Contract
PLIEGO
DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES
del contrato de gestión de los servicios públicos de
RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESÍDUOS
Inc. gestión de planta de transferencia y ecoparque municipal
LIMPIEZA DE VÍAS Y ESPACIOS PÚBLICOS
Indice
1. Finalidad xxx Xxxxxx
2. Antecedentes/preámbulo
3. Objeto global del contrato
4. Régimen jurídico del contrato. Obligaciones del concesionario
5. Precio del contrato
6. Plazo de duración del contrato
7. Características del servicio
7.1. Aspectos generales del servicio 7.1.1.Organización del servicio 7.1.2.Medios humanos 7.1.3.Medios técnicos y materiales 7.1.4.Subcontrataciones
7.1.5.Instalaciones y comunicaciones 7.1.6.Atención ciudadana y sensibilización
7.1.7.Aspectos de solvencia técnica. Aspectos medio ambientales, sistema de calidad. 7.1.8.Abono y certificación del servicio
7.1.9.Trabajos extraordinarios
7.1.10. Revisiones de precios.
7.1.11. Modificación del servicio
7.1.12. Inspección y evaluación de la calidad del servicio
7.1.13. Incumplimiento del contrato y sanciones administrativas
7.1.13.1. Por retraso en la iniciación de prestación de los servicios.
7.1.13.2. Por deficiente prestación de los servicios.
7.1.13.3. Sanciones
7.2. Características del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos 7.2.1.Objeto de la prestación
7.2.2.Marco jurídico particular del servicio de recogida y transporte de residuos urbanos. 7.2.3.Ámbito territorial / zonificación
7.2.4.Frecuencias y horarios. 7.2.5.Clasificación de los servicios de recogidas
7.2.5.1. Recogida ordinaria de residuos urbanos.
7.2.5.2. Recogidas especiales.
7.2.5.3. Recogidas selectivas.
7.2.5.4. Otras/nuevas recogidas selectivas 7.2.6.Ecoparque
7.2.7.Normas adicionales relativas a las recogidas 7.2.8.Mantenimiento, limpieza y reposición de los contenedores
7.2.8.1. Limpieza y lavado
7.2.8.2. Conservación, sustitución, stock y reversión
7.2.8.3. Suministro inicial y aportación durante el contrato 7.2.9.Medios requeridos para el servicio.
7.2.9.1. Medios humanos.
7.2.9.2. Medios materiales.
7.3. Características del servicio de limpieza viaria (lv)
7.3.1. objeto de la prestación 7.3.2.Tareas a realizar
7.3.2.1. Tareas ordinarias o típicas: 7.3.3.Zonificación y frecuencias: 7.3.4.Estructura del servicio
7.3.5.Medios para la prestación del servicio
7.3.5.1. Organización:
7.3.5.2. Medios humanos:
7.3.5.3. Medios materiales:
8. Contenido de la oferta
8.1. Formato y presentación de las proposiciones:
8.2. Relación de contenidos de valoración no cuantitiva
8.3. Relación de contenidos de valoración aritmética o cuantitiva 8.3.1.Baja y oferta económica para la prestación del servicio 8.3.2.Baja a los precios de suministros de contenedores 8.3.3.Mayor bolsa de horas por trabajos extraordinarios. 8.3.4.Ampliación del suministro de contenedores.
1. FINALIDAD XXX XXXXXX
1.- Sentar una base reguladora de los diversos aspectos técnicos, organizativos y económicos fundamentales del Servicio de prestación de Recogida de Resíduos Sólidos Urbanos (RSU en adelante) y de Limpieza Viaria (LV en adelante) en San Xxxxxxx del Raspeig, de la manera mas eficiente y sostenible.
2.- Servir de base técnica de referencia para la elaboración de la Oferta de Prestación del Servicio (en adelante OPS).
3.- Especificar los diversos aspectos técnicos relativos al procedimiento y forma de adjudicación del servicio al que se refiere.
4.- Dejar las bases para poder regular cualquier aspecto no explícitamente detallado en el presente documento y que durante el período de vigencia del contrato pudiera ser necesario.
2. ANTECEDENTES/PREAMBULO
Bajo una perspectiva de dificultad económica generalizada para los municipios, se hace preciso realizar un esfuerzo conjunto entre administración y empresas privadas para la implantación y prestación de servicios públicos con mayores ratios de eficiencia y productividad; es decir con la mayor calidad posible y al menor coste posible para la ciudadanía.
El presente Pliego de condiciones técnicas (PCT en adelante), y por primera vez en San Xxxxxxx, pretende establecer una base coherente para la definición de la prestación conjunta del servicio de recogida sólidos urbanos y la limpieza viaria. Se busca fusionar estos dos objetos bajo un único contrato con el fin de obtener unos mayores niveles de economía de escala, sobre todos en lo referente a los costes indirectos (tales como administración, instalaciones, reparaciones de equipos mecánicos, autocontrol, etc.) cuyos gastos pueden ser compartidos, y lograr una mayor flexibilidad en la gestión de recursos humanos y medios materiales, que en algunos tareas pueden ser compartidos.
Por otra parte el pliego establece unos objetivos, o parámetros mínimos claros (por ejemplo en cuanto a frecuencias de recogidas de resíduos o frecuencias de barridos por zonas) dejando a los licitadores cierta libertad en sus OPS de prestación del Servicio para que propongan qué modelo organizativo, tecnológico o de gestión logra la mayor eficacia y menor coste económico para las arcas municipales.
De este modo se establece una separación clara de papeles entre adjudicatario y administración en donde la gestión del Servicio recae estrictamente sobre la contrata adjudicataria, y el Ayuntamiento, vela por el cumplimiento de los objetivos y condiciones xxx xxxxxx. O dicho de otro modo, la administración marca QUÉ hay que hacer; y los licitadores a través de sus ofertas nos explican CÓMO.
Añadir que este margen para planificar y gestionar las tareas del Servicio trasladan el preceptivo requisito legal de “riesgo y xxxxxxx” al concesionario por la prestación del Servicio Público. A menudo, equivocadamente, los ayuntamientos asumen problemas del concesionario en una relación contractual difusa, donde se confunden las responsabilidades, derechos y obligaciones de cada una de las partes.
No obstante lo dicho, el pliego propone (aunque no con carácter vinculante, sino orientativo) los medios mínimos materiales y humanos que se estiman necesarios para la normal prestación de los Servicios, y que derivan de nuestra actual experiencia. Esto no impide, como se decía que los licitadores presenten
otras fórmulas, pero, haciendo hincapié que deberán justificar debidamente aquellas que propongan medios significativamente menores, so pena de recibir una mala valoración en el concurso.
En otro orden de cosas, el presente pliego también exige compromiso con la calidad y satisfacción del cliente. Para ello, por primera vez se establece un procedimiento de evaluación continua que, a través de distintos parámetros, busca primero establecer un procedimiento de supervisión sistemático para los inspectores municipales; segundo detectar cualquier desviación sobre los resultados esperados y exigidos en el pliego; y tercero traducir la “no calidad” en un índice o nota que suponga automáticamente una merma en los pagos mensuales.
De este modo se pone rápidamente límite o freno a conductas menos diligentes, sin esperar a la tramitación de expedientes sancionadores, que se reservan a los supuestos más graves.
Bajo este marco de libertad organizativa (y al igual que ya se hace en otros servicios o concesiones públicas (mantenimiento de redes viarias, transporte público, etc) el pliego establece que los medios materiales que se adscriban al servicio, no se financiarán mediante las habituales fórmulas de amortizaciones durante la vida del contrato, sino que se abonarán en régimen de alquiler o por su uso por horas/jornadas efectivas. La contrata titular de los mismos es liberada lógicamente de la reversión de estos medios al final de la concesión. Esto permitirá al concesionario primero, tener un mayor nivel de responsabilización y cuidado sobre sus propios medios; segundo, mayores economías en las ofertas ya que al final de la concesión el contratista tienen unos bienes que pueden valorizar; y tercero, un mayor dinamismo en cuanto a la gestión comercial de sus recursos al no impedir la prestación de servicios a terceros, siempre y cuando sean compatibles con los cometidos principales de la concesión en San Xxxxxxx.
Asumido esto el PCT no pretende romper con la experiencia adquirida, sino que por ejemplo fija un plazo concesional suficiente, de 8 años, que permita a los licitadores más conservadores amortizar de “facto” la maquinaria (propiedad del contratista) adscrita para San Xxxxxxx.
No obstante, con muchos de estos nuevos enfoques se pretende poco a poco abrir posibilidades para los contratistas (en lugar de limitar), para que sin comprometer el servicio a San Xxxxxxx, se permitan posibles nuevas fórmulas que haga en las empresas más rentables, más innovadoras, y por lo tanto mejores para el conjunto de la sociedad.
Añadir algunos otros aspectos, que aunque puntuales, resultan claves del presente pliego, en relación al pasado:
Canon de vertido: El precio de licitación xxx xxxxxx anterior incluía a riesgo y xxxxxxx del contratista el pago del canon de vertido en planta de tratamiento (Piedra Negra, Jijona). Y dado que se trata de una externalidad fija, que nada tiene que ver con la correcta gestión de los resíduos recogidos, en el presente no se contempla dicho coste, ya que el Ayuntamiento abonará directamente dichos importes a la planta de tratamiento. Lo que si se contempla, dentro del precio de contrato, son los controles de pesajes para evitar desviaciones o errores en las toneladas facturadas por parte de la planta de tratamiento.
Planta de transferencia: Para hacer más eficaz el transporte de la basura hasta la planta de tratamiento situada en Jijona, se construyó una planta de transferencia en el año 2006, cuya amortización se encuentra todavía pendiente bajo distintos horizontes temporales dependiendo de los bienes de los que se trate (obra civil/equipos móviles, etc.). El adjudicatario al inicio de la prestación deberá abonar las cantidades pendientes de amortizar (y cuyo cálculo se puede consultar en anexo) para que dicha planta revierta a titularidad municipal.
Es conveniente que se tenga en cuenta que en el “Proyecto de Gestión del Plan Zonal XIV” (pendiente de aprobación) contempla dicha planta de Transferencia dentro de las instalaciones dependientes de dicho
Consorcio y Plan Zonal. En caso de que se produjese dicho cambio de titularidad durante la vigencia del presente contrato nos encontraríamos frente a una modificación a la baja del Servicio.
Recogida selectiva / Ecoparque y valorización de resíduos. La progresiva implantación de contenedores de recogida selectiva y el creciente volumen de recogida certifica hoy ya el cambio de hábitos que ha tenido lugar en la mayoría de hogares. Es por esto que cada vez en un mayor número de municipios dichas recogidas se realizan sin coste alguno para el ciudadano; es decir que los ingresos por la venta de resíduos específicos a los gestores autorizados puede compensar los gastos producidos en dicha recogida. El Ayuntamiento por su parte aporta la cantidad recibida por ECOEMBES al precio del contrato con el que se financia la recogida de resíduos. Y esta es la premisa de la que parte el presente pliego: el adjudicatario estará obligado a realizar estas recogidas actuales o futuras sin contraprestación económica alguna y con la periodicidad suficiente como para evitar los desbordamientos en los contenedores.
Es decir que los gastos en su recogida y transporte se verán retribuidos al contratista por dos inputs: primero, los ingresos producidos en la valorización de los resíduos y, segundo, por el precio global del contrato que paga la administración.
Frecuencias variable de recogida y libertad en la implantación de contenedores: Si bien el pliego parte de la situación actual (frecuencia mínimas de recogida diaria y unos puntos de recogida dados) el contratista puede plantear, justificadamente cambios en aras de una mayor eficiencia y economía del servicio. En el presente PCT se plantean posibles variaciones de recogidas de frecuencias en las zonas de la periferia urbana, e incluso la redefinición de rutas de recogida de contenedores, si se respetan los ratios orientativos de dotación (poblacional y territorial). Todo esto con el fin de trasladar al contribuyente las posibles economías que se deriven de una gestión eficiente más de estos Servicios.
3. OBJETO GLOBAL DEL CONTRATO
El objeto global del contrato es la gestión del servicio público de limpieza viaria y limpieza integral diaria de todos los espacios públicos del término municipal de San Xxxxxxx del Raspeig, así como de la recogida y transporte diario hasta el punto de tratamiento de todo tipo de resíduos sólidos urbanos (RSU en adelante), fracción general y selectivas, con criterios de sostenibilidad y eficiencia.
Se incluye la explotación del ecoparque existente y de una planta de transferencia, así como el vaciado, limpieza y mantenimiento y reposición de las papeleras que se encuentren instaladas en las vías y espacios públicos, así como algunas otras limpiezas específicas descritas en detalle en el PCT.
4. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO. OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO
El contrato constituye una concesión administrativa para la gestión de servicios públicos conforme a lo preceptuado en el artículo 277 TR de la ley de Contratos del Sector Público.
1.- Se prestará por el contratista adjudicatario onerosamente, por la contraprestación económica establecida, a su xxxxx, riesgo y xxxxxxx y ajustado en todo momento a:
a) La normativa y legislación de obligado cumplimiento vigente en cada momento durante el período de aplicación del contrato.
b) Las prescripciones de aplicación directa contenidas en los documentos contractuales que rigen ésta contratación.
c) Las condiciones de la oferta aceptadas.
d) Las órdenes que para atender situaciones extraordinarias o imprevistas, dicte el Ayto., por sí o a través de sus Servicios Técnicos Municipales (en adelante STM).
e) Las instrucciones que, en interpretación de lo anterior, dictados por los STM nombrados por el Ayuntamiento, con las facultades de controlar e inspeccionar el cumplimiento del contrato, y concretamente:
1º.- Interpretar el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás disposiciones establecidas en el contrato o en disposiciones oficiales.
2º.- Exigir y comprobar la existencia de medios y organización necesaria para la prestación del Servicio.
3º.- Dar las órdenes oportunas para lograr los objetivos del Servicio. 4º.- Proponer las modificaciones que convenga introducir.
5º.- Conformar las facturas/certificaciones de la labor realizada para su liquidación.
6º.- Tramitar las incidencias que surjan.
7º.- Facilitar al concesionario toda la información municipal que en relación con el contrato pueda servirle para desempeñar mejor sus tareas.
2.- Para ello el adjudicatario facilitará mensualmente a los STM de documentación detallada de las tareas que se tenga previsto realizar, las efectivamente realizadas y las incidencias surgidas.
Las previsiones se presentaran con un mes de antelación y las efectivamente realizadas en el informe mensual de ejecución (en los cinco siguientes días a la finalización del mes). Las incidencias ocurridas deberán ser comunicadas inmediatamente a los responsables municipales del Servicio.
3.- El contratista adjudicatario es responsable ante terceros por el normal o anormal desarrollo de la prestación. Así mismo correrá con el importe de todos los derechos, tasas (*), impuestos y tributos que graven las actividades y medios afectos al servicio quedando exento el Ayuntamiento de cualquier responsabilidad al respecto.
(* )Solamente se exceptúa entre estas el canon de vertido a planta de tratamiento.
4.- El contratista adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las disposiciones legales y laborales sobre trabajo y Seguridad Social, en especial en lo referente a prevención de riesgos laborales. Se deberá justificar antes del inicio del contrato, la existencia de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales según la legislación vigente, así como la forma de gestión prevista del servicio de prevención.
5.- El contratista adjudicatario deberá disponer de los elementos auxiliares, de señalización, utillaje, medios materiales e incluso la formación del personal especializado necesario para la adecuada prestación del servicio.
6.- El adjudicatario deberá disponer desde el mismo momento del inicio efectivo de la prestación, de póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil por importe de hasta 900.000,00 € por siniestro, daños a terceros, incluidos personal y bienes del propio Ayuntamiento, que pudieran derivarse de la ejecución de las tareas del servicio.
7.- El adjudicatario deberá aportar el capital pendiente de amortizar en relación con la planta de transferencia (consultar anexo), al inicio de la concesión. El contratista explotará dicha planta y la mantendrá en perfectas condiciones durante el contrato. La entregará en los mismos términos de operatividad a la finalización del contrato, o cuando se integre, caso de producirse, su incorporación al consorcio del plan zonal XIV.
8.- El contratista deberá entregar al final de la concesión el parque de contenedores municipales (de carga trasera y selectiva) en adecuadas condiciones operativas.
9.- El adjudicatario estará obligado a facilitar cuanta información le solicite los STM en forma y plazo que le sean comunicados.
