OFICINA DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN ACUERDO MARCO DE PRECIOS Código: CYC-GEF- FR-21
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OFICINA DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN
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Código: CYC-GEF-FR-21 |
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Versión: 1 |
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Vigente a partir de: 2015-07-06 |
Acuerdo Marco de Precios para la adquisición de Servicios de _____________________, celebrado entre la Universidad xx Xxxxxx y ____________________
Cláusula 1 - |
Objeto del Acuerdo Marco de Precios |
4 |
Cláusula 2 - |
Definiciones |
4 |
Cláusula 3 - |
Alcance del objeto del Acuerdo Marco de Precios |
5 |
Cláusula 4 - |
Catálogo del Acuerdo Marco de Precios |
6 |
Cláusula 5 - |
Precio de los Servicios de Conectividad y Centro de Datos / Nube Xxxxxxx |
0 |
Xxxxxxxx 0 - |
Xxxxx xxx Xxxxxxx Marco de Precios |
7 |
Cláusula 7 - |
Operación Secundaria del Acuerdo Marco de Precios |
7 |
Cláusula 8 - |
Nuevos Servicios de Conectividad y de Centro de Datos / Nube Privada |
9 |
Cláusula 9 - |
Facturación y Pago |
9 |
Cláusula 10 - |
Obligaciones de Colombia Compra Eficiente |
10 |
Cláusula 11 - |
Obligaciones de los Proveedores |
11 |
Cláusula 12 - |
Obligaciones de la Entidades Compradoras |
13 |
Cláusula 13 - |
Vigencia del Acuerdo Marco de Precios |
13 |
Cláusula 14 - |
Cesión |
14 |
Cláusula 15 - |
Garantías |
14 |
Cláusula 16 - |
Multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento |
14 |
Cláusula 17 - |
Cláusula penal |
16 |
Cláusula 18 - |
Independencia de los Proveedores |
16 |
Cláusula 19 - |
Indemnidad |
16 |
Cláusula 20 - |
Caso Fortuito y Fuerza Mayor |
16 |
Cláusula 21 - |
Confidencialidad |
17 |
Cláusula 22 - |
Solución de Controversias |
17 |
Cláusula 23 - |
Notificaciones |
18 |
Cláusula 24 - |
Supervisión |
19 |
Cláusula 25 - |
Documentos |
19 |
Cláusula 26 - |
Disponibilidad presupuesta!. |
20 |
Cláusula 27 - |
Lugar de ejecución y domicilio contractual. |
00 |
Xxxxx 0 Definiciones 00
Xxxxx 0 Información Proveedores 25
Entre los suscritos, _________________, identificada con la cédula de ciudadanía número __________ expedida en la ciudad de _______, en su calidad de Rector de la Universidad xx Xxxxxx, nombrado mediante _______________________________, cargo para el cual tomó posesión, según consta en el Acta ____________________, en uso de las facultades y funciones contenidas la ley 30 de 1992, en el Estatuto General y en el Estatuto de Contratación, actuando en nombre y representación de la Universidad xx Xxxxxx, con NIT __________, ente universitario autónomo, público del orden departamental, quien para los efectos del presente contrato se denomina LA UNIVERSIDAD, por una parte; y por la otra, los siguientes:
(se deja a título de ejemplo… deben mencionarse todos los integrantes del acuerdo)
Unión Temporal Claro, proponente plural conformado por (i) TELMEX COLOMBIA S.A, sociedad comercial creada mediante escritura pública W 0000100 del 28 de enero de 1999 de la Notaría 16 de Bogotá D.C., inscrita el 2 de febrero de 1999 bajo el W 00666834 del Libro IX, identificada con el NIT 830.053.800-4; Y (ii) COMUNICACIÓN CELULAR SA COMCEL S.A, sociedad comercial creada mediante escritura pública W 588 del 14 de febrero de 1992 de la Notaría 15 de Bogotá D.C., inscrita el18 de febrero de 1992 bajo el W 356.007 del Libro IX, identificada con el NIT 800.153.993-7, representada por Xxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, identificada con la cédula de ciudadan ía 41.662.356 de Bogotá, en su calidad de Representante Legal de la Unión Temporal;
