CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS 2019.
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS 2019.
Conste por el presente documento el CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS EDUCATIVOS que celebran de una parte, La COOSED Santa Xxxxxx CON RUC N° 20103725187, debidamente representada por su Gerente, Mg.. XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, identificada con documento nacional de identidad Nº 00000000, con domicilio legal en Xxxxxxx Xxxx Xx 0000 - Xxx. Xxxxx Xxxxxxxx – Distrito de Chiclayo, Provincia Chiclayo, Departamento de Lambayeque, a quien en adelante se le denominará LA COOSED; y por la otra parte el Sr(a). …….……………………….…………………………..
…………………….……………identificado(a) con documento nacional de identidad Nº con
domicilio en …………………………………..…………………………………………………….., con correo electrónico personal …………………………………………..…@…………………………., y número de celular a quien en adelante se le denominará EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR
O APODERADO en los términos y condiciones siguientes:
I. DE LOS SUJETOS DEL CONTRATO.
1.1. La COOSED “SANTA XXXXXX” Ltda. 26, brinda servicios de educación integral en sus niveles: Inicial, primario y secundario; la I.E. Santa Xxxxxx fue creada mediante R.D.N° 001370-DRE-76 el día 20 de setiembre de 1976.
1.2. EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR O APODERADO del (a) menor, cuyos datos se consignan en el presente contrato, solicita matricular al estudiante para el año escolar 2019.
II. OBJETO DEL CONTRATO.
Por el presente contrato, EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR O APODERADO, contrata los SERVICIOS EDUCATIVOS que brinda LA I.E., en consecuencia, procede a matricular como estudiante(s) de la I.E. conforme la siguiente tabla:
Apellidos y nombres del estudiante | Grado/Año | Sección | Nivel |
III. DEL COSTO DEL SERVICIO EDUCATIVO
Como contraprestación por los servicios educativos brindados por parte de LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, EL PADRE DE FAMILIA se compromete al pago de once cuotas mensuales, cuya primera cuota es referente a la matrícula.
NIVEL | CUOTA DE ENSEÑANZA |
INICIAL | S/ 400.00 |
PRIMARIA | S/ 460.00 |
SECUNDARIA | S/ 480.00 |
IV. FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO
La forma de pago, por los conceptos de MATRÍCULA se abonará en tesorería de la institución educativa, conforme al rol o cronograma de matrículas que se publicó en el portal de la Institución Educativa y se puso en conocimiento en el comunicado de fin de año 2018 y la CUOTA DE ENSEÑANZA 2019 se efectuará en nuestra tesorería conforme el cronograma de pagos siguiente:
CUOTA DE ENSEÑANZA | FECHA DE PAGO | CUOTA DE ENSEÑANZA | FECHA DE PAGO |
CUOTA XX XXXXX | 31-03-2019 | CUOTA XX XXXXXX | 30-08-2019 |
CUOTA XX XXXXX | 30-04-2019 | CUOTA DE SETIEMBRE | 30-09-2019 |
CUOTA XX XXXX | 31-05-2019 | CUOTA DE OCTUBRE | 31-10-2019 |
CUOTA XX XXXXX | 30-06-2019 | CUOTA DE NOVIEMBRE | 30-11-2019 |
CUOTA DE JULIO | 31-07-2019 | CUOTA DE DICIEMBRE | 20-12-2019 |
El PADRE DE FAMILIA, TUTOR O APODERADO declara haber sido informado oportunamente del costo antes descrito y estar de acuerdo con asumir el pago oportuno en la fecha de vencimiento.
V. DE LOS PAGOS ATRASADOS
El incumplimiento del pago de cuotas de enseñanza en las fechas programadas dará lugar a gastos notariales o Courier, que deberá ser reembolsado por el PADRE DE FAMILIA, TUTOR O APODERADO que ocasionó el gasto. LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA se reserva el derecho de reportar a las centrales de riesgo como INFOCORP a los PADRES DE FAMILIA, TUTORES O APODERADOS, que incumplan con el pago de las cuotas de enseñanza , así como el derecho de admisión al año siguiente, además de la retención de certificados, informes, diplomas o boletas de notas correspondientes a períodos no pagados.
