ESTUDIOS PREVIOS PARA CONTRATAR LOS SERVICIOS DE ORGANIZACIÓN DE PLANOS DE LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA.
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AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA |
Código:GADF-F-025 |
SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN |
Versión: 001 |
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FORMATO |
Fecha: 14/11/2013 |
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ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS |
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ESTUDIOS PREVIOS PARA CONTRATAR LOS SERVICIOS DE ORGANIZACIÓN DE PLANOS DE LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA.
DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON EL PROCESO DE CONTRATACION.
El Gobierno Nacional, en ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas en el artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, con fecha 0 xx xxxxxxxxx xx 0000 xxxxxxx xx Xxxxxxx 4165 de 2011 por el cual se modificó la denominación y naturaleza jurídica del Instituto Nacional de Concesiones por la de Agencia Nacional de Infraestructura, Agencia Nacional Estatal de Naturaleza Especial, del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrita al Ministerio de Transporte, cuyo objeto consiste en “… planear, coordinar, estructurar, contratar, ejecutar, administrar y evaluar proyectos de concesiones y otras formas de Asociación Público Privada –APP, para el diseño, construcción, mantenimiento, operación, administración y/o explotación de la infraestructura pública de transporte en todos sus modos y de los servicios conexos o relacionados y el desarrollo de asociación público privada para otro tipo de infraestructura pública cuando así lo determine expresamente el Gobierno Nacional respecto de infraestructuras semejantes…”
Conforme lo establecido en artículo 18 del Decreto 4165 de 2011, son funciones de la Vicepresidencia Administrativa y Financiera “…2. Dirigir los asuntos administrativos, financieros y de recursos humanos de la entidad; 3. Ejecutar los procesos de presupuesto, contabilidad, tesorería, gestión financiera institucional y gestión documental;….8. Administrar la gestión de archivo y correspondencia de todos los procesos y áreas de la entidad. 11. Dirigir, controlar y coordinar las actividades relacionadas con proveedores, la adquisición, almacenamiento, custodia, mantenimiento, distribución e inventarios de los elementos, equipos y demás bienes necesarios para el funcionamiento de la Agencia”.
En desarrollo de lo anterior, la Vicepresidencia Administrativa y Financiera, a través del área de archivo y correspondencia administra, organiza, preserva y controla los archivos de los documentos que se producen en la Entidad, gestionando la digitalización y custodia de los archivos, razón por la cual requiere organizar 150 mil planos.
El alto volumen de documentos que son resultado de la administración de los Contratos de concesión de Carreteras cuya gestión se encuentra contratada entre veinte y treinta años en cada contrato, hace que se dificulte la organización de los planos resultado de los estudios y diseños de los proyectos para el desarrollo de la Infraestructura los cuales no se han podido organizar en su totalidad para que pueda garantizarse su organización y conservación por falta de espacio y personal suficiente.
Esta contratación fue incluida en el plan de compras de la presente vigencia fiscal 2014, por lo que se cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente en el rubro 000-000-0 “Apoyo y Dotación Técnico Administrativa para el Fortalecimiento Institucional…”
2. OBJETO A CONTRATAR Y SUS ESPECIFICACIONES TECNICAS - RELACIÓN ESTRATÉGICA DEL OBJETO CONTRACTUAL CON LA PLANEACIÓN INSTITUCIONAL
Mediante el proceso de selección abreviada de menor cuantía al que se refiere este documento, se pretende celebrar un contrato de servicios, en virtud del cual se buscaSELECCIONAR LA PROPUESTA MÁS FAVORABLE PARA LA ORGANIZACIÓN DE APROXIMADAMENTE CIENTO VEINTICINCO MIL (125.000) PLANOS, DE ACUERDO CON EL ALCANCE, DESCRIPCIÓN, ESPECIFICACIONES Y DEMÁS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN ESTE PLIEGO DE CONDICIONES Y ANEXOS.
2.1. DESCRIPCIÓN Y ALCANCE DEL OBJETO: La Agencia Nacional de Infraestructura requiere seleccionar la propuesta más favorable para que se contrate y ejecuten los siguientes trabajos:
Inventariar los planos por proyecto de concesión en el formato de inventario documental anexo.
Elaborar rollos de máximo 30 planos y envolver el rollo en mylar (tretaftalato de polietileno), o en tubos totalmente de cartón con Ph neutro o con recubrimiento que aisle la acidez del cartón.
Cada rollo debe estar cubierto por un pliego de papel de PH neutro para evitar roces de las tintas.
identificar el rollo con rotulo y cada plano con el dato de número de rollo y proyecto, con código xx xxxxxx adherido por el reverso del plano
Entregar el inventario documental de planos diligenciado en formato Excel.
Realizar primeros auxilios a los planos que se encuentren en mal estado, los primeros auxilios se realizan cuando los bordes están rasgados, en este caso se rebordea el plano con cinta mágica o solo el borde que esta rasgado.
2.2. Clasificación UNSPSC: El objeto contractual se enmarca dentro del siguiente código del Clasificador de Bienes y Servicios:
Clasificación UNSPSC |
Segmento |
Familia |
Clase |
Producto |
78101804 |
Servicios , almacenamiento, correo |
Almacenaje |
Bodega y almacenamiento especializado |
Servicio de almacenamiento de documentos |
78131602 |
Servicios de transporte, Almacenaje y correo |
Almacenaje |
Almacenamiento de Bienes Generales |
Almacenaje de Archivo de Carpetas |
80161506 |
Servicios de Gestión, Servicios profesionales de Empresa, y Servicios Administrativos |
Servicios de Administración de Empresas |
Servicios de apoyo gerencial |
Servicios de archivo de datos |
81151601 |
Servicios basados en ingeniería, investigación y tecnología |
Servicios profesionales de ingeniería |
Ingeniería Civil |
Servicios de sistemas de información geográfica |
80161503 |
Servicios de Gestión, Servicios profesionales de Empresa, y Servicios Administrativos |
Servicios de Administración de Empresas |
Servicios de apoyo gerencial |
Servicios de entrada por teclado |
80101600 |
Servicios de Gestión, Servicios profesionales de Empresa, y Servicios Administrativos |
Servicios de asesoría de gestión |
Gerencia de Proyectos |
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2.3 Especificaciones Técnicas o Alcance Del Objeto: En el desarrollo del objeto contractual, el contratista se compromete a ejecutar el objeto contractual teniendo en cuenta lo señalado en el anexo técnico y las siguientes especificaciones técnicas:
Prestar el servicio de organización de los planos con personal idóneo y competente.
Disponer de los equipos requeridos para la ejecución del contrato.
Para este proyecto se deben tener en cuenta las especificaciones establecidas en el Acuerdo 049 del año 2000 y demás normas relacionadas con organización y archivo de planos.
Este proyecto deberá ser coordinado por un profesional en Bibliotecología y Archivística con experiencia en organización de archivos de entidades públicas.
Debe contar un control de calidad realizado por un profesional en archivística, se debe presentar un documento a la Agencia Nacional de Infraestructura en el que se demuestre la forma en que se realizará el control de calidad, documento que debe ser entregado dentro de los 15 días hábiles siguientes a la firma del acta de inicio del contrato, así como entregar un informe mensual que contenga el avance físico realizado, aspectos relevantes y novedades encontradas en el proceso.
