DNyU N° 2/GCBA/03 y con respecto a los precios de las cantidades de obra faltante de ejecutar al momento de la redeterminación, de acuerdo al plan de inversiones aprobado por el comitente.
El diez por ciento (10%) del contrato permanece fijo e inamovible, debiendo computarse en cada redeterminación de precios respecto de la cantidad de obra faltante de ejecutar en ese momento.
En los contratos donde se haya previsto el pago destinado al acopio de materiales, el comitente debe establecer, al momento de la firma del contrato, al acopio de qué materiales se debe aplicar dicho monto, la fecha a partir de la cual queda fijo y el porcentaje del componente de los materiales correspondientes al precio de cada ítem que queda inamovible por el pago del acopio. A partir del pago del acopio, las redeterminaciones de precios podrán efectuarse solamente sobre el porcentaje de la parte del componente de materiales del precio que no ha quedado fija, aplicándose además a la misma la limitación xxx xxxx por ciento (10%) prescripta en el segundo párrafo del presente artículo.
Artículo 3° - Los nuevos precios se redeterminan aplicando la presente Metodología, ponderando los factores descriptos en el Art. 7° del DNyU N° 2/GCBA/03, con la limitación establecida en el último párrafo del citado artículo, según su incidencia en el precio total de la prestación o ítem y conforme al procedimiento detallado en el Art. 7° de la presente Metodología.
Artículo 4° - Los precios de los contratos se redeterminan y certifican a partir del mes en que los costos de los factores principales que los componen hayan adquirido una variación de referencia promedio, probada, superior en un diez por ciento (10%) a los del contrato original o a los surgidos de la última redeterminación, según corresponda, teniendo en cuenta la limitación prevista en el artículo 3° del DNyU N° 2/GCBA/03 y calculados con los valores correspondientes al mes de ejecución.
Los eventuales adicionales y modificaciones de obra serán aprobados a precios básicos de contrato y estarán sujetos al mismo régimen de redeterminación de precios que los trabajos del contrato original.
Artículo 5° - La estructura de ponderación de insumos principales correspondiente a cada obra debe ser definida por la jurisdicción a cargo de la ejecución de la partida presupuestaria de la obra de que se trate.
En las obras que se encuentren en proceso licitatorio abierto se debe tomar el presupuesto oficial como base para establecer la estructura de ponderación. Artículo 6° - La Variación de Referencia a la fecha en que la solicita el contratista debe calcularse como el promedio ponderado de las variaciones de precios de cada insumo, según la estructura de ponderación que se establezca conforme al artículo anterior, entre el mes en que se haya alcanzado el diez por ciento (10%) de variación y el anterior a la presentación de la oferta, o al de la última redeterminación, según corresponda.
Artículo 7°- A los efectos del procedimiento de redeterminación se deben contemplar las siguientes pautas:
a) La incidencia en la redeterminación de precios de los distintos factores descriptos en el artículo 7° del DNyU N° 2/GCBA/03, para cada ítem del contrato, debe ser la que surja de los análisis de precios del Contratista, efectuados de conformidad con lo prescripto por el artículo 11 de la citada norma y que resulten aprobados por el comitente en forma desagregada como fueron presentados.
Dicha incidencia se debe mantener constante para cada ítem durante la vigencia de todo el contrato. La variación de los precios de cada factor se calcula utilizando el criterio establecido en el artículo anterior.
b) Los precios o índices de referencia para determinar las variaciones de los factores a tener en cuenta en las redeterminaciones de precios, son los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos para la redeterminación de precios establecida por el Decreto N° 1.295/PEN/02. En caso de no haber sido relevados por dicho Organismo, los precios o índices de referencia son los informados por otros organismos oficiales o especializados, aprobados por Resolución Conjunta de la Secretaría de Hacienda y Finanzas y de la jurisdicción a cargo de la ejecución de la obra.
c) Las solicitudes de redeterminación de precios deben ser acompañadas de los antecedentes documentales e información de precios o índices suficientes para sustentar el requerimiento.
Artículo 8° - Los pliegos de condiciones generales de las contrataciones futuras deberán incluir como normativa el DNyU N° 2/GCBA/03 y la presente Metodología. Asimismo, cada jurisdicción debe incluir en la documentación licitatoria de la obra de que se trate la estructura de ponderación respectiva, conforme lo dispuesto en el artículo 5° del presente Decreto.
Artículo 9° - Con cada oferta debe presentarse la documentación que se indica en el presente artículo, de manera tal que permita al comitente el análisis de la conveniencia y razonabilidad del precio total, así como de los precios unitarios que lo componen, de conformidad con la estructura presupuestaria y la metodología de análisis de precios que se establezcan en cada pliego por el organismo contratante. A tal efecto se debe adjuntar a la oferta:
a) El presupuesto desagregado por ítem, indicando volúmenes o cantidades respectivas, precios unitarios y su incidencia en el precio total.
b) Los análisis de precios de cada uno de los ítems, desagregados en todos sus componentes, incluidas cargas sociales y tributarias, a los efectos de analizar la conveniencia y razonabilidad tanto de las cantidades como de los precios que lo componen.
La falta de tales elementos implicará la descalificación de la oferta correspondiente.
Artículo 10 - La información del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) que se emplee a los fines de la presente reglamentación debe ser aquella identificada como "Información estadística para la redeterminación de precios de contrato de obra pública Decreto N° 1.295/02", o la que en el futuro la reemplace, y/o en su caso, la que se determine conforme las pautas establecidas en el artículo 7° inciso b) del presente.
Artículo 11 - El Acta de Redeterminación de Precios debe contener como mínimo:
a) La solicitud del contratista.
b) Los precios redeterminados del contrato.
c) El mes para el que se fijan los precios redeterminados del contrato.
d) Los análisis de precios, como así también los precios o índices de referencia utilizados según lo previsto en el artículo 7° inciso b) del presente, siendo de aplicación para todo el contrato los utilizados en la última redeterminación.
e) La nueva curva de inversiones y, en caso de corresponder, el nuevo plan de trabajos, todo ello, además, en soporte magnético.
f) La renuncia del contratista prevista en el artículo 10 del DNyU N° 2/GCBA/2003.
Artículo 12 - El pago de cada certificado que incluya redeterminación de precios no debe ser liberado hasta que el contratista no presente una garantía de contrato a satisfacción del comitente de simil calidad que la original aprobada, en reemplazo de la anterior por un monto total del contrato actualizado, respetando el porcentaje estipulado en el contrato para dicha garantía.
Artículo 13 - En los casos de licitaciones con oferta económica presentada en sobre cerrado y que a la fecha de publicación del presente se encuentren sin abrir, el comitente podrá optar entre dejar sin efecto la licitación o conceder a los oferentes calificados un plazo razonable para la presentación de una nueva oferta acompañada por el presupuesto desagregado y el análisis de precios de cada uno de los ítems.
Los sobres de las ofertas económicas anteriores deben ser puestos a disposición de los oferentes, sin abrir, en oportunidad en que se expida el comitente sobre el temperamento a seguir en cada licitación.
Cuando de la calificación efectuada resultase un solo oferente apto, el procedimiento licitatorio continuará con su oferta económica original.
Si los oferentes de las licitaciones alcanzadas por el presente artículo desistieren de la aplicación de la redeterminación de precios o de la presentación de una nueva oferta según corresponda, no serán pasibles de penalización por estos motivos, aún cuando hubiere penalizaciones previstas en la documentación licitatoria.
Artículo 14 - En los casos de licitaciones con oferta económica presentada y adjudicada, sin que se haya producido la firma del contrato, si entre el mes anterior a la firma del mismo y el mes anterior a la presentación de la oferta se produjera una variación de referencia mayor al diez por ciento (10%), procede la redeterminación en los términos del DNyU N° 2/GCBA/03 y la presente Metodología, computándose el plazo de seis meses a partir de la fecha de adjudicación. Artículo 15 - A los fines de llevar a cabo el procedimiento de redeterminación, deberá intervenir una comisión integrada por la jurisdicción que requiera la realización de la obra y la Secretaría de Hacienda y Finanzas.
Artículo 16 - El presente Decreto es refrendado por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas, por el señor Secretario de Obras y Servicios Públicos y por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 17 - Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todas la Secretarías del Poder Ejecutivo y a la Procuración Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx; y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido; archívese. XXXXXX - Xxxxxxxxx - Xxxxxx - Xxxxxxxxx
XXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX
LEY N° 2809
RÉGIMEN DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS APLICABLE A COTRATOS DE OBRA PÚBLICA - LEY NACIONAL 13064
Buenos Aires, 24/07/2008
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza xx
Xxx
Art. 1°.- Establécese el Régimen de Redeterminación de Precios aplicable a los contratos de obra pública regidos por la Ley N° 13.064 y sus modificatorias. El presente régimen será aplicable, con los alcances y modalidades previstas en esta Ley y su reglamentación, a los contratos de locación de servicios y de servicios públicos que expresamente lo establezcan. El principio rector de la redeterminación de precios es el mantenimiento de la ecuación económica financiera de los contratos y destinado exclusivamente a establecer un valor compensatorio del real incremento del costo sufrido por proveedor. Se encuentran excluidos del régimen establecido en la presente ley, los contratos de concesiones con régimen propio y cobro directo al usuario, los contratos de suministro, de concesión de Obra y de servicios, licencias y permisos.
Art. 2°.- Los precios de los contratos, correspondientes a la parte faltante de ejecutar, podrán ser redeterminados a solicitud de la contratista cuando los costos de los factores principales que los componen, identificados en el artículo 4° de la presente ley, reflejen una variación promedio ponderada de esos precios superior en un SIETE POR CIENTO (7%) a los del contrato, o al precio surgido de la última redeterminación según corresponda, de conformidad a los términos que se establecen en la presente ley y su reglamentación.
Art. 3°.- Los precios de los contratos se redeterminarán y certificarán a partir del mes en que los costos de los factores principales que los componen hayan adquirido una variación de referencia promedio que supere el límite indicado en el articulo 2°. Los nuevos precios que se determinen serán establecidos en el Acta de Redeterminación de Precios que el Contratista y la Comitente suscribirán al concluir el procedimiento normado en la presente ley.
Art. 4°.- Los nuevos precios se determinarán ponderando los siguientes factores según su probada incidencia en el precio total de la prestación:
a) El precio de los materiales y de los demás bienes incorporados a la obra o servicio.
b) El costo de la mano de obra.
c) La amortización de equipos y sus reparaciones y repuestos.
d) Todo otro elemento que resulte significativo a criterio del comitente.
Art. 5°.- Los precios de referencia a utilizar para el procedimiento de redeterminación serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección de Estadística dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCABA o el organismo que la reemplace, o por otros organismos públicos especializados, aprobados por el comitente, para el mismo período.
Art. 6°.- Los precios de los contratos se redeterminarán y certificarán según corresponda de acuerdo a las siguientes pautas:
a) Se incluirán en los pliegos de Bases y Condiciones de cada Contrato la estructura de ponderación de insumos principales y las fuentes de información de los precios correspondientes.
b) Será condición necesaria para iniciar la redeterminación de precios que la variación promedio de los precios del Contrato calculada supere el SIETE POR CIENTO (7%) establecido en el artículo 2° de la presente ley. La Variación promedio se calculará como el promedio ponderado de las variaciones de precios de cada factor, según la estructura de ponderación establecida, con respecto a los valores del contrato original o los de la última redeterminación según corresponda.
c) Los nuevos precios se redeterminaran conforme la Metodología de Redeterminación de Precios de Contratos que dictará oportunamente el Poder Ejecutivo. El plazo total del procedimiento de redeterminación desde su inicio hasta la firma del Acta de Redeterminación de precios no podrá exceder los ciento veinte
(120) días.
d) La incidencia de los distintos factores en la redeterminación de precios se calculará en base a la relación de los precios básicos contractuales que surgen de los análisis de precios presentados por la contratista y aprobados por el comitente, que serán de aplicación durante todo el plazo contractual.
Art. 7°.- La variación promedio de los precios calculada con la estructura de ponderación establecida en los pliegos de Bases y Condiciones y siempre que se cumplan los supuestos descriptos en el articulo 2° y el inciso b) del Artículo 6° de la presente, se tomará como base de adecuación provisoria de los precios del contrato, autorizándose a los comitentes a certificar las obras o servicios que se ejecuten en los períodos que corresponda con los precios adecuados mediante el factor de adecuación de precios pertinente y conforme lo fije la reglamentación de la presente.
Una vez finalizado el procedimiento de redeterminación establecido en la presente ley, se certificarán las diferencias en más o en menos según corresponda. Se podrán certificar adecuaciones provisorias sucesivas cuando exista una redeterminación en trámite y se produzcan los supuestos del artículo 2° y del inciso b) del Artículo 6° de la presente.
Art. 8°.- Los aumentos de las alícuotas impositivas, aduaneras o de cargas sociales trasladables al consumidor final, serán reconocidos en el precio a pagar a los contratistas a partir del momento en que entren en vigencia las normas que los dispongan, en su probada incidencia. Las reducciones de las alícuotas impositivas, aduaneras o de cargas sociales trasladables al consumidor final, serán deducidas del precio a pagar.
Art. 9°.- Los Pliegos de Bases y Condiciones establecerán que los oferentes deben presentar la documentación que se indica en el presente artículo, conforme la estructura presupuestaria y metodología de análisis de precios establecidos por el Comitente:
a) El presupuesto desagregado por ítem, indicando volúmenes o cantidades respectivas y precios unitarios, o su incidencia en el precio total, cuando corresponda.
b) Los análisis de precios de cada uno de los ítems, desagregados en todos sus componentes, incluidas cargas sociales y tributarias.
c) Los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios, de conformidad con lo establecido en el artículo 5°. La falta de alguno de los elementos señalados precedentemente, implicará la inmediata descalificación de la oferta correspondiente.
Art. 10.- La suscripción del Acta de Redeterminación de Precios conforme lo establecido en la presente ley, implica la renuncia automática de la contratista a todo reclamo por mayores costos, intereses, compensaciones, gastos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza resultantes del proceso de redeterminación, a la fecha del acuerdo que faculte la aplicación de la redeterminación de precios.
Art. 11.- Con carácter previo a la suscripción del Acta de Redeterminación de Precios, conforme a lo establecido en el Artículo 10 de la presente ley, deberá darse intervención a la Sindicatura Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, la que deberá expedirse dentro de los quince (15) días hábiles administrativos. Transcurrido el plazo indicado precedentemente, su silencio será interpretado como conformidad
Art. 12.- Los precios nuevos se aplicarán a la parte del contrato faltante de ejecutar al momento de producirse la variación establecida en el artículo 2° de la presente ley.
Los comitentes deberán adecuar, si correspondiera, el plan de trabajos y la curva de inversiones de la obra, sin exceder las previsiones presupuestarias y financieras que permitan el cumplimiento del pago del nuevo precio contractual. Las obras o servicios que no se hayan ejecutado o que no se ejecuten en el momento previsto en el plan de inversiones vigente, por causas imputables al contratista, se liquidarán con los precios correspondientes a la fecha en que debieron haberse cumplido, sin perjuicio de las penalidades que pudieren corresponder.
Art. 13.- El Poder Ejecutivo podrá acordar la aplicación de la normativa nacional vigente en materia de redeterminación de precios, en aquellos casos de obras o servicios que se realicen con financiamiento mixto, sea proveniente del Estado nacional o estados Provinciales. Asimismo, los contratos que cuentan con financiación de organismos multilaterales de los cuales la Nación Argentina forma parte, se regirán por las condiciones acordadas en los respectivos contratos xx xxxxxxxx y supletoriamente por la presente ley.
Art. 14.- Facultase al Poder Ejecutivo a dictar las normas complementarias al presente régimen.
Cláusula Transitoria 1ª.- En los casos de Licitaciones con oferta económica presentada en sobre cerrado y que a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley se encuentre sin abrir, el comitente podrá optar entre dejar sin efecto la licitación o solicitar a los oferentes calificados la aceptación de la aplicabilidad a su oferta del régimen establecido en la presente. En el caso que los oferentes de las licitaciones mencionadas en este artículo desistieran de la aplicación del presente régimen, no serán pasibles de penalización por este motivo, aun cuando hubiere penalizaciones previstas en los pliegos de Bases y Condiciones. En estos contratos, un DIEZ POR CIENTO (10%) del precio total del contrato se mantendrá fijo e inamovible durante la vigencia del mismo, tal cual estaba establecido en la normativa anterior.
Cláusula Transitoria 2ª.- En los casos de obras adjudicadas, con contratos firmados sin inicio de obra o contratos en ejecución, el contratista podrá acogerse al régimen de la presente ley. Para ello, deberá notificar fehacientemente al GCABA en el plazo de VEINTE (20) días a contar desde la reglamentación de la presente ley. Los precios de los contratos serán redeterminados a precios del mes de entrada en vigencia de la presente ley, desde los precios del último Acta de Redeterminación aprobada o desde los precios básicos de contrato, según corresponda, utilizando a tal efecto el siguiente procedimiento:
A.- Se consideraran las variaciones de referencia operadas desde la última redeterminación aprobada o desde los precios básicos de contrato, conforme lo dispuesto por el artículo 1° del DNU N° 2/2003.
B.- Se desagregara la mano de obra, la cual se ajustará de conformidad con las variaciones del o los convenios colectivos de la o las actividades que correspondan.
C.- A los precios que correspondan de acuerdo a la última variación de referencia del artículo 1° del D.N.U. N° 2/03, con las modificaciones del inciso B, se adicionará un periodo de ajuste desde esa fecha, hasta la entrada en vigencia de la presente ley, independientemente del porcentaje de variación promedio de los precios ocurrida en este último período.
D.- Los precios así obtenidos serán de aplicación al faltante de obra existente a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.
E.- Las redeterminaciones que correspondan a períodos anteriores a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley serán calculadas conforme las disposiciones del D.N.U. N° 02/2003 y su Decreto Reglamentario N° 2119/2003, con excepción de lo dispuesto por el artículo 5° del D.N.U N° 02/2003.
Desde esta redeterminación en adelante los precios se redeterminarán de conformidad con las reglas de la presente ley. Un DIEZ POR CIENTO (10%) del precio total del contrato se mantendrá fijo e inamovible durante la vigencia del mismo, tal cual estaba establecido en la normativa anterior.
Art. 15.- Comuníquese, etc.
ANEXO II
DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR
Anexo II
DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR
El que suscribe, (Nombre y Apellido Representante Legal o Apoderado)
…………………………………………………………………………..con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, que (Nombre y Apellido o Razón Social)… ,
CUIT N°..-…….-.., esta habilitada/o para contratar con la ADMINISTRACION DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en razón de cumplir con los requisitos del artículo 95 de la Ley Nº 2.095 “Ley de compras y contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, y que no está incursa en ninguna de las causales de inhabilidad establecidas en los incisos a) a h) del artículo 96 del citado plexo normativo.
“Ley de compras y contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” Ley N° 2.095 y Decreto Reglamentario N° 754/08
Artículo 95 - PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATAR.
Pueden contratar con el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse, que no se encuentren comprendidas en el artículo 96 y que se encuentren inscriptas en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores.
Artículo 95 Decreto Reglamentario: A los fines de lo dispuesto en este artículo se entiende que el oferente deberá haber iniciado el trámite de inscripción en el RIUPP al momento de la apertura de la oferta. Asimismo, es condición para la preadjudicación que el oferente se encuentre inscripto en el RIUPP. En el caso previsto en el art. 38º de la Ley, la inscripción debe estar cumplida en forma previa a la adjudicación. Cuando se tratare de licitaciones o concursos de etapa múltiple, el oferente debe estar inscripto en forma previa a la preselección.
Artículo 96 - PERSONAS NO HABILITADAS.
No pueden presentarse a ningún procedimiento de selección en el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
a) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
b) Las personas físicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
c) Los cónyuges de los sancionados.
d) Los agentes y funcionarios del sector público de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública N° 25.188, o la norma que en el futuro la reemplace.
e) Las personas físicas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario.
f) Los inhibidos.
g) Las personas que se encuentran procesadas por delitos contra la propiedad, contra la Administración Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.
h) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente.
Artículo 96 Decreto Reglamentario: Las personas que deseen presentarse en procedimientos de selección en el Xxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx deberán presentar conjuntamente con la oferta una declaración jurada en la que conste expresamente que no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilitaciones previstas por la Ley. Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, la Comisión Evaluación de Ofertas podrá verificar la veracidad de los datos volcados en la declaración jurada en cualquier etapa del procedimiento.
La falsedad de los datos implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en la ley. Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la aplicación de la sanción prevista en el art. 131, 2° párrafo de la Ley. El Organo Rector determinará el tratamiento que se dará para el caso en que se constate la violación al inciso h) de la Ley.
..........................................................................................
Firma
Aclaración | ........................................................................ |
Carácter | ........................................................................ |
Ciudad de Buenos Aires,
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
“Construcción del Nuevo edificio del Centro de Gestión y Participación Comunal N° 5”.
OBRA: “Construcción del Nuevo edificio del Centro de Gestión y Participación Comunal N° 5”.
2. PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
INDICE
2.1 DATOS DE LOS TRABAJOS .....................................................................
2.1.1 Objeto .........................................................................................................
2.1.2 Presupuesto Oficial ...................................................................................
2.1.3 Terminología ..............................................................................................
2.1.4 Régimen de Contratación ........................................................................
2.1.5 Forma de Cotizar .........................................................................................
2.1.6 Análisis de Precios.......................................................................................
2.1.7 Estructura de Ponderación de Insumos Principales ....................................
2.1.8 Plazo ............................................................................................................
2.1.9 Tipo de Obra ...............................................................................................
2.1.10 Capacidad Legal .........................................................................................
2.1.11 Plazo de Garantía ........................................................................................
2.1.12 Planos ..........................................................................................................
2.1.13 Planos de Obra y Conforme a Obra ............................................................
2.1.14 Plan de Trabajo............................................................................................
2.1.15 Consultas y Visitas al Lugar de la Obra ......................................................
2.1.16 Oficina Para la Inspección ..........................................................................
2.1.17 Obrador........................................................................................................
2.1.18 Cartel de Obra .............................................................................................
2.1.19 Fotografías ..................................................................................................
2.1.20 Cuenta en Banco Ciudad de Buenos Aires ..................................................
2.2 DE LA LICITACIÓN.....................................................................................
2.2.1 Recepción y Apertura…………………………………………………….
2.2.1.1 Formulario de Obtención de Pliegos……………………………………
2.2.2 Efectos de la Presentación de la Oferta ......................................................
2.2.3 Garantías......................................................................................................
2.2.4 Mantenimiento de Oferta ...............................................................................
2.2.5 Impuesto al Valor Agregado ...........................................................................
2.2.6 Capacidad de Contratación ............................................................................
2.2.7 Forma de Presentar la Documentación .........................................................
2.2.8 Formula de Propuesta ....................................................................................
2.2.9 Ampliación de la Información .........................................................................
2.2.10 Declaración de Obras...................................................................................
2.2.11 Liquidez del Activo y Exigibilidad del Pasivo ...............................................
2.2.12 Plan de Trabajos..........................................................................................
2.2.13 Plan de Inversiones ......................................................................................
2.2.14 Garantías para Impugnaciones ....................................................................
2.2.15 Representante Técnico y Representante en Obra ......................................
2.2.16 Ayuda Memoria............................................................................................
2.2.17 Adjudicación.................................................................................................
2.2.18 Decisión de dejar sin efecto la Licitación .....................................................
2.2.19 Veracidad de la Información ........................................................................
2.2.20 Copias de la Oferta ......................................................................................
2.2.21 Firma del Contrato y Contrata......................................................................
2.2.22 Documentos Integrantes del Contrato .........................................................
2.3 DE LA REALIZACION DE LA OBRA .........................................................
2.3.1 Orden de Comienzo.....................................................................................
2.3.2 Proyecto Ejecutivo……………………………………………………………….
2.3.3 Plan de Trabajos e Inversiones Definitivo ...................................................
2.3.4 Inspección de Obra......................................................................................
2.3.5 Representante Técnico................................................................................
2.3.6 Replanteo de las Obras ...............................................................................
2.3.7 Equipos a Utilizar por el Contratista ............................................................
2.3.8 Retiro de Materiales, Maquinas e Implementos de Trabajo ........................
2.3.9 Horario de Trabajo………………………………………………………….
2.3.9.1 Trabajos en Horas Extras............................................................................
2.3.10 Materiales ....................................................................................................
2.3.10.1 Reglamentos…………………………………………………………….
2.3.11 Elementos Existentes ..................................................................................
2.3.12 Energía Eléctrica .........................................................................................
2.3.13 Agua de Construcción .................................................................................
2.3.14 Conexiones, Desconexiones y Traslados ..................................................
2.3.15 Subcontrataciones.......................................................................................
2.3.16 Notificaciones ...................................................................................................
2.3.17 Personal Obrero ..........................................................................................
2.3.17.1 Antecedentes del personal………………………………………………..
2.3.18 Libro de Órdenes de Servicios ....................................................................
2.3.19 Libro de Notas de Pedido ............................................................................
2.3.20 Seguros .......................................................................................................
2.3.21 Perjuicios por Incendios ..............................................................................
2.3.22 Indemnización por caso Fortuito o de Fuerza Mayor ...................................
2.3.23 Obligaciones con Cargo al Contratista .........................................................
2.3.23.1Responsabilidad del contratista……………………………………….
2.3.24 Prorrogas......................................................................................................
2.3.25 Multas por Incumplimiento en Término ........................................................
2.3.26 Multas por Incumplimiento de Ordenes de Servicios ...................................
2.3.27 Medición de las Obras..................................................................................
2.3.28 Certificados de Obra.....................................................................................
2.3.29 Retención sobre los Certificados..................................................................
2.3.30 Sustitución del Fondo de Garantía y Reparo ...............................................
2.3.31 Presentación de las Facturas .......................................................................
2.3.32 Aprobación de los Certificados.....................................................................
2.3.33 Pago de los Certificados...............................................................................
2.3.34 Demora en los Pagos ...................................................................................
2.3.35 Fijación de Precios Nuevos por Modificación de Obra.................................
2.3.36 Liquidación Final...........................................................................................
2.3.37 Recepciones.................................................................................................
2.3.38 Concepto ......................................................................................................
2.4 REGIMENES ...............................................................................................
2.4.1 Régimen de Contratación ............................................................................
2.4.2 Modificaciones-Agregados y Supresiones...................................................
ANEXO I Estructura de Ponderación de Insumos Principales………………
ANEXO II Cartel de obra (modelo)...............................................................
OBRA: “Construcción del Nuevo edificio del Centro de Gestión y Participación Comunal N° 5”.
2 PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
2.1 DATOS DE LOS TRABAJOS
2.1.1 OBJETO:
La presente licitación tiene por objeto la “Construcción del Nuevo edificio del Centro de Gestión y Participación Comunal N° 5”, sito en la xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xx 0000 xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxx x Xxxxxx Xxxxxxx.
2.1.2 PRESUPUESTO OFICIAL:
El presupuesto oficial para estos trabajos asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y DOS ($ 3.376.142,00.-).
2.1.3. TERMINOLOGÍA Y DEFINICIONES.
El presente Xxxxxx queda complementado con las siguientes definiciones que a continuación se detallan:
a) SSATCIU: Subsecretaría de Atención Ciudadana.
b) Adjudicación: Es el acto administrativo por el cual se acepta la oferta más conveniente.
c) Circular con consulta: Respuestas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a todo pedido de aclaración.
d) Circular sin consulta: Aclaraciones de oficio que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pueda formular en el marco de esta licitación.
e) Contrato: Instrumento por el cual se formaliza el objeto de la presente licitación, una vez adjudicada la Oferta más conveniente y aprobada dicha adjudicación, y que rige las relaciones entre la SSATCIU y el adjudicatario, cuyas condiciones se estipulan en todos los documentos técnicos y legales.
f) Adjudicatario: Oferente cuya propuesta haya sido declarada la más conveniente por acto formal.
g) Documentación: La totalidad de los elementos del contrato, detallados en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.
h) Garantía de la oferta y de la adjudicación: Son los depósitos o seguros de caución obligatorios en los términos de esta Licitación y normas que la rigen (Art. 14 Pliego de Cláusulas Generales), constituidos en garantía del mantenimiento de la oferta o del cumplimiento del contrato, respectivamente.
i) GCABA: Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
j) Pliego de Condiciones Particulares: El presente documento, complemento xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, que tiene por objeto especificar las condiciones de la contratación, las obligaciones de las partes, el procedimiento de la Licitación Pública, así como también el trámite de perfeccionamiento de la Adjudicación y del contrato.
k) Pliego de Especificaciones Técnicas: Es el documento donde se establecen las condiciones de carácter técnico de la Licitación Pública.
l) Adquirente: El que retira el Pliego.
m) Oferente: Persona Física o Jurídica que realiza una Oferta.
n) Oferta: Es la propuesta realizada por los oferentes que desean participar del presente procedimiento licitatorio y acompañan toda la documentación y demás información incorporada en la presentación.