Las cuotas se cancelarán según el cronograma establecido, caso contrario pagarán un porcentaje de interés moratorio que será el que fija el Banco Central de Reserva del Perú para las instituciones no financieras equivalentes al 15% de la tasa promedio para las PYMES y se aplicará a partir del día siguiente del mes de vencimiento de la cuota de enseñanza
VI. VIGENCIA DEL CONTRATO
6.1. La vigencia del presente contrato inicia del 04 xx xxxxx al 27 de diciembre correspondiente al AÑO ACADÉMICO 2019, existiendo renovación con acuerdo de ambas partes.
6.2. Para la renovación del Contrato para el año académico 2020, se requiere de la solicitud de Reserva de Matrícula, la misma que debe ser presentada oportunamente por el PADRE DE FAMILIA a LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA antes de la culminación del año académico que corresponde al período 2019. En caso de no comunicar la reserva de la matrícula al finalizar el año académico, LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA podrá disponer de la vacante del estudiante.
No habrá renovación del contrato si:
a) EL PADRE DE FAMILIA ha presentado morosidad o mantiene deudas por concepto de Cuotas de Enseñanza al momento de la nueva matrícula.
b) EL PADRE DE FAMILIA ha incumplido las disposiciones contenidas en el Reglamento Interno de la Institución Educativa.
c) EL PADRE DE FAMILIA ha mostrado de forma reiterada actitudes evidentemente agresivas a nivel físico o verbal, imputaciones falsas o injustificadas contra un estudiante, contra otros padres de familia o contra el personal de la institución educativa, mellando la buena honra de otras personas de forma pública y reiterada.
d) EL / LA ESTUDIANTE ha tenido problemas de disciplina, ha incurrido en faltas graves, según lo contemplado en el presente reglamento interno, durante su permanencia en la Institución Educativa.
e) EL / LA ESTUDIANTE ha tenido matrícula condicional y no ha mejorado en las faltas incurridas.
VII.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES
7.1. Son Obligaciones de LA COOSED “SANTA XXXXXX”:
a) Brindar los Servicios Educativos a favor del estudiante cuyos datos se consignan en la cláusula II del presente documento de conformidad al Reglamento Interno de la Institución.
b) Informar al PADRE DE FAMILIA sobre los resultados del proceso educativo y formativo de su hijo (a).
c) Dar orientaciones e indicaciones que ayuden a superar las deficiencias académicas o del comportamiento del estudiante.
d) Las demás obligaciones contenidas en el Reglamente Interno de La Institución Educativa “SANTA XXXXXX”,
7.2.- Obligaciones del PADRE DE FAMILIA, TUTOR O APODERADO:
a) Cumplir con el pago oportuno de las cuotas de enseñanza, conforme se detalla en la Cláusula Cuarta del presente contrato, siendo así, asume el compromiso de cumplir con el pago de las cuotas de enseñanza, a más tardar en la fecha de su vencimiento correspondiente al servicio educativo.
b) En caso de que su hijo o pupilo sea trasladado a otro Colegio por cualquier motivo y en cualquier época del año, esto será comunicado oportunamente a la Dirección de LA COOSED “SANTA XXXXXX”. Asimismo, el PADRE DE FAMILIA, TUTOR O APODERADO se compromete expresamente a no efectuar peticiones o reclamaciones ante LA COOSED “SANTA XXXXXX”, o entidad promotora de LA COOSED “SANTA XXXXXX”, respecto a devoluciones o pagos de cuotas de matrícula, cuotas de enseñanza, por cuanto conoce que con dichas sumas de dinero se financia los presupuestos de operación e inversión de la Institución Educativa.
c) Acatar las medidas disciplinarias y correctivas que disponga La Institución Educativa en aplicación del Reglamento Interno de la Institución. En caso de acoso entre estudiantes (Bulling), el PADRE DE FAMILIA TUTOR O APODERADO, asumirá las responsabilidades y compromisos para contribuir a la convivencia democrática.
d) Asistir a La Institución Educativa, a las citaciones de los docentes de área, docentes tutores, coordinadores de la institución Educativa, del Dpto. de Psicología, en forma OBLIGATORIA para tratar asuntos de la familia o del estudiante.
e) Asistir a las reuniones de Escuela de Familia y revisar la agenda diariamente de forma OBLIGATORIA, ateniéndose a las sanciones del colegio sino cumple con este compromiso de acuerdo al Reglamento Interno.
