BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO XX XXXXXXXX
núm. 252 de 31-x-2011 1/5
I. Principado xx Xxxxxxxx
• Otras DispOsiciOnes
Consejería de eConomía y empleo
serviCio públiCo de empleo del prinCipado xx xxxxxxxx
ResoluCión de 26 de octubre de 2011, del servicio Público de empleo, por la que se aprueba convocatoria de concesión de subvenciones a ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx para la contratación de jóvenes desem- pleados como medida de fomento del empleo facilitando su inserción en el mercado de trabajo en el marco del programa “salario Joven”.
antecedentes
Las cifras de desempleo juvenil en la actual coyuntura económica no pueden ser calificadas mas que de preocupantes. es por ello preciso estimular la incorporación al mercado laboral de los jóvenes para conjurar tanto el riesgo económi- co como social que su desempleo supone. Económico, porque tanto la adquisición de competencias profesionales, en su caso, como su adecuado desarrollo, precisan de la práctica laboral para ser de utilidad al tejido económico. Social, porque es necesario que los jóvenes entren en contacto con la actividad laboral para reducir las situaciones de paro de larga duración.
En esta línea, se pretende articular el Programa “Salario Joven” a través de la convocatoria de subvenciones dirigidas a ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx, que faciliten a los jóvenes desempleados menores de 30 años, por sí o a través de su sector público, el acceso a su primer empleo.
En este contexto, por Resolución de 19 de octubre de 2011 se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la contratación en la modalidad en prácticas o para la formación y el aprendizaje de jóvenes menores de 30 años sin experiencia laboral previa en el marco del programa “Salario Joven”.
De acuerdo a lo establecido en las citadas bases reguladoras, la convocatoria de subvenciones deberá determinar, el plazo de presentación de solicitudes, el formulario de solicitud y los documentos e informaciones que deban acompañar a aquella así como el plazo de formalización de los contratos amparados en la convocatoria.
Por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 19 de octubre de 2011 ha sido autorizado gasto, en trámite anticipado, con cargo a la aplicación 85.01.322 A 461.002 de los Presupuestos Generales del Principado xx Xxxxxxxx para 2012, por un importe máximo de 11.000.000 € para financiar la presente convocatoria de subvenciones.
Estas subvenciones, en tanto contribuyen a la mejora de la adaptabilidad de los trabajadores y al fomento de su em- pleabilidad, así como de la inclusión social y la igualdad entre hombres y mujeres, son susceptibles de ser cofinanciadas en un 80% por el Fondo social europeo al amparo del programa operativo del Fondo social europeo del principado xx xxxxxxxx 2007-2013 (2007.es.051.po006).
Fundamentos de derecho
La Ley del Principado xx Xxxxxxxx 3/2005, de 8 de julio, del Servicio Público de Empleo; el texto refundido de la Ley del Principado xx Xxxxxxxx del régimen económico y presupuestario; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Sub- venciones y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y el Decreto del Principado xx Xxxxxxxx 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el Régimen General de concesión de subvenciones.
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, mencionados y que son de aplicación,
resuelvo
Primero.—aprobar con cargo a la aplicación 85.01.322a.461.002 de los presupuestos Generales del principado xx Xxxxxxxx para 2012, siempre que en la citada aplicación exista crédito suficiente y adecuado en el momento resolutorio definitivo entendiéndose en caso contrario revocada la presente Resolución y anulados todos los actos que de la misma hayan podido derivarse, la convocatoria de concesión de subvenciones a los ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx por la contratación, en la modalidad en prácticas o para la formación y el aprendizaje, de jóvenes menores de 30 años sin experiencia laboral previa en el marco del programa “Salario Joven”, por un importe total máximo de 11.000.000 €.
Cód. 2011-20910
El crédito autorizado se asigna a las modalidades de contratación subvencionables en los términos siguientes, sin perjuicio de que, distribuido el crédito autorizado para cada una de ellas de conformidad con los criterios xx xxxxxx- ción previstos en las Bases reguladoras, de no agotarse, la cantidad no aplicada se traslade a la financiación de la otra modalidad:
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Líneas de subvención | 2012 |
Contratos en prácticas | 2.750.000 € |
Contratos para la formación y el aprendizaje | 8.250.000 € |
total | 11.000.000 € |
Aquellos solicitantes que por aplicación de la base cuarta solo tengan derecho a acceder a la financiación de una contratación deberán indicar en su solicitud la modalidad de contratación por la que optan.