5. PRECIO DEL CONTRATO
El tipo de licitación del concurso se fija la cantidad global anual de 4.467.388,75 € IVA incluido (*).
Siendo los tipos máximos para cada uno de los objetos principales del Servicio los siguientes: RSU de 2.431.663,26.-€ (*) y LV de 2.035.725,49.- €; admitiéndose aceptación de mejoras en la calidad de los servicios y proposiciones a la baja sobre el precio global del contrato.
Las ofertas económicas no podrán superar los tipos máximos parciales fijados.
(*) Excluido el canon de vertido que se facturará directamente al gestor del tratamiento y eliminación del resíduo.
6. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato será de OCHO (8) AÑOS, contados a partir de la fecha del comienzo de la prestación de los servicios. Sólo se podrá prorrogar el contrato dos veces por un período máximo de seis meses cada una.
La fecha de inicio se determinará por los STM tras la firma del contrato, suscribiéndose Acta de Inicio del Servicio por los STM y por el representante de la empresa adjudicataria.
7. CARACTERISTICAS DEL SERVICIO
7.1. ASPECTOS GENERALES DEL SERVICIO
7.1.1. ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO
El contratista podrá gestionar y planificar libremente el Servicio siempre y cuando cumpla todos los requisitos expresados en el presente PCT y en los compromisos de mejora, si los hubiera, de su oferta.
Cualquier cambio, accidental, temporal o permanente en la organización de los servicios por parte del contratista deberá ser comunicado y justificado a los STM y recibir previamente la conformidad por parte de los STM.
7.1.2. MEDIOS HUMANOS
El contratista gestionará libremente a su riesgo y xxxxxxx el personal dependiente del Servicio con las siguientes condiciones generales:
- Todo el personal, tanto directo como indirecto empleado por el contratista, deberá estar capacitado y ser suficiente para desempeñar correctamente todos requerimientos del Servicio establecidos en este Pliego y a la oferta del adjudicatario.
- El contratista deberá disponer de personal encargado de las labores de control y vigilancia, que asegure la correcta ejecución del servicio, y con competencia completa de autoridad y profesionalidad para corregir las deficiencias advertidas y/o hacer cumplir las órdenes que se cursen a través de los STM.
- El contratista designará a un Director del Servicio, con titulación técnica de grado medio responsable del Servicio, con experiencia demostrable en la gestión de estos contratos. Además el concesionario deberá garantizar su comunicación (teléfono móvil, fijo, correo electrónico, domicilio, etc.) con los STM del Ayuntamiento de San Xxxxxxx del Raspeig deberán estar garantizadas las 24 horas del día, todos los días, para la resolución de cualquier incidencia y/o comunicación.
- El adjudicatario presentará con anterioridad al inicio de la prestación un organigrama funcional que incluya una relación detallada de todo el personal que adscriba al servicio, (que como mínimo contendrá sus datos de identificación, categoría laboral, funciones encomendadas y en su caso zona a la que han sido asignados inicialmente con delimitación de la misma). Cualquier cambio o incidencia en el personal adscrito al servicio deberá ser comunicada a los STM previamente o inmediatamente después si no hubiese sido posible con anterioridad.
- Los medios humanos adscritos al servicio se entenderán en condiciones plenamente operativas, no pudiendo justificar demoras, retrasos o interrupciones en la planificación del mismo y si no son estrictamente necesarios para el cometido o actividad desempeñada (por ejemplo: se excluyen los tiempos por traslados desde la central).
- En caso de absentismo del personal, de cara a evitar la merma del servicio por este concepto el contratista viene obligado primero a comunicar inmediatamente dicha incidencia a los STM y segundo, a efectuar a su riesgo y xxxxxxx las sustituciones pertinentes en el menor plazo posible, y/o si fuera necesario, a la prolongación del horario necesario del resto de medios disponibles, al objeto de que el servicio quede debidamente prestado.
- Todo el personal deberá ser instruido para que su trabajo, sin afectar a la eficacia, cause las menores molestias a los ciudadanos. En caso de falta de aseo, decoro o uniformidad en el vestido, así como en el caso de descortesía o falta de respecto al público, se hará responsable al contratista, sin perjuicio de las responsabilidades personales que pudieran derivarse por su actuación.
- La empresa adjudicataria implantará un sistema de fichaje diario accesible por parte del personal inspector municipal, sistema cuyos datos servirán como base para verificar el cumplimiento del indicador de calidad relativo al personal.
- El personal irá en todo momento provisto de uniforme adecuado a las tareas a realizar, estación y condiciones climatológicas, y provisto de los equipos complementarios de seguridad y salubridad necesarios. El citado uniforme incluirá indicativo del Servicio y Ayuntamiento, debiendo ser aprobado previamente por los STM.
- El contratista podrá disponer y gestionar libremente de los medios humanos adscritos a la concesión de San Xxxxxxx para otros servicios a terceros. Sin embargo, en estos casos, éste estará obligado a comunicar previamente a los STM dicha actividad a los efectos informativos y de comprobación del no menoscabo, ni merma o riesgo para el Servicio en San Xxxxxxx. Sólo en este supuesto se podrían prohibir o limitar dichos
servicios a terceros. En estos casos la uniformidad no podrá ser la misma que se emplea en el Servicio de San Xxxxxxx.
El Ayuntamiento no tendrá ninguna relación jurídica, laboral, ni de cualquier otra índole con el personal del adjudicatario, ni durante la vigencia del contrato, ni al término del mismo, siendo por cuenta del contratista todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que nacieran con ocasión de este contrato.
7.1.3. MEDIOS TÉCNICOS Y MATERIALES
El contratista gestionará libremente a su riesgo y xxxxxxx la disponibilidad de los medios técnicos (vehículos, maquinaria, etc.) pertinentes para el correcto desempeño del servicio, con eficiencia y sostenibilidad, y de acuerdo a este Xxxxxx y las siguientes condiciones generales:
- Todos los medios materiales, tanto directos como indirectos, de su propiedad o de titularidad municipal, empleado por el contratista, deberán encontrarse perfectamente operativos durante el contrato y ser, en su número, suficientes para desempeñar correctamente todos requisitos, funciones y frecuencias establecidos en este Pliego y de acuerdo a la oferta del adjudicatario. Todas las tareas de su mantenimiento (preventivas o curativas) incluido daños por vandalismo recaerán a riesgo y xxxxxxx entre las obligaciones del contratista.
- La maquinaria expresada para cada uno de los servicios será en régimen de alquiler o similar, de una antigüedad no mayor a 8 años (salvo autorización expresa de los STM, prorroga del servicio, o utilización del parque de maquinaria proveniente de antiguas contratas municipales en San Xxxxxxx).
- El adjudicatario presentará en su oferta de prestación del Servicio (en adelante OPS) y en todo caso con anterioridad al inicio de la prestación, una relación detallada de la maquinaria y vehículos que pretenda adscribir al servicio, con indicación de características básicas, matrículas y fechas de matriculación o adquisición. En el plazo de 3 meses toda la maquinaría prevista deberá estar plenamente operativa.
- Las OPS deberá incluir una programación orientativa que contemple la incorporación o adquisición de medios u otros medios materiales durante los 8 años de vigencia de la concesión (por ejemplo por agotamiento de la vida útil de los medios utilizados o por su enajenación). Cualquier cambio o incidencia en el parque de maquinaria se comunicará a los STM previamente o inmediatamente después si no hubiese sido posible con anterioridad.
- Los STM se reservan la potestad, justificadamente, de no aceptar alguno de los medios materiales por presentar un funcionamiento defectuoso o molesto para la ciudadanía o no acorde a normativa.
- Los medios materiales adscritos al servicio se entenderán en condiciones plenamente operativas, no pudiendo justificar demoras, retrasos o interrupciones en la planificación de trabajos y si no son estrictamente necesarias para el cometido o actividad desempeñada (se excluyen por ejemplo traslados desde la central; si se aceptaría en cambio vaciados de tolvas o repostajes de agua en xxxxx).
- Cualquier incidencia que impida el normal funcionamiento de la maquinaria y demás medios materiales, será solventada con carácter inmediato (y en todo caso en un plazo inferior a las 3 horas) debiendo suplirse dicho medio por otro de prestaciones similares o superiores, o excepcionalmente mediante cambio o prolongación de los horarios de prestación, en el resto de medios. Todo ello puesto en conocimiento y aceptado por los STM o inspección del servicio, con la mayor brevedad posible.
- Para ello el contratista acreditará (mediante relación anual de maquinaria con indicación de características básicas, matrículas y fechas de matriculación o adquisición) la disponibilidad de los suficientes medios de reserva para atender labores de mantenimiento preventivo o cualquier incidencia que se pudiere presentar durante el Servicio ordinario.
- El contratista deberá gestionar a su riesgo y xxxxxxx el parque de maquinaria municipal amortizado de las contratas anteriores de RSU y limpieza viaria (y relacionado en anexo), siempre y cuando se haya verificado la disponibilidad de suficientes medios de reserva sean estos los medios municipales y otros cualesquiera.
- Los vehículos y maquinaria adscritos al servicio exhibirán en lugar bien visible el escudo municipal y rótulo indicativo de Ayuntamiento y Servicio. Todos los vehículos deberán tener el mismo color y preferiblemente blanco. La imagen corporativa deberá ser aprobada por los STM.
- El contratista podrá disponer y gestionar libremente para otros usos u otros servicios a terceros de los medios materiales adscritos a la concesión de San Xxxxxxx. Sin embargo estos casos, este estará obligado a comunicar previamente a los STM dichos usos a los efectos informativos y de comprobación de no menoscabo, ni riesgo o merma del Servicio en San Xxxxxxx. Sólo en este caso se podrían prohibir dichos usos. En el caso que los vehículos presten servicios fuera de San Xxxxxxx o circulen fuera del término (con excepción del itinerario del parque y almacén a San Xxxxxxx xxx y vuelta) los vehículos deberán tapar los rótulos indicativos del Servicio de San Xxxxxxx.
- Todos los vehículos deberán mantenerse en adecuado estado de de seguridad, limpieza, decoro y uso durante todo el período de la prestación.
- Todos los vehículos dispondrán de contadores precintables de horas y kilómetros, tanto de funcionamiento general (en marcha o en ruta) como de trabajo valorándose además otros sistemas de seguimiento y localización. Cada uno de los vehículos dedicados al servicio deberá estar dotado de elementos de comunicación.
7.1.4. SUBCONTRATACIONES
La empresa adjudicataria podrá subcontratar alguno o parte de algún servicio descrito en el pliego en tanto en cuanto no contravenga lo dispuesto en la ley de contratos del sector público. En cualquier caso el Ayto. deberá autorizar previamente dichas subcontrataciones y los licitadores especificaran en sus ofertas la intención al respecto y el alcance detallado en su propuesta.
7.1.5. INSTALACIONES Y COMUNICACIONES
El contratista deberá acreditar la tenencia de unas dependencias adecuadas y suficientes donde albergar, entre otros, la oficina de administración, el almacén, aparcamiento de vehículos, vestuarios para el personal, etc. para la prestación del Servicio en San Xxxxxxx del Raspeig o en cualquiera de los municipios colindantes a no más de 15 kms. (*) xxx xxxxx urbano de San Xxxxxxx.
(*) Señalar que los traslados desde la central hasta las zonas y rutas programadas no comportarán como efectivos a los efectos de su control municipal y horas abonables por el servicio.
El concesionario deberá disponer de un sistema de comunicaciones directo y adecuado, para la prestación propia del servicio y su conexión con el servicio de inspección del Ayuntamiento, al que deberá suministrar los medios adecuados para ello p. ej. (teléfono móvil, instalación del software necesario). La comunicación entre Ayuntamiento y el concesionario, vía teléfono, deberá estar garantizada las 24 horas del día, por la que la empresa dispondrá de persona/s localizadas para este fin.
El adjudicatario se compromete a poner los medios necesarios para que en todo momento pueda garantizar comunicación con los STM a través de intranet o WEB no publica, que recoja los aspectos más relevantes de la gestión del Servicio, las incidencias, las peticiones y órdenes de los STM y las respuestas de la contrata, así como permita el intercambio de ficheros de información. Dicha intranet deberá tener distintos perfiles de acceso (administrador, parcial, lectura, escritura, etc.) y capacidad para mantener el histórico de comunicaciones y órdenes según las indicaciones que en cada momento establezcan de los STM.
7.1.6. ATENCIÓN CIUDADANA Y SENSIBILIZACION
El concesionario buscará facilitar la comunicación e información a la ciudadanía de cualquier cuestión relacionada con el Servicio que redunde en un mejor funcionamiento del mismo (ver anexo). Para ello dispondrá de varios canales: teléfono de atención ciudadano, portal web, sms de incidencias y partes, etc.
El concesionario deberá destinar al menos, y por año, 12.000 € del presupuesto anual de la oferta, para aquellas actuaciones de información, sensibilización, concienciación, y educación medioambiental, u otro tipo de iniciativas con fines similares, que el Ayuntamiento le proponga.
El concesionario a su vez, podrá proponer un plan anual de actuaciones destinadas a estos fines referidos (ver anexo). En el caso de exceder dicha cantidad puntualmente se realizará a cuenta de las cantidades consignada de años siguientes, siempre y cuando no se supere el total de la anualidad siguiente.
Dichas cantidades no contemplarán las rotulaciones de equipos, contenedores u otros medios, a cargo del concesionario según PCT.
7.1.7. ASPECTOS DE SOLVENCIA TÉCNICA. ASPECTOS MEDIO AMBIENTALES, SISTEMA DE CALIDAD.
Previamente a la apertura de las ofertas técnicas, el concesionario deberá garantizar su solvencia técnica mediante la acreditación de los siguientes requisitos:
RSU
- Haber desempeñado o estar prestando adecuadamente (*) servicios de recogida, transporte y gestión de RSU en alguna población superior a 100.000 habitantes durante más de 3 años, y en los últimos 5 años.
- Haber prestado servicios de recogida, transporte y gestión de RSU en municipios cuyo tamaño poblacional acumulado/sumado supere los 250.000 habitantes en los últimos 5 años.
LV
- Haber desempeñado o estar prestando adecuadamente (*) servicios de limpieza viaria en alguna población superior a 100.000 habitantes durante más de 3 años, y en los últimos 5 años.
- Haber prestado servicios de limpieza viaria en municipios cuyo tamaño poblacional acumulado/sumado supere los 250.000 habitantes en los últimos 5 años.
(*) Se acreditará mediante informe/certificado oficial de buena ejecución (e indicando toneladas RSU tratadas, habitantes, facturación) expedido por administración contratante.
Del mismo modo el concesionario deberá acreditar la implantación, seguimiento y mejora, de un sistema de gestión medioambiental y de calidad aplicado a la mercantil en su globalidad o para los servicios previstos en este pliego, y en concreto deberá presentar, en el modo que establezca el pliego de cláusulas administrativas la acreditación de los siguientes sellos:
- Disponer de certificado de un sistema de gestión ambiental cuyo alcance incluya los servicios objeto de este contrato, según el sistema comunitarios EMAS, según norma ISO14001:2004 o norma equivalente.
- Disponer de Certificación ISO 9001:2008 o norma equivalente, cuyo alcance incluya los servicios objeto de este contrato.
El licitador podrá proponer en su oferta sistemas de compromiso con la calidad y satisfacción de la ciudadanía en la prestación del Servicio, que impliquen compensaciones económicas en concepto de “no calidad” y de la obtención de mayores garantías del cumplimiento del objeto del contrato. Todo ello sin perjuicio de los procedimientos aprobados de control o instrucciones que el Servicio los STM dicten.
Los licitadores deberán incluir en la OPS aspectos de sostenibilidad concretos para la gestión de servicios de acuerdo a los criterios de sostenibilidad expuestos en anexo.
7.1.8. ABONO y CERTIFICACIÓN DEL SERVICIO
En los cinco siguientes días del mes vencido el contratista estará obligado a aportar un “Informe mensual de Servicio”, desglosado por RSU y LV, que refleje todos los aspectos significativos relacionados con los trabajos realizados como:
- medición de medios humanos y materiales empleados durante el mes
- producción: relación de resultados obtenidos
- aplicación de su sistema de calidad interno (según procedimientos aprobados)
- relación de partes de incidencias resueltas/pendientes
- los volúmenes y tonelajes de resíduos tratados y valorizados (en €, y a efectos informativos)
- relación de servicios privados prestados a terceros (a efectos informativos)
- compensación en concepto de “no calidad” si las hubiera
- mejoras económicas u obligaciones del PCT llevadas a cabo durante el mes (*)
(*) Como por ejemplo suministro de contenedores, trabajos extraordinarios con cargo a la bolsa existente, campañas de sensibilización, etc.
