Contract
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS 2019 | |
Conste por el presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS que suscriben de una parte, la I.E.P. “XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX” debidamente representada por su Directora Xxxxxx de Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, con DNI N° 00000000 con domicilio legal en Av. Arequipa 2335 2356 Lince y a quien en adelante se denominará EL COLEGIO y de otra parte: | |
El Padre o Madre: | |
Sr.(a) : | |
Domiciliado en: | |
Identificado con DNI N° | Celular: |
Apoderado(a): | |
Debidamente representado, con poder notarial adjunto al presente, como apoderado(a). | |
Sr(a).: | |
Domiciliado en: | |
Identificado con DNI N° | Celular: |
Quién se denominará EL CONTRATANTE, responsable de la firma del presente contrato en las condiciones siguientes: | |
Primero.- EL COLEGIO es una Institución Educativa privada, promovida por la Iglesia Evangélica Alianza Cristiana y Misionera, la cual define el marco doctrinal que sustenta la educación que brinda, expresada en los fines y objetivos establecidos en el Reglamento Interno que será observado y respetado por todos. En tal sentido, el CONTRATANTE acepta que la educación que se brinda a su menor hijo(a) está basada en los principios y valores contenidos en la Biblia. Pertenece a la jurisdicción de la UGEL 03, imparte educación escolarizada de Educación Básica Regular en los niveles Inicial, Primaria y Secundaria, cuyas acciones están basadas en la Ley General de Educación, Nº 28044, sus Reglamentos, la Ley de Centros Educativos Privados, Nº 26549, el Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica y Educación Técnico Productiva, aprobado por D. S. Nº 009- 2006-ED, la Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, D. L. 882, sus Reglamentos, y Ley 29571 Ley de Protección a la economía Famliar, Código de Protección y Defensa del Consumidor y Norma N° 665-2018 que regula la Matrícula Escolar y el Reglamento Interno de el Colegio. Segundo.- Nuestra Base Legal de Funcionamiento, son las siguientes Resoluciones: RECONOCIMIENTO DE NUESTRAS AUTORIDADES PROMOTORIA Rev. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx Resolución Nº 01275 del 30.9.1991 Área de Desarrollo Organizacional -Unidad de Servicios Educativos Nº 13 Registro Otorgamiento de Poder Nº 11007272 Asiento A0000107 - SUNARP |
NNIVEL | RESOLUCION |
INICIAL | R.D.Z. Nº 869 del 30.6.1995 |
PRIMARIA | R.D.Z Nº 2175 del 02.7.1982 |
SECUNDARIA | R.D.Z Nº 0453 del 04.04. 1985 |
AMPLIACION METAS DE ATENCION | R.D. Nº 01156 del 31.7.1992 |
RECONOCIMIENTO DE DIRECTORA Xxxxxx de Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx CPPe Nº 0047581 Resolución Directoral Regional Nº 05978-2017-UGEL 03 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO MUNICIPAL N° M130-07 - RG N° 000209 CERTIFICADO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD DE EDIFICACIONES Giro/Actividad : Enseñanza Pre-Escolar – Primaria y Secundaria N° 0344 -2017 - Resolución N° 0416 - Vigencia: Indeterminado | |||||
Tercero. - EL CONTRATANTE ha solicitado matricular al (los) estudiante(s): | |||||
1) | |||||
DNI N° | Grado | Xxxxx | |||
0) | |||||
DNI N° | Grado | Nivel | |||
3) | |||||
DNI N° | Grado | Xxxxx | |||
0) | |||||
DNI N° | Grado | Nivel |
Cuarto. - Son obligaciones principales del presente contrato que ambas partes deben cumplir: |
Obligaciones del COLEGIO: a) EL COLEGIO se compromete a impartir la enseñanza contratada, de acuerdo a lo establecido en el Proyecto Curricular de la Institución, propiciando la mejora en la calidad educativa. b) Brindar la información que requiera EL CONTRATANTE respecto al proceso educativo de su menor hijo. El COLEGIO está facultado a retener los Certificados de Estudios de los periodos, bimestres, o pensiones no pagados por el CONTRATANTE. c) Cumplirá Las demás obligaciones contenidas en el Reglamento Interno que se encuentra en la web del EL COLEGIO, y las que regulan las condiciones y características del servicio educativo que oferta, d) De acuerdo a las disposiciones legales y vigentes, dentro del marco de la diversificación curricular y la libre disponibilidad del tercio curricular de horas, a que está facultada EL COLEGIO, durante el año lectivo puede variar el cuadro de distribución de horas, en procura de optimizar el servicio educativo, asegurando que se cumpla las horas establecidas para cada nivel educativo. |
Obligaciones del ESTUDIANTE:
e) El estudiante debe asistir puntalmente al colegio y cumplir los preceptos y normas establecidos en el Proyecto Curricular y el Reglamento interno de la institución educativa respecto a los deberes y derechos de los estudiantes.
