PLIEGOS DE CONDICIONES
PLIEGOS DE CONDICIONES
OBJETO: CONTRATAR LA INTERVENTORÍA INTEGRAL: ADMINISTRATIVA, TÉCNICA, FINANCIERA, CONTABLE Y JURÍDICA DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO QUE TIENE COMO OBJETO LA PRESTACIÓN, INTEGRACIÓN, GESTIÓN E INTEROPERABILIDAD DE LOS SERVICIOS Y PLATAFORMA DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES - TIC, AQUELLOS CONEXOS Y COMPLEMENTARIOS REQUERIDOS PARA LA OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO EN TODAS LAS SEDES Y LUGARES EN LOS QUE EL SENA TENGA COBERTURA EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBJETIVOS MISIONALES, DE ACUERDO CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEFINIDAS EN LA LICITACIÓN PÚBLICA No. DG-LP-001 DE 2019
BOGOTÁ, JULIO DE 2019
2.1 INVITACIÓN A VEEDURÍAS CIUDADANAS 7
2.2 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN 7
2.3 COSTOS DERIVADOS DE PARTICIPAR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN 8
2.6 LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR 8
2.8 RÉGIMEN LEGAL DEL PRESENTE PROCESO 9
2.9 CONVOCATORIA NO LIMITADA A MIPYMES 9
4. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO 12
4.6 ESPECIFICACIONES Y CONDICIONES 19
4.7 VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO 20
4.9 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO 22
4.10 XXXXX XX XXXXXXXXX XXX XXXXXXXX 00
4.11.1 OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE 23
4.11.2 OBLIGACIONES DEL INTERVENTOR 23
5. CONVOCATORIA NO LIMITADA A MIPYMES 39
6.2.2 ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO 49
6.2.3 RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES 49
6.3 CAPACIDAD ORGANIZACIONAL 51
6.3.1 RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO 52
6.3.2 RENTABILIDAD DEL ACTIVO 52
6.4 MÁRGENES ESTABLECIDOS PARA CADA INDICADOR FINANCIERO 53
6.5.1 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE 54
6.5.2 DOCUMENTOS PARA ACREDITAR LA EXPERIENCIA DEL PROPONENTE 56
6.5.3 PERSONAL HABILITANTE MINIMO REQUERIDO 57
6.5.4 DOCUMENTOS SOPORTE DE EXPERIENCIA E IDONEIDAD DEL EQUIPO DE TRABAJO 64
6.6 INFORMACIÓN CONFIDENCIAL 66
7.1 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE 67
7.2 EXPERIENCIA Y FORMACIÓN PUNTUABLE DEL EQUIPO DE TRABAJO 69
7.3 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL 70
7.4 TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD 71
8.3 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 75
8.6 DECLARATORIA DE DESIERTA 75
12.3 SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL 83
15. LISTADO DE ANEXOS Y FORMATOS 86
RECOMENDACIONES INICIALES
1. Lea cuidadosamente el contenido de este documento.
2. Verifique antes que nada, que no esté incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades generales ni especiales para contratar.
3. Cerciórese que cumple con las condiciones y reúne los requisitos aquí señalados.
4. Proceda a reunir toda la información y documentación exigida y verifique la vigencia de aquella que la requiera.
5. Siga las instrucciones que se imparten en este Pliego de Condiciones para la elaboración de su propuesta.
6. Revise la póliza de seriedad de su propuesta y verifique que:
7. Sea otorgada a favor xxx XXXX; NIT No. 899999034-1.
8. Como tomador, figure su razón social completa y NIT.
9. El valor asegurado corresponda al fijado en este documento.
10. El Objeto y el número de la misma, coincida con el de la propuesta que presenta.
11. Esté suscrita por el TOMADOR- AFIANZADO.
12. Identifique su propuesta, tanto en el original como en la copia en la forma indicada en este documento.
13. Tenga presente la fecha y hora prevista para el cierre del presente proceso, EN NINGÚN CASO SE RECIBIRÁN PROPUESTAS FUERA DEL TIEMPO PREVISTO.
14. Toda consulta deberá formularse por escrito; no se atenderán consultas personales ni telefónicas. Ningún convenio verbal con personal xxx XXXX, antes o después de la firma del Contrato, podrá afectar o modificar ninguno de los términos y obligaciones aquí estipuladas.
15. Los Oferentes con la sola presentación de su propuesta, autorizan al SENA para verificar toda la información que en ella suministren.
16. Cuando se presente inexactitud en la información suministrada por el proponente o en la de uno de los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal, el SENA podrá rechazar la propuesta y/o dar aviso a las autoridades competentes;
17. Toda comunicación enviada por los Oferentes deberá ser dirigida al correo: xxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx.
18. La presentación de la propuesta por el oferente constituye evidencia de que se estudiaron completamente las especificaciones, formatos y demás documentos; se recibieron aclaraciones necesarias a las inquietudes o dudas previamente consultadas y que ha aceptado que este Pliego de Condiciones es completo, compatible y adecuado para identificar el alcance del servicio requerido por el SENA y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del Contrato que se celebrará.
19. Asegúrese de no estar reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República.
20. Verifique previamente al cierre del presente proceso ante el SENA, que se encuentre al día en el pago de aportes parafiscales y en el contrato de aprendizaje, así como en el pago de multas por cualquier concepto (Ministerio de Protección Social); el SENA se reserva el
derecho de verificar la información suministrada y solicitar las aclaraciones que considere pertinentes.
21. El uso del logo de la entidad es privativo de la misma, por lo tanto le sugerimos abstenerse de presentar ofertas con papel que lo contenga.
22. EL SENA se reserva el derecho de verificar la información suministrada.
1. INTRODUCCIÓN
El Servicio Nacional de Aprendizaje SENA pone a disposición de los interesados el Pliego de Condiciones para la selección del Contratista encargado de ejecutar la Interventoría al Contrato de prestación, integración, gestión e interoperabilidad de los servicios y plataforma de tecnologías de información y comunicaciones - TIC, aquellos conexos y complementarios requeridos para la operación y funcionamiento en todas las sedes y lugares en los que el SENA tenga cobertura en el cumplimiento de sus objetivos misionales, de acuerdo con las especificaciones técnicas definidas.
El presente Proceso de Contratación se encuentra identificado con el No. CM-DG-002-2019. El objeto del Contrato es ejecutar el Contrato de Interventoría Integral: administrativa, técnica, financiera, contable y jurídica de la ejecución del proyecto que tiene como objeto la prestación, integración, gestión e interoperabilidad de los servicios y plataforma de tecnologías de información y comunicaciones - TIC, aquellos conexos y complementarios requeridos para la operación y funcionamiento en todas las sedes y lugares en los que el SENA tenga cobertura en el cumplimiento de sus objetivos misionales, de acuerdo con las especificaciones técnicas definidas en la Licitación Pública No. DG-LP-001 DE 2019.
La selección del Contratista se realiza a través de concurso de méritos en atención a que el contrato a celebrar corresponde a un contrato de consultoría (numeral 2°, artículo 32, Ley 80 de 1993) y es ésta la modalidad para la selección de consultores (numeral 3, artículo 2, Ley 1150 de 2007). 1 . Los Documentos del Proceso están a disposición del público en el SECOP II en el siguiente link
[xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/XxxxxxxxxxxXxx ail/Index?noticeUID=CO1.NTC.838111&isFromPublicArea=True&isModal=true&asPopupView=true
].
2. ASPECTOS GENERALES
2.1 INVITACIÓN A VEEDURÍAS CIUDADANAS
En cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 66 de la ley 80 de 1993 y el artículo 2 del decreto 1510 de 2013, el SENA invita a todas las personas y organizaciones interesadas en hacer control social al presente proceso de contratación, en cualquiera de sus fases o etapas, a que presenten las recomendaciones que consideren convenientes, intervengan en las audiencias y a que consulten los documentos del proceso en el SECOP II.
2.2 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
Los oferentes deben suscribir la declaración y compromiso de transparencia contenido en el formato No. 2 de estos pliegos indicado por la entidad dentro del presente proceso, en el cual manifiestan su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado colombiano contra la corrupción.
Si se comprueba el incumplimiento del compromiso anticorrupción del oferente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el presente proceso de contratación actúe en su nombre, esto será causal suficiente para el rechazo de la oferta o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la adjudicación del mismo, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales.
2.3 COSTOS DERIVADOS DE PARTICIPAR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN
Los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis de los documentos del proceso, la presentación de observaciones; la preparación y presentación de las ofertas; la presentación de observaciones a las mismas; la asistencia a audiencias públicas; y, cualquier otro costo o gasto relacionado con la participación en el proceso de contratación, estará a cargo exclusivo de los interesados y oferentes.
2.4 COMUNICACIONES
Todas las comunicaciones en la etapa de selección deberán hacerse a través de la plataforma de SECOP II en el siguiente link
[xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/Xxxxxx/Xxxxxxxxx/XxxxxxxxxxxXxx ail/Index?noticeUID=CO1.NTC.838111&isFromPublicArea=True&isModal=true&asPopupView=true
].
Las comunicaciones y solicitudes enviadas al Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA por canales distintos a los mencionados no serán tenidas en cuenta hasta que sean remitidas por uno de los medios descritos en la presente sección.
2.5 IDIOMA
Los documentos en un idioma distinto al castellano deben ser presentados en su lengua original junto con la traducción oficial al castellano. El proponente puede presentar con la oferta documentos con una traducción simple al castellano y entregar la traducción oficial al castellano dentro del plazo previsto para la subsanación. La traducción oficial debe ser el mismo texto presentado1.
2.6 LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Todos los documentos expedidos en el exterior deben ser apostillados o legalizados por la Entidad competente desde el país de origen, para que puedan surtir efectos legales en Colombia.
Para efectos del trámite de apostilla y/o legalización de documentos otorgados en el exterior se debe tener en cuenta lo establecido en la Resolución No. 3269 del 14 xx xxxxx de 2016, “Por la cual se adopta el procedimiento para apostillar y/o legalizar documentos”, expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Colombia.
Las Entidades Estatales solamente pueden exigir la legalización de acuerdo con la Convención de la Apostilla o la legalización de documentos públicos otorgados en el extranjero. Este tipo de legalización no es procedente para los documentos privados.
Cuando en un Proceso de Contratación un proponente presenta un documento público legalizado de acuerdo con la Convención de la Apostilla, la Entidad Estatal no debe solicitar legalizaciones, autenticaciones o ratificaciones adicionales de ninguna autoridad nacional o extranjera, puesto que el trámite de la Apostilla es suficiente para certificar por sí mismo la autenticidad.
De acuerdo con el Manual para el Funcionamiento Práctico de la Convención de la Apostilla, el país de origen del documento puede tener una autoridad que verifica y certifica ciertos documentos públicos (autoridad intermedia) y otra autoridad centralizadora que es quien emite la Apostilla2. En consecuencia, las Entidades Estatales deben aceptar la Apostilla expedida por la autoridad centralizadora correspondiente3.
2.7 CONVERSIÓN DE MONEDAS
Los oferentes deben presentar sus estados financieros y demás documentos de orden financiero en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y, adicionalmente, en pesos colombianos.
Si está expresado originalmente en una moneda diferente a dólares de los Estados Unidos de Norte América, debe convertirse a esta moneda utilizando para ello el valor correspondiente con el siguiente procedimiento de conversión: si la moneda de origen es diferente al peso, se deberá convertir la moneda original al dólar y luego a pesos. Para la conversión al dólar, se deberá tomar como tasa de referencia, para todos los efectos, la tasa de cambio del día xx xxxxx que se especifique en el respectivo estado financiero; dicha tasa de cambio deberá ser la certificada: (i) por el Banco de la República de Colombia, (ii) en su defecto por el Banco Central; (iii) en caso que no la certifique las entidades descritas en el numeral (i) o (ii) por el organismo legalmente competente del país en que se emitió dicho documento; y si se trata de estados financieros.
Una vez que se tengan las cifras en dólares de los Estados Unidos de América o si la información se presenta originalmente en dicha moneda, para la conversión a pesos colombianos se debe tener en cuenta la tasa representativa xxx xxxxxxx TRM certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia para la fecha xx xxxxx de los estados financieros
2.8 RÉGIMEN LEGAL DEL PRESENTE PROCESO
El presente proceso de contratación se rige por el estatuto general de contratación pública, ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007, ley 1474 de 2011, Decreto 019 de 2012, Decreto 1082 de 2015 y demás normas concordantes, aplicables y vigentes.
2.9 CONVOCATORIA NO LIMITADA A MIPYMES
Teniendo en cuenta que el presupuesto definido para el presente proceso de selección, de acuerdo con lo previsto por el artículo 2.2.1.2.4.2.2. decreto 1082 de 2015, es superior a ciento veinticinco mil dólares de los Estados unidos de América (USD125.000), liquidados con la tasa de cambio que para el efecto determina el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la presente convocatoria NO se limitará a la participación de Mipymes nacionales.
3. DEFINICIONES
Las expresiones utilizadas en el presente documento con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que a continuación se indica. Los términos definidos son utilizados en singular y en plural de acuerdo como lo requiera el contexto en el cual son utilizados. Otros términos utilizados con mayúscula inicial deben ser entendidas de acuerdo con la definición contenida en el Decreto 1082 de 2015. Los términos no definidos a continuación deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio.
Definiciones | |
Adenda | Es el documento por medio del cual la Entidad Estatal modifica los pliegos de condiciones, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 89 de la Ley 1474 de 2011. |
Adjudicación | Es la decisión emanada de la entidad en cabeza del proyecto por medio de un acto administrativo, que determina el Adjudicatario del presente proceso. |
Adjudicatario | Es el Proponente a quien se le adjudica el proceso, por haber presentado una Propuesta que cumple con lo requerido en el Pliego de Xxxxxxxxxxx y se considera en relación con las demás, la propuesta más conveniente en el proceso de selección. |
Anexo | Es el conjunto de formatos y documentos que se adjuntan al presente Pliego de Condiciones y que hacen parte integral del mismo. |
Contratista | Es el Proponente que resulte adjudicatario y suscriba el Contrato objeto del presente Proceso de Contratación. |
Contrato | Es el negocio jurídico que se suscribirá entre El Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA y el adjudicatario, por medio del cual se imponen a las partes obligaciones recíprocas y se conceden derechos correlativos. |
Día(s) Calendario | Es cualquier día del calendario, sin tener en cuenta si se trata de un Día Hábil o No hábil. |
Día(s) Hábil(es) | Es cualquier día comprendido entre los lunes y los viernes de cada semana, excluyendo los días feriados determinados por ley en la República de Colombia. |
Documentos del Proceso. | Son (a) los estudios y documentos previos; (b) el aviso de convocatoria; (c) los pliegos de condiciones o la invitación; (d) las Adendas; (e) las observaciones y sus respuestas; (f) la oferta; (g) el informe de evaluación; (h) el contrato; y cualquier otro documento expedido por la Entidad Estatal durante el Proceso de |
Contratación. En todo caso, los documentos del proceso harán parte integral del mismo y xxx Xxxxxx de Condiciones Definitivo. | |
Especificaciones | Son los procesos y procedimientos técnicos generales o particulares, según el caso a los que se debe ceñir el Contratista durante la ejecución de las obras, para obtener los resultados objeto del contrato |
Estimación del Riesgo | Es la valoración del Riesgo en términos monetarios o porcentuales. |
Etapas del Contrato | Son las fases en las que se divide la ejecución del contrato, teniendo en cuenta las actividades propias de cada una de ellas las cuales pueden ser utilizadas por la Entidad para estructurar las garantías del contrato. |
Garantía de Seriedad de la oferta | Es el medio utilizado para asegurar la seriedad de la oferta a favor de Entidades Estatales con ocasión de la presentación de la propuesta, de conformidad con la ley 80 de 1993, sus decretos reglamentarios y el pliego de condiciones. Podrá consistir en cualquiera de las clases de garantías a que se refiere el decreto 1082 de 2015 |
Interesados | Son las personas naturales o jurídicas o el grupo de personas jurídicas y/o naturales asociadas entre sí mediante las figuras de consorcio, unión temporal o cualquier otro tipo de asociación que actúan en el Proceso de Contratación previamente a la presentación de ofertas. |
Proceso de Selección | Es el proceso de selección objetiva que se reglamenta en el Pliego de Condiciones con el propósito de seleccionar la Propuesta que, conforme a los términos establecidos en este Pliego, resulte más favorable a los intereses de la Entidad Estatal para la celebración del Contrato de obra, en consonancia con las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios. |
Período Contractual | Es cada una de las fracciones temporales en las que se divide la ejecución del Contrato, las cuales pueden ser utilizadas por la Entidad Estatal para estructurar las garantías del contrato. |
Pesos Colombianos, Pesos o $ | Es la moneda de curso legal en la República de Colombia |
Pliego de Condiciones | Es el conjunto de normas que rigen el Proceso de Selección y el futuro Contrato. |
Primer Orden de Elegibilidad | Es la posición que ocupa el proponente que una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el pliego de condiciones. |
Proceso de Contratación | Es el conjunto de actos y actividades, y su secuencia, adelantadas por la Entidad Estatal desde la planeación hasta el vencimiento de las garantías de calidad, estabilidad y mantenimiento, o las condiciones de disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes o el vencimiento del plazo, lo que ocurra más tarde. |
Proponente | Es la persona natural o jurídica o el grupo de personas jurídicas y/o naturales asociadas entre sí mediante las figuras de consorcio, unión temporal o cualquier otro tipo de asociación que presenta una Propuesta para participar en el Proceso de Contratación |
Oferta | Es la propuesta presentada al SENA por los Oferentes. |
Riesgo | Es el evento que puede generar efectos adversos y de distinta magnitud en el logro de los objetivos del Proceso de Contratación o en la ejecución de un Contrato. |
RUP | Es el registro único de Oferentes que llevan las cámaras de comercio y en el cual los interesados en participar en Procesos de Contratación deben estar inscritos. |
Servicios Nacionales | Son servicios prestados por personas naturales colombianas o residentes en Colombia o por personas jurídicas constituidas de conformidad con la legislación colombiana. |
Secop II | Es el Sistema Electrónico para la Contratación Pública al que se refiere el artículo 3 de la Ley 1150 de 2007. |
SMMLV | Es el salario mínimo mensual legal vigente en la República de Colombia |
Mipyme | Es una micro, pequeña y mediana empresa medida de acuerdo con la ley vigente aplicable. |
4. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
El Servicio Nacional de Aprendizaje SENA dará apertura al proceso concurso de méritos para ejecutar el Contrato de Interventoría Integral: administrativa, técnica, financiera, contable y jurídica de la ejecución del proyecto que tiene como objeto la prestación, integración, gestión e interoperabilidad de los servicios y plataforma de tecnologías de información y comunicaciones - TIC, aquellos conexos y complementarios requeridos para la operación y funcionamiento en todas las sedes y lugares en los que el SENA tenga cobertura en el cumplimiento de sus objetivos misionales,
de acuerdo con las especificaciones técnicas definidas en la Licitación Pública No. DG-LP-001 de 2019., de conformidad con las especificaciones contenidas en el Anexo Técnico No. 1 .
La información adicional del Proceso de Contratación se encuentra disponible en los anexos y formatos relacionados en el numeral 15 del presente documento. En todo caso, si existe alguna contradicción entre éstos y el Pliego de Condiciones, se preferirá el Pliego.
4.1 MODALIDAD DEL PROCESO
El artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 adicionado por el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, señala que la escogencia de la oferta más favorable para la entidad, se efectuará con arreglo a las modalidades de selección de: licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos, mínima cuantía y contratación directa.
En el numeral 1° del citado artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, se establece que por regla general la escogencia del contratista, se efectuará a través de licitación pública, con las excepciones que señalan en los numerales 2, 3 y 4, es decir, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa.
En el numeral 3 del citado artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 219 del Decreto 019 de 2012, concordante con el artículo 2.2.1.2.1.3.2 del Decreto 1082 de 2015, se establece que la modalidad de contratación prevista para la selección de consultores, es el concurso de méritos.
El numeral 2 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993 define el contrato de consultoría, así:
“2. Son contratos de consultoría los que celebren las Entidades estatales referidos a los estudios necesarios para la ejecución de proyectos de inversión, estudios de diagnóstico, prefactibilidad o factibilidad para programas o proyectos específicos, así como a las asesorías técnicas de coordinación, control y supervisión.”
En lo que se refiere a la selección de consultores el numeral 4 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, establece:
“En los procesos para la selección de consultores se hará uso de factores de calificación destinados a valorar los aspectos técnicos de la oferta o proyecto. De conformidad con las condiciones que señale el reglamento, se podrán utilizar criterios de experiencia específica del oferente y del equipo de trabajo, en el campo de que se trate”.
En ningún caso se podrá incluir el precio, como factor de escogencia para la selección de consultores”.
Por comprender una consultoría, la modalidad de selección aplicable para la escogencia de la oferta más favorable es el concurso de méritos por el sistema abierto o sin precalificación, atendiendo a que no se trata de una consultoría compleja.
En los artículos 2.2.1.2.1.3.1 y siguientes del Decreto 1082 de 2015, se encuentra reglamentado el proceso de selección del concurso de méritos, estipulando que son objeto de selección mediante este proceso, los servicios de consultoría a que se refiere el numeral 2 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993.
En los contratos estatales, la vigilancia y verificación del cumplimiento de obligaciones, cargas y deberes, en principio, corresponde al contratante, quien ejercerá actividades de verificación.
La existencia de la Interventoría en los contratos estatales obedece al deber que el legislador ha impuesto a las entidades en el numeral 1º del artículo 14 de la Ley 80 de 1993, en el cual se consagran los medios que ellas pueden utilizar para el cumplimiento del objeto contractual y de esta manera lograr los fines de la contratación.
El Artículo 83 de la Ley 1474 de 2011 "Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública" respecto de la Supervisión e Interventoría establece que "Con el fin de proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y de tutelar la transparencia de la actividad contractual, las entidades públicas están obligadas a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado a través de un supervisor o un Interventor, según corresponda.".
Teniendo en cuenta la necesidad de vigilancia permanente sobre los contratos estatales, el denominado Estatuto Anticorrupción ha establecido en este mismo artículo una distinción sobre éstas dos figuras, definiéndolas en los siguientes términos:
“La supervisión consistirá en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable, y jurídico que sobre el cumplimiento del objeto del contrato, es ejercida por la misma entidad estatal cuando no requieren conocimientos especializados. Para la supervisión, la Entidad estatal podrá contratar personal de apoyo, a través del contrato de prestación de servicios que sean requeridos.
La Interventoría consistirá en el seguimiento técnico que sobre el cumplimiento del contrato realice una persona natural o jurídica contratada para tal fin por la Entidad Estatal, cuando el seguimiento del contrato suponga conocimiento especializado en la materia, o cuando la complejidad o la extensión del mismo lo justifiquen. No obstante, lo anterior cuando la entidad lo encuentre justificado y acorde a la naturaleza del contrato principal, podrá contratar el seguimiento administrativo, técnico, financiero, contable, jurídico del objeto o contrato dentro de la Interventoría.”
En ambos casos, el seguimiento deberá garantizarse de manera integral en el aspecto técnico, financiero, administrativo, contable, financiero y jurídico diferenciando la Interventoría respecto de la necesidad de un seguimiento técnico con “conocimiento especializado en la materia, o cuando la complejidad o la extensión del mismo lo justifiquen”.
