REGISTRO DE PROVEEDORES
REGISTRO DE PROVEEDORES
Personas Jurídicas
Requisitos para la Preinscripción
De acuerdo a lo establecido en el Artículo N° 12 del Reglamento de Contrataciones sancionado por Resolución de Directorio N° 383 del 29.09.2016, será requisito para la preinscripción en el Registro de Proveedores de este Banco Central de la República Argentina, integrar la información que a continuación se detalla, sin perjuicio de otros requisitos propios de la gestión que serán solicitados oportunamente:
I) Razón social, domicilio legal y constituido en el país, lugar y fecha de constitución y datos de inscripción registral.
II) Número de Código Único de Identificación Tributaria.
III) Dirección de Correo Electrónico, donde serán válidas todas las notificaciones.
IV) Nómina de los actuales integrantes de sus órganos de administración y fiscalización, de corresponder.
V) Fecha, objeto y duración del contrato social.
VI) Declaración jurada de juicios contra el Estado Nacional, sus organismos y entes descentralizados y/o contra el Banco, los gobiernos provinciales y/o municipales, sus organismos y entes descentralizados.
VII) Declaración jurada de no encontrarse comprendido en los supuestos definidos en el Artículo 57 del Reglamento de Contrataciones (inhabilitado).
VIII) Declaración jurada en la que indique que no incurre en prohibición alguna, ni comete práctica restrictiva alguna de la competencia, de las contempladas en la Ley 25.156 de Defensa de la Competencia. Para el caso de poseer el representante local ante el B.C.R.A. mandatos y/o representaciones múltiples, deberá manifestar en la aludida declaración jurada, estar comprendido en esa situación, extendiendo los efectos prescriptos en la citada Ley, a dicho supuesto, como así también, deberá efectuar una mención expresa en el sentido de que dicha circunstancia no genera conflicto de intereses alguno.
IX) Declaración Jurada en la que manifieste que conoce, acepta y se somete voluntariamente al Reglamento de Contrataciones del Banco Central de la República Argentina y a las cláusulas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones Generales.
Las Declaraciones juradas previstas en los apartados VI, VII, VIII y IX precedentes, deberán ser suscriptas por persona/funcionario con facultades suficientes para su otorgamiento. Además, se deberá observar en cuanto a su forma y contenido el modelo que se adjunta en Anexo II.
Para quienes participen únicamente de procedimientos de contratación de Trámite Simplificado del Reglamento de Contrataciones, solo serán exigibles los requisitos establecidos en los apartados I), II) y III).
Las empresas con sede en el exterior deberán poseer indefectiblemente representantes en nuestro país debidamente acreditados, por medio de los cuales se formularán las respectivas propuestas y se efectuarán todas las gestiones y comunicaciones inherentes a los procedimientos de selección en los que participen. En tal sentido, debe emanar de esta documentación que el representante posee facultades suficientes para presentar una oferta, que de ser aceptada resulte vinculante para la empresa representada.
Deberá adjuntarse copia autenticada por Escribano Público, con la legalización respectiva, de la documentación que acredite al representante, la que a su vez deberá estar certificada ante Notario Público. Si la documentación se encontrara en idioma extranjero, además de estar debidamente legalizada por vía consular o apostillada conforme la Convención de La Haya de 1961, deberá acompañarse la traducción al castellano realizada por Traductor Público y legalizada por el Colegio correspondiente.
Los representantes de firmas extranjeras deberán presentar, copias de los estatutos constitutivos de dichas firmas, así como la nómina actualizada de sus autoridades, debidamente legalizados y traducidos al idioma español.
Los datos proporcionados que surjan de la documentación presentada se ingresarán en el Registro de Proveedores y deberán ser completados o ampliados, en cada oportunidad en que se produzca una modificación de los mismos. El proveedor se comprometerá vía Declaración Jurada debidamente legalizada – cuyo modelo se adjunta en Anexo III- a actualizar sus datos cuando así corresponda. De no cumplir con esta actualización perderán su condición de inscripto en el Registro de Proveedores. La vigencia de la inscripción será de dos años a partir de la fecha en la cual se efectivice. Los proveedores que no presenten la solicitud de renovación perderán su condición de inscriptos.
La solicitud de preinscripción se deberá tramitar en el Sector Atención a Proveedores de la Gerencia de Contrataciones del Banco, sito en la Calle Reconquista 266, 8° piso del Edificio San Xxxxxx, Oficina N° 4803 (ventanilla de Atención a Proveedores), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles bancarios, en el horario de 10 a 15.
Cabe aclarar que, hasta tanto se implemente un medio electrónico, el trámite de solicitud de preinscripción (presentación de los Anexos I, II y III) deberá efectuarse mediante la presentación de la documentación debidamente legalizada ante Escribano Público o en su defecto, en forma personal por el interesado o bien su apoderado o persona autorizada a tales fines, quien deberá firmar los Anexos en presencia del personal del Registro de Proveedores del BCRA.
Se deja constancia que será requisito necesario para poder participar en los procedimientos de contratación realizados por el Banco, presentar junto con la oferta la correspondiente constancia de preinscripción en el Registro de Proveedores, pudiendo completar la inscripción definitiva antes de la eventual adjudicación.