La organización documental y la elaboración de los inventarios deberá ser realizada por técnicos en archivística, todos con mínimo tres años de experiencia.
La Agencia Nacional de Infraestructura entregara rollos de planos contados por proyecto de concesión.
Los planos se organizarán en las instalaciones del contratista.
2.4. Obligaciones Especiales Del Contratista
El CONTRATISTA se compromete para con la Agencia Nacional de Infraestructura, a prestar los servicios con equipos y personal idóneo y calificado, garantizando la buena calidad del servicio, cumpliendo con la totalidad de las especificaciones técnicas establecidas en los pliegos de condiciones.
Pagar los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal que haya de emplear para la ejecución del contrato.
Cumplir en los términos xx xxx con las obligaciones relacionadas con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, circunstancia que deberá ser verificada mensualmente por la Agencia Nacional de Infraestructura por el supervisor del contrato, durante la ejecución y liquidación del mismo, exigiendo certificación expedida por el revisor fiscal, cuando se requiera por ley, o por el Representante Legal, según el caso.
Obligaciones Generales
Actuar con responsabilidad, desarrollando y ejecutando todas aquellas actividades que sean necesarias y compatibles con el objeto del contrato.
Dirigir personalmente y bajo su entera responsabilidad la ejecución del proyecto.
Cumplir con todas las obligaciones que se desprendan de la naturaleza de este contrato, así como con todas las normas y disposiciones que las leyes y reglamentos vigentes, o que se expidan, contemplen respecto de la ejecución como la que es objeto de este contrato.
Adoptar las medidas ambientales, e industriales necesarias para no poner en peligro a las personas, a las cosas o al medio ambiente, y garantizar que así lo hagan, igualmente, sus subcontratistas y proveedores.
Acreditar, en las oportunidades que así se requiera, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 41 xx Xxx 80 de 1993 –adicionado mediante el artículo 23 de la ley 1150 de 2007–, que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA -, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF - y las cajas de compensación familiar, cuando corresponda.
Indemnizar y/o asumir todo daño que se cause a terceros, a bienes propios o de terceros, o al personal contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del desarrollo del mismo.
Responder por el pago de los tributos que se causen o llegaren a causarse por la celebración, ejecución y liquidación del contrato.
No accederá a peticiones o amenazas de quien actúe por fuera de la Ley, que lo obliguen a hacer u omitir algún acto o hecho referente a la ejecución del contrato. Cuando se presenten tales amenazas o peticiones, el Contratista deberá informar inmediatamente de su ocurrencia a la Agencia Nacional de Infraestructura y a las autoridades competentes, para que ellas adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la declaratoria de terminación del contrato.
Las demás que se encuadren y deriven de la naturaleza y objeto del contrato.
Obligaciones de Carácter Administrativo
Cumplir con el pago de salarios, prestaciones sociales, indemnizaciones y demás obligaciones laborales, así como con las obligaciones parafiscales del personal vinculado en la ejecución del contrato de la obra.
Proponer, de conformidad con las condiciones exigidas en el pliego de condiciones del proceso de selección del contrato, las hojas de vida, con sus soportes, del personal que intervendrá en la ejecución del contrato, así como la de aquel que reemplace al existente.
Proveer una dirección competente y emplear personal técnico o profesional, según corresponda, en cada frente de trabajo, de conformidad con lo establecido en el pliego de condiciones y en el contrato.
Adquirir los bienes y servicios que se requieran para el desarrollo del proyecto.
Administrar todos los materiales y elementos, respondiendo por su bodegaje, cuidado y vigilancia.
Suscribir el acta de inicio de ejecución del contrato, previo el cumplimiento de los requisitos necesarios para ello.
Asistir a todas las reuniones que se celebren en las instalaciones de la Agencia Nacional de Infraestructura, relacionadas con el contrato, y suscribir las actas correspondientes.
Cumplir los compromisos adquiridos e informar a la Agencia Nacional de Infraestructura sobre eventuales atrasos y las causas de ellos.
Acatar los requerimientos del supervisor del contrato para el cumplimiento del contrato, dentro de los plazos otorgados.
Informar el avance contractual de los trabajos realizados, con el fin de prever, con la suficiente anticipación, eventuales retrasos en los plazos, que hagan necesaria la adopción de medidas contingentes de manejo.
Presentar los informes periódicos y ocasionales que se le requieran. Los informes periódicos serán semanales, mensuales y final.
Cumplir los plazos y montos asegurados de las pólizas de garantía o garantías bancarias, según sea el caso, y modificarlas y actualizarlas, de ser necesario.
Acatar las instrucciones, órdenes y autorizaciones que se requieran para el desarrollo del proyecto.
Obligaciones de carácter técnico
Sin perjuicio de aquellas establecidas en el pliego de condiciones, serán obligaciones de carácter técnico a cargo del contratista, aquellas relacionadas con el cumplimiento de las condiciones técnicas generales y específicas para la correcta ejecución, entre ellas:
EL contratista debe prestar todos los servicios requeridos por la ANI, aplicando las políticas definidas por el Archivo General de la Nación, en especial cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 594 de 2000, El reglamento General de Archivos y los Acuerdos 49 y 50 de 2000 y 37 de 2002 y los demás relacionados con la materia.
Disponer de un espacio adecuado para la organización de planos con reserva y restricción de acceso y consulta, en espacio físico que cumpla las condiciones establecidas en el Acuerdos 49 de 2000 del Archivo General de la Nación.
Aplicar las normas de seguridad, confidencialidad y preservación de la información de acuerdo con las normas vigentes para este tipo de servicio.
Evaluar los riesgos, y aplicar medidas de corrección y reacción consignadas en planes de mantenimiento de aseo, limpieza y desinfección de depósitos y documentos, así como de prevención de desastres.
Evaluar los riesgos y aplicar medidas de seguridad en el traslado de documentos.
2.8. Obligaciones Relacionadas con el Personal Requerido Para la Ejecución del Objeto Contractual
Presentar a la Agencia Nacional de Infraestructura, con cinco (5) días calendario de antelación al inicio de la etapa donde desarrollarán las actividades que le correspondan, un informe sobre la acreditación de las calidades y la experiencia general y específica del equipo de trabajo requerido para la ejecución del contrato.
Este proyecto será coordinado por un profesional Bibliotecología y Archivística con experiencia en organización de archivos de entidades públicas de mínimo cinco años.
Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con tarjeta profesional vigente si su profesión lo exige.
Suministrar y mantener, durante la ejecución del contrato y hasta la liquidación del mismo, el personal profesional ofrecido, exigido y necesario. En caso de que el contratista requiera cambiar alguno de los profesionales y demás personal ofrecido y presentado, éste deberá tener un perfil igual o superior al exigido en el presente estudio previo. En todo caso, el supervisor, previo concepto favorable de la interventoría, deberá aprobar, previamente, el reemplazo.
Dedicar el personal mínimo requerido en el sitio y contar con la disponibilidad de trabajadores, de acuerdo con el cronograma de ejecución del proyecto y las necesidades del mismo. Igualmente, se deberá tener disponibilidad de personal para atender emergencias; para esta actividad, se informará a la supervisión sobre el personal disponible, junto con los teléfonos y direcciones donde se pueda ubicar.