Por su parte, la Resolución No. 202 de 10 de febrero 2014, mediante la cual se adopta el Manual de Supervisión e Interventoría xxx XXXX, define los Tipos de Interventoría “…Tipo A: Para contratos superiores a 1.000 SMMLV y/o cuyo objeto sea complejo, la cual de acuerdo con la necesidad puede ser: - Interventoría Integral: cuando la entidad lo encuentre justificado y acorde a la naturaleza del contrato principal, podrá contratar el seguimiento administrativo, financiero, técnico, jurídico y contable. A su vez el contrato de Interventoría será supervisado directamente por la entidad estatal.”
En este orden de ideas, el servicio especializado de una Interventoría Técnica, Administrativa, Contable, Jurídica y Financiera para el contrato que suscriba el SENA como resultado del proceso de Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Xx. XX-XX-000 xx 0000, debe ser adelantado mediante el proceso de concurso de méritos, encaminado a escoger un Consultor idóneo, con la experiencia y conocimiento necesario
para apoyar al SENA en la labor de vigilancia de la ejecución del contrato que busca satisfacer las necesidades de orden financiero de la entidad.
4.2 CONTRATANTE
El Servicio Nacional de Aprendizaje SENA es un establecimiento público del orden nacional con personería jurídica, patrimonio propio e independiente y autonomía administrativa, adscrito al Ministerio del Trabajo, estructuralmente conformado por Gobierno, Empresa y Trabajadores.
Fue creado mediante el Decreto ley 118 de 21 xx xxxxx de 1957, con el objeto de brindar formación profesional a los trabajadores de la industria, el comercio, el campo, la minería y la ganadería, a fin de prepararlos técnicamente y de formar ciudadanos socialmente útiles y responsables, con valores xxxxxxx y culturales para el mantenimiento de la paz social.
Su misión, funciones y términos en que deben cumplirse, están señaladas en la ley 119 de 1994, correspondiéndole al SENA invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos, ofreciendo y ejecutando la formación profesional integral, a través de programas de formación técnica profesional y tecnológica, entre otros.
Conforme a su naturaleza, su régimen legal compromete normativas y regulaciones que convocan al sector del trabajo y de la seguridad social, pero adopta con armonía a su función, reglamentos del sector educación, reglas legales que están diseñadas para contribuir al incremento de la productividad de las empresas, las regiones, y a la inclusión social de personas y comunidades vulnerables mediante transferencia de conocimiento y tecnologías
La función especial de formación xxx XXXX tiene sustento en el artículo 54 de la Constitución Política que establece como obligación del Estado ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran, así como propiciar la ubicación laboral de las personas en edad para trabajar y garantizar a los minusválidos el derecho a un trabajo acorde con sus condiciones de salud.
La formación profesional integral como objetivo y función principal xxx XXXX es reiterada en los artículos 3° y 4° de la ley 119 de 1994. Ahora bien, el numeral 6° del artículo 4° de la precitada ley permite al SENA adelantar «programas de formación tecnológica y técnica profesional, en los términos previstos en las disposiciones legales respectivas».
El SENA fue reestructurado mediante el Decreto 249 de 2004. Conforme a lo dispuesto por el artículo 38 de la ley 489 de 1998, la entidad forma parte de la rama ejecutiva del poder público nacional en nivel descentralizado. En materia de contratación, se rige por el estatuto general de contratación estatal (Artículo 2º de la Ley 80 de 1993) y la ley 1150 de 2007, principalmente, así como todas las normas relacionadas con contratación pública vigentes y aplicables.
Son objetivos legales y misionales xxx XXXX:
La formación técnica y tecnológica profesional gratuita de los trabajadores de todas las actividades económicas, y a quien, sin serlo, requieran dicha formación, para aumentar por ese medio la productividad nación.
Promover la expansión y el desarrollo económico y social armónico del país, bajo el concepto de equidad social redistributiva.
Asimismo, la misión xxx XXXX consiste en cumplir la función que le corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos, ofreciendo y ejecutando la formación profesional integral gratuita para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país.
En cuanto a la visión para el año 2020, el SENA tiene la meta de alcanzar la condición de entidad de categoría mundial en formación profesional integral y en el empleo y la apropiación de tecnología, lo mismo que en materia de innovación, al servicio de las personas y las empresas.
Por su tipología legal tripartita, su modelo estratégico contempla entre otros aspectos, la productividad y la competitividad, el conocimiento y la tecnología, la formación profesional, el emprendimiento, la investigación y por supuesto la fuerza laboral y el empleo. Desde su creación, está empeñado en continuar la conquista de nuevos mercados y suplir a las empresas mano de obra y personal calificado, mediante el empleo de métodos modernos que le permitan alcanzar un cambio de paradigma en los procesos que conforman e integran la productividad.
El SENA para promover e impulsar el desarrollo y prosperidad del país, se alinea a los parámetros formulados dentro del Plan Nacional de Desarrollo 2014 - 2018: Todos por un nuevo país, que es el de construir una Colombia en paz, equitativa y educada, lo cual incluye programas de vivienda, infraestructura de transporte, sector energético e innovación, búsqueda del crecimiento y la competitividad del país, en concordancia con el plan estratégico xxx XXXX 2015 -2018 y Plan de acción 2016 orientado al fortalecimiento institucional.
En concordancia con lo anterior, en materia de gobierno en línea, política pública diseñada a partir de los documentos Conpes 2790 de 1995 y 3072 de 2002, estructuró la masificación del uso de las tecnologías de la información y dispuso la modernización de las instituciones públicas para el acceso a la información. Dentro de esta política de Estado, se definió la estrategia denominada gobierno en línea, cuyos objetivos primordiales facilitan la gestión en línea de los organismos gubernamentales y apoya la función de servicio al ciudadano. Otros aspectos de relevancia tienen que ver con la adecuación de la infraestructura de redes y telecomunicaciones para garantizar los niveles de servicio adecuados y la organización de los procesos y sistemas de información internos de cada entidad estatal para atender los requerimientos de información y servicios de los ciudadanos en la oportunidad y con la calidad debidos.
El SENA, además de ofrecer los elementos de formación profesional, social, tecnológico y cultural, debe aportar como elemento diferenciador de valor agregado metodologías de aprendizaje innovadoras, el acceso a tecnologías de última generación y una estructuración sobre métodos más que contenidos, lo que potenciará la formación de ciudadanos librepensadores, con capacidad crítica, solidaria y emprendedora, factores que lo acreditan y lo hacen pertinente y coherente con su misión, innovando permanentemente de acuerdo con las tendencias y cambios tecnológicos y las necesidades del sector empresarial y de los trabajadores, impactando positivamente la productividad, la competitividad, la equidad y el desarrollo del país.
En la actualidad, el SENA cuenta con la siguiente estructura funcional:
xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xx-xx/xxxx/Xxxxxxx/xxxxxxxxxx-xxxxxxxxxxxxxx.xxxx
Así las cosas, dados su objeto misional, su visión y la oferta de servicios a la ciudadanía que se encuentra a su cargo, el SENA requiere de una plataforma TIC que considere la cobertura territorial y de usuarios para la prestación del servicio público que exige su naturaleza, en consideración a los estándares de la tecnología actual disponible que permita cobertura y acceso a la ciudadanía.
Dentro de la estructura funcional, la Oficina de Sistemas es la responsable de conceptuar, evaluar y definir las necesidades y lineamientos en la implementación e implantación de estrategias organizacionales, de servicios tecnológicos de la entidad, y de políticas trazadas por la dirección general para el desarrollo informático de cara a las funciones misionales otorgadas por la ley al SENA. Sus funciones se determinan en el artículo 8° del Decreto 249 de 2004.
4.3 OBJETO
CONTRATAR LA INTERVENTORÍA INTEGRAL: ADMINISTRATIVA, TÉCNICA, FINANCIERA, CONTABLE Y JURÍDICA DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO QUE TIENE COMO OBJETO LA PRESTACIÓN, INTEGRACIÓN, GESTIÓN E INTEROPERABILIDAD DE LOS SERVICIOS Y PLATAFORMA DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES - TIC, AQUELLOS CONEXOS Y COMPLEMENTARIOS REQUERIDOS PARA LA OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO EN TODAS LAS SEDES Y LUGARES EN LOS QUE EL SENA TENGA COBERTURA EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBJETIVOS MISIONALES, DE ACUERDO CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEFINIDAS EN LA LICITACIÓN PÚBLICA No. DG-LP-001 DE 2019
4.4 CLASIFICACIÓN UNSPSC
En virtud de los requisitos contenidos en el Decreto 1082 de 2015 el objeto del contrato debe ser clasificado mediante la Codificación establecida en el Clasificador de Bienes y Servicios en su tercer nivel, así:
Clasificador UNSPSC | Segmento | Familia | Clase |
80101500 | Servicios de gestión, servicios profesionales de empresa y servicios administrativos | Servicios de asesoría y gestión | Servicios de consultoría de negocios y administración corporativa |
80101600 | Servicios de gestión, servicios profesionales de empresa y servicios administrativos | Servicios de asesoría y gestión | Gerencia de Proyectos |
81111500 | Servicios basados en ingeniería, investigación y tecnología | Servicios informáticos | Ingeniería de software o hardware |
81111700 | Servicios basados en ingeniería, investigación y tecnología | Servicios informáticos | Sistemas de manejo de información |
81111800 | Servicios basados en ingeniería, investigación y tecnología | Servicios informáticos | Servicios de Sistemas y Administración de Componentes de Sistemas |
81112000 | Servicios basados en ingeniería, investigación y tecnología | Servicios informáticos | Servicios de datos |
4.5 ALCANCE
La Interventoría ejercerá en general las funciones de intervención, seguimiento, control y vigilancia de acuerdo con lo establecido en la en el Manual de Supervisión e Interventoría xxx XXXX, y en los demás actos administrativos que expida la Entidad sobre la materia, así como las normas jurídicas que rijan para la Interventoría.
En forma coordinada, la Interventoría velará porque el oferente cumpla sus obligaciones contractuales, tendientes a la prestación de los servicios.
El equipo de trabajo mínimo de Interventoría requerido para el desarrollo de esta etapa se encuentra definido en el Anexo Técnico No. 1.
La Interventoría deberá llevar a cabo sus actividades de control y vigilancia sobre todas las etapas del contrato objeto de Interventoría a saber: transición, estabilización, operación y mantenimiento del servicio, y cierre técnico.
Durante la ejecución del contrato de Interventoría, se deberá cumplir como mínimo los siguientes aspectos:
a) Aspectos Técnicos: Son los relacionados con la vigilancia, inspección, control, emisión de conceptos y recomendaciones relacionados con las obligaciones del oferente en las fases de transición, operación y mantenimiento del servicio, y cierre técnico. Adicionalmente, incluye todos los conceptos y recomendaciones de orden técnico que requiera y solicite el SENA a través del Supervisor del contrato.
b) Aspectos Financieros y Contables: Son los relacionados con la debida autorización y seguimiento de desembolsos que deba efectuar el SENA a la Fiduciaria encargada de administrar los recursos. Igualmente, son los relacionados con el control, seguimiento y autorización para la correcta utilización de los recursos por parte del oferente, de acuerdo con lo establecido en el contrato objeto de Interventoría, el contrato xx xxxxxxx que se suscriba para tales efectos y demás documentos asociados.
c) Aspectos Jurídicos: Son los relacionados con la verificación, control, elaboración de conceptos y recomendaciones sobre el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el oferente durante la ejecución del contrato. Adicionalmente, el Interventor deberá emitir los conceptos y análisis de tipo jurídico normativo y regulatorio, relacionados con la ejecución del contrato objetos de Interventoría, que sean solicitados por el SENA a través del Supervisor del contrato.
d) Aspectos Administrativos: Son los relacionados con la verificación, control y cumplimiento del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, modificado por la Ley 828 de 2003, en el sentido que el oferente cumpla con sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF). Además, los aspectos relacionados con la verificación, control y cumplimiento del personal, documentación y comunicaciones, plazos contractuales, aspectos logísticos y de orden administrativo. Además del control de los bienes de producción extranjera, nacional y de los servicios que se implementen en los servicios de TIC contemplados en el contrato objeto de Interventoría.
El Interventor en ningún caso tendrá autorización para exonerar al oferente de alguna (s) de sus obligaciones o deberes contractuales.
4.6 ESPECIFICACIONES Y CONDICIONES
Partiendo de lo dispuesto en el contrato objeto de Interventoría y los documentos que hacen parte del mismo, ésta ejercerá en general las funciones de intervención, control y vigilancia de acuerdo con la normatividad que regula la materia.
Por tal razón, la Interventoría velará por que el contratista garantice el cumplimiento de sus obligaciones, tendientes a la realización de la prestación de servicios inherentes al contrato para los servicios de tecnología de información y comunicaciones para el SENA.
Las características mínimas del personal y perfiles requeridos para la ejecución del proyecto se encuentran definido en Anexo No. 1- Anexo Técnico.
La ejecución del contrato se efectuará de conformidad con el Anexo3-Cronograma de Ejecución.
4.7 VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El presupuesto oficial de la presente contratación es de VEINTITRES MIL QUINIENTOS TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHENTA Y CUATRO PESOS MCTE.
($00.000.000.000) incluidos Impuestos, tasas y contribuciones incluidos, amparado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 22619 del 30 xx xxxxx de 2019 expedido por el Grupo de Presupuesto con cargo al rubro de inversión C-3603-1300-14 y las vigencias futuras que respaldan el presente proceso aprobadas mediante radicado 0-0000-000000 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
4.8 FORMA DE PAGO
El Servicio Nacional de Aprendizaje SENA pagará al Contratista el valor total del contrato en mensualidades vencidas de acuerdo con los precios unitarios ofertados por el proponente favorecido y/o los servicios efectivamente prestados durante el mes.
El Servicio Nacional de Aprendizaje SENA pagará al contratista Interventor el valor de los servicios efectivamente prestados en pagos mensuales - que están relacionados con el porcentaje de avance en cada una de las etapas definidas para el contrato objeto del seguimiento - previa presentación, aprobación y recibo a satisfacción por parte de la supervisión del contrato de Interventoría de la documentación de soporte a las actividades realizadas.
Teniendo en cuenta que el cronograma definitivo - construido por el contratista y la interventoría – debe estar enmarcado en las etapas proyectadas por la entidad, los pagos que se señalan a continuación están sujetos a la presentación revisión y aprobación por parte del supervisor xxx XXXX de la documentación que soporta las actividades realizadas por la interventoría para garantizar la óptima ejecución del contrato.
PRIMEROS PAGOS: Se realizará un primer pago vencido por concepto del primer mes y 15 días de operación correspondiente al dos punto siete por ciento (2.7%) y dos pagos mensuales vencidos durante la etapa de transición, correspondientes al uno punto ocho por ciento (1.8%) del valor total del contrato, previa presentación y aprobación por parte de la supervisión del contrato de interventoría de la siguiente documentación:
Informe de interventoría integral (técnico, administrativo, contable, financiero y jurídico) de actividades desarrolladas en el mes.
Certificación de cumplimiento a satisfacción suscrito por el supervisor (SENA) del contrato de interventoría.
El interventor deberá entregar respecto del contrato objeto de interventoría informes en medio físico para revisión y en formato PDF que permita búsquedas - como soporte al informe de interventoría en CD, DVD o medio de almacenamiento los siguientes documentos:
Cronograma del contrato revisado y aprobado por la interventoría.
Informe del contratista revisado y aprobado por la interventoría.
Acta de recibo a satisfacción por parte de la Interventoría
Planes mínimos de acuerdo al modelo PMI (Project Management Institute): Plan de Gestión del Alcance, Plan de Gestión del Tiempo, Plan de Gestión del Costo, Plan de Gestión de Calidad, Plan de Gestión de Recursos Humanos, Plan de Gestión de Comunicaciones, Plan de Gestión de Riesgos, Plan de Gestión de Suministros y Plan de integración, revisados y aprobados por la interventoría.
Soportes de radicación de cuentas.
SIGUIENTES PAGOS: Se realizarán treinta y uno (31) pagos mensuales vencidos durante la etapa de operación correspondientes al dos punto ochocientos treinta y nueve por ciento (2.839%) del valor total del contrato, previa presentación y aprobación por parte de la supervisión del contrato de interventoría de la siguiente documentación:
Informe de interventoría integral (técnico, administrativo, contable, financiero y jurídico) de actividades desarrolladas en el mes.
Informe de seguimiento al cronograma del contrato identificando hitos y ruta crítica.
Informe de seguimiento a los planes de acuerdo al PMI.
Certificación de cumplimiento a satisfacción suscrito por el supervisor del contrato.
El interventor deberá entregar respecto del contrato objeto de interventoría informes en medio físico para revisión y en formato PDF que permita búsquedas - como soporte al informe de interventoría en CD, DVD o medio de almacenamiento los siguientes documentos:
Informe del contratista revisado y aprobado por la interventoría.
Acta de recibo a satisfacción por parte de la interventoría
Soportes de radicación de cuentas.
ULTIMO PAGO: Se realizará un último pago correspondiente al cinco punto siete por ciento (5.7%) del valor total del contrato, previo recibo a satisfacción del informe final, los productos que de este se deriven y la correspondiente al proyecto de las actas de liquidación del contrato objeto de la interventoría y del contrato de interventoría.
Informe final de actividades de interventoría integral.
Informe final de seguimiento al cronograma de la interventoría.
Certificación de cumplimiento a satisfacción suscrito por el supervisor del contrato.
El interventor deberá entregar respecto del contrato objeto de interventoría informes en medio físico para revisión y en formato PDF que permita búsquedas - como soporte al informe de interventoría en CD, DVD o medio de almacenamiento los siguientes documentos:
Informe final del contratista revisado y aprobado por la interventoría.
Acta de recibo final a satisfacción por parte de la interventoría
Proyecto de acta de liquidación contrato revisada y aprobado por la interventoría.
Soportes de radicación de cuentas.
Cada uno de los pagos están sujetos a la normatividad tributaria vigente y se aplicará de acuerdo a la naturaleza jurídica del interventor.
Para el trámite de cada cuenta mensual se requerirá la siguiente documentación mínima que será verificada por parte del supervisor del contrato de interventoría:
Certificado de supervisión diligenciado y firmado por el interventor y el supervisor designado por el SENA
Formato informe de actividades diligenciado y firmado por el interventor y el supervisor designado por el SENA
Informe mensual de actividades de interventoría, aprobado por el supervisor designado por el SENA. Este informe debe contener siempre un resumen ejecutivo.
Factura o documento equivalente debidamente expedida de acuerdo a lo establecido en el Estatuto Tributario, en la Ley 1231 de 2008 y demás normas concordantes del Código de Comercio, para los casos correspondientes.
Certificado del pago mensual de parafiscales correspondiente a la empresa y al personal contratado para efecto de prestar el servicio (Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, inciso segundo y parágrafo 1 del 41 de la Ley 80 de 1993, modificado por el Artículo 23 de la Ley 1150 de 2007), que debe ser suscrito por la persona natural, o el representante legal y/o el revisor fiscal o el contador si fuere una persona jurídica.
Los demás documentos exigidos por el SENA para dar trámite a los pagos a contratistas y/o proveedores.
El precio de la propuesta deberá presentarse en pesos colombianos, no se aceptarán propuestas presentadas en otra moneda.
En caso de Consorcios o Uniones Temporales se deberá presentar factura con el Nit del consorcio o la unión temporal.
La cancelación de las facturas de venta se efectuará dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la radicación de estas, soportadas por la documentación mencionada, en la Dirección Administrativa y Financiera de la Entidad, mediante transferencia a la cuenta de ahorros o corriente del establecimiento financiero que indique el contratista y de la cual sea titular.
Parágrafo I: Estos pagos estarán condicionados a la aprobación del Programa Anual Mensualizado de Caja. – PAC del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
4.9 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo total de ejecución del contrato de Interventoría será de treinta y cuatro (34) meses y quince
(15) días a partir de la firma del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del mismo, sin exceder el 31 de julio de 2022. Estas fechas deberán ajustarse de manera que coincidan las fechas de inicio del contrato objeto de la Interventoría, con el contrato de Interventoría.
La vigencia del contrato es igual al plazo de su ejecución, más seis (6) meses que se destinarán a su liquidación.
En cualquier caso, la ejecución de la Interventoría está ligada al desarrollo del contrato objeto de Interventoría, de manera que, si alguno de éstos últimos se llegaren a terminar por cualquier causa prevista en la ley o por liquidación, en un tiempo inferior al estipulado como máximo en el contrato objeto de Interventoría, el contrato de Interventoría será modificado y ajustado, sin que haya lugar a indemnización.
Las prórrogas en tiempo y las adiciones en valor podrán efectuarse por decisión xxx XXXX, por el periodo en que se haya prorrogado el Contrato objeto de Interventoría.
La Interventoría será ejercida en los mismos lugares que sea ejecutado el contrato objeto de Interventoría, para garantizar el debido control y seguimiento. En Anexo 4 – Sedes SENA, se encuentra la lista de sedes que serán impactadas con el contrato objeto de Interventoría.
4.10 LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El domicilio contractual para ejercer la Interventoría se registra en la sede principal ubicada en la ciudad de Bogotá D. C., sin perjuicio de los traslados que deba realizar el oferente a otros lugares del país, para la etapa de operación y mantenimiento del servicio (para la etapa de transición no se requiere que el Interventor realice desplazamientos fuera de la sede principal de la Interventoría), para el cumplimiento del objeto de su contrato, de acuerdo a lo estipulado en el Anexo Técnico No. 1.
La Interventoría será ejercida en los mismos lugares que sea ejecutado el contrato objeto de Interventoría, para garantizar el debido control y seguimiento. En Anexo No. 4 – Sedes SENA, se encuentra la lista de sedes que serán impactadas con el contrato objeto de Interventoría.
4.11 OBLIGACIONES
4.11.1 OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE
1. Cumplir y exigir al contratista el cumplimiento del ordenamiento jurídico colombiano.
2. Exigir al contratista la ejecución idónea del objeto del contrato, el alcance de este, así como todas las estipulaciones contractuales, especificaciones y procedimientos contenidos en los anexos y demás documentos que hacen parte integral de este contrato
3. Pronunciarse y aprobar oportunamente sobre los distintos amparos y vigencias de las garantías que constituya el contratista en virtud de las obligaciones derivadas de este contrato.
4. Entregar al contratista la información requerida para el cumplimiento de sus obligaciones, y prestar la colaboración necesaria para tal fin.
5. Gestionar por medio de la Supervisión designada, todas las consultas y documentos que requiera el contratista para el cumplimiento de sus obligaciones.
6. Vigilar la debida y oportuna ejecución del contrato y el cumplimiento de todas las obligaciones contractuales y designar un funcionario responsable de esta mediante la figura de supervisión, en los términos dispuestos en la legislación colombiana, especialmente el artículo 83 de la ley 1474 de 2011 y la resolución No. 202 del 10 de febrero de 2014 expedida por la Dirección General xxx XXXX.
7. Efectuar los pagos acordados de conformidad con la programación del respectivo PAC.
8. Aprobar o improbar, en este último caso de manera sustentada, las hojas de vida del personal mínimo de trabajo que el contratista presente, de conformidad con las condiciones formuladas en el pliego de condiciones, este contrato y los anexos que hacen parte integral de este contrato.
9. Informar oportunamente al contratista de todas las situaciones de fuerza mayor y/o caso fortuito que llegaren a ocurrir y que impliquen la ampliación, traslado o suspensión de los servicios a cargo del contratista.