A la vista de esto y del resultado de las inspecciones municipales los STM emitirán dos certificaciones (RSU y LV) que acreditarán el importe de los trabajos ejecutados. Dicha cantidad resultará con carácter global de la aplicación de los Índices de Calidad Global (ICG en adelante) a la doceava parte del importes vigentes en cada momento del contrato y la minoración por la aplicación de los precios unitarios (*) de los servicios que no han sido efectivamente prestados, las deducciones de obligaciones económicas pendientes y las posibles compensaciones económicas en concepto de garantías de calidad según la siguiente fórmula:
CERTIFICACION MENSUAL = Precio RSU + Precio LV
Precio RSU / LV = [ (Canon'i + Mod. i ) / 12 ] x ICGQ i - Ni - (∑O/Me i )/12 + OejMej - Qi
( i = según se trate del un objeto del Servicio RSU o LV)
Precio RSU/LV = El abono de cada uno de los servicio de RSU o LV por mes. (no podrá ser superior al tipo expresado en la OPS)
Donde:
Canon 'i : Canon anual del servicio (RSU/LV), expresado por tipos de cada uno de los servicios afectados de la baja adjudicada.
Mod. i : Importe de las las Modificaciones aprobadas del contrato referentes a RSU/LV
ICGQ i : Coeficiente de calidad aplicable derivado del ICG obtenido en cada objeto del Servicio. N i : Importe de los Trabajos No realizados o a descontar relativos a RSU/LV según PCT/OPS.
∑ O/Me i: Sumatorio de la totalidad de las Obligaciones /Mejoras (**) contempladas en el PCT/OPS.
OejMej : Certificación de los compromisos/Obligaciones o Mejoras (**) ejecutados durante el mes.
Q i : Compensaciones económicas por no calidad en servicio RSU según oferta calidad interna del adjudicatario.
A los efectos de aplicación de los índices de calidad sobre cada uno de los objetos principales del contrato se emitirá certificación desglosada en dos partes: recogida y transporte de RSU y Limpieza Viaria calculados con los mismos pesos relativos que se derivan del estudio económico (en anexo).
(*) Por aplicación de la baja ofertada por el licitador a los costes unitarios que aparecen en el estudio económico xxx xxxxxx (adjunto en anexo). Esto, podrá ser de aplicación para descuentos en la valoración mensual por servicios o tareas no desarrolladas o no desarrolladas correctamente, e independientemente de la aplicación de los coeficientes derivados de los Índices de calidad, de aplicación a la suma total de cada uno de los servicios.
(**)- (∑O/Me i )/12 + XxxXxx: Este binomio hace referencia a que la administracion no paga nada por adelantado. En este sentido todas aquellas bolsas de tipo económico xxx Xxxxxx (PCT) ( y tales como por ejemplo las cantidades destinadas a inversión ecoparque anual, incremento de parque de contenedores, los pesajes, las campañas de sensibilización, bolsas de horas para trabajos extraordinarios anual, etc.) u ofertadas sólo será certificadas cuando dichos trabajos hayan sido ejecutados materialmente. Por lo que con carácter ordinario serán detraidas del precio mensual las que no.
Las facturas presentadas por los licitadores serán presentadas, según petición del ayuntamiento, separadas por servicios en los que sea deducible el IVA.
7.1.9. TRABAJOS EXTRAORDINARIOS
Con carácter excepcional, el Ayuntamiento podrá disponer la prestación de trabajos extraordinarios, directamente vinculados al objeto principal del Servicio, teniendo el carácter de obligatorios para el concesionario, siempre y cuando se trate de ampliación del Servicio de algunos de los objetos o contemplados en el PCT y/o la OPS.
La prestación incluirá no sólo la aportación de mano de obra, con el nivel de especialización que se precise o requiera, sino también la de los medios materiales, utillaje, elementos y suministros necesarios, incluso especialmente los de seguridad y salud.
No será objeto de abono de servicios extraordinarios cuando se utilicen o desplacen medios o recursos adscritos al servicio ordinario, y se exima por tanto al contratista del cumplimiento de las tareas asociados a dichos medios, en la planificación presentada.
Para este fin el contratista deberá aportar como mínimo (se admiten mejoras en licitación) el equivalente a 12.000 € (*) anuales, en concepto de estos trabajos.
En el caso que esta cantidad sea superada (y salvo los casos de causa de fuerza mayor o emergencia) cualquier trabajo extraordinario deberá ser aprobados previamente con la tramitación administrativa y consignación presupuestaria que corresponda en función de su importe.
(*) Cuya valoración ser hará por aplicación de los precios unitarios del PCT o por aplicación de los costes unitarios presentados en la oferta calculados sobre los precios unitarios del estudio económico de la OPS, aplicándoles la baja (ver epígrafe anterior), el beneficio industrial previsto del 6% y el IVA vigente, siendo los gastos generales repercutibles de 0%, por entender que los trabajos extraordinarios no implican la necesidad de mayores medios estructurales o costes fijos.
7.1.10. REVISIONES DE PRECIOS.
El canon anual será revisado una vez al año, excepto los 12 primeros meses, al alza o a la baja. Se actualizará por aplicación directa del 85% de la variación del índice anual deflactor PIB, y tomando como referencia el mes de la adjudicación del contrato, y según la siguiente fórmula:
Precio revisado (Pi+1) = Precio a revisar (Pi) x coeficiente (Kt)
Es decir:
Pi+1= Pi x Kt
Siendo:
Kt = (0,85 dPIBt / dPIBo) + 0,15
donde:
Kt = Coeficiente de revisión
dPIBt = Índice gral. del deflactor PIB, ámbito nacional, correspondiente al año siguiente y mes del período que se revisa. dPIBo = Idem. en el mes de referencia de adjudicación del contrato.
7.1.11. MODIFICACIÓN DEL SERVICIO
No tendrá consideración de modificación de servicio con derecho económico cuando la organización prevista por el concesionario en su oferta resultara insuficiente para conseguir los objetivos o niveles de calidad adecuados, y como consecuencia, hubiera de efectuarse alguna restructuración de los servicios y/o ampliación de medios. El costo de estos deberá ser soportado por el concesionario, tanto al efectuarse dichas modificaciones, como en los años sucesivos durante la vigencia del contrato.
Umbrales de no revisión: Tampoco procederá compensación económica alguna al contratista cuando haya que realizar ajustes o ampliaciones del servicio dentro de los siguientes intervalos o umbrales. Dentro de estos el contratista deberá asumir el mismo nivel de prestación y calidad del Servicio que el requerido en el PCT. El contratista para ello deberá proponer los cambios suficientes de medios para que se igualen (o al menos no empeoren) los requerimientos mínimos de este Pliego y/o de la oferta aprobada. Dichos cambios deberán ser aprobados previamente por los STM.
1. Cuando por la incorporación de nuevas zonas de recogida RSU no impliquen incremento superior al 10 % del número de contenedores (en RSU) o papeleras (en LV) existentes o previas.
2. Incrementos en las rutas de los recorridos en menos de un 15%
3. Cuando la incorporación de nuevas superficies de limpieza viaria no suponga incrementos superiores al 5% (equivalentes al 5% de incremento en la longitud del bordillo o viario que se amplía).
4. Cuando los incrementos del tonelaje de recogida de la fracción general de resíduos urbanos (excluidos resíduos de escombros) no supere el 10% del tonelaje sobre los últimos 12 meses previos al comienzo del contrato.
5. Cuando los incrementos del tonelaje de recogida de la fracción de envases de selectiva no supere el 25% del tonelaje sobre los últimos 12 meses previos al comienzo del contrato.
6. Cuando por nuevas fracciones de recogidas selectivas no supongan incrementos en peso del 1 % sobre el total de recogidas selectivas.
Modificación con reconocimiento de gasto: En el supuesto que dichos umbrales sean superados procederá la modificación del contrato a partir del los niveles señalados arriba.
Caso de que la modificación determinara una disminución del precio del servicio, el concesionario estará obligado a aceptar la baja del precio que resultase. Caso de que las modificaciones supusieran un incremento del coste del Servicio, está no podrá superar el 25% del precio de adjudicación, aislada o conjuntamente; supuesto bajo el cual la ampliación del servicio será objeto de licitación independiente, o de los trámites pertinentes.
El concesionario deberá efectuar las ampliaciones y reducciones del Servicio que se le soliciten, dentro de lo previsto en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Bajo estos supuestos (modificaciones con reconocimiento de gastos) los gastos que repercutan incorporarán gastos generales del 4% (la mitad que los contemplados en el estudio económico) y el mismo beneficio industrial (del 6%).
Criterios de valoración de las modificaciones: regirán en la valoración en primer lugar los precios unitarios referencia del estudio económico con aplicación de las bajas de la oferta adjudicataria (o baja equivalente por deducción económica de mejoras); en segundo lugar regirá la oferta económica aceptada u OPS; y si no fuera posible por procedimiento contradictorio.
7.1.12. INSPECCIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DEL SERVICIO
La vigilancia e inspección se llevará a cabo por los STM de manera continua y mensualmente a través de un sistema de control de calidad de las labores descritas en el presente pliego. Dichas tareas deberán ser complementarias a las que efectúe con carácter autónomo el propio contratista, de acuerdo a su oferta.
Los inspectores y dirección de los STM podrán tener acceso a toda la información vinculada al Servicio y especialmente a los medios humanos y materiales empleados, referidos al cumplimiento de los requerimientos expresados en este Pliego en cualquier momento.
La inspección evaluará la calidad a través de un índice de calidad global (ICG) que se obtendrá de la ponderación parcial de varios parámetros en relación al los medios humanos y materiales efectivamente prestados, la producción (o los resultados y calidad obtenida en el Servicio), y la satisfacción ciudadana (encuestas y prontitud en la resolución de incidencias y partes), tal y como se recoge en los procedimientos descritos en anexo.
El procedimiento de inspección que los STM determinen deberá tender a la valoración más idónea de dicha calidad, sobre todo en lo que respecta a la medición de resultados, buscando que sea lo más cuantitativa y objetiva posible (sin que esto impida la presencia de indicadores
cualitativos). El sistema de inspección deberá ser 1º - ajustado a realidad; 2º- operativo en sus procedimientos de evaluación; 3º – representativo del servicio prestado.
La calificación obtenida servirá para realizar la correspondiente certificación de calidad, cuya obtención será requisito previo para la facturación mensual en cada uno de los objetos principales de este pliego (RSU y Limpieza viaria). Así pues, según el índice obtenido, puede introducir una corrección a la facturación mensual.
Los siguientes coeficientes se aplicarán sobre peso relativo de cada uno de los objetos sobre el total de certificación mensual (ver punto de “Abono y Certificación del Servicio” del PCT):
Índice de calidad global pésimo ( ICG < 35) Se minora el 100%
Índice de calidad global crítico ( 35 < ICG < 45) Se minora un 50%
Índice de calidad global malo (45 < ICG < 55) Se minora un 20 %
Índice de calidad global regular (55 < ICG < 65) Se minora un 10 %
Índice de calidad global normal (65 < ICG < 75) Se minora un 5 %
Índice de calidad global óptimo ( ICG >= 75) Se certifica el 100 %
La aplicación de los índices de calidad es independiente de los descuentos aplicados automáticamente por servicios no desempeñados correctamente y/o la aplicación de sanciones o penalidades si procedieran.
Procedimiento: Los STM buscaran que el procedimiento para la obtención de los ICGs sea de mutuo acuerdo con el contratista. Por lo que todas las modificaciones durante la vigencia del contrato en los procedimientos de evaluación de la calidad deberán ser comunicadas y previamente aceptadas por el contratista (por ejemplo si los STM quisieran introducir modificaciones en los modelos ofertados por los licitadores en sus OPS). No obstante, durante los 3 primeros meses del Servicio se fijará y calibrará el método de inspección al objeto de verificar su idoneidad.
El contratista podrá formular las alegaciones que estime pertinentes en el período de audiencia que se otorgará por plazo mínimo de cinco días hábiles. En caso de disconformidad con las modificaciones propuestas por los STM, a la vista de las mismas y del informe que emita la Dirección del Servicio, se acordará formal y motivadamente por la Junta de Gobierno Local el procedimiento para la obtención de los ICGs. En caso de persistir la desconformidad del contratista, queda a salvo su derecho a interponer los recursos pertinentes.
7.1.13. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS
7.1.13.1. POR RETRASO EN LA INICIACIÓN DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
El contratista deberá haber iniciado la prestación de todos los servicios en un plazo no superior a 15 días siguientes a la formalización del contrato. Complementariamente el contratista dispondrá de un plazo máximo de 3 meses para acreditar la totalidad de medios materiales y humanos comprometidos en su oferta.
Una vez transcurrido el plazo, cada día de retraso supondrá una penalidad de 15.000 €. Transcurrido el primer mes de retraso, el Ayuntamiento podrá optar por resolver el contrato, con pérdida de las garantías y demás consecuencias que procedan, o continuar con las penalidades diarias indicadas. Se entenderá que el contratista ha incurrido en xxxx desde el momento en que venza el plazo indicado anteriormente, sin perjuicio de que se tramite el correspondiente expediente de reclamación de daños y perjuicios, en su caso, la resolución u otro acuerdo.
7.1.13.2. POR DEFICIENTE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
El contratista está obligado al cumplimiento del contrato con estricta sujeción al Pliego, a las mejoras que en su caso contenga en su oferta, y a las órdenes que se le den por el Ayuntamiento, para la mejor prestación del servicio.
Las penalidades por deficiente prestación de los servicios, serán independientes de las deducciones que los STM efectúen mensualmente en las certificaciones por servicios no prestados o efectuados deficientemente.
Los incumplimientos del contrato se penalizarán según las modalidades de las infracciones incurridas, tipificadas en leves, graves, y muy graves.
a) Se consideran infracciones muy graves:
- Paralización o demora en la prestación del Servicios durante más de 24 horas, salvo por causas de fuerza mayor.
- cese en la prestación del servicio sin que concurran las circunstancias legales.
- fraude en la prestación, no utilización de los medios exigidos o mal estado de conservación de los mismos; omisión o falta de veracidad en la información transmitida a los STM.
- fraude en el procedimiento de inspección de calidad, falseo o manipulación en los datos facilitados o modificación de la normal prestación del servicio para la alteración de los mismos.
- desobediencia reiterada, por más de dos veces, de las órdenes escritas de los STM relativas a la forma, régimen y orden de los servicios y reposición de material obsoleto.
- ICG menor a 45 en la valoración de cualquiera de los servicios correspondiente a cada uno de los conceptos básicos del contrato: recogida y transporte de RSU y Limpieza Viaria.
- La deficiencia o falta de uniformidad no subsanada en el plazo de 1 mes, a partir de la comunicación del incumplimiento.
- La merma total o parcial del objeto del contrato cuando se hayan empleado los medios humanos o materiales adscritos al servicio para otros usos o fines ajenos al mismo.
- Reiteración en la incursión de 2 faltas graves.
b) Se consideran infracciones graves:
- ICG comprendido entre 45 y 55 en la valoración de cualquiera de los servicios correspondiente a cada uno de los conceptos básicos del contrato: recogida y transporte de RSU y Limpieza Viaria.
- Incumplimiento de acuerdos o decisiones municipales, sobre variaciones de detalle en los servicios cuya ejecución no implique gastos añadidos al contratista.
- cualquier acción o omisión que dificulte en gran medida la consecución del objeto del contrato.
- La obstrucción activa o pasiva de la actividad de control inspectora del Ayuntamiento.
- Retraso (salvo causa de fuerza mayor) en el comienzo de cualquiera de las tareas planificadas, según horario y rutas previstas en más de 180 minutos (90 minutos para ecoparque).
- Demora en un plazo de más de 12 horas en la resolución de incidencias justificadas/comunicadas o por sustitución de medios humanos o más de 6 horas en la resolución de medios materiales.
- Demoras en más de un 50% de los tiempos máximos establecido en cualquier apartado xxx xxxxxx y en particular para las recogidas especiales, selectivas y avisos ciudadanos o de los STM.
- La deficiencia o falta de uniformidad, en todo o en parte del personal, sino se corrige en el plazo desde una semana a un mes, a partir de la comunicación del incumplimiento.