Las consultas podrán efectuarse al teléfono de contacto: 000-0000-0000 internos 3628, 2419, 2451 o 3652 o por mail a xxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx
ANEXOS
ANEXO I - Formulario de Inscripción
ANEXO II - Modelos de Declaración Jurada a
suscribir en la preinscripción
ANEXO III – Modelo de Compromiso de Actualización de Información a suscribir en la preinscripción
Registro de Proveedores Personas Jurídicas Anexo I - Formulario de Inscripción
FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN | |
FECHA DE INSCRIPCIÓN: Uso exclusivo Gerencia de Contrataciones | |
DATOS BÁSICOS | |
Razón Social | |
CUIT / CDI (extranjeros): | |
Actividad Principal: | |
Teléfono: | |
Correo Electrónico (*): | |
INSCRIPCIÓN REGISTRAL | |
Fecha: | Número: |
DOMICILIO LEGAL | |
Dirección: | |
Localidad: | |
Provincia: | |
DOMICILIO CONSTITUIDO EN EL PAIS | |
Dirección: | |
Localidad: | |
Provincia: | |
REPRESENTANTE EN EL PAÍS | |
Nombre: | |
CUIT : |
(*) Correo electrónico constituido. Comunicación formal y legal con el Banco, se realizará a través de esta dirección.
Firma Titular o apoderado:
Apellido y nombres:
DNI N°
Inscripción Registro de Proveedores – Personas Jurídicas | BCRA | 3
Registro de Proveedores Personas Jurídicas
Anexo II – Declaración Jurada
En Buenos Aires, a los días del mes de del año dos mil , DECLARO lo siguiente:
SI / NO (tachar lo que no corresponda) poseer juicios contra el Estado Nacional, sus organismos y entes descentralizados y/o contra el Banco, los gobiernos provinciales y/o municipales, sus organismos y entes descentralizados.
N OTA: En caso de poseer juicios de este tipo, detallar los mismos en una nota adjunta, suscripta
por autoridad competente.
No incurrir en prohibición alguna, ni cometer práctica restrictiva alguna de la competencia, de las contempladas en la Ley 25.156 de Defensa de la Competencia.
N OTA: En el caso de poseer el representante local ante el B.C.R.A. mandatos y/o representaciones
múltiples, deberá manifestar estar comprendido en esa situación, extendiendo los efectos prescriptos en la citada Ley, a dicho supuesto, como así también, deberá efectuar una mención expresa en el sentido de que dicha circunstancia no genera conflicto de intereses alguno.
No encontrarse ninguno de los socios/integrantes de la sociedad comprendido en los supuestos definidos en el Artículo 57 del Reglamento de Contrataciones (inhabilitado), a saber:
ARTÍCULO 57 — PERSONAS INHABILITADAS PARA CONTRATAR. No podrán contratar con
el Banco:
Las personas humanas o jurídicas que hubieran sido sancionadas por rescisión con culpa en contratos celebrados con el Banco y el Sector Público Nacional; b) Las personas humanas o jurídicas suspendidas o inhabilitadas en el Registro de Proveedores del Banco mientras dure la suspensión o inhabilitación. c) Las personas humanas o jurídicas que hubieran participado en la elaboración de los documentos o especificaciones preparatorias de los contratos que celebre el Banco; salvo los casos contemplados en el artículo 43 del Reglamento de Contrataciones del Banco. d) Los agentes y funcionarios del Banco, y del Sector Público Nacional y de las empresas y sociedades en las cuales el Estado tenga poder de decisión, de acuerdo con la Ley de Ética Pública N° 25.188. e) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad, o contra la Administración Pública Nacional o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana Contra la Corrupción. f) Los condenados con sentencia firme por delitos dolosos, por un lapso igual al doble del plazo de la condena. g) Las personas humanas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales de conformidad con lo establecido por la AFIP. h) Cuando de los hechos o circunstancias objetivas y verosímiles surja que el oferente es continuación, transformación, fusión o escisión de empresas inhabilitadas para contratar con la Administración Nacional y/o con el Banco. i) Se trate de personas humanas que sean integrantes de empresas y/o personas humanas vinculadas por consanguinidad en segundo grado o por afinidad en primer grado, con personas no habilitadas para contratar con la Administración Nacional y/o con el Banco. j) Si el oferente hubiera recibido alguna sanción judicial o administrativa vinculada al objeto de la contratación por abuso de posición dominante, dumping, competencia desleal, dentro de los TRES (3) años anteriores a su presentación. k) Cuando se trate de personas jurídicas condenadas, con sentencia
firme recaída en el extranjero, por prácticas de soborno o cohecho transnacional en los términos de la Convención de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) para Combatir el Cohecho a Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales, serán inelegibles por un lapso igual al doble de la condena. l) Las personas humanas o jurídicas incluidas en las listas de inhabilitados del Banco Mundial y/o del Banco Interamericano de Desarrollo, a raíz de conductas o prácticas de corrupción contempladas en la Convención de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) para Combatir el Cohecho a Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales, serán inelegibles mientras subsista dicha condición.
Conocer, aceptar y someterse voluntariamente al Reglamento de Contrataciones del Banco Central de la República Argentina y a las cláusulas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones Generales.
Empresa:
Domicilio:
Firma Titular o Apoderado: Apellido y nombre: DNI N°
Registro de Proveedores Personas Jurídicas
Anexo III – Compromiso de actualización de información presentada
En Buenos Aires, a los días del mes de del año dos mil , por medio del presente nos comprometemos a mantener actualizados los datos de inscripción y toda otra documentación presentada oportunamente, que caduque y/o se modifique.
Empresa:
Domicilio:
Firma Titular o Apoderado: Apellido y nombre: DNI N°