10. Hacer ejercicio de las facultades exorbitantes que le asisten cuando ocurran los eventos que justifican tal actuación, de conformidad con el estatuto general de contratación y las demás normas de la legislación colombiana aplicables.
11. Liquidar el presente contrato con arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia.
4.11.2 OBLIGACIONES DEL INTERVENTOR
4.11.2.1 GENERALES
1. Acatar y poner en practica durante la ejecución del contrato el MANUAL DE SUPERVISION E INTERVENTORIA XXX XXXX (Resolución 202 de 2014)
2. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales.
3. Realizar todas las actividades necesarias para lograr un total y adecuado cumplimiento de sus obligaciones.
4. Presentar la garantía única de acuerdo con las especificaciones del contrato y dentro de los dos (2) días hábiles siguientes contados a partir de la suscripción del contrato.
5. Una vez suscrito el contrato, deberá entregar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes la siguiente documentación, con el objeto de suscribir el acta de inicio:
• Compromiso de confidencialidad de cada uno de los profesionales que hacen parte del equipo
• Cronograma de ejecución del proyecto.
• Plan de trabajo
• Conformación de la vinculación del equipo mínimo de trabajo requerido y hoja de vida del personal ofrecido en la propuesta, junto con las certificaciones que acrediten idoneidad, experiencia y condiciones académicas.
6. Cumplir con las condiciones y actividades establecidas en el Anexo No. 1- Anexo Técnico.
7. Colaborar con el SENA y el operador del contrato, en el logro de los objetivos pactados en el contrato de interventoría , conformando de esa manera un grupo de trabajo de profesionales idóneos con cuya labor conjunta se resuelvan dificultades que surjan de orden técnico, administrativo, financiero, contable, social, ambiental, normativo, regulatorio, jurídico, entre otros aspectos.
8. Verificar que el modelo de operación del contrato objeto de Interventoría cumple con las metodologías solicitadas en el pliego de condiciones.
9. Emitir concepto sobre cualquier aspecto de tipo jurídico, administrativo, técnico, contable o financiero que presente el contratista al SENA o por solicitud xxx XXXX, en relación con el contrato objeto de Interventoría, previo conocimiento del supervisor xxx XXXX, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles.
10. Cumplir los plazos establecidos por el SENA para la redacción, levantamiento, atención de observaciones, ajustes y suscripción de actas de reunión, acta de inicio, terminación, liquidación, y todas aquellas requeridas para la ejecución del contrato objeto de Interventoría.
11. Establecer y comunicar al contratista por los procedimientos de Interventoría, vigilancia, control y verificación que se aplicarán sobre el contrato objeto de Interventoría, así como cualquier otro requisito y producto que considere indispensable para la aceptación y el cumplimiento de los objetivos y condiciones del contrato objeto de Interventoría, dentro de los parámetros establecidos para su desarrollo y de acuerdo con la metodología establecida
en el pliego de condiciones para el Interventor, y cumplir con dichos procedimientos en su gestión. Así mismo, deberá garantizar los procesos y procedimientos de Interventoría, y la participación del personal especializado (profesional y técnico) para el cumplimiento del contrato.
12. Guardar la debida reserva y confidencialidad en el conocimiento de los documentos conocidos durante la ejecución contractual.
13. Asumir los riesgos previstos en la matriz de riesgos.
14. Verificar el cumplimiento de las medidas de mitigación de riesgos y la ejecución de los planes de contingencia en caso necesario, que correspondan al SENA y al contratista del contrato objeto de Interventoría.
15. Verificar, exigir y, en consecuencia, garantizar el cumplimiento del contratista en la entrega de toda la documentación, de acuerdo con lo especificado en el contrato objeto de Interventoría, en adecuadas condiciones de oportunidad, completitud y calidad.
16. Ejecutar el objeto del contrato, evitando que por su causa se generen demoras o problemas injustificados que afecten el curso normal del contrato objeto de Interventoría.
17. Informar oportunamente al SENA sobre cualquier incumplimiento o atraso imputable al contratista del contrato objeto de Interventoría, del mismo SENA o de otras entidades, emitiendo su concepto y recomendaciones en relación con las medidas correctivas que considere necesario adoptar, desde el punto de vista técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico, lo que incluye un análisis preventivo de los riesgos que podrían materializarse en la ejecución del contrato objeto de Interventoría.
18. Contemplar el crecimiento anual de sedes xxx XXXX proyectados e indicados en los documentos del proceso de Licitación Pública No.DG-LP-001-2019 de 2019.
19. Se deberá adelantar la Interventoría de las actividades y servicios prestados por el contratista al que les adjudique el proceso de licitación pública de acuerdo con las actividades que se establezcan para las etapas de transición, estabilización, operación y mantenimiento del servicio, y cierre técnico.
4.11.2.2 TÉCNICAS
1. Garantizar el seguimiento, vigilancia y reporte oportuno del cumplimiento técnico del servicio de cada una de las líneas previamente establecidas en el contrato objeto de Interventoría.
2. Verificar el cumplimiento de toda la instalación de infraestructura para el aprovisionamiento inicial previa a la prestación del servicio por parte del contratista.
3. Deberá propender por garantizar el cumplimiento del modelo de operación definido por el SENA, y que deberá disponer articulación y dinamización con el operador objeto de Interventoría.
4. Deberá velar por el debido cumplimiento de este modelo en toda su expresión en el ejercicio de sus funciones objeto de contratación.
5. Contar con todos los recursos necesarios y asignar el personal necesario para ejecutar cabalmente la Interventoría y garantizar el cumplimiento del Objeto del Contrato.
6. Asignar y disponer el personal necesario, el cual por ningún motivo podrá estar por debajo del mínimo requerido. Por el contrario, si las actividades lo requieren deberán disponer la cantidad que sea necesaria para la prestación del servicio con calidad y oportunidad. Debe garantizar el cubrimiento de las cinco regiones del territorio nacional con los cuales se
atiendan las visitas a las sedes xxx XXXX. La distribución de los Interventores de Campo deberá ser presentada y aprobada por el Supervisor del Contrato.
7. Asignar como mínimo los Gestores requeridos, de acuerdo con lo estipulado en el cuadro de perfiles, para el seguimiento de las funciones y procesos contemplados por ITIL V3, COBIT, TOGAT, Gestión de servicios TIC, gestión de portafolios, programas y proyectos, de conformidad con el PMI.
8. Implementar una herramienta de seguimiento de proyectos basada en las mejores prácticas PMI, y entregar un tablero de control tipo BI, para facilitar el seguimiento y aportar a la toma de decisiones, esto si el SENA no contara con las herramientas para hacerlo, esta herramienta debe permitir asociar entregables documentales y conformar un dosier o repositorio del proyecto, el Contratista debe contemplar el licenciamiento requerido para el debido seguimiento.
9. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales.
10. Realizar todas las actividades necesarias para lograr un total y adecuado cumplimiento de sus obligaciones.
11. Colaborar con el SENA y el contratista objeto de Interventoría en el logro de los objetivos pactados en los mismos, conformando de esa manera un grupo de trabajo de profesionales idóneos con cuya labor conjunta se resuelvan dificultades por razones de orden técnico, administrativo, financiero, contable, social, ambiental, normativo, regulatorio, jurídico, entre otros aspectos.
12. Verificar que el modelo de operación del contrato objeto de Interventoría cumpla con las buenas prácticas establecidas y con las metodologías solicitadas en el pliego de condiciones.
13. Poner a disposición de los pares de servicios xxx XXXX, herramientas de gestión que le permitan el seguimiento y control de la prestación de los servicios adquiridos a través del contrato objeto de Interventoría.
14. Evaluar el cumplimiento de los Acuerdos de Niveles de Servicio – ANS, los entregables, documentación, materiales, infraestructura (instalaciones físicas, hardware, software, conectividad, herramientas de monitoreo y gestión) y aplicar los respectivos descuentos, sanciones y demás a la facturación mensual del operador de los servicios.
15. Reportar al día hábil siguiente de su ocurrencia y conocimiento, los respectivos incumplimientos, retrasos o inconvenientes que esté ocasionando presuntamente el contratista y/o su personal en la ejecución del contrato a través de algún canal de comunicación oficial determinado por la Entidad.
16. Remitir dentro de los cinco (5) días hábiles a la ocurrencia y conocimiento de incumplimientos, retrasos o inconvenientes que esté ocasionando presuntamente el contratista el respectivo informe del evento en cumplimiento de lo establecido por la normatividad vigente y el manual de supervisión e interventoría en el evento que proceda un trámite administrativo o el cierre de la novedad, que contenga a su vez el plan de contingencia frente a los efectos que dicho evento haya podido ocasionar para la toma de medidas por parte de la Entidad contratante y el contratista.
17. Generar indicadores de los diferentes servicios que hacen parte del contrato objeto de la interventoría.
18. Evaluar las hojas de vida y sus soportes del equipo de trabajo del contratista del Contrato objeto de Interventoría, para su aprobación o rechazo previa validación de las características
y condiciones que deben cumplir, de acuerdo con el tipo de actividad a la que van a ser destinados y los servicios que deben soportar, y con lo exigido en el pliego de condiciones, lo ofrecido en la propuesta del referido contratista y lo pactado en el contrato objeto de Interventoría.
19. De requerirse cambio del personal mínimo requerido, se deberá presentar dentro de los cinco (5) días hábiles al retiro de dicho personal, la hoja de vida de la persona nueva, con los soportes de idoneidad, experiencia, y condiciones académicas. El SENA validará si esta hoja de vida es igual o mejor a la valorada con la oferta. En caso de que el personal nuevo no cumpla con estos requisitos, el contratista incurrirá en incumplimiento de la obligación, en la fecha de retiro del personal.
20. Solicitar al contratista del contrato objeto de Interventoría, la realización de las repeticiones, correcciones y ajustes pertinentes, cuando los trabajos y productos no estén de acuerdo con los procedimientos aprobados, o no satisfagan los criterios de completitud y calidad establecidos, y repetir las veces que sean necesarias las labores de vigilancia, control y verificación correspondientes, hasta que dichos trabajos y productos cumplan los requerimientos establecidos.
21. De acuerdo con lo previsto en el contrato objeto de Interventoría, confirmar y asegurar su acceso a las herramientas de gestión para que la Interventoría pueda ejecutar su labor, así como confirmar el acceso en línea, fuera de línea o en sistemas alternos, estos dos últimos cuando ello no fuere posible por afectación de los servicios, al software y herramientas que permitan establecer y corroborar los acuerdos de niveles de servicio del contrato objeto de Interventoría y de la Interventoría. Además, debe garantizar la réplica de la gestión y de la información al SENA
22. Confirmar y asegurar su acceso a las instalaciones físicas del contratista del contrato objeto de Interventoría y xxx XXXX, así como a los elementos de logística necesarios para verificar que los procedimientos acordados para la ejecución del contrato objeto de Interventoría se lleven a cabo por el contratista bajo las condiciones acordadas, así como para que los elementos y recursos empleados coincidan con lo estipulado en dicho contrato.
23. Hacer seguimiento a los planes de acción y verificar que todas las mejoras, recomendaciones y conclusiones sean implementadas por el contratista del contrato objeto de Interventoría, de conformidad con los acuerdos de niveles de servicio establecidos.
24. Verificar que el contratista del contrato objeto de Interventoría efectúe las auditorías internas de calidad del servicio. Documentar los resultados y revisar los planes de remediación y su cumplimiento.
25. Realizar el seguimiento, control y penalización a todos los ANS establecidos por el SENA, en el contrato objeto de Interventoría y en caso de ser necesario dinamizar, articular y/o realizar la redefinición de los ANS y KPI´s, para la mejora continua del servicio
26. Establecer e implementar los estándares, xxxxxx de referencia de aceptación general y bibliografía que le permitan desarrollar los criterios de calidad y contenido para cada uno de los entregables del contrato objeto de Interventoría, relacionados con la Gerencia de Proyectos y la Gobernabilidad de TI, en sus versiones vigentes: PMBOK del PMI, ITIL de OGC, COBIT 5, NTC 27001, y CMMI de SEI, Norma Técnica Colombiana NTC 5420 – Calidad del Producto de Software, ISO 9000-3, ISO 27001, ISO 19770, y IAITAM CSAM.
27. Solicitar, y colaborar en caso de ser requerido con el rediseño, ajuste y mejora de los procedimientos y niveles de servicio del contrato objeto de Interventoría, los cuales deberán ser evaluados en conjunto con el contratista y el SENA cuando se vean afectados
negativamente los servicios contratados por la Entidad establecidos en el contrato objeto de Interventoría.
28. Establecer y comunicar al contratista y al supervisor de la Interventoría, los procedimientos de Interventoría, vigilancia, control y verificación que se aplicarán sobre el contrato objeto de Interventoría, así como cualquier otro requisito y producto que considere indispensable para la aceptación y el cumplimiento de los objetivos y condiciones del contrato objeto de Interventoría, dentro de los parámetros establecidos para su desarrollo y de acuerdo con la metodología establecida en el pliego de condiciones para el Interventor, y cumplir con dichos procedimientos en su gestión. Así mismo, deberá garantizar los procesos y procedimientos de Interventoría, y la participación del personal especializado (profesional y técnico) para el cumplimiento del contrato.
29. Controlar el progreso de los trabajos de los contratistas del contrato objeto de Interventoría, según el cronograma inicial y sus actualizaciones, velar por el cumplimiento de los plazos estipulados, establecer los eventuales incumplimientos y desviaciones, hacer recomendaciones y exigir a los contratistas las explicaciones que sean del caso y la aplicación de correctivos cuando sean significativos.
30. Verificar la pertinencia, cantidad, adecuado estado de funcionamiento, suficiencia y calidad de las herramientas y equipos de pruebas utilizados por los grupos de trabajo del contratista para el desarrollo, puesta en marcha y operación de los servicios contratados, de acuerdo con los criterios de aceptación establecidos y descritos en el contrato objeto de Interventoría.
31. Preparar y suscribir junto con el representante (Gerente de Proyecto) del contrato objeto de Interventoría, las actas de aprobación de los productos y servicios contratados a la finalización de su puesta en funcionamiento. El Interventor debe adjuntar los soportes correspondientes de las pruebas que haya realizado sobre cada uno de los componentes de los servicios entregados por el contratista.
32. Sugerir e implementar los mecanismos que permitan la evaluación de los servicios prestados por el contratista del contrato objeto de Interventoría, y tener en cuenta sus resultados para certificar la correcta prestación de los mencionados servicios.
33. Verificar que el contratista del contrato objeto de Interventoría, entregue a nombre xxx XXXX los documentos que acrediten los derechos de propiedad y/o derecho de uso e instalación además de vigencia de los términos de soporte y mantenimiento de las herramientas que disponen para su operación en el SENA.
34. Verificar que los bienes y servicios adquiridos cumplen con las normas técnicas y de calidad nacional e internacional exigidas en el contrato objeto de Interventoría, y exigir, cuando lo considere conveniente, que el contratista presente las certificaciones válidas que acrediten este hecho.
35. Asumir los riesgos previstos en el pliego de condiciones.
36. Verificar el cumplimiento de las medidas de mitigación de riesgos y la ejecución de los planes de contingencia en caso necesario, que correspondan al SENA y al contratista del contrato objeto de Interventoría.
37. Verificar el cumplimiento de los planes y acciones de mejoramiento que se desprendan del seguimiento y mejora del(os) servicios y gestiones ITIL xxx XXXX.
38. Verificar, exigir y, en consecuencia, garantizar el cumplimiento del contratista en la entrega de toda la documentación, de acuerdo con lo especificado en el contrato objeto de Interventoría, en adecuadas condiciones de oportunidad, completitud y calidad.
39. Ejecutar el objeto del contrato, evitando que por su causa se generen demoras o problemas injustificados que afecten el curso normal del contrato objeto de Interventoría.
40. Cumplir en la ejecución de la Interventoría con la normatividad vigente en materia de derechos de autor, derechos de autor de software, marcas registradas y verificar que los contratistas también lo hagan.
41. Participar activamente en la formulación de correctivos y responsabilizarse porque se implementen las soluciones a las fallas en los servicios a cargo de los contratistas del contrato objeto de Interventoría.
42. Deberá proveer herramientas TIC para la gestión y seguimiento, tanto del contrato objeto de Interventoría, como de su propio contrato, con roles adecuados para que puedan realizar el seguimiento a cada contrato.
43. En todo momento mantener su actuar sobre el cumplimiento por parte del CONTRATISTA al respecto de:
El contrato.
Los Acuerdos de Niveles de Servicio.
Indicadores Claves de Desempeño (Key Performance Indicator – KPI).
44. Asegurar que el contratista del contrato objeto de Interventoría defina, establezca y mantenga un modelo de operación integrado al modelo de operación xxx XXXX y en especial a la Oficina de Sistemas. El modelo de operación del contratista del contrato objeto de Interventoría debe estar en capacidad de demostrar y comprobar el nivel de capacidad de gobierno y gestión que garantice los productos de trabajo de calidad para cada proceso, fase, técnica o lineamiento que los xxxxxx de trabajo recomiendan o que los estándares requieren y que el SENA exija conforme a lo exigido por la política de Gobierno Digital o su equivalente durante el tiempo que dure el contrato.
45. Evaluar y validar la efectividad de la implementación y evolución de los xxxxxx de trabajo COBIT® 5 o superior, TOGAF® 9.2 o superior e ITIL® v3 Edición 2011 o superior y de Dirección de Proyectos según el PMBOK® Sexta Edición, por parte del contratista del contrato objeto de Interventoría y recomendar al SENA acciones exigibles a dicho contratista para la mejora de estos xxxxxx de referencia.
46. Evaluar y validar la efectividad de la implementación y evolución de los siguientes estándares/normas técnicas y recomendar al SENA acciones exigibles a dicho contratista para la mejora de estos estándares/normas técnicas:
ISO/IEC 38500:2015
UNE-ISO/IEC 20000-1:2011
UNE-ISO/IEC 20000-2:2015
ISO/IEC 20000-2:2012
UNE-ISO/IEC 20000-1:2011
UNE-ISO/IEC 27001:2007
UNE-ISO/IEC 27002:2009
ISO/IEC 15504-3:2004
ISO/IEC 15504-4:2004
ISO/IEC 15504-1:2004
ISO/IEC TR 15504-7:2008
ISO/IEC TS 15504-10:2011
ISO/IEC TR 15504-6:2008
ISO/IEC 12207:2008
ISO/IEC TR 29110
UNE-ISO/IEC 19770-1:2008
UNE 71599-1:2010
UNE 71599-2:2010
ISO/IEC 25000:2005
ISO/IEC/IEE 29119
ISO 31000:2009
Teniendo en cuenta que el contratista del contrato objeto de Interventoría deberá consultar e implementar la última versión de los estándares/normas técnicas o las que las reemplacen o se generen aplicables a los alcances del desarrollo del objeto de su contrato, la Interventoría deberá asegurar que el contratista del contrato objeto de Interventoría respecto a los estándares o normas técnicas exigidas se demuestre y compruebe el cumplimiento permanente de los requisitos obligatorios y sobre aquellos que son discrecionales mantener la justificación de su no cumplimiento para ser soportado ante labores de Interventoría o auditoría; de igual forma garantizar la mejora continua del desempeño de los sistemas de gestión integrados que dichas normas implican.
47. Sobre los productos de trabajo del contratista del contrato objeto de Interventoría relacionados con definiciones, adaptación, implementación y cambios para la evolución de los estándares/normas técnicas comprometidas y los xxxxxx de trabajo COBIT® 5 o superior, TOGAF® 9.2 o superior e ITIL® v3 Edición 2011 o superior y la Dirección de Proyectos según el PMBOK® Sexta Edición; exigir a dicho contratista las propuestas y cambios documentadas, evaluarlas y emitir recomendaciones al SENA para que a partir de ellas, tenga criterios adicionales para la correspondiente aceptación o rechazo.
48. Respecto a COBIT® 5 o superior:
Asegurar que el contratista del contrato objeto de Interventoría mantenga adherencia y cumplimiento demostrable y comprobable de las buenas prácticas de gestión y gobierno recomendadas en el Modelo de Referencia de Procesos de COBIT® 5, integradas a la política de Gobierno Digital de MinTIC.
Asegurar que el contratista del contrato objeto de Interventoría mantenga la adherencia y cumplimiento demostrable y comprobable de las prácticas de gestión recomendadas e integrarlas a la definición de los procesos ITIL®.
Asegurar que el contratista del contrato objeto de Interventoría debe de conformidad con definiciones realizadas por la Oficina de Sistemas xxx XXXX según programas y proyectos que se establezcan, implementar y mantener otras capacidades de Gobierno y Gestión del Modelo de Referencia de Procesos de COBIT® 5.
Asegurar que el contratista del contrato objeto de Interventoría mantenga adherencia y cumplimiento demostrable y comprobable de conformidad con el Modelo de Evaluación de Proceso (PAM), basado en COBIT® 5 sobre:
La dimensión de capacidad correspondiente a Xxxxx 0 – Proceso consolidado y buscar el Xxxxx 0 – Proceso predecible.
Indicadores de desempeño de procesos (prácticas de base y productos de trabajo) correspondiente a “L – Ampliamente alcanzado, >50% a 85% de logro” y buscar “F – Completamente alcanzado, >85% a 100% de logro”
49. Respecto a ITIL® v3 Edición 2011 o superior:
Asegurar que el contratista del contrato objeto de Interventoría mantenga adherencia y cumplimiento demostrable y comprobable de las buenas prácticas recomendadas en sus publicaciones core (principios, objetivos y propósitos, valor para el negocio, actividades, métodos y técnicas, disparadores, entradas, salidas, factores críticos de éxito, indicadores de desempeño, retos y riesgos con sus respectivos controles), integradas a la política de Gobierno Digital de MinTIC.
Asegurar que el contratista del contrato objeto de Interventoría mantenga adherencia y cumplimiento demostrable y comprobable sobre el nivel de madurez de los procesos correspondiente a Xxxxx 0 – Definido y buscar el Xxxxx 0 – Gestionado, de conformidad con el ITIL® Maturity Model de AXELOS.
Asegurar que el contratista del contrato objeto de Interventoría debe de conformidad con definiciones realizadas por la Oficina de Sistemas xxx XXXX según programas y proyectos que se establezcan, implementar y mantener otras capacidades de Gestión de ITIL® v3 Edición 2011.