- La no comunicación y conformidad previa de los STM del empleo de medios materiales o humanos adscritos a la concesión de San Xxxxxxx para otros usos y fines no incompatibles o que pongan en riesgo el Servicio de San Xxxxxxx.
- la mezcla de resíduos selectivos entre ellos o con los de la fracción general de RSU durante la recogida de los mismos.
- La reiteración en la incursión de 3 faltas leves en los últimos 12 meses.
c) Se consideran faltas leves:
- ICG comprendido entre 55 y 65 en la valoración de cualquiera de los servicios correspondiente a cada uno de los conceptos básicos del contrato: recogida y transporte de RSU y Limpieza Viaria.
- las no especificadas y que de alguna forma alteren la prestación del servicio, bien sea desarrollada por el personal, su aspecto, vestuario, o de los medios de trabajo, o de la organización efectiva de la prestación.
- Retraso (salvo causa de fuerza mayor y/o justificación por sustitución de medios humanos o materiales) en el comienzo de cualquiera de las tareas planificadas, según horarios y rutas previstas en más de 90 minutos (45 minutos para ecoparque)
- Demora en un plazo de más de 6 horas en la resolución de incidencias justificadas/comunicadas o por sustitución de medios humanos o más de 3 horas en la resolución de medios materiales (cuando no se adopte prolongación de jornada con medios restantes).
- Demoras en más de un 25 % de los tiempos máximos establecido en cualquier apartado xxx xxxxxx y en particular para las recogidas especiales, selectivas y avisos ciudadanos o de los STM.
- Descortesía del personal del contratista con funcionarios municipales o con usuarios.
- No estar localizado el capataz o responsable de la empresa en el horario del Servicio.
- Demora no justificada en la aportación de informes o documentos en general solicitados por el Ayuntamiento.
.- No reparar un contenedor con deficiencias advertidas.
.- No efectuar la recogida de un contenedor con resíduos, que corresponde ser vaciado. No recoger los resíduos que están fuera y junto a un contenedor inmediatamente después de ser vaciado. No frenar o no cerrar con tapa un contenedor, después de ser vaciado.
- Falta de disponibilidad material de la maquinaria de reserva y acreditada por el contratista. Falta de operatividad de la misma.
- Aquellos incumplimientos, que sin estar comprendidos en los apartados anteriores merezcan tal calificación a juicio del Ayuntamiento.
7.1.13.3. SANCIONES
Las sanciones que el Ayuntamiento podrá imponer al adjudicatario por la comisión de las anteriores infracciones son independientes de la pertinente indemnización, y su cuantía será la establecida en el Pliego de Condiciones Administrativas que rija la contratación, y en su defecto:
a ).- Infracciones muy graves.
- multa de hasta 60.000 €.
- la reiteración de 2 infracciones muy graves, aun no siendo consecutivas, podrá ser sancionada con rescisión del contrato con incautación de la garantía.
b). Infracciones graves.
- multa de hasta 15.000 €.
- la reiteración de cuatro infracciones graves, aun no siendo consecutivas, podrá ser sancionada con rescisión del contrato con incautación de la garantía.
c). Faltas leves.
- multa de hasta 3.000 €.
En todo caso, los importes de las penalidades serán revisables todos los años para adecuarlos a las modificaciones producidas por la revisión, en idéntico porcentaje al que experimente el precio contractual y/o complementariamente el deflactor anual del PIB.
7.2. CARACTERISTICAS DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESÍDUOS SÓLIDOS URBANOS
7.2.1. OBJETO DE LA PRESTACIÓN
Este servicio consiste en la recogida y carga en vehículos especiales y transporte a planta de tratamiento, recuperación, planta de transferencia o vertedero, en función del tipo o la clasificación de la fracción, de todos los resíduos de este término municipal.
Los resíduos son los regulados en el art. 4e de la Ley 10/2000 de 12 de diciembre de Resíduos de la Comunidad Valenciana, y los contemplados por regulación estatal en el art. 7.2.2 de la ley 22/2011 de 28 de julio de resíduos y suelos contaminados o la norma que esté en vigor durante la vigencia del contrato y siendo básicamente los siguientes:
a) Los generados por todos los domicilios particulares, comercios, oficinas, polígonos industriales, y servicios.
b) Todos aquellos que no tengan la clasificación de peligrosos, y que por su naturaleza o composición puedan asimilarse a los producidos en los anteriores lugares y actividades. Tendrán esta consideración entre otros, los siguientes:
- Los resíduos del grupo I y II, generados en las actividades sanitarias y hospitales según lo regulado en D. 240/1994 de 22 de noviembre de la G.V., por el que se aprobó el Reglamento Regulador de Gestión de Resíduos Sanitarios.
- Animales domésticos muertos, así como muebles y enseres.
- Resíduos procedentes de trabajos de jardinería.
- Resíduos menores de escombros
c) También se incluirán aquellos resíduos procedentes de las actividades industriales, asimilables a aquellos del apartado a).
Quedan excluidos del servicio:
- Aquellos no considerados urbanos conforme el art.4 de la Ley 10/2000, como son los resíduos peligrosos e inertes procedentes de derribos, escombros o similares, salvo que éstos últimos estén depositados en algún espacio público y no pueda averiguarse el responsable de ello, en cuyo caso serán retirados por el concesionario siempre que el volumen a retirar sea inferior a 1m3.
- Así también los resíduos industriales propiamente dichos.
La prestación de este servicio incluye el mantenimiento, lavado, desinfección y en su caso reposición de contenedores y las tareas necesarias para la correcta prestación. A modo de listado no exhaustivo se incluyen las tareas de servicios técnicos, administrativos, gestión de almacenes y talleres, control y vigilancia de recursos materiales y humanos, etc.
7.2.2. XXXXX XXXXXXXX PARTICULAR DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESÍDUOS URBANOS.
Los licitadores deberán tener en cuenta, en el momento de elaborar sus proyectos de organización de los servicios de recogida y transporte de resíduos urbanos, toda la normativa que se encuentre vigente y aplicable en materia de protección ambiental y resíduos, y que sin carácter exhaustivo se pasa a relacionar:
.- ley 22/2011 de 28 de julio de resíduos y suelos contaminados.
.- Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen Local .
.- Ley 11/1997 de 24 xx xxxxx de Envases y Resíduos de Envases.
.- R.D. 208/2005 de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus resíduos.
.- Ley 10/2000 de 12 de diciembre de Resíduos de la Comunidad Valenciana.
.- R.D. 1481/2001 de 27 de diciembre por el que se regula la eliminación de resíduos mediante depósito en vertedero.
.- Directiva 2008/98/CEE de 19 de noviembre sobre los resíduos.
7.2.3. AMBITO TERRITORIAL / ZONIFICACIÓN
La población del municipio de San Xxxxxxx del Raspeig es de 54.088 hab. a 1 enero 2010. Es de reseñar la importante población flotante del municipio al tener radicada la sede de la Universidad de Alicante en el término municipal.
Los servicios que recoge el presente contrato se extenderán a todo el término municipal. El término Municipal tiene una extensión de 39,97 km2. No obstante se indican las zonas que deberán tener distinta consideración dentro del conjunto atendiendo al detalle mostrado en el anexo correspondiente y la descripción que sigue:
.- Zona Urbana: admitiéndose como tal, todas las calles de los núcleos de población cuyo perímetro se encuentra delimitado sobre plano (que figura como anexo), y que incluye, además del propio casco urbano, entre las más singulares, zonas periféricas, y zonas industriales (Ptda. Canastell, Ctra. Alicante y adyacentes, Ctra. Alcoraya), Universidad, Bº La Borinquen, Bº Los Tubos, Bº Los Manchegos, Urbanizaciones Sol y Luz, Haygón, Girasoles, Font xx Xxxx, Villamontes, Pozo San Xxxxxxx.
.- Zona Extrarradio: entendiéndose aquella comprendida por núcleos diseminados, y partidas rurales de población susceptible de producir resíduos, y con acceso a través de vías, siendo el ámbito del servicio el correspondiente a los recorridos grafiados en el anexo.
Se establece la siguiente zonificación inicial, abierta a modificación según el proyecto de prestación del servicio de cada licitador siempre y cuando se justifique técnica y económicamente de forma suficiente y se someta a aprobación de los STM quienes tendrán la última palabra al respecto.
La distribución de los contenedores para resíduos respetará la situación reflejada en el estado actual o en el caso de proponer nuevas ubicaciones se respetarán orientativamente los parámetros de distribución territorial y poblacional también reflejados en dicho anexo. Cualquier cambio de ubicación no tendrá costo alguno para el Ayto. de San Xxxxxxx.
7.2.4. FRECUENCIAS Y HORARIOS.
La recogida de los resíduos urbanos sin recogida selectiva y en servicio ordinario, se efectuará con carácter general (*) todos los días del año, sin excepción alguna, en horario nocturno comprendido preferentemente entre las 23,00 y las 6,00 horas, entre 1 octubre y 30 marzo, inclusive; comenzando y acabando una hora más tarde el resto del año (1 Abril al 30 septiembre).
Podrá establecerse horario diurno de mañana, en zonas de extrarradio y de escaso tráfico rodado siempre que se justifique el proyecto técnico que aconseje la modificación de la organización mencionada y sea aprobado por los STM.
(*) Durante la vigencia del contrato se podrá variar la frecuencia de recogida de resíduos justificadamente en el extrarradio o zonas rurales. Esta variación de frecuencia debe excluir la época de veraneo y los días siguientes a los fines de semana y festivos para evitar desbordamientos. Previo a la autorización a esta reducción de frecuencia, se debe verificar que los bajos tonelajes de resíduos recogidos y transportados no se producen desbordamientos, ni tampoco se generan quejas vecinales. Dicha modificación de frecuencias deberá ser previamente aprobada por los STM y, si procede, se aplicara una minoración de costes para este servicio de frecuencia reducida según los precios unitarios y oferta del contratista.
7.2.5. CLASIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS DE RECOGIDAS
7.2.5.1. RECOGIDA ORDINARIA DE RESÍDUOS URBANOS.
El concesionario estará obligado a recoger los resíduos urbanos (incluidos en el pto. 7.2.1) del término municipal de San Xxxxxxx del Raspeig, en la totalidad de las zonas y recorridos (ver anexos) dispuestos para ello en este Pliego.
Actualmente se dispone en el término municipal de Planta de Transferencia para los resíduos urbanos, en X/ Xxxxxxxx xx 00, con el fin de minimizar los costes de transporte a planta de tratamiento asignada para la zona XIV (zona asignada al municipio, por
determinación del PIR), y cuya relación de medios materiales disponibles se adjunta en anexo. El adjudicatario al inicio de la prestación deberá abonar las cantidades pendientes de amortizar (y cuyo cálculo se puede consultar en anexo) para que dicha planta revierta a titularidad municipal.
La recogida se realizará a través de contenedores normalizados, propiedad del Ayuntamiento, y gestionados por el concesionario, en los lugares que el Ayuntamiento le determine, teniendo en cuenta que sus ubicaciones podrán modificarse, así como su cuantía, a lo largo de la ejecución contrato, siendo obligación del contratista la recogida de los mismos sin cargo alguno al Ayuntamiento de San Xxxxxxx del Raspeig siempre y cuando su número no varíe más de un 10%. En anexo se aporta la situación de los contenedores actuales.
El concesionario deberá proceder a la recogida de los resíduos existentes en el interior de los contenedores, así como aquellos que queden esparcidos alrededor de los mismos.
Igualmente en el caso que accidentalmente (intervención de animales, actos de vandalismo, o falta de sensibilización ciudadana) quedaran resíduos a lo largo del recorrido, dejando las calles y caminos a su paso perfectamente libres de los mismos.
En el caso de actividades de servicios u otras, que generen gran volumen de resíduos (hospital, centro de salud, grandes superficies comerciales, hoteles, residencias, universidad etc.) los STM podrán determinar que la recogida de sus contenedores sea en el interior de sus recintos, sin cargo adicional alguno al Ayuntamiento de San Xxxxxxx del Raspeig.
El Ayuntamiento a su discreción podrá ordenar variaciones sobre los recorridos que no supongan una alteración del 15% de la longitud total de éstos, siempre que las condiciones de las vías hagan posible el paso. Dichas variaciones no podrán ser objeto de contraprestación alguna por parte del Ayuntamiento a la contrata. En caso de que por la envergadura de la modificación las variaciones de recorrido fueran por encima del 15% y fuese necesario considerar una ampliación efectiva de los medios servicios, deberán tramitarse la modificación del servicio son los precios que equilibren adecuadamente la nueva situación.
El concesionario tiene libertad en todo momento, para proponer itinerarios y ubicaciones de los contenedores alternativos, a su riesgo y xxxxxxx, y siempre y cuando respeten los parámetros de reparto territorial expresados en anexo. Estas alternativas serán aprobadas por el Ayuntamiento, previamente a su puesta en servicio.
7.2.5.2. RECOGIDAS ESPECIALES.
Se entiende por servicios especiales, todos aquellos cuya prestación no se desarrolle de manera sistemática, o que necesite un servicio ajeno al ordinario, durante unas horas o frecuencias determinadas. El cumplimiento de las siguientes recogidas será obligatorio por parte del concesionario, con las siguientes consideraciones:
a) Recogida xxx Xxxxxxx Municipal. La recogida será diaria, excepto domingos y festivos, de todos los resíduos generados en el mercado municipal, se establecerá, inmediatamente después del cierre de las instalaciones, los cuales se ubicarán en contenedores destinados al efecto, en el interior de dicho edificio, y en recinto propio
con acceso directo al exterior. Estos contenedores deberán encontrarse en perfecto estado de uso y limpieza, para lo que deberán ser lavados todos los días. Una vez implantado el servicio, todas aquellas variaciones o mejoras que deban requerirse para conseguir el servicio en óptimas condiciones, correrán a cargo del concesionario.
b) Universidad. La recogida de la fracción general de la universidad se deberá realizar en un unico punto con la aportación de un contenedor compactador de al menos 20 m³.
c) Recogida de animales muertos en la vía publica. En cuanto sea detectado la presencia de animales muertos en la vía pública, bien por personal de la concesión, bien por el propio ayuntamiento o bien a través de denuncia de los ciudadanos, el concesionario procederá a su retirada inmediata en el plazo más breve posible, sin superar éste las 24 horas. Si se produjese derramamiento de líquidos orgánicos, se procederá a la limpieza y desinfección del lugar.
d) Recogida de enseres, muebles y voluminosos. El servicio será todos los días laborables preferentemente en horario diurno; (o nocturno siempre que los solicite el concesionario y justificadamente sea autorizado). El concesionario deberá implantar un servicio especial provisto de un vehículo adecuado para este tipo de recogida. La planificación de este servicio será tal que estos resíduos no estén más de 24 horas en casco urbano consolidado (San Xxxxxxx centro y días laborables), 48 horas en zonas urbanas periféricas (urbanizaciones) y 72 horas en extrarradio y partidas.
El concesionario deberá habilitar un teléfono de atención ciudadana en el que se tome parte de la naturaleza y volumen del mismo, y se le informe del lugar de depósito (ecoparque; o dirección junto al contenedor más próximo) y fecha y hora preferente de depósito de acuerdo a la planificación y volumen de trabajo de esta recogida especial. La fecha no podrá ser superior a los 3 días siguientes del solicitado, de modo que el tiempo en el que el resíduo permanece en la vía pública sea mínimo.
Será también responsabilidad del adjudicatario, recoger objetos voluminosos depositados en la vía pública sin previo aviso del ciudadano, y en particular, aquellos objetos dejados a pie de contenedores.
Para ello, cada vehículo de recogida, así como los operarios de limpieza, deberánn comunicar al gestor de la contrata, lo más tarde al final del turno, su presencia, para su inmediata inclusión en la planificación de recogida.
e) Recogida de resíduos de poda y jardinería. El concesionario deberá implantar un servicio especial para este tipo de recogida. El servicio se realizará durante 3 días a la semana, y afectará principalmente a la zona de extrarradio, y zonas residenciales de viviendas unifamiliares (urbanizaciones) de la zona urbana.
El concesionario deberá habilitar un teléfono de atención ciudadana en el que se tome parte del volumen del mismo, y se le informe del lugar de depósito (dirección junto al contenedor más próximo) y fecha y hora preferente de depósito de acuerdo a la
planificación y volumen de trabajo de esta recogida especial. La fecha no podrá ser superior a los 4 días siguientes del solicitado, de modo que el tiempo en el que el resíduo permanece en la vía pública sea mínimo.