Todo otro término empleado en la documentación y no mencionado en este Artículo tiene el significado dado por el uso y la costumbre.
2.1.4. REGIMEN DE CONTRATACION:
Será por medio del sistema de AJUSTE ALZADO, bajo el procedimiento de SOBRE ÚNICO.
2.1.5. FORMA DE COTIZAR:
El oferente elaborará su cómputo y presupuesto de acuerdo a la planilla de cotizaciones obrante en la documentación suministrada en el PET. Al ser el sistema de contratación por Xxxxxx Xxxxxx se considerarán incluidos todos los servicios, ingeniería de detalle, mano de obra, materiales, equipos y mantenimiento que fuera necesario prestar o proveer para llevar a cabo todos los trabajos de acuerdo con lo establecido en las especificaciones técnicas. Por consiguiente el precio por un trabajo comprenderá todos los gastos, desembolsos, pérdidas, utilidades y cualquier otra retribución como contraprestación por la ejecución total de los mismos.
2.1.6. ANALISIS DE PRECIOS
El Oferente deberá presentar un análisis detallado de los precios unitarios, jornales, cargas sociales, equipo a utilizar, su amortización, reparaciones, repuestos, combustibles y lubricantes. Se establecerá además los parciales y totales que determinen el costo neto, al cual se le deberán agregar gastos generales, beneficios, gastos financieros y gravámenes impositivos específicos. Estos análisis de precios unitarios podrán ser utilizados eventualmente para la fijación de precios nuevos, por modificación de obra conforme a lo previsto al respecto tanto en el PCG como en el PCP. El análisis de precios unitarios solicitados deberá ajustarse a la siguiente estructura de cálculo:
a) Materiales ............................................... $ -------------
b) Jornales .................................................. $ -------------
c) Cargas Sociales [% de b] ....................... $ -------------
d) Mano de Obra [b + c].............................. $ -------------
e) Costo directo [a + d] ............................... $ -------------
f) Gastos Generales [% de e] .................... $ -------------
g) Subtotal [e + f] ........................................ $ -------------
h) Gastos financieros [% de g].................... $ -------------
i) Beneficio [% de g]................................... $ -------------
j) Subtotal [g + h + i] .................................. $ -------------
k) Impuesto Ingresos Brutos [% de j].......... $ -------------
l) PRECIO[j + k] ......................................... $ -------------
m) IVA [% de l] ............................................. $ -------------
n) PRECIO. Final [l + m] ............................. $ -------------
2.1.7. ESTRUCTURA DE PONDERACIÓN DE INSUMOS PRINCIPALES La misma se detallará en el Anexo I del presente pliego.
2.1.8 PLAZO:
Para la ejecución de los trabajos contratados, se fija un plazo total de CIENTO OCHENTA (180) días corridos, a contar desde la fecha establecida al respecto en la Orden de Comienzo.
Se llama la atención respecto al art. 1.10.1 del PCG, en el sentido que deben preverse como normales los días de lluvia comprendidos en la media mensual y no se reconocerán prórrogas por este concepto.
Si por cualquier circunstancia se demoraran los trabajos, el Contratista arbitrará los medios para recuperar tiempos y cumplir los plazos contractuales.
2.1.9 TIPO DE OBRA:
Esta obra se clasifica como de Arquitectura.
2.1.10 CAPACIDAD LEGAL:
Los oferentes deberán acreditar capacidad legal para contratar conforme lo establecido en el art. 1.2.1 del P.C.G. Así como también presentar el Certificado Fiscal para contratar de la AFIP. Cuando se trate de una UTE, o cuando los firmantes no sean las personas que figuran en los estatutos que se acompañan a la oferta, deberá presentarse el Poder Especial que acredite tal representatividad.-
Cuando se trate de una UTE, el oferente deberá cumplir con las siguientes exigencias:
a).- El compromiso expreso de responsabilidad principal, solidaria, conjunta e ilimitada de todas y cada una de las empresas asociadas en el cumplimiento de las obligaciones emergentes del contrato, renunciando en el cumplimiento de las obligaciones emergentes del contrato, renunciando todas ellas al beneficio de excusión y división.
b).- El compromiso de mantener la vigencia de la U.T.E, hasta que se hayan extinguido todas las obligaciones que derivan del contrato.
c).- El compromiso de mantener la composición de la U.T.E durante el plazo antes mencionado, así como también de no introducir modificaciones en los estatutos de las empresas integrantes sin la previa conformidad del GCBA.
d) La designación de uno o más representantes legales que acrediten mediante poder, otorgado por escritura pública, facultades suficientes para obligar a su mandante.
e).- En los documentos mediante los cuales se confieren los poderes y, por los que se constituye la UTE, deberá resultar que los otorgantes o firmantes lo hicieron legalmente, en ejercicio de las atribuciones que le corresponden como autoridades en funciones de cada una de las empresas que integran la UTE.
2.1.11 PLAZO DE GARANTÍA:
El plazo de garantía por todas las obras será de DOCE (12) MESES desde la recepción provisoria de la obra. Durante este período el Contratista procederá a efectuar todas las reparaciones o subsanar los inconvenientes que surgieren por deficiencias, tanto del material como del trabajo.
2.1.12 PLANOS:
Integran la documentación todos los planos que acompañan el pliego de Especificaciones Técnicas.
2.1.13 PLANOS DE OBRA Y CONFORME A OBRA:
Los planos de obra indicados en las Especificaciones Técnicas deberán ser ejecutados por el Contratista, quién deberá presentarlos a la Inspección para su aprobación, previo a la iniciación de los trabajos pertinentes.-
Asimismo, deberá dar cumplimiento a lo normado en la ley 1747 y demás exigencias de la reglamentación en vigencia del Código de la Edificación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y toda otra reglamentación que legisle en la materia.
Junto con el pedido de Recepción Definitiva, el Contratista presentará los planos conforme a obra en film poliéster y con tres copias heliográficas y disco compacto (CD), en CAD 2000.
Los planos deberán presentarse en colores convencionales, suscritos por el Representante Técnico del Contratista, con aclaración de firma, Nº de matrícula, e indicación del Consejo Profesional otorgante.
Estas obligaciones constituyen una de las prestaciones del Contratista aún cuando estén diferidas hasta el período de garantía, y su incumplimiento deja el contrato inconcluso, impidiendo la Recepción Definitiva y la Liquidación Final de la obra.
2.1.14 PLAN DE TRABAJO:
Dado las características del lugar en que se ejecutarán las obras, estas se realizarán con la máxima intensidad. A tal efecto el Contratista, previo a la iniciación de los trabajos deberá someter a la aprobación de la Inspección de Obra el Plan de Trabajos a ejecutar.
El incumplimiento del Plan de Trabajos hará pasible al Contratista de la aplicación de sanciones o multas.
2.1.15 CONSULTAS Y VISITAS AL LUGAR DE LA OBRA:
El Oferente deberá visitar la obra antes de cotizar. No se aceptará bajo ningún pretexto desconocimiento de la obra, su estado y características particulares, por lo que se considerará que su oferta incluye todas las reparaciones y trabajos necesarios de acuerdo con las reglas del arte, aunque éstos no se mencionen en la documentación del presente pliego.
La visita de obra tendrá como finalidad que los oferentes se informen debidamente de.
1) las condiciones del lugar físico donde deban ejecutarse las obras o trabajos objeto del presente llamado a licitación.
2) los posibles inconvenientes que se opongan al normal desenvolvimiento de los trabajos a ejecutar: Presencia de terceras empresas relacionadas con servicios públicos, orientación y canalización peatonal de los transeúntes, horarios de descarga de materiales.
3) dada la elevada circulación peatonal en el sector de intervención, el contratista deberá prever en conformidad de la Dirección de obra, la forma y metodología que utilizará para encauzar el flujo peatonal en los distintos sectores de la obra conforme a la naturaleza funcional de su rutina diaria.
4) las condiciones de suministro de energía eléctrica.
5) todo cuanto pudiera influir para el justiprecio que se haga de la misma de modo tal que el adjudicatario no podrá alegar posteriormente ignorancia o imprevisiones en las condiciones en que se efectuarán las mencionadas obras.
Ante cualquier duda que se presentara con respecto a la interpretación de la documentación técnica licitatoria para efectuar la oferta, el oferente podrá realizar cualquier consulta previa por escrito en el domicilio que, para la consulta y adquisición de los pliegos, se indica en la publicación del llamado a licitación.-
2.1.16 OFICINA PARA LA INSPECCION :
El Contratista suministrará oficina para la Inspección descrita en el item. 1.6.15 del PCG.
2.1.17 OBRADOR:
El Contratista antes de iniciar los trabajos someterá a la aprobación de la Inspección de Obra su proyecto xx Xxxxxxx de acuerdo a las especificaciones descriptas en el PET. Deberá ser ubicado en el lugar que determine la Inspección de Obra de modo de no interferir en el normal desarrollo de los trabajos. El obrador deberá ser mantenido por el Contratista en perfectas condiciones de higiene y seguridad.
2.1.18 CARTEL DE OBRA:
El Contratista colocará, proveerá y conservará el cartel de obra de acuerdo con las indicaciones y normas del anexo que se adjunta. El mismo estará iluminado.
Dicho cartel, en el cual también constará la fecha de finalización de la obra, se instalará con diez (10) días corridos de anticipación a la fecha de comienzo de los trabajos y se mantendrá como mínimo por igual período de días una vez terminados los mismos. Serán a cargo del contratista las reparaciones motivadas por su retiro y su traslado hasta el lugar que indique el Gobierno de la Ciudad.
El cartel de Obra quedará en poder del Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
2.1.19 FOTOGRAFÍAS:
El Contratista deberá obtener y suministrar una información fotográfica de la evolución de la obra de acuerdo con las indicaciones de la Inspección de Obra. Dicha información fotográfica deberá ser presentada en tamaño normalizado de 10 cm x 15 cm, color en cantidad y campo adecuados, de manera de brindar una correcta apreciación del avance de la Obra. La misma se realizará periódicamente, hasta la finalización de las mismas dejándose constancia de la fecha en las copias.
2.1.20 XXXXXX XX XXXXX XXXXXX XX XXXXXX XXXXX:
El Contratista deberá abrir obligatoriamente una Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en la casa Central o en cualquier sucursal del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a efectos de poder acreditar en la misma los pagos que le correspondan.
2.2 DE LA LICITACION
2.2.1 RECEPCION Y APERTURA:
Las ofertas se recibirán hasta la hora, la fecha y en el lugar que indique el llamado. De existir una postergación, esta será notificada a los adquirentes de la documentación licitatoria mediante cédulas debidamente diligenciadas y será publicada en los mismos medios que el llamado original.-
2.2.1.1 FORMULARIO DE OBTENCIÓN DE PLIEGOS:
Para ser oferentes en la presente licitación el proponente deberá completar el formulario de obtención de pliegos, el que será incorporado al expediente por el que tramite el procedimiento. En dicho formulario se indicará nombre, razón social, domicilio en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, teléfono, firma y aclaración del que retira el formulario.
2.2.2 EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA:
La presentación de la Oferta, implica por parte del Oferente el pleno conocimiento y aceptación de las Bases del llamado a licitación, no pudiendo alegar ninguna causa basada en el desconocimiento sobre el contenido de las mismas.
2.2.3 GARANTIAS
a) de mantenimiento de la oferta: Reunirá los requisitos previstos en el art. 1.3.6 del P.C.G.
No serán rechazadas las ofertas cuando, por error, la garantía presentada fuera de un importe inferior a la que corresponda, no superando el error un 20% (veinte por ciento) del importe correcto. El error en la garantía igual o inferior al 20% (veinte por ciento) del importe correcto deberá ser subsanado por el oferente dentro de las 48 hs, bajo apercibimiento de considerar que existe desistimiento de la oferta, con las penalidades correspondientes.
b) de cumplimiento del contrato: Reunirá los requisitos previstos en el art. 1.4.4 del P.C.G.
2.2.4 MANTENIMIENTO DE OFERTA:
Los OFERENTES se obligan a mantener sus OFERTAS por el término de treinta (30) días contados a partir del Acto de Apertura de los Sobres. Sin embargo, el plazo de mantenimiento de las OFERTAS quedará prorrogado de pleno derecho hasta el momento de la adjudicación a menos que los OFERENTES se retracten por escrito en cualquier oportunidad después del vencimiento establecido en este artículo por medio fehaciente con la antelación establecida en el artículo 1.3.7. No obstante lo indicado precedentemente, la retractación no será válida una vez operada la notificación de la adjudicación.-
2.2.5 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO:
A los efectos emergentes del Impuesto al Valor Agregado, se comunica que este Gobierno reviste condición de Exento. En consecuencia, en las ofertas no deberá discriminarse el importe correspondiente a la incidencia de este Impuesto, debiendo incluirse el mismo en el precio cotizado.-
2.2.6 CAPACIDAD DE CONTRATACION :
La Capacidad de Contratación necesaria para esta obra que se indica en el Art. 1.2.2 del PCG, surge de la aplicación de una de las siguientes fórmulas:
a) Para obras de menos de un (1) año de plazo: Capacidad mínima requerida: PO + PO (12 - P.E.)
12
b) Para obras de un (1) año o más plazo: Capacidad mínima requerida: PO x 12
PE
PO: Monto del presupuesto oficial
PE: Plazo de ejecución (en meses o fracción)
Al solo efecto de la admisión de ofertas, en función de la Capacidad de Contratación consignada en el Certificado Anual que otorga el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, el Presupuesto Oficial se actualizará entre la “fecha de cálculo” y la de actualización del Certificado de Capacidad, utilizando los índices del INDEC-Costo de la Construcción Nivel General. El certificado deberá ser luego actualizado a la fecha de la firma del contrato, calculándose la Capacidad necesaria con el monto de la oferta aceptada.
2.2.7 FORMA DE PRESENTAR LA DOCUMENTACION:
Las propuestas deberán ser presentadas en original y dos copias escritas a máquina, en carpetas separadas, en idioma castellano, firmadas y selladas en cada una de sus hojas por el oferente y el Profesional responsable. El Pliego de Licitación y las Circulares deberán ser incluidas solamente en el original de la Oferta.
El oferente formulará su propuesta indicando el cómputo propio; precios unitarios y/o globales según corresponda y los montos totales, con los cuales propone realizar cada uno de todos los ítems de las obras.
Cuando exista discordancia en la consignación de un mismo precio, siempre se dará prioridad al precio escrito en letras.
No se considerarán las propuestas que presenten enmiendas, entrelíneas, raspaduras o errores o alguna otra cosa que haga a la esencia del contrato y que no hubieran sido debidamente salvadas al pié de aquellas.
Asimismo será causal de rechazo, la inclusión por parte del oferente de condicionamientos a su oferta que, a criterio del GCBA puedan afectar los aspectos técnicos y/o económicos de la misma.-
La documentación indicada en el art. 1.3.5. del PCG, y la requerida en el presente PCP, deberá ser presentada en un sobre, agrupada según corresponda, conforme a lo estipulado.
2.2.8 FORMULA DE PROPUESTA:
Será la siguiente:
“El que suscribe .............., con domicilio legal constituido en ...................., Capital Federal, C.P........., Teléfono................., ratifica el conocimiento pleno y aceptación de los trabajos de .................................., y de la respectiva documentación que sirve de base al llamado a licitación Nro. ,
inclusive las aclaraciones emitidas, con un presupuesto oficial que asciende a ..................y ofrece ejecutar los mismos en la suma de pesos. (en
letras).................. ($ ......(en números). ).-
Adjunto: todos los elementos que establece el PCG y demás documentos que establece el PCP y el PET.- Buenos Aires, de de .-
2.2.9 AMPLIACION DE LA INFORMACION:
El GCBA podrá requerir la ampliación de la información suministrada o cualquier otra que sea necesaria para el mejor estudio de los antecedentes dentro del plazo que a tal efecto se señale, siempre que ello no implique alterar sustancialmente la propuesta original, ni modificar la oferta económica.-
Vencido dicho plazo sin que el oferente cumpla el requerimiento indicado precedentemente, el GCBA podrá considerar que existe una retracción tácita del proponente y en consecuencia desestimar su propuesta y disponer la pérdida del depósito de garantía de la oferta.
El GCBA se reserva el derecho de efectuar las verificaciones que fuesen necesarias a efectos de comprobar la veracidad de la información suministrada en la propuesta. De establecerse la falsedad de dicha información, se desestimará la propuesta y dispondrá la perdida automática de la garantía de oferta.
El personal que determine el GCBA, podrá visitar las oficinas, depósitos, equipos, obras realizadas etc., que los oferentes declaren en su propuesta a efectos de comprobar en el lugar, su capacidad para la ejecución de la obra.-
2.2.10 DECLARACIÓN DE OBRAS:
El oferente deberá acreditar la realización de obras de similar envergadura y complejidad, indicando en cada caso superficies, montos de las contrataciones, y plazos de ejecución.
La presentación de la certificación de cada ente contratante resultará optativa en la oferta, pero podrá ser solicitada luego, de considerárselo necesario.
2.2.11 LIQUIDEZ DEL ACTIVO Y EXIGIBILIDAD DEL PASIVO
A la fecha de licitación (o al último mes anterior al de la apertura), deberán presentarse los índices económicos financieros, con indicación de los valores constituidos de los mismos:
Índices Financieros (en valores absolutos)
Rangos Normales
1. Liquidez: ACTIVO CORRIENTE > a 1 PASIVO CORRIENTE
2. Endeudamiento: PASIVO TOTAL < al 100 % PATRIMONIO NETO
3. Solvencia: PATRIMONIO NETO > a 0.3 PASIVO TOTAL
Índices Económicos
4. Inmovilizaciones: PATRIMONIO NETO + GANANCIA A REALIZAR > a 1
ACTIVO NO CORRIENTE
5. Rentabilidad (%): Utilidad Neta x 100
Patrimonio Neto
2.2.12 PLAN DE TRABAJOS:
Con la oferta se presentará un diagrama xx xxxxxx indicativo del ordenamiento de las tareas en el tiempo, que podrán estar agrupadas por rubro, afinidad o ejecución simultánea. Se establecerá la ejecución en períodos quincenales, utilizando los cómputos y precios de la oferta.
El Plan de Trabajos presentado no tendrá carácter definitivo, y a indicación del GCBA podrá ser reajustado después de la firma del contrato, cuidando que se mantenga la línea esencial de la estructura técnico-económica de la propuesta.-
Si el Plan de Trabajos presentado por el oferente, no respondiera de manera racional y acorde con un normal desarrollo de la obra el GCBA podrá a su exclusivo juicio exigir una modificación, otorgando un plazo preciso para el mismo. Si en su nueva presentación existieran idénticos defectos, se procederá a la desestimación de la Oferta.
2.2.13 PLAN DE INVERSIONES:
En el mismo Plan del art. anterior o aparte, se fijará el importe de certificación mensual en forma acumulativa y parcial. En lo posible y de acuerdo con las características del trabajo, se mantendrá la certificación dentro de una función lineal inversión-tiempo.
2.2.14 GARANTIAS PARA IMPUGNACIONES (Conforme Dto. 1013/GCBA/08):
Las impugnaciones que efectúe un interesado con respecto al Informe de Preadjudicación, deberán estar avaladas con una garantía constituida por una póliza de seguro de caución por el CINCO POR CIENTO (5%) del Presupuesto Oficial.
Esta garantía será devuelta al impugnante únicamente en el caso que prospere totalmente su impugnación.
En caso de no constituirse la garantía de impugnación, sólo podrá ser considerada como una mera observación.
2.2.15 REPRESENTANTE TECNICO Y REPRESENTANTE EN OBRA:
Para el profesional responsable cuya presentación hará el oferente con la documentación de la propuesta, a que se refiere el art. 1.3.5 del PCG, se exigirá título habilitante inscripto en el Consejo Profesional correspondiente, y con suficientes antecedentes como para asegurar la normal marcha de los trabajos.
2.2.16 AYUDA MEMORIA:
2.2.16. A- Para ordenar la propuesta, resumiendo los requisitos que figuran en el PCG y las aclaraciones o modificaciones del PCP.
N º | Designación y observaciones | Ver artículos | |||
1 | Garantía: No se admite pagaré. En caso de constituirse mediante póliza de caución, se deberán adjuntar informes semestrales de la Superintendencia de Seguros de la Nación. | 1.3.5/6 - 2.2.3 | |||
2 | Certificado de Capacidad: el Anual del RNCOP; vigente al mes de la presentación de los sobres y certificado por escribano | 1.2.2 - 1.3.5 - 2.2.6 | |||
3 | Domicilio: nota diciendo: micilio legal en................. Tel… “ | “constituimos Cap. Fed.- | do- C.P.- | 1.3.5 | |
4 | Copia del formulario de obtención de pliegos, expedido por el GCBA. | 1.3.5 | |||
5 | Declaración de obras: Con montos y fechas de básico - | 1.3.5 – 2.2.10 | |||
6 | Antecedentes del personal: | 2.3.17.1 | |||
7 | Balances: dos últimos ejercicios; firma de contador y Consejo Profesional de Ciencias Económicas | 1.3.5 | |||
8 | Índices: calculados a fecha licitación o mes anterior; firma del contador y Consejo Profesional de Ciencias Económicas | 1.3.5 - 2.2.11 | |||
9 | Equipos: | 1.3.5 | - 2.3.7 | ||
10 | Informes bancarios y comerciales: | 1.3.5 | |||
11 | Representante Técnico: designar profesional matriculado | 1.3.5 | - 2.2.15 | ||
12 | Acreditación de representación o persone ría de los firmantes de la oferta | 1.3.5 | |||
13 | Contrato social y estatutos | 1.3.5 | |||
14 | Declaración de conocimiento del lugar y condiciones de la obra | 1.3.5 | |||
15 | Declaración de mantenimiento de oferta | 1.3.7 - 2.2.4 | |||
16 | Declaración de que para cualquier situación judicial que se suscite, el oferente acepta la jurisdicción de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción. | 1.3.5 | |||
17 | Pliego de Bases y Condiciones | 2.2.7 | |||
18 | Declaración jurada de aptitud para contratar | 1.3.5.14 | |||
19 | Otros documentos: si los pide el PCP | 1.3.5 | |||
20 | Oferta: según formula con IVA incluido, cómputo y presupuesto propio impreso y en soporte digital (diskette 3 ½ o CD) | 1.3.5 - 2.2.5 | |||
21 | Plan de trabajos y curva de inversiones | 2.2.12 - 2.2.13 | |||
22 | Análisis de Precios | 2.1.6 |
NOTA:
a) Las empresas asociadas, deberán presentar convenio de constitución autenticado, y cumplir individualmente con los requisitos 5, 6, 7, 9, 12 y 13 s/art. 1.3.5.
2.2.16 .B - Información a incorporar:
B -1.ESTADOS CONTABLES: Deberán presentar los Estados Contables de los últimos dos ejercicios económicos anuales y copia legalizada del Acta de Asamblea de accionistas o de reunión de socios (S.R.L.) aprobatoria de dichos estados, los que deberán contar con dictamen sobre su razonabilidad emitido por un profesional en ciencias económicas, con firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
Cuando el último Estado Contable anual tenga una antigüedad mayor de 5 (cinco) meses respecto del mes de apertura de las ofertas, deberá presentar un Estado de Situación Patrimonial que abarque desde el último ejercicio anual y cuyo cierre opere a no más de dos meses del mes de apertura de las ofertas, además deberá contar con un dictamen sobre su razonabilidad o Informe de revisión limitada, emitido por un profesional en Ciencias Económicas, con firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
B -2-CAPACIDAD DE FINANCIACION: El oferente deberá cumplir con uno de los dos requisitos expuestos a continuación:
a) Compromiso en firme - con fecha de emisión y plazo de vigencia, no inferior al plazo de la obra - de una entidad bancaria o financiera de otorgar financiamiento al oferente por el importe total del presupuesto oficial, para el cumplimiento de la obra objeto de la correspondiente Licitación.
b) Certificación contable de facturación acumulada en los últimos doce meses, con la firma del Contador autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, cuyo cierre no sea mayor de dos meses del mes de apertura de las ofertas. Del promedio mensual de la referida certificación deberá surgir que el oferente realiza operaciones habituales por un importe igual o superior al equivalente de una certificación mensual del Presupuesto Oficial.
En el caso de Unión Transitoria de Empresas, se computara para el referenciado análisis la suma de los compromisos en firme o certificaciones de facturación de cada uno de los integrantes.
Sin perjuicio de lo dicho en el párrafo anterior sobre la forma de evaluación, cada uno de los miembros de la Asociación dará cumplimiento, en forma individual, a la presentación de la documentación solicitado necesaria para la verificación del presente requisito; y no se admitirá que presenten diferentes alternativas de financiación – (a) o (b) – entre los miembros de una misma asociación.
B-3-IMPUESTOS: Certificación contable de impuestos, con la firma del Contador Público autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, con descripción de los pagos, fecha y lugar de pago de los últimos doce meses en concepto de:
✓ Impuesto a las Ganancias
✓ Impuesto al Valor Agregado
✓ Impuesto a los Ingresos Brutos
✓ Aportes previsionales
Asimismo, deberá constar en la certificación el número de inscripción en cada una de las reparticiones recaudadoras de los tributos.
B -4-REFERENCIAS BANCARIAS, FINANCIERAS Y COMERCIALES actuales con las que opera habitualmente. Las mismas deberán contener los siguientes conceptos:
▪ Fecha de emisión con una antigüedad no mayor a dos meses del mes de apertura de las ofertas.
▪ Nombre, dirección y teléfono del emisor
▪ Concepto que les merece el oferente
▪ Dirigida al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Asimismo, deberá el oferente presentar no menos de cinco referencias, donde exista al menos una de cada tipo de entidad (comercial, bancaria y/o financiera)
2.2.17 ADJUDICACION :
La adjudicación se efectuará en la forma prevista en el art. 1.4.2 del PCG, basándose en el análisis de la oferta más conveniente.
Si el adjudicatario no estuviere en condiciones de firmar el contrato en el plazo fijado perderá la garantía de oferta, y el GCBA podrá proceder a la adjudicación de las obras al oferente que le sigue en el orden de conveniencia de las ofertas ajustada a pliegos, o a efectuar un nuevo llamado.
Si el GCBA no firmara el contrato antes de los 60 días de notificada la adjudicación, por causas no imputables al adjudicatario, vencido el término éste podrá solicitar que la adjudicación quede sin efecto, en cuyo caso se le devolverá la garantía de oferta sin que ello importe el reconocimiento de indemnización alguna.
Se deja constancia que la Procuración Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx tomará intervención previamente a la adjudicación, en todos los casos, haya o no impugnaciones a la preadjudicación y cualquiera sea el monto del presupuesto oficial o de la adjudicación proyectada , conforme lo previsto por la Ley N° 1218 (B.O. N° 1850).
2.2.18 DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO LA LICITACIÓN:
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se reserva el derecho de dejar sin efecto la licitación en todo o en parte, sin que ello genere a favor de los proponentes derecho a reclamo o indemnización alguna.
2.2.19 VERACIDAD DE LA INFORMACION:
De comprobarse la falta de veracidad de la información requerida por este Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx para participar en las contrataciones que se realizan dentro de su órbita, ya sea con carácter de declaración jurada y/o documentación aportada, acarreará para el oferente y/o adjudicatario una penalidad equivalente al importe constituido en concepto de garantía de oferta o de adjudicación, según corresponda y sin perjuicio de proceder al descarte de la oferta.
2.2.20 COPIAS DE OFERTA:
El adjudicatario presentará tres juegos de copias de su oferta a fin de completar la documentación para la firma del contrato.
