CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Conste por el presente documento, el contrato de locación de servicios que celebran de una parte
, con R.U.C. domiciliada en , representada por su Gerente General
, en adelante LA EMPRESA; y de la otra , con D.N.I. Nº , domiciliado en
, en adelante EL LOCADOR, de conformidad con los términos siguientes:
PRIMERO
LA EMPRESA se dedica x .
XXXXXXX
EL LOCADOR declara ser .
TERCERO
Por este instrumento LA EMPRESA al amparo de lo establecido en los art. 1764º y siguientes del Código Civil contrata los servicios profesionales de EL LOCADOR, a fin de que en forma personal, le preste servicios de
, no encontrándose obligado a asistencia diaria, ni a horario de trabajo fijo.
CUARTO
Las labores que realiza EL LOCADOR, serán las inherentes al cargo para el cual se le contrata.
QUINTO
Las partes dejan expresa constancia que no existe relación de subordinación ni dependencia entre ellas y las labores objeto del presente contrato, las podrá realizar dentro o fuera de las instalaciones de LA EMPRESA.
SEXTO
En virtud a lo expuesto en la cláusula anterior, EL LOCADOR no tendrá derecho a los beneficios contemplados para los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada, toda vez que el vínculo contractual entre LA EMPRESA y EL LOCADOR es de naturaleza civil.
SÉTIMO
Como contraprestación por los servicios que EL LOCADOR realice a favor de LA EMPRESA, se fija de común acuerdo un honorario de .
OCTAVO
La contraprestación por los servicios de EL LOCADOR, será abonada por LA EMPRESA previa presentación de los recibos de honorarios y estará sujeta a los tributos que correspondan de conformidad con las disposiciones legales pertinentes.
NOVENO
El presente contrato tendrá una duración de , comprendido entre el ; sin embargo, antes del vencimiento de dicho plazo, cualquiera de las partes podrá darle término mediante simple aviso, que deberá ser remitido con 15 días de anticipación a la fecha en que se pretende dejar sin efecto el contrato.
DÉCIMO
EL LOCADOR señala como su domicilio, el indicado en la introducción de este contrato, donde válidamente se le efectuarán todas las citaciones, comunicaciones y notificaciones a que hubiera lugar, reconociendo EL LOCADOR como válidas, las citadas comunicaciones que le lleguen a su domicilio aludido, salvo que con anterioridad hubiera comunicado a LA EMPRESA, variación domiciliaria dentro de la ciudad de Lima.
DÉCIMO PRIMERO
Todo litigio o controversia, derivados o relacionados con este acto jurídico, será resuelto mediante arbitraje, de conformidad con los Reglamentos Arbitrales del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, a cuyas normas, administración y decisión se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas en su integridad.
Se suscribe el presente contrato en Lima a los días del mes de de 20 .