Será también responsabilidad del adjudicatario, recoger restos de podas depositados en la vía pública sin previo aviso del ciudadano, y en particular, aquellos dejados a pie de contenedores.
Para ello, cada vehículo de recogida, así como los operarios de limpieza, deberán comunicar al gestor de la contrata, lo más tarde al final del turno, su presencia, para su inmediata inclusión en la planificación de la recogida.
f) Recogida de resíduos en barracas y kábilas durante las fiestas de Hogueras y Moros y Cristianos. De manera ordinaria el contratista deberá recoger los resíduos que se produzcan al menos dos veces al día y en con la ruta que puntualmente los STM del Ayuntamiento determinen para que la recogida de estos resíduos sea la idónea y en las mejores condiciones.
g) Recogida de resíduos en actividades temporales o provisionales e itinerantes (circos, ferias, fiestas de urbanizaciones y similares). El contratista deberá disponer de los contenedores necesarios junto al emplazamiento de dichas actividades y recoger los resíduos que se produzcan al menos una vez al día, y durante la duración temporal de la actividad, en el modo que los STM determinen para que la recogida de estos resíduos sea en las mejores condiciones.
7.2.5.3. RECOGIDAS SELECTIVAS.
Las recogidas selectivas de los resíduos tienen por objeto minimizar el resíduo con destino a planta, y su aprovechamiento (reutilización, reciclado, y valorización). Dada la posible gestión de dichos resíduos y valorización el contratista realizará dichas recogidas con los condicionantes expresados abajo sin contraprestación económica alguna por parte del Ayuntamiento.
Los aumentos de tonelajes, o aumentos de puntos de recogida en las recogidas selectivas no podrán ser objeto de revisión o modificación del contrato habida cuenta de la progresiva valorización de estos resíduos (excepto la fracción de envases, léase más abajo), por lo que el balance de costos/ingresos por estas tareas se encontrarán incluidos dentro del precio ofertado por el adjudicatario.
Como regla general, las recogidas selectivas se realizarán con la frecuencia necesaria, de forma que no se desborden los elementos de contención que se coloquen. En ningún caso se permitirá al gestor la mezcla de los resíduos ordinarios con el resto de fracciones de selectiva, o entre sí.
De acuerdo con el PIR de la Comunidad Valenciana, se irá acomodando, tanto los distintos tipos de recogida contenerizada, como el posterior tratamiento del resíduo, a las exigencias y objetivos legales que se impongan, en los plazos previstos.
El concesionario deberá habilitar un sistema de comunicación ciudadana (teléfono, sms, correo electrónico) e informar a través de rótulo sobre los contenedores (con código particular) de modo que el ciudadano pueda informar con precisión de la inminente necesidad de recogida, sin perjuicio de los controles que el contratista realice con sus propios medios (inspectores, vigilantes, personal del equipo de recogida RSU) para evitar que los contenedores queden en ningún caso llenos. En el caso indeseado de que se produzcan desbordamientos el contratista deberá garantizar su recogida en el plazo de 36 horas en el casco urbano y 72 horas en el caso de las urbanizaciones y extrarradio, y salvo excepciones indicadas en cada uno de los apartados.
La gestión indirecta (subcontratación del servicio) no exime del deber del contratista de sus obligaciones como concesionario, debiendo remediar con sus propios medios cualquier incidencia que se presentase.
El contratista estará obligado a acreditar mensualmente las cantidades de resíduos selectivos recogidos y prestar toda la información de sus ingresos por valorización (a titulo informativo para los STM); valorizaciones que el Ayuntamiento cede al contratista al formar parte de su retribución junto con el precio del contrato.
El concesionario estará obligado a aportar durante la duración del contrato 6.000 € anuales (o cantidad mejorada en OPS) en concepto de incremento del parque de contenedores de selectivas actual, según los precios unitarios referidos en anexo. En el caso de exceder dicha cantidad puntualmente se realizará a cuenta del resto de contenedores o cantidades consignada de años siguientes, siempre y cuando no se supere el total de la anualidad siguiente.
a) Recogida de papel-cartón
Este Ayuntamiento tiene implantada una recogida selectiva de papel-cartón en el municipio, y así, se encuentra adherido al Convenio Marco suscrito por la Generalitat Valenciana y Ecoembalajes España S.A. (Resolución 10-7-2000, DOGV 13-7-2000) incorporándose al sistema de gestión referente a dicho tipo de resíduo. El sistema de recogida se efectúa a través de contenedores azules de capacidad para 3 m³, ubicados generalmente en la vía pública. Actualmente esta recogida selectiva no conlleva coste alguno para el Ayuntamiento.
El concesionario estará obligado a la gestión (recogida con la periodicidad adecuada, transporte y destino según obligaciones legales) directa o indirecta, sin coste alguno para el Ayuntamiento, del papel-cartón depositado en los contenedores específicos implantados y en aquellos que se implanten en un futuro, en los colegios, y dependencias municipales, de modo que se eviten el desbordamiento del contenedor por estar lleno. El recuperador del resíduo deberá estar adherido al Convenio Marco referido.
Del mismo modo el concesionario deberá efectuar el servicio de recogida de papel-cartón a los comercios, (recogida puerta a puerta) 5 días a la semana (salvo festivos y sábados), actualmente implantada e incorporada en el convenio con Ecoembalajes S.A, en la zona urbana de mayor implantación comercial (ver anexo).
Indicar que ni la recogida del papel cartón de la Universidad, ni del Parque comercial San Xxxxxxx son objeto de este contrato.
b) Recogida xx xxxxxx.
La recogida selectiva xx xxxxxx, se viene realizando en la actualidad, depositándose el mismo en contenedores tipo iglú generalmente de 3 m3. En este caso, el concesionario deberá asumir dicha recogida directa o indirectamente, tanto en los puntos existentes como aquellos a implantar en el futuro y concederle a dicho resíduo el destino adecuado, todo ello, sin que el Ayuntamiento deba abonar cantidad alguna en concepto de contraprestación, subvención, indemnización o similares.
c) Recogida de envases.
Este Ayuntamiento tiene implantada una recogida selectiva de envases en el municipio, y así, se encuentra adherido al Convenio Xxxxx suscrito por la G.V. y Ecoembalajes España S.A., incorporándose al sistema integrado de gestión, referente a dicho tipo de resíduo. El sistema de recogida se efectúa a través de contenedores amarillos de capacidad para 3 m³, ubicados generalmente en la vía pública.
El concesionario estará obligado a la gestión (recogida con la periodicidad adecuada, transporte y destino según obligaciones legales) directa o indirecta, de los resíduos de envases depositados en los contenedores específicos actualmente ubicados y en aquellos que se implanten progresivamente en el futuro, así como a evitar los desbordamientos posibles en los contenedores dispuestos al efecto.
Excepcionalmente (y dada la escasa revalorización de este resíduo) se establece un umbral de no modificación del 25% de incremento de tonelaje sobre los valores de referencia de los últimos 12 meses. Sólo se revisarán los medios adicionales necesarios para poder atender estos incrementos a partir de este umbral.
d) Recogida de pilas.
El concesionario estará obligado a la recogida de pilas en los lugares que el Ayuntamiento establezca (80 puntos en total: comercios, colegios y edificios de organismos públicos, etc.), y con la frecuencia necesaria para el buen funcionamiento del servicio. Estos resíduos deberán ser entregados por el concesionario, a gestor autorizado.
Al comienzo de la concesión, deberá completar a su cargo con 40 contenedores específicos, para el buen funcionamiento del servicio, que pasarán a titularidad municipal al final de la concesión.
El concesionario colocará un distintivo conforme a las directrices municipales, en aquellos establecimientos o edificios dotados de contenedores específicos, que permitan identificarse y localizarse como lugares de depósito, a fin de que el ciudadano tenga conocimiento de ello. El concesionario facilitará un número de teléfono en rótulo sobre contenedor para proceder al aviso de la necesidad de su vaciado, que deberá efectuarse en un plazo de 48 h.
El concesionario deberá disponer de los elementos y medios para el almacenaje necesario y adecuado al tipo de resíduo de que se trate, hasta la entrega a la empresa que realice la gestión del mismo.
e) Recogida de ropa usada.
Actualmente se dispone de un servicio de recogida de ropa usada, mediante contenedores específicos ubicados en la vía pública, y en lugares estratégicos, generalmente junto a otros contenedores de otro tipo de recogida selectiva ( papel cartón, vidrio, o envases ).
El concesionario estará obligado a la gestión (recogida con la periodicidad adecuada, transporte y destino según obligaciones legales) directa o indirecta, de estos resíduos depositados en los contenedores específicos actualmente ubicados y en aquellos que se implanten progresivamente así como a evitar los desbordamientos posibles en los contenedores dispuestos al efecto.
f) Recogida de aceites usados domésticos.
Actualmente se dispone de un servicio de recogida de aceites usados domésticos, mediante contenedores específicos ubicados en la vía pública, y en lugares estratégicos, generalmente junto a otros contenedores de otro tipo de recogida selectiva ( papel cartón, vidrio, envases, ropa usada ).
El concesionario estará obligado a la gestión (recogida con la periodicidad adecuada, transporte y destino según obligaciones legales) directa o indirecta, de estos resíduos depositados en los contenedores específicos actualmente ubicados y en aquellos que se implanten progresivamente, así como a evitar los desbordamientos posibles en los contenedores dispuestos al efecto.
g) Recogida fracción orgánica o bio resíduos
De acuerdo a la normativa vigente la oferta del Servicio deberá incluir oferta completa con plazos de desarrollo e implantación (sensibilización, aporte de contenedores, recogida y trasporte a planta de tratamiento) para la recogida de esta fracción en aquellos puntos que contemple la normativa.
El alcance de la ejecución de este servicio podrá constituir una mejora. En tal caso se indicará las condiciones de ejecución y presupuestarias, procurando que se realice sin cargo para el ayuntamiento en la fracción de recogida para los grandes productores (centros comerciales, colegios, hospitales, residencias, etc.), con periodicidad diaria.
7.2.5.4. OTRAS/nuevas RECOGIDAS SELECTIVAS
Si durante la duración del contrato se introdujeran nuevas recogidas selectivas por iniciativa del Ayuntamiento o por obligación normativa, el concesionario estará obligado a aportar los medios necesarios materiales y humanos para la prestación de dichos servicios. En términos generales la implantación progresiva de dichas recogidas se realizará sin contraprestación económica alguna. Sólo dichas recogidas podrán ser objeto de modificación del Servicio cuando supongan incrementos en peso del 1 % sobre el total de recogidas selectivas y siempre y cuando la nueva recogida selectiva implicase la aportación de medios distintos que los que se encuentran adscritos al servicio (esto incluye la recogida
de la fracción orgánica en caso de producirse esa mejora en la oferta). El umbral de revisión se determinará a partir del 1% de incremento.
7.2.6. ECOPARQUE
Actualmente, y desde el año 2007, se encuentra en funcionamiento, en parcela exclusiva, unas instalaciones destinadas al almacenamiento selectivo y temporal de resíduos, Ecoparque, para uso de los ciudadanos, ubicado en la X/ Xxxxxxxx xx 00, el cual se pondrá a disposición del concesionario, para su gestión, debiéndose hacerse cargo de, aquellos resíduos que tengan entrada en dichas instalaciones, dándoles el destino adecuado.
Como objetivos que se derivan de la puesta en funcionamiento del Ecoparque, se consideran prioritarios.
- Potenciar la recogida selectiva, con el fin último de una mayor protección del medio ambiente, a través de una mejor gestión de los resíduos.
- Posibilitar la gestión separada de los RSU o asimilables a urbanos, de manera que el usuario tenga una alternativa válida para la gestión de los resíduos voluminosos (escombros, muebles, eletrodomésticos ), o problemáticos (pilas, fluorescentes, etc ).
- Contribuir a la desaparición de vertederos incontrolados.
- Permitir la gestión correcta de los materiales recogidos, dando prioridad a su valoración mediante gestores autorizados.
- Desarrollar una tarea educadora y formativa, concienciando a los usuarios de la importancia de utilizar vías de valorización y gestión correcta de los resíduos.
- Facilitar a la población de San Xxxxxxx del Raspeig la evacuación de resíduos que por su volumen y características son de difícil y molesta eliminación.
El concesionario se hará cargo del mantenimiento de las instalaciones, debiendo mantener perfectamente operativo dicha instalación, a través de planes de mantenimiento preventivo y curativo, y disponer de aquellos medios humanos necesarios para el buen funcionamiento y gestión de las instalaciones. Estas operaciones de mantenimiento, incluirán, las propias instalaciones y la maquinaria con sus equipos, contenedores, los accesos y la zona interior de rodadura de los vehículos, así como las edificaciones existentes, los espacios ajardinados y resto de espacios urbanizados.
Las instalaciones han de estar en perfecto estado de mantenimiento con la finalidad de minimizar la generación de olores y ruidos que puedan suponer molestias a los usuarios y colindantes.
Se dotará al ecoparque del personal necesario para atender al ciudadano durante el horario de apertura (Lunes a Viernes de 8h. a 20,30h. y Sábados de 8h a 14,30 h.)y realizar aquellas operaciones que le son encomendadas.
Sus funciones serán:
.- Apertura y cierre de la instalación.
.- Establecer el control de los resíduos que lleguen, indicando el lugar donde se han de depositar y ayudar si fuera necesario.
.- Elaboración y cumplimiento de las hojas de control de entrada de los resíduos.
.- Vigilancia, limpieza y conservación de las instalaciones y equipos.
.- Facilitar la información necesaria a los usuarios del servicio (podrán ser de otros municipios).
.- Rechazar razonadamente aquellos resíduos que no puedan ser admitidos por razón de sus características u otras por motivos legales.
.- Acondicionar los resíduos y colaborar en su gestión posterior.
- Cooperar en la retirada de los mismos.
Actualmente el ECOPARQUE dispone del siguiente equipamiento: Caseta de control en la entrada, recinto cubierto para los resíduos que precisan almacenarse en esas condiciones, por sus especiales características, y los diferentes tipos de contenedores para depositar los resíduos, como son:
- Plástico: caja de 15 m3.
- Cartón: caja de 19 m3.
- Enseres: 2 cajas de 30 m3.
- Madera: 2 cajas de 30 m3.
- Poda: caja de 15 m3.
- Escombros: 3 cajas de 5 m3
- Vidrio: caja de 2,5 m3.
- RAEE: caja de 15 m3 y las distintas jaulas aptas y separadas por tipología de resíduo.
- Aceites Vegetales: contenedor 250l.
- Aceite de motor: contenedor 1 m3.
- Peligrosos: contenedores individuales para aerosoles, radiografías, pilas y baterías.
- Otros: contenedores individuales tetrabricks ( 800 l ), medicamentos y ropa.
El concesionario dispondrá para el Ayuntamiento una cantidad de 4.000 € euros anuales para llevar a cabo las pequeñas modificaciones por mejora o ampliaciones de los medios materiales del ecoparque. En el caso de exceder dicha cantidad puntualmente se realizará a cuenta de las cantidades consignada de años siguientes, siempre y cuando no se supere el total de la anualidad siguiente.
Los incrementos de volumenes de recogidas selectivas en el ecoparque no implicarán en ningun caso modificación del servicio.
7.2.7. NORMAS ADICIONALES RELATIVAS A LAS RECOGIDAS
.- Respeto a las normas de seguridad vial, señalización de equipos y operarios, de seguridad e higiene, contaminación ambiental aplicables a vehículos y personas (emisiones a la atmósfera y ruido ).
.- Cuidado en el trato con ciudadanos implicados directamente o indirectamente en las operaciones.
.- Comunicación y registro por parte de cada equipo, de las anomalías observadas en la ruta, para su comunicación al final del turno, o a su empresa, especialmente si se refieren a:
- Desbordamientos.
- Deficiencias de contenedores (estado funcional, señalización, ubicaciones, limpieza, etc. ).
- Presencia de voluminosos u otro tipo de resíduos previstos en el pliego (selectivas, podas, etc).
- Cualquier incidencia que deba resolverse para la mejora del servicio o realizarse en las condiciones impuestas en este pliego.
.- El concesionario deberá transportar todos los resíduos urbanos a la planta de tratamiento, planta de transferencia o vertedero inmediatamente en su caso, sin que puedan ser depositados en ningún otro lugar ni quedarse en los vehículos de recogida al final de la jornada.