Unión Temporal S&S, proponente plural conformado por (I) Synapsis Colombia SAS, sociedad comercial creada mediante escritura pública W 0281 del 31 de enero de 1997 de la Notaría 45 de Bogotá D.C., inscrita el 00 xx xxxxxxx xx 0000, xxxx en W 574.353 del Libro IX, identificada con el NIT W 830.027.574-4; y (ii) Sinapsys Spa, sociedad extranjera creada mediante repertorio W 12.390 - 2010 Y con escritura pública de modificación,
inscrita el 15 de septiembre de 2011 a fojas 54287, número 39959 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2011, representada por Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, identificado con la cédula de ciudadanía 4.130.692 de Guateque, en su calidad de Representante Legal de la
Unión Temporal;
Quienes para los efectos del presente documento se denominan LOS PROVEEDORES, hemos convenido en celebrar un Acuerdo Marco de Precios, previas las siguientes consideraciones:
1. Que el Estatuto de Contratación de la Universidad xx Xxxxxx, y su correspondiente Manual de Contratación, la autorizan para diseñar y organizar el Proceso de Contratación para los Acuerdos Marco de Precios.
111. Que la Universidad xx Xxxxxx realizó el proceso de licitación pública No. ______________, el cual le fue adjudicado a los Proveedores.
Por lo anterior, LA UNIVERSIDAD y los Proveedores celebran este Acuerdo Marco de
Precios el cual se rige por siguientes cláusulas:
Cláusula 1 - Objeto del Acuerdo Marco de Precios
El objeto del Acuerdo Marco de Precios es establecer las condiciones en las cuales los Proveedores deben prestar a la UNIVERSIDAD los bienes o servicios mencionados a continuación, y la forma como las Entidades Compradoras contratan estos servicios: (mencionar los bienes o servicios requeridos)
Cláusula 2 - Definiciones
Las expresiones utilizadas en el presente documento con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que se les asigna en el Anexo 1 al presente documento. Los términos definidos son utilizados en singular y en plural de acuerdo como lo requiera el contexto en el cual son utilizados. Otros términos utilizados con mayúscula inicial deben ser entendidos de acuerdo con la definición contenida en el Decreto 1510 de 2013. Los términos no definidos en el Anexo 1 del presente documento y utilizados en el presente documento deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio. (El anexo debe diseñarse según la naturaleza del bien o servicio a contratar)
Cláusula 3 - Alcance del objeto del Acuerdo Marco de Precios
Los Proveedores se obligan a prestar los bienes o servicios mencionados en el presente acuerdo, conforme a los requisitos técnicos establecidos en la sección IV xxx xxxxxx de condiciones y de acuerdo con las Ofertas presentadas en la licitación pública. Adicionalmente, los Proveedores deben cumplir con las siguientes condiciones:
3.1 Bienes y Servicios
Los Proveedores están obligados a prestar todos los bienes y servicios incluidos en el Catálogo, a favor de la Universidad.
3.2 Condiciones del servicio
Los Proveedores deben garantizar los niveles de calidad requeridos por la Universidad xx Xxxxxx, en la prestación del servicio o provisión de bienes según el caso. Las condiciones técnicas están definidas en el correspondiente pliego de condiciones y en el anexo No. 2 (El anexo se elabora según cada caso)
3.3 Línea de servicio al cliente
Los proveedores deben contar con una línea de servicio al cliente, para brindar apoyo a cualquier problema técnico que cumpla los siguientes condiciones: (i) servicio veinticuatro (24) horas al día, siete (7) días a la semana; (ii) sistema de grabación de llamadas; (iii) sistema de seguimiento de los informes y solicitudes efectuadas en las llamadas; y (iv) tiempo de atención de la llamada de por lo menos 90/20, es decir que el noventa por ciento (90%) de las llamadas sea atendida antes de veinte (20) segundos.
