FORTALECIMIENTO Y DIFUSIÓN DE LA RIQUEZA CULTURAL Y TURISTICA DE LAS PARROQUIAS DEL CANTÓN ESPEJO”
“CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE ORGANIZACIÓN, COORDINACION Y EJECUCIÓN DE EVENTOS SOCIOCULTURALES PARA EL
FORTALECIMIENTO Y DIFUSIÓN DE LA RIQUEZA CULTURAL Y TURISTICA DE LAS PARROQUIAS DEL CANTÓN ESPEJO”
Nro. DE CONTRATO | MCS-GADM-E-2023-007 |
Nro. XX XXXXXXX | 32.73.02.05 Espectáculos culturales y sociales |
CONTRATISTA | XXXXX XXXXXXXX XXXXXX TEQUIS |
VALOR | 34.500,00 MÁS IVA |
FORMA DE PAGO: | Otra de 100% |
PLAZO | 80 días |
COMPARECIENTES
Intervienen en la celebración del presente contrato, por una parte, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal xx Xxxxxx, legalmente representado por el Ing. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, en su calidad xx xxxxxxx; y, por otra parte, el señor Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx con RUC 0401467360001, a quien en adelante y para efectos de este Contrato se denominarán simplemente, “CONTRATANTE” y "CONTRATISTA O PROVEEDOR", respectivamente, al tenor de las siguientes cláusulas.
Cláusula Primera: ANTECEDENTES
1.1. De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública LOSNCP, 43, 44 y 45 de su Reglamento General, RGLOSNCP, en el Plan Anual de Contrataciones de la MUNICIPALIDAD, contempla “CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE ORGANIZACIÓN, COORDINACION Y EJECUCIÓN DE EVENTOS SOCIOCULTURALES PARA EL FORTALECIMIENTO Y DIFUSIÓN DE LA RIQUEZA CULTURAL Y TURISTICA DE LAS PARROQUIAS DEL CANTÓN ESPEJO” conforme a la Certificación del Plan Anual de Contratación Pública No. 084-NOVIEMBRE-2023 de fecha veintidós de noviembre del dos mil veintitrés, emitido por la Tnlga. Xxxx Xxxxxx, Operadora de Compras Públicas.
1.2. Previos los trámites internos, considerando la necesidad que la Contratante tiene para la máxima autoridad mediante resolución No. 101-2023-ACQ-A, de fecha seis de diciembre del dos mil veintitrés, autorizó y aprobó los pliegos para el inicio del procedimiento de MCS-GADM-E-2023-007, conforme lo dispone el Artículo 51 de la LOSNCP y 139 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
1.3. Se cuenta con la suficiente disponibilidad de fondos, de acuerdo con la Referencia Presupuestaria 129 -2023-NC-DF, de fecha veintisiete de octubre de dos mil veintitrés, emitida por la Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Directora de Gestión Financiera del GADM-ESPEJO, PROGRAMA 32 GESTIÓN AMBIENTAL Y DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL, PARTIDA 32.73.02.05, DENOMINACIÓN Espectáculos culturales y sociales, PRESUPUESTO $35.000,00 con lo que se cumple con las disposiciones legales pertinentes.
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1.4. Luego del trámite correspondiente, la Contratante, adjudicó al proveedor el contrato como consta de la Resolución Nro. 117-2023-ACQ-A, de fecha veinte de diciembre del dos mil veintitrés, publicada en el portal COMPRAS PUBLICAS.
Cláusula Segunda: DOCUMENTOS DEL CONTRATO
2.1. Para la suscripción del contrato se observará lo establecido en el artículo 69 de la LOSNCP. Forman parte integrante del Contrato, los siguientes documentos básicos:
1. Los documentos que acreditan la calidad de la comparecencia y su capacidad para celebrar el contrato (Nombramiento, Cédula, Certificado de Votación, etc.)