f) Cumplir con los requerimientos solicitados por la Institución Educativa en relación con los problemas de conducta y / o de aprendizaje de su (s) hijo (a) (s) en forma OBLIGATORIA buscando el bienestar del estudiante.
g) Asumir el costo de las comunicaciones notariales que se le cursen por falta de pago de cuotas de enseñanza y asistir a las mismas. Las notificaciones se tendrán por bien notificadas si el padre no cumple con la variación de domicilio oportunamente.
h) Consignar con veracidad la información requerida en la Declaración Jurada de Datos al momento de la Matrícula, debiendo comunicar en su oportunidad cualquier variación en especial lo referente al domicilio, teléfonos y correos electrónicos.
i) Las demás obligaciones contenidas en el Reglamento Interno de la Institución.
VIII. CAUSALES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO:
8.1. Por incumplimiento de obligaciones del padre de familia. El Contrato queda resuelto si:
a) El padre de familia ha incumplido cualquiera de las obligaciones establecidas en la cláusula VI del contrato y las establecidas en el Reglamento Interno de La Institución Educativa.
b) Si ha acumulado deuda de dos cuotas consecutivas o tres no consecutivas durante la vigencia del contrato; en este caso EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR O APODERADO no podrá retirar los documentos del estudiante mientras mantenga deuda con la Institución Educativa, en este caso el estudiante no será limitado en la asistencia educativa y en sus evaluaciones, teniendo La Institución Educativa la facultad de retener la información de las notas y la documentación del estudiante, hasta la cancelación total de las cuotas de enseñanza adeudadas.
8.2. Por incumplimiento de las obligaciones del estudiante: El Contrato queda resuelto si: El / La estudiante atenta o incurre en actos contra la integridad física, moral, emocional y/o psicológica del personal, compañeras de estudios o padres de familia de la Institución.
8.3. Por expiración del término fijado, es decir el año electivo.
8.4. Por mutuo consenso entre las partes.
8.5. Por repitencia de año
IX. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS:
9.1. ENTREGA O REMISIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE MATRÍCULA: De no mediar RENOVACIÓN DEL CONTRATO o de RESOLVERSE el mismo en aplicación de las condiciones establecidas en el presente, La Institución Educativa dispondrá de la vacante y podrá remitir los documentos de matrícula al domicilio de EL PADRE DE FAMILIA por conducto notarial, siempre y cuando no mantenga deudas con la Institución Educativa.
9.2. CULMINACIÓN DEL AÑO ESCOLAR: Lo señalado en el numeral que antecede no impide la normal asistencia a las labores escolares y la culminación del año escolar del estudiante a favor de quien se suscribe el presente contrato, excepto en la aplicación de medida correctiva de separación definitiva por medida disciplinaria o por traslado a otra Institución Educativa.
9.3. COMUNICACIÓN POR CORREO ELECTRÓNICO: Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula V y el numeral 7.2. del presente CONTRATO, el padre de familia autoriza a La Institución Educativa a cursarle todo tipo de comunicaciones al correo electrónico consignado en la introducción del presente.
9.4. EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR O APODERADO, tiene pleno conocimiento que en los ambientes de la Institución Educativa y en las aulas, existen cámaras de video que permiten garantizar la seguridad de los menores en el desarrollo formativo de sus hijos o pupilos.
9.5. En todo lo no estipulado en el presente contrato será aplicado lo establecido en el reglamento interno de La Institución Educativa.
X.- DECLARACIÓN DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTO ANEXO AL CONTRATO:
El PADRE DE FAMILIA declara que, al momento de la suscripción del presente, ha leído en el Módulo de Matrícula 2019 de la web del colegio: el texto del Reglamento Interno en las partes pertinentes a los derechos, deberes y obligaciones, así como de las prohibiciones de los estudiantes y de la participación de los Padres de Familia, DECLARANDO TENER PLENO CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO que brinda
La Institución Educativa, las que encuentra a su entera satisfacción.
XI.- DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD:
Las partes declaran que en la suscripción del presente no ha mediado dolo ni presión que lo invalide, siendo su contenido la espontánea expresión de su voluntad, por lo que leído en todas y cada una de sus partes, lo ratifican firmándolo en señal de conformidad.
Para Constancia se firma el ejemplar, en Chiclayo a los ……. días del mes de de
201…..
FIRMA PADRE DE FAMILIA, TUTOR O APODERADO
Nombres y Apellidos:……………………………………………………………………..
DNI Nº ………………………