3.4 Mantenimiento de la infraestructura
El Proveedor debe garantizar el mantenimiento de la infraestructura y los cambios de sus componentes para garantizar la prestación de los servicios contratados.
3.5. Garantías.
El proveedor conforme a la ley 1480 de 2011, a la cual se acoge plenamente, identificando a la Universidad xx Xxxxxx como consumidor, otorga garantía de los bienes o servicios frente a su buen funcionamiento y calidad, por los tiempos mencionados en el anexo 3 (se elabora según cada caso). En caso de no pactarse un término, se entenderá que la garantía se otorga por el plazo de dos años contados a partir de la entrega.
La Universidad xx Xxxxxx podrá ejercer las acciones que le otorga la Ley 1480 de 2011, o la que le sustituya o modifique, con el fin de hacer efectiva la garantía y en procura de salvaguardar todos los derechos que como consumidor final le asisten.
Cláusula 4 - Catálogo del Acuerdo Marco de Precios
La Universidad xx Xxxxxx debe publicar en el portal web el catálogo y el Acuerdo Marco de Precios dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la firma del presente documento. La Universidad xx Xxxxxx es responsable de mantener el Catálogo actualizado para lo cual debe:
4.1 Incluir los servicios o bienes a contratar, y que los proveedores están en disposición de suministrar.
4.2 Cada bien o servicio contará con el precio máximo que la Universidad pagará al proveedor..
4.2 Incluir nuevos bienes o servicios en las condiciones de la Cláusula 8.
4.3 Actualizar semestralmente los precios de acuerdo con la Cláusula 5.
4.4 Suspender a los Proveedores del Catálogo en los términos de la Cláusula 16.
El Proveedor debe presentar a la UNIVERSIDAD dentro de Ios tres (3) días hábiles siguientes a la firma del presente documento el logo del Proveedor en formato.jpg con resolución 72 pixeles por pulgada para incluirlo en el Catálogo.
Cláusula 5 - Precio de los Servicios o Bienes
El precio de los servicios o bienes es el precio cotizado por los Proveedores del Acuerdo Marco de Precios, el cual está conformado por: (i) el precio cotizado por el Proveedor e incluido en la Orden de Compra de la Entidad Compradora; y (ii) los impuestos y gravámenes aplicables.
La Universidad xx Xxxxxx revisará cada seis (6) meses contados a partir de la fecha del Acuerdo Marco de Precios, las especificaciones técnicas y el precio máximo de los bienes y servicios incluidos el Catálogo, para lo cual tendrá en cuenta: (i) las variaciones en la tasa de cambio, (ii) cambios tecnológicos; y (iii) cambios en el mercado.
Cláusula 6 - Valor del Acuerdo Marco de Precios
El Acuerdo Marco de Precios es típicamente un contrato de cuantía indeterminada. El valor final del Acuerdo Marco de Precios corresponderá a la suma del valor de las Órdenes de Compra que sean colocadas durante su vigencia.
Cláusula 7 - Operación Secundaria del Acuerdo Marco de Precios
Las Entidades Compradoras y los Proveedores deben cumplir las condiciones y lo pasos descritos a continuación:
7.1 Acciones de la Entidad Compradora. La Universidad xx Xxxxxx, a través de los funcionarios con facultades de ordenación del gasto, en los eventos en que se pretenda adquirir el bien o servicios al amparo del Acuerdo Marco de Precios, deberá cumplir las condiciones y lo pasos descritos a continuación:
(a) El funcionario con facultades de ordenación del gasto, debe diligenciar y elevar solicitud de cotización de los servicios o bienes que requiere y enviarlo a los Proveedores habilitados en el Catálogo, a través del portal web de la Universidad.
(b) En la solicitud de la cotización debe indicar: (i) el tipo de bien o servicio requerido; (ii) las características y cantidad del bien o servicio; (iii) ubicación geográfica; (iv) duración del servicio; y (v) los gravámenes, distintos a los impuestos nacionales a los que están sujetos sus Procesos de Contratación y la Orden de Compra, como por ejemplo las estampillas. (vi) Fecha de entrega para la cual se requiere el bien o servicio.