Distribuir el equipo de trabajo teniendo en cuenta los frentes de trabajo.
Retirar el personal que a juicio del supervisor del contrato, no se considere conveniente para la marcha normal de las actividades.
Asumir, por su cuenta y riesgo, el pago de los salarios, prestaciones sociales, indemnizaciones y honorarios de todo el personal que ocupe en la ejecución del contrato , quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral de tal personal con la Agencia Nacional de Infraestructura, ni responsabilidad en los riesgos que se deriven de esa contratación.
Responder por cualquier tipo de reclamación, judicial o extrajudicial, que instaure, impulse o en la que coadyuve su personal o sus subcontratistas contra la Agencia Nacional de Infraestructura, por causa o con ocasión del contrato.
Asegurar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el personal requerido para la ejecución del objeto contractual, y explicar las eventuales ausencias.
Mantener durante toda la ejecución del contrato el personal idóneo suficiente para el desarrollo del contrato.
2.9. Relación Estratégica del Objeto Contractual con la Planeación Institucional
Para las entidades y organismos de la Rama Ejecutiva del Poder Público del Orden Nacional, el Sistema de Desarrollo Administrativo de que trata la Ley 489 de 1998 en aplicación de los principios constitucionales de la función pública y de los principios de buen gobierno y eficiencia administrativa, esta contratación que se plantea guarda relación directa con el desarrollo de los programas estratégicos para el Buen Gobierno, considerando que el proyecto de adecuación para las oficinas de la Agencia Nacional de Infraestructura tiene que ver con las funciones que le competen a la Entidad, se relacionan con las políticas de desarrollo administrativo descritas, en el literal d), del artículo 3º del Decreto 2482 de 2012 “Por el cual se establecen los lineamientos generales para la integración de la planeación y la gestión”, así:d) Eficiencia administrativa. Orientada a identificar, racionalizar, simplificar y automatizar trámites, procesos, procedimientos y servicios, así como optimizar el uso de recursos, con el propósito de contar con organizaciones modernas, innovadoras, flexibles y abiertas al entorno, con capacidad de transformarse, adaptarse y responder en forma ágil y oportuna a las demandas y necesidades de la comunidad, para el logro de los objetivos del Estado…”
MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA - JUSTIFICACIÓN Y FUNDAMENTOS JURÍDICOS
El presente proceso de selección, así como el contrato que de él se derive, se sujetarán a la Constitución Política, al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, contenido en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011, la Ley 1450 de 2011, el Decreto Ley 0019 de 2012 y el Decreto 1510 de 2013, y las disposiciones aplicables a la naturaleza del objeto de este proceso de selección y del contrato respectivo, y las demás normas concordantes.
El Artículo Segundo de la Ley 1150 de 2007 modificado por la ley 1474 de 2011, por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y transparencia, el Decreto 1510 de 2013, señala que la escogencia del proveedor se efectuará con arreglo a las modalidades de selección de Licitación Pública, Selección abreviada, concurso de méritos contratación directa y mínima cuantía.
El artículo 2° numeral 1 de la Ley 1150 de 2007 establece: “…La escogencia del contratista se efectuará por regla general a través de licitación pública, con las excepciones que se señalan en los numerales 2, 3 y 4 del presente artículo…”, en consecuencia en atención al objeto a contratar y a la cuantía el proceso de selección que aquí nos ocupa se realizara a través de Selección Abreviada de menor cuantía.
3.1. Naturaleza Jurídica del Contrato: El contrato a celebrarse corresponderá a un contrato de servicios, conforme con lo dispuesto en el Estatuto General de Contratación Pública.
3.2. Plazo de Ejecución: Se contabilizará a partir dela fecha de suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución hasta el 31 de diciembre de 2014.
3.3. Lugar de Ejecución: El lugar de ejecución será en la ciudad de Bogotá D.C. y los trabajos se realizaran en las instalaciones del contratista.
VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO – JUSTIFICACION
4.1. Presupuesto Oficial Estimado: El presupuesto oficial estimado para la presente contratación de selección abreviada, es hasta por la suma de DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS MCTE.($264.000.000).
La cual incluye los pagos por los costos directos e indirectos, el IVA y en general todas las retenciones e impuestos xx xxx a que haya lugar.
4.2. Certificado de Disponibilidad Presupuestal: Para respaldar el compromiso que se derive del proceso contractual respectivo se cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 73614 del 18 de septiembre de 2.014.
4.3. Rubro Presupuestal: El pago de la suma estipulada en el contrato a celebrar, se pagará con cargo al rubro 000-000-0 Apoyo y Dotación Técnico y Administrativo para el Fortalecimiento Institucional.
4.4. Forma de Pago: La Agencia Nacional de Infraestructura cancelará el valor del contrato en mensualidades vencidas, de acuerdo con los servicios prestados dentro del respectivo mes, dentro de los 15 días siguientes a la presentación de la(s) factura(s), correspondiente(s), y previa certificación de recibo a satisfacción por parte del supervisor y/o supervisores del contrato.
El pago se realizará mediante transferencia electrónica de fondos, en cuenta corriente o cuenta de ahorros en la entidad bancaria donde el contratista indique, para lo cual a la firma del contrato adjuntara la certificación bancaria con vigencia no mayor de 30 días.
Para la realización del pago derivado del contrato el contratista deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral de conformidad con lo establecido en el inciso final del parágrafo 1° del artículo 23 de la Ley 1150 de 2007
En todo caso, los pagos estarán sujetos a la disponibilidad del PAC (Programa Anual Mensualizado de Caja), aprobado por la Dirección General de Crédito Público y xxx Xxxxxx Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Para el pago de las facturas será obligación del contratista informar adjunto a cada factura presentada, el saldo en dinero, así como abstenerse de prestar servicios cuando el saldo del contrato se haya agotado.
4.5. Dependencia que Solicita los Trabajos: Los trabajos, organización de planos, objeto del presente proceso de contratación, están siendo solicitados por la Vicepresidencia Administrativa y Financiera para atender las necesidades de la Agencia Nacional de Infraestructura.
4.6. Análisis del Sector – Estudio De Mercado1- Análisis de La Demanda y Análisis de la Oferta: Los aspectos técnicos básicos se estructuraron contemplando los requerimientos mínimos, con base en los cuales los proponentes formularan sus ofertas, de tal forma que las mismas se enmarquen dentro de todas las exigencias y requerimientos mínimos establecidos en este estudio previo.
Cabe señalar que las condiciones podrán ajustarse, con base en las condiciones que ofrezca el mercado dentro del curso del proceso, de acuerdo con las solicitudes y observaciones que formulen los proponentes.
Las condiciones técnicas se establecieron teniendo en cuenta la normatividad vigente sobre la materia y el análisis del resultado del estudio xx xxxxxxx.
El tema archivístico ha sido Contemplado en diferentes momentos de la historia del país. En la legislación colombiana se han establecido normas sobre deberes y derechos en materia de documentos como instrumentos de información. Por ejemplo, la Constitución Política de Colombia de 1991 consagra, en el artículo 23, el derecho de petición, que incluye el de solicitar y obtener acceso a la información sobre la acción de las autoridades. En este mismo sentido se expidió la Ley 594 en julio 14 de 2000, por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivo. Además, el Código Contencioso Administrativo contempla en su artículo 17 el derecho a la información. Todas estas normas evidencian la constante preocupación por respaldar legalmente la adecuada gestión de documentos, lo cual incluye la forma de conservación, seguridad y acceso a los mismos.