.- Los objetos de valor que el concesionario o sus empleados pudiesen encontrar entre los resíduos, deberán ser depositados de inmediato en las oficinas municipales.
.- El concesionario deberá proporcionar con la frecuencia mensual, al Ayuntamiento copia de todos los tickets de control de pesaje de los resíduos depositados en la planta de tratamiento (a incluir en el informe mensual), u otros lugares donde se depositen, así como toda aquella información documental que los servicios técnicos municipales requieran, y con la frecuencia que se determinen, para el control del servicio. Aleatoriamente los STM realizarán pesajes de contraste, para el seguimiento de la explotación de la concesión. Dichos pesajes se encargarán a entidades independientes. El coste de dichos pesajes serán abonado directamente por el Ayuntamiento de San Xxxxxxx del Raspeig al entidades independientes de control y descontado posteriormente de las certificaciones mensuales que se expidan, por un importe máximo de
2.000 €/año. En el caso de no agotar dicho importe, se podrá descontar en cualquiera de las certificaciones ordinarias de las siguientes anualidades.
7.2.8. MANTENIMIENTO, LIMPIEZA y REPOSICIÓN DE LOS CONTENEDORES
7.2.8.1. CUESTIONES GENERALES
Todos los contenedores cuya titularidad sea municipal revertirán al final de la concesión. Todos deberán encontrarse en perfecto estado de operatividad y ornato. Todos llevarán identificación mediante rótulos sobre normas de uso e incluirán teléfonos de atención al cliente para partes de incidencias y códigos de identificación.
En el caso que la oferta del licitador planteara recogidas con otros tipo de sistemas de su titularidad (carga lateral p. ej.) los contenedores municipales (de carga trasera) deberán ser almacenados bajo su tutela y responsabilidad del mismo, que se devolverán en las mismas condiciones de operatividad, limpieza y situación en la vía pública al final del contrato.
7.2.8.2. LIMPIEZA y LAVADO
La limpieza (lavado y desinfección) de todos los contenedores de resíduos urbanos ubicados en el término municipal se realizará mecanizada, y con vehículo lava contenedores (salvo aquellos que por su configuración y diseño no sea posible como por ejemplo los de selectiva).
La periodicidad de los contenedores de recogida ordinaria o fracción general será mensual durante todo el año, excepto los meses de julio, agosto, y septiembre que será quincenal. Excepcionalmente se establece una frecuencia de limpieza diaria y mecanizada para los contenedores xxx xxxxxxx (preferentemente en central).
Para aquellos contenedores propios para el depósito de recogidas selectivas (papel-cartón, vidrio, envases, etc.), el contratista deberá mantener los contenedores en buen estado de limpieza e higiene, para lo que deberá aportar en OPS, programación de mantenimiento al efecto.
Cuando por vandalismo se afecte a la apariencia u ornato del contenedor el contratista vendrá obligado a sustituirlo y/o limpiarlo en el plazo máximo de 24 horas desde su comunicación.
El concesionario tiene como obligación dentro de sus tareas el mantenimiento y limpieza de los contenedores de resíduos urbanos (incluidos los propios de las recogidas selectivas) ya emplazados en el término municipal, y procedentes de la anterior contrata, así como los nuevos que se vayan emplazando progresivamente desde el inicio del servicio, debiendo mantenerlos en óptimas condiciones de uso, limpieza e higiene.
Al igual que tras su vaciado, los contenedores deben dejarse con la tapa cerrada y frenados tras su limpieza.
7.2.8.3. CONSERVACIÓN, SUSTITUCIÓN, STOCK y REVERSION
Las labores de mantenimiento, conservación y reparación de todos los contenedores se realizarán de forma continúa, debiendo el concesionario de disponer de personal y medios para la sustitución o reparación de los elementos dañados en los contenedores, sin cargo adicional alguno.
En el caso que bajo cualquier circunstancia (accidente, vandalismo, robo, etc.) afectara a cualquier contenedor municipal el contratista deberá sustituirlos y/o repararlo a su cargo, en el plazo de 48 horas desde el momento en el que se tenga conocimiento del incidente, sin perjuicio de las demandas o indemnizaciones que pueda interponer ante terceros para resarcirse del coste de reposición, una vez identificados los causantes, en su caso.
En el caso de que el contenedor hubiera llegado al final de su vida útil, el contratista deberá reponerlo por otro o nuevo o uno perfectamente operativo según las instrucciones recibidas por los STM.
Para ello el contratista deberá acreditar la disponibilidad anual permanente del 1% del inventario municipal de contenedores en sus dependencias para atender cualquier problema que pueda surgir.
Los STM podrán modificar con carácter excepcional las condiciones de mantenimiento de algún contenedor en partidas rurales o extrarradio.
Al final de la concesión el parque municipal de contenedores deberá revertir en perfectas condiciones de operatividad y con una esperanza de vida útil estimada de al menos unos 4 años.
El licitador deberá mantener en buen estado de uso y funcionamiento, aquellas instalaciones fijas, que alberguen contenedores soterrados, tanto los existentes, como los que se instalen durante la ejecución del contrato. En su oferta deberá proponer con todo detalle, un plan de mantenimiento anual de dichas instalaciones, debiendo reflejarse de forma visible las partidas económicas imputables directamente a dicho servicio, en el correspondiente estudio económico.
7.2.8.4. SUMINISTRO INICIAL y APORTACIÓN DURANTE EL CONTRATO
Con objeto de reponer los contenedores rotos o con un valor residual o vida útil cuasi nulo, el adjudicatario al inicio del contrato deberá suministrar 50 contenedores estandarizados de
1.100 lts, de carga trasera.
Adicionalmente el concesionario estará obligado a aportar durante la duración del contrato
3.000 € anuales (o cantidad mejorada en OPS) en concepto de incremento del parque de contenedores de fracción general actual, según los precios unitarios referidos en anexo. En el caso de exceder dicha cantidad puntualmente se realizará a cuenta del resto de contenedores o cantidades consignada de años siguientes, siempre y cuando no se supere el total de la anualidad siguiente.
7.2.9. MEDIOS REQUERIDOS PARA EL SERVICIO.
7.2.9.1. MEDIOS HUMANOS.
El concesionario deberá disponer de los medios humanos suficientes para la ejecución del servicio en óptimas condiciones y los requisitos requeridos con carácter general en el punto 7.1.2., que incluya un capataz específico para este objeto del contrato.
7.2.9.2. MEDIOS MATERIALES.
El concesionario deberá disponer de los medios técnicos o materiales suficientes para la ejecución del servicio en óptimas condiciones y con los requisitos requeridos con carácter general en el punto 7.1.3.
El Ayuntamiento pondrá a disposición de la nueva contrata todas las instalaciones (Ecoparque y Planta de Transferencia), vehículos y maquinaria de la anterior contrata, expresados en anexo.
Con carácter orientativo, no exhaustivo el concesionario deberá disponer del siguiente parque de maquinaria para la correcta prestación del Servicio:
- Vehículos Recolectores-compactador, en numero suficiente para cubrir la recogida de todos los RSU previstos en este pliego con prensa de alta compactación, normas antiemisiones contaminantes, Euro 4. Deberán incorporarse aquellos sistemas de seguridad obligatorios por normativa de la CEE. El contratista velará especialmente por la normativa de seguridad y salud de estos vehículos y por la desinfección de la caja de compresión.
- Vehículos recolectores de selectiva con gancho en numero suficiente para cubrir la recogida de todos los contenedores expuestos en anexo
- Vehículos con caja abierta en número suficiente para enseres u otros resíduos
- Lava contenedores en número suficiente para cubrir los objetivos marcados en el pliego.
- Vehículos para el personal encargado y supervisor.
- Medios informáticos y de comunicación necesarios para la gestión integral de la información y su compatibilidad para compartirla con el Ayto. conectándose, a su xxxxx, con los equipos municipales.
En general, los licitadores propondrán la adscripción al servicio de cuantos medios materiales sean precisos para cumplir sin excepción los objetivos de este pliego pudiendo la dirección municipal solicitar cualquier documentación pertinente al respecto (seguros, revisiones ITV, contratos alquiler y/o mantenimiento, pólizas, características, etc.)
El adjudicatario deberá suscribir los contratos oportunos para todos los suministros (luz, agua, gas, teléfono, etc.) y satisfacer todos los gastos generados en las instalaciones dedicadas al servicio. De igual modo estará obligado a iniciar los expedientes, satisfacer los gastos asociados y en general cumplir cuanta normativa sea de obligado cumplimiento (autorizaciones, licencias, actividad, vados, etc.).
7.3. CARACTERISTICAS DEL SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA (LV)
7.3.1. OBJETO DE LA PRESTACIÓN
1.- Es la limpieza de la totalidad de las zonas de uso público del término municipal: calles, plazas, paseos, etc. ya sean municipales o de otras administraciones públicas, incluyendo sus calzadas, aceras, separadores o medianas (parte no ajardinada), cunetas o similares, espacio existente en el entorno y bajo los contenedores de resíduos, imbornales, alcorques, pequeños parterres, “pipicanes” y análogos; así como fachadas de edificios de uso municipal y elementos de mobiliario urbano convencionales: bancos, papeleras, jardineras, columnas de alumbrado, pilonas, parques infantiles, etc., no objeto de otros servicios.
2.- La prestación incluye también la retirada y transporte inmediato a vertedero o zona de eliminación, en adecuadas condiciones de salubridad, higiene y seguridad, de los materiales, restos, objetos y sustancias producto de las operaciones de limpieza, incluso la tasa de vertido que correspondiese; excepto aquellos elementos de valor que deberán ser depositados de inmediato en las oficinas municipales.
3.- Forma también parte de la prestación su autocontrol, las actividades y operaciones de estacionamiento y mantenimiento de la maquinaria y demás materiales y todas las restantes actuaciones necesarias para la correcta imagen del municipio, prestación del servicio y su correspondiente inspección por parte del Ayuntamiento
4.- También serán objeto del servicio las nuevas vías públicas que se pongan o eliminen del ámbito del servicio tras orden de los STM.
5.- Serán a cargo del Ayuntamiento todos los consumos de aguas necesarios para la operación de los vehículos, en especial para los baldeos.
7.3.2. TAREAS A REALIZAR
Serán las integradas por:
7.3.2.1. TAREAS ORDINARIAS O TÍPICAS:
.- Barrido mecánico: consiste en la limpieza con máquina barredora-aspiradora de las zonas pavimentadas en aceras y zonas peatonales cuyas características lo permitan y calzadas en la franja próxima al bordillo; con el apoyo en lugares puntuales de la manga de aspiración.
.- Barrido manual: barrido mediante operario a pié ayudado de escoba o escobón, recogedor y carro, en zonas no accesibles al barrido mecánico, y como refuerzo a éste.
.- Barrido combinado: barrido en equipo en el que uno o dos operarios a pié con sopladoras y/o escobones, complementan el barrido mecánico tratando las zonas no accesibles a la máquina y acumulando los resíduos del barrido en la zona a cubrir seguidamente por dicha máquina barredora.
.- Baldeo mecánico de aceras y zonas peatonales: mediante baldeadora o barredora equipada con barra de baldeo, consistente en el lavado a presión tras la operación de barrido con el fin de eliminar la suciedad adherida.
.- Baldeo mecánico de calzadas: con camión cisterna equipado con barra de baldeo a presión para la eliminación de partículas finas y suciedad adherida.
.- Baldeo mecánico xx xxxxxxx y vías no pavimentadas: con camión cisterna equipado con barra de baldeo a presión, con el fin de fijar el polvo y partículas finas.
.- Baldeo manual con manguera de alta presión: desde bocas xx xxxxx o mediante la utilización de vehículo cisterna específico, para actuación en zonas puntuales que requieran dicho tratamiento, entorno de contenedores de resíduos, limpieza de mobiliario urbano, papeleras, puntos determinados con problemática específica, etc.
.- Vaciado de papeleras: vaciado de las papeleras existentes en las vías públicas del municipio, mediante medios específicos o a cargo del personal encargado del barrido manual o mecánico. Para facilitar dicha tarea en los 3 primeros meses de prestación, el adjudicatario confeccionará un inventario detallado con apoyo gráfico de las mismas.
.- Limpiezas intensivas: en vías públicas y/o zonas que por sus características o uso así lo requieran (entorno xxx xxxxxxx, mercadillo, zonas peatonales, etc.). Para la limpieza xxx xxxxxxxxxx, los sábados, 2 equipos en el turno de tarde iniciarán la jornada con la limpieza del entorno xxx xxxxxxxxxx de la zona centro, para a continuación ir a la zona asignada.
.- Limpiezas especiales: limpieza de las zonas utilizadas para la celebración de actos multitudinarios que implican altos niveles de suciedad y resíduos, fiestas patronales, hogueras, cabalgata xx xxxxx, etc.). Se efectuarán por personal o en horario completamente independiente (*) al correspondiente al servicio ordinario, utilizándose siempre que sea posible la maquinaria vehículos y herramental adscritos a la contrata, a saber:
(*)En la valoración económica del PCT se han consignado 1.000 horas anuales para desempeñar las limpiezas especiales, siendo este valor una estimación no vinculante, sino fruto de la experiencia en años anteriores. El nivel de limpieza será aquel que permita la retirada de todos los resíduos generados durante estos actos.
.- Xxxxx Xxxxx: 2 peones manuales en actos de días previos del Cartero Real y tras la cabalgata oficial mediante 2 equipos formados por barredora con su correspondiente conductor y 2 peones de apoyo cada uno.
.- Fiestas patronales y xx Xxxxx y Cristianos:
- sábado, servicio ordinario completado en horario de tarde-noche con 2 equipos compuestos por conductor con barredora y 2 peones cada uno y 2 xxxxx con conductor y peón de apoyo cada una,
- domingo, lunes y martes estarán de servicio 5 equipos compuestos por conductor con barredora, y 4 peones cada uno (total 25 operarios) a jornada completa y las 2 xxxxx dotadas de conductor y peón de apoyo y los 2 furgones de baldeo con sus correspondientes conductores; todo ello en horario a coordinar con la STM,
- durante los desfiles se añadirán 2 peones con carros manuales para la limpieza inmediata de los resíduos generados por los propios desfiles,
- durante todas las fiestas se montará un retén permanente localizable vía móvil para atender cuantas incidencias pudieran producirse.
.- Hogueras:
- viernes y sábado, 2 equipos compuestos por conductor con barredora, y 4 peones cada uno por la mañana y 1 equipo por la tarde
- domingo, 3 equipos completos por la mañana, 2 por la tarde
- equipo especial para la retirada de resíduos tras la “Cremá” mediante pala mixta y camión para el vertido de restos e intervención posterior de 2 equipos completos y 2 furgones de baldeo para limpieza posterior de los entornos de las hogueras, todo ello en turno de noche.
.- Limpiezas específicas:
a) Limpieza de zonas reservadas para animales de compañía (Pipicanes)
Las zonas reservadas para animales de compañía son espacios acotados y señalizados, para el recreo, la socialización y la realización de sus necesidades fisiológicas en condiciones correctas de higiene.
El adjudicatario realizará labores de limpieza en las zonas existentes en el anexo correspondiente así como en aquellas que se vayan incorporando al uso público hasta un máximo de dos zonas nuevas por año (2 zonas/año equivalentes a una superficie aprox. de 500 m²) sin que suponga un aumento del coste del contrato por este motivo.
Las labores de limpieza imprescindibles a realizar en estos espacios respetaran los siguientes trabajos y frecuencias:
- Diariamente.-Limpieza de excrementos y de cualquier otro tipo de resíduos de la zona señalizada y acotada
- Diariamente.- Vaciado de las papeleras que contengan excrementos
- Mensualmente.- Lavado de las papeleras que admitan excrementos
- Mensualmente.- Riego o pulverización con agua de los terrizos y baldeo a presión de los pavimentos comprendidos en la zona acotada
- Trimestralmente.- Desinfección de toda la zona, con especial esmero de las papeleras y postes para orines, en horario nocturno preferiblemente, con productos bactericidas, fungicidas y viricidas de características inocuas para animales domésticos y personas.
b) Limpieza de pavimentos en zonas de juegos infantiles. La limpieza de los pavimentos absorbentes de impactos de las zonas de juegos infantiles consistirá en:
- Recogida diaria de elementos punzantes o cortantes, así como de cualquier otro tipo de resíduos (bolsas, papeles, etc.)
- Limpieza mensual con agua a presión y con aditivo desinfectante hipoalergénico con la finalidad de lavar la superficie.