(c) La cotización está vigente por el término de 8 días calendario contados a partir de su expedición. Una vez recibidas las cotizaciones, el funcionario con facultades de ordenación del gasto, seleccionará la cotización del Proveedor que haya ofrecido el menor precio para los servicios cotizados, y procederá a su aceptación. El funcionario con facultades de ordenación del gasto debe revisar la información contenida en las cotizaciones enviadas por los Proveedores, para asegurarse que el precio cotizado no supere el precio máximo del servicio en el Catálogo, en caso de que se presente una cotización por encima del precio máximo, será descartada.
Si hay empate entre dos proveedores, se debe generar la adquisición del bien o servicios sobre la cotización del Proveedor que primero haya respondido a la solicitud de cotización.
(d) El ordenador del gasto de la Entidad Compradora debe aceptar o rechazar la solicitud del supervisor del acuerdo marco, y la aceptación constituye la Orden de Compra. La aceptación sólo se podrá realizar una vez se cuente con el respectivo certificado de disponibilidad presupuestal.
(e) Una vez sea expedida la Orden de Compra, el proveedor seleccionado entregará el bien o servicio contratado.
(f) La Universidad procederá a pagar en los términos y condiciones aquí previstas.
7.2 Acciones del Proveedor. El Proveedor debe:
(a) Cotizar los bienes o servicios requeridos en un plazo no mayor a 8 días calendario. La solicitud de cotización se entiende recibida al día hábil siguiente a la fecha de su publicación en el portal web de la Universidad xx Xxxxxx.
(b) Realizar una visita técnica para la cotización del bien o servicio a las instalaciones de la Entidad Compradora, si lo considera necesario. Si el Proveedor realiza la visita técnica, la Universidad debe ser notificada por el Proveedor de la respectiva visita a través del portal web.
(c) Informar a la Entidad Compradora cuando el bien o servicios requiere de obras o instalaciones adicionales a las previstas, y cotizar por separado la cotización de estas obras adicionales la cual se enviará junto con la cotización solicitada.
(d) El Proveedor debe cotizar los servicios solicitados por la Entidad Compradora para lo cual puede otorgar un descuento sobre el precio publicado en el Catálogo. La cotización es un documento en firme el cual no puede modificarse luego de su publicación en el portal web de la Universidad.
(e) Extender la garantía de cumplimiento cuando haya recibido Órdenes de Compra por un plazo mayor a la vigencia del Acuerdo Marco de Precios por el término de tales Órdenes de Compra y cuatro meses más y por el 10% del valor de las Órdenes de Compra vigentes
(f) Facturar de conformidad a lo establecido en la Cláusula 9
Cláusula 8 - Nuevos Servicios o bienes.- Los Proveedores pueden solicitar a la Universidad xx Xxxxxx la inclusión de nuevos bienes o servicios en el catálogo, siempre que se trate de bienes o servicios relacionados o similares a los que fueron objeto del acuerdo marco de precios. El Proveedor debe justificar la pertinencia de la inclusión del nuevo servicio y su factibilidad técnica, jurídica y económica. La Universidad determinará libremente si acepta o no la inclusión del nuevo bien o servicio en el catálogo, para lo cual se realizarán los estudios xx xxxxxxx requeridos con el fin de fijar el valor máximo a pagar.
Cláusula 9 - Facturación y Pago
El Proveedor debe facturar mensualmente a la Entidad Compradora los bienes o servicios efectivamente prestados o entregados, según el caso.
Los Proveedores deben presentar las facturas en la dirección indicada para el efecto en la Orden de Compra por la Entidad Compradora y publicar una copia de la factura en el portal web de la Universidad.
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La factura debe contener la información necesaria para ser una factura de venta en los términos de las normas comerciales y tributarias. El Proveedor debe presentar como anexo a la factura: (a) un certificado suscrito por su representante legal en el cual manifieste que el Proveedor está x xxx y salvo con sus obligaciones laborales frente al sistema de seguridad social integral y demás aportes relacionados con sus obligaciones laborales. (b) Los demás documentos requeridos por los estatutos internos y por la ley para el pago. C) La entrega de tales documentos podrá hacerse por el portal web de la Institución, cuando ésta disponga de ello.