La siguiente tabla relaciona los procesos ITIL® v3 Edición 2011 existentes y no existentes en el SENA y otros complementarios, implementados y operativos y que el contratista del contrato objeto de Interventoría está obligado a implementar antes de la etapa de operación del contrato y debe mantener y evolucionar durante dicha etapa:
Etapa ITIL® Edición 2011 | v3 | Proceso ITIL® v3 Edición 2011 | Proceso TIC SENA equivalente | |||
Mejora continua del servicio | Proceso de mejora en 7 pasos | Gestión de Mejora Continua | ||||
Estrategia servicio | del | Gestión estratégica para servicios de TI | NO EXISTE | |||
Gestión de relaciones del negocio | Gestión Negocio | de Relaciones con | el | |||
Gestión de demanda | Gestión de la Demanda | |||||
Gestión del portafolio de servicios | Gestión Servicios | del Portafolio | de | |||
Gestión de TI | financiera | para | servicios | Gestión Financiera |
Etapa ITIL® Edición 2011 | v3 | Proceso ITIL® v3 Edición 2011 | Proceso TIC SENA equivalente | |||||
Diseño del servicio | Coordinación del diseño | NO EXISTE | ||||||
Gestión del catálogo de servicios | Gestión del Catálogo de Servicios | |||||||
Gestión de niveles de servicio | Gestión de Niveles Servicio | |||||||
Gestión de disponibilidad | Gestión de la Disponibilidad | |||||||
Gestión de capacidad | Gestión de la Capacidad | |||||||
Gestión de continuidad de servicios de TI | Gestión de la Continuidad | |||||||
Gestión de seguridad de información | la | Gestión de la Seguridad | ||||||
Gestión de proveedores | Gestión de Proveedores | |||||||
No es un proceso explícito | Gestión de Riesgos | |||||||
Transición servicio | del | Planificación de la transición soporte | y | Planificación Transición | y | Soporte | a | la |
Gestión de liberación implementación | e | Gestión de despliegues | Entregas | y | ||||
Validación y pruebas del servicio | Validación del servicio y pruebas | |||||||
Evaluación de cambio | NO EXISTE | |||||||
Gestión de cambios | Gestión de Cambios | |||||||
Gestión de activos de servicio y configuración | Gestión de la Configuración | |||||||
Gestión del conocimiento | Gestión del Conocimiento | |||||||
No es un proceso explícito | Gestión de Procesos | |||||||
Operación servicio | del | Gestión de eventos | Gestión de Eventos | |||||
Gestión de incidentes | Gestión de Incidentes | |||||||
Cumplimiento de solicitudes | Gestión de Requerimientos | |||||||
Gestión de accesos | Gestión de Accesos |
Etapa ITIL® v3 Edición 2011 | Proceso ITIL® v3 Edición 2011 | Proceso TIC SENA equivalente |
Gestión de problemas | Gestión de Problemas |
50. Respecto a TOGAF® 9.2 o superior, asegurar que el contratista del contrato objeto de Interventoría mantenga adherencia y cumplimiento demostrable y comprobable para:
Adaptar al SENA, implementar y mantener (evolucionar para el SENA) el marco de trabajo TOGAF® integrado a la política de Gobierno Digital de MinTIC y común entre el SENA y el contratista del contrato objeto de Interventoría
Conformidad con definiciones realizadas por la Oficina de Sistemas xxx XXXX según portafolios, programas y proyectos que se establezcan, para soportar los trabajos de Arquitectura que lleve a cabo la Capacidad de Arquitectura xxx XXXX para satisfacer las necesidades cambiantes xxx XXXX.
51. Respecto a la Dirección de Proyectos según el PMBOK® Sexta Edición, asegurar que el contratista del contrato objeto de Interventoría mantenga adherencia y cumplimiento demostrable y comprobable para:
Adaptar al SENA, implementar y mantener (evolucionar para el SENA) una metodología con sus políticas, procedimientos, reglas, herramientas y técnicas, y fases del ciclo de vida necesarios para la práctica de la dirección de proyectos, integrándola a la política de Gobierno Digital de MinTIC y común entre el SENA y el contratista del contrato objeto de Interventoría.
Conformidad con definiciones realizadas por la Oficina de Sistemas xxx XXXX según portafolios, programas y proyectos para satisfacer las necesidades cambiantes xxx XXXX.
52. Realizar el cierre formal del contrato que incluye dos aspectos: cierre contractual y cierre administrativo del proyecto. En la etapa de transición se harán los acuerdos sobre los documentos que debe llevar cada uno de estos procesos.
4.11.2.3 ADMINISTRATIVAS
1. Definir y acordar con el operador del contrato objeto de Interventoría en la etapa de “Planeación”, los tiempos para validar productos y para la revisión y aprobación por parte de la Interventoría de los respectivos entregables.
2. El equipo de Interventoría debe elaborar un plan de seguimiento y control de las actividades del contrato objeto de Interventoría. El plan debe cubrir:
Diseño del modelo de gestión de la Interventoría a aplicar.
Elaboración de los protocolos de seguimiento para los servicios del contrato objeto de Interventoría.
Definición de los mecanismos de comunicación entre las partes (formatos de informes, formatos de actas, directorio de contactos entre otros)
Mecanismo de seguimiento para verificar el cumplimiento de los Acuerdos de Niveles de Servicio.
Formulación de requerimientos necesarios, al contratista, para que se cumplan oportuna y debidamente las obligaciones del contrato e informar al SENA cualquier tipo de situación que constituya una causal de retraso en la ejecución del contrato o que constituya incumplimiento dentro de los niveles de servicios acordados, sugiriendo las acciones correctivas a seguir.
3. Acatar las instrucciones que para el desarrollo del contrato le imparta la supervisión del mismo o de las personas que ejerzan el control de ejecución durante el desarrollo del contrato.
4. Certificar por escrito el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones del contratista acorde con la realidad de la ejecución del contrato objeto de Interventoría.
5. Solicitar y pronunciarse sobre los informes, aclaraciones y explicaciones que, en desarrollo de la ejecución del contrato objeto de Interventoría emita el contratista.
6. Informar oportunamente al SENA sobre cualquier incumplimiento, atraso o desviación imputable al contratista del contrato objeto de Interventoría, del mismo SENA o de otras entidades, emitiendo su concepto y recomendaciones en relación con las medidas correctivas que considere necesario adoptar, desde el punto de vista técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico, lo que incluye un análisis preventivo de los riesgos que podrían materializarse en la ejecución del contrato objeto de Interventoría.
7. Elaborar la documentación que sea de su responsabilidad en desarrollo de sus obligaciones.
8. Prestar colaboración y proporcionar la información necesaria al supervisor del contrato, para llevar a cabo un control adecuado del contrato.
9. Efectuar las recomendaciones y observaciones que considere oportunas sobre la información analizada e identificar posibles imprecisiones, vacíos y, en general, cualquier condición que, según su experiencia, conocimiento y mejores prácticas comúnmente aceptadas, puedan afectar el desarrollo del contrato objeto de Interventoría.
10. Expedir las certificaciones de correcta prestación de los servicios, previa verificación del cumplimiento a satisfacción.
11. Presentar un informe mensual para el contrato objeto de Interventoría, con sus respectivos soportes que contengan como mínimo la siguiente información:
a. Informe de Gestión de servicios
b. Informe estado de nuevas solicitudes de servicio
c. Debe tener las obligaciones del servicio y/o de las gestiones según contrato y ver su estado y avance mes a mes.
d. Cumplimiento de los Acuerdos de Niveles de Servicios - ANS
e. Matriz de obligaciones, criterios de aceptación, tipo de evidencia que soportará el cumplimiento, estado y avance de la ejecución de cada una de ellas.
f. Informe de Uso (desempeño y capacidad) de los servicios
g. La trazabilidad de la operación en cada uno de los servicios
h. Informe de indicadores de disponibilidad de los servicios
i. Informe ejecutivo del estado actual de avance del contrato objeto de Interventoría
j. Trabajos realizados por el contratista durante el periodo Evaluación de la calidad de los servicios
k. Matriz de interacción de cada ámbito, con el respectivo recurso asignado para la fecha del reporte.
l. Problemas presentados durante el periodo y sus soluciones
m. Cumplimiento de los cronogramas
n. Correctivos aplicados
o. Recomendaciones
Este informe debe presentarse al Supervisor dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la fecha xx xxxxx del mes vencido de la operación del contrato objeto de Interventoría.
12. Elaborar y presentar, siempre que el Supervisor de la Interventoría lo solicite, los informes que el SENA requiera de carácter técnico, financiero, contable, jurídico o administrativo que se consideren pertinentes para la buena ejecución del contrato objeto de Interventoría
13. Planear, ejecutar y documentar en las correspondientes actas, las reuniones de seguimiento que se realicen entre las partes en desarrollo del contrato objeto de Interventoría, así como del contrato de Interventoría.
14. Dar aviso al SENA y tomar las medidas que considere pertinentes y que propendan por el buen desarrollo del contrato objeto de Interventoría, cuando a su juicio la calidad de los profesionales o técnicos afecte el normal desarrollo de dicho contrato.
15. Llevar de forma ordenada, para el contrato objeto de Interventoría, un sistema de gestión documental que cumpla con los procesos de gestión documental y las políticas de gestión de archivos xxx XXXX; dicho archivo deberá estar a disposición xxx XXXX en el momento que lo requiera y será entregado al momento de la liquidación del contrato objeto de Interventoría. Para el efecto, el Interventor deberá hacer uso de una herramienta informática que garantice la migración de la totalidad de la documentación al sistema de gestión documental xxx XXXX. Toda la gestión documental del contrato se debe adelantar a través de documentos electrónicos; sin embargo, pueden existir algunos documentos físicos que hagan parte del archivo del contrato y que, igual que la documentación digital, deberá entregar cuando se le requiera.
16. Asistir a todas las reuniones que cite el supervisor de la Interventoría requeridas para el desarrollo adecuado del contrato. Las reuniones, de manera enunciativa y no limitada, tendrán entre otros los siguientes objetivos:
a. Revisión de planeación
b. Gestión de cambios
c. Revisión mensual de los correspondientes ANS de la prestación del servicio, para determinar si procede la aplicación de los descuentos económicos por su no cumplimiento
d. Revisión de los informes mensuales previamente entregados por el contratista, con los soportes respectivos, en el cual la Interventoría presentará las observaciones que tenga a los informes mensuales del contratista y solicitará los ajustes que considere pertinentes.
e. Hacer seguimiento a la atención de emergencias, con la correspondiente generación del informe cuando se presente una falla del servicio o de un requerimiento técnico específico.
f. Los demás que sean necesarios a criterio del Supervisor de Interventoría, para realizar el seguimiento al servicio contratado.
El número de reuniones dependerá de la planeación, ejecución del proceso y las necesidades xxx XXXX.
17. Realizar los informes que soliciten el SENA o sus directivos, en respuesta a los requerimientos que realicen los entes de control y/o entidades del Estado colombiano que ejercen el gobierno de TI, o del sector al que pertenece el SENA. El número de informes depende de factores externos, especialmente los entes de control, a cuyos requerimientos se deberá dar cabal y oportuno cumplimiento.
18. Garantizar, sin perjuicio del personal profesional mínimo exigido, el número suficiente de profesionales de apoyo y demás personal técnico y administrativo con que ejecutará el contrato, de acuerdo con su propia organización.
19. Mantener durante toda la ejecución del contrato el equipo de mínimo de personas requerido, en forma permanente y con altos niveles de eficiencia técnica y profesional, para atender sus obligaciones y responsabilidades, según la disponibilidad mínima requerida.
20. Verificar la idoneidad del recurso humano destinado a la ejecución del contrato objeto de Interventoría y solicitar los cambios que sean necesarios.
21. Contar con una oficina o espacio de trabajo destinado de manera específica para el desarrollo de sus obligaciones, ubicado en la ciudad de Bogotá D.C.
4.11.2.4 FINANCIERAS Y CONTABLES
1. Velar porque los recursos entregados al contratista del contrato objeto base de Interventoría sean ejecutados en forma adecuada, de acuerdo con las asignaciones presupuestales y en los términos y condiciones previstos en el contrato objeto de Interventoría.
2. Verificar que el contratista del contrato objeto de Interventoría presente oportuna y adecuadamente las facturas de cobro correspondientes, y que cumplan a cabalidad los
requisitos exigidos para los pagos correspondientes, acorde con las normas fiscales vigentes y con el contrato objeto de Interventoría.
3. Disponer de un sistema con la Información Financiera, contable y de facturación del contrato objeto de Interventoría y asignar al SENA los usuarios de consulta WEB para el acceso a la información, permitiendo la generación de reportes en línea. Al finalizar el contrato objeto de Interventoría, el contratista de Interventoría se compromete a entregar toda la información en un sistema de backup. La plataforma y el espacio de alojamiento será responsabilidad del Interventor. El Sistema de información será propiedad del contratista Interventor.
4. Llevar el registro pormenorizado de las estadísticas y control de la ejecución del presupuesto asignado.
5. Vigilar que no se asuman compromisos que no tengan la respectiva disponibilidad presupuestal, toda vez que no se puede superar el monto de los recursos disponibles.
6. Vigilar que no se asuman compromisos que no cumplan con el objeto contractual.
7. Presentar informes mensuales de la ejecución presupuestal del contrato objeto de Interventoría
8. Emitir aval para el pago de la facturación de los servicios del contrato objeto de Interventoría, previa validación del cumplimiento de los acuerdos de niveles de servicio –ANS y verificación de las herramientas de gestión de los servicios.
9. Debe hacer cumplir las obligaciones xx xxx que surjan en el tiempo del contrato en materia de procesos de facturación electrónica por parte del contratista del contrato objeto de Interventoría.
10. Deberá ajustar igualmente sus procesos de facturación de acuerdo con las obligaciones xx xxx que surjan en el tiempo del contrato, en materia de procesos de facturación electrónica.
11. Responder por el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y tributarias en los términos xx xxx.
12. Responder por las obligaciones de aportes al sistema de seguridad social, ARL y aportes parafiscales y demás obligaciones de carácter laboral.
4.11.2.5 JURÍDICAS
1. Observar el régimen de contratación y acatar la Constitución Política, la ley y jurisprudencia, la ley de transparencia, así como las demás normas vigentes aplicables en su gestión durante la ejecución del contrato.
2. Alertar de manera inmediata al supervisor del contrato y a las autoridades competentes, si ello es necesario, cuando suceda alguna acción, acto, omisión o hechos de fuerza mayor o caso fortuito que obstaculicen, perturben o impidan la correcta ejecución del contrato objeto de Interventoría o cuando terceros pretendan adelantar con el contratista la definición y gestión de riesgos relacionados con la ejecución del contrato objeto de Interventoría y con cada uno de los proyectos que se desarrollen en el marco de dicho contrato, verificando la ejecución de los planes de mitigación de riesgos de los mismos.
3. Presentar un informe mensual donde de manera detallada se indique la ocurrencia o no de presuntos incumplimientos en los términos exigidos por la Ley 1474 de 2011 y las normas que la complementen, modifiquen y/o deroguen, así como del cumplimiento o no de los ANS del contrato base.
4. Guardar total reserva sobre la información que obtenga y conozca en la ejecución del contrato, la cual es propiedad xxx XXXX y sólo podrá ser divulgada por expresa autorización de esta o por requerimiento de autoridad competente.
5. Velar por el respeto de los derechos constitucionales y laborales de los trabajadores y contratistas que utilice para la ejecución del contrato, para lo cual eliminará formas de contratación que sean lesivas de dichos derechos.
6. No contratar a menores de edad, en cumplimiento de los pactos, convenios y convenciones internacionales ratificados por Colombia, según lo establece la Constitución Política y demás normas vigentes sobre la materia, en particular aquellas que consagran los derechos de los niños.
7. Responder por los actos u omisiones ocasionados en la ejecución del contrato que le sean imputables, cuando con ellos causen perjuicio a la administración o a terceros. Cuando se trate de daños a los bienes muebles e inmuebles que el Interventor utilice para desarrollar las actividades del objeto contractual, deberá reponerlos o pagarlos según lo que decida el SENA al respecto.
8. Informar al SENA, a través del supervisor del contrato, cualquier hecho que pueda configurar inhabilidad, incompatibilidad, conflicto de interés o prohibición sobrevinientes durante la ejecución contractual, tanto del contrato de interventoría como del contrato objeto de la misma
9. Conocer detalladamente la naturaleza, objetivos y condiciones del contrato objeto de Interventoría y todos los documentos que hacen parte de los mismos, así como las normas internas xxx XXXX y la normativa vigente sobre el tema a intervenir.
10. Solicitar al SENA que adelante el trámite para la imposición de las sanciones que correspondan cuando se configuren las causales definidas para su aplicación en el contrato objeto de Interventoría.
11. Adelantar con los contratistas la definición y gestión de riesgos relacionados con la ejecución del contrato objeto de Interventoría y con cada uno de los proyectos que se desarrollen en el marco de dichos contratos, verificando la ejecución de los planes de mitigación de riesgos de los mismos.
12. Estudiar, preparar y proponer proyectos de prórroga, adición, modificación o suspensión del plazo del contrato objeto de Interventoría a solicitud del contratista x xxx XXXX, o cuando a su juicio convenga a los intereses de la Entidad, de acuerdo con las normas legales y el contrato objeto de Interventoría. En caso de ser necesario, deberá solicitar apoyo al contratista.
13. Interactuar con el supervisor de la Interventoría, en la solución de reclamaciones surgidas por perjuicios causados a terceros, con ocasión de la ejecución del contrato objeto de Interventoría y emitir su concepto al respecto.
14. Exigir y hacer seguimiento al contratista sobre la modificación de las garantías, de acuerdo con las modificaciones, adiciones o prórrogas, la prórroga de garantías por el término de suspensión del contrato objeto de Interventoría, así como el cumplimiento de cualquier otro requisito pertinente antes de tramitar el acta de reinicio correspondiente.
15. Hacer cumplir las disposiciones legales de carácter laboral y de seguridad social establecidas por el código sustantivo del trabajo, la Ley 100 de 1993, Ley 789 de 2002 y demás normas complementarias sobre la materia, exigiendo que se tomen las medidas tendientes a garantizar el cumplimiento.
16. Conceptuar sobre los asuntos de la ejecución del contrato base y de Interventoría que sean requeridos por la entidad contratante a través del gerente del proyecto.
17. Vincular directamente al personal requerido durante la ejecución y abstenerse del uso de figuras de subcontratación total y parcial de la ejecución del objeto, como cooperativas de trabajo asociado, empresas de servicios temporales para la vinculación del personal y/o similares.
18. Llevar a cabo en forma oportuna, los trámites de recibo final y liquidación del contrato objeto de Interventoría.
19. Elaborar el proyecto de acta de liquidación del contrato, de acuerdo con lo estipulado en el contrato de Interventoría, la normatividad vigente y la expedida por el SENA.
20. Tramitar la suscripción del acta de liquidación por las partes.
4.11.2.6 SOBRE LAS VISITAS
a) El Interventor debe realizar por lo menos una visita bimestral a todas las sedes donde el SENA recibe los servicios TIC del contrato objeto de Interventoría para verificar el cumplimiento de los requerimientos contractuales y presentar un informe de este. La línea base de sedes está en el Anexo 5- Sedes SENA.
b) El Interventor debe realizar todas las visitas necesarias para verificar y recibir los servicios instalados en las sedes xxx XXXX durante la ejecución del contrato objeto de Interventoría
c) En la programación de los viajes para las visitas, el Interventor deberá proponer un protocolo de visita, el cual será avalado por los supervisores de la Interventoría. En dicho protocolo se debe establecer la duración, recorridos, aspectos a revisar, infraestructura a recibir, y cualquier otro aspecto que en su momento requiera el supervisor de la Interventoría. Deberá coordinar las actividades a ejecutar con los contratistas objeto de Interventoría.
d) Los viajes del Interventor para las visitas serán aprobados por el supervisor de Interventoría.
e) El Interventor deberá mínimo realizar una visita anual de revisión al sitio donde el contratista tenga la infraestructura de Datacenter y su correspondiente DRP, previa coordinación con el contratista para garantizar la seguridad de estos sitios.
f) Las visitas deben tener como elemento esencial el diagnóstico que vaya presentando la Mesa de Servicios, para verificar aleatoriamente la eficiencia en la atención de los tickets.
g) Las visitas deben generar insumos para la revisión y conciliación de ANS de los diferentes servicios de las sedes.
4.12 EQUIPO DE TRABAJO
Para la ejecución del Contrato de interventoría se requiere el equipo de trabajo descrito en el Anexo Técnico No. 1.
5. CONVOCATORIA NO LIMITADA A MIPYMES
Teniendo en cuenta que el presupuesto de la consultoría, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2.2.1.2.4.2.2. del Decreto 1082 de 2015, es superior a ciento veinticinco mil dólares de los Estados unidos de América (USD125.000.oo), liquidados con la tasa de cambio que para el efecto determina
el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la presente convocatoria NO se limitará a la participación de Mipymes nacionales.
6. REQUISITOS HABILITANTES
En virtud del principio de transparencia en materia de contratación pública, estipulado en el artículo 00 xx xx xxx 00 xx 0000, xx deber de las entidades estatales definir «reglas objetivas, justas, claras y completas que permitan la confección de ofrecimientos de la misma índole, aseguren una escogencia objetiva y eviten la declaratoria de desierta de la licitación o concurso».
En este sentido, el artículo 29 del mismo estatuto exige la objetividad para la selección de ofertas, definiendo que ésta cumple con tal condición siempre que la escogencia se efectúe «sin tener en consideración factores de afecto o de interés y, en general, cualquier clase de motivación subjetiva».
A su vez, estipula que el «ofrecimiento más favorable es aquel que, teniendo en cuenta los factores de escogencia, tales como cumplimiento, experiencia, organización, equipos, plazo, precio y la ponderación precisa, detallada y concreta de los mismos, contenida en los pliegos de condiciones o términos de referencia o en el análisis previo a la suscripción del contrato, si se trata de contratación directa, resulta ser el más ventajoso para la entidad, sin que la favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dichos documentos, sólo alguno de ellos, el más bajo precio o el plazo ofrecido».
En ese orden de ideas, y con el objeto de efectuar las comparaciones necesarias para la escogencia de la oferta más favorable de conformidad con el estatuto de contratación pública, a continuación, se listan las reglas objetivas que ha estipulado la entidad a efectos seleccionar la propuesta más favorable, en concordancia con la necesidad que se pretende satisfacer por medio de esta contratación.
De conformidad con lo estipulado en el numeral 1 del artículo 5 de la ley 1150 de 2007, la capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los oferentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje. La exigencia de tales condiciones será adecuada y proporcional a la naturaleza del contrato a suscribir y a su valor, las cuales estarán establecidas en el pliego de condiciones.
La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al oferente, no necesarios para la comparación de las propuestas, no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje deberán ser solicitados por las entidades estatales y deberán ser entregados por los oferentes hasta el término de traslado del informe de evaluación. Serán rechazadas las ofertas de aquellos oferentes que no suministren la información y Ia documentación solicitada por la entidad estatal hasta el plazo anteriormente señalado.
6.1 CAPACIDAD JURÍDICA
En el presente proceso de contratación pueden participar personas jurídicas, nacionales o extranjeras; consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura, cuyo objeto social esté relacionado directamente con el objeto del contrato a celebrarse.
La duración de cualquier tipo de asociación por la que opte el oferente debe ser, por lo menos, por la vigencia del contrato y un (1) año más, situación que deberá constar de manera expresa en el documento de conformación de la figura asociativa.
La entidad contratante también revisará que los oferentes y sus representantes legales no se encuentren en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato, de conformidad con lo estipulado en el artículo 8 de la ley 80 de 1993 y el artículo 4 de la ley 1474 de 2011. Para ello, revisará el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales, el certificado de existencia y representación legal y el RUP para verificar que no haya lugar a infracciones al régimen de inhabilidades e incompatibilidades ni que existan sanciones inscritas.
Los documentos y reglas que deberá tener en cuenta el oferente con el fin de verificar el cumplimiento de su capacidad jurídica serán los siguientes:
X. Xxxxx de presentación de la propuesta suscrita por el proponente o representante legal del proponente
El proponente deberá presentar la carta de presentación de la propuesta (Formato 1-Carta de Presentación de la Propuesta) debidamente suscrita por el representante legal (persona jurídica), persona designada para representarlo (consorcio o unión temporal), o apoderado, según el caso, dentro del plazo y en el sitio fijado por la entidad contratante en el cronograma del proceso de contratación. En el evento de suscribirse la propuesta mediante apoderado, el proponente deberá anexar el poder debidamente conferido ante notario público o autoridad judicial donde se especifique si cuenta con poder expreso para suscribir la carta de presentación de la propuesta, la propuesta en el monto señalado y en caso de resultar adjudicatario, suscribir el contrato respectivo, y en general en la participación del proceso de selección.