2.2.21 FIRMA DEL CONTRATO Y CONTRATA:
Será de aplicación lo dispuesto en el art. 1.5 del PCG.
2.2.22 DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO:
Los documentos que conforman el contrato son los que se indican en los art. 1.5.3 y 1.5.4 del PCG, que quedan complementados con lo siguiente:
1) La contrata y sus anexos, si los tuviera.
2) La resolución del GCBA, estableciendo las condiciones bajo las cuales se adjudica la obra.
3) Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares, Especificaciones Técnicas y las circulares emitidas con motivo del llamado.
4) La oferta del adjudicatario, sus aclaraciones y modificaciones.
Todos los documentos que integran el contrato deberán ser considerados recíprocamente explicativos, pero en caso de existir ambigüedades o discrepancias, ellas serán aclaradas y resueltas por el GCBA.
2.3 DE LA REALIZACION DE LA OBRA
2.3.1 ORDEN DE COMIENZO:
Luego de la firma del contrato, la Inspección de Obra impartirá la Orden de Comienzo de los trabajos a través de la correspondiente Orden de Servicio. La fecha atribuida a la Orden de Comienzo coincidirá con el inicio real de las tareas, quedando ello documentado en el Acta de Inicio de obra.
Si a los quince (15) días de la fecha fijada, el Contratista no hubiera iniciado realmente los trabajos, el GCBA podrá rescindir el contrato por culpa del Contratista, el que en dicho caso perderá la garantía de adjudicación y responderá por los daños y perjuicios consiguientes.-
2.3.2 PROYECTO EJECUTIVO:
Dentro de los tres (3) días de la recepción de la Orden de Comienzo impartida por la Inspección, el Contratista deberá presentar el proyecto ejecutivo de obra, el cual estará sujeto a la aprobación del Director General del Centro de Gestión y Participación Comunal correspondiente. En caso de ser rechazado, el Contratista deberá proceder al ajuste del mismo de acuerdo con las observaciones que se efectúen.
2.3.3 PLAN DE TRABAJOS E INVERSIONES DEFINITIVO:
Dentro de los tres (3) días de la recepción de la Orden de Comienzo impartida por la Inspección, el Contratista está obligado a presentar el o los Planes de Trabajos respectivos. Dichos planes serán aprobados o rechazados dentro de los dos (2) días siguientes por la Inspección de Obra. En caso de ser rechazado, el Contratista deberá proceder al ajuste del mismo de acuerdo con las observaciones que efectúe la Inspección de Obra sin alterar el plazo y el importe total. La Inspección de Obra determinará el plazo para su nueva presentación.
2.3.4 INSPECCION DE OBRA:
El art. 1.6.23 del PCG queda complementado de la siguiente manera: “La supervisión técnica de los trabajos corresponde al GCBA, realizando la inspección y controles pertinentes a través de un profesional o técnico designado a tal efecto.
2.3.5 REPRESENTANTE TECNICO:
El profesional propuesto, según lo estipulado al efecto, será responsable de los términos que establezca la documentación contractual, y de la perfecta ejecución de los trabajos en lo que a la firma se refiere.
Será además el encargado de suministrar todos los datos que estén establecidos en el PCP y todos aquellos que le sean requeridos para la mejor marcha de las tareas. Deberá concurrir a diario a los lugares en que se realicen trabajos, como así también a todos los actos de replanteo y mediciones para la certificación, los cuales se considerarán implícitamente aceptados por el Contratista si el Profesional responsable no concurriere.-
En ausencia del Representante Técnico, quedará siempre en obra un técnico capacitado para reemplazarlo en las mismas funciones que le competen, de su mismo nivel, de forma tal que no se resienta la marcha de la obra. En ningún caso dicho sustituto podrá observar órdenes impartidas por la Inspección de Obra.
2.3.6 REPLANTEO DE LAS OBRAS:
El replanteo de los trabajos será hecho por el Contratista en la fecha fijada por la Inspección de Obra, verificado y aprobado por la misma. La demora en la ejecución del mismo o su inexistencia hará aplicable las mismas consecuencias establecidas en el art. 1.6.6 del PCG y no dará derecho al Contratista a prorrogar el plazo de obra.
No podrán comenzarse las obras en ningún sector que no haya sido previamente replanteado. El replanteo se efectuará en forma conjunta con el Inspector de Xxxx.
2.3.7 EQUIPOS A UTILIZAR POR EL CONTRATISTA:
La conformidad que dé el GCBA al equipo que proponga el Contratista en su oferta o a sus modificaciones no implica responsabilidad alguna para el GCBA si debe ser aumentado, modificado o cambiado, total o parcialmente, antes o durante los trabajos para cumplir con el plan de obras previsto y aprobado, porque se entiende que una de las condiciones básicas del contrato es el cumplimiento del mismo dentro del plazo de ejecución programado.
2.3.8. RETIRO DE MATERIALES, MAQUINAS E IMPLEMENTOS DE TRABAJO
El Contratista no podrá retirar materiales, máquinas e implementos de trabajo que hubieran ingresado a la obra o hubieran sido elaborados en la misma, sin una autorización expresa de la Inspección, cualquiera fuera el destino de esos elementos o materiales. Queda establecido que todos los equipos y materiales que ingresen a la obra estarán afectados exclusivamente a las necesidades de la misma.
2.3.9 HORARIOS DE TRABAJO
Se podrá prever el trabajo en doble turno y fines de semana, sin que ello represente mayor costo alguno. En los casos de fines de semanas y eventuales trabajos nocturnos se solicitará autorización para cada fecha concreta a la Inspección y/o Dirección de Obra.
2.3.9.1TRABAJOS EN HORAS EXTRAS (1.7.2):
Cuando el Contratista decida trabajar en horas extras, el órgano encargado de la administración del contrato designará los agentes para el control de las tareas. La liquidación se hará de acuerdo con las normas vigentes para personal del Gobierno de la Ciudad, y se considerará que las erogaciones por este concepto están incluidas en las obligaciones del Contratista.
2.3.10 MATERIALES:
Los materiales a proveer responderán a las normas IRAM, salvo que por razones especiales de orden técnico o notoria escasez en plaza ello no fuera posible, quedando a juicio de la Inspección de Obra.
Todos los materiales a emplear deberán ser aprobados previamente por la Inspección. Las demoras motivadas por rechazo de materiales presentados, son imputables al Contratista. Los materiales rechazados serán retirados de la obra por el Contratista dentro del plazo de 24 hs. de notificado. Cuando el Contratista no cumpliere esta orden, la Inspección podrá hacer retirar los materiales rechazados y serán por cuenta del Contratista los gastos que se originen, no responsabilizándose el GCBA por pérdidas sustracciones u otros perjuicios que esta medida pudiera causar al Contratista, previa notificación del lugar de depósito.-
2.3.10.1 REGLAMENTOS
Los Trabajos deberán cumplir, en cuanto a ejecución y materiales, además de lo establecido en estas especificaciones técnicas y en los planos correspondientes, con los reglamentos cuyas normas regirán para la ejecución de los mismos que a continuación se detallan. Se remite a la interpretación de los mismos para aclaración de dudas y/o insuficiencias de las Especificaciones que pudieran originarse en la aplicación de la documentación técnica, de proyectos o las normas de ejecución propiamente dichas. Si las exigencias de las normas y reglamentaciones citadas obligaran a realizar trabajos no previstos en las especificaciones y planos, el Contratista deberá comunicarlo en forma fehaciente a la Inspección de Obra, a efectos de salvar las dificultades que se presentaren, ya que posteriormente, la Inspección de Obra no aceptará excusas por omisiones o ignorancia de reglamentaciones vigentes que pudieran incidir sobre la oportuna habilitación de los trabajos.
Los Reglamentos cuyas disposiciones se prescriben como complementarias son:
a) Estructuras de Hormigón Armado: Centro de Investigaciones de los Reglamentos Nacionales de Seguridad para las obras civiles (C.I.R.S.O.C.).
b) Estructuras Metálicas: Reglamentos Nacionales de seguridad para obras Civiles (CIRSOC).
c) De ejecución: Pliego tipo de Especificaciones Técnicas (Cláusulas Particulares) de la Dirección Nacional de Arquitectura de la S.E.T.O.P. edición 1964 y complementarias.
de Edificación de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y Planeamiento Urbano. d) Edilicias: Código
e) Instalaciones Sanitarias: Normas de materiales aprobados y Normas gráficas para el cálculo de instalaciones industriales de la Administración General de Aguas Argentinas S.A.
F) Instalaciones Eléctricas: Reglamento para Instalaciones Eléctricas de la Ciudad de Buenos Aires y Asociación Argentina de Electrónica y última edición de Telecom y Telefónica de Argentina.
Compañía Proveedora de Energía Eléctrica (EDESUR S.A. – EDENOR S.A.) Asociación Electrotécnica Argentina.
2.3.11 ELEMENTOS EXISTENTES:
Si por el tipo de trabajos que se licitan, hay elementos existentes que se retiran, desarman o aparecen durante la ejecución, los mismos son y quedan de propiedad del GCBA, debiendo el Contratista entregarlos en el xxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx que se le indique. Se exceptúan los cascotes y tierra, que pasan a poder del Contratista, quién podrá utilizarlos en la obra o proceder a su retiro.
2.3.12 ENERGIA ELÉCTRICA:
El Contratista deberá considerar a su exclusivo cargo la obtención y el consumo de la energía eléctrica para la ejecución de la obra, como así también para su iluminación de ser necesario.
El pago de todos los derechos por tal concepto, que estará a su cargo y xxxxxx deberá estar incluido en la propuesta adjudicataria.
2.3.13 AGUA DE CONSTRUCCION:
Será por cuenta del Contratista la gestión y pago de derechos que correspondiere según el trabajo y las normas de AYSA. El GCBA podrá exigir la exhibición de comprobantes del cumplimiento de esta obligación.-
2.3.14 CONEXIONES, DESCONEXIONES Y TRASLADOS:
Los trabajos incluyen las desconexiones, conexiones y rehabilitación de cualquier instalación provisoria o definitiva, las que deberán ser gestionadas por el Contratista, con la debida anticipación, y corriendo por cuenta del mismo, los gastos, trámites, derechos, etc, que éstos eventos demanden.
En caso de que los trabajos a realizar implicaran tareas de apertura y cierre de calzadas en la vía pública, el Contratista deberá cumplir con la Ley Nº 2634 y su Decreto Reglamentario 238/GCBA/2008.-
No se procederá a efectuar la Recepción Provisoria de las obras, hasta tanto el Contratista no presente la aprobación final de las instalaciones por las respectivas empresas.-
2.3.15 SUBCONTRATACIONES:
Será de aplicación lo dispuesto en el Art. 1.9 del PCG. Los subcontratistas deberán contar con los seguros que se indican en el artículo 1.16.5 del P.C.G y 2.3.19 del presente pliego-
2.3.16 NOTIFICACIONES:
Las comunicaciones entre la Comitente y el Contratista se realizarán por Órdenes de Servicio y, en casos específicos, en forma supletoria, por medio de las notificaciones que prevé el Decreto Nº 1510-GCBA-1997, no pudiéndose modificar los plazos y formas de las vías recursivas que en dicho Decreto se establecen.
2.3.17 PERSONAL OBRERO :
El contratista, deberá mantener al día el pago de dicho personal y dará estricto cumplimiento a las disposiciones sobre legislación del trabajo existente.- El Contratista será el único responsable por el pago de los salarios y cargas sociales de los obreros que hubieren trabajado en la obra sin excepción alguna, respondiendo además, por los daños y perjuicios en los casos de posibles reclamaciones judiciales o extrajudiciales que produjere tal incumplimiento, no teniendo el GCBA responsabilidad alguna por los hechos, actos u omisiones del Contratista.
El Contratista será responsable de cualquier accidente que ocurra al personal que de él depende, como así también del incumplimiento de las obligaciones que establece la Ley 24.557, quedando el GCBA liberado de toda responsabilidad referida a las situaciones descriptas anteriormente.-
2.3.17.1 ANTECEDENTES DEL PERSONAL:
Nómina del personal propuesto para la obra, indicando las responsabilidades, cargo de cada uno, antigüedad, relación laboral con la empresa y especialidades si las tuvieren
2.3.18 LIBRO DE ORDENES DE SERVICIOS :
Tendrán hojas numeradas por triplicado. En este libro se redactarán las Órdenes de Servicios impartidas por la Inspección de Obra, que serán firmadas por el Inspector de Obra y por el Profesional responsable de la Empresa, como constancia de haber tomado conocimiento. El libro de órdenes de servicios será provisto por el Contratista.
2.3.19 LIBRO DE NOTAS DE PEDIDO:
Tendrán hojas numeradas por triplicado. En este libro la Empresa Contratista asentará los pedidos de aprobación de las distintas etapas de la obra, otras observaciones que desee efectuar o pedidos de aclaración y todo lo indicado en el art. 1.6.25 del PCG.
El Representante Técnico de la Empresa firmará las notas de pedido emitidas, y el Inspector procederá a su aceptación o rechazo, indicando las causas del mismo, firmando al pié.
2.3.20 SEGUROS:
El Contratista deberá contratar los seguros que se indican en el art. 1.16.5 del PCG y los que se indican a continuación: a) Por robo y hurto: debe comprender la totalidad de las instalaciones y elementos afectados al servicio, b) Por responsabilidad civil: La cobertura alcanza un monto total de TRES MILLONES DE PESOS ($3.000.000) Dicha cobertura abarca la responsabilidad civil contra cualquier hecho que importe un daño, perdida o lesión que pueda causar a terceros o a cualquier persona o bienes de la Ciudad a causa de la ejecución del presente contrato y c) De la Inspección de Obra: deberá contratar un seguro personal para proteger al personal del GCBA afectado a la Inspección de los trabajos.
Todos los seguros serán contratados por el término del plazo de la obra y sus prórrogas, con una aseguradora autorizada, e incluirá al GCBA como cotitular y/o beneficiario según corresponda.
2.3.21 PERJUICIOS POR INCENDIOS:
El Contratista deberá extremar las mediadas de precaución para evitar incendios en las obras durante los períodos de ejecución y de conservación, debiendo a tal fin disponer de los elementos apropiados, según la naturaleza de las obras o trabajos.
2.3.22 INDEMNIZACION POR CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR:
El Contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdida o perjuicios ocasionados por su propia culpa, falta de medios o errores en las operaciones que le sean imputables.
Cuando esas pérdidas, averías o perjuicios provengan de culpa de los empleados de la administración, o de fuerza mayor o caso fortuito, serán soportados por la administración pública.
Para los efectos de la aplicación del párrafo anterior se considerarán casos fortuitos o de fuerza mayor:
a) Los que tengan causa directa en actos de la administración pública, no previstos en los pliegos de licitación;
b) Los acontecimientos de origen natural extraordinarios y de características tales que impidan al contratista la adopción de las medidas necesarias para prevenir sus efectos.
Para tener derecho a las indemnizaciones a que se refiere este artículo, el contratista deberá hacer la reclamación correspondiente dentro de los plazos y en las condiciones que determinen los pliegos especiales de cada obra. En el caso, de que el contratista no cumpliese con los plazos indicados en los pliegos especiales de cada obra, perderá el derecho al reclamo indemnizatorio antedicho.
En caso que proceda la indemnización, se pagará el perjuicio de acuerdo, en cuanto ello sea posible, con los precios del contrato (Art. 39 de la Ley de Obras Públicas).
Los reclamos que eventualmente interpusieren los contratistas relacionados con actos de la administración no previstos en la documentación contractual, se regirán por los plazos contemplados en la Ley de Procedimiento Administrativo (Decreto Nº 1510-GCBA-1997, Art. 22, inc. e)), debiéndose sujetar la forma de los mismos a lo prescripto al respecto por dicha norma (Título IV).
En el caso que el reclamo a interponer por el contratista guardare relación con acontecimientos de origen natural extraordinario, y de características tales que no le resultare posible adoptar con antelación medidas suficientes para prevenir sus efectos, mediando debida acreditación por su parte del comienzo y del final del fenómeno que lo ha afectado en forma específica, la presentación se deberá efectuar antes de transcurridos diez (10) días hábiles de la fecha de finalización, rigiendo a partir de ello las mismas condiciones que en el caso antes considerado.
2.3.23 OBLIGACIONES CON CARGO AL CONTRATISTA:
Si el Contratista no diere cumplimiento a alguna de las obligaciones que le asigna la documentación contractual, el GCBA podrá realizarla de oficio con cargo al Contratista, adicionándole al costo el quince por ciento (15%) por gastos de administración.-
2.3.23.1RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA:
La totalidad de la documentación anexa debe tomarse como anteproyecto. Los planos definitivos, replanteos, cateos y estudios de suelos, cálculos estructurales y/o de instalaciones finales deberán ser ejecutados en su totalidad por el Contratista. Los mismos deberán ser presentados en su totalidad previa iniciación de cualquier trabajo para su aprobación. Los costos de los mismos deberán estar contemplados dentro de la presente licitación y no deberá implicar adicional alguno.
a) Estudio de la Obra: Deberá estudiar todos los aspectos que influyen en la ejecución de los trabajos, así como también toda la documentación referida a ella, que integra esta licitación. Asume, por lo tanto, plenamente su responsabilidad y en consecuencia no podrá manifestar ignorancia ni disconformidad con ninguna de las condiciones inherentes al proyecto o a la naturaleza de la obra, ni efectuar reclamos extracontractuales de ninguna especie.
De manera alguna podrá eximirse de su responsabilidad técnica en función de realizar los trabajos de acuerdo a estas especificaciones y/o a la documentación adjunta y/o a las instrucciones que le imparta la Inspección de Obra. Deberá realizar los trabajos de acuerdo a las reglas del arte, de manera tal que resulten completos y adecuados, aunque en los planos y especificaciones no figuren todos los detalles necesarios.
b) Interpretación de la Documentación: El Contratista es responsable por la correcta interpretación de los planos y la totalidad de la documentación técnica de la obra. Los errores que eventualmente pudiese contener la documentación técnica de contratación que no hubieren merecido consultas o aclaraciones en su oportunidad por parte del Contratista, no será motivo de reconocimiento adicional alguno, ni de circunstancia liberatoria de sus responsabilidades.
En toda la documentación contractual o complementaria que reciba el Contratista durante el desarrollo de los trabajos, se deja establecido que primarán las acotaciones o las cantidades expresadas en letras, sobre las indicadas en números, y estas sobre las apreciadas en escala.
c) Presentación de Documentación: El Contratista deberá exhibir tantas veces como reclame la Inspección de Obra, la documentación referida a seguros del personal y terceros, como así también los correspondientes a los aportes de las leyes previsionales.
d) Gestiones ante Empresas de Servicios: Deberá gestionar ante cada una de las empresas de servicios (agua - gas - luz - cloacas - cable, etc.), los permisos, documentación pertinente y solicitar las inspecciones de obras, para poder coordinar los trabajos previstos por las mismas y no ocasionar roturas posteriores a la terminación del proyecto. Cada vez que sea necesario el cierre de calles, se deberá pedir con la debida anticipación. Así mismo les deberá informar de: 1) fecha de inicio de los trabajos con 45 días de anticipación, 2) cambios en el proyecto que puedan afectar las instalaciones de las empresas, 3) plano con la delimitación exacta del área de intervención.
e) Plan de Trabajos: El Contratista propondrá un plan de trabajos de acuerdo a los artículos 1.3.5. y 1.6.4. del PCG. - PG y los artículos 2.3.2 y
2.2.13 del P.C.P., detallando cada una de las tareas comprendidas en la realización de las obras a desarrollar, en forma cronológica indicando fecha de inicio y fin de cada una de ellas, previendo y contemplando la posibilidad de superposición o no, entre las mismas, ajustado al plazo final indicado en el pliego para su aprobación por la Inspección de Obra. Tendrá en cuenta por ello, el estado de conservación de las partes determinando el orden de las tareas de modo de garantizar la salvaguarda de las partes originales, evitando su alteración o deterioro.
Las tareas se iniciarán una vez que la Inspección de Obra apruebe este Plan de Trabajos con las modificaciones y correcciones que crea oportuno.
f) Reuniones de Coordinación: El Contratista deberá considerar entre sus obligaciones, la de asistir con participación de su representante técnico, y la eventual de los técnicos responsables de la obra, por las distintas empresas a cargo de subcontratos especializados, a reuniones periódicas promovidas y presididas por la Inspección de Obra, y con la participación del Programa a cargo del Proyecto de la Obra, a los efectos de obtener la necesaria coordinación entre las empresas participantes, suministrar aclaraciones de las prescripciones de pliegos, evacuar cuestiones de interés común, facilitar y acelerar todo tipo de intercomunicación en beneficio de la obra, y del normal desarrollo del plan de trabajos. La periodicidad de estas reuniones la establecerá la Inspección de Obra de acuerdo a las necesidades.
Para asegurar el cumplimiento de esta obligación, el Contratista deberá comunicar y transferir el contenido de esta disposición a conocimiento de los subcontratistas que fuesen expresamente autorizados por la D.G.E.V y la Inspección de Obra
g) Aprobación de los Trabajos:
Al iniciar cada trabajo el Contratista deberá pedir la presencia de la Inspección de Obra, la que verificará el estado del material, y los elementos que serán empleados en las tareas que se traten. La Inspección de Obra hace reserva de su derecho a efectuar toda inspección en taller, depósito y/u oficina del Contratista, que estime oportuna, a efecto de tomar conocimiento de los materiales empleados y condiciones de depósito y/o de la marcha y el estado de los trabajos realizados para si o a través de empresas subcontratadas.
El Contratista se compromete a avisar a la Inspección de Obra antes de proceder a desarmar andamios o retirar plataformas de trabajo, para que se efectúe cualquier tipo de inspección general. Asimismo, durante la marcha de los trabajos, el Contratista facilitará el acceso de la Inspección de Obra al área correspondiente tantas veces como le sea requerido por ésta.
Una vez que éstos hayan finalizado, el Contratista deberá solicitar la inspección final de los trabajos y su aprobación.
h) Registro de los Trabajos: El Contratista llevará a cabo un adecuado registro de la marcha de las obras, el resultado de los trabajos realizados y la información que obtenga como consecuencia de los mismos, el que a día vencido presentará por Nota de Xxxxxx, a la Inspección de Obra, la que verificará su contenido con la realidad conformándose este informe en documento fehaciente. El Contratista se compromete a entregar copia de la documentación correspondiente (notas, croquis, fotografías, etc.) a la Inspección de Obra, al solicitar la aprobación de los trabajos.
Una vez aprobada la documentación por la Inspección debe tramitarse el expediente de obra de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.2.7 del Código de edificación (texto según Ley N° 1747).
2.3.24 PRORROGAS :
Las ampliaciones de plazo que se otorguen implicarán la prolongación por igual período de la totalidad de las obligaciones del Contratista. El Contratista acepta que la concesión de una ampliación de plazo por cualquier causa, no implicará reconocimiento de la existencia de gasto improductivo alguno, salvo que así lo estipule taxativamente el decreto o resolución de aprobación del nuevo plazo.
2.3.25 MULTAS POR INCUMPLIMIENTO EN TERMINO :
Por demoras en el cumplimiento de los plazos parciales o totales, se aplicarán multas diarias según lo siguiente:
a) Para demoras de hasta un quinto(1/5) del plazo: M= 0,15 x C
P
b) Para demoras siguientes hasta dos quintos (2/5) del plazo: M= 0,35 x C
P
Siendo:
M: Multa diaria
C: Monto del contrato más ajustes, a la fecha de aplicación de la penalidad P: Plazo original más prórrogas aprobadas
Las multas indicadas precedentemente, acumuladas, implicarían un 10% del contrato. Por lo tanto, a partir de las mismas regirán las previsiones del art. 1.11.4 del PCG.
Cuando existan recepciones parciales, los valores C y P serán:
C: Monto de la obra a recepcionar P: Plazo parcial
Cumplidas las recepciones parciales, el plazo a considerar será el original total más las prórrogas.
2.3.26 MULTAS POR INCUMPLIMIENTO DE ORDENES DE SERVICIOS :
En caso de incumplimiento de las Órdenes de Servicios impartidas por la Inspección de Obra, se procederá a la aplicación de una multa diaria según el siguiente esquema:
M = F x C
P
Siendo:
M = Multa diaria
C = Monto del contrato P = Plazo original
F = Factor que se aplicará conforme el porcentaje de obra ejecutado, de acuerdo con lo siguiente:
a) F= Treinta y tres centésimos (0,33), cuando se halle ejecutado menos de un tercio de la obra total;
b) F = Sesenta y seis centésimos (0,66), cuando la ejecución de obra se encuentre entre un tercio, y menos de los dos tercios de la obra total;
c) F = Uno (1), cuando la ejecución de la obra supere los dos tercios de la obra total.
2.3.27 MEDICIÓN DE LAS OBRAS:
Las obras ejecutadas de conformidad, se medirán mensualmente para confeccionar el certificado de obra que estipula el art. 1.12.1 del PCG, con ajuste a las normas para medición de estructuras en la construcción de edificios de la Secretaría de Obras Públicas.
Dentro de los últimos cinco (5) días de cada mes se medirán los trabajos ejecutados por el Contratista, en conjunto con la Inspección de Obra. A los fines de la medición se entenderá por trabajos ejecutados a aquellos cuyos elementos constitutivos se hallen colocados en la obra en el lugar y la forma que ocuparán definitivamente de acuerdo a lo estipulado en los planos y en la documentación contractual. Los elementos sueltos o materiales únicamente pueden ser certificados por sistema de acopio en caso de estar expresamente previsto para la presente obra.-
2.3.28 CERTIFICADOS DE OBRA :
Conformada la medición por la Inspección de Obra y el Contratista, este preparará de acuerdo a sus resultados el certificado mensual de avance de obra, según formulario aprobado por el órgano encargado de la administración del contrato, en el que se liquidarán los trabajos de acuerdo al cómputo y presupuesto aprobados.
Cada certificado mensual de avance de obra deberá ser acumulativo, es decir que comprenderá la totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha de la última medición, y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado anterior.
Aún en caso de disconformidad del Contratista con el resultado de las mediciones, el certificado se deberá confeccionar con el criterio sustentado por la Inspección de Obra, haciéndose posteriormente, si correspondiere, la rectificación pertinente, o difiriendo para la Liquidación Final el ajuste de las diferencias sobre las que no hubiere acuerdo.
Los certificados constituirán en todos los casos documentos provisionales para el pago a cuenta, sujetos a posteriores rectificaciones, hasta tanto se produzca la medición y Liquidación Final, y ésta sea aprobada por el GCBA.-
El certificado contendrá las planillas de medición correspondientes y la planilla sumatoria del volumen de obra realizado en cada ítem avaladas por la Inspección de Obra y por el Representante Técnico de la Empresa.-
Los certificados serán confeccionados por el Contratista en original y tres (3) copias, y serán presentados ante el órgano encargado de la administración del contrato, para su conformación y posterior tramitación
2.3.29 RETENCIÓN SOBRE LOS CERTIFICADOS :
De cada certificado de obra se retendrá de su valor total bruto un cinco por ciento (5%) para constituir el denominado fondo de reparo, el que quedará en poder del GCBA hasta la oportunidad prevista en el art. 1.12.2 del PCG, en garantía de la correcta ejecución de los trabajos y para hacer frente a eventuales reparaciones que fueren necesarias y que el Contratista no ejecutare cuando le fuere ordenado.
En cumplimiento de los términos del Decreto 706/2007, el GCBA procederá a la retención que corresponda sobre el total de la facturación en concepto de Ingresos Brutos, en el momento de efectuar el pago de las mismas, tanto en el caso de contribuyentes locales como para el de aquellos que ingresen el tributo bajo el régimen del Convenio Multilateral.-
2.3.30 SUSTITUCIÓN DEL FONDO DE GARANTÍA Y REPARO:
Las retenciones sobre los certificados a que se refiere el art. 1.12.2 del PCG podrán ser sustituidas mediante póliza de seguro de caución que contenga las cláusulas aprobadas por el GCBA. El monto de la póliza podrá ser hasta el ochenta por ciento (80%) de la suma a retener.-
2.3.31 PRESENTACIÓN DE LAS FACTURAS:
Las facturas deberán ser confeccionadas conforme los términos establecidos por la Dirección General Impositiva y presentadas en la Subsecretaría de Atención Ciudadana con:(conf. Decretos N° 1276/GCBA/2006, Nº 1338/GCBA/2008 y sus modificatorios):
a) Copia del Certificado de Obra con el sello de recepción del área especificada en el pliego de condiciones de la obra o del área que la jurisdicción determine y número de actuación por el cual tramita.
b) Fotocopia autenticada del comprobante de pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos del último vencimiento operado al momento de presentar la factura.
c) Fotocopia autenticada de la declaración jurada de cargas sociales (formulario 931) correspondiente al mes anterior al momento de presentación de la factura y constancia de su pago.
d) Otra documentación que exija el pliego o la normativa aplicable.