En este orden de ideas y ante el desconocimiento de las normas legales y técnicas que regulan los aspectos propios de la gestión archivística, se hace necesario el fortalecimiento de una cultura que permita desvirtuar el anacrónico concepto de archivo como depósito de papel sin ningún valor u organización, por uno más moderno que contemple la gestión documental desde la producción o recepción del documento pasando por la organización, conservación, recuperación y difusión de la información contenida en él.
La Agencia Nacional de Infraestructura - ANI no cuenta con la capacidad de personal, infraestructura, para realizar el proceso de archivo requerido y llevar a cabo a buen término el desarrollo de este proceso. Por ello se busca contratar una firma que garantice todos y cada uno de los requerimientos mencionados en este documento.
La Agencia Nacional de Infraestructura fijó dentro de las funciones de la Vicepresidencia Administrativa y Financiera, la de administrar y controlar los expedientes. No obstante lo anterior, por ser Archivo misional y por su característica de ser una Unidad documental que se alimenta de varias dependencias se genera la necesidad de tener un Archivo de Gestión Centralizado de los expedientes donde se pueda dar una organización física y técnica de estos documentos garantizando la integridad de la documentación y el manejo adecuado para la conservación de los mismos.
Los outsourcing implementan una solución integral para el manejo documental de las entidades. A partir de un diagnóstico documental, se elabora la Tabla de Retención Documental (TRD), se imparte capacitación para el manejo físico y técnico del archivo, se elabora un manual de archivo y correspondencia, digitaliza los folios de documentos contables, historias laborales, proyectos, etc. e implementa el software para gestión documental con el cual los distintos funcionarios pueden consultar y tramitar sus documentos de manera digital.
4.7. Aspectos Técnicos:
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4.10. Estudio de la demanda
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Para el cálculo del valor del presupuesto estimado por la Entidad para adelantar el proceso de contratación correspondiente, se consideró el estudio xx xxxxxxx realizado el cual se relaciona en el siguiente cuadro así:
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SOLICITUD COTIZACIONES
Entidad
Dirección correo Electrónico
Contacto
CARVAJAL
Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx
DATAFILE
xxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx
Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx
El estudio xx xxxxxxx, se realizó con empresas prestadoras del servicio de organización de archivos, de igual forma se revisaron los procesos y costos de otras entidades públicas que utilizan este servicio.
De conformidad con lo expuesto anteriormente y a fin de establecer el presupuesto aplicable a este proceso, se estima que con presupuesto de Doscientos Sesenta y Cuatro Millones de Pesos M/CTE ($264.000.000.) se puede adelantar el proceso para contratar el servicio de archivo y correspondencia para la Agencia Nacional de Infraestructura.
El área de Archivo y Correspondencia es la encargada de ejecutar los procesos y procedimientos que deben aplicarse a la gestión documental en sus diferentes etapas, aplicando los conocimientos propios y especializados en procura de la oportuna y debida prestación del servicio, como la efectividad de los planes, programas y proyectos de la entidad, conforme a las normas y procedimientos vigentes
El Comité de Archivo, a través del Proceso Normativo y Legal tiene como función establecer y adoptar el conjunto de políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter archivístico del Archivo General de la Nación, AGN, para la gestión y manejo de los documentos de la Institución propiciando y contribuyendo a la organización técnica y normativa de los archivos y a la actualización de prácticas, procedimientos y servicios de archivo.
Es por ello que la política archivística institucional está basada en un conjunto de orientaciones que inducen a proceso de modernización de la gestión documental y que a través de la normatividad interna y externa y directrices que institucionalizan los instrumentos y herramientas como el Reglamento Interno de Archivo y Correspondencia (Resolución 690 de 2004) el Manual de Gestión Documental, procedimientos, instructivos y formatos regulados, de estricto cumplimiento, permiten el cumplimiento de la función archivística logrando los siguientes objetivos:
Cualificar los procesos archivísticos que inician con la generación o recepción del documento hasta su disposición final (Eliminación, Conservación o Selección).
Promover el desarrollo de los archivos como centros de información
Salvaguardar la memoria institucional (MECI)
Fortalecer los sistemas de información institucional
Facilitar el acceso de los ciudadanos a la información y a los documentos
La Agencia Nacional de infraestructura requiere el servicio de organización de 150 mil planos con el fin de mantener y proteger la memoria institucional de la entidad.
CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE
La Ley 1150 de 2007 en su artículo 5º establece que es “… objetiva la selección en la cual la escogencia se haga al ofrecimiento más favorable a la entidad y a los fines que ella busca”, en concordancia con lo cual el artículo 26 del Decreto 1510 de 2013, prevé que en la licitación pública y en la selección abreviada de menor cuantía, “… la Entidad Estatal debe determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta: (a) la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en fórmulas; o (b) la ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de costo- beneficio. Si la Entidad Estatal decide determinar la oferta de acuerdo con el literal (b) anterior debe señalar en los pliegos de condiciones:
Las condiciones técnicas y económicas mínimas de la oferta.
Las condiciones técnicas adicionales que representan ventajas de calidad o de funcionamiento, tales como el uso de tecnología o materiales que generen mayor eficiencia, rendimiento o duración del bien, obra o servicio.
Las condiciones económicas adicionales que representen ventajas en términos de economía, eficiencia y eficacia, que puedan ser valoradas en dinero, como por ejemplo la forma de pago, descuentos por adjudicación de varios lotes, descuentos por variaciones en programas de entregas, mayor garantía del bien o servicio respecto de la mínima requerida, impacto económico sobre las condiciones existentes de la Entidad Estatal relacionadas con el objeto a contratar, mayor xxxxxxxx de los Riesgos, servicios o bienes adicionales y que representen un mayor grado de satisfacción para la entidad, entre otras.
El valor en dinero que la Entidad Estatal asigna a cada ofrecimiento técnico o económico adicional, para permitir la ponderación de las ofertas presentadas.
La Entidad Estatal debe calcular la relación costo-beneficio de cada oferta restando del precio total ofrecido los valores monetarios asignados a cada una de las condiciones técnicas y económicas adicionales ofrecidas. La mejor relación costo-beneficio para la Entidad Estatal es la de la oferta que una vez aplicada la metodología anterior tenga el resultado más bajo.
La Entidad Estatal debe adjudicar al oferente que presentó la oferta con la mejor relación costo-beneficio y suscribir el contrato por el precio total ofrecido”.