El representante legal del proponente debe encontrarse debidamente autorizado y facultado para suscribir la carta de presentación de la oferta, la oferta y para adquirir todas las obligaciones derivadas del presente proceso de contratación y el contrato que llegare a suscribirse. En el evento que se requiera autorización del órgano social respectivo para celebrar el acto o contrato que se relaciona con el presente proceso contractual, el proponente deberá presentar, junto con la carta de presentación de la oferta, el acta o documento de autorización expresa otorgado por el órgano competente.
El proponente no debe estar incurso en las causales de inhabilidad, incompatibilidad o prohibiciones para contratar establecidas en la Constitución Política o en la Ley. En el evento que sobreviniere una causal de inhabilidad e incompatibilidad, estará en la obligación de manifestar inmediatamente el hecho a la entidad contratante para que se tomen las medidas administrativas respectivas.
Antecediendo a la firma, se debe indicar en forma clara el nombre de la persona que suscribe la oferta, el número de identificación, teléfono de contacto, dirección de correspondencia oficial de la persona natural o jurídica, correo electrónico, de conformidad con el formato de la carta de presentación, adjunto al pliego de condiciones formato 1 de los pliegos de condiciones.
B. Copia de cédula de ciudadanía del representante legal en el caso de persona jurídica o del representante del consorcio o unión temporal y aval de un profesional en ingeniería de acuerdo con el artículo 20 de la ley 842 de 2003
La carta de presentación de la propuesta debe venir acompañada de copia al 150% de la cédula de ciudadanía del representante legal de la persona jurídica o el representante del consorcio o unión temporal y debe estar avalada por un ingeniero de sistemas, industrial, de telecomunicaciones o afines, con fundamento en el artículo 20 de la ley 842 de 2003, quien deberá anexar fotocopia al 150% del documento de identidad, copia al 150% de la matrícula o tarjeta profesional y el certificado vigente de antecedentes profesionales expedido por el Consejo Profesional respectivo.
C. Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio
Las personas jurídicas deben estar constituidas legalmente, registradas en la Cámara de Comercio y su objeto social enmarcarse dentro de las actividades relacionadas con el objeto de este contrato. De tratarse de uniones temporales o consorcios, los miembros que la integran deberán acreditar, en el acuerdo de conformación correspondiente, que dentro de su objeto social se encuentre comprendida las actividades que se comprometen a desarrollar. En todo caso, el consorcio o la unión temporal deberá, en conjunto, demostrar que los objetos sociales comprenden las actividades señaladas en el objeto de la presente licitación pública.
Para verificar el cumplimiento de este requisito, la entidad contratante aplicará las siguientes reglas:
a) Si se trata de una persona jurídica nacional, se deberá acreditar su existencia y representación legal mediante la presentación del certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio correspondiente. Si el oferente es persona jurídica que no tiene obligación legal de registrarse en la Cámara de Comercio, deberá allegar el documento legal idóneo que acredite su existencia y representación o el reconocimiento de personería jurídica, de conformidad con la normatividad aplicable. En todo caso, el documento aportado deberá estar vigente a la fecha de cierre del proceso y expedido con fecha no mayor a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre de este.
b) Las personas jurídicas extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, también deberán presentar el certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio correspondiente . En todo caso, el documento aportado deberá estar vigente a la fecha de cierre del proceso y expedido con fecha no mayor a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del mismo.
c) Cuando el oferente sea un consorcio o una unión temporal, cada una de sus integrantes deberá presentar su certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del proceso de contratación.
d) La persona jurídica de origen extranjero, que no sea residente en Colombia, podrá presentar propuesta, previo cumplimiento de los requisitos generales establecidos para tal fin, aplicables a los oferentes nacionales con las excepciones del caso y especialmente cumpliendo los siguientes requisitos:
I. Deberá adjuntar el certificado de existencia y representación legal o el documento equivalente del país en que se haya constituido legalmente, mediante documento expedido dentro de los tres meses anteriores al cierre del proceso de selección. Si el mismo se encuentra en idioma distinto al español x xxxxxxxxxx oficial de la República de Colombia, debe presentarse en su lengua original junto con la traducción simple al castellano. En el evento en que el oferente extranjero ostente limitación en su capacidad de contratación o de oferta, deberá adjuntar el documento
mediante el cual el órgano respectivo autorice al representante legal la presentación de la propuesta y la suscripción de los documentos que de ella se deriven. En lo no previsto aquí expresamente, se aplicará el régimen dispuesto para los nacionales colombianos y que le sea aplicable a los extranjeros.
II. En cumplimiento de lo ordenado por el Parágrafo 2° del artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012, el oferente extranjero, persona natural sin domicilio en Colombia o persona jurídica extranjera que no tenga establecida sucursal en el país, NO se encuentra obligado a inscribirse ni calificarse en el RUP.
Los documentos que se aporten por el oferente extranjero deberán acreditar la siguiente información:
a) Que el objeto social del oferente deberá enmarcarse dentro de las actividades relacionadas con el objeto de este contrato.
b) Capacidad legal, técnica y financiera para participar en el proceso de selección, así como para celebrar y ejecutar el contrato que se derive.
c) Que la vigencia de la sociedad no será inferior a la duración del contrato y tres (3) años más contados a partir de la fecha de liquidación del mismo.
d) Que el representante legal de la sociedad o su equivalente tiene la suficiente capacidad legal para comprometer a la sociedad sin limitaciones de ninguna naturaleza o cuantía, en todos los aspectos requeridos para la presentación de la propuesta, la celebración del contrato y, en general, para actuar frente a cualquier obligación que se derive de la celebración, legalización, ejecución, terminación y liquidación del mismo.
e) Si el representante legal o su equivalente tuviere algún tipo de limitación estatutaria para presentar propuesta, suscribir el contrato y en general para efectuar cualquier acto derivado del proceso licitatorio y del contrato en caso de resultar adjudicatario, deberá allegarse la autorización del órgano social competente de la sociedad o su equivalente para participar en el proceso de selección, y efectuar cualquier acto derivado del proceso licitatorio. Así mismo, si la sociedad extranjera participa en el proceso mediante apoderado, la autorización del órgano social o su equivalente deberá incluir la facultad para nombrar apoderado.
f) Cuando no existiera en el país de origen del oferente una entidad que certifique la información arriba solicitada, la información se acreditará mediante un documento expedido por el representante legal o por el máximo órgano directivo del oferente o su equivalente en el que conste cada una de las circunstancias exigidas en el presente numeral y se declare que según las leyes de ese país la información solicitada no puede aportarse en los términos. Este documento debe presentarse ante la autoridad encargada de dar fe pública en el país de origen.
g) En el evento en que una persona jurídica extranjera sin sucursal en Colombia se presente al proceso de selección deberá presentar carta de compromiso suscrita por el representante legal donde manifieste de manera inequívoca asumir la obligación de constituir en el evento de resultar adjudicataria del proceso la sucursal respectiva en Colombia. En el evento de resultar favorecido con la adjudicación un proponente extranjero sin domicilio ni sucursal en Colombia, para efectos de poder ejecutar el contrato deberá previamente constituir una
sucursal en Colombia en los términos del Código de Comercio, de acuerdo con lo señalado en los artículos 471 y 474 del citado Código. Los proveedores extranjeros pueden estar representados por apoderados o representantes legales, caso en el cual el interesado debe acreditar que quien presenta la oferta está legalmente facultado para comprometer al interesado, presentar el documento correspondiente bien sea un poder o un nombramiento en el cual consten las facultades otorgadas y acreditar la identidad del apoderado o representante legal con su documento de identificación.
D. Documento de constitución de Consorcio, Unión temporal u Oferente Plural
En caso de que el oferente se derive de una participación conjunta, el consorcio o unión temporal debe estar conformado de acuerdo con lo establecido por el artículo 7 de la ley 80 de 1993 y se deberá acreditar con el respectivo documento de conformación. Para el momento de presentación de la oferta el oferente debe indicar en la carta de presentación de la misma el nombre del consorcio o la unión temporal, así como la identificación detallada de sus integrantes.
En el documento de conformación de la unión temporal o consorcio deberá constar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7º. de la ley 80 de 1993, lo siguiente:
a) Indicar en forma expresa si su participación es a título de consorcio o unión temporal.
b) Designar la persona que para todos los efectos representará el consorcio o la unión temporal.
c) Xxxxxxx las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del consorcio o la unión temporal y sus respectivas responsabilidades.
d) En el caso de la unión temporal, señalar en forma clara y precisa los términos y extensión de la participación en la propuesta y en su ejecución y las obligaciones y responsabilidades de cada uno en la ejecución del contrato (actividades), los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la entidad contratante.
e) Señalar la duración del mismo que no deberá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y un (1) años más.
f) Estar suscrito por todos sus integrantes y el representante del mismo.
E. Certificado en original de inscripción y calificación en el Registro Único de Proponentes (RUP), expedido por la Cámara de Comercio de la jurisdicción donde se halle el domicilio principal de la persona jurídica o proponente plural, con fecha de expedición de máximo treinta (30) días antes del cierre del proceso
Teniendo en cuenta lo contemplado en el artículo 2.2.1.1.1.5.1. del decreto 1082 de 2015, los interesados en participar en este proceso deberán estar inscritos en el Registro Único de Oferentes (RUP) de acuerdo con lo dispuesto por la ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del decreto 019 de 2012. Los oferentes deben allegar el certificado de inscripción en el RUP, expedido por la respectiva Cámara de Comercio dentro de los treinta (30) días calendario anteriores al cierre del proceso.
De conformidad con lo consagrado en el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 1012 y el artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015, la inscripción del proponente debe encontrarse vigente y en firme antes de la fecha de adjudicación del proceso de selección.
Por lo anterior, todas las personas jurídicas individualmente consideradas o cada uno de los miembros de las formas conjuntas de participación (oferente plural) deberán allegar con la propuesta el certificado del Registro Único de Oferentes (RUP) en firme, actualizado y vigente a la fecha de cierre del proceso de selección.
Las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, no están obligados a tener RUP, por lo anterior, el SENA evaluará los requisitos de habilitación con base en la documentación aportada para acreditar los requisitos jurídicos, técnicos y económicos correspondientes.
F. Certificación de cumplimiento de obligaciones con los sistemas generales de seguridad social integral y aportes parafiscales
El oferente debe presentar certificación expedida por el representante legal o el revisor fiscal, cuando sea exigido por la ley (quien deberá adjuntar copia de la tarjeta profesional, copia de la cédula de ciudadanía y certificado disciplinario de la Junta Central de Contadores vigente y sin antecedentes disciplinarios que le impidan ejercer su profesión), en la que acredite el cumplimiento de sus obligaciones en términos del artículo 50 de la ley 789 de 2002 y lo señalado en el artículo 23 de la ley 1150 de 2007, en todo caso no podrá ser inferior a los seis (6) meses anteriores a la celebración del contrato, en lo relativo a las obligaciones con los sistemas de salud, pensión, ARL, parafiscales y contrato de aprendizaje.
En el evento que no se encuentre obligado a cancelar aportes parafiscales y/o cuota de aprendizaje por algún periodo, deberá indicar expresamente esta circunstancia, especificando la razón y los periodos exentos.
Todo oferente que tenga resoluciones de cobro (actos administrativos en firme) por concepto de aportes parafiscales, incumplimiento de contrato de aprendizaje o multas impuestas por el Ministerio del Trabajo, no podrán participar, salvo que exista acuerdo de pago suscrito y al día, previo al cierre del proceso. En este caso deberán manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo.
La persona jurídica de origen extranjero sin sucursal en Colombia, que actúe como proponente único o como miembro de consorcio o unión temporal, deberá adjuntar el certificado expedido por el representante legal o el revisor fiscal, cuando sea exigido por la ley (del país de origen) donde se evidencie el cumplimiento de obligaciones con los sistemas generales de seguridad social integral y aportes parafiscales o el documento equivalente del país en que se haya constituido legalmente y su normativa aplicable, el cual deberá ser expedido dentro de los 30 días anteriores al cierre del proceso de selección. Si el mismo se encuentra en idioma distinto al español x xxxxxxxxxx oficial de la República de Colombia, debe presentarse en su lengua original junto con la traducción simple al castellano.
Cuando el proponente sea un Consorcio o una Unión Temporal, cada una de las personas naturales o jurídicas que lo integran deberá certificar que se encuentran cumpliendo con las obligaciones antes citadas.
G. Certificado de antecedentes disciplinarios y certificado de no reportado en el Boletín de Responsables Fiscales
El proponente deberá presentar la certificación de antecedentes disciplinarios, tanto de la persona jurídica como de su representante legal, expedida por la Procuraduría General de la Nación y donde se pueda comprobar que el oferente no está inhabilitado para contratar. Asimismo, el proponente deberá presentar la certificación de no reportado en el Boletín de Responsables Fiscales, tanto de la persona jurídica como de su representante legal, expedida por la Contraloría General de la República.
En el evento que se trate de oferentes plurales, deberán adjuntarse las certificaciones de antecedentes disciplinarios y las de no reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, de los representantes legales de cada uno y del representante de la figura asociativa correspondiente.
La entidad contratante se reserva la facultad de verificar que esta información sea veraz mediante la verificación del último Boletín de Responsables Fiscales y/o en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad (SIRI) de la Procuraduría General de la Nación.
H. Certificado de Antecedentes Judiciales
El SENA conforme el Decreto 019 de 2012, consultará y verificará, de la página Web de Policía Nacional de Colombia los antecedentes judiciales del proponente persona natural, representante legal de la persona jurídica, de los representantes legales del proponente plural que van a participar en el presente proceso.
I. Certificado del Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas
El SENA consultará y verificará, de la página Web de Policía Nacional de Colombia – Portal de Servicio al Ciudadano, el Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas, para verificar si existen multas en xxxx en los últimos seis (6) meses, impuestas por virtud del artículo 183 del Código Nacional de Policía, Ley 1801 de 2016, de la persona natural, el representante legal de la persona jurídica, de los representantes legales del proponente plural que van a participar en el presente proceso.
X. Xxxxxxxx de seriedad de la propuesta
Durante el proceso de selección, los oferentes deberán constituir, en observancia del artículo 2.2.1.2.3.1.6. del decreto 1082 de 2015, una garantía de seriedad de la oferta a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, con NIT 899.999.034-1, con domicilio en la calle 57 No. 8 – 69 Bogotá D.C.
Lo anterior con el propósito de afianzar su propuesta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual, en caso de que le sea adjudicado el respectivo contrato. El valor de la garantía de seriedad de la oferta deberá ser del 10% del valor de su oferta económica y su vigencia será de sesenta (60) días, contados a partir de la fecha de presentación de las propuestas de acuerdo con el cronograma del presente proceso de contratación.
Cuando la propuesta sea presentada por un consorcio o unión temporal, en la póliza de garantía deberá estipularse que el tomador es el consorcio o unión temporal, según sea el caso, con la indicación de cada uno de sus integrantes (no a nombre de sus representantes legales). Su valor
total será exigible ante el incumplimiento de las obligaciones amparadas en que incurra cualquiera de los integrantes del proponente, en todo o en parte, de manera directa o indirecta.
En caso de póliza de seguro, ésta deberá adjuntarse acompañada de las condiciones generales.
En caso de que la fecha de cierre de la selección se amplíe, debe tenerse en cuenta la nueva fecha para efecto de la vigencia de la garantía.
La garantía de seriedad de la oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos:
La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado.
La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan el término de tres (3) meses.
Nota: Cuando el oferente no anexe la garantía de seriedad de su oferta de manera simultánea con la propuesta, será causal de rechazo de conformidad con el parágrafo 3° del artículo 5° de la ley 1150 de 2007, adicionado por la ley 1882 de 2018.
6.2 CAPACIDAD FINANCIERA
En cumplimiento del artículo 2.2.1.1.1.5.3. numeral 3º del decreto 1082 de 2015, la Capacidad Financiera y Organizacional de los oferentes se acredita mediante el RUP vigente y en firme. Se aclara que para el presente proceso los oferentes deberán presentar el RUP actualizado con fecha xx xxxxx de los estados financieros a diciembre 31 de 2018.
En el componente financiero de las empresas que están dispuestas a ofertar, es importante tener en cuenta indicadores para verificar la capacidad financiera y organizacional, en este sentido, a continuación se definen los más útiles para obtener información pertinente tomando como base las recomendaciones del Decreto 1082 de 2015 y la Guía para la Elaboración del Estudios del Sector de Colombia Compra Eficiente.
NOTA 1: Las personas jurídicas extranjeras con sucursal en Colombia deberán acreditar las condiciones financieras a través del RUP.
NOTA 2: Para acreditar la capacidad financiera y la capacidad organizacional de las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia, se utilizará certificados suscritos por el representante legal y el revisor fiscal o auditor del proponente, y si el proponente no está obligado a tener revisor fiscal, será por su contador, y deberá estar acompañado de los estados financieros auditados xx xxxxx anual más reciente, así mismo deberá incluir en los Documentos del Proceso la siguiente información relevante para la presentación de ofertas por parte de proponentes extranjeros:
• Fecha xx xxxxx de los Estados Financieros: Los oferentes extranjeros deben presentar sus estados financieros a la fecha xx xxxxx establecida en los países de origen o en sus estatutos sociales.
• Moneda: Los oferentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos. El proponente y la Entidad Estatal para efectos de acreditar y verificar los requisitos habilitantes tendrán en cuenta la tasa representativa xxx xxxxxxx vigente en la fecha en la cual los estados financieros fueron expedidos. Para el efecto, el
proponente y la Entidad Estatal tendrán en cuenta las tasas de cambio certificadas por la Superintendencia Financiera.
NOTA 3: Debido a que hay indicadores que resultan de realizar divisiones entre valores, cuando el denominador es cero, será válido para la administración y por lo tanto será habilitado, asignándole el puntaje mínimo exigido.
NOTA 4: Los proponentes que sean personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o personas jurídicas sin sucursal en Colombia, deberán diligenciar el Formato 5 información que deberá estar soportada en el último balance de acuerdo con el cierre fiscal en el país de origen, certificada por contador público con inscripción profesional vigente ante la Junta Central de Contadores de Colombia en la que certifique la fecha del cierre en el país de origen y avale la conversión, acompañada de fotocopia de la tarjeta profesional y certificado de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores, el cual deberá estar vigente a la fecha de cierre del presente proceso.
El Servicio Nacional de Aprendizaje SENA advierte que el artículo 43 de la Ley 222 de 1995, reza: “(…) Responsabilidad penal. Sin perjuicio de lo dispuesto en otras normas, serán sancionados con prisión de uno a seis años, quienes a sabiendas:
1. Suministren datos a las autoridades o expidan constancias o certificaciones contrarias a la realidad.
2. Ordenen, toleren, hagan o encubran falsedades en los estados financieros o en sus notas (…).”
La Entidad se reserva el derecho de solicitar de manera adicional los documentos de carácter financiero que requiera para realizar la constatación de la información consignada en el RUP, la cual deberá ajustarse a las Normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas en Colombia.
6.2.1 ÍNDICE DE LIQUIDEZ
Índice de Liquidez = Activo Corriente / Pasivo Corriente
Liquidez: Deberá ser mayor o igual a uno punto seis veces (≥1.6)
Condición: Sí el índice de liquidez es Mayor o igual que 1.6 la propuesta se calificará HABILITADA.
Para los consorcios y uniones temporales, el cálculo se realizará tomando la sumatoria ponderada del activo corriente de cada participante en el consorcio o unión temporal, sobre la sumatoria del pasivo corriente ponderado, según porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal de los participantes del mismo.
De conformidad con el manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los procesos de contratación expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública- Colombia. Compra Eficiente, LA FORMULA que se tendrá en cuenta será la siguiente:
6.2.2 ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO
Índice de Endeudamiento = Pasivo Total / Activo Total
Endeudamiento: Deberá ser menor o igual que setenta por ciento (≤70%)
Condición: Sí el índice de endeudamiento es Menor o igual que 70% la propuesta se calificará HABILITADA
Para los consorcios y uniones temporales, el cálculo se realizará tomando la sumatoria ponderada del pasivo total de cada participante en el consorcio o unión temporal, sobre la sumatoria del activo total ponderado, según porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal de los participantes del mismo.
De conformidad con el manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los procesos de contratación expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública- Colombia. Compra Eficiente, LA FORMULA que se tendrá en cuenta será la siguiente:
6.2.3 RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES
Razón de Cobertura de Intereses = Utilidad Operacional / Gastos de Intereses Cobertura de Intereses: Deberá ser mayor o igual que uno punto cero (≥1.0).
Condición: Sí el índice de Cobertura de Intereses es Mayor o igual que ≥1.0 la propuesta se calificará HABILITADA
Para los consorcios y uniones temporales, el cálculo se realizará tomando la sumatoria ponderada de la Utilidad Operacional de cada participante en el consorcio o unión temporal, sobre la sumatoria del Gasto de Intereses ponderado, según porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal de los participantes del mismo.
Para el caso que el indicador “Razón de Cobertura de Intereses”, arroje como resultado “indeterminado”, será válido para la administración y por lo tanto será habilitado, siempre y cuando la cuenta “gastos de intereses” sea valor cero (0).
Para el caso de consorcios y uniones temporales, el indicador “Razón de Cobertura de Intereses” cuando arroje como resultado “indeterminado” para algún miembro del consorcio o unión temporal, será válido para la administración y por lo tanto será habilitado, asignándole el mínimo exigido de uno punto cero (1.0) veces por su participación ponderada y su cálculo se realizará tomando la sumatoria ponderada de la Utilidad Operacional de cada participante en el consorcio o unión temporal, sobre la sumatoria del Gasto de Intereses ponderado, según porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal de los participantes del mismo.
De conformidad con el manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los procesos de contratación expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública- Colombia. Compra Eficiente, LA FORMULA que se tendrá en cuenta será la siguiente:
En los casos en que los oferentes a presentarse estén constituidas como Empresas sin ánimo de lucro - ESAL o Universidades Públicas, para la verificación de la razón cobertura de intereses, se entenderá que cumple independiente de su resultado.
6.2.4 CAPITAL DE TRABAJO
Capital de Trabajo = Activo Corriente – Pasivo Corriente
Capital de Trabajo: Deberá ser mayor o igual que seis por ciento (≥6%) del presupuesto oficial.
Condición: Sí el índice de Capital de Trabajo es Mayor o igual que ≥6% del presupuesto oficial, la propuesta se calificará HABILITADA
Este indicador representa la liquidez operativa del proponente, es decir el remanente del proponente luego de liquidar sus activos corrientes (convertirlos en efectivo) y pagar el pasivo de corto plazo. Un capital de trabajo positivo contribuye con el desarrollo eficiente de la actividad económica del proponente. Es recomendable su uso cuando la Entidad Estatal requiere analizar el nivel de liquidez en términos absolutos.
El capital de trabajo es la medida de efectivo y activos líquidos disponibles para financiar las operaciones diarias de una empresa. Tener esta información puede ayudar a administrar el contrato y tomar buenas decisiones.