f) Reconociendo que el rendimiento académico y área formativa del Alumno, son factores importantes para el desarrollo integral del estudiante, EL CONTRATANTE se compromete a:
Respaldar los principios éticos y Normas del Colegio.
Apoyar en el desarrollo de los valores en el estudiante tales como: Puntualidad, honradez, veracidad, respeto a los demás, etc aceptando las sanciones previstas en caso que estos valores no sean respetados.
Apoyar en la educación de sus hijos, reforzando la enseñanza.
Velar por el cumplimiento de las tareas asignadas.
Supervisar estrictamente el uso de las redes sociales (Facebook, HI5, Twitter, etc) cuyo uso inadecuado puede ser muy perjudicial.
Dosificar los programas de televisión, especialmente los inapropiados para su edad (telenovelas, películas y programas censurados para menores).
Asistir a las reuniones de Escuela de Familias, Reuniones de Aula, Asambleas y citaciones convocadas por la Dirección, Area Pastoral, Tutores, Profesores de Asignatura, Coordinadores, Departamento Psicopedagógico y/o auxiliares de educación.
Abstenerese de elaborar documentos o de convocar o participar en las redes sociales y/o reuniones FUERA DEL PLANTEL, entre padres de familia, con el objetivo de desprestigiar o afectar de alguna manera la imagen de la Institución Educativa, personal o alumnado.
La Dirección y áreas jerárquicas de la Institución atenderán en forma personal sus reclamos.
En caso necesario EL CONTRATANTE se compromete a brindar asistencia psicológica especial o académica, según indicaciones del Departamento Psicopedagógico y/o Area Académica. De ser necesario aceptará seguir la sugerencia de traslado a otra Institución educativa por convenir al estudiante.
Brindar respuestas en la Plataforma “CUBICOL”
Obligaciones de EL CONTRATANTE:
g) El Colegio se autosostiene en base a sus ingresos por la prestación del servicio educativo (cuota de ingreso, matrícula y pensiones mensuales). La Iglesia Alianza Cristiana y Misionera xx Xxxxx, como entidad promotora brinda sus instalaciones y personal calificado, tanto espiritual como intelectualmente pero no no lo subsidia; por lo tanto los padres asumen el Compromiso de cancelar puntualmente las pensiones escolares, según cronograma adjunto.
h) EL CONTRATANTE tiene la obligación de pagar oportunamente la pensión acordada de acuerdo al cronograma que se encuentra establecido en el siguiente contrato; EL COLEGIO, no entregará a los padres de familia, la certificación de las calificaciones de los periodos no pagados. Ley 27665 art. N° 16.Del mismo modo, en caso de acumular dos o más pensiones mensuales, el COLEGIO tendrá la facultad de realizar el reporte a la central de riesgo (INFOCORP), asumiendo los padres de Familia, los gastos administrativos que de esto derive. Igualmente declara conocer y aceptar que en caso de atraso en los pagos, El Colegio está en facultad de enviar comunicaciones requiriendo el pago y citaciones a fin de regularizar su situación de morosidad.