El crédito autorizado podrá resultar incrementado, sin necesidad de nueva convocatoria, en función del que con destino a la misma se apruebe en la aplicación 85.01.322 a 461.002 de los presupuestos Generales del principado xx Xxxxxxxx para 2012. No obstante, la efectividad de esta cuantía adicional queda supeditada a la previa declaración de dis- ponibilidad de crédito, tramitación del oportuno expediente de gasto y su publicación en el Boletín Oficial del Principado xx Xxxxxxxx, con anterioridad a la resolución de concesión y sin que la publicidad de los créditos adicionales disponibles implique la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.
segundo.—El objeto de la presente convocatoria, que se tramita al amparo de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a ayuntamientos del principado xx xxxxxxxx para la contratación de jóvenes desempleados como me- dida de fomento del empleo facilitando su inserción en el mercado de trabajo en el marco del programa “Salario Joven” aprobadas por resolución de la Consejería de economía y empleo de fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000 (xxxx xx 00 xx xxxx- xxx), xx la concesión de subvenciones a los ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx por la celebración de los contratos en la modalidad y con los requisitos establecidos en la Base tercera de las citadas. No se subvencionarán al amparo de la presente convocatoria, contratos formalizados una vez transcurridos dos meses desde la fecha de notificación de la resolución de concesión.
Tercero.—El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 21 de noviembre de 2011.
Cuarto.—Las solicitudes de subvención se presentarán en los modelos normalizados que se acompañan como anejos a la presente resolución de aprobación de la convocatoria y que estarán a disposición de los interesados en la página xxx.xxxxxxxx.xx.
Las solicitudes de subvención se podrán presentar a través de xxx.xxxxxxxx.xx o por cualesquiera de los medios regulados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Quinto.—El órgano instructor de la presente convocatoria es el Servicio de Programas de Empleo del Servicio Público
de empleo.
Esta convocatoria se tramita en régimen de concurrencia competitiva, de manera que si el crédito disponible no permitiera la concesión de subvención por los importes máximos previstos, procederá la aplicación de los criterios de valoración previstos en las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones.
El órgano competente para la resolución de la presente convocatoria es el Presidente del Servicio Público de
empleo.
El plazo de resolución del procedimiento y su notificación es de seis meses desde la desde la publicación de la pre- sente convocatoria.
La notificación de la resolución del procedimiento se realizará de conformidad con el artículo 59 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La resolución del procedimiento pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma cabrá interponer recurso con- tencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxxxx, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso – Administrativa, sin perjuicio de la posibilidad prevista en el artículo 44 de la misma ley.
sexto.—El beneficiario de la subvención deberá presentar la documentación establecida en las bases Séptima y Oc- tava, relativas al pago y justificación de la subvención, acompañada de los siguientes documentos:
Para el pago del primer anticipo: El beneficiario deberá presentar, antes del 1 de septiembre de 2012, la documen- tación referida en la base séptima
Cód. 2011-20910
Para el pago del segundo anticipo: El beneficiario deberá presentar, antes del 1 de diciembre de 2012, la documenta- ción referida en la base séptima, así como fotos de la difusión publica y publicidad de la cofinanciación del Fondo Social Europeo y de la Administración del Principado xx Xxxxxxxx a través del Servicio Público de Empleo del Principado de As- turias y un escrito indicando su ubicación.
Para la liquidación de la subvención deberá presentar antes del 1 de febrero de 2013, la documentación referida en
la base octava.
séptimo.—La aceptación por los beneficiarios de la subvención, implica también la aceptación de su inclusión en una relación en la que se recogerán los nombres de los beneficiarios y operaciones subvencionados así como la cantidad de fondos públicos asignada a cada uno. Dicha relación será objeto de publicación electrónica en la página web de la Unidad administradora del Fondo social europeo.
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Asimismo, de conformidad con el artículo 8.4 del Reglamento 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre (DOUE de 27 de diciembre), el beneficiario deberá asegurarse de que el trabajador contratado es informado tanto del carácter subvencionado de su contrato como de la cofinanciación del FSE.
Las responsabilidades de los beneficiarios relativas a las medidas de información y publicidad destinadas al público se encuentran recogidas en los artículo 8 y 9 del Reglamento 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre (DOUE de 27 de diciembre).
La declaración de valor añadido a la que hace referencia el artículo 9 c), elegida por la autoridad de gestión en España es: “el Fse invierte en tu futuro”.
Los contactos a nivel nacional y regional que pueden facilitar información sobre el Programa Operativo del Fondo
social europeo son:
— a nivel nacional: unidad administradora del Fondo social europeo del ministerio de trabajo e inmigración
— A nivel regional: Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx.
octavo.—El beneficiario está obligado a conservar toda la documentación justificativa relacionada con los gastos y con las auditorías, para mantenerlos a disposición de la Comisión y del Tribunal de Cuentas durante un período de tres años a partir del año en que haya tenido lugar el cierre del Programa Operativo (artículo 90 del Reglamento 1083/2006).
noveno.—disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado xx Xxxxxxxx. Décimo.—La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso conten-
cioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxxxx, en el
plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso – Administrativa, sin perjuicio de la posibilidad prevista en el artículo 44 de la misma ley.
Cód. 2011-20910
En Oviedo, a 26 de octubre de 2011.—El Presidente del Servicio Público de Empleo.—Cód. 2011-20910.