2. Certificado de la habilitación del Registro Único de Proveedores
3. Petición de la unidad requirente
4. Certificación xx xxxxxxx presupuestaria
5. Resolución Administrativas de Publicación
6. Resolución Administrativa de Adjudicación
7. Pliegos, Términos de Referencia y demás documentos precontractuales.
8. Declaración Juramentada
9. Certificado de no adeudar
Cláusula Tercera: INTERPRETACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
3.1. Los términos del Contrato deben interpretarse en un sentido literal, en el contexto del mismo, y cuyo objeto revela claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas: 1) Cuando los términos se hallan definidos en las leyes ecuatorianas, se estará a tal definición. 2) Si no están definidos en las leyes ecuatorianas se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido literal y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. 3) En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV del Código Civil, De la Interpretación de los Contratos.
3.2. De existir contradicciones entre el Contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del Contrato. De existir contradicciones entre los documentos del Contrato, será la Entidad Contratante la que determine la prevalecía de un texto, de conformidad con el objeto contractual.
Cláusula Cuarta: OBJETO DEL CONTRATO
4.1. El proveedor se obliga para con la Contratante a suministrar y entregar al Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Espejo, los bienes y/o servicios de “CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE ORGANIZACIÓN, COORDINACION Y EJECUCIÓN DE EVENTOS SOCIOCULTURALES PARA EL FORTALECIMIENTO Y DIFUSIÓN DE LA RIQUEZA CULTURAL Y TURISTICA DE LAS PARROQUIAS DEL CANTÓN ESPEJO” cumpliendo con la totalidad de las
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especificaciones técnicas constantes en los pliegos, de lo cual se dejará constancia en el documento suscrito por las partes, documento que no sustituye al Acta de entrega recepción.
Cláusula Quinta: PRECIO DEL CONTRATO
5.1. El precio del Contrato, que la Contratante pagará al proveedor es el de TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS DOLARES CON 00/100 (34.500,00 USD), MAS IVA.
TABLA DE CANTIDADES Y PRECIOS
No. | Código CPC | Descripción del bien o servicio | Unidad | Cantidad | Precio unitario | Precio total |
1 | 962900116 | “CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE ORGANIZACIÓN, COORDINACION Y EJECUCIÓN DE EVENTOS SOCIOCULTURALES PARA EL FORTALECIMIENTO Y DIFUSIÓN DE LA RIQUEZA CULTURAL Y TURISTICA DE LAS PARROQUIAS DEL CANTÓN ESPEJO” | GLOBAL | 1 | 34.500,00000 | 34.500,00000 |
TOTAL ($) | 34.500,00000 |
ACTIVIDADES
ACTIVIDAD 1 | |||||
EVENTO | LUGAR | RUBRO | CANT. | V. UNIT. | V. TOTAL |