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La Universidad debe aprobar o rechazar las facturas dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de su presentación. La notificación se realizará a través del portal web o de cualquier medio electrónico así: Al Proveedor la aceptación o el rechazo de las facturas y en este último caso la justificación del rechazo. La Universidad debe pagar las facturas dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la aprobación de la misma.
Cláusula 10 - Obligaciones de la Universidad xx Xxxxxx.
La Universidad xx Xxxxxx está obligada a administrar el Acuerdo Marco de Xxxxxxx y el correspondiente portal web. En consecuencia, se obliga a:
Impartir capacitación virtual a los proveedores acerca el Acuerdo Xxxxx de Precios, su operación y el manejo del portal web. Esta capacitación se entenderá satisfecha al disponer de material de capacitación para la libre consulta de sus usuarios.
Mantener informados a los Proveedores respecto de los cambios y/o actualizaciones en la operación del Acuerdo Marco de Precios y en el Catálogo
Publicar y actualizar el Catalogo en los términos y en la oportunidad señalada en los
Documentos del Proceso.
Garantizar la disponibilidad del portal web.
Hacer seguimiento al cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Acuerdo
Xxxxx de Precios a cargo de los Proveedores
Cumplir con las obligaciones derivadas del Acuerdo Marco de Precios.
Responder a los reclamos, consultas y/o solicitudes de los Proveedores eficaz y oportunamentde acuerdo a lo establecido en el presente documento.
Adelantar las acciones que procedan en caso de incumplimiento.
Cláusula 11 - Obligaciones de los Proveedores
Las siguientes son las obligaciones de los Proveedores derivadas del presente Acuerdo Marco de
Precios:
11.1 Entregar a la Universidad xx Xxxxxx, en la oportunidad señalada para el efecto la información necesaria para el Catálogo y la operación del portal web.
11.2 Conocer el Catálogo y operar adecuadamente el portal web.
11.3 Cumplir con los plazos establecidos en el presente Acuerdo Marco de Precios.
11.4 Abstenerse de cotizar con precios por encima al máximo publicado en el Catálogo.
11.5 Presentar cotizaciones sobre la totalidad de los bienes o servicios incluidos en la solicitud de cotización. En las cotizaciones incluir, cuando sea el caso, el costo de los equipos, materiales y obras civiles requeridas para la instalación.
11.6 Garantizar que ninguna de las condiciones establecidas en el presente documento generan costos adicionales a la Universidad xx Xxxxxx.
11.7 Instalar los bienes o servicios, de acuerdo a la Orden de Compra.
11.9 Responder a los reclamos, consultas y/o solicitudes de la Universidad xx Xxxxxx eficaz y oportunamente de acuerdo a lo establecido en el presente documento.
11.10 Considerar a la Universidad xx Xxxxxx como clientes prioritarios.
11.11 Informar a la Universidad xx Xxxxxx cualquier cambio en su condición como Proveedor, bien sea cambios de nombre, ser parte de fusiones o adquisiciones o reorganizaciones empresariales.
11.13 Entregar la información requerida por la Universidad xx Xxxxxx para registrar al Proveedor
en sus sistemas de pago.
11.15 Informar a la Universidad xx Xxxxxx cuando algún funcionario o dependencia pretenda adquirir los bienes y servicios por fuera del Acuerdo Marco de Precios, esto es con otros proveedores no vinculados, o con precios por encima de los establecidos en el catálogo. Esta información debe darse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en la cual el Proveedor recibió la solicitud de cotización o de información comercial, o tuvo conocimiento del hecho.
11.16 Cumplir con las obligaciones derivadas del presente Acuerdo Marco de Precios.
11.17 Informar a la Universidad xx Xxxxxx cualquier cambio en la persona que representa al Proveedor en la administración y ejecución del Acuerdo Xxxxx xx Xxxxxxx, a quien deben dirigirse las comunicaciones y notificaciones de acuerdo con lo establecido en la Cláusula
23.