5.1.Factores de Verificación: La Agencia Nacional de Infraestructura realizará la verificación de requisitos habilitantes de manera simultánea, por el comité designado para tal efecto, verificando los siguientes factores:
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PASA / NO PASA |
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PASA / NO PASA |
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PASA / NO PASA |
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PASA / NO PASA |
Para efectos de acreditar cada uno de los requisitos habilitantes se resalta que la única información, valores y experiencia que se tendrá como válida será la relacionada directamente con contratos de obra que estén certificadas y que consten en el RUP, o las que en virtud de la expedición del Decreto 1510 de 2013 deban ser verificadas por la Agencia, de igual manera para los proponentes extranjeros que no se encuentren obligados a inscribirse en el RUP, únicamente podrán acreditar los requisitos habilitantes a través de información, valores y experiencia directamente relacionada con contratos de obra. La información adicional, relacionada con la experiencia general requerida por la entidad que no conste en el RUP, podrá ser verificada por la Agencia de acuerdo con lo previsto en el pliego de condiciones.
a. Verificación de Experiencia del Proponente: Para demostrar su experiencia, los proponentes deberán acreditar hasta tres (3) contratos ejecutados y terminados, suscritos con entidades públicas, las cuales sumadas deberán ser iguales o superiores al presupuesto oficial establecido para el presente proceso.
Los contratos certificados deberán haber iniciado con posterioridad al primero de enero de 2008 teniendo en cuenta la normatividad vigente y avances en nuevas técnicas y equipos digitales relacionados con la gestión documental.
Sólo se deberá presentar información hasta tres (3) contratos. En el caso de que un proponente presente un mayor número de contratos, para salvaguardia de los principios de transparencia e igualdad, se tendrá en cuenta únicamente los tres (3) primeros contratos relacionados en el formato en su orden.
Como soporte de la información allegada por el proponente, se deberán anexar las certificaciones expedidas por las entidades respectivas, las cuales deberán contener, como mínimo, la siguiente información:
Nombre de la empresa contratante
Nombre del contratista.
Objeto del Contrato.
Si se trata de un consorcio o unión temporal, se debe señalar el nombre de sus integrantes; adicionalmente, se debe indicar el porcentaje de participación de cada uno de ellos.
Número del contrato
Fecha de suscripción (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año)
Fecha de expedición de la certificación (día, mes y año)
Valor del contrato y de las adiciones, si las hubo.
Valor ejecutado del contrato a la fecha de expedición de la certificación
Certificación de cumplimiento expedida por el funcionario competente con calificación xx xxxxx o excelente.
Cargo y firma de quien expide la certificación.
En el evento que las certificaciones no contengan la información que permita su verificación, el proponente deberá anexar a la propuesta copia del contrato o de los documentos soportes, que permita tomar la información que falte en la certificación.
Si el proponente es un consorcio o una unión temporal, se tendrán en cuenta las certificaciones aportadas por cualquiera de los miembros del consorcio o unión temporal.
Para
relacionar la experiencia, deberá diligenciarse el ANEXO
No. 4de
los Pliegos de Condiciones en
el cual se consignará la Información sobre experiencia acreditada
del proponente celebrada a partir del 1º de enero del año 2009.En
todo caso, los contratos acreditados para la experiencia general,
deberán encontrarse clasificados en el Registro Único de
Proponentes (RUP) en alguno de los códigos previstos en el pliego de
condiciones.
Para efectos de la acreditación de la experiencia del proponente, no se aceptarán SUBCONTRATOS.
Para el caso de contratos ejecutados por el proponente como parte de un consorcio o de una unión temporal, el integrante informará únicamente el valor correspondiente al porcentaje de su participación.
En el evento de presentar los contratos con valores en moneda extranjera, para calcular la experiencia a relacionar, los valores serán objeto de conversión a pesos colombianos de acuerdo con los siguientes parámetros:
- Cuando el valor esté dado en dólares de los Estados Unidos de América ($USD) se convertirá a pesos colombianos utilizando para esa conversión la Tasa de Cambio Representativa xxx Xxxxxxx (TCRM) Promedio Anual correspondiente al año de ejecución o facturación, para lo cual el proponente debe tomar la publicada por el Banco de la República para el año correspondiente en el “link” xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxxxxxxx/xxx_xx_xxx.xxx#0000
- Cuando el valor esté dado en moneda extranjera diferente al dólar de los Estados Unidos de América, se realizará su conversión a dólares estadounidenses de acuerdo con las tasas de cambio estadísticas diarias publicadas por el Banco de la República en el sitio xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxxxxxxx/xxx_xx_xxx_xxxxxxxx_0.xxx Luego se procederá a su conversión de los $USD resultantes a pesos colombianos, de conformidad con la Tasa de Cambio Representativa xxx Xxxxxxx (TCRM) Promedio Anual correspondiente al año de ejecución o facturación para lo cual se procederá como se indicó en el párrafo anterior, en el “link” allí indicado.
Realizadas las conversiones correspondientes, se procederá a expresar los valores en SMMLV de acuerdo con el año de suscripción del contrato. En caso de existir diferencias entre la información relacionada en el ANEXO No. 4de los pliegos de condiciones y la relacionada en el documento que permite acreditar la experiencia, prevalecerá la información contenida en el documento de acreditación y dicha información será la que se utilizará para la verificación.
La Agencia Nacional de Infraestructura no tendrá en cuenta experiencia relacionada que no esté inscrita en el RUP y soportada por los documentos que se solicitan.
b. Verificación de Capacidad Jurídica: Los requisitos de capacidad jurídica se determinan teniendo en cuenta las calidades con que deben contar los proponentes para participar en este tipo de procesos y en la presentación de oferta objeto de contratación, para el efecto deberán aportar y acreditar, entre otros los documentos y requisitos que se indican a continuación los cuales se encuentran desarrollados en el pliego de condiciones:
Carta de Presentación
Documentos de acreditación de existencia y representación legal
Autorización para presentar propuesta
Información sobre consorcios y uniones temporales
Garantía de seriedad de la oferta
Certificado de Inscripción en el Registro Único de Proponentes
Certificado de pago aportes Ley 789 de 2002.
Compromiso de transparencia
Los Proponentes que presenten propuesta de manera individual o los integrantes del proponente plural que deban estar inscritos en el RUP, deberán acreditar que se encuentren inscritos bajo la clasificación de bienes y servicios de la UNSPSC, a través del certificado de inscripción que se encuentre vigente y en firme.
El objeto de este proceso se encuentra relacionado con la siguiente clasificación:
Clasificación UNSPSC |
Segmento |
Familia |
Clase |
Producto |
78101804 |
Servicios , almacenamiento, correo |
Almacenaje |
Bodega y almacenamiento especializado |
Servicio de almacenamiento de documentos |
78131602 |
Servicios de transporte, Almacenaje y correo |
Almacenaje |
Almacenamiento de Bienes Generales |
Almacenaje de Archivo de Carpetas |
80161506 |
Servicios de Gestión, Servicios profesionales de Empresa, y Servicios Administrativos |
Servicios de Administración de Empresas |
Servicios de apoyo gerencial |
Servicios de archivo de datos |
81151601 |
Servicios basados en ingeniería, investigación y tecnología |
Servicios profesionales de ingeniería |
Ingeniería Civil |
Servicios de sistemas de información geográfica |
80161503 |
Servicios de Gestión, Servicios profesionales de Empresa, y Servicios Administrativos |
Servicios de Administración de Empresas |
Servicios de apoyo gerencial |
Servicios de entrada por teclado |
80101600 |
Servicios de Gestión, Servicios profesionales de Empresa, y Servicios Administrativos |
Servicios de asesoría de gestión |
Gerencia de Proyectos |
|
c. Verificación de Capacidad Financiera: La capacidad financiera de los proponentes se acreditará mediante los indicadores establecidos en el numeral 3 del artículo 10 del Decreto 1510 de 2013, verificándose a partir del RUP (para los proponentes o miembros de figura asociativa obligados a inscribirse en dicho registro de conformidad con la normatividad vigente), y del diligenciamiento del Formato 2 para los proponentes o miembros de figura asociativa no obligados a inscribirse en el RUP. El Formato 2 debe estar suscritos bajo la gravedad de juramento, por el Representante Legal y el Revisor Fiscal del proponente, si el proponente no está obligado a tener Revisor Fiscal, debe ser suscrito por un contador público.