7.3.2.2. TAREAS ATÍPICAS:
Son tareas de frecuencia irregular o excepcional y a juicio de la STM convenga que sean realizadas por el adjudicatario del servicio, utilizando los medios materiales y humanos adscritos al mismo, por lo que se reflejarán en las certificaciones mensuales, aunque no producirán incrementos de coste. Tal sería el caso por ejemplo de las Riadas / Inundaciones. En el caso de alteración importante de las condiciones climatológicas (lluvia, viento, etc.) el conjunto de los medios adscritos al servicio se adaptarán para atender las nuevas necesidades derivadas de dicha circunstancia: eliminación de arrastres, limpieza de imbornales, retirada de resíduos, apoyo a actuaciones de emergencia, etc.
7.3.3. ZONIFICACIÓN Y FRECUENCIAS:
Las tareas indicadas en el punto anterior se extenderán al ámbito de prestación del servicio según planificación a presentar por el contratista, esta programación podrá ser modificada por parte de la STS, en atención a las necesidades del servicio.
La tarea básica de limpieza (barrido manual, mecánico y/o combinado) respetará como mínimo las frecuencias que se indican a continuación, el resto de tareas se extenderán a todo el ámbito del servicio y respetarán las frecuencias (*) que permitan los medios asignados según planificación presentada por el adjudicatario:
.- Casco urbano, zonas de uso residencial (incluye las zonas calificadas en el PGOU vigente como CT, MPM, NA, CE, EA) frecuencia diaria lunes x xxxxxxx, servicio reducido domingos y festivos, en horario normalmente de mañana y operario de apoyo turno de tarde para zona de uso intensivo peatonal.
.- Espacios públicos (espacios no viarios ni ajardinados, competencia de otro servicio): frecuencia diaria de lunes x xxxxxxx incluso festivos.
.- Barrio Sta. Xxxxxx: frecuencia 3 veces por semana, refuerzo diario manual lunes a sábado.
.- Residencial en línea (VA, VL): 3 veces por semana.
.- Unifamiliar planificada (UP): 2 veces por semana.
.- Industrial (IN,IL): 1 vez por semana.
.- Unifamiliar espontánea (UE): 1 vez por semana.
.- Accesos a la población: 1 vez por semana.
.- Limpiezas especiales y especificas: según calendario específico.
(*) Todas las periodicidades indicadas diarias/jornadas o por turnos se entienden de una duración mínima de 6 horas efectivas, que los contratistas podrán organizar de manera que estime mas operativa (agregada o segregada) según su OPS. Dicha medición sólo resultará vinculante en el caso que no se alcancen los objetivos de calidad marcados por los STM.
Resumen de frecuencias por aplicación de los medios mínimos propuestos
Tarea | Frecuencia |
Barrido xxxxxx | Xxx -Sab |
Barrido REPASO Centro (tardes) | Lun -Sab |
Barrido Espacios Públicos/parques | Lun - Dom |
Limpieza Pipicanes | ver PCT |
Limpieza Juegos Infantiles | ver PCT |
Limpieza Fachadas Municipales | a demanda STM (medios ordinarios) |
Barrido-Domingos & Festivos | Domingos y Festivos |
Baldeo Ejes I arterias calles principales | 2 – 3 por semana |
Baldeo Ejes II secundarios / casco urbano | 2 – 3 por mes |
Baldeo Ejes III (pol. ind/urbanizaciones/caminos…) | a demanda STM (medios ordinarios) |
Baldeo Espacios públicos | mensual - 12 al año /aprox. |
Limpieza mobiliario urbano | mensual - 12 al año /aprox. |
Baldeo aceras | a demanda STM (medios ordinarios) |
Vaciado papeleras | Lun –Sab |
Limpieza papeleras | mensual - 12 al año /aprox. |
7.3.4. ESTRUCTURA DEL SERVICIO
Inicialmente se prevé la siguiente estructuración del servicio. De esta deriva el cómputo de los medios humanos y materiales mínimos necesarios para la correcta prestación del mismo; esta estructuración será adaptada y/o modificada por el adjudicatario según su propuesta de planificación, con el fin de optimizar el mismo:
a) Servicio ordinario: Servicio que se presta días laborables (lunes a sábado)
.- Casco urbano y barrios anexos, dividido en 6 zonas, en cada una un equipo formado por una barredora con su conductor, 1 peón de apoyo a la barredora, y 1 peón manual, se añade 1 peón servicio zona centro peatonal por la tarde.
.- Espacios públicos, (zonas no viarias ni ajardinadas de los parques y jardines), 5 peones conductores con 5 vehículos tipo pick-up ligeros, sopladoras y medios manuales.
.- Urbanizaciones, zona periférica y accesos a la población: 4 equipos formados por una barredora de gran capacidad con su conductor + 1 peón de apoyo a la barredora, 2 en
turno de mañana y 2 en turno de tarde, distribuidos por partidas; y añadiendo 1 peón fijo por la mañana en el Bº Sta. Xxxxxx.
.- Mercadillo, los sábados, los 2 equipos del turno de tarde indicados en el punto anterior, iniciarán la jornada con la limpieza del entorno xxx xxxxxxxxxx de la zona centro, para a continuación ir a la zona correspondiente.
.- Papeleras, 2 equipos dotados con vehiculo ligero tipo pick-up caja abierta basculante con tolva, dotadas de peón conductor para vaciado de papeleras con frecuencia igual o superior a la correspondiente de barrido en cada zona.
.- Baldeo: 2 xxxxx para calzadas dotadas con conductor y 2 equipos tipo furgoneta con depósito y bomba de alta presión para baldeos puntuales (aceras, papeleras, mobiliario, etc.) con sus correspondientes peones conductores.
b).- Domingos y festivos:
Servicio reducido formado por el servicio ordinario de espacios públicos, 1 peón en zona centro y 2 equipos de barredora con su correspondiente conductor y peón de apoyo cada uno.
c) Otros medios:
1 capataz.
Los residuos producto de las operaciones de limpieza deberán ser depositados en contenedores adecuados, y desde éstos; recogidos, transportados y depositados en vertedero autorizado utilizando medios ajenos a los adscritos al servicio de limpieza viaria, mediante acuerdo con empresa capacitada o mediante cualquier otro sistema adaptado a las necesidades del servicio, y sometido a comunicación y aprobación de la STM.
7.3.5. MEDIOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
7.3.5.1. ORGANIZACIÓN:
La organización de la prestación es responsabilidad del concesionario, debiéndose ajustar en todo momento a las necesidades y objetivos del servicio, lo establecido en el contrato y a las indicaciones de detalle de la inspección y supervisión municipal. Cada adjudicatario establecerá una planificación general y mensual del mismo en la que se indiquen: delimitación de zonas, distribución de medios, relación de tareas, frecuencias, rutas, etc.
El servicio se prestará inicialmente en la franja horaria que va de las 08:00 a las 22:00 horas, pudiendo la STM autorizar la ampliación de dicha franja horaria en los casos en que se justifique debidamente en la planificación del servicio, pueda suponer una mejora en la prestación y no cause mayores perjuicios a los vecinos.
7.3.5.2. MEDIOS HUMANOS:
Con carácter general con las condiciones expresadas en el punto 7.1.2. El personal adscrito al servicio será el necesario para la correcta ejecución y control propio de la prestación, siendo éste inicial y orientativamente como mínimo:
Servicio ordinario: en jornada de lunes a sábado inclusive:
.- 1 capataz
.- 12 Conductores
.- 10 Peones conductores
.- 9 Peones brigada
.- 8 Peones ordinarios En jornada xx xxxxxxxx y festivos:
.- 2 Conductores
.- 8 Peones
7.3.5.3. MEDIOS MATERIALES:
La maquinaria adscrita al servicio será la necesaria para la correcta ejecución de la prestación, debiendo mantenerse en adecuado estado de seguridad, limpieza, decoro y uso durante todo el periodo de prestación y siendo ésta inicialmente como mínimo:
- barredoras aspiradora “tipo 2” de 2 m3 aproximados de capacidad de carga de resíduos, en numero suficiente para cubrir 6 turnos de trabajo diarios, valorándose: capacidades, maniobrabilidad, velocidad, nivel sonoro, potencia, aspiración, proximidad servicio técnico oficial, extras y accesorios, etc.
- barredora aspiradora “tipo 5” de 4-5 m3 aproximados de capacidad de carga de resíduos, en numero suficiente para cubrir 4 turnos de trabajo diarios, valorándose: capacidades, maniobrabilidad, velocidad, nivel sonoro, potencia, aspiración, proximidad servicio técnico oficial, extras y accesorios, etc.
- camiones cuba para el baldeo de calzadas de 9.000 y 6.000 litros respectivamente valorándose: capacidades, maniobrabilidad, velocidad, nivel sonoro, potencia, proximidad servicio técnico oficial, extras y accesorios, etc.
- furgones de baldeo de P.M.A. 3.500 kgs. dotado con depósito de agua de
1.000 litros aprox., dotado de bomba de alta presión, en numero suficiente para cubrir 2 turnos de trabajo diarios, valorándose mejores prestaciones generales.
- vehículos ligeros tipo caja abierta, equipados con tolva y basculantes los asignados a vaciado de papeleras y ordinarios el resto en numero suficiente para cubrir 7 turnos de trabajo diarios, valorándose mejores prestaciones generales.
- 2 furgonetas ligeras para desplazamiento de encargado, personal y pequeño material.
- 13 sopladoras de bajo nivel sonoro.
- 10 carros equipados con medios completos de limpieza manual.
- Otros medios auxiliares diversos que puedan necesitarse para el cumplimiento de los objetivos del PCT.
8. CONTENIDO DE LA OFERTA
Los licitadores podrán efectuar ofertas (u OPS) que planteen una organización del servicio como la que orientativamente se expone en el pliego y anexos o con variantes (siempre que se respeten las calidades del Servicio exigida y frecuencias mínimas expresadas en él).
Los licitadores presentarán sus proposiciones técnicas en forma de documento que integrará entre otros, y tal y como se indica a continuación, un Anteproyecto de prestación de Servicios. El no cumplimiento de algunas de las siguientes condiciones que se expresan podrá ser causa suficiente para que la oferta sea desestimada o parte de la misma no sea tenida en cuenta.
8.1. FORMATO Y PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES:
La oferta deberá seguir obligatoriamente las indicaciones que se expresan a continuación (y en particular el índice) a los efectos de revisión y valoración de las ofertas.
ATENCIÓN: El incumplimiento manifiesto de los aspectos formales podrá suponer la no valoración de la oferta.
Para algunos (no todos) de los apartados de los documentos y del proyecto de explotación del Servicio se establecen unos límites, indicados como número de caras escritas (y remarcados en negrita (*) para mayor claridad), con el objeto de que la extensión máxima de las OPS presentadas sean lo más similares posibles, comparables y permita agilizar la evaluación del Servicio ofertado para San Xxxxxxx. De modo complementario, y con carácter orientativo (no obligatorio) se indican la extensión en algunos subapartados que si podrán modificarse mientras que se respeten los cómputos generales.
(*) Junto a cada uno de estos apartados se indica entre paréntesis un número máximo. Éste indica el número de caras (y no hojas) escritas formato DIN A4 (características de edición: márgenes mayores a 2 cms; tamaño mínimo de letra 12 del Word o similar). Las hojas deberán ir numeradas, para verificar que bajo ningún caso se superan los límites expresados (esta comprobación formal se realizará previamente a la revisión de contenidos de la oferta). En el cómputo de folios no se contarán portadas, índices, ni hojas en blanco de separación.
A estos topes, los licitadores que lo crean conveniente podrán añadir hojas con información mayormente gráfica (*) que por su formato no pueda ser integrada en los límites anteriormente expuestos y con el objeto de sintetizar, reforzar o mejorar la expresión de cualquiera de los aspectos desarrollados en la parte más literal. La cuantía de esta parte mayormente grafica no superará el mismo número indicado de caras escritas (ver ejemplo abajo), pudiendo presentarse dicha información en formato DIN A3 o DIN A4. Estas hojas estarán referenciadas con la letra “G” junto al numero para su fácil identificación (del texto a la hoja); pudiendo por supuesto estar intercaladas entre las mayormente textuales o agrupadas a modo de anexo..
(*) Se entiende por esto: esquemas, tablas, imágenes, diagramas, cuadros, planos, etc. En el caso que estas páginas resulten similares a las de solo texto podrán no ser tenidas en cuenta.
Si excepcionalmente el licitador necesitase aun añadir más información se podrán incluir adjunta a la OPS como anexo, bajo el título “INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA” tras el último punto del índice general pautado. Deberá incluir índice, y numeración de páginas. No existen limitaciones ni formales ni de contenido para esta parte. No obstante, indicar que dicha información se revisará sólo en caso que se estime conveniente para aclarar algún aspecto de la parte principal de la oferta, por lo que la información aquí incluida podrá no ser tenida en cuenta a la hora de la valoración de las ofertas. Sin embargo forma parte de la oferta, y en el caso de ser adjudicataria los compromisos de la parte complementaria son tan vinculantes como los del resto. El peso máximo de la oferta complementaria no podrá superar en ningún caso los 4 kgs.
Ejemplo: “Memoria (máximo 40 págs)”: Esto indica que este apartado (incluyendo a todos sus subapartados) podrá aportar información tipo texto con una extensión paginada de 40 hojas DIN A4 de escritas por una cara ó 20 hojas DIN A4 escritas a doble cara; Si esta cantidad fuera insuficiente, y/o para mayor claridad de la oferta, también podría añadir a esta memoria hasta 40 caras impresas como máximo (o 20 hojas si están impresas a doble cara) de DIN A3 ó DIN A4 (numeradas tipo G1, G2, G3, etc.) con información mayormente gráfica (fotos, planos, diagramas, esquemas de organización, etc.). Siempre que se quiera para mayor claridad y situación de los subapartados se podrán colocar hojas separadoras en color o pestañas por ejemplo, para mejor situación de los subepígrafes (y estos no forman parte del cómputo numérico por lo que no deben ir numerados). Si algunos de los subapartados de la memoria de la OPS superara los cantidades indicadas no se incumple los requisitos; ya que dichas cantidades son orientativas; por ejemplo puede Recogida Selectiva puede tener 15 caras escritas (se recomienda sólo 10), siempre que eso si el cómputo total de la memoria no supere los 40 arriba indicados.
Cada uno de los documentos expuestos a continuación vendrá encuadernado y en carpetas separadas y numeradas tal y como viene en el índice más abajo. Dichas separaciones no precisan ser numeradas y por lo tanto no computan como hojas con información.
En aquellos documentos en los que no se indica tope numérico global (referido normalmente al presupuesto de la oferta y a los pliegos propios de las OPS) la extensión será libre con tal de que el peso máximo de la oferta no exceda en su conjunto los 9 Kgs, todo incluido (5 kgs; límite máximo para la parte incluida en la OPS parte pautada; 4 kgs, límite máx. de información complementaria)
La documentación técnica de la Oferta de la Prestación del Servicio (OPS) se dividirá en 2 partes según indique el pliego de condiciones administrativas:
1. Contenidos susceptibles de valoración técnica o cualitativa.
2. Contenidos valorables aritmética o cuantitativamente.
Se indica que ninguno de los contenidos, presentados en la segunda parte puede ser introducidos ni deducidos ni directa ni indirectamente entre los aspectos de valoración técnica/no cuantitativa (y sobre todo en relación a los aspectos presupuestarios de la oferta). En tal caso se podrá desestimar la totalidad de la oferta.
8.2. RELACIÓN DE CONTENIDOS DE VALORACIÓN NO CUANTITIVA
Aspectos generales
Los licitadores podrán incluir, dentro de sus ofertas, otros servicios u otras soluciones a las planteadas con carácter mínimo y orientativo en el presente pliego, tanto medios materiales como humanos, para la mayor eficacia, sostenibilidad y menor coste del Servicio, siempre y cuando se cumplan todos los objetivos y requisitos expresados en el presente pliego.
Todos los aspectos vinculados a la oferta económica o su presupuesto deberán ser incluidos entre los contenidos de valoración cuantitativa. Cualquier oferta que incluya entre los siguientes documentos información relativa a los presupuestos podrá ser desestimada.
En relación a los medios materiales el licitador facilitará las características técnicas detalladas de los vehículos, su previsible incorporación durante la vigencia del contrato (ver 7.1.3 del PCT) su antigüedad, fotos, matrículas, incorporando cualquier documentación que se crea conveniente para su exacta descripción.