Mediante el cálculo del capital de trabajo, se determinará por cuánto tiempo el oferente puede cumplir con las obligaciones del contrato. Una empresa con un capital muy bajo o nulo probablemente no tenga la capacidad para ejecutar las obras. Calcular el capital de trabajo también es útil para evaluar si una empresa hace un uso eficaz de sus recursos.
Por lo anteriormente expuesto, los proponentes que pretenden presentar oferta en marco del proceso de selección deben acreditar como requisito habilitante, un indicador de Capital de Trabajo mayor o igual al 6% del presupuesto Oficial.
Para el caso del capital de trabajo, y de acuerdo con lo sugerido en el Manual de Colombia compra Eficiente- M-DVRHPC-04 publicado en septiembre de 2014, en el caso de consorcios y/o Uniones Temporales el cálculo se realizará tomando el Activo corriente menos el Pasivo corriente de cada uno de los integrantes, de manera individual, para posteriormente sumar el resultado de cada uno de ellos, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Capital de trabajo absoluto = ΣIndicador i
6.2.5 PATRIMONIO
TOTAL ACTIVO – TOTAL PASIVO = TOTAL PATRIMONIO
El Patrimonio mide la cantidad de recursos propios de proponente.
Patrimonio: deberá ser mayor o igual al 50% del presupuesto oficial establecido. Condición: sí el patrimonio es Mayor o igual al 50% presupuesto oficial establecido la propuesta se calificará habilitada.
Para los consorcios y uniones temporales, el cálculo se realizará tomando el patrimonio de cada participante en el consorcio o unión temporal, según porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal de los participantes del mismo. De conformidad con el manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los procesos de contratación expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública- Colombia. Compra Eficiente, la fórmula que se tendrá en cuenta será la siguiente:
Valor Patrimonio = (∑n=1 valor patrimonio1 × porcentaje de participación)
Si el proponente presenta un indicador menor al exigido en el presente Pliego de Condiciones la oferta será INHABILITADA.
6.3 CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
En cumplimiento del artículo 2.2.1.1.1.5.3. del Decreto 1082 de 2015, la Capacidad Organizacional de los proponentes se acredita mediante el RUP vigente y en firme que deberá ser presentado por los oferentes. La El SENA verificará el cumplimiento de los siguientes indicadores financieros a título de requisito habilitante.
En los casos en que los oferentes a presentarse estén constituidas como Empresas sin ánimo de lucro - ESAL o Universidades Públicas, para la verificación de la capacidad organizacional independientemente de su resultado, se entenderá que cumple con la Capacidad Organizacional.
Para los casos en que los Consorcios o Uniones Temporales estén integrados por Empresas con Ánimo de Lucro y Empresas sin Ánimo de Lucro – ESAL o Universidades Públicas, independientemente del número de integrantes, se tendrán en cuenta para la verificación de la capacidad organizacional los resultados individuales de los integrantes; es decir, se evaluarán por separado cada proponente y deberá cumplir con los criterios de capacidad organizacional establecidos en el presente pliego de condiciones.
6.3.1 RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO
Rentabilidad sobre patrimonio: Utilidad Operacional / Patrimonio
Rentabilidad del patrimonio: Deberá ser mayor o igual que cuatro por ciento (≥4%), 0.04
Condición: Sí el índice de Rentabilidad del Patrimonio es Mayor o igual que 4% la propuesta se calificará HABILITADA
Para los consorcios y uniones temporales, el cálculo se realizará tomando la sumatoria ponderada de la Utilidad Operacional de cada participante en el consorcio o unión temporal, sobre la sumatoria del patrimonio ponderado, según porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal de los participantes del mismo.
De conformidad con el manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los procesos de contratación expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública- Colombia. Compra Eficiente, LA FORMULA que se tendrá en cuenta será la siguiente:
6.3.2 RENTABILIDAD DEL ACTIVO
Rentabilidad sobre activos: Utilidad Operacional / Activo Total
Rentabilidad del Activo: Deberá ser mayor o igual que tres por ciento (≥3%), 0.03
Condición: Sí el índice de Rentabilidad del Activo es Mayor o igual que 3% la propuesta se calificará HABILITADA
Para los consorcios y uniones temporales, el cálculo se realizará tomando la sumatoria ponderada de la Utilidad Operacional de cada participante en el consorcio o unión temporal, sobre la sumatoria del Activo Total ponderado, según porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal de los participantes del mismo.
Se considera que el oferente cumple con la Capacidad Financiera y Capacidad Organizacional solicitada y que está habilitado para continuar en el proceso, si obtiene en cada indicador los márgenes anteriormente establecidos.
De conformidad con el manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los procesos de contratación expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública- Colombia. Compra Eficiente, LA FORMULA que se tendrá en cuenta será la siguiente:
Se considera que el oferente cumple con la capacidad financiera y Capacidad Organizacional solicitada y que está habilitado para continuar en el proceso, si obtiene en cada indicador los márgenes anteriormente establecidos y que se resumen en la siguiente tabla:
6.4 MÁRGENES ESTABLECIDOS PARA CADA INDICADOR FINANCIERO
ÍNDICE | FORMULA | VALORES ACEPTABLES |
Índice de liquidez | Activo Corriente / Pasivo Corriente | > 1.6 veces |
Índice de endeudamiento | Pasivo Total / Activo Total | ≤ 70% |
Razón de cobertura de intereses | Utilidad Operacional / Gastos de Intereses | > 1.0 veces o indeterminado |
Capital de Trabajo | Activo Corriente - Pasivo Corriente | > 6% del presupuesto oficial |
Patrimonio | Patrimonio=Activo Total- Pasivo Total | > 50% del presupuesto oficial |
Rentabilidad del patrimonio | Utilidad Operacional / Patrimonio | ≥ 4% |
Rentabilidad del activo | Utilidad Operacional/ Activo | ≥ 3% |
En caso de que la propuesta no cumpla con alguno de los indicadores anteriormente mencionados, será calificada como NO HÁBILITADO.
La exigencia de los anteriores requisitos tiene la finalidad de garantizar que el proponente favorecido tenga la capacidad financiera, experticia y respaldo necesario para el cumplimento adecuado de
cada una de las obligaciones surgidas del contrato que se llegue a celebrar, y se ajustan a la naturaleza y cuantía del negocio jurídico resultante del presente proceso.
6.5 CAPACIDAD TÉCNICA
A continuación, se detallan los requisitos de habilitantes técnicos que verificará la entidad contratante y que constituyen requisitos de habilitación exigidos a todos los oferentes, al tenor de lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 5 de la ley 1150 de 2007.
Los criterios que se presentan a continuación no son excluyentes entre sí, y la entidad verificará la concurrencia de todos y cada uno de ellos. Por tanto, los oferentes deberán demostrar los documentos en cada uno de los numerales que siguen:
6.5.1 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
Para participar en el Procedimiento de Selección destinado a adjudicar el Contrato de Interventoría, se requiere que los interesados acrediten por lo menos CINCO (5) años de experiencia en la prestación de Servicios, de conformidad con las siguientes especificaciones:
En atención a lo dispuesto en el numeral 1º del artículo 2.2.1.1.1.5.3 Decreto 1082 de 2015, la experiencia acreditada del proponente, se demostrará con la información contenida en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio.
Los interesados en participar en este proceso de selección deberán estar inscritos en el Registro Único de Proponentes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto 019 de 2012 y lo establecido en el Decreto 1510 de 2013.
Los proponentes deben allegar el certificado de inscripción en el RUP, expedido por la respectiva Cámara de Comercio con una fecha no menor a treinta días (30) anteriores al cierre.
El proponente debe acreditar experiencia de acuerdo con los siguientes segmentos, familias y clases, según Clasificador de Bienes y Servicios de Naciones Unidas (versión 14):
Clasificador UNSPSC | Segmento | Familia | Clase |
801015000 | Servicios de gestión, servicios profesionales de empresas y servicios administrativos | Servicios de asesoría de gestión | Servicios de consultoría de negocios y administración corporativa |
801016000 | Servicios de gestión, Servicios profesionales de empresas y servicios administrativos | Servicios de Asesoría de gestión | Gerencia de proyectos |
Cuando la propuesta sea presentada por consorcio o unión temporal, cada uno de sus integrantes deberá anexar RUP en el que se acredite que se encuentran inscritos. En todo caso, la información aquí requerida, debe encontrarse en firme a la fecha de cierre del presente proceso de selección.
El proponente, persona natural y/o jurídica, deberá presentar máximo cinco (5) certificaciones de contratos con entidades públicas y/o privadas, celebrados durante los diez (10) años anteriores a la fecha de cierre de este Concurso de Méritos (contados a partir de la fecha límite para la presentación de la propuesta). Los contratos deben presentar una ejecución del 100%. La suma de las certificaciones y/o contratos con los que se pretenda acreditar la experiencia mínima habilitante deberá ser como mínimo el 50% del valor del presupuesto oficial estimado para este proceso de selección, expresado en SMMLV. Si se adjunta más de cinco (5) certificaciones de experiencia del proponente, solo se tendrán en cuenta las cinco (5) primeras foliadas.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 019 de 2012 y teniendo en cuenta la complejidad del objeto contractual, el proponente debe anexar las certificaciones contenidas en el RUP que demuestren experiencia en supervisión o interventoría a contratos que incluyan en su objeto y/o alcance algunos de los siguientes servicios:
Implantar, proveer, mantener o soportar servicios de conectividad (WAN y/o Internet).
Implantar, proveer, mantener o soportar servicios de telefonía IP y/o móviles.
Implantar, mantener o soportar redes LAN, WLAN y cableado estructurado.
Implantar, mantener o soportar la seguridad y conectividad WAN
Implantar, mantener o soportar servicios de centros de datos.
Implantar, proveer, mantener o soportar servicios de energía eléctrica regulada
Implantar, proveer, mantener o soportar servicios xx xxxx de ayuda.
Implantar, proveer, mantener o soportar servicios de video conferencia.
Dentro de las certificaciones aportadas, el proponente debe incluir por lo menos dos certificaciones que demuestren experiencia en supervisión o interventoría a contratos que incluyan en su objeto mínimo DOS de los siguientes servicios:
Implantar, proveer, mantener o soportar servicios de conectividad (WAN y/o Internet).
Implantar, mantener o soportar servicios de Centros de Datos.
Implantar, proveer, mantener o soportar servicios xx xxxx de ayuda.
Las certificaciones deberán allegarse con el objeto de verificar que la ejecución de los contratos tuvo componentes específicos del servicio a contratar. Lo anterior, en consideración a que la experiencia establecida en el tercer nivel del Clasificador de Bienes y Servicios, no permite determinarla con claridad, según los objetivos del presente proceso de selección.
Si los contratos para acreditar la experiencia fueron ejecutados bajo la modalidad de Unión Temporal o Consorcio, la Entidad solo tendrá en cuenta el valor correspondiente al porcentaje de participación en la figura asociativa.
En casos de concurrencia bajo alguna de las modalidades de asociación previstas en la ley, consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, por lo menos uno (1) de quienes las integren debe acreditar este requisito y su participación en la correspondiente asociación no debe ser inferior al treinta por ciento (30%), proporción que debe mantener durante el término de vigencia del Contrato proyectado y hasta su liquidación, en caso de adjudicación del certamen.
Si se trata de personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, la Experiencia General se determinará con arreglo a las actividades que conforman su objeto, de acuerdo con los documentos requeridos para acreditar existencia y representación legal.
El proponente deberá presentar con su propuesta, debidamente diligenciado el formato 8- Experiencia Específica del Proponente.
Cuando el valor de los contratos este expresado en monedas extranjeras éste deberá convertirse en Pesos Colombianos, siguiendo el procedimiento que a continuación se describe:
Si el valor de alguno de los contratos relacionados está expresado originalmente en Dólares de los Estados Unidos de Norte América; los valores se convertirán a pesos colombianos, utilizando para ello el valor correspondiente al promedio de las tasas representativas xxx xxxxxxx, a las fechas de inicio y de terminación del contrato. Las tasas a utilizar deben corresponder a las definidas por el Banco de la República
Si está expresado originalmente en una moneda o unidad de cuenta diferente a Dólares de los Estados Unidos de Norte América, deberá convertirse a ésta moneda, utilizando para ello el valor correspondiente al promedio de las tasas de cambio vigentes entre el dólar y dicha moneda, a las fechas de inicio y de terminación del contrato. Las tasas a utilizar para hacer el cambio a Dólares de los Estados Unidos de Norte América deben corresponder a las definidas por el Banco de la República.
Hecho esto se procederá en la forma señalada anteriormente para la conversión del valor del contrato de Dólares de los Estados Unidos de Norte América a Pesos Colombianos.
El valor facturado a considerar por cada uno de los contratos será el valor total facturado al proponente, traído a TRM, incluyendo adiciones y el valor del IVA.
Este valor facturado debe ser el ligado con el objeto contractual exigido en el pliego de condiciones para acreditación de experiencia del proponente (en el caso de contratos con múltiples objetos contractuales). Debe estar afectado por el porcentaje de participación en el caso que hubiera sido realizado en unión temporal o consorcio.
Se actualizará el valor total facturado del contrato conforme haya variado el valor xxx xxxxxxx mínimo mensual legal vigente a la fecha de suscripción del contrato correspondiente, y el salario mínimo mensual legal vigente fijado para el año 2019.
Para todos los efectos de evaluación y ponderación de la experiencia, los años y los meses de experiencia certificada se computaran como de 360 y 30 días respectivamente.
6.5.2 DOCUMENTOS PARA ACREDITAR LA EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
Cada experiencia consignada debe ser soportada por una certificación expedida por la entidad o empresa contratante, en la que se informen por lo menos los siguientes datos:
Nombre de la empresa Contratante.
Nombre del Contratista. Si se trata de un Consorcio o de una Unión Temporal se debe señalar el nombre de quienes lo conforman, adicionalmente se debe indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros.
Número del contrato.
Objeto del contrato.
Fecha de inicio (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año).
Fecha de expedición de la certificación (día, mes y año).
Valor del contrato.
Cargo y firma de quien expide la certificación, sea el representante legal o la persona autorizada para tal fin.
El SENA se reserva el derecho de comprobar la autenticidad de los documentos aportados, así como de verificar el cumplimiento a cabalidad de los contratos que el interesado certifique y que se encuentren en ejecución. Así mismo, podrá solicitar al interesado certificaciones expedidas por la autoridad competente en las que se acredite la experiencia que se está presentando. Lo anterior incluye a las compañías extranjeras.
Si el proponente no acredita la experiencia en la forma indicada en el presente pliego de condiciones, la propuesta será INHABILITADA.
6.5.3 PERSONAL HABILITANTE MINIMO REQUERIDO
Para la ejecución del contrato, el CONTRATISTA deberá garantizar la estructura organizacional con el talento humano necesario para el cumplimiento de las obligaciones.
De los 41 perfiles detallados en el Anexo 1-Anexo Técnico, el proponente deberá presentar como requisito habilitante, la documentación soporte de los siguientes perfiles:
Número de Personas | Cargo | Perfil Mínimo | Experiencia Mínima | Dedicación |
1 | Director Interventoría | Profesional en: Título profesional en Ingeniería de Sistemas, Ingeniería de Telecomunicaciones, Ingeniería Informática, Ingeniería Eléctrica, Ingeniería Electrónica o Ingeniería Industrial, o profesiones afines de acuerdo al SNIES. Con posgrado en: Gerencia de Proyectos, Gestión de proyectos, Administración, | Experiencia profesional mínima xx Xxxx (10) años. Experiencia especifica de mínimo 5 años, en actividades relacionadas con Interventoría, consultoría, supervisión de proyectos TIC, en las cuales haya tenido la responsabilidad de Gerente, Director, Coordinador, líder, Integrador. | 100 % |
Administración de Empresas, Gerencia de Telecomunicaciones, Gerencia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Gerencia de Sistemas de Información o Telecomunicaciones, o profesiones afines de acuerdo al SNIES. | En todo caso, debe garantizar mínimo 2 años de experiencia en interventoría a proyectos de servicios y/o infraestructura TIC | |||
Y Certificación PMP vigente. | ||||
Certificación ITIL Fundation V.3 y Cobit 5. | ||||
Profesional en Derecho | Experiencia profesional mínima xx Xxxx (10) años. Experiencia específica de mínimo de dos años en contratos de interventoría en temas TIC como director o coordinador Jurídico del Proyecto. | |||
Con posgrado en: | ||||
Derecho Administrativo, | ||||
1 | Director jurídico | 100% | ||
Derecho a las nuevas tecnologías. Derecho en telecomunicaciones, Derecho Contractual, Derecho Comercial o Contratación Estatal. | ||||
1 | Director Financiero | Profesional en: Administración de Empresas, Ingeniería Industrial, Contaduría Pública, Economía, Finanzas, Finanzas y Relaciones Internacionales, Administración de | Experiencia profesional mínima xx Xxxx (10) años. Experiencia específica de mínimo cinco (5) años como director o coordinador o líder en aspectos financieros en Proyectos de | 100% |
Financiera o profesiones afines de acuerdo al SNIES.. | Infraestructura TIC o Servicios de Telecomunicaciones | |||
Con posgrado en: | ||||
Finanzas, Auditoria o revisoría fiscal o áreas económicas, contables, administrativas o profesiones afines de acuerdo al SNIES.. | ||||
Diez (10) años de experiencia profesional. | ||||
1 | Director Técnico | Ingeniero de sistemas, eléctrico, electrónicos y de telecomunicaciones, o profesiones afines de acuerdo al SNIES Certificación ITIL Foundation V 3. | Experiencia específica mínimo de cinco (5) años en proyectos de Interventoría, auditoría o consultoría en temas relacionados con Infraestructura TIC o Servicios de Telecomunicaciones con responsabilidades de Director general, Director o coordinador técnico, Supervisor técnico. | 100% |
En todo caso, debe garantizar mínimo 2 años de experiencia en interventoría a proyectos de servicios y/o infraestructura TIC | ||||
1 | Líder de Servicios de Infraestructura Centralizada | Ingeniero de Sistemas, Telecomunicaciones, Informática o Electrónica o | Diez (10) años de experiencia profesional. Experiencia específica mínimo de cinco (5) años en | 100% |
profesiones afines de acuerdo al SNIES Especialización en Redes, Telecomunicaciones, Gerencia de Proyectos de Telecomunicaciones, Teleinformática, Sistemas Gerenciales de Ingeniería, Proyectos Informáticos, Gestión de Redes de Datos o Ingeniería Eléctrica o profesiones afines de acuerdo al SNIES Certificación ITIL Foundation V 3 o superior. | En proyectos de telecomunicaciones que involucren temas de diseño, operación o administración de centros de datos y/o redes de conectividad WAN, con responsabilidades de Gerencia, coordinación, administración o supervisión técnica. En todo caso, debe garantizar mínimo 1 año de experiencia en interventoría a proyectos de servicios y/o infraestructura TIC | |||
1 | Líder de servicios de la operación en sede | Ingeniero de telecomunicaciones, de Sistemas o Electrónico o profesiones afines de acuerdo al SNIES. Especialización en Redes, Telecomunicaciones, Gerencia de Proyectos de Telecomunicaciones, Teleinformática, Sistemas Gerenciales de Ingeniería, Proyectos Informáticos, Gestión de Redes de Datos o Ingeniería Eléctrica o profesiones afines de acuerdo al SNIES. | Diez (10) años de experiencia profesional. Experiencia específica mínimo de cinco (5) años en diseño, implementación o interventoría de proyectos de Infraestructura TIC que involucren soluciones integradas de WLAN, LAN, Cableado Estructurado y la administración de servicios asociados a dicha infraestructura encaminadas al cliente final (Telefonía IP, Videoconferencia, Datos, Energía Eléctrica Regulada) |
Certificación ITIL Foundation V 3 o superior. | (mínimo dos de las cuatro mencionadas). En todo caso, debe garantizar mínimo 1 año de experiencia en interventoría a proyectos de servicios y/o infraestructura TICIC | |||
1 | Líder de Integración de servicios | Ingeniero de Sistemas, electrónico o de Telecomunicaciones o profesiones afines de acuerdo al SNIES. Especialización en Redes, Telecomunicaciones, Gerencia de Proyectos de Telecomunicaciones, Teleinformática, Sistemas Gerenciales de Ingeniería, Proyectos Informáticos, Gestión de Redes de Datos o Ingeniería Eléctrica o profesiones afines de acuerdo al SNIES. Certificación ITIL Foundation V 3 o superior. | Diez (10) años de experiencia profesional. Experiencia específica mínima de cinco (5) años en Diseño, implementación, operación o Interventoría de proyectos relacionados con la prestación de Servicios de TIC en el área de integración de aplicaciones informáticas, Servicio al Cliente y Mesa de Servicio. En todo caso, debe garantizar mínimo 1 año de experiencia en interventoría a proyectos de servicios y/o infraestructura TIC | 100% |
1 | Interventores para Gestiones ITIL V3 2011 o superior, COBIT 5 o superior y TOGAF 9.2 o superior, | Ingenieros de sistemas, eléctricos, electrónicos y de telecomunicaciones, o profesiones afines de acuerdo al SNIES. | El grupo de profesionales presentado debe garantizar experiencia específica mínima de 5 años en proyectos de TI relacionado con procesos de ITIL, | 100% |
gestión de portafolios, programas y proyectos, de conformidad con el PMI. Interventores en Implementación ISO 27001. | Todos los profesionales ofertados deben tener Certificación ITIL Foundation V 3 o superior. En el grupo de profesionales ofertados se debe garantizar que se tenga Certificación en nivel L1 y L2 de XXXXX 0 o 9.2, Certificación COBIT 5 foundation deseable COBIT 5 asesor, Certificado en PMP, Certificación en Lead auditor 27001:2013 (No significa que todos los profesionales deban tener todas estas certificaciones, sino que entre todos se garanticen el cumplimiento de todas las certificaciones) | COBIT y TOGAT, así como gestión de portafolios, programas y proyectos de conformidad con PMI, experiencia en temas relacionados con ISO 27001 Nota. Cada profesional ofertado debe tener experiencia mínimo en alguno de los aspectos mencionados anteriormente, y la suma de la experiencia de cada uno de ellos debe garantizar mínimo los 5 años requeridos. | ||
1 | Arquitectos de TI para sistemas de información y datos, infraestructura y gobierno TI. Gestiones ITIL V3 2011 o superior, COBIT 5 o superior y TOGAF 9.2 o superior, gestión de portafolios, | Ingenieros de sistemas, eléctricos, electrónicos y de telecomunicaciones, o profesiones afines de acuerdo al SNIES. Todos los profesionales ofertados deben tener Certificación ITIL Foundation V 3 o superior. En el grupo de profesionales ofertados se debe garantizar que se tenga: a. Certificación en nivel L1 y L2 de XXXXX 0 o 9.2, Certificación COBIT | El grupo de profesionales presentado debe garantizar experiencia específica mínima de 5 años en proyectos de TI relacionado con procesos de ITIL, COBIT y TOGAT, así como gestión de portafolios, programas y proyectos de conformidad con PMI, experiencia en temas relacionados con ISO 27001 |
programas y proyectos, de conformidad con el PMI. Interventores en Implementación ISO 27001. | 5 foundation deseable COBIT 5 asesor y Certificado en PMP. O b. Certificación en nivel L1 y L2 de XXXXX 0 o 9.2, Certificación COBIT 5 foundation deseable COBIT 5 asesor y Certificación en Lead auditor 27001:2013. O c. Certificación en nivel L1 y L2 de XXXXX 0 o 9.2, Certificado en PMP, Certificación en Lead auditor | Nota. Cada profesional ofertado debe tener experiencia mínimo en alguno de los aspectos mencionados anteriormente, y la suma de la experiencia de cada uno de ellos debe garantizar mínimo los 5 años requeridos. . | ||
27001:2013. O | ||||
d. Certificación COBIT 5 foundation deseable COBIT 5 asesor, Certificado en PMP y Certificación en Lead | ||||
auditor 27001:2013 | ||||
(No significa que todos los profesionales deban tener todas estas certificaciones, sino que entre todos se garanticen el cumplimiento de todas las certificaciones) | ||||
1 | Arquitectos de seguridad de TI ITIL V3 2011 o superior, Auditor ISO 27001, CISM o CISSP. | Ingenieros de sistemas, eléctricos, electrónicos y de telecomunicaciones, o profesiones afines de acuerdo al SNIES. Certificación en Lead auditor 27001:2013 | El profesional presentado debe garantizar experiencia específica mínima de 3 años en proyectos en temas relacionados con ISO 27001 o | 100% |
y CISM (Certified Information Security Manager) o CISSP (Certified Information Systems Security Professional) | CISM (Certified Information Security Manager) o CISSP (Certified Information Systems Security Professional) Nota. Cada profesional ofertado debe tener experiencia mínimo en alguno de los aspectos mencionados anteriormente, y la suma de todas las experiencias de todos los profesionales debe garantizar mínimo los 3 años requeridos. |
Nota 1: Se aclara que la totalidad del equipo de trabajo es el que indica el anexo técnico en el numeral 4.1, para la verificación del equipo técnico como requisito habilitante, se solicitan los recursos de la tabla anterior.
Nota. En las certificaciones aportadas para cada perfil y experiencia deben estar explicitas las funciones desarrolladas y/o cumplidas en el cargo.
6.5.4 DOCUMENTOS SOPORTE DE EXPERIENCIA E IDONEIDAD DEL EQUIPO DE TRABAJO
Para la acreditación del Recurso Humano el proponente deberá anexar en su propuesta los documentos que soporten los requisitos de estudio y experiencia del personal a evaluar y propuesto en la oferta, que acrediten los estudios y experiencia solicitada en este proceso: títulos académicos, certificaciones laborales y demás relacionados.
Todos los programas profesionales universitarios o posgrados que se presenten como parte de la formación académica de algún integrante del personal propuesto, deberán contar con su correspondiente aprobación del ICFES o de la Secretaría de Educación correspondiente (si fueron obtenidos con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 30 de 1992) o del Ministerio de
Educación de conformidad con el Decreto 2230 de 2003, derogado por el Artículo 44 del Decreto 4675 de 2006.
Serán considerados válidos los pregrados o posgrados realizados en el exterior sólo si se presenta el diploma y certificado de homologación o convalidación ante el SNIES — Ministerio de Educación (Resolución 20797 de 2017), documentos que deberán cumplir con lo dispuesto previamente sobre el idioma.
Para definir si un determinado título académico en la modalidad de postgrado se adecua al requerimiento académico establecido en este documento, se verificará que el área de conocimiento del título de postgrado acreditado por el profesional propuesto corresponda a la misma área de conocimiento del título académico requerido, de acuerdo con la información que arroje el SNIES.
No deberán ser incluidos ni serán tenidos en cuenta para efectos de la evaluación:
Programas de formación académica que no hayan conducido a la obtención de títulos permitidos para este proceso o que no cuenten con la debida aprobación;
Cursos o seminarios que no hayan conducido a la obtención de títulos profesionales o posgrados.
Para efectos de revisión de la verificación de la formación académica y la experiencia requerida para cada uno de los roles señalados, el proponente deberá aportar al menos la siguiente documentación:
6.5.4.1 Formación Académica
Acta de grado o fotocopia del diploma de grado
Fotocopia de la matricula o tarjeta profesional (si aplica)
Certificado de vigencia y antecedentes disciplinarios expedido por el Consejo Profesional respectivo (si aplica)
En los anteriores documentos deberá constar al menos: la entidad donde se obtuvo el título, título obtenido y fecha de grado (si aplica).
Serán válidos los títulos obtenidos en especializaciones, maestrías o doctorados, lo cual deberá constar en los documentos anteriores.
6.5.4.2 Certificaciones laborales de acuerdo con el perfil
El proponente deberá aportar certificaciones y/o contratos los cuales deberán incluir al menos la siguiente información:
Nombre de la empresa o entidad contratante.
Estar suscritas por el representante legal o la persona autorizada para emitir las certificaciones de la empresa contratante.
Fecha de expedición, en caso de certificación.
La información de la experiencia específica, de acuerdo con los requerimientos establecidos para cada rol.
Fecha de inicio y fecha de terminación de la vinculación.
Teléfono y dirección de la entidad contratante. (teléfono, dirección y correo electrónico).
En caso de contratos se debe presentar este, con su respectiva acta de liquidación donde se evidencie la información solicitada.
En caso de certificaciones laborales deben ser claras las funciones relacionadas con la experiencia requerida. No se aceptan declaraciones Extra juicio.
Son válidas las certificaciones independientes por cada ítem de experiencia solicitada en cada perfil; como también certificaciones que agrupen varios ítems o la totalidad de los mismos por cada perfil, siempre y cuando el tiempo de experiencia en cada uno de los ítems sea relacionado con el rol explícito en la certificación e igual o mayor al mínimo requerido.
En caso de presentarse certificaciones de contratos ejecutados con personas naturales o jurídicas privadas, se deberá aportar además de la certificación, copia del contrato celebrado.
De no diligenciarse las fechas de la experiencia con día, mes y año, el SENA tomará el último día de cada mes como fecha de inicio y el primer día de cada mes como fecha de terminación.
Todo el personal que compone el equipo mínimo requerido y contemplado dentro de la propuesta, deberá manifestar su intención de participar en el proyecto (Formato Anexo carta de compromiso), mediante la cual se compromete a trabajar en la ejecución del objeto del contrato, el cual deberá estar firmado por el profesional que hará parte de la propuesta.
En el caso de que la certificación laboral o del proyecto del profesional postulado sea emitida por el mismo proponente o un integrante del mismo, éste deberá expedir la Certificación debidamente suscrita por el Representante Legal, el contador y el Revisor Fiscal (cuando en este caso la sociedad tenga la obligación legal de ostentar este profesional) acompañado con la certificación de haber pagado o haber verificado los pagos al Sistema de Seguridad Social pertinentes.
Para efecto de contabilizar los años de experiencia, se sumarán los intervalos laborados una sola vez, es decir, los tiempos traslapados solo se contarán una vez.
No se tendrán en cuenta certificaciones expedidas por el profesional para sí mismo, ni cuentas de cobro o facturas.
6.6 INFORMACIÓN CONFIDENCIAL
Aunque la información que se solicita para la presentación de propuesta puede no ser constitutiva xx xxxxxx bajo reserva o secreto protegido por la ley, los Oferentes serán responsables de advertir lo contrario; en el caso en que las propuestas tuvieren información confidencial privada o que configure secreto industrial de acuerdo con la ley colombiana, el proponente debe indicar tal calidad y expresar las normas legales que le sirven de fundamento.
7. EVALUACIÓN DE LA OFERTA
El Servicio Nacional de Aprendizaje SENA debe evaluar únicamente las Ofertas de los Oferentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes.
Las propuestas consideradas hábiles se evaluarán y calificarán con fundamento en los criterios establecidos en la siguiente Tabla:
Factor de Puntaje | Puntaje |
Experiencia de Oferente | 30 |
Experiencia adicional del personal mínimo requerido | 55 |
Apoyo a la industria nacional | 14 |
Vinculación de trabajadores en condición de discapacidad | 1 |
TOTAL | 100 |
7.1 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
Con base en la experiencia certificada y suministrada por el oferente, de acuerdo con lo establecido en el Anexo Técnico No. 1, se asignará puntaje de la siguiente manera:
CRITERIO EXPECIFICO DE EVALUACION | REQUISITO | METODOLOGIA DE ASIGNACION DE PUNTAJE | PUNTAJE MAXIMO A ASIGNAR |
Tiempo de experiencia especifica de los Contratos presentados para acreditar experiencia del oferente, el cual se calculará como la suma de los plazos de ejecución de los contratos debidamente certificados y que cumplan con el objeto y los requerimientos establecidos para su acreditación. | Con base en las Certificaciones de experiencia aportadas como requisito habilitante en consultoría, supervisión, auditoria o Interventoría a contratos que incluyan en su objeto algunos de los siguientes servicios: • Implantar, proveer, mantener soportar servicios de conectividad (WAN y/o Internet) • Implantar, proveer, mantener soportar servicios de telefonía IP y/o móviles • Implantar, mantener o soportar cedes LAN, WLAN y cableado estructurado. Implantar, mantener o soportar la seguridad y conectividad WAN. Implantar, mantener o soportar servicios de centros de datos. • Implantar, proveer, mantener soportar servicios de energía eléctrica (regulada y/o no regulada) • Implantar, proveer, mantener soportar servicios xx xxxx de ayuda • Implantar, proveer, mantener soportar servicios de video conferencia | El puntaje máximo será asignado a los oferentes que acrediten el mayor tiempo de experiencia en Interventoría, auditoria o supervisión, con un tope máximo de 10 años. A los otros oferentes se les asignará un puntaje directamente proporcional aplicando regla de tres simple. | 15 |
Las certificaciones que se aporten para acreditar o demostrar, experiencia en Interventoría, auditoria o supervisión, deben incluir claramente que en las obligaciones o actividades desarrolladas en el contrato de consultoría se realizaron actividades de auditoria, Interventoría o supervisión | |||
Valor facturado en SMLMV de los contratos presentados para acreditar experiencia del oferente, el cual se calculará como la suma de los valores pagados, de los contratos debidamente certificados y que cumplan con los requerimientos establecidos para su acreditación. | Con base en las certificaciones de experiencia aportadas como requisito habilitante, en consultoría, supervisión o Interventoría a contratos que incluyan en su objeto algunos de los siguientes servicios: Implantar, proveer, mantener o soportar servicios de conectividad (WAN y/o Internet) Implantar, proveer, mantener soportar servicios de telefonía IP y/o móviles Implantar, mantener o soportar redes LAN, WLAN y cableado estructurado. Implantar, mantener o soportar la seguridad y conectividad WAN. Implantar, mantener o soportar servicios de centros de datos. Implantar, proveer, mantener soportar servicios de energía eléctrica (regulada y/o no regulada) Implantar proveer, mantener o soportar servicios xx xxxx de ayuda Implantar, proveer, mantener soportar servicios de video conferencia Las certificaciones que se aporten para acreditar o demostrar, experiencia en Interventoría, auditoria o supervisión, deben incluir claramente que en las obligaciones o actividades desarrolladas en el contrato de consultoría, se realizaron actividades de Interventoría, auditoria o supervisión | El puntaje máximo será asignado al o a los oferentes que acrediten el mayor valor pagado en SMLMV en los Contratos acreditados en Interventoría, auditoria o supervisión, con un tope máximo equivalente al 150% del presupuesto del presente proceso. A los otros oferentes se les asignara un puntaje directamente proporcional aplicando regla de tres simple. | 15 |
TOTAL PUNTOS | 30 |
7.2 EXPERIENCIA Y FORMACIÓN PUNTUABLE DEL EQUIPO DE TRABAJO
Se calificará la experiencia adicional con base en las certificaciones aportadas, de acuerdo con la siguiente tabla:
Perfil | Criterio | Puntaje | Puntaje máximo |
Director de Interventoría | Hasta (5) años de experiencia específica adicional a la mínima exigida en Interventoría a proyectos de servicios y/o infraestructura TIC | 13 | 13 |
Director Técnico | Hasta (5) años de experiencia adicional a la mínima exigida en interventoría a proyectos de servicios y/o infraestructura TIC | 12 | 12 |
Líder de Servicios de Infraestructura Centralizada | Hasta (5) años de experiencia adicional a la mínima exigida en interventoría a proyectos de servicios y/o infraestructura TIC | 10 | 10 |
Líder de servicios de la operación en sede | Hasta (5) años de experiencia adicional a la mínima exigida en interventoría a proyectos de servicios y/o infraestructura TIC | 10 | 10 |
Líder de Integración de servicios | Hasta (5) años de experiencia adicional a la mínima exigida en interventoría a proyectos de servicios y/o infraestructura TIC | 10 | 10 |
TOTAL PUNTOS | 55 |
El puntaje máximo se asignará a quién cumpla con la experiencia adicional máxima requerida y además se les asignará con base en una regla de tres simple.
7.3 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL
Para el efecto, se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:
Bien Nacional: son bienes nacionales los bienes inscritos en el Registro de Productores de Bienes Nacionales –RPBN–. El RPBN es administrado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Puede ser solicitado y consultado en la Ventanilla Única de Comercio Exterior; y, utiliza la clasificación arancelaria de los bienes.
Servicios Nacionales: son servicios nacionales aquellos prestados por personas naturales colombianas o residentes en Colombia o por personas jurídicas constituidas de conformidad con la legislación colombiana. La cédula de ciudadanía certifica la nacionalidad. La visa de residencia certifica la residencia. El certificado de existencia y representación legal, si el domicilio de la persona jurídica está dentro del territorio nacional, certifica que el servicio es nacional.
La Entidad Estatal debe dar a los bienes y servicios de los Estados con quienes Colombia ha suscrito un Acuerdo Comercial, el mismo trato que da a los bienes y servicios colombianos cuando un Acuerdo Comercial es aplicable a un Proceso de Contratación.
La Entidad Estatal debe dar a los servicios prestados por proponentes de la Comunidad Andina de Naciones – CAN, (Bolivia, Ecuador y Perú) el mismo trato que da a los servicios colombianos. La única excepción a los servicios de proponentes de la CAN es el servicio de transporte aéreo para el cual no hay trato nacional. En aquellos casos en los que se deba otorgar a los bienes y servicios extranjeros el mismo trato que se les da a los bienes y servicios nacionales, la Entidad Estatal debe conceder a dichos bienes y servicios el puntaje adicional de que trata la Ley 816 de 2003 y la preferencia a los bienes y servicios nacionales en caso de empates prevista en el numeral 1 del artículo 2.2.1.1.2.2.9. del Decreto 1082 de 20153 o en su Manual de Contratación en los Procesos de Contratación de Entidades Estatales de régimen especial.
La Entidad Estatal también debe conceder trato nacional a aquellos bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales, a pesar de no existir un Acuerdo Comercial, el Gobierno Nacional ha certificado reciprocidad, de conformidad con el artículo 2.2.1.2.4.1.3 del Decreto 1082 de 2015.
Incorporación de bienes y servicios nacionales en bienes y servicios extranjeros: la incorporación de bienes es realizada mediante la incorporación de componente colombiano en bienes o servicios extranjeros. La incorporación de servicios es realizada mediante la vinculación de personas naturales o jurídicas colombianas que presten servicios profesionales, técnicos u operativos.
A continuación, se discrimina el puntaje que se otorgará de conformidad con cada una de estas definiciones:
DESCRIPCIÓN | PUNTAJE MAXIMO |
Proponente que oferte bienes y servicios 100% de origen nacional | 14 puntos |
Proponente que oferte bienes y servicios de origen extranjero, con incorporación de componente nacional | 7 puntos |
7.4 TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD
En cumplimiento de lo señalado en el artículo 1 del Decreto n.° 392 del 26 de febrero de 2018, el cual adicionó el artículo 2.2.1.2.4.2.6 al Decreto 1082 de 2015, con el fin de incentivar el sistema de preferencias a favor de las personas con discapacidad, se otorgará el uno por ciento (1%) del total del puntaje establecido para el presente proceso de selección a los proponentes que acrediten la vinculación de trabajadores con discapacidad en su planta de personal, de acuerdo con los siguientes requisitos:
a) La persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el revisor fiscal, según corresponda, certificará el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal del proponente o sus integrantes a la fecha de cierre del proceso de selección.
b) Acreditar el número mínimo de personas con discapacidad en su planta de personal, de conformidad con lo señalado en el certificado expedido por el Ministerio de Trabajo, el cual deberá estar vigente a la fecha de cierre del proceso de selección.
Verificados los anteriores requisitos, se asignará el 1%, a quienes acrediten el número mínimo de trabajadores con discapacidad, señalados a continuación:
Número mínimo de trabajadores con discapacidad según número de trabajadores
Número total de trabajadores de la planta de personal del proponente | Número mínimo de trabajadores con discapacidad exigido |
Entre 1 y 30 | 1 |
Entre 31 y 100 | 2 |
Entre 101 y 150 | 3 |
Entre 151 y 200 | 4 |
Más de 200 | 5 |
Nota 1:Si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se tendrá en cuenta la planta de personal del integrante del proponente plural que aporte como mínimo el cuarenta por ciento (40%) de la experiencia requerida para la respectiva contratación.
Nota 2:En cumplimiento de lo señalado en el artículo 1 del Decreto n.° 392 del 26 de febrero de 2018, el cual adicionó el artículo 2.2.1.2.4.2.7 al Decreto 1082 de 2015, los proponentes que resultaren adjudicatarios y que dentro del proceso de calificación de su propuesta hubieren obtenido puntaje por vinculación de trabajadores con discapacidad en su planta de personal, deberán mantener durante la ejecución del contrato, el número de trabajadores con discapacidad que dio lugar a la obtención del puntaje adicional de la oferta, para lo cual deberá aportar a la entidad estatal contratante la documentación que así lo demuestre.
7.5 ORDEN DE ELEGIBILIDAD
Agotado el análisis comparativo de las ofertas, se procederá a conformar en forma descendente (de mayor a menor) un orden de elegibilidad, con las propuestas que hubiesen obtenido un puntaje igual a CIEN (100) puntos o menor si es el máximo puntaje.
Para tal efecto, citará a audiencia pública para verificar la oferta económica del proponente ubicado en el primer lugar del orden de elegibilidad y se desencriptará el sobre con la oferta económica con el fin de verificar si la misma está en el rango del valor estimado. En caso afirmativo, revisará con el oferente la consistencia de la oferta con las necesidades de la Entidad Estatal a que se refiere el numeral 4 del artículo 2.2.1.2.1.3.2 del Decreto 1082 de 2015. Si llegan a un acuerdo, dejarán constancia del mismo y firmarán el contrato. En caso negativo; o, en caso de no llegar a un acuerdo, la Entidad Estatal procederá a verificar la oferta económica del proponente ubicado en el segundo lugar del orden de elegibilidad y revisará con él, la consistencia de la oferta con las necesidades de la Entidad Estatal a que se refiere el numeral 4 del artículo 2.2.1.2.1.3.2 del Decreto 1082 2015. En caso en que lleguen a un acuerdo, dejarán constancia del mismo y firmarán el contrato; en caso contrario, declarará desierto el Proceso de Contratación.
7.6 CRITERIOS DE DESEMPATE
De acuerdo con el mandato contenido en el artículo 2.2.1.1.2.2.9. del decreto 1082 de 2015, la entidad contratante está obligada a escoger al oferente que tenga mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del proceso. Si persistiera el empate, deberá escoger al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de escogencia y calificación también establecido en los pliegos de condiciones del proceso y de esta forma debe hacerlo sucesivamente con todos los criterios de escogencia y calificación que se hayan establecido en pliego de condiciones.
Ahora bien, si el empate persistiere tras haber hecho la revisión de los factores ya mencionados, el mismo artículo prevé los siguientes factores de forma sucesiva y excluyente, respetando los compromisos adquiridos por acuerdos comerciales, que esta entidad evaluará si se dan los presupuestos para ello.
Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
Preferir las ofertas presentadas por una Mipyme nacional. Entiéndase a éste como un oferente singular que goce de esa calidad.
Preferir la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura. Este factor aplica para aquellos oferentes plurales, dejando claro que la participación de una Mipyme en un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura no le extiende su naturaleza a estas últimas.
Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
Utilizar un método aleatorio para seleccionar el oferente, método que deberá haber sido previsto en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación.
Que en este caso, de persistir el empate, se realizará una audiencia cuya fecha fijará y comunicará oportunamente, en la cual se hará un sorteo mediante el método de suerte y azar, conforme a lo dispuesto a continuación:
Se introducirán en una bolsa el número de balotas equivalente a los oferentes respecto de los cuales persiste el empate y una (1) de ellas será de color diferente la cual determinará quién será el adjudicatario.
El orden alfabético del nombre de los oferentes determinará cuál de ellos sacará la primera balota. El oferente que saque la balota del color adjudicatario será el seleccionado.
NOTA: Los documentos soporte de los criterios de desempate deberán ser presentados junto con la oferta, los mismos no podrán acreditarse con posterioridad.
8. OFERTA
8.1 PRESENTACIÓN
El oferente debe presentar su Oferta a través de la plataforma SECOP II, de acuerdo con lo establecido en esta sección para lo cual debe estar previamente registrado en esta plataforma.
Todos y cada uno de los documentos, y anexos de la oferta deberán ser presentados a través de la plataforma SECOP II de acuerdo a las condiciones contenidas en el presente pliego.
Las instrucciones para el registro y la presentación de ofertas en el SECOP II están en el manual de uso del SECOP II para proveedores, disponible en
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxx/xxxxx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxx_xxxxxxxxxxx_xxxx_x l_uso_de_secop_ii.pdf.
El oferente debe presentar su oferta en la fecha establecida en el cronograma y en el apartado – Configuración – del enlace del proceso de contratación CM-DG-002-2019 ÚNICAMENTE en el SECOP II.
El oferente registrado debe ingresar con su usuario y contraseña al SECOP II y seleccionar el proceso de contratación CM-DG-002-2019 xxx XXXX, para consultar el proceso de contratación y crear su oferta.
De acuerdo a los modelos de pliegos de condiciones de Colombia Compra Eficiente, para presentar ofertas en el SECOP II por parte de uniones temporales, consorcios o promesas de sociedad futura, los integrantes del oferente plural deben estar previamente registrados como proveedor individual en el SECOP II. Una vez hecho esto, uno de los integrantes del oferente plural debe crear en el SECOP II el proveedor plural (oferente plural) y emplear este usuario para el envío de su oferta como oferente plural. El integrante que creó el proveedor plural es el único habilitado en el SECOP II para presentar la oferta como oferente plural. Los pasos para inscribirse como proveedor plural (oferente plural) se encuentran en la sección IX. C del manual de proveedores para el uso del SECOP II xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxx/xxxxx/xxxxxxxxxxxx/00000000_Xxxxxx_xx_Xxxxx edores_para_el_uso_del_SECOP_II_V3.pdf.
Para presentar una oferta como oferente plural, el integrante que registró el proveedor plural debe ingresar al SECOP II con su usuario y contraseña, hacer clic en el botón de identificación de la parte superior derecha y luego seleccionar el nombre del proveedor plural al que pertenece. El SECOP II despliega una ventana emergente para informar que va a cambiar de cuenta al proveedor plural, el usuario debe hacer clic en aceptar.
Desde ese momento el integrante del proveedor plural puede presentar la Oferta como Oferente plural. Para presentar la Oferta como Oferente plural debe seguir los pasos de la sección IX.C del manual de proveedores para el uso del SECOP II.
Recuerde que el integrante que creó el proveedor plural es el único habilitado en el SECOP II para presentar la oferta como oferente plural.