No se aceptarán facturas que no estén acompañadas de la totalidad de la documentación mencionada precedentemente.
2.3.32 APROBACIÓN DE LOS CERTIFICADOS:
Se fija un plazo xx xxxx (10) días hábiles administrativos a partir de la fecha de presentación de los certificados de obra, a efectos de que la Inspección de Obra les preste su conformidad.
Si el certificado fuere observado la cuenta del plazo comenzará a regir en el momento en que el Contratista lo presente corregido
2.3.33 PAGO DE LOS CERTIFICADOS :
El pago se efectuará dentro de los treinta (30) días hábiles administrativos contados desde la fecha de la conformidad otorgada al respectivo certificado.
2.3.34 DEMORA EN LOS PAGOS:
Si el GCBA se demorase en el pago de los certificados aprobados, el Contratista tendrá derecho a reclamar los intereses que resulten de la aplicación de la tasa pasiva del Banco de la Ciudad de Buenos Aires para operaciones de plazo fijo a treinta (30) días.-
Cuando corresponda el pago de intereses, los mismos se determinarán sobre la suma neta a pagar al Contratista, de acuerdo con el resultado final que arroje la liquidación del certificado, y previa deducción de las sumas que se retengan con arreglo a las cláusulas contractuales.
2.3.35 FIJACION DE PRECIOS NUEVOS POR MODIFICACION DE OBRA:
Cuando correspondiere la fijación de precios nuevos por modificaciones de obra según art. 1.13.1. del PCG, los mismos serán calculados mediante análisis sobre la base del precio de adquisición por mayor de los materiales que se requieran, del desperdicio y de la mano de obra. Los precios serán a valores vigentes a la fecha de licitación.
En casos particulares (por ejemplo cuando por el tiempo transcurrido desde la licitación o cuando por razones técnicas no es posible obtener los precios básicos), también se podrán calcular a la fecha en que se convenga, debiéndose dejar la debida constancia en el documento de aprobación.
Los precios nuevos se determinarán siguiendo el criterio establecido en el artículo referido a Análisis de Precios del presente pliego.
Mano de obra: Los jornales y beneficios a tener en cuenta serán los vigentes en el mes indicado como básico. Para las cargas sociales y el seguro se considerará la planilla publicada por la Cámara Argentina de la Construcción. El órgano encargado de la administración del contrato podrá exigir los comprobantes que acrediten el cumplimiento de las cargas sociales.
2.3.36 LIQUIDACION FINAL:
Luego de la Recepción Provisoria, y con anterioridad a la Recepción Definitiva, el Contratista preparará una Liquidación Final. Constarán en la misma los montos de los trabajos, incluso adicionales y deductivos, u otros conceptos si los hubiere, determinando el monto total a que ascendieron los trabajos ejecutados. Se indicarán además los datos principales de la obra; decretos, resoluciones o disposiciones de aprobación, fechas de terminación, recepciones, prórrogas, reajustes y su aprobación, etc. La Liquidación Final será conformada en su caso por el órgano encargado de la administración del
contrato, el que impulsará su aprobación una vez producida la Recepción Definitiva.
2.3.37 RECEPCIONES:
Las Actas de Recepción Provisoria y Definitiva de las obras, serán suscritas por la Inspección de Obra. La Provisoria será aprobada por el Director General de la repartición fiscalizante y la Definitiva por la autoridad que hubiere aprobado los pliegos empleados en el acto licitatorio.
2.3.38 CONCEPTO:
Luego de la recepción definitiva se enviará al Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, el concepto que haya merecido el Contratista. Asimismo, se cursará dicha información cada vez que dicho organismo lo solicite durante la marcha de la obra.
2.4 REGIMENES
2.4.1 REGIMEN DE CONTRATACION:
Si de conformidad con lo establecido en 2.1.4, el régimen de contratación adoptado para esta obra fuere el de “Ajuste Alzado”, ello significará que:
a) Se consideran incluidos en el monto contractual todos los trabajos necesarios hasta su completa terminación y funcionamiento, aunque no estén especificados en la documentación del contrato.
b) El presupuesto oficial debe considerarse a título ilustrativo.
c) El Contratista está obligado a estudiar la naturaleza de estos trabajos en los lugares donde serán ejecutados y proveerá el total de los materiales y la mano de obra, incluso todos los implementos y maquinarias para llevar a cabo las tareas de acuerdo a las indicaciones y los fines que señala la documentación.
d) Entiéndese que el oferente realizó su propio estudio y en consecuencia, los trabajos indicados en los planos, planillas, pliegos de condiciones y otras piezas contractuales que no figuren indicados en las partes o rubros del presupuesto oficial, se considerarán incluidos dentro del monto total contratado y deberán ser ejecutados por el Contratista como incluidos en su oferta.
e) Si a juicio exclusivo del órgano encargado de la administración del contrato existiera algún error de significación en el Presupuesto Oficial de esta obra o en el del oferente, el monto de dicho error se prorrateará entre todos los rubros del presupuesto manteniéndose invariable el monto de la oferta y modificándose consecuentemente el plan de trabajos e inversiones. Dicha operación podrá realizarse en cualquier momento, aún durante la ejecución de la obra.
f) No se reconocerá diferencia entre la cantidad ejecutada en obra y la consignada en el presupuesto oficial o en el presupuesto de la oferta aceptada, salvo que las diferencias provengan de ampliaciones o modificaciones debidamente autorizadas.
ANEXO I
Ponderación de Insumos
ESTRUCTURA DE PONDERACIÓN CGPC N° 5
INSUMOS | % de Incidencia | Indec Decreto 1295/2002 |
1- Ascensor Hidraúlico | 3,62 | Indice Costo Construcción Nivel General |
2- Albanileria | 9,29 | Cuadro 1.5 ICC |
3-Calefacción y Aire Acondicionado | 2,52 | Máquinas Y Apar. Elec. IPIB Cuadro 3.2 |
4-Carpinteria y vidrios | 4,62 | Cuadro 1.5 ICC |
5-Cielo Rasos | 2,16 | Cuadro 1.5 ICC |
6-Datos/ Sistema | 5,4 | Indice IPIB Cuadro 3.2 |
7-Electricidad | 2,83 | Cuadro 1.5 ICC |
8-Demolición y Movimiento de Suelos. | 1,51 | Indice Precio Mayoristas |
9-Hormigón Armado | 8,85 | Cuadro 1.9 ICC |
10- Estructura Metálica | 2,52 | Cuadro 1.5 ICC |
11-Pintura | 3,68 | Cuadro 1.5 ICC |
12-Instalación contra Incendio | 2,05 | Cuadro 1.5 ICC |
13-Instalación Sanitaria | 2,46 | Cuadro 1.5 ICC |
14-Varios | 0,49 | Cuadro 1.5 ICC |
15-Mano de Obra | 36 | Cuadro 1.4 ICC |
16-Gastos Generales | 9 | Cuadro 1.4 ICC |
17-Gastos Financieros | 3 | T.N.A. del B.N.A. |
Total | 100 |
ANEXO II
Cartel de obra
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
S UBS E CRE TA RIA DE A TE NCI ON CIUDA DA NA
OBRA:
PUE S TA E N V ALO R EDI FI CIO XXXX OS CAL V O 3307
Índice General
Pág. Capítulo Tema
3 Introducción 4 | C I | Memoria Descriptiva |
5 | C II | Trabajos Preliminares y varios |
6 | C III | Movimiento de suelos |
6 | C IV | Estructura de Hormigón Armado |
7 | C V | Muros y Tabiques |
8 | C VI | Aislaciones Hidrófugas y Acústicas |
8 | C VII | Azotea |
9 | C VIII | Conductos de Ventilación |
9 | C IX | Revoques |
10 | C X | Cielorrasos |
10 | C XI | Contrapisos |
11 | C XII | Pisos y zócalos |
12 | C XIII | Revestimientos |
12 | C XIV | Equipamiento xx xxxxx |
14 | C XV | Instalación sanitaria |
18 | C XVI | Instalación contra incendio |
19 | C XVII | Instalaciones eléctricas |
23 | C XVIII | Artefactos de iluminación |
25 | C XIX | Telefonía y datos |
36 | C XX | Ascensor |
52 | C XXI | Aire Acondicionado |
59 | C XXII | Carpintería metálica y herrería. |
63 | C XXIII | Pinturas |
64 | C XXIV | Cubierta y Estructura Metálica. |
00 | XXXXX 0 | Certificado de visita. |
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XXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX XXXXX
S UB S ECRE T ARI A DE AT E NCIO N CI UDA DANA
O BRA:
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Las presentes especificaciones complementan la documentación de planos y planillas
que corresponden al proyecto de la obra PUESTA EN VALOR DEL CENTRO DE GESTION Y PARTICIPACIÓN COMUNITARIA N° 5 (CGPC 5) , ubicado en la xxxxx
XXXXXX XXXXX 0000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. El Contratista deberá
conocer las cláusulas del presente, no pudiendo aducir desconocimiento ni del mismo ni del lugar físico en el cual se desarrollarán las obras. Por tal motivo, su oferta deberá estar acompañada por el Certificado de Xxxxxx (ver Anexo I al final de este pliego), firmado por el personal que acompañe al oferente, indicando el nombre del representante de la empresa constructora, número de documento, firma, fecha y hora de la visita.
En los casos en que, tanto en la documentación citada, como en éstas especificaciones se mencione una marca o fabricante de un producto, se hace al sólo efecto de poder dar una idea en cuanto a la calidad y terminaciones requeridas, pudiendo el contratista
sustituir el mismo por otro que, a juicio de la Dirección de Obra, reúna las mismas características de calidad equivalente ó superior a la especificada.
Antes de la iniciación de las obras, el contratista a su cargo, realizará y tramitará la aprobación de los planos y permisos para llevar a cabo la ejecución de todas las instalaciones y servicios domiciliarios que así lo requieran.
También estarán a su cargo los trámites y obtención de las inspecciones durante la ejecución de los trabajos, así como a su finalización los planos conforme a obra (tres copias papel y un CD con la documentación correspondiente digitalizada), los certificados finales y las habilitaciones definitivas reglamentarias.
El Contratista deberá entregar la obra completa con sus instalaciones en funcionamiento,
conforme a la documentación de proyecto , debiendo incorporar todos aquellos trabajos necesarios para la correcta ejecución de las áreas del edificio involucradas en el proyecto,
aún cuando no estuviesen expresamente citados en los documentos aludidos, no pudiendo reclamar adicionales por tal motivo.
El Contratista deberá cotizar por separado, las siguientes obras:
- Demoliciones, desmontes, desarme y retiro de equipamiento en general.
- Ejecución de estructuras de hormigón armado y elevación de mampostería en general.
- Provisión y colocación de solados en todas las plantas según especificaciones.
- Ejecución de las instalaciones sanitarias (agua fría, desagües primarios, secundarios y Pluviales).
- Provisión y colocación de todo el equipamiento sanitario para baños y Office.
- Provisión, colocación y puesta en funcionamiento de equipos de aire acondicionado (frío – calor), incluida toda la instalación de distribución interna por separado según lo indicado en el presente pliego,
0 xx 00
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S UBS E CRE TA RIA DE A TE NCI ON CIUDA DA NA
OBRA:
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- Instalación eléctrica y Datos completa en todas las plantas; incluyendo la provisión y colocación de todos los artefactos de iluminación especificados.
- instalaciones contra incendio en general, según lo indicado.
- Provisión, colocación y puesta en funcionamiento de un ascensor para 6 personas.
- Provisión y colocación de estructura metálica de sostén salida x xxxxxxxx xxxxxxxx
- Pintura en todos los sectores y áreas en las cuales se ha intervenido; interior y exterior.
El Contratista deberá cotizar por separado, las siguientes obras:
- Ejecución completa de los grupos sanitarios, incluyendo artefactos, accesorios, instalaciones, ventilaciones, tabiques, etc.
- Ejecución de mampostería, revestimientos, instalación de agua, mesada y mueble bajo mesada en office.
- Tendido de toda la instalación eléctrica y Datos de distribución, canalización y bajada
de cañería a boca de pared para conexión de la instalación de los puestos de trabajo. El cableado eléctrico deberá llegar hasta dichas bocas.
- Provisión y colocación de solados.
- Provisión y colocación de cielorraso de xxxx xx xxxx (tipo Xxxxxxxxx) con paneles acústicos según especificaciones.
- Provisión y colocación de cerramiento y carpintería en todos los pisos al frente.
- Provisión y colocación de artefactos de iluminación en oficinas y office.
- Pintura de cielorrasos, paredes y elementos estructurales.
CAPITULO I: MEMORIA DESCRIPTIVA.
GENERALIDADES
El presente Pliego de Especificaciones ha sido elaborado para la ejecución, de la obra de remodelación del edificio sito en la calle Xxxxxx Xxxxx N° 3300 en el cual funcionara el Centro de Gestión y Participación Comunal N°5 (C.G.P.C. N° 5).
Las obras referidas tienen por objeto adaptar la estructura edilicia del edificio indicado precedentemente, a efectos de poder albergar las distintas actividades llevarse a cabo, por la Subsecretaría de Atención Ciudadana del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El contratista deberá efectuar todas las obras necesarias (revestimientos, solados, pintura, iluminación, artefactos, etc.), con el objeto de dejar los sectores indicados perfectamente terminados y listos para su uso, siguiendo el criterio de llave en mano y
acorde a las reglas del arte. Asimismo todas las medidas que conforman la presente documentación, deberán ser verificadas en obra .
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El Contratista deberá presentar con su oferta económica, una oferta técnica acompañada de una Memoria de Secuencia de los Trabajos a realizar; que quedará sujeta a la aprobación definitiva por la Dirección de Obra. La misma estará acompañada por gráficos u otro elemento que permita una clara interpretación de lo en ella indicado.
Asimismo el Contratista deberá disponer de los elementos de cerramiento que aíslen físicamente las zonas de trabajo, de obras linderas y peatones. Asimismo el contratista estará obligado a respetar las normas de seguridad e higiene acordes al tipo de obra; las cuales serán transmitidas por la Dirección de Obra mediante las Órdenes de Servicio correspondientes.
CAPITULO II: TRABAJOS PRELIMINARES Y VARIOS.
1. DEMOLICIONES .
Las construcciones a demoler, salientes de medianeras, cercos o solados o construcciones bajo el nivel del terreno, serán efectuadas por el Contratista,
cumplimentando las disposiciones del Código de Edific. de la Ciudad de Bs. As .
El Contratista efectuará los cortes de canaletas en los muros perimetrales existentes, para alojamiento de vigas y columnas de hormigón armado en general, impermeabilizándolas inmediatamente para evitar humedades. Para la extracción de las carpinterías existentes, el Contratista dispondrá de los elementos necesarios de seguridad y contención a efectos de evitar daños a terceros.
En los sectores a colocar nuevo solado, el Contratista efectuará el picado del piso y la carpeta de asiento existente, reparará el contrapiso afectado, y realizará una nueva carpeta de cemento de 3cm de espesor y de proporción de mezcla 1:3.
El retiro del material producto de demoliciones en altura, se efectuará mediante conductos cónicos encastrables, cuidando de no liberar restos de polvo o escombros a la vía pública. La llegada al recipiente contenedor, estará cubierta en todo su perímetro a efectos de evitar lo indicado anteriormente.
SÍNTESIS:
- Desmonte de carpinterías xx xxxxxx del frente.
- Demolición, desarme y retiro de obra de tabiques divisorios existentes.
- Desarme y retiro de obra de xxxxxxxx xx xxxxxx.
- Apuntalamiento de pared perimetral por sobre losa sobre planta baja.
- Demolición xx xxxx sobre planta baja existente.
- Encofrado y Hormigonado de sobre losa sobre Planta Baja futuro.
- Apuntalamiento de pared perimetral por sobre losa sobre terraza existente.
- Demolición xx xxxx sobre primer piso existente.
- Encofrado y Xxxxxxxxxxx de sobre losa sobre primer piso futuro.
- Encofrado y Xxxxxxxxxxx de sobre losa sobre segundo piso futuro.
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- Xxxxxxxxx x Xxxxxxxxxxx de sobre losa sobre tercer piso futuro.
OBRA:
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- Demolición, desarme y retiro de obra de todo elemento que interfiera con el normal desarrollo de las obras, y no se encuentre indicado en la correspondiente documentación de proyecto.
- Apertura de vanos en fachadas laterales.
CAPITULO III: MOVIMIENTO DE SUELOS.
GENERALIDADES .
Comprende la ejecución completa de los trabajos que a continuación se detallan.
a. Desmontes, excavaciones y apuntalamientos, de los sectores a intervenir en la P.B.
b. Estudio resistencia del suelo a intervenir.
c. Aportes de tierra y rellenos. Suelos seleccionados. Toscas. De ser necesarios para la correcta ejecución de las estructuras de hormigón armado a realizar.
d. Retiro de los posibles excedentes.
CAPITULO IV: ESTRUCTURA DE Hº Aº
GENERALIDADES
Las obras alcanzadas por el presente capítulo, corresponden a todas aquellas que fueran necesarias a efectos de incorporar al edificio, las plantas proyectadas, incluyendo la escalera ubicada lateralmente y todo aquello preciso que la D. de O. indique para la correcta ejecución del mismo.
1. Para la ejecución de la documentación básica que se adjunta, el contratista deberá presentar a la X.xx O. antes de comenzar las tareas (memoria de cálculo estático, planos de replanteo y armaduras de las estructuras), quien la deberá aprobar según Reglamento CIRSOC 201 (tomo I y II). La Dirección de Obra tomará en cuenta dicho reglamento para todo lo que se refiera a la ejecución de las estructuras solicitadas. Las cargas, sobrecargas, dimensiones de hormigón, armaduras definidas, etc., son valores mínimos a tener en cuenta por el Contratista, que verificará toda la documentación. La documentación en ejecución, complementaria a la documentación básica que sea necesario realizar será elaborada por el Contratista, que la presentará para su aprobación a la Dirección de Obra antes de ejecutar las tareas en cuestión.
También será a cargo y por cuenta del Contratista la confección de los planos finales conforme a obra que fueran necesarios realizar para obtener la aprobación final municipal correspondiente.
La estructura deberá responder a su fin y satisfacer todas las necesidades, aunque
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estas no estuvieran explícitamente detalladas en los planos. El contratista deberá prever en su precio todos los pases, agujeros, etc. que originan las instalaciones.
2. El Contratista dispondrá en obra de medios mecánicos para el vibrado del hormigón y el llenado de estructura se realizará mediante bomba mecánica.
CAPITULO V: MUROS Y TABIQUES.
a) MUROS INTERIORES
Los muros divisorios a ejecutar (que separen áreas del edificio con distintas funciones), se deberán materializar con mampostería maciza de hormigón alveolar tipo Retak x xxxxxxx xxxx doble xxxxx xx xxxx de Yeso tipo Durlock - según lo especificado en la documentación gráfica de proyecto - quedando a cargo del Contratista la terminación superficial xxx xxxx en ambas caras.
Todos los vanos que no hayan sido adintelados por la estructura resistente, deben llevar dinteles de hormigón armado de acuerdo con el cálculo correspondiente, los que apoyarán por sus extremos sobre la albañilería, en una longitud no inferior al 10% de la luz. Los dinteles se colocarán dejando una luz de 0,02m sobre los xxxxxx. En caso de llevar la abertura marco a cajón, se introducirán en el hormigón listones de 50x25mm con el fin de clavar los contramarcos. Queda entendido que en todos los casos los dinteles
deberán tener el mismo ancho que el muro y la armadura mínima será de 2 f 10mm.
En todos los sectores en los cuales se retira la carpintería existente, de no conservarse el vano, el mismo se deberá completar con mampostería de ladrillo común revocada en ambas caras según existente, y terminada acorde a lo especificado en el presente pliego.
Los muros de cierre de los núcleos sanitarios, se ejecutarán con mampostería maciza de hormigón alveolar tipo Retak , con revoque externo grueso, fino y terminación para pintar, e interno jaharro bajo revestimiento, en toda la altura del local.
TABIQUERIA DIVISORIA INTERNA GRUPO SANITARIOS
Para la ejecución de las divisorias interiores de los locales sanitarios de ambos sexos, el
Contratista deberá ejecutar los mismos con el sistema de tabiquería tipo PIVOT ó equiva- lente.
Las placas divisorias serán de terciado fenólico de 32mm, enchapadas en laminado
plástico de alta presión marcas Wilsonart , Fórmica, Decor , o similar color azul (tono a indicar por la Dirección de Obra, de acuerdo al código de color institucional), los filos de
las mismas se ejecutarán en ABS. Estarán separadas del solado 0,30m.
Las placas de puertas serán iguales a las divisorias, con marco y burletería correspon-
diente. El cerrojo interno será de aluminio marca PIVOT o similar, y estará embutido en la placa.
Los parantes de soporte tendrán una altura total de 2,10m y estarán sujetos al piso me- diante herraje de fijación y nivelación y contarán con una funda xx xxxxx inoxidable de 0,10m de altura. La sujeción superior, se hará mediante un tubo de refuerzo horizontal en aluminio visto con el correspondiente anclaje a la pared en sus extremos y piezas de ter- minación. Todos los herrajes de sujeción entre paneles y éstos con las paredes, serán de aluminio.
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OBRA:
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Las pantallas de mingitorios se ejecutarán al igual que los divisorios, y con idéntico trata- miento. Sus medidas serán de 0,35m x 0,90m.
En los compartimentos para personas discapacitadas se preverán cerraduras especiales para el manejo por dichas personas.
El montaje del sistema indicado precedentemente, se deberá realizar una vez terminadas todas las obras internas de los grupos sanitarios.
PANELES VIDRIADOS
El Contratista proveerá e instalará en los sectores correspondientes a las salas y oficina, tabiques con paño xx xxxxxx laminado y esmerilado 3+3 ó 4+4 según dimensiones y es- quema de carpinterías. En la sala de audiometría se colocará un panel tipo DVH 3+3+9+4.
Los mismos se colocarán montados sobre perfiles de aluminio anodizado facetado, y con- tarán con perfiles similares de terminación en todos sus bordes.
Su estructura deberá ser xx xxxxx vidriado (paneles en ambas caras) y deberán estar de- bidamente sellados.
CAPITULO VI: AISLACIONES HIDROFUGAS Y ACUSTICAS.
1. Se deberán ejecutar capas aisladoras hidrófugas horizontales y verticales, en la construcción en todo sitio que las reglas del arte así lo indiquen.
2. Las capas aisladoras horizontales serán dobles.
3. El espesor de la mezcla a aplicar para efectuar las capas aisladoras hidrófugas no deberá ser inferior a 8 mm., y se terminará comprimida y alisada con herramienta.
4. El Contratista será el responsable directo de la efectividad de las impermeabilizaciones ejecutadas, no pudiendo derivar en otros su responsabilidad. Deberá cuidarse que la aplicación de las capas aisladoras hidrófugas sea esmerada y continua en toda su superficie para evitar filtraciones, especialmente en su encuentro perimetral con aberturas y zócalos.
5. En el sector de licencias, el contratista deberá proveer e instalar un sistema de aislación acústica a la cámara a construir con doble panel para las pruebas de audiometría.
CAPITULO VII: AZOTEA
1. Ejecución de estructura de soporte de los equipos de aire acondicionado a instalar, según lo indicado por el fabricante de los mismos. El Contratista, deberá efectuar los cálculos estructurales necesarios, que permitan a las estructuras existentes soportar las nuevas cargas. Los mismos serán entregados a la Dirección de Obra para su aprobación.
2. Se colocará según especificaciones, membrana con geotextil transitable respetando las reglas del arte en cuanto a su colocación y babeteado.
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3. Ejecución de aislaciones hidrófugas (producto de las intervenciones realizadas), babetas y toda otra tarea necesaria a efectos de impermeabilizar las áreas afectadas por los trabajos, dejando terminado los mismos acorde a los existentes.
4. Se colocará xxxxxxxxx xx xxxxx galvanizada calibre 22.
CAPITULO VIII: CONDUCTOS DE VENTILACION.
1. Las ventilaciones de los baños se harán por medio de rejillas de ventilación, ubicada una por cada baño sobre la pared lateral exterior en concordancia con la raja horizontal de las ventanas. Las mismas serán de 30x30cm, xx xxxxx galvanizada, contarán con aletas fijas en toda su longitud, y estarán montadas sobre un marco metálico conformando caja. En su parte interna, deberá llevar una tela mosquitera de alambre galvanizado, montada sobre un premarco atornillado, formando una malla cerrada , a efectos de evitar el ingreso de insectos. En la cara exterior xxx xxxx, se colocará otra rejilla de iguales características. Las mismas serán tratadas con una
imprimación base para chapa galvanizada tipo Galvite o similar, y se terminarán con tres manos de pintura satinada al aceite color blanco. Entre ambas rejas se colocará
un extractor de aire acorde al volumen de recirculación de aire necesario del baño que corresponda, con accionamiento de censor de movimiento.
CAPITULO IX: REVOQUES .
1. REVOQUES EXTERIORES .
1.1. En aquellos casos en que sea afectado el revoque exterior por las obras a realizar, el mismo deberá ser reparado (previa aplicación del correspondiente azotado hidrófugo). La terminación superficial deberá ser ejecutada acorde a la existente en cada caso.
2. REVOQUES INTERIORES .
1.1. El yeso para paredes será reforzado con cemento en la proporción del 10% y se utilizará para los jaharros, yeso negro y para los enlucidos, yeso blanco.
1.2. Los enlucidos de yeso blanco se aplicarán sobre jaharro de yeso negro en caso xx xxxxxxx de ladrillos huecos y sobre jaharro a la cal en caso xx xxxxxxx de ladrillos comunes. Podrá utilizarse revoque de yeso proyectado o el correspondiente al tipo de mampostería de hormigón alveolar a utilizarse.
1.3. En todos los casos, los enlucidos a la cal fina se aplicarán sobre jaharros a la cal, previstos en locales de servicio en general.
1.4. El azotado hidrófugo se aplicará sobre los paramentos de xxxxxxx xx xxxxx, y locales húmedos.
1.5. Las paredes a ejecutar en el pasadizo del ascensor a instalar tendrán las siguientes terminaciones: aquellas que alojan las puertas de piso serán revocadas a la cal fina fratasada y las de hormigón no tendrán ningún tipo de revoque.
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1.6. Se utilizarán cantoneras metálicas en todas las aristas verticales xx xxxxx revocados.
1.7. Para la ejecución de los revoques bajo revestimiento se emplearán escuadras metálicas a 90° de largo no inferior a un metro por lado, a fin de poder lograr una perfecta terminación que minimice los recortes de piezas de revestimiento (falsa escuadra).
1.8. En las plantas de piso se repararán todos los revoques dañados, como así también todos los sectores que fueran afectados por las obras producto del presente pliego.
1.9. Todas las columnas de pisos que queden a la vista, deberán ser enduidas con dos manos, a fin de lograr un perfecto acabado para su posterior pintado.
2. MEZCLAS .
2.1. Se realizarán según las reglas del arte, y la Dirección de Obra está facultada para introducir modificaciones en la misma, tanto en los dosajes como en el uso de otros materiales no considerados en esas especificaciones.
CAPITULO X: CIELORRASOS.
1. CIELORRASOS SUSPENDIDOS.
1.1.1. Todos los cielorrasos suspendidos a ejecutar, serán de placas de yeso tipo
DURLOCK ó NAUF , en paneles de 610mm x 610mm tipo Xxxxxxxxx.
1.1.2. En todos los ambientes cerrados con mampostería hasta la losa, se colocará placa acústica al igual que en las áreas abiertas según esquema.