11.18 Informar a la Universidad xx Xxxxxx de cualquier circunstancia que pueda afectar la ejecución del Acuerdo Marco de Precios.
11.19 Tener una línea de servicio al cliente disponible para las Entidades Compradoras veinticuatro
(24) horas al día, siete (7) días a la semana. Esta misma línea debe contar con un sistema de grabación de llamadas y un sistema de seguimiento de los incidentes y las PQRS efectuadas a los Proveedores por parte de las Entidades Compradoras.
11.20 Establecer planes de contingencia cuando ocurran eventos de fuerza mayor o caso fortuito que afecten la prestación de los bienes o servicios requeridos.
Cláusula 12 - Vigencia del Acuerdo Marco de Precios
El Acuerdo Marco de Precios estará vigente por dos (2) años a partir de su perfeccionamiento. La vigencia del Acuerdo Marco de Precios puede ser prorrogada por un (1) año adicional siempre y cuando existan por lo menos tres (3) Proveedores con capacidad de prestar o suministrar los servicios o bienes requeridos. La Universidad xx Xxxxxx debe notificar la intención de prorrogar al término del Acuerdo Marco de Precios por lo menos 90 días calendario antes del vencimiento del plazo del Acuerdo Marco de Precios. A falta de notificación del interés de prorrogar el plazo del Acuerdo Marco de Precios, este terminará al vencimiento de su plazo.
El Proveedor puede manifestar dentro del mismo plazo su intención de no permanecer en el
Acuerdo Marco de Precios durante la prórroga.
Cláusula 13 - Cesión
Los Proveedores no pueden ceder parcial ni totalmente sus obligaciones derivadas del Acuerdo Marco de Precios. En caso de hacerlo, la Universidad no reconocerá al cesionario como parte integrante del acuerdo.
Cláusula 14.- Procedimiento en caso de fusión y similares.
Si el Proveedor es objeto de una fusión o escisión empresarial o de la enajenación parcial o total de sus activos o de su establecimiento de comercio y esta enajenación puede afectar la prestación de los servicios objeto del presente Acuerdo Marco de Precios, la Universidad xx Xxxxxx tiene el derecho a conocer las condiciones de esa operación. Si la Universidad xx Xxxxxx considera que la operación pone en riesgo el cumplimiento del Acuerdo Marco de Precios, exigirá al Proveedor, sus socios o accionistas una garantía adicional a la prevista en el presente documento. Si el Proveedor, sus socios o accionistas no entregan esta garantía adicional, la Universidad xx Xxxxxx puede válidamente oponerse ante la autoridad correspondiente a la operación de fusión o escisión empresarial o de la enajenación parcial o total de sus activos, sin perjuicio de la exclusión del proveedor del acuerdo marco de precios.
Cláusula 15 - Garantías
Los Proveedores deben presentar una garantía de cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Acuerdo Marco de Precios, a favor de la Universidad xx Xxxxxx, por un valor de
________________________. La vigencia de la garantía de cumplimiento debe ser igual a la del Acuerdo Marco de Xxxxxxx y cuatro (4) meses más y debe tener el amparo de cumplimiento.
El Proveedor deberá presentar la garantía de cumplimiento a más tardar dentro de los cinco (5)
días hábiles siguientes a la firma del presente Acuerdo Marco de Precios.
Cláusula 16 - Multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento
En caso de incumplimiento de las obligaciones del Proveedor derivadas del presente Acuerdo
Xxxxx xx Xxxxxxx, la Universidad xx Xxxxxx utilizará el procedimiento establecido en la ley para la imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento.
Dependiendo de la gravedad del incumplimiento del Proveedor, la Universidad xx Xxxxxx podrá imponer multas, suspender temporalmente al Proveedor del Catálogo o suspenderlo de forma definitiva con lo cual se termina el Acuerdo Marco de Precios para el Proveedor sancionado.