Dicho Formato deberá registrar en todos los casos, información tomada de los balances generales y el estado de pérdidas y ganancias de la compañía en la cual se reflejan los resultados correspondientes al 31 de diciembre de 2013 o al último año fiscal, que hayan sido tomados como base para decretar dividendos y para la liquidación del impuesto xx xxxxx o su equivalente, debidamente aprobados por la asamblea de accionistas, junta de socios o el órgano social competente, correspondientes al último cierre anual ordinario.
En el caso de empresas extranjeras, los estados financieros de los cuales se tome la información deberán estar preparados de conformidad con los estándares internacionales de reporte financiero –IFRS, y deberán encontrarse DEBIDAMENTE AUDITADOS Y DICTAMINADOS. También podrán, a opción de la empresa extranjera, tomar la información de los estados financieros preparados bajo los principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia – COLGAAP -, caso en el cual la información contable que se obtenga de los mismos deberá presentarse debidamente certificada por Contador Público Colombiano o de lo establecido en el Artículo 18 del Decreto 791 de 2014, si aplica.
Los proponentes deberán acreditar su capacidad financiera, demostrando que cuentan con:
Indicador |
Formula |
Puntaje |
INDICE DE LIQUIDEZ |
Activo Corriente / Pasivo Corriente
Para el caso de consorcios o uniones temporales, la liquidez se determina así:
IL= (AC1+AC2+AC3....) / (PC1+PC2+PC3.....)
Donde: ACnes igual a activo corriente de cada participante; PCnes igual a pasivo corriente de cada participante
|
Una vez aplicada la formula anterior, la cifra resultante deberá ser igual o superior a Uno(1)
|
ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO |
Pasivo Total / Activo Total
Para el caso de consorcios o uniones temporales, el endeudamiento se determina así:
IE = ( (PT1+PT2+PT3....) / (AT1+AT2+AT3.....) )*100 |
Una vez aplicada la fórmula anterior, el porcentaje resultante deberá ser igual o inferior al setenta por ciento (70.00%).
|
RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES
|
Utilidad Operacional / Gastos de Interés
Para el caso de consorcios o uniones temporales, la razón de cobertura de intereses se determina así:
RCI = (UO1+UO2+UO3…) / (GI1+GI2+GI3…)
|
El Proponente y en caso de Figuras Asociativas todos sus miembros, deberán acreditar una razón de cobertura de intereses mayor o igual a uno.
Los proponentes cuyos gastos de intereses sean cero (0), cumplen con el indicador de razón de cobertura de intereses. |
d. Capacidad Organizacional
Los siguientes indicadores miden el rendimiento de las inversiones y la eficiencia en el uso de activos del interesado:
(a) Rentabilidad del patrimonio: utilidad operacional dividida por el patrimonio.
RP = Utilidad Operacional / Patrimonio
El proponente individual o por lo menos uno de los integrantes del proponente plural, deberá acreditar una rentabilidad del patrimonio positiva.
(b) Rentabilidad del activo: utilidad operacional dividida por el activo total.
RA = Utilidad Operacional / Activo Total
El proponente individual o por lo menos uno de los integrantes del proponente plural, deberá acreditar una rentabilidad del activo positiva.
El Proponente y los integrantes de estructuras plurales no obligado a inscribirse en el RUP deberán Presentar los Siguientes Documentos:
Los estados financieros de propósito general, los cuales son: Balance General y estado de resultados de 2012 y 2013 debidamente certificados y dictaminados si se requiere con las correspondientes notas a los Estados Financieros.
Fotocopia de la tarjeta profesional (por ambas caras) del contador que suscribe los Estados Financieros o del revisor fiscal si el proponente está obligado tenerlo (fotocopia por ambos lados) y antecedentes disciplinarios vigentes a la fecha de cierre del proceso de Selección.
Anexo Capacidad del Proponente y Capacidad Financiera
Estos documentos deberán ser presentados de conformidad con lo solicitado en el presente documento y las cifras deben presentarse en moneda colombiana a la tasa representativa xxx xxxxxxx (trm), establecida por la Superintendencia Financiera de Colombia, vigente a la fecha xx xxxxx de la información financiera, avalados con la firma de un contador público colombiano acompañado de la fotocopia de la tarjeta profesional y del certificado de vigencia de la inscripción y de antecedentes disciplinarios, expedido por la junta central de contadores de Colombia, cumpliendo cada uno de los requerimientos señalados en los numerales anteriores.
5.2. Factores de Ponderación: La ponderación de los factores de evaluación se realizará a las propuestas habilitadas, así:
Evaluación |
puntos |
Económica |
700 |
Factor de calidad |
200 |
Oferta Nacional |
100 |
Total |
1000 puntos |
5.2.1. Evaluación Oferta Económica: La evaluación económica estará a cargo del comité evaluador y se efectuará a todas las ofertas habilitadas, en consideración a lo previsto en presente pliego de condiciones.
La propuesta económica debe presentarse tanto en medio escrito, como en medio magnético, con los valores expresados en Moneda Legal Colombiana, sin centavos, el oferente debe ajustar al peso el precio ofertado, bien sea por exceso o por defecto al peso, así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco, lo aproximará por exceso al número entero siguiente del peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco, lo aproximará por defecto al número entero del peso.
Se verificará:
Que el costo total propuesto no sea superior al 100% del presupuesto establecido por concepto de honorarios para el administrador delegado so pena de rechazo. Se verificarán todas las operaciones aritméticas, que permitan obtener el valor total de cada una de las propuestas corregidas. El proponente deberá ajustar al peso el valor total de la oferta económica, bien sea por exceso o por defecto, así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a 0.50 lo aproximará por exceso al número entero siguiente del peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a 0.50 lo aproximará por defecto al número entero del mismo peso. En caso contrario, la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA efectuará el ajuste. En todo caso los ajustes no podrán ser inferiores al 100% del presupuesto oficial so pena de ser rechazado.
Se verificarán las operaciones aritméticas entre el costo directo total y los impuestos, que permitan obtener el valor de cada una de las propuestas corregidas.
Que las sumas y multiplicaciones de la oferta económica no contengan errores superiores al uno 1% del valor total de la propuesta de lo contrario la oferta será rechazada. Si el valor corregido es igual o inferior a este uno 1% la adjudicación se efectuará por el valor corregido.
Para la evaluación de la oferta económica se efectuará asignando el mayor puntaje SETECIENTOS (700 puntos), los cuales se asignarán de la siguiente forma:
Se calculará la media geométrica (G) con el valor de las propuestas económicas HABILITADAS.