1.1.3. Toda la estructura de sostén se realizará con perfiles de aluminio, con separaciones y anclajes según las recomendaciones del fabricante y con la aprobación de la Dirección de Obra. Para el sellado del sistema se emplearán productos provistos por el fabricante, no se permitirá el uso de masillas ó cintas de papel que no fueran aprobadas por el fabricante del sistema adoptado.
CAPITULO XI: CONTRAPISOS.
1. Los contrapisos sobre tierra serán de 12 cm. de espesor mínimo.
2. En planta baja la ejecución o reparación de alguna parte del contrapiso, el espesor del mismo estará en función del existente.
3. En los baños, deberá preverse que el contrapiso tenga una pendiente del 1% hacia rejillas de desagüe. El contratista deberá verificar en obra la viabilidad de los mismos, debiendo sino, suspender la cañería (colgándola de la xxxx xxx xxxx inferior). De adoptarse esta última alternativa, estará a cargo del contratista las
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obras de terminación del cielorraso correspondiente a la planta afectada por el paso de las instalaciones.
4. En las mezclas a utilizar que puedan entrar en contacto con carpinterías, cañerías, hierros de refuerzo, etc., se prohibe el uso de la cal, o de cascotes con cal.
5. Las juntas en contrapisos serán coincidentes con las que efectúen en pisos.
6. En todos los casos el hormigón de contrapisos será alivianado cuyo peso no podrá superar los 700 Kg./m³, con excepción de los contrapisos sobre tierra, los que podrán ser de hormigón de cascotes, sin cal.-
CAPITULO XII: PISOS Y ZÓCALOS.
1. Los cambios entre los distintos tipos de pisos se realizarán debajo de las hojas de las puertas: puertas de entradas a áreas de trabajo, puertas que separan en cada piso los palieres de las antecámaras xx xxxxxxxx, puertas de ascensores y xxxxxxx xx xxxx y palieres de P.B.
2. En los casos de diferencia de niveles se utilizará una nariz xx xxxxx texturado conformada por un perfil ángulo de ala visible no menor de 3cm. En las narices xx xxxxxxxx se deberán colocar ángulos xx xxxxx texturado, conformado por un perfil “L” rígido en ángulo de ala visible no menor de 3cm de ancho.
3. En los baños, se colocarán piezas de solados en porcellanato de 30x30cm o similar a definir por la Dirección de Obra. Estos deberán contar con un coeficiente de fricción mojado de 0,5 y de fricción en seco de 0,82 como mínimo (Norma ASTM C- 1028/96). La absorción de las mismas al agua será menor a 0,07% (Norma UNI EN 99) y su variación tonal deberá ser moderada.
4. El piso de las escaleras será de porcellanato Cerro Negro , modelo Slate Rústico , color Blue o similar, de 50cm x 50cm, 25cm x 50cm, 25cm x 25cm ó 10cm x 10cm
según diseño del solado. El coeficiente de fricción mojado será como mínimo 0,696
y seco 0,93 (Norma ASTM C-1028/96). Contará en cada peldaño, con nariz xx xxxxx inoxidable, conformada por un perfil rígido en ángulo de ala visible no menor de 3cm (sobre la vertical). Deberá asimismo cumplir con todas las normas
municipales exigibles y en un todo de acuerdo a la Ley Nº 962 “Accesibilidad física para todos”.
5. En toda la superficie cubierta de plantas de oficinas del PB., 1°, 2° y 3° piso, el
solado será de porcellanato tipo “ ILVA ” línea “ Ecoloand caves natural ” 60x60 o equivalente a definir por la Dirección de Obra y contará con un zócalo de 10cm del
mismo tipo. Igual criterio se seguirá para los pisos de palieres desde.
En los casos en los cuales exista un solado, el mismo será retirado y se reparará la carpeta en los sectores afectados. El xxxxx xx xxxx en escalera contrafrente, se hará bajo la puerta de antecámara que da al palier de piso, bajo la cual se rematará la diferencia de nivel de ser necesario. El palier se terminará con el solado correspondiente a la escalera.
6. Al comenzar y al finalizar todo tramo xx xxxxxxxx y frente al ascensor, se deberá marcar el solado con bandas de prevención de textura en forma de líneas continuas en un relieve de 0,005m como máximo y 0.001m como mínimo de altura, con una
profundidad de 0,30m por el ancho de la escalera y/o el ascensor según sea el
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caso. Estos locales llevarán zócalo del mismo material y color, de 10cm de alto y el mismo ancho de las piezas del piso.
7. La solia de acceso y la alzada y pedada de acceso a caja xx xxxxxxxx serán revestidas en pórfido granítico 10x10 cm tono a definir por la Dirección de Obra.
8. Los locales de depósitos de limpieza será el solado la malla metálica correspondiente especificada.
9. El ascensor a instalar deberá llevar el mismo piso que el Xxxx de Acceso.
10. Las juntas de revestimientos de igual medida, coincidirán con las de los pisos. De ser necesaria la colocación de zócalos, se deberá tratar de que los mismos sobresalgan lo menos posible de los filos de las paredes, de forma tal que la cara externa del zócalo no sobrepase las salientes xx xxxxx de las jambas de las puertas. De la misma forma que en los pisos, se tomarán con pastina del color correspondiente.
11. Las escaleras contarán con zócalos rampantes de acuerdo al material empleado. Como mínimo 20cm de altura sobre la bisectriz de la nariz xxx xxxxxxx.
12. En todos los casos en los cuales en el interior del local a intervenir, se encuentren tabiques divisorios móviles, paneles xx xxxxxx o paneles de xxxx xx xxxx, el solado deberá pasar por debajo de los mismos a efectos de tener continuidad en caso de modificaciones funcionales futuras de algún área en particular.
CAPITULO XIII: REVESTIMIENTOS.
1. El revestimiento a utilizarse en baños será tipo porcelanato “ Portobello ” línea “ New
Age ” color “ Ice ” de 30x30cm o similar a definir por la Dirección de Obra al tono.
2. Se aplicarán a los paramentos perfectamente aplomados mediante pegamento especial. Se colocará con altura total según indican los planos de detalle. Partirá desde el piso sin zócalo.
En su encuentro con el cielorraso, éste deberá contar con una arista recta que sirva de llegada del revestimiento y como corte de pintura.
CAPITULO XIV: EQUIPAMIENTO SANITARIO.
BAÑOS
ARTEFACTOS, MESADAS Y GRIFERIA
. con pastina
1. Los artefactos de baño serán blancos, xxxxx XXXX serie XXXXXX, XXXXXXXX o similar . Inodoro corto con válvula para descarga tipo FV modelo Pressmatic 0368.01
y tapa tecla Pressmatic 0368.02 o similar color cromo. Para el retrete de
discapacitados, el inodoro contará con una válvula con tapa tecla modelo 0338 con manija para la descarga. Mingitorio con válvula automática tipo Pressmatic 0362 TRIA de Ferrum o similar.
a) Las mesadas de bachas en baños, serán xx xxxxxxx “Gris Mara”, con un faldón de
frente. Las griferías serán de tipo automáticas de FV modelo Pressmatic 0361 o similar color cromo. Las bachas serán xx xxxxx tipo quirúrgico de forma oval.
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Se deberá prever una mesada para uso de personas discapacitadas, la cual
contará con una canilla FV , modelo Pressmatic 0361.03 o similar, con manija para discapacitados color cromo y dosificador de jabón. El espejo sobre la misma bajará
hasta el zócalo de mesada, pero de encontrarse en línea con el resto, el borde superior mantendrá su nivel en toda la longitud.
b) Sobre cada mesada de baño, se instalarán dos equipos dosificadores de jabón
líquido, xx xxxxx en pared marca Xxxxxxxx Xxxxx o similar color blanco. Se deberá dejar cada equipo con una carga de jabón líquido con PH neutro.
c) Las conexiones a los artefactos serán cromadas y rígidas xx xxxxx inoxidable visto, en lavatorios y mingitorios.
La instalación de la válvula para inodoros 368 , deberá trabajar a una presión mayor que 2,5 mts. de altura (desde la válvula a la base del tanque) y con cañería independiente con diámetro interno real de 38 mm. La presión no deberá superar
los 45 mts a base de tanque.
d) Los asientos y tapas de inodoro serán de resina termo endurecida laqueada xxxxx
XXXX serie Xxxxxx, Xxxxxxxx o similar.
2. El contratista equipará cada retrete con un porta rollo tipo Xxxxxxxx Xxxxx linea
Professional , cod.: Sap 30176354 , de 29x15x30 cm con rollo de alto metraje de 400mts xxxxx Xxxxx , Kleenex o similar (se deberá dejar equipado cada artefacto con una carga). A ambos extremos de las mesadas de baño se colocarán dispensadores
para toallas en rollo con corte automático (Sanitouch), tipo Xxxxxxxx Xxxxx , línea
Professional , cod.: Sap 30171548 de 43x28x33cm con toallas de papel marca Scout ,
Kleenex o similar (se deberá dejar equipado cada artefacto con una carga). Se deberá agregar un equipo más a diferente altura para el uso de personas discapacitadas.
3. Sobre la mesada xx xxxxxxx, se colocará un espejo de 6mm de espesor, del largo de la misma y por sobre el zócalo de mesada alcanzará la altura del dintel de la puerta
del local al cual sirve. Dicho espejo contará con un marco perimetral cerámico o pétreo según lo indicado en el proyecto.
OFFICES
ARTEFACTOS, MESADAS, BAJO MESADAS Y GRIFERIA
El Contratista deberá proveer e instalar en cada office, una mesada xx xxxxxxx gris ma- ra de 20 mm de espesor, tamaño según plano, contará con una banquina y zócalo de h
10 cm, y xxxxx xx xxxxx inoxidable marca MI PILETA modelo 405 E o similar, de 70 x
43 x 20 cm.
Bajo la misma, deberá instalar un mueble bajo mesada, con gabinetes de melamina de 18 mm, y puertas en melamina con cantos de ABS. Serán provistos con cajones en me- lamina con guías metálicas, y las hojas contarán con bisagras desmontables tipo "clip" . Los tiradores serán elegidos por la Dirección de Obra en base a las muestras a presentar por la empresa constructora. Los muebles bajo mesada tendrán 3 puertas y cajoneras de
4 cajones. La grifería a instalar sobre la mesada será de tipo monocomando xxxxx
XXXXXXX línea RENACER acabado cromo Art. 20-102 o similar.
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El contratista tendrá a su cargo la ejecución de todas las obras, tareas y señalizaciones dispuestas en la ley n° 962 “Accesibilidad física para todos”, qu e modifica en el tema a lo dispuesto en el Código de la Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin generar adicional alguno.
CAPITULO XV: INSTALACION SANITARIA
1. TRABAJOS A REALIZAR Y NORMAS DE APLICACIÓN
Las instalaciones se ejecutarán de acuerdo al sistema “americano o abierto”. Marcas a instalar, IPS , Saladillo , Hidro 3 o similar.
El Contratista deberá los cálculos correspondientes, para garantizar la correcta evacuación de fluidos de todas las baterías sanitarias a instalar.
Se ejecutarán los siguientes trabajos:
Instalaciones sanitarias:
De acuerdo a los planos de licitación y a este pliego.
Agua fría : Tubo para fusión de polipropileno copolímero Random o Tipo 3. Piezas y accesorios aptos para el mismo sistema empleado.
Desagües : cañerías de polipropileno con sistema de unión deslizante, con alojamiento de ángulos vivos y o´rings xx xxxxx labio. Piezas y accesorios aptos para el mismo sistema empleado.
Cada local ó grupo de artefactos contará con llaves de paso de agua fría del tipo esféricas con crucetas y rosetas cromadas.
Todas las cañerías que se alojen en terreno natural o contrapiso sobre terreno natural cubrirán con ladrillos o losetas de hormigón y se colocará sobre estos una malla a modo de protección.-
No existirán cañerías a la vista.
Toda tarea aquí no descripta y que se desprenda de los planos o que sea necesaria para el buen funcionamiento de las partes respondiendo al criterio de Obra terminada, deberá ser ejecutadas sin generar adicional alguno.
2. Cálculos y planos
El Contratista deberá verificar la capacidad de descarga cloacal proyectada, y efectuar de ser necesario las correspondientes modificaciones al proyecto de instalación, no aceptándose adicional alguno por dicho concepto una vez adjudicada la obra, asimismo deberá presentar los planos de detalles y modificaciones que fuere menester y el plano Conforme a Obra, que se ajustará a las instalaciones ejecutadas. El Contratista presentará para su visado por la Dirección de Obra dichos planos, los mismos se dibujarán en AUTOCAD. Se entregarán en un XX-XXX.
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El Contratista deberá ejecutar todos los planos reglamentarios que fueran necesarios y deberá someter a la aprobación del Ente que por jurisdicción corresponda y/o empresa prestataria del servicio. Dichos planos deberán presentarse bajo responsabilidad de la Empresa a través de un Representante Técnico habilitado.
Una vez concluidos los trabajos, hará lo mismo con los planos conforme a obra.
3. Materiales, equipos y artefactos
Los materiales, equipos y artefactos a emplear en estas instalaciones serán de marca acreditada, de óptima calidad, libres de todo defecto de fabricación y de clase
expresamente aprobado por AySA y responderán en todo a las Normas IRAM .
En particular los artefactos y griferías serán de marcas nacionales ó extranjeras de probada permanencia en el país y garantizada provisión de reposición total o parcial (repuestos).
El oferente deberá cotizar sobre la base de la marca especificada. De consignarse dos marcas la elección es indistinta.
Se utilizarán los siguientes tipos:
DESAGUES CLOACALES :
- Desagües Primarios y secundarios : cañería polipropileno sanitario marca AWADUCT
, DURATOP o similar.
- Ventilaciones : cañería polipropileno sanitario marca AWADUCT , DURATOP o similar ESTÁNDAR, y LINEA NEGRA resistente a los rayos UV cuando las cañerías estén al
exterior.
DISTRIBUCION DE AGUA
DISTRIBUCION DE AGUA FRIA :
Distribución troncal: en cañería de “ ACQUASISTEM pn20 ” aprobado. , “HIDRO 3 de SALADILLO”, “IPS” o similar apto agua fría.
Distribución recintos: en cañería de “ ACQUASISTEM pn20 ” aprobado. , “XXXXX 0 xx XXXXXXXXX”, “XXX” x xxxxxxx xxxx xxxx xxxx-xxxxxxxx.
ARTEFACTOS Y GRIFERIA:
De acuerdo a lo especificado en planillas de locales.
Cañerías de Polipropileno :
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Las cañerías y accesorios para distribución de agua fría y caliente serán de polipropileno de copolímero Random del tipo 3 .
Para el caso de cañerías troncales suspendidas, cuando se indica, serán de polipropileno
de copolímero Random del tipo 3 compuestas, con recubrimiento de aluminio y con una capa externa del mismo polipropileno.
Las uniones de los elementos se realizará por termofusión, es decir que el material de las partes se fusionará molecularmente a 260 ºC , pasando a conformar una sola pieza continua.
Todas las cañerías que se alojen en terreno natural o contrapiso sobre terreno natural se instalarán cubiertas por ladrillos y con malla de protección.-
Cañerías de Polipropileno para Desagües:
Las cañerías y accesorios para desagües serán de polipropileno sanitario marca
“ AWADUCT ”, “IPS” o similar, elaborados de acuerdo a norma IRAM 13476 o equivalente.
Las uniones de los elementos se realizarán mediante O’ring xx xxxxx labio
dimensionado de acuerdo a norma DIN 4060 .
Protecciones :
En el caso de cañerías a la vista se pintarán con pintura al aceite, apta para su aplicación sobre el material de la cañería y su color será definido por la Dirección de Obra.
Todas las columnas de descarga y ventilación llevarán en su arranque como en los desvíos, a no más de 0.30m del piso un xxxx xxxxxx de inspección.
Como terminación para su accesibilidad se colocara sobre el muro visto, un marco y tapa xx xxxxx inoxidable de 2mm de espesor.
Piletas de piso
Serán de polipropileno sanitario marca AWADUCT, o IPS o similar, de las dimensiones que indican los planos y asentarán sobre terreno firme en capa de hormigón de 0,15m. de
espesor.
La sobre pileta será construida con el mismo material que esté construida la pileta de patio, llevando marco y tapa de bronce cromado, de 11x 11 cm en baños .
Bocas de acceso y cámaras de inspección
Las cámaras de acceso o inspección serán construidas en albañilería revocada u hormigón armado, hierro fundido, latón, P.V.C. 3,2mm., polipropileno sanitario, o plomo de 4mm. de espesor, según los casos, debiendo tener una luz interior acorde a su profundidad. Se asentarán sobre una capa de hormigón de 0,30 m. de espesor, en su parte superior llevarán la correspondiente contratapa formada por una losa de hormigón
de 4 cm. de espesor, y luego marco y tapa de fundición xx xxxxxx y filete xx xxxxx
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inoxidable, para las cámaras de inspección, y de bronce cromado para las bocas de acceso.
Bocas de desagües comunes y especiales
Se construirán en albañilería revocada, de un espesor mínimo de 0,15 m. y una luz interior mínima de 20 x 20 cm. asentada, sobre terreno firme, en una capa de hormigón
de 0,15 m. de espesor y llevarán marco y tapa xx xxxxxx reforzado con filetes xx xxxxx inoxidable.
Las piletas de patio o bocas de desagües suspendidas se ejecutarán con piezas especiales de P.V.C. aprobado.
Las rejas de pileta de patio, bocas de desagües o rejillas de piso, serán de bronce cromado e irán fijadas a tornillo de igual material.
Grapas de sujeción
Se asegurarán a muros o estructuras de hormigón, mediante brocas de expansión, y los tornillos para su ajuste serán de bronce, con xxxxxxxx xxxxxx.
Serán pintadas con una mano de antióxido y una de pintura de aluminio.
DESAGUES CLOACALES :
Para el montaje suspendido se utilizan grapas fijas cada 2,00 metros en el caso de cañería de 110mm, y cada 2,50 metros para cañería de 160mm. , como máximo. , serán de planchuelas xx xxxxxx de 25 x 5 mm. .
DISTRIBUCION DE AGUA :
Las grapas para las cañerías de agua serán de 20 x 3mm. , las mismas en su contacto con la cañería llevarán una aislación de P.V.C ó bien de cinta del tipo Poliguard, Saladillo o similar.
La distancia entre las mismas será:
Para cañería de 13 a 25mm de diametro= 2,00 m Para cañería de 32 mm o mayor de diametro= 2,50 m Pases losas, paredes etc .
Se colocarán caños camisa de 2 diametros mayores que las cañerías a instalar, serán de cañería de P.V.C. 3,2mm aprobado.
Se sellaran luego de instaladas las cañerias con sellador resistente al fuego.
Llaves de paso
Las mismas deberán estar ubicadas en el mismo ambiente xx xxxxx y en posición estratégica antivandálico.
Artefactos xx xxxx, accesorios y broncería
Las canillas de servicio serán esféricas con pico para manguera. Las canillas de limpieza en locales sanitarios irán cuando se indique, en nichos para llaves de xxxx.
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Las válvulas esféricas serán del tipo FV o similar.
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Los artefactos se proveerán e instalarán en los lugares indicados en los planos, de acuerdo a lo señalado en la planilla de locales.
Todos los artefactos, griferías, y accesorios serán provistos por el Contratista.
El conexionado de agua a los artefactos se realizara con conexiones FV modelo 0261.01
o similar, xx xxxxx inoxidable con xxxxxx xx xxxxx inoxidable.
Datos garantizados
Em caso de colocar algún elemento no especificado, el Contratista deberá presentar, una memoria técnica descriptiva, con suministro de folletos y demás datos que hagan a un cabal conocimiento de los mismos.
En todos los casos es importante tener presente que todas las instalaciones se deberán entregar en perfecto estado de funcionamiento, estando a cargo del Contratista aquellos trabajos que no mencionados explícitamente en pliego y planos hagan al correcto funcionamiento de las instalaciones.
Los diámetros indicados en el plano serán los mínimos aceptables.
Ello no exime a la Contratista de considerar incluido en su propuesta el mejoramiento de
la instalación, aumento de diámetro, modificación del trazado original, etc., si razones reglamentarias o de practicidad así lo determinan, lo que implicará la previa aceptación de la dirección de Obra sin que ello genere adicional alguno.
Debe entenderse que la instalación y sus trámites (de ser necesarios), debe ser completa, las distintas instalaciones se entregarán en estado de uso inmediato y funcionando.
CAPITULO XVI: INSTALACIONES CONTRA INCENDIO.
1. Todas las instalaciones contra incendio, responderán a las normas del GCBA.
2. Los matafuegos a instalar serán todos de polvo químico Tri clase.
- Tendido de cañería en CHCC con aprobación bajo normas de calidad IRAM 2502 .
Las mismas contarán con uniones roscadas y de sección acorde a lo especificado en las normas de la NFPA 13 para dicho uso.
- Ejecución de todas las obras necesarias a efectos de lograr la acometida a la red pri n- cipal de incendio, la cual deberá ser verificada por el oferente a efectos de poder con- siderar toda obra necesaria para la aprobación final por parte del organismo compe- tente. El Contratista no tendrá derecho a adicional alguno por este concepto.
- Los colectores principales deberán ejecutarse con cañerías soldadas xx xxxxx
ASTM.SCH.40.
- Los soportes de las cañerías se deberán ejecutar con varillas roscadas de acuerdo a los especificado en las normas de la NFPA .
- Provisión y colocación xx xxxxx rociadores SPRINKLERS AUTOMÁTICOS tipo
PENDENT UL/FM o similar de ½”. La cantidad mínima a colocar será de 40 (cuarenta) picos, o lo que resulte del cálculo efectuado por el oferente.
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- Colocación de rosetas de terminación.
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- Toda la instalación de incendio a ejecutar deberá ser terminada con pintura rojo ber- mellón según normas vigentes.
• NORMAS DE TRABAJO : Instalación ....... ANSI
Soldadura ......... AWS
Incendio ……... NFPA
C) Palieres de pisos.
D) Núcleos de escaleras y antecámaras.
E) Xxxxx xx xxxxxxxx xx XX., 0x, 0x x 0x xxxx.
F) Sanitarios.
G) Sala de máquinas ascensores.
3. Se deberán colocar dos barreras corta fuego en el pleno eléctrico del contrafrente. Las mismas estarán ubicadas dentro del pleno en el tramo sobre losa de 1º y otra en el de
3° piso. Esta tapa podrá ser de placa de yeso tipo Durlock , Nauf o similar, ser ignífuga, y el pase de conductores a través de ella estará debidamente sellado
(ignifugado), con un sellador apto para ese uso.
CAPITULO XVII: INSTALACIONES ELECTRICAS.
1. Se efectuarán todas las tareas necesarias a efectos de Obtener un suministro interno del edificio de modo tal de que se permita:
Contar con un tendido eléctrico a tablero seccional, con salida desde nuevo medidor a colocar según esquema, el mismo suministrará del fluido eléctrico a todas las áreas comunes del edificio, palieres de pisos, ascensor y escaleras.
Nota : El contratista deberá efectuar todos los cálculos correspondientes a la determinación del factor de potencia, y ejecutará las obras e instalaciones necesarias para tal fin sin generar adicional alguno.
2. La ejecución de las instalaciones y la calidad de los materiales a utilizarse, se adecuará a lo que determina este pliego de especificaciones, a las reglamentaciones
municipales, ENRE y prestadores de servicios y las normas de IRAM , DIN , VDE , CEI , y NEMA , de acuerdo a los planos generales y de detalle.
3. Los trabajos correspondientes a este ítem serán todos los necesarios para permitir el funcionamiento, bajo tensión, de las siguientes instalaciones: iluminación y tomacorrientes; fuerza motriz; tableros de servicio y seccionales; puesta a tierra. El
Contratista será responsable ante APSE por el cumplimiento de la reglamentación
vigente ( AEA de Noviembre de 1987 con la actualización del año 2002 ), debiendo entregar los certificados de ejecución de instalación eléctrica de cada uno de los
circuitos de medidores, firmados por el matriculado responsable. Realizará todos los trámites y trabajos necesarios ante empresa distribuidora en pedido de medidor nuevo y aumento de potencia en medidor existente, que se detallan en el presente pliego.
Finalizada la obra la misma será recepcionada por la Dirección de Obra con los medidores instalados.
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4. Iluminación y tomacorrientes : Las uniones entre xxxx y xxxx se harán mediante cuplas roscadas y entre xxxx y caja por conectores. Las cañerías a embutir en la mampostería irán alojadas en canaletas abiertas prolijamente; las cajas se fijarán
mediante mortero de concreto. En las montantes, los caños se llevarán engrampados,
utilizándose para su fijación grampas especiales prefabricadas tipo C INDICO , de largos adecuados al número xx xxxxx y cajas a soportar; la distancia máxima entre
grampas será de 1,50m.-
Caños se utilizarán el tipo semipesado reglamentario que corresponda a las normas
XXXX 0000-0000-2205-2206-2224 .-
Cajas serán estampadas y de tipo semipesado normas IRAM ídem caños .Para centros serán octogonales grandes, para brazos octogonales chicas x xxxxx (según lo
indicado por la Dirección de Obra) y para llaves y tomas, rectangulares. Las cajas de centro llevarán un sólido gancho de HºGº roscado con tuerca, para sostén del artefacto respectivo. Los materiales a utilizar, la altura y posición de las cajas será la indicada en planos o la que determine la Dirección de Obra.
Cajas de pase y derivación: Serán estampadas de 100 x 100mm. ARMETAL o similar, colocadas todas a la misma altura y lo más agrupadas que permita la distribución
correspondiente.
Las llaves de 1 punto, de combinación, los tomacorrientes y los pulsadores se ajustarán a
las normas IRAM 2007 y 2071 . Serán PLASNAVI, Línea Xxxx.- Los tomas serán bipolares, para 10 A. y llevarán para conexión a tierra.
Conductores: Serán normalizados, marca PRYSMIAN, CIMET, ARGENPLAST o
INDELQUI . En toda instalación eléctrica se deberá colocar, junto a los conductores aislados, un cable envainado de la misma sección del conductor del circuito (o de 2,5 mm 2 . de sección como mínimo), color verde – amarillo, para conexión a tierra. En los
planos este cable figura con la letra T. Los cables responderán a las normas IRAM 2183 ,
2263 , 62267 2268, 2178 o 62266 , según corresponda.
Bandejas porta cables: Serán xxxxx XXXXX o similar, en chapa galvanizada, con todos sus accesorios. En caso que la misma se encuentre a la intemperie se proveerá con tapa
para protección. Los ramales alimentadores deberán poseer separación mayor a 1 diámetro entre cables
Nota: En caso que se deba unir cables se hará de todo de acuerdo a Normas AEA, en caso de que la sección sea superior a 70mm2, no se aceptará el uso de identación mecánica sin apoyo hidráulico (en manguito y/o terminales), debiendo ser de identación profunda y conservar luego de la misma poder de aislación que antes de la unión. En caso xx xxxxxx o borneras deberán estar protegidas del contacto directo.
5. Instalación de Fuerza Motriz, Tableros Generales y Seccionales
Caños y Cajas: Los caños serán de las mismas características de los especificados para alumbrado.
Conductores: Ídem Punto 3.
El Contratista proveerá e instalará los tableros especificados en los diagramas respectivos los cuales deberán de ser construidos en hierro con la resistencia térmica necesaria según Reglamentación AEA.
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EL gabinete de medidores, xxxxx, primarias y secundarias serán aprobados por
EDENOR .
Elementos de Tableros Principales y Secundarios Como elementos componentes se utilizarán:
Llaves generales bipolares o tetra polares marca MERLIN GERIN o SIEMENS . Fusibles: tipo NH , SIEMENS , según normas IRAM 2121 .
Contactores protección térmica marca SIEMENS o TELEMECANIQUE . Llaves conmutadoras marca VEFBEN .
Interruptores diferenciales IRAM 2301 MERLIN GERIN o SIEMENS .
Interruptor Gral. Principal termo magnético MERLIN GERIN o SIEMENS con un poder de ruptura de 30Ka.
Interruptores termo magnético IRAM 2169 MERLIN GERIN o SIEMENS . Contactores IRAM 2240 MERLIN GERIN o SIEMMENS
Barras de conducción de cobre X00, X00 (xxx su memoria de cálculo antes de instalar según xxxxx XXXX de diseño xx xxxxxx)
Todos los elementos descriptos en este punto deben estar diseñados para la corriente de cortocircuito calculada para la ubicación de cada tablero.