El uso de los mecanismos de autenticación del SECOP II definen la persona natural o jurídica que presenta la oferta y desarrolla las actividades relacionadas en el proceso de contratación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 7, 10 y 11 de la ley 527 de 1999. En consecuencia, la oferta será rechazada cuando el usuario mediante el cual es presentada la oferta en el SECOP II sea distinto del oferente que aparece en los documentos soporte o anexos de la oferta.
El SECOP II despliega el apartado – Cuestionario – y el apartado – Documentos de la Oferta – del enlace del proceso de contratación CM-DG-002-2019 en el SECOP II para que el oferente cargue su oferta y presente en PDF los documentos solicitados en dichos apartados. El oferente debe diligenciar en el SECOP II la oferta según el segmento para el que presenta su oferta.
En caso de presentarse indisponibilidad de la plataforma SECOP II al momento de subir la oferta, se deberá seguir el procedimiento establecido para estos casos en el siguiente enlace: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxx-xx-xxx-xxxxxxxxxxx
8.2 OFERTA ECONÓMICA
En el SECOP II el proponente deberá suministrar únicamente el valor total de su oferta, por lo que deberá diligenciar el Formato No. 2 - oferta económica discriminando los valores.
La oferta debe tener una validez mínima de NOVENTA DÍAS CALENDARIO (90), contados a partir de su presentación. En el caso de una suspensión que supere este término, la entidad estatal solicitará la ampliación de la oferta al oferente por un término igual a la suspensión
Al diligenciar este formulario, el oferente no podrá adicionar, modificar, suprimir o alterar los componentes ni su descripción, unidades o cantidades, ni el Formulario mismo, pues esta información se requiere para la comparación de las propuestas.
El oferente deberá ajustar al peso todos los valores.
Si se han omitido gastos, se mantendrá el valor propuesto, sin lugar a reclamos o revisiones posteriores. Los sueldos, tarifas, o costos de las actividades y los errores y omisiones en estos, serán de responsabilidad absoluta y exclusiva del oferente. El SENA no reconocerá valores adicionales.
8.3 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Los Oferentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes del presente Pliego de Condiciones serán evaluados, de acuerdo con lo establecido en la sección correspondiente.
El Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA publicará el informe de evaluación de Ofertas en la oportunidad señalada en el Cronograma de la presente Pliego de Condiciones.
8.4 OFERTAS PARCIALES
Los Oferentes no pueden presentar propuestas parciales, es decir, que deben ofrecer todos los servicios y actividades requeridas en el Anexo Técnico No. 1 del presente pliego.
8.5 OFERTAS CONDICIONADAS
No podrán señalarse condiciones diferentes a las establecidas en este Pliego de condiciones. En caso de que la propuesta formule condiciones diferentes a las establecidas, se rechazará la oferta respectiva.
8.6 DECLARATORIA DE DESIERTA
El Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA declarará desierto el presente proceso de selección cuando:
a) No se presenten Ofertas
b) Ninguna de las Ofertas resulte admisible en los factores jurídicos, técnicos, financieros y de experiencia previstos en el Pliego de Condiciones
c) Existan causas o motivos que impidan la escogencia objetiva del Proponente del representante legal del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA o su delegado no acoja la recomendación del comité evaluador y opte por la declaratoria de desierta del proceso, caso en el cual deberá motivar su decisión
d) Se presenten los demás casos contemplados en la ley.
8.7 RECHAZO
Las propuestas serán rechazadas cuando se presente al menos una de las siguientes causales:
a) Cuando los proponentes se encuentren incursos en alguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad establecidas en la Constitución Política y/o la ley. Para ello la Entidad Estatal revisará el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales y el RUP para verificar que no haya sanciones inscritas.
b) Cuando se presenten dos o más propuestas por un mismo proponente, bien sea a título individual o figura asociativa (unión temporal o consorcio o promesa de sociedad futuras) o cuando el representante o los representantes legales de una persona jurídica o figura asociativa ostenten igual condición en otras personas jurídicas diferentes, que también estén participando en el presente proceso de selección, en este caso, sólo se tendrá en cuenta la primera oferta en el tiempo; para lo cual, se dejará constancia de la fecha y hora de recibo de las propuestas, a las demás se les aplicará la presente causal de rechazo.
c) Cuando se realice la presentación de la propuesta en sitio diferente al establecido para tal fin en la plataforma SECOP II. Sin embargo, podrá recibirse la propuesta siempre y cuando se encuentre dentro de la circunstancia de indisponibilidad de la plataforma SECOP II y haya cumplido con el procedimiento establecido para tal fin por Colombia Compra Eficiente4.
d) Cuando a juicio de la Entidad, existiere inconsistencia en alguno de los documentos presentados y no haya sido debidamente aclarada o subsanada.
e) Cuando la propuesta fuere presentada por personas naturales o jurídicas que hayan intervenido, directa o indirectamente en la elaboración de los estudios previos, xxx xxxxxx de condiciones, o por personas jurídicas cuyos socios, representante legal, representante legal suplente, o equipo de trabajo ofrecido hayan tenido tal intervención, será causal de rechazo por encontrarse en conflicto de intereses.
f) Cuando el PROPONENTE no acepta o no se compromete a cumplir en la carta de presentación, con los REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS, relacionados en el Anexo Técnico del proceso o cuando exista discrepancia o condicionamiento en alguno de ellos, o cuando se incorpore modificaciones a dichos anexos. Se entiende que hay discrepancia cuando existe diferencia entre lo manifestado en la carta de presentación y lo enunciado en el anexo correspondiente xxx xxxxxx de condiciones del proceso. Se entiende que hay condicionamiento cuando se está limitando o afectando lo ofrecido frente a lo solicitado en el pliego de condiciones.
g) Cuando el oferente no presente oferta económica, o cuando el valor total de la oferta presentada a través de la plataforma SECOP II y el formato n.º 2 superen el presupuesto oficial asignado al proceso.
4 xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxx-xx-xxx-xxxxxxxxxxx
h) En ningún caso se encontrará inmerso dentro de la causal de rechazo el acuerdo al cual pueden llegar el SENA y el oferente sobre el alcance y el valor del contrato de conformidad con lo previsto en el subnumeral iii) del numeral 4) del Artículo 2.2.1.2.1.3.2. del Decreto 1082 de 2015.
i) Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de disolución a que se refieren los artículos 218, 342, 351, 370 y 457 del Código de Comercio.
j) Cual el oferente no presente con su propuesta la garantía de seriedad de oferta.
k) Cuando el oferente no subsane los requerimientos efectuados por la Entidad, dentro del término de traslado del informe de evaluación.
l) Las demás contempladas en la Constitución Política Nacional y la ley.
9. ACUERDOS COMERCIALES
Para el presente estudio se procedió a verificar la información publicada en SECOP, referente a los Acuerdos y Tratados Internacionales vigentes en materia de contratación pública, estableciendo lo siguiente:
En los términos del Numeral 8 del Artículo 2.2.1.1.2.1.1., del Decreto 1082 de 2015, el SENA ha consultado la información disponible en xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx para determinar:
a) Si la cuantía del proceso lo somete al capítulo de compras públicas
b) Si el SENA se encuentra incluido en la cobertura del capítulo de compras públicas
c) Si los servicios a contratar no se encuentran excluidos de la cobertura del capítulo de compras públicas.
Siguiendo las directrices del portal Colombia Compra Eficiente, una vez verificados los acuerdos comerciales vigentes, a continuación, se presenta el análisis para la aplicación de acuerdos comerciales y trato nacional por reciprocidad para el presente proceso de contratación:
Acuerdo comercial | Entidad estatal incluida | Presupuesto del proceso de contratación superior al valor del acuerdo comercial | Excepción aplicable al proceso de contratación | Proceso de contratación cubierto por acuerdo comercial | |
Alianza xxx Xxxxxxxx | Chile | Sí | Sí | No | Sí |
México | Sí | Sí | No | Sí | |
Perú | Sí | Sí | No | Sí |
Canadá | Sí | Sí | No | Sí | |
Chile | Sí | Sí | No | Sí | |
Corea | Sí | Sí | No | Sí | |
Xxxxx Rica | Sí | Sí | No | Sí | |
Estados AELC | Sí | Sí | No | Sí | |
Estados Unidos | Sí | Sí | No | Sí | |
México | Sí | Sí | No | Sí | |
Triángulo Norte | El Xxxxxxxx | Sí | Sí | No | Sí |
Guatemala | Sí | Sí | No | Sí | |
Honduras | Sí | Sí | No | Sí | |
Unión Europea | Sí | Sí | No | Sí | |
Perú (CAN) | Sí | Sí | No | Sí | |
Bolivia (CAN) | Sí | Sí | No | Sí | |
Ecuador (CAN) | Sí | Sí | No | Sí |
10. ADJUDICACIÓN
Se realizará audiencia en la que se dará lectura a las observaciones formuladas al informe de evaluación de propuestas o su primera actualización, a las respuestas emitidas por la entidad y se dará a conocer el último informe de evaluación, si es el caso.
Posteriormente, se realizará la revisión de la oferta económica y se procederá a la adjudicación o declaratoria desierta según el caso, de acuerdo con las reglas establecidas en el artículo 2.2.1.2.1.3.2. del Decreto 1082 de 2015.
La entidad adjudicará el contrato al interventor seleccionado, por medio de acto administrativo motivado.
11. RIESGOS
De acuerdo con el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, que impone a las Entidades Estatales incorporar en los pliegos de condiciones "la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en la contratación", así como con el numeral 8 del Artículo 2.2.1.1.2.1.3 del Decreto Reglamentario 1082 de 2015, a cuyo tenor, los riesgos asociados al contrato, la forma de mitigarlos y la asignación de riesgos entre las partes contratantes deben estar contenidos en tales pliegos, el SENA adoptó las recomendaciones de Colombia Compra Eficiente, consignadas en el Manual para la Identificación y Cobertura del Riesgo en los Procesos de Contratación.
El Decreto 1082 de 2015 define Riesgo como un evento que puede generar efectos adversos y de distinta magnitud en el logro de los objetivos del Proceso de Contratación o en la ejecución de un contrato. También, el Decreto 1082 establece que la Entidad Estatal debe evaluar el Riesgo que el Proceso de Contratación representa para el cumplimiento de sus metas y objetivos, de acuerdo con los manuales y guías que para el efecto expida Colombia Compra Eficiente.
La administración de riesgos tiene por objeto anticipar eventos y situaciones que puedan generar efectos adversos y de distinta magnitud, con impacto en el desarrollo de las distintas etapas de la actuación contractual: Planeación, Selección del Contratista, Contratación, Ejecución y Liquidación del negocio jurídico, así como en la satisfacción de sus cometidos, de manera que sea posible proporcionar mayor nivel de certeza y conocimiento para adoptar determinaciones relacionadas con la correspondiente actuación; mejorar la planeación de contingencias en su desenvolvimiento; incrementar el grado de confianza entre quienes intervienen en el Procedimiento y entre las partes del Contrato, así como reducir la posibilidad de diferencias o litigios con motivo de uno u otro.
Para tal efecto, se determinan y clasifican los distintos eventos y situaciones de riesgo previsibles, lo mismo que su causa u origen probable, al tiempo que se estiman las consecuencias de su eventual materialización, y se valoran desde el punto de vista de la probabilidad de ocurrencia y de sus efectos, al tiempo que se establece la persona o la parte obligada a asumir el correspondiente riesgo. Igualmente, se identifican los controles por ejercer y/o las acciones recomendadas para evitar, contener o mitigar cada uno de ellos.
Dada la complejidad del Proyecto por contratar; la clase y objeto del procedimiento de selección del correspondiente Contratista, y la naturaleza, objeto, misión y funciones de la Entidad contratante, las partes deben considerar, gestionar y hacer seguimiento y monitoreo por los riesgos que encuentran descritos en el Anexo No. 2- Análisis y Matriz de Riesgos.
12. GARANTÍAS
12.1 ETAPA PRECONTRACTUAL
El Proponente debe presentar junto con su Propuesta, el original de uno cualquiera de los siguientes documentos a efectos de garantizar la seriedad de esta:
• Garantía Bancaria irrevocable y a primer requerimiento que garantice la seriedad de la oferta, acompañada de sus anexos respectivos,
• Contrato de Seguro a favor de la entidad estatal que garantice la seriedad de la oferta, acompañada de sus anexos respectivos, y
• Patrimonio Autónomo, cuyo beneficiario debe ser la Entidad Estatal que sirva como garantía de la seriedad de la oferta.
Para efectos de la presentación de cualquiera de los documentos indicados a efectos de garantizar la seriedad de la propuesta, cuando se trate de proponentes plurales, el documento original deberá estar suscrito por el representante legal de todos los Miembros de Proponente Plural y en el mismo se deberá indicar el porcentaje que corresponda a cada uno dentro del consorcio o la Unión temporal según sea el caso.
Si la garantía se presenta con cualquiera tipo de inconsistencia u omisión de información, la entidad contratante solicitará al proponente los documentos e información del caso, para lo cual el Proponente deberá subsanarla dentro del término que establezca la entidad en el requerimiento correspondiente.
12.1.1 GARANTÍA BANCARIA
Las garantías bancarias y las cartas de crédito stand by deberán cumplir las siguientes condiciones: Ordenante: Proponente o cada uno de los integrantes de oferentes plurales.
Garante: Banco con domicilio en Colombia para Proponentes con domicilio local o, si se trata de Proponentes extranjeros sin sucursal ni domicilio en Colombia, deberá ser emisor un banco extranjero que tenga corresponsalía en Colombia y este último (el banco corresponsal en Colombia) debe contar con una calificación en la escala país (Colombia) no inferior a AAA. El banco corresponsal tiene la obligación de confirmar la garantía, asumiendo la responsabilidad ante el beneficiario en los mismos términos que el emisor, a partir de la fecha de en qué se haya otorgado la confirmación y cumplir con los requisitos detallados en el numeral de los Requisitos Metodológicos de las Garantías.
Beneficiario: SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA
Valor garantizado: 10% del valor de la oferta económica. Obligación expresa que se garantiza:
a) La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses.
b) El retiro de la oferta después de vencido plazo fijado para la presentación de las ofertas.
c) La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.
d) La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones aquí anotadas, dará lugar al cobro de la garantía. Condición de irrevocable y a primer requerimiento.
Requisitos de exigibilidad: Presentación de la garantía y acto administrativo declarando el incumplimiento y el monto a cobrar.
Plazo para pago: ocho (8) días hábiles siguientes a la presentación de los requisitos de exigibilidad.
Término de la Garantía: desde el día de la presentación de la Propuesta, hasta por noventa (90) días calendario más.
La garantía debe encontrarse firmada por el representante legal del garante y del ordenante. El garante debe haber renunciado al beneficio de excusión.
Se deberá anexar soporte de pago de los derechos respectivos.
Si la garantía se presenta con cualquier tipo de incorrección, la Entidad solicitará al Proponente los documentos e información del caso, para lo cual el Proponente cuenta con el término establecido en el requerimiento.
12.1.2 CONTRATO DE SEGUROS
La póliza de seguros debe cumplir los siguientes requisitos:
Se debe cubrir en calidad de Asegurado y Beneficiario a: SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
- SENA.
En calidad de tomador se debe incluir al Proponente o integrantes de Miembros Plurales.
La garantía de seriedad de la Propuesta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos:
a) La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses.
b) El retiro de la oferta después de vencido plazo fijado para la presentación de las ofertas.
c) La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.
d) La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones aquí anotadas dará lugar al cobro de la garantía. Valor garantizado: 10% del valor de la oferta económica..
Término de la Garantía: desde el día de la presentación de la Propuesta, hasta por noventa días (90) calendario más.
La garantía debe encontrarse firmada por el representante legal del garante y del tomador.
Anexar el soporte de pago de las primas respectivas.
12.1.3 PATRIMONIO AUTÓNOMO
El contrato xx xxxxxxx mercantil por medio del cual se crea el patrimonio autónomo que sirve de garantía para la oferta o el cumplimiento del contrato deberá cumplir los términos y condiciones establecidos en la Subsección 3 Patrimonio Autónomo del Decreto 1082 de 2015.
Certificado de Garantía: La sociedad fiduciaria debe expedir a nombre xxx XXXX un certificado de garantía en el cual conste la siguiente información:
Valor garantizado: 10% del valor de la oferta económica..
Vigencia de la Garantía: Desde el día de la presentación de la Propuesta, hasta por ciento veinte
(120) días calendario más.
La suficiencia de la garantía para cada una las coberturas, en los términos de los artículos 2.2.1.2.3.1.9 a 2.2.1.2.3.1.16 del Decreto 1082 de 2015.
Los estados financieros actualizados del patrimonio autónomo y una descripción de los bienes que lo conforman.
El procedimiento que surtirse en caso de hacerse exigible la garantía, el cual no podrá imponer al SENA condiciones más gravosas a las contenidas en el titulo Garantías, del Decreto 1082 de 2015.
Los riesgos garantizados:
a) La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses.
b) El retiro de la oferta después de vencido plazo fijado para la presentación de las ofertas.
c) La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.
d) La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones aquí anotadas dará lugar al cobro de la garantía. La prelación que tiene el SENA para el pago.
Los mecanismos con los cuales la sociedad fiduciaria puede hacer efectiva la garantía sin afectar su suficiencia
12.2 ETAPA CONTRACTUAL
De acuerdo con los establecido en el artículo 7° de la Ley 1150 de 2007 y el numeral 7° del artículo 20 y el capítulo la parte 2, titulo 1, capítulo I, sección 3 del Decreto 1082 de 2015, el oferente deberá amparar los riegos derivados de la presente contratación dentro de los tres (3) días siguientes a la comunicación de aceptación de oferta, a favor del SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA, de conformidad con la siguiente tabla:
Amparo | Porcentaje | Base | Vigencia |
Cumplimiento del Contrato | 20% | Valor estimado del contrato | Por el término de vigencia del contrato y hasta seis (6) meses más |
Obligaciones e indemnizaciones laborales, incluidos salarios, prestaciones sociales y demás compromisos de esta naturaleza | 5% | Valor estimado del contrato | Por el término de vigencia del contrato y tres (3) años más |
Calidad del servicio | 20% | Valor del contrato | Por el término de vigencia del contrato y hasta seis (6) meses más |
12.3 SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
El contratista deberá presentar para aprobación xxx XXXX, una póliza de responsabilidad civil extracontractual para amparar los perjuicios patrimoniales, y extrapatrimoniales que cause el contratista a terceros, incluyendo la culpa grave; en desarrollo de las actividades del contrato de interventoría.
Esta póliza tendrá un valor asegurado correspondiente al 5% del valor del contrato, y deberá permanecer vigente desde el acta de inicio, hasta la fecha de terminación del contrato, siendo válido expedir este seguro mediante vigencias anuales, renovables hasta la terminación del plazo del contrato. Debe figurar como asegurado el Interventor, el SENA, y como beneficiario adicional el SENA.
Ocurrido cualquier siniestro, el Contratista está obligado a restablecer la cobertura completa. Ya sea mediante cláusulas de reposición de valor asegurado o mediante la expedición de un nuevo seguro. De la vigencia de este amparo, se dejará constancia en el acto de liquidación del contrato.
En todo caso, la póliza de responsabilidad civil debe contar con una cláusula de revocación o de no renovación no inferior a noventa (90) días. Y no podrá modificarse en ninguna de sus condiciones.
A continuación, los amparos que debe tener la póliza de responsabilidad civil extracontractual:
Amparos | Valor asegurado |
Daños patrimoniales: Daños materiales, daño emergente y lucro cesante Daños extra patrimoniales: Daño moral, daño fisiológico y daño a la vida de relación | 100% del valor asegurado |
Responsabilidad civil causada por contratistas y subcontratistas. | 100% del valor asegurado. Sin perjuicio de lo anterior, el asegurador podrá subrogarse contra estos subcontratistas, si así lo pacta con el interventor, pero de ninguna manera reducir la cobertura para los asegurados. |
Actividades recreacionales y culturales, participación en ferias y exposiciones | 20% del valor asegurado |
Responsabilidad civil cruzada, | 20% del valor asegurado |
Responsabilidad civil patronal | 20% del valor asegurado |
Responsabilidad civil por bienes bajo cuidado, tenencia y control | 20% del valor asegurado |
Responsabilidad civil por gastos médicos | 10% del valor asegurado por evento 50% del valor asegurado en el agregado anual. |
Vehículos propios y no propios | 20% del valor asegurado |
Operaciones de transporte, cargue y descargue | 20% del valor asegurado |
Uso de maquinaria y equipo. | 20% del valor asegurado |
13. SUPERVISIÓN
La supervisión del contrato será ejercida por el Jefe de la Oficina de Sistemas o quien este delegue, quien actuará de conformidad con el artículo 4 de la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011 y lo previsto en la Resolución No. 202 del 10 de febrero de 2014, expedida por la Dirección General xxx XXXX, por la cual se adopta el Manual de Supervisión e Interventoría de la Entidad.
14. CRONOGRAMA
El siguiente es el Cronograma del Proceso de Contratación:
ACTIVIDAD | FECHA | LUGAR |
Publicación Respuesta a observaciones y sugerencias al proyecto xx Xxxxxx de Condiciones | 22 de julio de 2019 | |
Expedición acto administrativo de apertura del proceso de selección | 22 de julio de 2019 | |
Publicación pliego de condiciones definitivo | 22 de julio de 2019 | |
Presentación de observaciones x xxxxxx definitivo | 29 de julio de 2019 | |
Respuestas a las observaciones | 6 xx xxxxxx de 2019 | |
Expedición de adendas | 9 xx xxxxxx de 2019 | |
Presentación de Ofertas | 13 xx xxxxxx de 2019 10:00 AM | |
Informe de evaluación inicial | 21 xx xxxxxx de 2019 |
Plazo para observaciones al informe inicial y plazo para subsanar propuestas | Hasta el 28 xx xxxxxx de 2019 5:30 P.M. | |
Publicación Respuesta a observaciones e Informe de evaluación definitivo | 2 de septiembre de 2019 | |
Apertura de propuesta económica y adjudicación | 5 de septiembre de 2019 | SENA - Xxxxx 00 Xx. 0 -00, xx xx xxxxxx xx Xxxxxx - Xxxxx xxxxxxx, xxxx 9 |
Publicación acto administrativo de adjudicación o declaratoria de desierto | 6 de septiembre de 2019 | |
Firma del Contrato | 9 de septiembre de 2019 | |
Entrega de garantías | 12 de septiembre de 2019 | SENA - Calle 57 No. 8 -69, de la ciudad de Bogotá - Xxxxx xxxxxxx, xxxx 0 |
Aprobación de garantías | 12 de septiembre de 2019 | SENA - Calle 57 No. 8 -69, de la ciudad de Bogotá - Xxxxx xxxxxxx, xxxx 0 |
Las fechas y plazos antes indicados podrán variar de acuerdo con la ley y con las condiciones previstas en el presente Pliego de Condiciones.
15. LISTADO DE ANEXOS Y FORMATOS
Formato 1 – Carta de presentación de la oferta Formato 2 – Propuesta Económica
Formato 3 – Certificación pago de aportes Formato 4 – Experiencia del proponente
Formato 5 – Información financiera proponente extranjero
Formato 6 – Compromiso anticorrupción Formato 7 – Proyecto minuta del contrato
Anexo 1 – Anexo técnico
Anexo 2 – Análisis y matriz de riesgos Anexo 3 – Xxxxxxx xxx xxxxxx
Xxxxx 0 – Sedes SENA