Formulación matemática del cálculo de la media geométrica:
La media geométrica se calcula de la siguiente forma:
MG = (X1*X2*X3…*XN)^(1/N)
X1: corresponde al valor de cada propuesta.
N: corresponde al número total de propuestas válidas.
MG: Media Geométrica.
Obtendrá el mayor puntaje, 700 puntos, la oferta que más se acerque por exceso o por defecto a la Media Geométrica obtenida; Las demás propuestas se calificarán de la siguiente manera:
Si el valor de la propuesta es superior a la media geométrica del valor de las mismas, el puntaje para estas se determinará mediante una regla de tres inversa así:
PP= G*Pmax/VP
G = Media Geométrica
Pmax = Puntaje máximo para el valor de la propuesta (700 puntos)
VP= Valor de la propuesta
PP= Puntaje del valor de la propuesta
Si el valor de la propuesta es inferior a la media geométrica de las mismas el puntaje se determinará mediante una regla de tres directa así:
PP= VP*Pmax/G
G = Media Geométrica
Pmax = Puntaje máximo para el valor de la propuesta (700 puntos)
VP= Valor de la propuesta
PP= Puntaje del valor de la propuesta.
NOTA: La propuesta que la media geométrica este por debajo de 85 y por encima de 115, obtendrá cero puntos.
Los proponentes deberán consignar el valor de la propuesta de honorarios por administración delegada en el ANEXO No. 5, completamente diligenciado y firmado por el representante legal. La no presentación de este Anexo será causal de rechazo de la propuesta.
5.2.2.Factor de Calidad: Por este factor se asignará una calificación de hasta DOSCIENTOS (200) puntos al proponente que ofrezca sin costo adicional como valor agregado la organización de planos adicionales los cuales se asignaran de la siguiente forma:
DEFINICION |
PROPUESTA |
PUNTAJE |
El proponente que ofrezca sin ningún costo para la entidad, la organización de planos en una cantidad entre: |
100 a 200 planos |
50 |
El proponente que ofrezca sin ningún costo para la entidad, la organización de planos en una cantidad entre: |
250 a 300 planos |
75 |
El proponente que ofrezca sin ningún costo para la entidad, la organización de planos en una cantidad entre: |
350 a 400 planos |
100 |
El proponente que ofrezca sin ningún costo para la entidad, la organización de planos en una cantidad entre: |
450 a 500 planos |
200 |
5.2.3. Apoyo a la Industria Nacional: 100 puntos: De conformidad con lo previsto en la Ley 816 de 2003 y el artículo 150 y siguientes del Decreto 1510 de 2013, con el fin de apoyar la industria colombiana se otorgará un puntaje máximo de CIEN (100) puntos.
La reciprocidad aplica para aquellos proponentes extranjeros, que participen individualmente o como integrantes de estructuras plurales, que deseen el tratamiento de proponente colombiano, para lo cual se aplicarán las siguientes reglas:
Servicios Nacionales: son los servicios prestados por personas naturales colombianas o residentes en Colombia, o por personas jurídicas constituidas de conformidad con la legislación colombiana, y con lo dispuesto en el Artículo 3 del Decreto 1510 de 2013.
La Entidad concederá trato nacional a: (a) los oferentes, bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales Colombia tenga Acuerdos Comerciales, en los términos establecidos en tales Acuerdos Comerciales; (b) a los bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales no exista un Acuerdo Comercial pero respecto de los cuales el Gobierno Nacional haya certificado que los oferentes de Bienes y Servicios Nacionales gozan de trato nacional, con base en la revisión y comparación de la normativa en materia de compras y contratación pública de dicho Estado; y (c) a los servicios prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andina de Naciones teniendo en cuenta la regulación andina aplicable a la materia.
En todo caso, la inexistencia del acuerdo o certificación mencionados no restringe la participación de sociedades o personas extranjeras, ni constituye causal de rechazo de su propuesta.
La información para acreditar reciprocidad en el evento que un Oferente Extranjero sin sucursal o domicilio en Colombia pretenda recibir trato nacional será la que corresponda a la publicada en el SECOP.
En caso que la información anterior no esté publicada en el SECOP, el Oferente deberá aportarla en su oferta, en caso de no hacerlo no será causal de rechazo de la Oferta, pero hará que el factor de Apoyo a la Industria Nacional y Reciprocidad sea calificado con cero (0) puntos
Incentivo a la incorporación de Componente Colombiano: para la aplicación de este criterio se tendrá en cuenta lo dispuesto por el segundo inciso del artículo 2º de la Ley 816/03: a los proponentes de origen extranjero que ofrezcan determinado porcentaje de componente colombiano incorporado, referido a la totalidad del personal calificado del contrato, se les otorgará puntaje de conformidad con la tabla de componente nacional que se establece más adelante para la evaluación correspondiente.
Por Personal calificado se entiende por aquel personal que requiere de un título universitario otorgado por una institución de educación superior, conforme a la Ley 749 de 2002, para ejercer determinada profesión.
Para estos efectos, los proponentes extranjeros que no hayan acreditado reciprocidad, deberán señalar en el anexo correspondiente, el porcentaje ofrecido de componente nacional incorporado, referido a la totalidad del personal calificado que empleará para la ejecución del contrato.
Dado que la Protección a la Industria Nacional es factor de evaluación de las propuestas, el proponente no podrá modificar los porcentajes totales de componente nacional y extranjero ofrecidos en la ejecución del contrato.
Habida cuenta de lo anterior, el presente factor de escogencia y su puntaje, se calificarán de conformidad con los siguientes criterios y ponderaciones:
FACTOR PROTECCIÓN A LA INDUSTRIA NACIONAL Puntaje máximo posible en este factor = 100 puntos |
||
SUBCRITERIO |
CONDICIONES |
PUNTAJE |
SERVICIOS DE ORIGEN NACIONAL (subcriterio 1) |
La totalidad de la figura asociativa o proponente individual deben cumplir y ser: Personas naturales o jurídicas nacionales o Personas naturales o jurídicas extranjeras que hayan acreditado la reciprocidad, así como las Estructuras Plurales integradas por dichas personas. |
100 puntos |
En caso que el proponente no se considere en su totalidad sus servicios de origen nacional, de acuerdo con las condiciones señaladas anteriormente, se le otorgara un puntaje al proponente igual al porcentaje de participación en la figura asociativa que ostente el componente nacional. |
INCENTIVO A LA INCORPORACIÓN DE COMPONENTE NACIONAL (subcriterio 2) |
Proponentes extranjeros y Estructurales Plurales de origen extranjero que no hayan acreditado la reciprocidad, que ofrezcan determinado porcentaje de componente nacional incorporado, referido a la totalidad del personal calificado del contrato, de conformidad con la tabla de componente nacional que se establece a continuación: |
Hasta 50 puntos, según tabla |
|||||||||||
Para efectos de lo anterior el oferente debe suscribir el Anexo respectivo. Podrán acumularse puntajes del subcriterio 1 y 2, pero en ningún caso podrán sumar para este factor más de cien (100) puntos.
|
5.3. Factores de Desempate: De conformidad con el artículo 21 de la Ley 80 de 1993, el artículo 24 de la ley 361 de 1997, el artículo 12 de la Ley 590 de 2000 modificado por el artículo 9 de la Ley 905 de 2004, los artículos 1 y 2 de la Ley 816 de 2003, el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 33 del Decreto 1510 de 2013, en el evento en que dos o más propuestas obtengan el mismo puntaje, sucesivamente y de manera excluyente se dará prioridad a:
La propuesta que presente el mayor puntaje en la calificación dela oferta económica.