i) EL CONTRATANTE:
Declara conocer que el incumplimiento del pago oportuno de las pensiones de enseñanza, dará lugar al máximo interés moratorio aplicable a operaciones entre privados. (0.014%) diario, según tasa establecida por el Banco Central de Reserva)
j) Debe integrarse plenamente a la comunidad educativa participando activamente en el Comité de aula y en todas las actividades planificadas por el colegio así mismo asistir a todas las citaciones que se le convoque.
k) Acatar las medidas disciplinarias, correctivas, reparadoras, o restauradora necesarias, que disponga EL COLEGIO en aplicación del Reglamento Interno de la Institución.
l) Asumir el costo de las comunicaciones notariales que se le cursen por falta del pago de las pensiones. Las notificaciones se tendrán por bien notificadas si el padre de familia no comunicó la variación de su domicilio oportunamente. Asimismo asistir a las citaciones notariales que se le cursen por falta de pago de pensiones de estudios.
m) En caso de accidente el colegio brindará la atención primaria, se avisará al padre de familia quien deberá contar con un seguro privado o social.
n) Consignar con veracidad la información requerida al momento de la matrícula, debiendo comunicar en su oportunidad cualquier variación en especial lo referente al domicilio y teléfonos.
o) Presentar oportunamente toda la documentación del estudiante registrado en el SIAGIE hasta 15 días después de iniciado las clases; de no hacerlo los padres son los responsables por los perjuicios legales acerca de la matrícula del estudiante, como en el SIAGIE, etc.
p)EL CONTRATANTE, declara conocer que el Colegio no se responsabiliza por la o pérdida de objetos personales con o sin la marca de pertenencia, así como joyas, celulares y otros objetos electrónicos que no son indispensables en el proceso de aprendizaje. q)En caso que el hijo(a) o pupilo del declarante sea retirado(a) o trasladado(a) del Colegio por cualquier motivo y en cualquier época del año, se compromete expresamente a no efectuar peticiónes o reclamaciones de los pagos de matrícula, inscripción, pensiones de enseñanza, cuota de ingreso, donaciones efectuadas y cuotas voluntarias. r)Reconocemos que ambos padres de familia ejercen la patria potestad sobre sus hijos, con los mismos derechos. Por Tanto, en los casos en que se reclame la tenencia y solicitudes al respecto, (visitas, recojo de alumnos) sólo serán atendidos con la orden judicial sobre asuntos de tenencia y/o régimen de visitas. Del mismo modo declara que quien asume los derechos y obligaciones relacionadas al servicio educativo que brinda el Colegio es quién suscribe el presente documento. | ||
Quinto. – El Costo del servicio educativo en general, para el año escolar 2019 es: | ||
Derecho de Ingreso (Nuevos estudiantes) | S/. 1,200.00 | |
Derecho de matrícula General del Nivel Inicial | S/. | 450.00 |
Derecho de matrícula General del Nivel Primario / Secundario | S/, 550,00 | |
Pensión mensual (10 cuotas al año) – Nivel Inicial | S/. | 450.00 |
Pensión mensual (10 cuotas al año _ Nivel Primario y Secundario | S/ | 550.00 |
El pago de la Pensión de Estudios no incluye las visitas de estudio, excursiones y Campamentos que realiza el Colegio, a los que se acceden como parte del Plan Anual de la Institución y se dan a conocer oportunamente. Asimismo, EL COLEGIO, programa anualmente una actividad institucional donde solicitamos el apoyo de todas las familias con un aporte voluntario de S/100.- el cual se abonará con las pensiones en el Scotiabank, desde el mes xx Xxxxx al mes de Diciembre. |
Sexto.– El PADRE DE FAMILIA, Y/O APODERADO se compromete a cumplir puntualmente con el siguiente cronograma de pagos: | ||||||