SONIDO TIPO 2 | 1 | 1200.00 | 1200.00 | ||
PRESENTADOR - ANIMADOR GÉNERO FEMENINO - CON | |||||
EXPERIENCIA EN MANEJO DE ESCENARIOS Y DIRECCIÓN DE EVENTOS DE ACUERDO A LA TEMPORADA | 1 | 100.00 | 100.00 | ||
PRESENTADOR - ANIMADOR GÉNERO MASCULINO CON | |||||
EXPERIENCIA EN MANEJO DE ESCENARIOS Y DIRECCIÓN DE EVENTOS DE ACUERDO A LA TEMPORADA | 1 | 100.00 | 100.00 | ||
GRUPO XX XXXXX TEMÁTICA XX XXXXXXX 1: CON 30 | |||||
INTEGRANTES COMO MINIMO Y TRAJES A CORDE A LA TEMPORADA, MINIMO 3 PRESENTACIONES | 1 | 400.00 | 400.00 | ||
FESTIVAL ARTISTICO TEMATICO - NAVIDAD EN EL CANTON ESPEJO 2023 | PARQUE LIBERTAD CIUDAD DE EL XXXXX | XXXX NAVIDEÑO 20 INTEGRANTES | 1 | 600.00 | 600.00 |
GRUPO XX XXXXX TEMATICA XX XXXXXXX 2: CON 30 INTEGRANTES COMO MINIMO Y TRAJES A CORDE A LA TEMPORADA, MINIMO 3 PRESENTACIONES | 1 | 400.00 | 400.00 | ||
BANDA DE PUEBLO DEL CANTON ESPEJO CON MINIMO 14 INTEGRANTES CON INTERPRETACIONES DE MUSICA ECUATORIANA. | 1 | 400.00 | 400.00 | ||
REPRESENTACIÓN TEMATICA DE PERSONAJES | |||||
TRADICIONALES DE TEMPORADA NAVIDEÑA MINIMO 10 | |||||
PERSONAJES, 1 CARROZA TIPO TRINEO DE 1.5 METROS DE | |||||
ANCHO, 3 METROS LE LARGO COMO MINIMO CON RESISTENCIA PARA DOS PERSONAS ADULTAS Y 6 FIGURAS | 1 | 1000.00 | 1000.00 | ||
DE RENOS CON SUS RESPECTIVOS ADORNOS E | |||||
ILUMINACIÓN. | |||||
GRUPO ARTISTICO DE LA ZONA NORTE DEL ECUADOR - | |||||
INTERPRETACIÓN DE MUSICA ECUATORIANA, ANDINA, LATINOAMERICANA Y MUSICA MODERNA | 1 | 600.00 | 600.00 | ||
SUB TOTAL | 4800.00 |
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ACTIVIDAD 2 | |||||
EVENTO | LUGAR | RUBRO | CANT. | V. UNIT. | V. TOTAL |
SONIDO TIPO 2 | 1 | 1200,00 | 1200.00 | ||
PRESENTADOR - ANIMADOR CON | 1 | 100,00 | 100.00 | ||
EXPERIENCIA EN MANEJO DE | |||||
ESCENARIOS Y DIRECCIÓN DE EVENTOS. | |||||
FESTIVAL | GRUPO ARTÍSTICO NACIONAL FEMENINO O MASCULINO ECUATORIANO. MÍNIMO 6 INTEGRANTES, CON UNA TRAYECTORIA DE 15 AÑOS RECONOCIDA A NIVEL NACIONAL E INTERNACIONAL, CUYOS TEMAS SE HAN MANTENIDO HASTA ACTUALIDAD EN EL GENERO DE LA TECNOCUMBIA. | 1 | 2400,00 | 2400.00 | |
ARTISTICO | PARROQUIA | ||||
CULTURAL Y | EL | ||||
TURISTICO – | GOALTAL | ||||
ESPEJO | |||||
CANTA A EL | |||||
GOALTAL | |||||
GRUPO ARTISTICO DE LA PROVINCIA DEL | 1 | 700,00 | 700.00 | ||
XXXXXX CON INTERPRETACIÓN DE | |||||
MUSICA ECUATORIANA, BOMBA, | |||||
PASILLOS, CON AMPLIO REPERTORIO | |||||
MUSICAL. | |||||
ARTISTA SOLISTA ECUATORIANOS CON | 1 | 600,00 | 600.00 | ||
INTERPRETACIÓN DE MUSICA POPULAR | |||||
COLOMBIANA, VALLENATO, MUSICA | |||||
ECUATORIANA, REGIONAL MEXICA CON | |||||
EXPERIENCIA EN MANEJO DE | |||||
ESCENARIOS Y EVENTOS SIMILARES. | |||||
SUB TOTAL | 5000.00 |
ACTIVIDAD 3 | |||||
EVENTO | LUGAR | RUBRO | CANT. | V. UNIT. | V. TOTAL |