16.1 Multas. La Universidad xx Xxxxxx impondrá multas de hasta el 10% del valor de la Orden de Compra por el incumplimiento de obligaciones contractuales de los Proveedores que estén en las siguientes condiciones respecto de una o varias Órdenes de Compra:
(a) Incumplimiento en la entrega o calidad del bien o servicio requerido en una Orden de
Compra.
(b) No responder a la Entidad Compradora una solicitud de cotización.
16.2 Multas. La Universidad xx Xxxxxx impondrá multas de hasta 30% del valor de la Orden de Compra a los Proveedores que reincidan en cualquiera de las conductas de que trata el numeral anterior.
16.3 Suspensión temporal del Catálogo. La Universidad xx Xxxxxx suspenderá temporalmente hasta por el término de tres (3) meses al Proveedor que reincida tres o más veces en alguna de las conductas que trata el numeral 16.2.
16.4 Suspensión definitiva del Catálogo. La Universidad xx Xxxxxx suspenderá definitivamente del Catálogo al Proveedor que incurra en alguna circunstancia, que a juicio de la Universidad, afecten gravemente la ejecución del Acuerdo Marco de Precios.
El Proveedor debe pagar las multas a las que se refieren los numerales 16.1, 16.2 Y 16.3 a
La Universidad xx Xxxxxx.
La suspensión temporal o definitiva del Catálogo no exonera al Proveedor de cumplir las obligaciones relativas a las Órdenes de Compra colocadas con anterioridad a tal suspensión.
Cláusula 17 - Cláusula penal
En caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento total o parcial de las obligaciones del Proveedor establecidas en el presente Acuerdo Marco de Precios, éste deberá pagar a título de cláusula penal una suma equivalente al 10% del valor total de las Órdenes de Compra que incumplió. Este valor puede ser compensado con los valores que le adeude la Universidad xx Xxxxxx, a favor de quienes el Proveedor debe pagar el valor de la cláusula penal de conformidad con las reglas del Código Civil.
Cláusula 18 - Independencia de los Proveedores
Los Proveedores son entidades independientes a la Universidad xx Xxxxxx, y en consecuencia, los Proveedores no son sus representantes, agentes o mandatarios. Los Proveedores no tienen la facultad de hacer declaraciones, representaciones o compromisos en nombre de la Universidad xx Xxxxxx ni de las Entidades Compradoras, ni de tomar decisiones o iniciar acciones que generen obligaciones a su cargo.
Los Proveedores se obligan a cumplir con el objeto al que se refiere la Cláusula 1 del presente Acuerdo Marco de Precios con su propio personal, de forma independiente y autónoma, sin que exista relación de subordinación o dependencia entre estos y la Universidad xx Xxxxxx.
Los Proveedores son responsables únicos y exclusivos del pago de los salarios, prestaciones sociales y contribuciones correspondientes al personal que utilicen en la ejecución del objeto del presente Acuerdo Marco de Precios. En caso de que algún trabajador de los proveedores accione judicialmente contra la Universidad xx Xxxxxx por las labores desarrolladas dentro del acuerdo marco de precios, el proveedor será responsable ante la Universidad por las condenas, costas, agencias en derecho y gastos de honorarios correspondientes a representación judicial.
Cláusula 19 - Indemnidad
El Proveedor se obliga a mantener libre e indemne a la Universidad xx Xxxxxx por cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones provenientes de terceros, que tengan como causa directa las actuaciones del Proveedor.
Cláusula 20 - Caso Fortuito y Fuerza Mayor
Las Partes quedan exoneradas de responsabilidad por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones o por la demora en la satisfacción de cualquiera de las prestaciones a su cargo derivadas del presente Acuerdo Marco de Precios, cuando la demora sea resultado o consecuencia de la ocurrencia de un evento de fuerza mayor o caso fortuito debidamente invocadas y constatadas de acuerdo con la ley y la jurisprudencia colombiana, salvo que el evento de fuerza mayor o caso fortuito haya ocurrido estando una de las Partes en xxxx. La ocurrencia del evento de fuerza mayor o caso fortuito debe ser comunicada el día de la ocurrencia del evento o a más tardar el día hábil siguiente a la fecha de ocurrencia del mismo.