Todos los tableros deberán llevar identificación del servicio de cada llave o interruptor, mediante plaquetas de lucite grabadas.
DESCRIPCIÓN DE TABLEROS y XXXXXXX A INSTALAR TABLERO PRINCIPAL “A”
Se colocará un Interruptor General con derivación a los interruptores de piso. El presente tablero será alimentado por medidor, el interruptor General deberá ser calculado para una corriente de corto circuito de 30Ka, y los siguientes interruptores aguas abajo deberán ser diseñados por protección de acompañamiento, testeados por el fabricante.
RAMALES A PISOS 1 – 2 – 3
Se alojarán en bandeja porta cables hasta los tableros seccionales de piso.
TABLEROS SECCIONALES DE PISOS
Tableros seccionales PB.- 1ero – 2do – 3er piso
Se alojarán los interruptores que figuran en unifilares en planos dejando libre un 20% pa- ra alojar protecciones futuras.
Tablero Principal “B”
El Contratista armará un tablero seccional derivado del “A”. proveyendo materiales y mano de obra.
Para lo cual se colocará un ramal dimensionado según requerimiento de la empresa distribuidora del servicio. Los ramales indicados contarán con protecciones termo magnéticas, según la siguiente distribución:
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• Ramal Ascensor
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• Ramal Línea Seccional de Tablero zonas comunes y vías de escape.
El presente tablero contará con llave de corte general y protección termo magnética con capacidad de ruptura de 30Ka y de intensidad nominal de acuerdo a los conductores a instalar. Cada ramal indicado precedentemente, será protegido con termo magnético de poder de ruptura asociado a la llave principal (protección por acompañamiento).
Se dejará espacio para protección de dos futuros ramales.
El tablero indicado, será colocado en Planta Baja según esquema.
RAMAL ASCENSOR
RAMAL TABLERO SECCIONAL 1
Para a realización de este ramal se efectuará un tendido desde tablero Ppal. B hasta ubicación en primer piso del tablero seccional, dicho tendido será efectuado en bandeja porta cables.
TABLERO SECCIONAL 1
Se Proveerá e instalará en la Planta 1er Piso, un tablero seccional, alimentado con
conductor, dimensionado para el total de la carga de “Vías de escape y zonas comunes” . El presente tablero deberá adecuarse a las especificaciones del presente
Pliego y a las normas correspondientes. Contará con interruptores Termo magnéticos dimensionados de acuerdo a las normas vigentes, y contará con interruptores diferenciales en cantidad descripta en planos.
Se deberá prever un espacio para futuros ramales (estimados en un 20% más).
El Tablero Seccional contará con protección para derivación a tablero subseccional en 1º piso ( T. Subseccional 1.1 ) ubicado en sector frente Xx. Xxxxxxx 0000
TABLERO SUBSECCIONAL 1.1.
Se Alimentará desde Tablero Seccional 1 , contando con un interruptor termomagnético xx xxxxx general y cantidad suficiente de termomagnéticas y disyuntores
acorde a normas y cantidad de circuitos a proteger.
TABLERO SALA DE MÁQUINA DE ASCENSORES
Se proveerá de ramal alimentador de futuro ascensor según lo indicado precedentemente, en Cap. XIX “Ascensores” y en planos adjuntos.
6. Puesta a tierra : Todas las partes metálicas de la instalación deberán ser puestas a tierra mediante cables de cobre verde amarillo y se conectarán a tierra todas las cajas
de tableros, bandejas, cajas de pase, rectangulares, octogonales, de PVC, etc.
Para la puesta a tierra se usará una jabalina bimetálica xxxx, no acoplable (o un conjunto de estas formando una pata de ganso), de forma tal que la resistencia de puesta a tierra sea menor que 5ohms, con sus correspondientes tomacables, y tapas
de inspección, sus posiciones serán indicadas en forma clara en plano de puesta a tierra.
Se deberá presentar el correspondiente informe de medición emitido por profesional competente, conjuntamente con la documentación de contraste del instrumento
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utilizado para la medición de los electrodos, describiendo metodologia usada para dicha medición.
7. Pruebas de Aislación: En todas las instalaciones de iluminación, tomas y fuerza motriz, la resistencia de aislación entre conductores y estos contra tierra no deberá ser
menor de 200 megaohms, valor mínimo que se exigirá para todas y cada una de las líneas de alimentación y circuitos.
Al colocar las cañerías en los encofrados, habrá que controlar con los planos de arquitectura a la vista, la posición exacta de las paredes bajo vigas para que las bajadas de los caños coincidan con el espesor de las paredes.
8. Artefactos de iluminación: se deberá proveer e instalar artefactos de iluminación según lo indicado en el respectivo Plano de Cielorrasos e Iluminación .
Las luces de emergencia serán ubicadas según plano respectivo y respetarán las reglamentaciones vigentes en el tema. Ver Capítulo XVIII “Artefactos de Iluminación”.
9. La Dirección de Obra podrá en cualquier momento solicitar del Contratista la ejecución de planos parciales de detalle a fin de apreciar mejor o decidir sobre cualquier problema de montaje o forma de ejecución de trabajos de elementos a instalarse. También está facultada para exigir la presentación de memorias
descriptivas parciales, catálogos o dibujos explicativos.
10. Aprobación final de las obras: la instalación eléctrica de todo el edificio deberá ser monitoreada termográficamente una vez concluidas las obras, y estando los
componentes a inspeccionar bajo carga.
Dicha firma termográfica deberá ser efectuada por personal idóneo en el tema, y el informe producto de la inspección deberá estar firmado por un especialista certificado NIVEL I en termografía como mínimo.
Los equipos a utilizar deberán contar con el correspondiente certificado de constatación actualizado, y el resultado de la inspección se entregará en copia color en papel junto con un CD en el cual se encuentre grabado el informe, junto con las imágenes digitales de los componentes analizados. Se deberá incluir en el mismo los softwares necesarios para poder visualizar los registros en una PC bajo entorno Windows 98 ó superior.
11. Obras complementarias : el Contratista deberá prever toda modificación que fuera necesaria a efectos de dejar las instalaciones debidamente habilitadas y acorde a las indicaciones de proyecto y a las directivas de la Dirección de Obra. Asimismo el Contratista deberá reubicar las cañerías pasacables del 1° piso bajo carpinterías de patio interno lateral derecho (lado Registro Civil), en el sector bajo deck. Para el desarrollo de las tareas, el Contratista deberá efectuar el tendido de los cables por conductos debidamente sellados, engrampados, y cuidando la estética y las vistas a través del solado a colocar.
CAPITULO XVIII: ARTEFACTOS DE ILUMINACIÓN.
Se deberá proveer de artefactos de iluminación, de acuerdo al siguiente detalle:
x Xxxx de Acceso luminarias en cielorraso tipo Durlock a xxxxx XXXX o similar, plafón modelo NOSS 0238 color blanco.
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de Ascensor en PB., 1º, 2º y 3º (embutidas en cielorraso tipo Durlock); marca GAM o similar, artefacto de embutir tipo fijo, para lámpara dicroica de 220V-
50W, color acero modelo 8005 de 11cm diámetro aro externo. El mismo tipo de
artefacto se colocará en toda el área de PB. que da acceso al núcleo xx xxxxxxxx. Once (11) artefactos en total en PB., y tres (3) en cada piso frente salida ascensor. Total de artefactos, veinte (20).
o Caja xx xxxxxxxx frente (en lateral paredes de cada rellano y llegada xx xxxxxxxx; marca GAM o similar, modelo 3030 color acero Rts Cuarzo 1x150w de 30x30 cm.
Uno (1) por cada rellano y uno (1) por cada llegada a palier de piso. Total diez (10) artefactos.
o Antecámaras xx xxxxxxxx frente y contrafrente embutidas en cielorraso tipo Durlock; marca GAM o similar modelo OBRA 3114 blanco cuarzo, línea B10E de
12,5x12,5 cm (1xG9).
o Sanitarios sobre espejos xx xxxxx hombre y mujeres; marca GAM o similar,
modelo OBRA 3114B blanco 1x150w, de 14x31cm. Dos (2) artefactos por baño.
Total dieciséis (16) artefactos.
o baño discapacitados embutidas en cielorraso tipo Durlock ), marca GAM o similar
modelo OBRA 3114 blanco cuarzo, línea B10E de 12,5x12,5cm (1xG9). Uno por
cada local, total dos (2) artefactos.
x Xxxxx espera ; provisión y colocación de luminarias con haz de luz bidireccional a
través xx xxxxx de aumento para lámpara halopin de 40W tipo G9 modelo 4245
de Faroluz o similar.
o Plantas iluminar en 1°, 2° y 3° piso . el Contratista deberá proveer y colocar los siguientes equipos de iluminación considerando las cantidades y distribución según
el respectivo Plano de Cielorrasos e Iluminación .
– Artefacto de embutir para cielorrasos suspendidos de xxxx xx xxxx, con base xx xxxxx estampado tratado con pintura en polvo epoxi termoconvertible color blanco.
Louver doble parabólico de aluminio anodizado y abrillantado tipo Louver doble
parabólico P-T8 modelo Excel ó Zeus de ARTELUM ó similar, para tubos fluorescentes G13 de 3x36w, medidas 1223x100x429mm.
– Artefacto de embutir de luz indirecta para cielorrasos suspendidos de xxxx xx xxxx, cuerpo y pantalla parabólica en xxxxx xx xxxxx estampada tratada con pintura en polvo epoxi termoconvertible blanco brillante, con difusor semicilíndrico en xxxxx xx xxxxx microperforada pintada blanca con lámina difusora de policarbonato opal, con su respectivo cableado armado con balastos, zócalos, arrancadores, capacitores de prueba y cumpliendo con todas las normas de calidad y seguridad eléctrica. Medidas 610x610mm para 2 lámparas tipo G11 de
36w, modelo Gamma de ARTELUM ó similar.
– Artefacto de embutir fijo para cielorrasos suspendidos de xxxx xx xxxx, con aro exterior inyectado en aluminio, color blanco. Pantalla interior y cuerpo en aluminio con vidrio serigrafiado templado termoresistente, para lámpara HQI 150w modelo Taurus II de ARTELUM ó similar.
Todos los artefactos indicados deberán colocarse con su correspondiente lámpara, llave interruptora (individual o por grupo según corresponda), corrección de factor de potencia , balastos con bajo contenido de armónicos (menor a 15%) y en funcionamiento.
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CAPITULO XIX: TELEFONIA Y DATOS.
Instalación, puesta en servicio y prestaciones adicionales de una solución integral de red de datos y telefonía IP interna en el Edificio
a) Cableado estructurado categoría 6, de voz/datos para 86 puestos de trabajo, y una red de distribución de energía eléctrica a dichos puestos.
b) Provisión, instalación, conectorizado y configuración de Switches.
c) Provisión, instalación, conectorizado y configuración de un Switch central.
ITEM B:
1. CABLEADO ESTRUCTURADO 1.1OBJETO
3.1.1 La implementación del medio físico de la Red deberá realizarse por medio de un sistema de Cableado Estructurado que cumpla en un todo con las especificaciones de la Norma ANSI/EIA/TIA-568-B.2-1 para la Categoría 6. La misma define un sis- tema de cableado que permita la planificación y la instalación del cableado de edi- ficios sin que sea necesario conocer los dispositivos que se instalarán definitiva- mente en el mismo.
3.2 DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS
3.2.1 Los trabajos a realizar incluyen la provisión de todo tipo de materiales, mano de obra, dirección técnica y todo otro elemento, trabajo o concepto necesario para el correcto funcionamiento de la provisión objeto del presente llamado, aún cuando no se mencione explícitamente en pliegos o planos.
3.2.2 Las tareas a realizar incluyen las siguientes, sin ser este un listado limitativo:
3.2.3 Cableado horizontal de la red de voz/datos con cable UTP categoría 6.
3.2.4 Cableado del backbone en fibra óptica.
3.2.5 Provisión e instalación xx xxxxx de conexión, conectores, rosetas etc.
3.2.6 Provisión de Gabinetes.
3.2.7 Provisión, instalación y conectorizado de todo equipamiento pasivo necesario para el funcionamiento de la red.
3.2.8 Provisión, instalación y conexión de los tableros seccionales de distribución eléctri- ca.
3.2.9 Cableado de las montantes de distribución eléctrica.
3.2.10 Cableado de distribución eléctrica a los tomacorrientes de los puestos de trabajo.
3.2.11 Provisión e instalación de bandejas porta cables para conducir el cableado por los puestos de trabajo donde sea necesario este tipo de canalización.
3.2.12 Testeo de la red de datos.
3.2.13 Documentación de la Red.
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3.3NORMALIZACIÓN
OBRA:
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3.3.1 El sistema de cableado estructurado para servicio de datos en su conjunto, deberá satisfacer los requerimientos de sistemas categoría 6, en todos sus componentes, técnicas de interconexión y diseño general, en un todo conforme a las siguientes normas internacionales:
3.3.2 ANSI/EIA/TIA-568 Commercial Building Telecommunications Wiring Standard (Jul. 1991) y sus grupos de trabajo asociados.
3.3.3 ANSI/EIA/TIA-568A Commercial Building Telecommunications Wiring Standard (Oct. 1991).
3.3.4 ANSI/EIA/TIA-569 Administration Standard for Telecommunications Infrastructure of Commercial Buildings (Feb. 1993).
3.3.5 ISO/IEC DIS 11801 “Generic cabling for customer premises”
3.3.6 ANSI/EIA/TIA-569-A Commercial Building Standard for Telecommunications Path- ways and Spaces
3.3.7 ANSI/EIA/TIA-568-B.2-1, Category 6 Transmission Performance
3.3.8 ANSI/EIA/TIA-606-A The Administration Standard for Telecommunications Infra- structure of Commercial Building
3.3.9 ANSI/EIA/TIA-607-(A) Commercial Building Grounding and Bonding for Telecom- munications
3.3.10 ANSI/EIA/TIA-526-14 Measurement of Optical Power Loss of Installed Multimode Fiber Cable Plant
3.3.11 ANSI/NECA/BICSI-568 Standard for Installing Commercial Building Telecommuni- cations Cabling
3.4MATERIALES E INSTALACIONES
3.4.1 RED DE VOZ/DATOS-CABLEADO HORIZONTAL
3.4.2 Se proveerá e instalará un cableado de voz/datos para dar soporte de conexión a los puestos de trabajo según la disposición de puestos aproximados indicados en los planos adjuntos.
3.4.3 El cableado estructurado a instalar, así como todos los elementos pasivos de co- nexión, deberán permitir la ejecución de aplicaciones que corran en frecuencias de por lo menos 250 MHZ. Para ello los oferentes deberán indicar por escrito junto con la oferta el cumplimiento del presente requerimiento por parte del fabricante.
3.4.4 Para el cableado horizontal que une cada puesto de trabajo con los armarios de distribución, se utilizará cable de 4 pares trenzados sin blindaje (UTP), certificado según categoría 6 bajo las especificaciones EIA/TIA TSB-36/40/53. Deberá utilizar- se cable de la mejor calidad, de marca reconocida en el mercado, en su corres- pondiente embalaje original. No se permitirá la utilización de cable que no cumpla estas condiciones.
3.4.5 Cada puesto de trabajo poseerá un conector modular de 8 posiciones (RJ45) en el que terminarán los cables UTP, certificados según categoría 6, cableados de acuerdo con la disposición T568A, montado en una caja tipo Xxxxx de 10 x 15 o en un periscopio metálico de las mismas características, según corresponda a su ubi- cación en pared o piso.
3.4.6 Será condición indispensable para la adjudicación, que tanto el cable UTP, como los conectores, patcheras y todo otro elemento pasivo inherente al conectorizado que se instale, sean del mismo fabricante.
3.4.7 El canal completo deberá cumplir con las pruebas y desempeño de la EIA/TIA 568B.2-1
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GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
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3.4.8 Se colocará la cantidad xx xxxxx necesarias para la realización de los tendidos según normas.
3.4.9 El otro extremo del tendido deberá ser conectado en el cuarto de cableado a una patchera para RJ45 categoría 6, que se instalará para tal fin en su correspondiente gabinete.
3.4.10 Las instalaciones deberán ser realizadas con las protecciones necesarias en salida de gabinete, accesos a cajas de conexión y de paso, xxxxxx xx xxxxxxx, mampa- ras y cualquier sector del recorrido que pudiese significar un futuro daño en el ca- bleado.
3.4.11 Se tendrá en cuenta la limpieza funcional y estética del diseño propuesto a efectos de la adjudicación.
3.4.12 Todos los puestos de trabajo deberán ser etiquetados con indicación de número de puesto.
3.4.13 Deberán proveerse suficiente cantidad de cables de patch-cord para el conexiona- do dentro de los armarios de distribución de todos los puestos de trabajo, más un 20%.
3.4.14 CUARTOS DE CABLEADO
3.4.15 Los armarios de distribución que se utilicen estarán sujetos a la aprobación del
G.C.B.A. y se deberá calcular la capacidad de acuerdo a la cantidad de puestos por piso a instalar, a excepción del gabinete central, el cual será de 20 (veinte) uni- dades como mínimo.
3.4.16 Todos los gabinetes deberán satisfacer las siguientes características:
• Estructura principal de xxxxx xx xxxxx de 1.65 mm, como mínimo, de espesor.
• Estructuras laterales desmontables de xxxxx xx xxxxx de 1.25 mm, como mínimo, de espesor.
• Xxxxxxx xx xxxxxx o acrílico provistas de cerradura de seguridad.
• La terminación superficial de las partes metálicas será fosfatizado y esmalte horneado texturado.
• Los rieles laterales presentarán agujeros roscados para el montaje de materiales y equipos desde el acceso frontal.
• Se deberá prever el lugar para el montaje del equipamiento electrónico de la red de datos.
• Deberá preverse la continuidad de la conexión de tierra desde el distribuidor general a cada uno de los armarios de distribución.
• Los gabinetes deberán poseer un modulo de tensión de 5 tomacorrientes de
3 patas planas preferentemente rackeable (horizontal), con llave termo magnética de 10A.
• Se deberá proveer la cantidad necesaria de ordenadores para cada rack.
• Todos los racks deberán tener su puesta a tierra como así también tener suministro eléctrico.
• Se deberá proveer e instalar en cada gabinete los patch panel de 110-RJ45 necesarios para brindar servicio a la totalidad de los puestos instalados, con una reserva de crecimiento del 15%. Se proveerán los Patch Cords de vinculación de panel (0.60 m) y de los puestos (2.40 m), más un 20% de backup. Los mismos deberán ser preensamblados en fábrica.
INSTALACIONES A REALIZAR Y EQUIPOS A PROVEER
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• Conductos de cableados, recorrerán los puestos de trabajo y Racks determinados en planos o determinación en obra, mediante bandejas porta cables uniendo por troncales a pisos superiores dejando un 30% de a sección libres.
• Se proveerá de Armario Red de Datos, se utilizarán patcheras de interconexión, switchers y routers necesarios para la conexión de cables UTP (cat. 5e) de los puestos de trabajo e interconexión entre pisos debiendo ser rackeables, minimi- zando superficie a utilizar y dejando 6 espacios de racks vacíos para utilización de futuras conexiones y equipos a colocar, lo antedicho será provisto en cantidad sufi- ciente para cant. de puestos de trabajos y armarios marcados en planos.
• Los racks serán metálicos normalizados del tipo profesional. La estructura princ i- pal deberá ser de xxxxx xx xxxxx de 1,5mm de espesor como mínimo, con estruc- turas laterales desmontables xx xxxxx acero 0.8mm de espesor, con puerta y ce- rradura de seguridad. La terminación superficial de las partes metálicas será fosfa- tizado y esmalte horneado texturado.
• Los rieles laterales presentarán tuercas imperdibles para montaje de materiales y equipos desde el acceso frontal. Las puertas serán abisagradas, pudiendo las bi- sagras ser fijadas para apertura derecha o izquierda. Deberá preverse la continui- dad de la conexión de tierra desde el distribuidor general a cada uno de los arma- xxxx de distribución. Cada gabinete contendrá los siguientes elementos:
• Unidades de ventilación con 4 ventiladores
• Regleta de tensión compuesta con 6 tomas y protección termomagnética
• Debe contener puntos de toma a tierra.
• Patch panels Categoria 5e de 24 ports
• Ordenadores de cable suficientes para mantener el orden del cableado.
• Puerta frontal de metacrilato ahumado transparentes de 4mm de espesor
• Patas de regulación y fijación al piso
• Ordenador de cable vertical
• Todas las cerraduras de los Racks a proveer serán diferentes
ACOMETIDAS A PUESTOS DE TRABAJO
• Se dejará caja de paso antes de ingresar al cableado de los amoblamientos, que serán cableados por cablecanales con divisiones para aislar datos, telefonía y elec- tricidad. Se llegará a cada puesto de trabajo con cable UTP de datos, tensión es- tabilizada, telefonía y tensión para tomas comunes. En todos los casos se dejará una toma de UTP (RJ45), dos de toma tensión estabilizada, un toma telefónico (RJ11) y un toma de electricidad.
CERTIFICACIÓN
• La totalidad de la instalación deberá ser certificada, certificando cada canal (con- junto completo de elementos por los que se transmite la información), en su co- nexionado y ancho xx xxxxx correspondiente a cable Cat5e
Distribución de red de telefonía
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• Desde central telefónica que se ubicará en mismo cuarto que armario de distribu- ción de datos, se tenderán cables multipares telefónicos utilizando las mismas ca- nalizaciones para datos.
3.4.17 RED DE ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA
3.4.18 La alimentación eléctrica se hará por un ducto distinto al de señal, paralelo a éste y separado por una distancia no menor a 15 cm, excepto en caso de que se utilicen ductos metálicos conectados a tierra para su conducción, donde la distancia podrá ser menor.
3.4.19 Las borneras y elementos de conexión deberán ser de material tal que disminuyan
al mínimo la corrosión por par galvánico. La conexión o empalmes de cables y/o bornes de distinto material debe realizarse utilizando materiales inhibidores de co- rrosión producida por el par galvánico.
3.4.20 Los ramales alimentadores no contendrán empalmes. No se admitirán empalmes en los cables nuevos a instalar.
3.4.21 Siempre se mantendrá el mismo color de aislación para fases y neutro de los dis- tintos circuitos.
3.4.22 En cada puesto de trabajo se colocarán 4 fichas hembra con toma de tierra para 220V. Las tomas serán montados en caja tipo Xxxxx de 10 x 15 o en un periscopio metálico, según corresponda a su ubicación en pared o piso.
3.4.23 Todos los conductores serán fabricados por marcas líderes, sujetos a la aproba- ción del G.C.B.A., serán provistos en obra, en envoltura de origen, no permitiéndo- se el uso de remanentes de otras obras o de rollos incompletos.
3.4.24 En la obra, los cables serán debidamente acondicionados, no permitiéndose la ins- talación de cables cuya aislación dé muestras de haber sido mal acondicionados o sometidos a excesiva tracción y prolongado calor o humedad.
3.4.25 El manipuleo y colocación serán efectuados en forma apropiada, usando única- mente lubricantes aprobados, pudiendo exigir el G.C.B.A. que se reponga todo ca- ble que presente signos de violencia o maltrato, ya sea por roce contra boquillas, caños o cajas defectuosas o por haberse ejercido demasiada tracción al pasarlos dentro de la cañería.
3.4.26 Todos los conductores serán conectados a los tableros y/o aparatos de consumo mediante terminales o conectores de tipo aprobado, colocado a presión mediante herramientas apropiadas, asegurando un efectivo contacto de todos los alambres y
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en forma tal que no ofrezcan peligro de aflojarse por vibración o tensiones bajo servicio normal.
3.4.27 Cuando deban efectuarse uniones en las cajas de paso estas serán mediante co- nectores colocados a presión que aseguren una junta de resistencia mínima, en ningún caso superior a la de 1 metro de conductor.
3.4.28 Los conductores serán de cobre flexible, con aislación de material plástico xxxxxxx- ma, apto para 1000 V c.a., con certificado de ensayo en fábrica a 6000 V para ca- bles de hasta 10 mm2 y a 2500 V luego de inmersión en agua por 12 horas para secciones mayores. Serán tipo VN 2000 o similar.
3.4.29 Los colores a utilizar serán los siguientes:
• Fases: R, S y T, rojo, negro y blanco.
• Neutro: Celeste.
• Tierra: Bicolor (verde-amarillo), se prohíbe expresamente el cable desnudo.
3.4.30 Cada conductor deberá estar correctamente identificado mediante anillos numera- dores que se ubicarán en el comienzo y final de cada tramo del circuito al que co- rrespondan, partiendo desde el tablero seccional. Esta identificación deberá ser la indicada en planillas de cálculo.
3.4.31 Como parte integrante de la red de distribución, se tenderá un cable de tierra, el que estará conectado al contacto correspondiente de todos los tomas de los pues- tos de trabajo.
3.4.32 En caso de no existir, deberá proyectarse la instalación de una puesta a tierra in- dependiente para lograr un nivel de aislación menor a 3 ohm, en forma permanen- te. Su sección será, en todos los casos, igual o mayor que el neutro utilizado en la distribución. Se conectará en el subsuelo a una jabalina independiente.
3.4.33 Se instalará un tablero general para dar servicio a toda la instalación eléctrica de informática.
3.4.34 El mismo estará conectado a tierra a la jabalina a instalar o ya instalada.
3.4.35 En el tablero se instalará una térmica general y las térmicas correspondientes a cada piso, xx xxxxx trifásico y neutro (4 hilos).
3.4.36 En los pisos se instalarán los tableros correspondientes con su llave térmica princ i- pal, la cual estará conectada a través de un cable SINTENAX a la térmica corres- pondiente al piso en el tablero general.
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3.4.37 Se instalara también en cada tablero de piso, un disyuntor de piso y las llaves co- rrespondientes a cada circuito (monofásicas 2 hilos), teniéndose en cuenta que cada circuito alimentará no más de cuatro puestos (cada puesto consta de cuatro tomacorrientes).
3.4.38 La totalidad de tableros, gabinetes, soportes y en general toda la estructura con- ductora que pueda quedar bajo tensión, deberá ponerse sólidamente a tierra, a cu- yo efecto en forma independiente del neutro, deberá conectarse mediante cable aislado de cubierta bicolor de sección adecuada, de acuerdo a normas de regla- mentación de la Asociación Argentina de Electrotécnicos, edición 1984.
3.4.39 El conductor de tierra sobre bandejas porta cables o en montantes verticales podrá ser desnudo, de sección igual al mayor neutro que pasa por ella, y de 10 mm2 de sección mínima por razones mecánicas.
3.4.40 Se colocará la cantidad xx xxxxx necesarias para la realización de los tendidos según normas.
3.4.41 Las bajadas y distribución puntual se deberán realizar en los casos que se permita con cablecanal exterior y sus correspondientes accesorios.
NOTA: En cada piso se deberá instalar una UPS dimensionada según la carga de cada piso, garantizando un tiempo de provisión de energía de 15 minutos. La misma deberá ser rackeable.
3.4.42 IDENTIFICACION
3.4.43 El adjudicatario desarrollará y entregará un sistema de etiquetado para su aproba- ción. Como mínimo, el sistema de etiquetas debe identificar claramente todos los componentes del sistema: racks, cables, paneles y outlets. Este sistema debe de- signar el origen y destino de los cables y una identificación única para cada uno de ellos dentro del sistema.
3.4.44 Los racks y paneles deben etiquetarse para identificar su ubicación dentro del sis- tema de cableado.
3.4.45 Toda la información sobre etiquetas debe documentarse junto con los planos o es- quemas del edificio y todos los testeos deben reflejar el esquema de etiquetado uti- lizado.