PARROQUIA 27 DE SEPTIEMBRE Y EL XXXXX | SONIDO TIPO 2 | 1 | 1200,00 | 1200,00 | |
PRESENTADOR - ANIMADOR CON EXPERIENCIA EN MANEJO DE ESCENARIOS Y DIRECCIÓN DE EVENTOS. | 1 | 100,00 | 100,00 | ||
FESTIVAL DE TOROS DE PUEBLO | 1 | 1000,00 | 1000,00 | ||
FORTALECIMIENTO DE LAS | GRUPO MUSICAL DE LA PROVINCIA XXX XXXXXX - interpretación de música nacional ecuatoriana, folclórica, | 1 | 1200,00 | 1200,00 | |
MANIFESTACIONES CULTURALES | bombas, bandas. | ||||
TRADICIONELES DE FIN DE AÑO DE LAS PARROQUIA EL XXXXX Y 27 DE SEPTIEMBRE - CANTÓN ESPEJO | GRUPO MUSICAL DEL CANTON ESPEJO - INTERPRETACIÓN MUSICA NACIONAL ECUATORIANA, CUMBIA. | 1 | 700,00 | 700,00 | |
BANDA DE PUEBLO DEL CANTON ESPEJO CON MINIMO 14 INTEGRANTES CON INTERPRETACIONES DE MUSICA ECUATORIANA. | 1 | 400,00 | 400,00 | ||
ARTISTA SOLISTA FEMENENINA DEL CANTON ESPEJO - QUE INTERPRETE MUSICA ROMANTICA MEXIANA, CHILENA, ECUATORIANA | 1 | 400,00 | 400,00 | ||
0 | |||||
SUB TOTAL | 5000.00 |
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ACTIVIDAD 4 | |||||
EVENTO | LUGAR | RUBRO | CANT. | V. UNIT. | V. TOTAL |
FORTALECIMIENTO Y DIFUSION DE LAS MANIFESTACIONES CULTURALES TRADICIONALES DE LA PARROQUIA LA LIBERTAD - CANTON ESPEJO | PARROQUIA LA LIBERTAD | ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN DE CABALGATA TRADICIONAL RECORRIENDO LOS CAMINOS DE LOS ARRIEROS XXX XXXXX | 1 | 500,00 | 500,00 |
DEMOSTRACIÓN DE HABILIDADES DE LOS CHAGRAS DE EL ALIZO PARROQUIA LA LIBERTAD Y FESTIVAL DE TOROS POPULARES | 1 | 1500,00 | 1500,00 | ||
AMPLIFICACIÓN DE SONIDO TIPO 1 | 1 | 2000,00 | 2000,00 | ||
PRESENTADOR - ANIMADOR GENERO MASCULINO CON EXPERIENCIA EN MANEJO DE ESCENARIOS Y DIRECCIÓN DE EVENTOS DE ACUERDO A LA TEMPORADA | 1 | 100,00 | 100,00 | ||
GRUPO ARTISTICO JUVENIL QUITEÑO ECUATORIANO CON INTERPRETACIÓN DE MUSICA ECUATORIANA PASILLO, VALZ, ALBAZO, BOLEROS CON EXPERIENCIA EN AGRUPACIONES ARTISTICAS Y TRAYECTORIA DE AL MENOS 8 AÑOS. | 1 | 1500,00 | 1500,00 | ||
GRUPO FOLKLORICO DEL CANTÓN COTACACHI CON TRAYECTORIA DE AL MENOS 10 AÑOS EN LA INTERPRETACIÓN DE MUSICA FOLKLORICA IMBABUREÑA Y ANDINA, CUYOS INSTRUMENTOS MUSICALES PRINCIPALES SEAN LA FLAUTA, VIOLIN, QUENA, ZAMPOÑAS, BANDOLIN, CHARANGO, EL BAJO ELECTRICO, GUITARRA ELECTRO ACUSTICA, GUITARRA ELECTRICA, BANDOLÍN, TROMBON Y TROMPETA CON AMPLIO REPERTORIO MUSICAL INEDITO | 1 | 1700,00 | 1700,00 | ||
GRUPO ARTISTICO DEL CANTON ESPEJO CON INTERPRETACIÓN XX XXXXXX ECUATORIANA BOMBA, PASILLOS Y CUMBIAS. | 1 | 500,00 | 500,00 | ||
ARTISTA SOLISTA DEL CANTON ESPEJO CON INTERPRETACIÓN DE MUSICA POPULAR COLOMBIANA, MEXICANA, ECUATORIANA | 1 | 200,00 | 200,00 | ||
0 | |||||
SUB TOTAL | 8000.00 |
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ACTIVIDAD 5 | |||||
EVENTO | LUGAR | RUBRO | CANT. | V. UNIT. | V. TOTAL |