Cláusula 21 - Confidencialidad
El Proveedor con la suscripción del Acuerdo Marco de Precios se compromete a:
21.1 Manejar de manera confidencial la información que como tal le sea presentada y entregada, y toda aquella que se genere en torno a ella como fruto del cumplimiento del presente Acuerdo Marco de Precios.
21.2 Guardar confidencialidad sobre esa información y no emplearla en beneficio propio o de
terceros mientras conserve sus características de confidencialidad o mientras sea manejada como un secreto empresarial o comercial.
21.3 Solicitar previamente y por escrito autorización para cualquier publicación relacionada con el tema del Acuerdo Xxxxx xx Xxxxxxx, autorización que debe solicitar al Supervisor del
Acuerdo Marco de Xxxxxxx presentando el texto a publicar con un mes de antelación a la fecha en que desea enviar a edición.
Cláusula 22 - Solución de Controversias
Las controversias o diferencia que surjan entre los Proveedores y la Universidad con ocasión de la firma, ejecución, interpretación, prórroga o terminación del Acuerdo Marco de Precios serán sometidas a la revisión de las Partes para buscar un arreglo directo en un término no mayor a cinco (5) días hábiles a partir de la fecha en que cualquiera de las Partes comunique por escrito a la otra Parte la existencia de una diferencia, la explique someramente y manifiesta la intención de iniciar el procedimiento de que trata la presente cláusula.
La controversia que no pueda ser resuelta de forma directa entre las Partes, debe someterse a un procedimiento conciliatorio que se surtirá ante la autoridad competente conforme a la ley.
Cláusula 23 - Notificaciones
Los avisos, solicitudes, comunicaciones y notificaciones que deban hacer las Partes en desarrollo
del presente Acuerdo Marco de Precios deben hacerse a través del portal webde la Universidad xx Xxxxxx y si el aviso, solicitud o comunicación no puede hacerse a través de esta la comunicación debe constar por escrito y la notificación se entenderá debidamente efectuada sólo si la comunicación es entregada personalmente o por correo electrónico a la persona y a las direcciones indicadas a continuación:
(señalar nombre de la persona que será notificada de cada una de las partes, dirección física, correo electrónico, dirección electrónica, teléfono)
Cláusula 24 - Supervisión
La supervisión de la ejecución y cumplimiento del presente Acuerdo Marco de Precios está a cargo del __________________________ (mencionar nombre y cargo del funcionario de la Udenar)
Cláusula 25 - Documentos
Los siguientes documentos hacen parte integral del presente Acuerdo Marco de Precios:
25.1 Los Estudios y Documentos Previos de fecha ______________________-.
25.2 El pliego de condiciones de la licitación pública ______________________
25.3 Las Ofertas presentadas por los Proveedores.
25.4 Los siguientes Anexos: Anexo 1 Definiciones. (se enumeran los anexos técnicos que se requiera según cada contratación)
Cláusula 26 - Disponibilidad presupuesta!.
La suscripción del presente Acuerdo Marco de Precios no implica ordenación del gasto, en consecuencia, no se cuenta con disponibilidad presupuestal alguna por parte de la Universidad xx Xxxxxx.
Las órdenes de compra específicas sí deberán contar con el respectivo certificado de disponibilidad presupuestal y posterior registro presupuestal.
Cláusula 27 - Lugar de ejecución y domicilio contractual.
Las actividades previstas en el presente Acuerdo Marco de Precios se desarrollarán en cualquier lugar del territorio nacional y el domicilio contractual es la ciudad de San Xxxx xx Xxxxx
Cláusula 28 - Integración Normativa
El estatuto de contratación, así como el manual de contratación, y las diferentes normas internas de contratación y presupuesto de la Universidad xx Xxxxxx, hacen parte integrante del presente contrato, y son de obligatorio cumplimiento para las partes.
Para constancia, se firma en San Xxxx xx Xxxxx, a los _____días del mes de ____ del año_______