CUOTA Nº | MES | FECHA DE VENCIMIENTO | Nº CUOTA | MES | FECHA DE VENCIMIENTO | |
01 | Marzo | 30.03.19 | 06 | Agosto | 31.08.19 | |
02 | Abril | 30.04.19 | 07 | Setiembre | 30.09.19 | |
Mayo | 31.05.19 | 08 | Octubre | 31.10.19 | ||
04 | Junio | 30.06.19 | 09 | Noviembre | 30.11.19 | |
05 | Julio | 31.07.19 | 10 | Diciembre | 15.12.19 | |
Sétimo.- En caso que el CONTRATANTE, realice algún pago en la cuenta de ahorros del COLEGIO, N° 00-0314600007-04 Bco Scotiabank, debe remitir VOUCHER DE PAGO con Datos personales del estudiante, Grado y concepto de pago, a los correos: xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx xxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx para que su pago sea registrado. Octavo.- La vigencia del presente contrato corresponde al año académico 2019 comprendido entre el 01 xx xxxxx al 16 de diciembre del 2019, siendo renovable previo acuerdo de las partes. De no mediar acuerdo de renovación entre las partes, EL COLEGIO está facultado para disponer la vacante para el año 2020. No habrá renovación del contrato, si: a) El CONTRATANTE ha observado morosidad en el pago de pensiones, o mantiene deudas del año anterior al momento de la matrícula. y/o incumplimiento en el acuerdo realizado con la administración adjunta. b) El CONTRATANTE ha incumplido las disposiciones contenidas en el Reglamento Interno del Colegio o de sus autoridades y en el presente documento. c) Los alumnos han observado mal comportamiento durante el año escolar anterior. |
Noveno.- El horario de clases es el siguiente, al cual declaro estar en conformidad como parte que la Disciplina como enseñanza bíblica, es un principio fundamental en la formación de los alumnos, en tal sentido, se aplicarán medidas correctivas a los alumnos que la merezcan. Por tanto, se exigirá el estricto cumplimiento de las normas que rigen las actividades del Colegio. | ||||
||NIVEL | H. DE INGRESO | H. DE SALIDA | ||
Inicial | De 8:00 a 8.10 am Tolerancia 8.15 am | 1:45 p.m. Pasada las 2.00 pm No se podrá recoger hasta las 2.50 pm | ||
Primaria | De 7:45 a 7:55 a.m Tolerancia hasta las 8.00 am | 2:50 p.m. | ||
Secundaria | De 7:45 a 7:55 a.m. Tolerancia hasta las 8.00 am | 3.30 p.m. Los Miércoles salen a las 2.50 pm | ||
Es responsabilidad del padre de familia recoger a sus menores hijos en el horario establecido para no perjudicar la alimentación y seguridad del estudiante. Aceptando que en caso que el estudiante no sea recogido a la hora límite fijada, el COLEGIO no asumirá responsabilidad alguna, pues no se cuenta con personal para ese fin luego de la hora indicada. Esta disposición no es aplicable en aquellos casos en que el padre o madre autoricen que el alumno se movilizará sólo. |
El CONTRATANTE, autoriza que las fotografías y videos de las actividades Educativas, recreativas, deportivas, paseos, etc., realizadas por el Colegio y en las que aparezca su menor hijo(a) sean publicadas en la Página Web Institucional, en las redes sociales, así como en alguna revista o página web de alguna otra institución, en el cual su menor hijo(a) participe en representación de EL COLEGIO.
Décimo.- El siguiente contrato se resuelve por los siguientes motivos: a) Por expiación del plazo fijado. b) Por mutuo consentimiento de las partes. c) Por no pagar las pensiones devengadas en forma puntual. d) Por incumplimiento del Reglamento Interno de la Institución |
En señal de conformidad firman ambas partes. |
DATOS DEL PADRE, MADRE O APODERADO | Lince, | 2019 | ||||||
Huella | ||||||||
FIRMA DEL PADRE, MADRE O APODERADO | ||||||||
Apellidos | ||||||||
Nombres | ||||||||
Dirección | Mag. Xxxxxx de Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx DIRECTORA | |||||||
Teléfono | Celular | |||||||
Otro Teléf. |