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ITEM C:
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4. SWITCHES
4.1 ALCANCE
4.1.1 Las tareas a realizar incluyen las siguientes, sin ser este un listado limitativo:
4.1.2 Instalación dentro del gabinete.
4.1.3 Conectorizado
4.1.4 Configuración (customización).
4.1.5 Entrega de manuales.
4.2 CANTIDAD
4.2.1 Se solicita la cantidad de dieciocho (18) Switches.
4.3 CARACTERISTICAS
4.3.1 Se deberá cumplir con las siguientes características:
4.3.2 Ethernet/Fast Ethernet/Giga Ethernet
4.3.3 Cantidad de puertos 10/100 autosense: 24 (de acuerdo a ubicación en piso)
4.3.4 Cantidad de puertos 1000 Base SX: 2 como mínimo
4.3.5 Apilable
4.3.6 Rackeable.
4.3.7 Xxxxxx, SNMP, RMON
4.3.8 Administrables por Web y CLI
4.3.9 QoS
4.3.10 XxX
4.3.11 Link Agregation
4.3.12 256 VLANS
4.3.13 IGMP
4.3.14 Up to 4,096 VLAN ID
4.3.15 8,000 MAC address
4.3.16 Capacidad de switching: 16Gbps
4.3.17 IEEE 802.1p CoS Prioritization
4.3.18 IEEE 802.1Q VLAN
4.3.19 IEEE 802.1s
4.3.20 IEEE 802.1w
4.3.21 IEEE 802.1x
4.3.22 IEEE 802.1D Spanning Tree Protocol
4.3.23 IEEE 802.3ad Trunking
4.3.24 IEEE 802.3x full duplex on 10BASE-T, 100BASE-TX, and 1000BASE-T ports
4.3.25 IEEE 802.3 10BASE-T specification
4.3.26 IEEE 802.3u 100BASE-TX specification
4.3.27 IEEE 802.3ab 1000BASE-T specification
4.3.28 IEEE 802.3z 1000BASE-X specification
4.3.29 IEEE 802.3af XxX
4.3.30 100BASE-FX (SFP)
4.3.31 1000BASE-SX (SFP)
4.3.32 1000BASE-LX/LH (SFP)
4.3.33 RMON I and II standards
4.3.34 SNMPv1, SNMPv2c, and SNMPv3
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7.1 PROFESIONAL MATRICULADO
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Las propuestas deberán ser firmadas por el oferente y un profesional matriculado en la materia objeto de la contratación, con la aclaración en el caso de la última de título y
número de inscripción de la matrícula. No será exigible lo citado precedentemente cuando el oferente reúna ambas condiciones, debiéndose consignar las aclaraciones pertinentes.
7.2 SUPERVISIÓN DE TRABAJOS
La Supervisión de Trabajos será ejercida por personal técnico de la Dirección de Comunicaciones.
Si a juicio de la Supervisión de Trabajos fuese necesario, el contratista deberá suministrar muestras del material a emplear para la conexión entre el repartidor principal y la central telefónica, las cuales serán sometidas a pruebas de control de calidad.
El Contratista deberá incluir en su cotización la provisión de mano de obra y equipos y todos los materiales necesarios para una correcta y completa ejecución de los trabajos, respetando las normas vigentes a fin de poder llegar a cada puesto de trabajo con el cableado correspondiente de servicios para telefonía y datos informáticos. Sólo para pisos 1° y 2°. En 3° piso Sector A sólo se dejará la cañería de llegada embutida en pared con boca de salida a conexión puestos de trabajo. En Sector B, no se cotizarán obras de instalación alguna (salvo el grupo sanitario).
Asimismo deberá tener en cuenta la ejecución de un ámbito para albergar una central telefónica en base a la cantidad de puestos indicados en la presente documentación y su canalización para el futuro pase de cables a puestos de trabajo.
Se encuentran incluidos en la presente licitación, el traslado de los racks correspondientes, a los sectores indicados en los respectivos planos, y su c onexión con la nueva ubicación de los actuales puestos de trabajo y tendido de canalización hacia los nuevos puestos a incorporar en la presente licitación.
CABLEADO ESTRUCTURADO OBJETO
Provisión de mano de obra y equipos y todos los materiales necesarios para una co- rrecta y completa ejecución de los trabajos, respetando las normas vigentes.
ALCANCE
Como anexo se adjunta planos de ubicación de los puestos de trabajos objeto del ca- bleado.
MEMORIA DESCRIPTIVA
DESCRIPCIÓN XXXXXXX
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OBRA:
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El sistema consistirá en dos redes de cableado estructurado Categoría 5e monomarca (Todos los componentes de la misma marca), que será utilizado como soporte físico para el transporte de datos, y cumplirá con las especificaciones de las normas indicadas en el punto “Normalización”.
CONDICIONES GENERALES
Los trabajos deberán ser completos y conformes a su fin, deberán ser incluidos todos los elementos y trabajos necesarios para el correcto funcionamiento aún cuando no se men- cionen en el presente pliego y estarán incluidos a cargos del contratista.
Los materiales a emplear serán de marca reconocida en el mercado nacional para insta- laciones de esta clase.
NORMALIZACIÓN
El sistema de cableado estructurado deberá satisfacer los requerimientos de sistemas ca- tegoría 5e, en todos sus componentes, técnicas de interconexión y diseño general, en un todo conforme a as siguientes normas internacionales:
ANSI/EIA/TIA-568-A
ISO/IEC/DIS 11801 Information Technology – Generic cabling for customers premises. AEA – Sistema de puesta a tierra.
ANTECEDENTES DE MATERIALES Y EQUIPOS
El oferente deberá incluir una lista de materiales de equipos a utilizar, especificando mar- ca, modelo y adjuntando folletos de los fabricantes, así como memorias técnicas y todo o que se considere conveniente para una mejor evaluación integral.
Además deberá incluir el método y formato que se utilizarán para la identificación y rotu- lado en patcheras, cables planos y archivos en medio magnético. La no-inclusión de los conceptos ennumerados en este ítem invalidará a oferta.
TRABAJOS Y ESPECIFICACIONES
Alcance de los trabajos
• Cableado horizontal de la red de datos y telefonía
• Cableado de montantes de datos y telefonía.
• Conexión con antenas de lo empresa servidora y cañería libre para eventual acometida desde PB.
• Provisión e instalación de bandejas portacables, cañerías, zocaloductos y ca- bleacanales, y central telefónica para abastecer en forma correcta y normaliza- da todos los servicios requeridos, para dejar 100% operativos los puestos de trabajo.
• La totalidad de los trabajos de modificaciones, reparaciones, y obra nueva que sean consecuencia de las instalaciones a realizar.
INSTALACIONES A REALIZAR Y EQUIPOS A PROVEER
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• Conductos de cableados, recorrerán los puestos de trabajo y Racks determinados en planos o determinación en obra, mediante bandejas portacables uniendo por troncales a pisos superiores dejando un 30% de a sección libres.
• Se proveera de Armario Red de Datos, se utilizarán patcheras de interconexión, switchers y routers necesarios para la conexión de cables UTP (cat 5e) de los puestos de trabajo e interconexión entre pisos debiendo ser rackeables, minimi- zando superficie a utilizar y dejando 6 espacios de racks vacíos para utilización de futuras conexiones y equipos a colocar, lo antedicho será provisto en cantidad sufi- ciente para cant. de puestos de trabajos y armarios marcados en planos.
• Los racks serán metálicos normalizados del tipo profesional. La estructura princi- pal deberá ser de xxxxx xx xxxxx de 1,5mm de espesor como mínimo, con estruc- turas laterales desmontables xx xxxxx acero 0.8mm de espesor, con puerta y ce- rradura de seguridad. La terminación superficial de las partes metálicas será fosfa- tizado y esmalte horneado texturado.
• Los rieles laterales presentarán tuercas imperdibles para montaje de materiales y equipos desde el acceso frontal. Las puertas serán abisagradas, pudiendo las bi- sagras ser fijadas para apertura derecha o izquierda. Deberá preverse la continui- dad de la conexión de tierra desde el distribuidor general a cada uno de los arma- xxxx de distribución. Cada gabinete contendrá los siguientes elementos:
• Unidades de ventilación con 4 ventiladores
• Regleta de tensión compuesta con 6 tomas y protección termomagnética
• Debe contener puntos de toma a tierra.
• Patch panels Categoria 5e de 24 ports
• Ordenadores de cable suficientes para mantener el orden del cableado.
• Puerta frontal de metacrilato ahumado transparentes de 4mm de espesor
• Patas de regulación y fijación al piso
• Ordenador de cable vertical
• Todas las cerraduras de los Racks a proveer serán diferentes
ACOMETIDAS A PUESTOS DE TRABAJO
• Se dejará caja de paso antes de ingresar al cableado de los amoblamientos, que serán cableados por cablecanales con divisiones para aislar datos, telefonía y elec- tricidad. Se llegará a cada puesto de trabajo con cable UTP de datos, tensión es- tabilizada, telefonía y tensión para tomas comunes. En todos los casos se dejará una toma de UTP (RJ45), dos de toma tensión estabilizada, un toma telefónico (RJ11) y un toma de electricidad.
CERTIFICACIÓN
• La totalidad de la instalación deberá ser certificada, certificando cada canal (con- junto completo de elementos por los que se transmite la información), en su c o- nexionado y ancho xx xxxxx correspondiente a cable Cat5e
Distribución de red de telefonía
• Desde central telefónica que se ubicará en mismo cuarto que armario de distribu- ción de datos, se tenderán cables multipares telefónicos utilizando las mismas ca- nalizaciones para datos.
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CAPITULO XX: ASCENSOR. GENERALIDADES
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En todos los casos los trabajos se realizarán de acuerdo con las Ordenanzas Municipa- les vigentes y con el Reglamento de la Asociación Electrotécnica Argentina .
Las obras a contratar incluyen :
• La instalación y provisión completa de 1 (un) ascensor tipo, en el lateral del edificio, con recorrido desde PB a 3° piso (cuatro paradas), e instalaciones complementarias ne- cesarias.
• Adaptación de sector bajo tanque de reserva para alojamiento xx xxxx de máquinas.
PLANOS
Antes de comenzar las tareas, el Contratista presentará los planos de proyecto de acuerdo con las Reglamentaciones Municipales vigentes.
SALA DE MAQUINA GENERALIDADES
- Todos los trabajos necesarios de albañilería, herrería, pintura completa de equipos, te- chos y tabiques de cerramientos, electricidad, iluminación, tablero de fuerza motriz, venti- lación, conductos de base de tableros y toda otra tarea necesaria para su total y acabada terminación, se ejecutara conforme a lo indicado en el reglamento de ascensores.
- El Contratista presentará los planos de la sala de máquinas en escala 1:20 de planta, debiendo cumplir con el Reglamento de Ascensores del G.C.B.A. previéndose para ello, las distancias mínimas a tableros, tabiques, etc..
- No se ejecutará el montaje hasta tanto dicho plano no se encuentre conformado por la Dirección de Obra.
Se deberá conformar la ejecución e instalación de dicha Sala de Maquina con:
• Destino: En Sala de Maquinas ubicada en la azotea del edificio.
CABINA
SENSOR DE PESO DE CARGA EN CABINA
Provisión y colocación de sensor de peso el mismo consiste en:
• 1 (UN) Sensor electrónico. Este dispositivo brindará lectura continua tipo balanza y además cuatro (4) salidas en puntos fijos.
• Tendrá un cartel luminoso que diga exceso de carga y un zumbador suave.
INTERIOR DE CABINA
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TECHO
Provisión y colocación de techo de cabina el mismo consiste en:
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• Características: Cielorraso suspendido de estructura xx xxxxx inoxidable, conformado por perfiles de 60mm de ancho x 15 mm de profundidad, distribuidos cada 330mm de eje a eje. Perimetralmente se ejecutará un marco de iguales características con uniones a in- glete. Toda la estructura que conforma un marco suspendido, estará separada de los pa- rapetos verticales de la cabina 25mm. Terminación y características similares a los as- censores existentes.
• Iluminación por tubos fluorescentes sobre el cielorraso, y círculos de acrílico traslúci- dos de 150mm de diámetro. Terminación y características similares a los ascensores existentes.
PISO
Provisión y colocación de piso el mismo consiste en:
• Características : Se ejecutará con el mismo material de terminación xxx Xxxx de Acce- so de Planta Baja, y llevará una guarda con uniones de esquinas cortadas a inglete.
ESPEJOS
Provisión y colocación xx xxxxxx el mismo consiste en:
• Características : Estarán bien cortados, fabricados con cristales tipo Blindex de 6 a 7 mm. de espesor, el plateado tendrá dos manos de pintura especial como protección, tendrán aristas vivas y serán de espesor regular.
Serán de caras perfectamente paralelas e índice de refracción constante en toda la su- perficie, no admitiéndose ninguno de los defectos enumerados, ni deformaciones en la imagen o desviación de los rayos luminosos, desde cualquier ángulo de visión.
Estarán exentos de todo defecto y no tendrán alabeos, manchas, picaduras, burbujas, medallas, u otra imperfección y se colocarán con el mayor esmero según las reglas del arte.
Las medidas se adecuarán al ancho de fondo de cabina y contará con un zócalo xx xxxxx inoxidable de 200mm de altura. Toda la superficie espejada, será sujetada por contra vi- drio xx xxxxx inoxidable. Terminación y características similares a los ascensores existen- tes
• Colocación : Se tendrá presente que corresponde aislar los espejos del revestimiento sobre la cual apoyará.
• Destino : Interior de cabina (lado opuesto a las puertas de cabina).
PANELES LATERALES DE CABINA
Provisión y colocación de paneles laterales de cabina el mismo consiste en:
• Características : Chapa de base conformada en hierro prepintado color negro, con revestimiento de placas xx xxxxx inoxidable de 260mm de ancho, colocadas verticalmen-
te, separadas entre sí 25mm, y de 10mm de profundidad. Terminación y características similares a los ascensores existentes
• Colocación : ambas caras de la cabina.
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• Pasamanos: conformado por doble tubo xx xxxxx inoxidable de sección circular de 35mm de diámetro cada uno, separados por perfil xx xxxxx rectangular de 50mm reves-
tido con xxxxx xx xxxxxxx termolaqueada color negro terminación satinada. Terminación y características similares a los ascensores existentes
• Destino : ambas caras laterales de cabina, y en toda su longitud. Se deberá comple- tar el revestimiento indicado en los pasamanos de los dos ascensores existentes.
ACCESORIOS DE CABINA
Provisión y colocación de accesorios de cabina el mismo consiste en:
• Características : Ventilación mediante extractor eléctrico, con montaje antivibratorio, en un todo acuerdo a reglamentación vigente. El equipo arrancará automáticamente cuando la cabina cierre sus puertas y comience el traslado de personas, el cual será acti-
vado mediante sistema electromecánico.
• Destino : Interior de cabina.
SISTEMA DE ALUMBRADO DE EMERGENCIA
Provisión y colocación de sistema de alumbrado de emergencia el mismo consiste en:
• Características : Un sistema autónomo de iluminación de emergencia que mantendrá una luminosidad mínima durante un tiempo de 1.5 horas para poder ser retiradas las per- sonas que eventualmente pudieran quedar encerradas. Conjuntamente un intercomuni-
cador de emergencia será parte de esta provisión y colocación del sistema, con repetición de llamadas en los lugares que indique la Dirección de Obra.
• Colocación : La instalación de un alumbrado de emergencia que deberá entrar en servicio automáticamente al cortarse el suministro normal de energía eléctrica conforme a norma IRAM. El artefacto estará ubicado en forma oculta y no alterará la estética interior
de la cabina.
• Deberá proveerse también un pulsador y un timbre en la cabina para casos de emer- gencia, ambos serán alimentados de una fuente de energía de emergencia.
PUERTAS
OPERADOR DE PUERTA
• Características : El mismo será automático independiente. Estará comandado a través de un variador electrónico de velocidad, las características de potencia de su motor adecuadas a inercia de los paneles. Para la puerta de la cabina el control de los mismos
será electrónico. Contará con un sistema de amortiguación asegurando un funcionamien- to preciso y veloz. La puerta estará montada sobre rulemanes para obtener un desplaza- miento suave y silencioso.
• El operador permitirá abrir las puertas desde el interior de la cabina, en caso que falte el suministro de energía eléctrica al sistema.
El instalador deberá indicar marca (Ej: SOIMET, FERMATOR o similar) y características del mismo, tipo y corriente del motor de accionamiento del operador.
La puerta deberá ser detenida, invirtiendo su marcha por acción de:
a) Un botón de apertura y otro de cierre.
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b) Por actuación xx xxxxxxx electrónica infrarroja direccional.
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En caso xx xxxxx de los puntos a) y/o b) actuará un sistema de accionamiento de las puer- tas que tendrá la función de autoprotección para evitar presionar al pasajero.
• Los paneles de puertas serán los recomendados por el operador a utilizar. Cumplien- do con las normativas xx xxxxxxx contra incendio tipo acero F60.
• Destino : En cabina.
BASTIDOR
BASTIDOR DE CABINA
• Deberá ser instalada toda la perfilería en acero reforzado, controlando el ajuste de to- da la bulonería.
• En el puente superior del bastidor deberá instalarse un tablero de operación para ins- pección de los equipos.
• Destino : En cabina.
BASTIDOR DE CONTRAPESOS
• Deberán instalarse la perfilería xx xxxxx reforzado, controlando el ajuste de toda la bu- lonería, como así también la fijación de los panes de contrapeso.
• Destino : En sistema de contrapeso.
CONTRAPESOS
• Se procederá a realizar balanceado por el contrapeso, para obtener un funciona- miento suave y eficaz. El peso del contrapeso será el que permita equilibrar el peso de la cabina con todos los dispositivos anexos mas el 45 a 50 % de la carga útil.
• Destino : En ambos sistemas.
GUIAS Y GUIADORES de CABINA y CONTRAPESO
• Se colocarán guías de cabina y de contrapeso según dicta el Código de Edificación vigente.
• Se procederá a la instalación en obra de los guiadores y porta guiadores de cabina y contrapeso, serán construidos en hierro fundido, los de cabina serán de tipo autorregula- bles a resorte y los de contrapeso de tipo fijos, ambos poseerán colizas de Nylon o Teflón normalizadas intercambiables, asegurando el adecuado deslizamiento de cabina y con- trapeso.
• Destino : En cabina y contrapeso.
SISTEMA DE PARACAIDAS
• Se deberá instalar sistema de paracaídas, tipo instantáneo.
• Destino : En bastidor de cabina.
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• Se proveerá e instalará maquina de Tracción (motor – reducción – polea) para una carga útil de 825 kg (11 personas), con una velocidad de desplazamiento de 60m/min, Nacional o importada de reconocida marca en el mercado que garantice su posterior mantenimiento de una potencia acorde a diseño.
• Destino : Sala de Máquina
BASE DE APOYO MAQUINA DE TRACCION
Provisión y colocación de base de apoyo con perfileria y relleno cementicio según indica- ción en obra y de acuerdo a proyecto civil.
• Características : Se colocarán asientos amortiguadores y antivibratorios originales.
• Destino : Sala de Maquina.
CABLES DE SUSPENSION
Provisión y colocación de cables de suspensión el mismo consiste en:
• Los cables a utilizar serán xx xxxxx especial para ascensores, construcción tipo XXXXX de 8*19+1, es decir de 8 trenzas de 19 alambres xx xxxxx cada una armadas en espiral con alma textil, resistencia a la tracción de 140/160 kg/mm2 como mínimo.
• Los cables estarán encuadrados dentro de las normas dictadas en el reglamento para ascensores de la Municipalidad de Buenos Aires (art.8.10.2.7) y serán en número y diá- metro tales que aseguren tracción correcta con un mínimo desgaste.
• La presión de los cables en las canaletas de las poleas no deberá exceder el valor máximo establecido en las normas antes mencionadas.
• Todos los cables se fijaran en sus extremidades con tensores del tipo autoacuñables especialmente diseñados
diseñados para ascensores.
• Deberán emplearse cables xx xxxxx con coeficiente de seguridad 10 a 12, tipo XXXX, xxxxx IRAM.
• Destino : Pasadizo.
REGULADOR DE VELOCIDAD
Provisión y colocación de regulador de velocidad el mismo consiste en:
• Características : Se proveerán de reguladores de velocidad, acordes a la veloci- dad desplazamiento de la (60 m/min.
• Destino : Sala de Maquina.
POLEAS TENSORA REGULADOR DE VELOCIDAD
Provisión y colocación de poleas tensora regulador de velocidad el mismo consiste en:
• Características : poleas tensoras con diámetro y ranuras calibradas para el tipo de cable que se utilice. Contaran con rodamientos blindados en sus ejes.
• Destino : Sala de Maquina.
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Provisión y colocación de cables de regulador de velocidad el mismo consiste en:
• Características : Se proveerá para el regulador de velocidad del coche, un (1) ca- ble xx xxxxx de diámetro acorde al sistema de polea y tipo de paracaídas del T ipo Xxxxx especial para ascensores.
CAJA DEL ASCENSOR
Adecuación de pasadizo existente para la realización bajo normas del Código de Edifica- ción (ver parte civil del presente pliego), respetándose los recorridos y los claros libre infe- rior y superior .
• En fondo de la caja se ubicarán los paragolpes a resorte de cabina y de contra- peso respectivos.
INSTALACION ELECTRICA GENERALIDADES
Los trabajos comprenden provisión de materiales y mano de obra destinada a la ejecu- ción de la totalidad de los circuitos e instalaciones indicados en la documentación con- tractual.
Alcance de las tareas:
• Provisión y colocación de tablero de control de maniobras en sala de maquina.
• Provisión instalación y conexión de ramal montante sobre canalización desde tablero control de maniobras hasta sus diferentes actuadores en sala de maquina.
• Provisión y colocación de ramal, montante, desde Tablero Seccional de fuerza motriz hasta los tableros de control de maniobras.
• Provisión instalación y conexión de tablero seccional en sala de maquina.
• Provisión instalación y conexión de tablero de control de maniobras y fuerza motriz en sala de maquina.
• Incluye los ramales de alimentación de fuerza motriz y luces de las cabinas, hasta la nueva acometida desde el tablero seccional a ubicar en la sala de máquinas (ver plano de disposición).
• Desde estos tableros se proveerán las cajas, cañerías, conductores y accesorios para los circuitos de alarma y/o indicadores y la conexión de los mismos tanto entre sí como a los elementos que componen la instalación.
• Se incluirá en la oferta el suministro e instalación de todos los elementos necesarios para el conexionado de los equipos.
• Provisión e instalación de caja de medio recorrido donde corresponde, hermética al polvo y que contenga borneras para conexionado de conductores, terminales, pines, nu- meradores, rieles y cable canal PVC para ubicación y protección de los conductores.
• Provisión y colocación de caja de conexionados de conductores en cabina, hermética al polvo y que contenga borneras para conexionado de conductores, terminales, pines, numeradores, rieles y cable canal PVC para ubicación y protección de los conductores.
• Provisión y colocación xx xxxxx de paso de los conductores entre la parte superior de pasadizo y el piso del cuarto de maquinas.
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• Provisión y colocación de soportes de los cables de comando que incluyen las rolda- nas xx xxxxxx en cajas de medio recorrido y bajo cabina.
• Tendido de conductores eléctricos desde la caja de medio recorridos hasta el cuarto de maquinas, a través de conducto xx xxxxx del tipo antiflama de primera marca y cali- dad.
• Provisión y colocación de instalación eléctrica sobre cabina y conexionado de las ca- binas en su totalidad.
• Provisión y colocación de cableado de pasadizo, llaves límites de seguridad y puertas. En todos los casos se utilizará cable antiflama de máxima seguridad.
- Provisión y colocación de cables de comando de máxima calidad, sin efectos de torsión de enroscamiento, antiflama. Se deberá dejar una reserva del 10%. Todo el cableado se hará dé acuerdo con las reglas del arte. No se permitirán empalmes de los cables en su recorrido y solamente se admitirán cables unipolares. Los mismos serán del tipo ANTI
– INCENDIO y responderán a las normas IEEE ETD .383 –1974 – Sección 2.5.
- La sección mínima de los cables de ambos circuitos de iluminación y tomas será de 2,5 mm2.
- Los cables serán flexibles, la aislación será de PVC según la norma IRAM 2183.Para conexiones sometidas a flexiones alternativas ( puertas, paneles rebatibles, etc.) se de- berá utilizar cable de tipo extraflexibles.
- Todos los extremos llevaran terminales o pines según corresponda.
- La denominación de los cables se realizara en un todo de acuerdo con la Supervisión de Obra cuidando que sea la misma en todos los tableros. Los circuitos deberán estar agr u- pados en borneras y separados por función y por tensión, mediante separador es adecua- dos. A tal efecto, se deberán emplear borneras del tipo ZOLODA, 40 A o calidad superior equivalente.
- Para la protección de los cables en el interior de los tableros se emplearan canales plásticos.
- Para los circuitos amperométricos de medición y protección deberán ubicarse bor- neras de contraste con puentes seccionables según se describe.
- La puesta a tierra de los circuitos secundarios se hará con cable individual desde cada transformador a la barra general de tierra, como así también desde los instrumentos rele- vadores.
- En los circuitos de potencia todo el cableado estará dimensionado para la corriente no- minal y verificada al cortocircuito de acuerdo con la potencia de cortocircuito de dis e- ño del tablero. No se aceptara, bajo ningún concepto, la conexión de mas de un cable por borne, ni las conexiones en guirnalda entre aparatos que no sean de ejecución extraíble.
• Para la verificación de un tramo de cable se tomara como nivel de cortocircuito, el que se establecería en una falla franca en el extremo del tramo, hacia la carga.
• Caja de inspección sobre cabina. Se proveerá e instalará sobre cabina una caja con llave de accionamiento de seguridad y pulsadores de subir, bajar y para por golpe de pu- ño, desactivando el comando manual desde la cabina o el cuarto de maquinas al ser ac- cionada la llave de seguridad.
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• Se proveerán llaves limites y soportes. Se utilizaran llaves blindadas de seguridad y máxima calidad.
• Se proveerá el cableado del cuarto de maquinas, en su totalidad, con cañería a la vis- ta, xxxx galvanizado, con instalación de caja de paso y utilización de borneras con con- tacto a presión y cable antiflama aprobado por IRAM.
• Toda la instalación cumplirá con las disposiciones indicadas en el reglamento de as- censores, normas en 81-1, el código de la edificación y ley 962 de la Ciudad de Buenos Aires y las normas de la Asociación Electrótécnica Argentina.
• Las puestas a tierra se realizaran conforme a la norma IRAM 2281.
• Provisión e instalación de montante eléctrico con cable tipo Sintenax antillama 1000 con conductores de cobre o similar.
• Provisión y colocación en cada limitador de velocidad de una llave de corte trifásica blindada que se accionará cada vez que la cabina supere los niveles de las paradas ex- tremas.
INSTALACIÓN ELECTRICA
La misma consiste en:
• cableado de todos los conductores necesarios para la correcta puesta en marcha y funcionamiento del ascensor a instalar. De no poder utilizarse la actual canalización, se deberá ejecutar una nueva, acorde a las reglamentaciones vigentes.
TABLERO DE SECCIONAL EN SALA DE MAQUINA
Provisión y colocación de tablero seccional, el mismo consiste en:
• Característica : 1(Uno) Tablero Seccional para Sala de Maquina (TS.S.M) metálico modular y de construcción de acuerdo a las normas del G.C.B.A.
• Contendrá :
Gabinete
El gabinete será del tipo de exterior y los materiales y detalles constructivos responderá en sus características mecánicas y eléctricas a la norma IRAM 2181/85 y a las normas complementarias allí detalladas. Con grado de protección IP41 (IRAM 2044).
Componentes
- Seccionadores bajo carga tripolares (SBC) de 100 a 250 A. Equivalente en todas sus ca- racterísticas técnicas a los tipos ZOLODA, OESA y OETL. Se proveerá de bases portafu- sibles de Alta Capacidad de Ruptura a los seccionadores que no posean integrado el alo- jamiento de fusibles.
- Interruptores diferenciales (IRAM 2301): Interruptor Diferencial Tetrapolar tamaño DIN. Equivalentes en todas sus características técnicas al tipo “F360” xx XXXXX.
- Interruptores automáticos termo magnético (IRAM 2169): Interruptor bipolar y/o tripolar tamaño DIN. Equivalentes en todas sus características técnicas al tipo “S60-T”/Curva “X” xx XXXXX, xx 0 xX xx xxxxxxxxx xx xxxxxxx.
- Xxxxxxxxxxxxxx y toma de tierra para uso en sala de maquinas.
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OBRA:
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- Los elementos de maniobra dispondrán de ojales para bloqueo con candado xx xxxxx i- dad.
- Todos los componentes del tablero serán provistos para los tres ascensores pertene- cientes a la sala de máquinas.
• Destino : Sala de Maquina.