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Espacio reservado para registro administrativo
OBTENCIÓN DE SUBVENCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE JÓVENES DESEMPLEADOS COMO MEDIDA DE FOMENTO DEL EMPLEO FACILITANDO SU INSERCIÓN EN EL MERCADO DE TRABAJO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SALARIO JOVEN
Datos de la mano de obra
Duración
jornada completa
parcial
N.º de contratos de trabajo para la formación y el aprendizaje
Subvención solicitada
€
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Cód. 2011-20910
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SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DEL PRINCIPADO XX XXXXXXXX PARA LA CONTRATACIÓN DE JÓVENES DESEMPLEADOS COMO MEDIDA DE FOMENTO DEL EMPLEO FACILITANDO
SU INSERCIÓN EN EL MERCADO DE TRABAJO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SALARIO JOVEN
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Espacio reservado para registro administrativo
gobierno del principado xx xxxxxxxx
Razón social
N.I.F.
Representante legal Primer apellido
Segundo apellido
Nombre
N.I.F./N.I.E.
Persona de contacto para la tramitación del expediente
Primer apellido Segundo apellido
Nombre
Teléfono
Fax
Correo electrónico
Puesto en la entidad
Dirección a efectos de notificación Calle/Plaza
C.P.
N.º Bloque Esc. Piso Puerta
Teléfono
Fax
Correo electrónico
Provincia
Municipio
Localidad
Autorizo a la Administración para informarme mediante mensajes SMS o correos electrónicos del estado de mi solicitud así como de otro tipo de avisos relacionados que me puedan resultar de interés.
N.º de contrataciones solicitadas
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N.º de contratos de trabajo en prácticas |
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| N.º de contratos a |
| N.º de contratos a tiempo |
Para obtener más información de este servicio puede llamar al teléfono de atención ciudadana 012 o 000 000 000, si la llamada la realiza desde fuera del Principado xx Xxxxxxxx, o bien acudir a xxx.xxxxxxxx.xx. También puede enviar el formulario de solicitud a través de xxx.xxxxxxxx.xx. Le recordamos que puede consultar el estado de esta solicitud en xxx.xxxxxxxx.xx desde su área personal. Para ello sólo necesita disponer del DNIe, un certificado digital reconocido o la clave SAC.
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Espacio reservado para registro administrativo
núm. 252 de 31-x-2011 5/5
SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DEL PRINCIPADO XX XXXXXXXX PARA LA CONTRATACIÓN DE JÓVENES DESEMPLEADOS COMO MEDIDA DE FOMENTO DEL EMPLEO FACILITANDO
SU INSERCIÓN EN EL MERCADO DE TRABAJO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SALARIO JOVEN
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Espacio reservado para registro administrativo
gobierno del principado xx xxxxxxxx
Cuantía que permite sufragar una contratación (en relación con Apartado 1º de Base Cuarta)
€
Contrato de trabajo en prácticas
Contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje (Máxima subvención: 1,25 por el SMI anual)
¿Se encuentra inscrito en el Registro de Documentación Administrativa de las Entidades Locales y ha comprobado que los datos incluidos en el Registro se encuentran actualizados y son plenamente vigentes
Si
No
La persona solicitante autoriza a que la Administración del Principado xx Xxxxxxxx recabe la información que se relaciona a continuación
(en caso de no marcar alguna casilla, deberá acompañar a la solicitud la documentación correspondiente):
Al Ministerio competente en materia de Interior, la consulta de los datos de identidad (DNI/NIE).
A la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la consulta de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales.
Al Ente Público de Servicios Tributarios, la consulta de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado xx Xxxxxxxx.
A la Tesorería General de la Seguridad Social, la consulta de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
La persona solicitante declara:
> Que son ciertos y completos todos los datos de la presente solicitud, así como toda la documentación que presenta (la falsedad en un documento público es un delito, de acuerdo con el artículo 392 del Código Penal).
> Que se compromete a cumplir las condiciones que se especifican en la normativa aplicable, la cual conoce en su integridad.
> No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
> Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
> No ser deudor de la Hacienda Pública del Principado xx Xxxxxxxx por deudas vencidas, liquidadas y exigibles.
> Haber procedido a la justificación de las subvenciones y ayudas concedidas con anterioridad por la Comunidad Autónoma.
> Comprometerse a comunicar y documentar, en su caso, la solicitud u obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de otras Administraciones Públicas o entes públicos o privados.
Firma
(Responsable legal)
En a
de
de
Cód. 0000-00000
/ 985279100 desde fuera xx Xxxxxxxx.
Para obtener más información de este servicio puede llamar al teléfono de atención ciudadana 012 o 000 000 000, si la llamada la realiza desde fuera del Principado xx Xxxxxxxx, o bien acudir a xxx.xxxxxxxx.xx. También puede enviar el formulario de solicitud a través de xxx.xxxxxxxx.xx. Le recordamos que puede consultar el estado de esta solicitud en xxx.xxxxxxxx.xx desde su área personal. Para ello sólo necesita disponer del DNIe, un certificado digital reconocido o la clave SAC.