DIA 1 | |||||
SONIDO TIPO 1 | 1 | 2000,00 | 2000,00 | ||
PRESENTADOR - ANIMADOR | 2 | 100,00 | 200,00 | ||
ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL | |||||
DESFILE DANZAS Y COLORES | |||||
CARNAVAL DEL FRAILEJON 2024 - | 1 | 1500,00 | 1500,00 | ||
ATENCIONAMIENTO A DELEGACIONES | |||||
PARTICIPANTES | |||||
DJ- DEL CANTON ESPEJO CON EXPERIENCIA EN EVENTOS SIMILARES | 3 | 100,00 | 300,00 | ||
AGRUPACIÓN ARTISTICA | |||||
ECUATORIANA CON AMPLIA | |||||
TRAYECTORIA MUSICAL EN GENEROS DE LA CUMBIA, TECNOCUMBIA, | 1 | 3000,00 | 3000,00 | ||
PASACALLES, TROPICALES CON | |||||
MINUMO 8 INTEGRANTES | |||||
FORTALECIMIENTO | |||||
Y DIFUCION DE LA | |||||
MANIFESTACIÓN | |||||
CULTURAL – | PARQUE | ||||
CARNAVAL DEL | LIBERTAD | ||||
FRAILEJÓN DECIMO NOVENA | DIA 2 | ||||
EDICION | |||||
SONIDO TIPO 2 | 1 | 1200,00 | 1200,00 | ||
PRESENTADOR - ANIMADOR | 1 | 100,00 | 100,00 | ||
BANDA DE PUEBLO JUVENIL | |||||
IMBABUREÑA CON AL MENOS 18 | |||||
INTEGRANTES CON INTERPRETACIÓN | 1 | 700,00 | 700,00 | ||
DE MUSICA TRADICIONAL | |||||
ECUATORIANA | |||||
BANDA DE PUEBLO JUVENIL DE LA | |||||
PROVINCIA XXX XXXXXX CON AL | |||||
MENOS 15 INTEGRANTES CON | 1 | 700,00 | 700,00 | ||
INTERPRETACIÓN DE MUSICA | |||||
TRADICIONAL ECUATORIANBA | |||||
AGRUPACION ARTISTICA | |||||
ECUATORIANO/A DE RENOMBRE | |||||
NACIOANAL CON AMPLIA | |||||
TRAYECTORIA EN LA MUSICA | 1 | 2000,00 | 2000,00 | ||
ECUATORIANA CUMBIA, BOMBAS, | |||||
TRIPICALES, PASACALLES Y MAS | |||||
GENEROS BAILABLES, | |||||
SUB TOTAL | 11700.00 |
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Cláusula Sexta: FORMA DE PAGO
6.1. La Contratante pagará al proveedor según los pliegos y términos de referencia de la siguiente forma: Otra de 100% Cada actividad considerada dentro del presente proceso se pagará en contera entrega: Previo la presentación de Orden de trabajo, Informe de proveedor con registro fotográfico, Acta Entrega Recepción, Informe de administrador de Contrato y Requerimiento de pago, de los servicios recibidos en la “CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE ORGANIZACIÓN, COORDINACION Y EJECUCIÓN DE EVENTOS SOCIOCULTURALES PARA EL FORTALECIMIENTO Y DIFUSIÓN DE LA RIQUEZA CULTURAL Y TURISTICA DE LAS PARROQUIAS DEL CANTÓN ESPEJO” de conformidad con los términos de Referencia de presente proceso.
El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de la LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones del SERCOP y el pliego.
Será causa de responsabilidad de los servidores municipales el que no cumplan oportunamente con las obligaciones de pago previstas en este Contrato, contando con los recursos económicos suficientes, y se aplicará lo establecido en el artículo 101 de la LOSNCP.
Cláusula Séptima: GARANTÍAS
7.1. Por la naturaleza del contrato no se deberán presentar las garantías previstas en los artículos 74 y 75 de la LOSNCP.
7.2. La oferente previa la suscripción del contrato entrega el “CERTIFICADO DE GARANTÍA TECNICA” que acredita y asegura la calidad mis servicios bajo los términos de referencia y condiciones del Proceso MCS-GADM-E-2023-007 “CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE ORGANIZACIÓN, COORDINACION Y EJECUCIÓN DE EVENTOS SOCIOCULTURALES PARA EL FORTALECIMIENTO Y DIFUSION DE LA RIQUEZA CULTURAL Y TURISTICA DE LAS PARROQUIAS DEL CANTÓN ESPEJO” con un plazo de 80 días contados a partir de la firma del respectivo contrato.
Cláusula Octava: PLAZOS
8.1. El plazo para la ejecución y entrega de la totalidad de los servicios adquiridos es de OCHENTA DIAS (80) DÍAS, contados a partir de la suscripción del presente contrato.
Cláusula Novena: PRORROGAS DE PLAZO
9.1. El Contratante prorrogará el plazo total o los plazos parciales, solo en los siguientes casos, y siempre que el proveedor así lo solicite, por escrito, justificando los fundamentos de la solicitud, dentro de los dos días siguientes a la fecha de producido el hecho que motiva la solicitud:
a) Por causa de fuerza mayor o caso fortuito aceptado como tal por la Entidad Contratante;
b) Por suspensiones ordenadas por el Contratante y que no se deban a causas imputables al proveedor.
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9.2. Cuando las prórrogas de plazo modifiquen el plazo total, se necesitará la autorización de la máxima Autoridad de la Municipalidad.
Cláusula Décima: MULTAS
10.1. Dando cumplimiento al Art. 71 de la LOSNCP en concordancia con el Art. 292 de su reglamento general, en caso de retrasos injustificados respecto del cumplimiento de objeto contractual la entidad contratante deberá establecer en los pliegos un valor directamente proporcional a la falta que ocasione el retraso, en ningún caso será inferior al 1x1000 del valor total del contrato.
Cláusula Décima Primera: DEL REAJUSTE DE PRECIOS
11.1. El valor de este contrato es fijo y no está sujeto a reajuste de precios por ningún concepto.
Cláusula Décima Segunda: SUBCONTRATACIÓN
12.1. El contratista podrá subcontratar determinados trabajos previa autorización de la entidad contratante siempre que el monto de la totalidad de los subcontratado no exceda el 30% del valor total del contrato principal, y el subcontratista esté habilitado en el Registro Único de Proveedores.
Cláusula Décima Tercera: ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
13.1. Se designa como Administrador del Contrato al Ing. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Analista de Turismo del GADM-E, debiendo cumplir con lo que determina el Art. 80 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y, 295 y 303 de su Reglamento General y las demás obligaciones que se deriven de este contrato a fin de que se realice una efectiva ejecución del mismo.
Cláusula Décimo Cuarta. - OBLIGACIONES DE LAS PARTES
14.1. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
14.1.1 Garantizar el cumplimiento de porcentaje Valor Agregado Ecuatoriano ofertado.
14.1.2 Dar cumplimiento cabal a lo establecido en los pliegos de acuerdo con los términos de referencia y condiciones del contrato.
14.1.3 Queda expresamente establecido que constituye obligación de la contratista proveedora ejecutar el contrato conforme a las especificaciones técnicas y/o términos de referencia establecidos en los pliegos y cumplir con el porcentaje mínimo del valor agregado ecuatoriano ofertado.
Los delegados o responsables técnicos de la Entidad Contratante, como el administrador del contrato, deberán tener el conocimiento suficiente de la ejecución del contrato, así como la eventual realización de ulteriores desarrollos. Para el efecto, la contratista se compromete durante el tiempo de ejecución contractual, a facilitar a las personas designadas por la
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Entidad Contratante toda la información y documentación que le sea requerida, relacionada y/o atinente al desarrollo y ejecución del contrato.
14.2. OBLIGACIONES ADICIONALES DE LA CONTRATISTA:
14.2.1. La contratista proveedor se compromete a ejecutar el contrato derivado del procedimiento de contratación tramitado, sobre la base de las especificaciones técnicas o los términos de referencia elaborados por la Entidad Contratante y que fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad con los mismos, como causal para solicitar ampliación del plazo, o contratos complementarios. La ampliación del plazo, o contratos complementarios podrán tramitarse solo si fueren aprobados por la administración;
14.2.2. Cumplir con las especificaciones técnicas requeridas en los pliegos;
14.2.3. Cumplir con los plazos establecidos en los pliegos para la entrega de los servicios requeridos por la Entidad Contratante;
14.2.4. Prestar un servicio de óptima calidad que cumplan las normas técnicas;
14.2.5. A más de las obligaciones ya establecidas en el presente contrato, el proveedor está obligado a cumplir con cualquier otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y pueda ser exigible por constar en cualquier documento de él o en norma legal específicamente aplicable al mismo.
14.3.OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE
14.3.1. Dar solución a las peticiones y problemas que se presentaren en la ejecución del contrato, en un plazo de cinco días contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.
14.3.2. Para el caso de servicios, de ser necesario, previo el trámite legal y administrativo respectivo, celebrar los contratos complementarios en un plazo de treinta días contados a partir de la decisión de la máxima autoridad;
14.3.3. Las establecidas en las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato;
14.3.4. Hacer cumplir las especificaciones técnicas establecidas en los pliegos.
Cláusula Décima Quinta: RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS
15.1. La recepción de SERVICIOS se realizará, a petición de la entidad contratante, dentro del plazo establecido para la entrega del servicio.
Cláusula Décimo Sexta: DE LA TERMINACIÓN DE LOS CONTRATOS
16.1. Terminación del contrato. - El contrato puede terminar:
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1. Por cumplimiento de las obligaciones contractuales;
2. Por mutuo acuerdo de las partes;
3. Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la resolución del mismo ha pedido del proveedor;
4. Por declaración unilateral del contratante, en caso de incumplimiento del proveedor; y,
5. Por muerte del proveedor.
16.2. Terminación por mutuo acuerdo. - Cuando por circunstancias imprevistas, técnicas o económicas, o causas de fuerza mayor o caso fortuito, no fuere posible o conveniente para los intereses de las partes, ejecutar total o parcialmente, el contrato, las partes podrán, por mutuo acuerdo, convenir en la extinción de todas o algunas de las obligaciones contractuales, en el estado en que se encuentren.
La terminación por mutuo acuerdo no implicará renuncia a derechos causados o adquiridos en favor de la Entidad Contratante o del proveedor.
Dicha entidad no podrá celebrar contrato posterior sobre el mismo objeto con el mismo proveedor.
16.3. Terminación unilateral del contrato. - La Entidad Contratante podrá declarar terminada anticipada y unilateralmente los contratos a que se refiere esta Ley, en los siguientes casos:
1. Por incumplimiento del proveedor;
2. Por quiebra o insolvencia del proveedor;
3. Por haberse celebrado contratos contra expresa prohibición de la ley
4. En los demás casos estipulados en el contrato, de acuerdo con su naturaleza; y,
5. La Entidad Contratante también podrá declarar terminado anticipada y unilateralmente el contrato cuando, ante circunstancias técnicas o económicas imprevistas o de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobadas, el proveedor no hubiere accedido a terminar de mutuo acuerdo el contrato.
Por la naturaleza del contrato, el proveedor está exento de presentación de garantías.
El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP.
16.4. Terminación por causas imputables a la entidad contratante. - El proveedor podrá demandar la resolución del contrato, por las siguientes causas imputables a la Entidad Contratante:
1. Por incumplimiento de las obligaciones contractuales por más de sesenta (60) días;
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2. Cuando, ante circunstancias económicas imprevistas o de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobadas, la Entidad Contratante no hubiere accedido a terminar de mutuo acuerdo el contrato.
Cláusula Décimo Séptima: SOLUCIONES DE CONTROVERSIAS Y ARBITRAJE
17.1. Si se suscitaren divergencias o controversias en la interpretación o ejecución del presente contrato, las partes tratarán de llegar a un acuerdo que solucione el problema. De no mediar acuerdo alguno, las partes someterán el asunto controvertido, a los procedimientos de mediación y arbitraje, de conformidad con lo establecido en la Ley de Arbitraje y Mediación, (y en cumplimiento de lo establecido por el artículo 190, inciso segundo de la Constitución de la República del Ecuador y artículo 11 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado, aplica solo para entidades públicas).
17.2. Convenio Arbitral: En el caso de que las partes acuerden someter la controversia a arbitraje y mediación, se conviene en lo siguiente:
• Las partes pactan someterse a un procedimiento arbitral de Derecho
• Las partes expresamente se someten al Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado xxx Xxxxxx. Serán aplicables las disposiciones de la Ley de Arbitraje y Mediación, y las del reglamento del Centro de la Cámara de Comercio de Quito.
• Los asuntos resueltos mediante el laudo arbitral tendrán el mismo valor de las sentencias de última instancia dictadas por la justicia ordinaria.
17.3. Si respecto de la divergencia o divergencias existentes, las partes deciden no someterlas a los procedimientos de arbitraje según el convenio arbitral constante en este instrumento, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 105 de la LOSNCP, el procedimiento aplicable será el establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; en este caso, será competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad.
17.4. La legislación aplicable a este Contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el proveedor renuncia a utilizar la vía diplomática para todo reclamo relacionado con este Contrato. Si el proveedor incumpliere este compromiso, la Contratante podrá dar por terminado unilateralmente.
Xxxxxxxx Xxxxxx Octava: CLAUSULA COMPROMISORIA
18.1. Las partes acuerdan someter las controversias al procedimiento de mediación, en el Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado; o, en su defecto o de no solventarse dichas diferencias, se someterán al arbitraje en derecho.
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx: CONOCIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN
19.1. El proveedor declara conocer y expresa su sometimiento a la LOSNCP y su Reglamento General, y de las resoluciones emitidas por el SERCOP y más disposiciones vigentes en el Ecuador, así como a los aspectos jurídicos posteriores que de cualquier forma se deriven de la ejecución de la provisión de los servicios objeto del presente contrato.
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Clausula Vigésima: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES
20.1. Todas las comunicaciones entre las partes sin excepción, serán formuladas por escrito o medios electrónicos y en idioma español. Las comunicaciones entre el administrador del contrato y el contratista se harán a través de documentos escritos o medios electrónicos cuya constancia de entrega deben encontrarse en la copia del documento.
Clausula Vigésima Primera: DOMICILIO
21.1. Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de El Xxxxx, Cantón Espejo, Provincia xxx Xxxxxx.
21.2. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
LA CONTRATANTE: Xxxxx Xxxxxxxxxx Xx. 00-00 x Xxxxxxx-Telf. 000-000000 / 148
El CONTRATISTA: Xxxxxx-Espejo- parroquia San Xxxxxx-barrio Santa Xxxx-calle Xxxxx Xxxxxxx- a una cuadra de la gasolinera San Xxxxxx
Telf. 0000000000/000000000
Correo Electrónico: xxxxx000000@xxxxxxx.xxx
Clausula Vigésima Segunda: ACEPTACIÓN DE LAS PARTES:
22.1. Declaración. - Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de Ejecución de Servicios (CGC), publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.
22.2. Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.
Dado, en la ciudad de El Xxxxx, veintiocho de diciembre del dos mil veintitrés.
Firmado electrónicamente por:
XXXXXXX XXXXXX XXXXXX
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XXXXX XXXXXXXX XXXXXX TEQUIS
Ing. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Tequis
ALCALDE DEL GADM-ESPEJO CONTRATISTA CONTRATANTE
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