TABLERO DE CONTROL DE MANIOBRAS
Provisión y colocación de tablero control de maniobras, el mismo consiste en:
• Característica : tablero control marca AUTOMAC o similar, metálicos modulares y de construcción de acuerdo a las normas del G.C.B.A.
Principales Características:
_ Configuraciones: Selectiva Descendente.
_ Esquema de detección de piso, mediante pantalla montada en el pasadizo; sobre dos líneas: línea pantalla de ascensos y línea de pantalla de descensos.
_ Sistema de Display para indicación de piso; mensajes xx xxxxxx y de funcionamiento es- pecial; comunicación serie (dos hilos mas alimentación).
_ Monitoreo de líneas de seguridad durante la ejecución de maniobras por parte de la cabina.
_ Registro de llamada, cabina y pisos.
_ Funcionamiento con puerta automática.- Servicios Especiales:
• Funcionamiento manual (Inspección).
• Funcionamiento Independiente.
• Función Bomberos (servicio incendio, servicio de emergencia).
• Flechas direccionales.
• Gong de llegada y de avance.
• Intercomunicador.
• Locutor de voz.
• Comando de alarmas.
• Ascensorista.
• Panel de pulsadores de los mismos y programación de las detenciones.
_Deberá estar equipado con microprocesadores de tal forma de lograr seguridad y con- fiabilidad.
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_Deberá estar equipado con relé de alarma, para indicación de mal funcionamiento y/o puerta abierta.
_Cada microprocesador deberá disponer de capacidad de autodiagnóstico e intermonito- reo.
_Sistema de detección xx xxxxxx del sistema de pantallas con indicación de código xx xxxxx sobre displays seriales.
_Deberá contar con placa auxiliar de monitoreo con salida RS 232 para una futura inter- conexión del sistema, (asimismo deberán entregar el correspondiente software de monito- reo del fabricante )..
• Se proveerá, asimismo, dos juegos de los manuales de instalación de los tableros de control, los cuales deberán incluir los correspondientes diagramas de circuitos.
• Se explicitarán en la oferta claramente las características técnicas generales del sis- tema de control propuesto..
ENCONDER
Proveer y Colocar un dispositivo digital de tal manera que se acople al eje del motor y genere señales que transmitan al sistema de comando (velocidad, dirección del viaje permitiendo a este el control total del movimiento.
SISTEMA DE POSICIONAMIENTO
El control llevara asociado un sistema de posicionamiento electrónico e inteligente
El control determinara la posición exacta de la cabina a partir de dos (2) sistemas que son redundantes entre si:
a) Un sistema primario que toma señal de los pulsos emitidos por el enconder (dispositivo acoplado al eje de la maquina). Este dispositivo permite apreciar diferencias de niveles de cabina del orden de los milímetros.
b) Un sistema opto electrónico adjunto a la cabina y mediante unos sensores adecuados que lea la posición de los niveles de piso, zona de nivelación de puertas, etc..
• Dispondrá de un modulo, compuesto por:
1. Variador de velocidad (VVVF) para motores asincrónicos (con potencia a determinar según cálculos a presentar por la Adjudicataria).
2. Modulo (disipador de energía de frenado) para las resistencias de frenado, protegida por termo contacto. (Potencia en función del par de frenado según cálculos a presentar por la Adjudicataria.
3. Módulo (reductor del índice de armónicos de corrientes) para limitar la corriente en línea y filtrar perturbaciones (conformados bajos Normas VDE 0160 nivel 1 sobre tensio- nes de elevada intensidad en la red de alimentación).
4. Contactor tripolar 500 V 50 Hz, de características técnicas equivalentes al tipo AC3, con relevos térmicos regulables y por falta de fase y contactos auxiliares. Relevo de ten- sión control y estabilización de fases.
5. Interruptores automáticos termo magnético (IRAM 2169): Interruptor bipolar y tripolar tamaño DIN. Equivalentes en todas sus características técnicas al tipo “S60-T”/Curva “B” xx XXXXX, de 3 kA de capacidad de ruptura.
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6. Placas rectificadoras, seguridad, controlador de circuitos sólidos.
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7. En cada uno de los tableros, en la parte superior (zona de borneras y conexionado), se debe instalar uno o más artefactos tipo Iluminación fluorescente compacta PL-L 18 W de 220 Vca. Esta iluminación tendrá por finalidad fundamentalmente permitir la correcta
visualización de las borneras y sus conexiones. La iluminación será controlada por una llave de un punto a ubicarse en lugar visible en el interior de cada tablero, respetando siempre, en lo posible, la misma posición física de la misma.
8. Sistema automático extracción de aire.
9. Todos los circuitos auxiliares de los tableros y/ o aparatos, deberán terminar en bor-
neras tipo ZOLODA SSK 10 de 40 A o calidad superior equivalente convenientemente numeradas y dispuestas en cada panel. El acceso a esta será posible y seguro aun con
los equipos en servicio. En caso de existir en un mismo panel o aparato, circuitos de dife- rente tensión o de distintas clase de corriente (110 V y 48 V- corriente continua, 380/220 y 110 /v3 corriente alterna) existirá una clara separación entre los grupos de bornes corres- pondientes, con tope extremo de cada bornera, como así también separadores entre + y -
.
10. También se colocara el código de bornera de identificación de equipo sobre la base de la codificación utilizada.
11. Además, dentro de cada grupo se buscara un ordenamiento por función, por ejemplo medición de corriente, medición de tensión, comando, señalización, alarma, etc..
12. Canalización : todo el cableado interno de los tableros de baja tensión debe alojarse en canales de material plástico que posean ranuras de ambas caras laterales hasta el borde superior de las mismas, para salida de los conductores a las borneras y a los apa-
ratos eléctricos. Los canales deben ir cerrados con una tapa del mismo material, que cal- ce a presión con firmeza y que no se desprenda fácilmente por vibraciones o en forma accidental.
13. Los canales deberán ser auto extinguible.
14. Podrán ir a la vista los conductores que salgan del conducto a la bornera o a aparatos en tramos cortos. Los canales se fijaran en su base a la estructura de los tableros, me- diante remaches o tornillos plásticos, de modo que por ninguna razón puedan dañar los conductores.
15. La cantidad de conductores a colocar en los canales debe ser tal que no ocupen mas del 50 % de la sección interna útil en los recorridos terminales y el 75 % de la misma en los recorridos troncales.
PUESTA A TIERRA
DISPOSICIONES GENERALES DE MONTAJE
• En todos los casos deberá ejecutarse la conexión a tierra de todas las masas de las instalaciones.
• Las masas que son simultáneamente accesibles pertenecientes a la misma instalación eléctrica estarán unidas al mismo punto de puesta a tierra.
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• El sistema de puesta a tierra será eléctricamente continuo y tendrá la capacidad de soportar la corriente de cortocircuito máxima coordinada con las protecciones instaladas en el circuito.
• La puesta a tierra de las masas se realizará por medio de un conductor denominado "conductor de protección", fabricado en cobre aislado según IRAM 2183 o 2178 y cuya sección mínima se establece en la citada norma. El conductor de protección no será sec- cionado en punto alguno ni pasará por los interruptores diferenciales en caso de que este dispositivo forme parte de las instalaciones.
• La instalación se realizará de acuerdo a las directivas de la norma IRAM 2281 parte III.
• En tableros y bandejas portacables se admitirá el uso del conductor de protección desnudo.
• La instalación de los conductores de protección se hará de acuerdo a lo establecido por la norma IRAM 2281, ítems 4.3.3.1 a 4.3.3.6 inclusive (parte III, edición 1984).
• La resistencia de puesta a tierra del conjunto, deberá ser menor a 5 (cinco) OHMS.
• Deberá asegurarse la continuidad eléctrica de los caños que acometen a cada caja, utilizando a tal efecto algún dispositivo adecuado que el Adjudicatario propondrá a la Su- pervisión.
PUESTA A TIERRA DE LA INSTALACIÓN .
La totalidad de la cañería metálica, soportes, gabinetes, tableros y en general toda estructura conductora que por accidente pueda quedar bajo tensión, deberá ponerse sóli- damente a tierra a cuyo efecto y en forma independiente, deberán conectarse mediante cables adecuados en sección, según normas.
El o los cables de tierra serán puestos a tierra en el tablero general, conjuntamente con el neutro y en forma tal que no puedan aislarse por casualidad.
El conductor puede no estar indicado en plano y el mismo puede ser único para ramales o circuitos que pasen por la misma caja de pase.
El sistema responderá a la Norma IRAM 2281/83-2220/61/62.
COMANDO Y SEÑALIZACIÓN BOTONERA DE CABINA
Provisión y colocación de botonera de comando de cabina, el mismo consiste en:
Se construirá en formato de columna, en acero inoxidable, calidad AISI 304, se presen- tará desde el piso hasta el techo, y podrá abrirse mediante bisagras ocultas para realizar controles o revisiones técnicas en forma rápida, asimismo estéticamente armonizará con el interior de la cabina.
El panel de comando contendrá un botón de micromovimiento para cada piso servido por el ascensor, con su correspondiente luz de llamada registrada. Un botón de abrir y cerrar puerta, interruptor xx xxxxxx de emergencia, un botón para timbre de alarma, un inter- ruptor para uno de los dos circuitos de luz, interruptor para extractor de aire, interruptor
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OBRA:
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a llave para servicio independiente, interruptor a llave para servicio de emergencia de bomberos, incorporados al panel.
• Características : Todos los pulsadores serán de micro movimientos, con señalización por led rojos y estarán montados en la columna abisagrada detallada anteriormente.
• De acuerdo a las normas vigentes proveer e instalar un sistema con caracteres Braile y normal en relieve de fácil lectura.
• Indicador de cristal liquido con indicación del viaje y hora, protegido por vidrio de 3 mm. instalado en la parte superior de la botonera.
• Anunciador vocal: el Contratista incluirá la provisión y colocación de 1(un) sintetiza- dor de voz
con su respectivo parlante para el anuncio de llegada a piso.
• Colocación : En el lugar símil al existente y estará compuesto (en el gobierno o la ma- niobra) por:
1. _ Pulsadores para el registro de llamadas. Serán de tipo micromovimiento.
2. _ Pulsadores xx xxxxxx de emergencia.
3. _ Señal de sobrecarga (acústica y luminosa).
4. _ Pulsador de alarma y señal acústica adecuada (con extensión a consola de entrepi- so, señal luminosa y sonora).
5. _ Intercomunicador.
6. _ Indicador de posición de tipo digital LCD.
7. _ Locutor de voz.
8. _ Xxxxxxx disponerse en el mismo panel en un alojamiento con tapa y llave, los s i- guientes interruptores:
8.1_ Interruptor de luz y cabina.
8.2_ Interruptor para uso de mantenimiento. 8.3_ Interruptor de extractor.
8.4_ Interruptor subir 8.5_ Interruptor bajar.
8.6_ Interruptor llave para servicio independiente.
8.6_Pulsador de piso 4° con acceso restringido con llave en panel pulsadores.
• A fin de evaluar la oferta a presentar, deberá incluir folletería e información técnica.
ROTULOS EN LA CABINA
Provisión y colocación de rotulo en la cabina, el mismo consiste en:
• Características : Deberá llevar una placa indicando: carga útil, capacidad máxima admitida. Conformada en acero inoxidable con inscripciones en caracteres grabados y
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pintados con esmalte sintético de color en negro y, debiendo ser los caracteres usados de 10mm. para mayúsculas y cifras y 7 mm para las minúsculas.
• Colocación : Será colocada sobre el panel de la botonera.
BOTONERAS DE LLAMADAS EXTERIORES y SEÑALIZACIÓN EN LOS RELLANOS
Provisión y colocación de botoneras de llamandas exteriores, el mismo consiste en:
• Características : Botón mecánico de micromovimiento en los pisos extremos y dos bo- tones en los pisos intermedios (ascenso/descenso). Cada botón tendrá su correspondien-
te luz de llamada registrada incorporada. Se suministrará y colocará un indicador de posi- ción digital alfanumérico con flechas direccionales y gong electrónicos de aproximación en cada rellano de piso. Terminación de la tapa en acero inoxidable pulido mate.
• Colocación : En la posición símil existente.
• Destino : En cada rellano del ascensor.
• A fin de evaluar la oferta a presentar, deberá incluir folletería e información técnica y marca a proponer.
SISTEMA DE INTERCOMUNICADOR EN LA CABINA DEL ASCENSOR
• El oferente deberá contemplar en su cotización, la provisión de un sistema telefónico de manos libres que permita ser instalado en la botonera de la cabina, el mismo puede consistir en un teléfono comercial
modificado para este fin.
• Colocación : Dentro de la botonera.
• Destino : Interior de cabina.
DOCUMENTACIÓN Y TRÁMITES MEMORIAS DE XXXXXXX
• Se exigirá la correspondiente memoria de cálculo, en base a las medidas disponible de pasadizo, dimensionamiento del nuevo equipamiento.
• Asimismo deberá acompañar la memoria de selección de los distintos elementos de seguridad que conformaran el equipamiento a instalar, características técnicas y toda otra información complementaria que fundamente la selección mencionada.
PLANOS Y DOCUMENTACION TÉCNICA
El Contratista deberá entregar a la Dirección de Obra dos (2) juegos de copias de la si- guiente documentación:
a) Plano tipo de instalación eléctrica y memoria descriptiva.
b) Plano tipo de máquina.
c) Plano de la disposición de la instalación en el edificio.
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Además de lo indicado, en cada plano deberá figurar: En el plano de instalación eléctrica:
a) Características y procedencia del control de maniobra.
b) Características y procedencia del variador VVVF del motor. En el plano de la máquina:
a) Cortes y Despieces.
b) Dimensiones, calidad y peso aproximado de apoyos.
c) Croquis de la polea de tracción y peso aproximado.
d) Xxxxxxx y características de zapatas de freno. Acompañará además:
a) Nómina de procedencia de los elementos a utilizar en la obra.
b) Calculo (HP) Motor y maquina de tracción.
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• Asimismo deberá presentar al concluir los trabajos: 3 (tres) juegos completo xx xxx- nos conforme a obra de todas las instalaciones intervenidas.
HABILITACION ANTE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
• Estará a cargo del Contratista la habilitación del ascensor que, incluyendo los costos
de sellado y tramitación que corresponda, la cual deberá presentar los certificados de habilitación correspondientes, al mismo tiempo en que libere el ascensor al uso.
GESTIONES MUNICIPALES
• El Contratista realizara todas las gestiones correspondientes a la obra, tales como gestión de permiso de obra y habilitaciones de los equipos a instalar, y cualquier otra tr a- mitación que corresponda, estarán a su exclusivo costo y responsabilidad.
• Igualmente realizara las gestiones correspondientes para la obtención de los libros de inspección exigidos por la ordenanza municipal n° 49308.
ENSAYOS
PRUEBA DE FUNCIONAMIENTO
a) Se verificarán los sobre recorridos superior e inferior, comprobando las distancias a que actúan las correspondientes interrupciones y/o sobre recorridos interruptor xx xxxxx final y el asentamiento sobre los amortiguadores.
b) Se verificará que los cables patinen sobre las poleas una vez asentado el coche o el contrapeso.
c) Se verificará el comportamiento del paracaídas, accionándolo manualmente en baja y en alta velocidad, con el coche enclavado, se realizarán llamadas interiores y exteriores, para comprobar que haya actuado el interruptor de maniobras. Se alimentará el motor pa- ra descenso a fin de verificar que los cables patinen sobre la polea. Los coches deberán desenclavarse y conectarse al interruptor de maniobras por simple alimentación del mo- tor, en ascenso.
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d) Se retirará un fusible de la alimentación principal y se efectuará una llamada, debiendo actuar la protección térmica del motor, entre los 15 y 20 segundos de haber actuado la llave de alimentación del motor.
e) Se verificará el correcto funcionamiento de los contactos, cerradura de puertas.
f) Se verificará la puesta a tierra de los contactos, cerraduras y de las botoneras de lla- madas.
g) Se verificará la independencia de los circuitos de fuerza motriz y el de alarma y luz de cabina.
h) Se verificará el correcto funcionamiento de la maniobra solicitada en el Pliego.
i) Se cargará en cada cabina una carga 10% superior a la máquina solicitada en el Plie- go, se hará funcionar la instalación ininterrumpidamente durante 15 minutos y se verifi- cará que los desniveles en las paradas no sean superiores a 20 mm.
- Durante la prueba no deberá actuar el protector térmico del motor.
- En caso que así ocurriera, deberá dejarse enfriar durante una hora y se volverá a repetir el ensayo, con la calibración del protector o el límite fijado de 20 segundos.
- Deberán hacerse todas las mediciones y ensayos que sean necesarios para demostrar que los requerimientos y las especificaciones del Contrato se cumplen a satisfacción, de- biendo el Contratista suministrar todos los materiales, mano de obra y aparatos que fue- sen necesarios. Cualquier trabajo que resultase defectuoso será removido, reemplazado y vuelto a ensayar por el Contratista sin generar adicional alguno.
- El costo de todos los ensayos incluidos en las Condiciones Generales y/o especificacio- nes particulares, correrá a cargo del Contratista.
- Los derechos para el empleo en la obra de artículos y dispositivos patentados, se consi- derarán incluidos en los precios de la oferta. El Contratista será único responsable por los reclamos que se promuevan por uso indebido de patentes.
- Una vez concluidos los trabajos y con autorización previa de la Dirección de Obra, el Contratista dará aviso a aquella para proceder a las pruebas finales. Si fuera necesario hacer uso temporario de algún sistema o sector del mismo, el Contratista deberá facilitar dicho uso temporario dentro del plazo que fije la Dirección de Obra,
sin que ello implique Recepción Provisoria de los trabajos a los efectos del plazo de ga- rantía.
El Contratista deberá cumplir con todas las exigencias dispuestas por el G.C.B.A., Ley 962 “Accesibilidad para todos”, Art. 5.11.4.1, Art. 8.10.2.9, Art. 8.10.2.11, Art. 8.10.2.21, y demás disposiciones vigentes al momento de solicitar la correspondiente aprobación y habilitación como medio de elevación vertical.
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CAPITULO XXI: AIRE ACONDICIONADO
1. ALCANCE GENERAL
Las presentes especificaciones cubren la provisión de ingeniería, materiales y equipos, transporte, montaje, puesta en marcha y pruebas de funcionamiento de las instalaciones
de aire acondicionado.
Las provisiones e instalaciones se ajustarán en un todo a las presentes especificaciones técnicas particulares, a los planos correspondientes y a las especificaciones generales; dando prioridad a las primeras sobre las últimas mencionadas, en caso de discrepancia.
La propuesta comprenderá todos los materiales y trabajos necesarios, incluyendo aque- llos no expresamente especificados que fueran necesarios para una correcta y completa terminación, de acuerdo a las reglas del arte y las especificaciones del fabricante de los equipos a instalar, de modo tal de poder asegurar el cumplimiento de los fines propues- tos.
Se incluirá asimismo la documentación y trámites necesarios para lograr la correspon- diente aprobación por parte de las autoridades competentes.
Se ha previsto el acondicionamiento a través de evaporadoras sistema VRV. Compuesto por Condensadoras aéreas La adecuada distribución de aire se obtendrá, a través
de unidades evaporadoras, sistema VRV , estimando 12 Evaporadoras por piso.
Cada una de las unidades interiores se comandara desde controles remotos inalámbricos.
2. NORMAS DE APLICACION
Las Normas y Recomendaciones de aplicación para la instalación de aire acondicionado serán las siguientes:
- American Society of Heating, Refrigerating and Air Conditioning Engineers, Inc. –
ASHRAE.
- Sheet Metal and Air Conditioning Contractors National Association, Inc. –
SMACNA.
- Instituto Argentino de Racionalización de Materiales – IRAM.
Las cuales podrán ser exigidas por la Dirección de Obra, de dar cumplimiento a las mis- mas, ante cualquier diferencia de criterio planteada durante el desarrollo de las tareas o antes de la recepción definitiva de las mismas.
3. BASES DE CÁLCULO
4.1 Condiciones Exteriores Verano :
Temperatura bulbo seco: 00 xX.
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Temperatura bulbo húmedo: 24 ºC. Humedad absoluta: 14,3 g/Kg. aire seco
Invierno :
Temperatura bulbo seco: 0 ºC. Temperatura bulbo húmedo: -0,5 ºC. Humedad absoluta 3,5 g/Kg, aire seco
4.2 Condiciones Interiores :
Verano :
Temperatura bulbo seco: 24 ºC.
Invierno :
Temperatura bulbo seco: 21 ºC.
50 % HR.
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4.3 Características Constructivas :
Pared exterior: K= 1,99 W/m2 ºC. Techo exterior: K= 1.2 W/m2 ºC. Tabique interior: K= 2,35 W/m2 ºC.
Vidrio exterior vertical: K= 6 W/m2 ºC. C.S.= 0,81 Vidrio exterior horizontal K= 6 W/m2 ºC. C.S.= 0,75
4.4 Cargas Internas
De acuerdo a balance térmico .
4. REGULACIÓN Y PRUEBAS
5.1
Pruebas de Funcionamiento
Una vez probadas mecánicamente las instalaciones, se efectuará el ensayo de funciona- miento durante dos (2) días seguidos, en condiciones semejantes a las de diseño.
Se comprobarán las condiciones psicométricas en cada local y se medirán los caudales de aire.
5.2
Regulación y Puesta en Marcha
Una vez que las instalaciones estén totalmente terminadas en todos sus detalles y realizadas las pruebas particulares de los distintos elementos, se regularán los caudales de aire y se regularán y calibrarán los controles para obtener los resultados previstos.
Se medirán los caudales de aire, temperaturas de aire y amperajes de todos los motores en presencia de la Dirección de Obra, y se volcarán los resultados en una planilla junto a los valores nominales y de proyecto correspondientes.
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Para la puesta en marcha el Contratista deberá dar aviso mediante Nota de Pedido (72 hrs antes de la fecha de puesta en marcha), a efectos de poder disponer de la presencia del personal de mantenimiento que operará los equipos por parte del CGP13. El repr e- sentante de la empresa subcontratista (proveedora de los equipos), deberá realizar la ins- trucción del personal mediante los cursos de manejo que correspondan.
Asimismo se deberán entregar tres (3) juegos completos de planos, esquemas y manual de uso de las instalaciones, con folletos y lista de repuestos recomendados.
Dicha entrega se deberá formalizar mediante Nota de Xxxxxx y serán entragados en ma- no a la Dirección de Obra.
5. RECEPCIÓN DE LA INSTALACIÓN
Una vez cumplidas las mediciones solicitadas en el ítem anterior en forma satisfactoria y puesta en marcha de la instalación, la Dirección de Obra efectuará la recepción provisoria de la misma.
Durante la temporada de invierno para la calefacción y durante el verano para la refrige- ración, se verificará que se alcancen los valores previstos de temperatura interior. Una vez realizadas dichas verificaciones a satisfacción de la Dirección de Obra, se hará la re- cepción definitiva.
Los requisitos para la Recepción Provisoria son:
1. Haber concluido la totalidad de los trabajos.
2. Presentar planos de la instalación conforme a Obra.
3. Entregar las instrucciones de manejo y mantenimiento.
4. Haber procedido a la regulación del sistema, tanto de equipos como de conductos.
5. Hacer pruebas e inspecciones finales. Este punto implica:
A. Entrega de catálogos y folletos de acondicionadores..
B. Verificación ocular sobre la calidad de los materiales y montaje de equipos, conductos e instalación eléctrica.
C. Verificación de modelos, capacidades y dimensiones según los catálogos y especificaciones técnicas de los equipos señalados en A.
6. GARANTÍA
El Contratista garantizará la instalación por el término de un año a partir de la Recepción Definitiva.
Durante dicho lapso, todo problema del sistema que sea atribuible al Contratista, será r e- suelto por éste; efectuando los reemplazos, reparaciones o ajustes que fueran necesarios a su exclusivo cargo, siendo de su responsabilidad también la provisión de los repuestos.
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7. AYUDAS DE XXXXXX
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El Contratista deberá contemplar en su oferta, las siguientes ayuda a gremio:
- Ejecución de bases de hormigón, mampostería y plataformas metálicas para los equi- pos.
- Ejecución de pases y aberturas en vigas, losas y paredes.
- Tendido de toda la alimentación eléctrica a los tableros de cada uno de los equipos acondicionadores.
- Construcción de cabinas y plenos de mampostería, amurado de las bases y soportes y de trabajos de albañilería en general.
- Ejecución de los correspondientes desagües para el drenaje del condensado de los equipos instalados.
Nota : el izaje y movimiento de los equipos y ventiladores estará a cargo del Instalador Termomecánico
8. AMORTIGUACIÓN DE RUIDOS Y VIBRACIONES
El Contratista deberá efectuar todas las tareas necesarias, como así también deberá contemplar todas las previsiones para evitar la transmisión de ruidos y/o vibraciones a la estructura y a los ambientes de trabajo ambientes.
En todos los casos el nivel de intensidad acústica de todo el sistema de instalaciones termo mecánicas no excederá los 45 dbA medidos en la medianera más cercana o más desfavorable para tal medición. Los valores obtenidos, serán asentados en una planilla preparada para tal fin, y entregados a la Dirección de Obra para su control.
Todos los equipos acondicionadores, ventiladores y cualquier otro equipo sujeto a vibra- ción se montará interponiendo resortes entre equipo y estructura.
Las bases de hormigón y plataformas serán construidas por la empresa constructora, según las indicaciones del subcontratista de aire acondicionado, quién deberá suminis- trar los elementos de amortiguación y anclajes mecánicos necesarios, y asumirá la res- ponsabilidad por el funcionamiento integral de las bases.
Las conexiones de cañerías y conductos que llegan a los equipos sujetos a vibración se efectuarán en forma elástica con bridas antivibratorias y flexibles .
9. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
A) Con su propuesta, el oferente presentará :
- Planilla de cotización por ítems, con precios parciales.
- Marca y características de los equipos ofrecidos, incluyendo folletos.
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B) Previo a la realización de los trabajos, el Contratista presentará la siguiente do- cumentación para su aprobación :
- Planos de las instalaciones, plantas, cortes y detalles.
- Marcas, detalles y características técnicas de los equipos.
- Esquemas eléctricos y de controles.
C) A la finalización de los trabajos el Contratista presentará :
- Instrucciones de manejo y mantenimiento de las instalaciones.
- Planos conforme a obra.
- Lista de repuestos recomendados.
El Contratista recibirá planos generales de proyecto, donde se indican en forma es- quemática el recorrido de los conductos, ubicación de artefactos, equipos y accesorios.
El Contratista preparará todos aquellos planos de detalle que la Dirección de Obra cons i- dere necesarios. En todos los casos los planos deberán estar aprobados por la Dirección antes de ejecutar los trabajos.
Serán por su exclusiva cuenta y sin derecho a reclamo alguno las modificaciones y la adecuación de la documentación y de las obras a las observaciones y correcciones que pudieran resultar del estudio y aprobación de los planos por parte de las diversas institu- ciones nacionales, provinciales o municipales que tengan jurisdicción.
10.EQUIPOS Y MATERIALES
11.1 EQUIPOS "SEPARADOS EXPANSION DIRECTA"
Se proveerán e instalarán equipos acondicionadores compactos, tipo "Separados Ex- pansión Directa" , con producción de frío por circuito frigorífico de compresión mecánica,
y de calor por bomba de calor.
Cada equipo estará compuesto básicamente por:
- Motocompresores herméticos o semiherméticos, alternativos o rotativos tipo Scroll , de alta eficiencia, silenciosos, accionados por motores eléctricos con enfriamiento por
el gas de succión, con calefactor xx xxxxxx, protecciones térmicas y suspensión anti- vibratoria. Cada equipo tendrá por lo menos dos (2) motocompresores.
- Serpentinas evaporadoras y condensadoras construidas en xxxx de cobre y aletas de aluminio o de cobre, de alta eficiencia.
- Ventiladores helicoidales para enfriamiento de los condensadores, estática y dinámi- camente balanceados, directamente acoplados a motores eléctricos de baja veloci- dad.
- Ventilador centrífugo para impulsión del aire en el local, accionado mediante correas
y poleas, con polea regulable, balanceado estática y dinámicamente, de funciona- miento silencioso y eficiente. Tendrá presión suficiente para mover los caudales pre- vistos a través del sistema de distribución.
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