La propuesta que presente el mayor puntaje en la calificación del factor calidad.
La propuesta que presente el mayor puntaje en la calificación del factor de reciprocidad y apoyo a la industria nacional.
La oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
Las ofertas presentada por una Mipyme nacional.
La oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio o Unión Temporal.
La condición de Mipyme de las empresas obligadas a inscribirse en el RUP se verificará en el certificado de inscripción expedido por la Cámara de Comercio. Para las empresas extranjeras no obligadas a inscribirse en el Registro Único de Proponentes que hayan acreditado reciprocidad, se les verificará la condición de Mipymes de acuerdo con la información suministrada en el Formato correspondiente.
Para efectos de la acreditación y evaluación de los factores de desempate aquí previstos, se dará aplicación a los siguientes criterios:
Un proponente conformado en un cien por ciento (100%) por Mipymes nacionales, se considera en sí una Mipyme Nacional.
Para el criterio de desempate No. 6, se tendrá en cuenta que al menos uno de los integrantes sea Mipyme nacional y tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%)
Para efectos de los criterios de desempate previstos en los numerales 6 y 7, el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia, se calculará respecto del valor total de la experiencia solicitada en el pliego de condiciones.
Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997, debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona, que hayan sido contratados con por lo menos un (1) año de anterioridad, y que certifique adicionalmente que mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación para lo cual deberá diligenciar el Formato 4. Si la oferta es presentada por un Consorcio o Unión Temporal, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio o Unión Temporal y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
Si una vez agotado el procedimiento señalado en el numeral anterior persiste el empate, se realizará un sorteo por BALOTAS mediante el siguiente procedimiento:
Primera Serie.
En esta primera serie, se procederá a incorporar en una balotera un número de balotas, identificadas con un número igual al número de proponentes que se encuentren en condición de empatados.
Se sacará una balota por cada proponente.
Segunda Serie.
Se procederá a incorporar en la balotera igual número de balotas al número de proponentes empatados.
El proponente que haya obtenido el número mayor en la primera serie, será el primero en sacar la balota con el número que lo identificará en esta segunda serie, y en forma sucesiva (de mayor a menor) procederán los demás proponentes.
El proponente que en esta segunda serie, saque la balota con el número mayor, será quien ocupe el primer puesto en el orden de elegibilidad y de manera sucesiva (de mayor a menor) ocuparan los siguientes puestos (segundo, tercero …)
6. ANÁLISIS DE RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLO.
Teniendo en cuenta el objeto a contratar, sus características y especificaciones técnicas, se adjunta la matriz de riesgos.
7. GARANTÍAS QUE LA ENTIDAD CONTEMPLA EXIGIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN
Teniendo en cuenta la naturaleza del Contrato, la forma de pago y su valor, se estima conveniente exigir al CONTRATISTA la constitución de las siguientes garantías, así:
AMPARO |
VALOR |
VIGENCIA |
De cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato incluyendo el pago de multas y cláusula penal pecuniaria. |
20% del valor del contrato |
Por el término de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más. |
De Calidad del servicio
|
20% del valor del contrato |
Por el término de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más). |
Salarios y prestaciones sociales |
5% del valor del contrato |
cubrirá el plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más |
PARÁGRAFO PRIMERO: Las vigencias de todos los amparos deberán ajustarse a las fechas del Acta de Iniciación del contrato y mantenerse el plazo de ejecución del contrato vigentes hasta la liquidación del mismo. Así mismo, los valores asegurados y las vigencias deberán ajustarse al suscribir las actas de suspensión, y en todo caso se deberá ajustar al valor final del contrato según el Acta de Liquidación del mismo.
PARÁGRAFO SEGUNDO: En cualquier evento en que se modifique el contrato deberán modificarse las correspondientes garantías.
PARÁGRAFO TERCERO: El hecho de la constitución de estos amparos no exonera al CONTRATISTA de las responsabilidades legales en relación con los riesgos asegurados.
PARÁGRAFO CUARTO: Dentro de los términos estipulados en este contrato, ninguno de los amparos otorgados podrá ser cancelado o modificado sin la autorización expresa de LA AGENCIA. El CONTRATISTA deberá mantener vigente las garantías, amparos y pólizas a que se refiere esta cláusula y serán de su cargo el pago de todas las primas y demás erogaciones de constitución, mantenimiento y restablecimiento inmediato de su monto, cada vez que se disminuya o agote por razón de las sanciones que se impongan. Si el CONTRATISTA se demora en modificar las garantías, éstas podrán variarse por la aseguradora o banco a petición de LA AGENCIA y a cuenta del CONTRATISTA quien por la firma del presente contrato autoriza expresamente a LA AGENCIA para retener y descontar los valores respectivos de los saldos que hubiere a su favor.
PARÁGRAFO QUINTO: Las garantías deben ser aprobadas por la Agencia como requisitos para la ejecución del contrato, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1510 de 2013.
PARÁGRAFO SEXTO: Las únicas exclusiones aceptables para las pólizas que se constituyan en relación con el presente contrato serán las señaladas en el Decreto 1510 de 2013. Las demás exclusiones se entenderán por no escritas.
8. INDICACIÓN DE SI EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ESTA COBIJADO POR UN ACUERDO COMERCIAL
Para efectos de lo previsto en el ordenamiento jurídico sobre la materia, se indica que la contratación objeto del proceso se encuentra cubierta por los siguientes tratados:
Acuerdo Comercial |
Entidad Estatal incluida |
Presupuesto del Proceso de Contratación superior al valor del Acuerdo Comercial |
Excepción Aplicable al Proceso de Contratación |
Proceso de Contratación cubierto por el Acuerdo Comercial |
Canadá |
Si |
Si |
No |
Si |
Chile |
Si |
Si |
No |
Si |
Estados Unidos |
Si |
Si |
No |
Si |
El Xxxxxxxx |
Si |
Si |
No |
Si |
Guatemala |
Si |
Si |
No |
Si |
Honduras |
Si |
Si |
No |
Si |
México |
Si |
Si |
No |
Si |
9. CONTROL Y SEGUIMIENTO
El control y seguimiento de la ejecución del contrato estará a cargo del Experto G3-06 del área de archivo y correspondencia
Cordialmente,
(Original firmado por)
XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXX
Experto G3 Grado 06- Archivo y Correspondencia
(Original firmado por)
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX
Coordinadora G.I.T. Administrativo y Financiero
Vo. Bo. Ordenador del Gasto:
(Original firmado por)
XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
Vicepresidente Administrativo y Financiero (E)
Preparo: Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx / Experto G3-06 / Servicios Generales
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx/ Experto G3/03 / Servicios Generales
Revisó: Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx / C.I.T. Administrativo y Financiero
1Sobre el particular se indica que para la elaboración de este Estudio de Sector se tuvo en cuenta lo indicado por Colombia Compra Eficiente en su “Guía para la Elaboración de Estudios de Sector”
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