DOCUMENTO 1
1. Proyecto de prestación del Servicio RSU
1.1. Memoria (máximo 40 pág.) Descripción y justificación del Servicio propuesto.
1.1.1. Enfoque general. Aspectos principales y significativos de la prestación del servicio RSU. (5 páginas)
1.1.2. Memoria descriptivas Recogida ordinaria o fracción general y recogidas especiales
(15 pág.)
1.1.2.1. Recogida RSU. Organización y planificación del Servicio. Zonificación, rutas y frecuencias. Medios humanos y técnicos. Justificación de la solución
1.1.2.2. Recogida Mercado Municipal. Descripción y planificación del servicio. Medios humanos y técnicos.
1.1.2.3. Recogida de animales muertos. Descripción y planificación del servicio. Medios humanos y técnicos.
1.1.2.4. Recogida de Enseres: Descripción y planificación del servicio. Medios humanos y técnicos.
1.1.2.5. Recogida de podas y jardinería. Descripción y planificación del servicio. Medios humanos y técnicos.
1.1.2.6. Recogidas de fiestas y actividades temporales: Descripción y planificación del servicio. Medios humanos y técnicos.
1.1.3. Memorias descriptiva de las Recogidas Selectivas (10 pág.)
1.1.3.1. Recogida Papel cartón. Organización y planificación, zonificación, rutas y frecuencias. Medios humanos y técnicos.
1.1.3.2. Recogida xxx Xxxxxx. Organización y planificación, zonificación, rutas y frecuencias. Medios humanos y técnicos
1.1.3.3. Recogida de envases. Organización y planificación, zonificación, rutas y frecuencias. Medios humanos y técnicos.
1.1.3.4. Recogidas de pilas/ropa usada/aceite doméstico: Descripción y planificación del servicio. Medios humanos y técnicos.
1.1.4. Ecoparque. Descripción de la gestión del servicio. Medios humanos y técnicos. (2 pág.)
1.1.5. Planta de transferencia. Descripción de la gestión servicio. Medios humanos y técnicos. (4 pág.). Análisis variante: Supuesto de traslado de titularidad al consorcio Zona XIV: Relación de medios desvinculables del contrato y propuesta de modificación del servicio RSU.
1.1.6. Contenedores. Descripción del servicio de limpieza, reparación y sustitución. Medios humanos y técnicos. (2 pág.)
1.1.7. Medidas relacionadas con la sostenibilidad del servicio (2 pág.)
1.1.8. Aspectos relacionados con la valorización de los resíduos. (2 pág)
1.2. Descripción del procedimiento de calidad, sistemas de inspección propuesto, y satisfacción del cliente (máx. 10 pág.). Propuesta de Carta de Servicios. Garantías y compromisos con la calidad y satisfacción del cliente (procedimientos de inspección; propuesta de establecimiento de indicadores de control (ICGs) de acuerdo al pliego; medidas correctoras; plazos de resolución de incidencias; Propuesta de compensaciones económicas al cliente (administración) en concepto de “no calidad”. Medios humanos y técnicos.
1.3. Justificación del dimensionamiento de los Servicios (máximo 10 pág.)
Se incluirán los cálculos justificativos que permitan comprobar el adecuado dimensionamiento del personal (ratios de producción en relación a los volúmenes recogidos) y de los medios empleados para cada uno de los Servicios ofertados, en función de las especificaciones de este Pliego y la información incluida en el Anexo y las observación directa de las características de los ámbitos en que se han de efectuar los Servicios.
1.4. Planos: en los que se concreten los circuitos de recogida de resíduos, con los sectores correspondientes a cada tarea. (máx 25 planos)
1.5. Pliego de condiciones: Los licitadores manifestarán explícitamente la aceptación de todas las condiciones expresadas en el presente Pliego de condiciones Técnicas, y aportarán sus pliegos de condiciones internos de calidad en la gestión y control del servicio, que regirá complementariamente al municipal.
DOCUMENTO 2
2. Mejoras propuestas en relación con RSU
(extensión máx 30 pag.)
Relación abreviada y justificada de las mejoras propuestas por el licitador sobre los requisitos mínimos o características del servicio plasmado en el presente pliego. También podrán versar sobre omisiones o errores. Los STM se reservan el derecho de modificar, ajustar o rechazar justificada y puntualmente algunas de las mejoras de la oferta adjudicataria, siempre y cuando se respete las condiciones del presente pliego. En ese caso el precio del servicio, y su equivalente mensual certificado sería ajustado en función del presupuesto justificativo de la oferta.
2.1. Mayor disponibilidad de medios materiales (stock de maquinaria de reserva) y humanos para poder atender cualquier tipo de incidencias (medios materiales: mantenimiento curativo/preventivo; medios humanos: bajas por absentismo laboral, enfermedad, accidentes, etc.)
2.2. Mejora recogida fracción general RSU (servicio ordinario).
2.3. Mejora recogida Mercado Municipal.
2.4. Mejora recogida de animales muertos.
2.5. Mejora recogida de Enseres:
2.6. Mejora recogida de podas y jardinería.
2.7. Mejora recogidas de fiestas y actividades temporales:
2.8. Mejora recogida Papel cartón.
2.9. Mejora recogida xxx Xxxxxx.
2.10. Mejora recogida de envases.
2.11. Mejora recogidas de pilas/ropa usada/aceite domestico
2.12. Mejoras en la gestión y explotación del Ecoparque.
2.13. Mejoras en la gestión y explotación de la Planta de transferencia.
2.14. Contenedores. Mejor o mayor dotación y mantenimiento de los mismos incluso los soterrados y sus instalaciones.
2.15. Mejoras en la recogida selectiva de la fracción orgánica o bio resíduos. Descripción de proyecto especifico de implantación de este servicio. Medios humanos y técnicos.
Las mejoras que se presenten deberán estar medidas en este apartado. No se aceptarán expresión de mejoras como simples partidas alzadas sin embargo (la valoración de las mismas deberá realizarse aparte en presupuesto justificativo de la baja).
DOCUMENTO 3
3. Proyecto de prestación del Servicio Limpieza Viaria
3.1. Memoria (máximo 40 pág.) Descripción y justificación del Servicio propuesto.
3.1.1. Enfoque general. Aspectos principales y significativos de la prestación. (máx 5 pagina;)
3.1.2. Memoria descriptivas LV (de cada uno de los servicios propuestos) (máx 35 pag.)
3.1.2.1. Barrido Mecánico. Organización y planificación de la actividad. Zonificación, rutas y frecuencias. Medios humanos y técnicos. Justificación de la solución
3.1.2.2. Barridos Manuales. Organización y planificación de la actividad. Zonificación, rutas y frecuencias. Medios humanos y técnicos.
3.1.2.3. Baldeos. Organización y planificación de la actividad. Zonificación, rutas y frecuencias. Medios humanos y técnicos.
3.1.2.4. Vaciado de Papeleras. Organización y planificación de la actividad. Zonificación, rutas y frecuencias. Medios humanos y técnicos.
3.1.2.5. Limpiezas intensivas. Organización y planificación de la actividad. Zonificación, rutas y frecuencias. Medios humanos y técnicos.
3.1.2.6. Limpiezas especiales xx Xxxxx/Patronales y Hogueras: Descripción y planificación del servicio. Medios humanos y técnicos.
3.1.2.7. Limpiezas especificas: Pipicanes y áreas de amortiguación de impactos de parques infantiles.
3.1.2.8. Medidas relacionadas con la sostenibilidad del servicio (máx. 1 pág.)
3.2. Descripción del procedimiento de calidad, sistemas de inspección propuesto y satisfacción del cliente (máx. 10 pág.). Propuesta de Carta de Servicios. Garantías y compromisos con la calidad y satisfacción del cliente (procedimientos de inspección; propuesta de establecimiento de indicadores de control (ICGs) de acuerdo al pliego; medidas correctoras; plazos de resolución de incidencias; Propuesta de compensaciones económicas al cliente (administración) en concepto de “no calidad”. Medios humanos y técnicos.
3.3. Justificación del dimensionamiento de los Servicios (máximo 10 pág.)
Se incluirán los cálculos justificativos que permitan comprobar el adecuado dimensionamiento del personal (ratios de producción en relación a los volúmenes recogidos) y de los medios empleados para cada uno de los Servicios ofertados, en función de las especificaciones de este Pliego, los datos incluidos en los distintos Anexos y las observación directa de las características de los ámbitos en que se han de efectuar los Servicios.
3.4. Planos: en los que se concreten las zonificaciones referidas en la memoria y cualquier otra información grafica que el licitador considere. (máx 25 planos con información gráfica)
3.5. Pliego de condiciones: Los licitadores manifestarán explícitamente la aceptación de todas las condiciones expresadas en el presente Pliego de condiciones Técnicas, y aportarán sus pliegos de condiciones internos de calidad en la gestión y control del servicio, que regirá complementariamente al municipal.
DOCUMENTO 4
4. Mejoras propuestas en Limpieza viaria.
(extensión máx 30 pág.)
Relación abreviada y justificada de las mejoras propuestas por el licitador sobre los requisitos mínimos o características del servicio plasmado en el presente pliego. También podrán versar sobre omisiones o errores. Los STM se reservan el derecho de modificar, ajustar o rechazar justificada y puntualmente algunas de las mejoras de la oferta adjudicataria, siempre y cuando se respete las condiciones del presente pliego. En ese caso el precio del servicio, y su equivalente mensual certificado sería ajustado en función del presupuesto justificativo de la oferta.
4.1. Mayor disponibilidad de medios materiales (stock de maquinaria) y humanos para poder atender cualquier tipo de incidencias (medios materiales: mantenimiento curativo/preventivo; medios humanos: bajas por absentismo laboral, enfermedad, accidentes, etc.)
4.2. Mejoras en relación al Barrido Mecánico.
4.3. Mejoras en relación al Barrido Manual.
4.4. Mejoras en relación al Baldeos.
4.5. Mejoras en relación al vaciado de Papeleras.
4.6. Mejoras en relación a las limpiezas intensivas.
4.7. Mejoras en relación a las limpiezas especiales xx Xxxxx/Patronales y Hogueras
4.8. Mejoras en relación a las limpiezas especificas: Pipicanes y áreas infantiles.
4.9. Otras mejoras vinculadas a la presencia de reten o de realización de otros servicios fuera de la jornada; relacionados con la eliminación de graffitis; mejoras en la limpieza especifica de puntos negros (contenedores; papeleras); mejoras en la eliminación de chicles en zonas nobles; aportación de aseos químicos durante fiestas patronales y hogueras.
Las mejoras que se presenten deberán estar medidas en este apartado. No se aceptarán expresión de mejoras como simples partidas alzadas sin embargo (la valoración de las mismas deberá realizarse aparte en presupuesto justificativo de la baja).
DOCUMENTO 5
5. Otros servicios prestables a la ciudadanía
Con el objeto de ampliar la calidad del servicio al ciudadano, con carácter complementario, aunque separado del objeto principal de Gestión de Servicio Público los licitadores, aprovechando su presencia municipal, podrán incluir voluntariamente en su oferta la prestación de servicios a ciudadanos por los precios comunicados que figuren en este apartado de la oferta. Estos precios no reúnen carácter vinculante, sino informativos, ya que los ciudadanos pueden solicitar dichos servicios con carácter opcional, y de mutuo acuerdo directo con la empresa.
Servicios tales como recogida de poda en el interior de las parcelas; recogidas de enseres en domicilios; transporte a ecoparque de resíduos; o limpieza de resíduos, suministro de contenedores, retirada de escombros en parcelas, desinfección, limpiezas de parcelas, etc. que son susceptibles de ser prestados eficazmente por el contratista aprovechando sus economía de escala y la presencia local e importante de medios, y siempre y cuando no se produzcan interferencias en el objeto principal del contrato (siempre que no se obstaculice el objeto principal se podrán utilizar los medios adscritos al Servicio).
A estos efectos, y con carácter informativo para el ayuntamiento, los licitadores deberán indicar, en el caso que así lo decidan, los precios que regirán los servicios privados que decidan prestar y estén en relación con la materia del contrato. Estos precios podrán ser variados unilateralmente por el concesionario y sin precisar del acuerdo previo de la administración. Tan sólo se nos comunicarán los precios a efectos informativos.
8.3. RELACIÓN DE CONTENIDOS DE VALORACIÓN ARITMÉTICA O CUANTITIVA
8.3.1. Baja y oferta económica para la prestación del Servicio
El licitador deberá indicar una única baja global al precio de licitación del Servicio (que se aplicarán a cada uno de los tipos máximos expresados en el precio del contrato para RSU y LV).
Adicionalmente deberá adjuntar (a los efectos informativos y de comprobación de la oferta) presupuesto justificativo congruente con la baja ofertada y la parte de valoración no objetiva o técnica (docs. 1 al 4). Se señala la importancia de desglosar adecuadamente y por capítulos todos los conceptos, tareas y actividades, incluyendo la valoración de las mejoras ofertadas, si las hubiera.
La justificación del presupuesto de la oferta incluirá cuadros de precios unitarios, cuadros de precios 1 y 2, capitulo de mediciones estimadas (*) y presupuesto base final.
La indebida justificación de la oferta económica (o la falta de coherencia con los servicios ofertados), podrá ser causa suficiente para la desestimación total de la oferta.
Este presupuesto, el licitador lo desglosará por tareas y de acuerdo a lo expuesto en la memoria descriptiva. Incluyendo en cada capitulo descompuestos con los costes unitarios y mediciones de los medios humanos y materiales adscritos al mismo.
Del mismo modo que se realiza en el estudio económico se justificarán los gastos indirectos (agregados o no en los precios unitarios) para la prestación de los mismos (instalaciones, reparaciones, absentismo, vacaciones, etc.) y los ingresos previstos por valorización de recursos.
Se recuerda que no se admitirán aquellas ofertas en las que se plantee la reversión de medios al Ayto. al final del contrato y que incluyan su amortización por parte municipal.
El estudio presupuestario elaborado por el licitador incluirá la estimación de ingresos por valorización de las recogidas selectivas (*). Si en dicha estimación los gastos fueran mayor que los ingresos, estas pérdidas serán absorbidas en el conjunto de la oferta del licitador con una menor baja.
El precio ofertado por el licitador será el resultado de aplicar al presupuesto base los siguientes coeficientes fijos en concepto de:
- 8% de Gastos Generales
- 6% de beneficio industrial
- IVA vigente
(*) La adjudicación de una oferta no vincula al ayuntamiento la aceptación de las mediciones ni estimaciones expuestas en la oferta, ni de coste real de sus precios unitarios expresados en cada capitulo; entendiendo éstos como una estimación de costes e ingresos que cada licitador realiza a su riesgo y xxxxxxx; y que no le exime del total cumplimiento del objeto del contrato expresado en este pliego.
8.3.2. Baja a los precios de suministros de contenedores
El licitador deberá proponer una baja única al conjunto de precios unitarios que aparecen por tipo de contenedor en anexo, como elemento de referencia de suministro, llegado el caso. A los precios ofertados inicialmente se aplicará la revisión de precios que en cada momento corresponda.
8.3.3. Mayor bolsa de horas por trabajos extraordinarios.
El licitador podrá proponer una cantidad económica por encima de los 12.000 €/anuales exigidos en el presente pliego para atender los posibles trabajos extraordinarios que durante la ejecución del contrato se susciten. Estos serán valorados según precios unitarios derivados del estudio económico por aplicación de la baja, y el 6% de beneficio industrial.
8.3.4. Ampliación del suministro de contenedores.
El licitador deberá proponer una cantidad económica global de aportación inicial para atender las posibles mejoras del servicio por aumento del parque de contenedores de recogidas selectivas, sobre los requerimientos mínimos exigidos en el pliego (*). Dichos suministros serán concretados por aplicación de la baja expresada en el 8.3.2 a los precios unitarios que aparecen en el anexo.
En el caso de no agotar dicha cantidad podrá ser destinada a otros fines relacionados con el contrato o ser descontada de las certificaciones mensuales.
(*) Se recuerda que el PCT establece 6.000 € para contenedores de selectiva y 3.000 € anuales para contenedores de la fracción general.
San Xxxxxxx del Raspeig, 1 de diciembre de 2011
Fdo. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxx. Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Ingeniero Técnico Industrial Ingeniero Técnico Industrial
Fdo. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Ingeniero Industrial
Fdo. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos