ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Objeto de Contratación: ADQUISICIÓN DE DISPOSITIVOS MÓVILES - TABLETS NECESARIOS PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES DEL PROYECTO VIII CENSO DE POBLACIÓN Y VII DE VIVIENDA.
Fecha: 21/04/2022
A. DATOS GENERALES
1. Código CPC:
CPC RESPECTIVO A XXXXX 0 | DETALLE DEL BIEN | CANTIDAD REQUERIDA | PRECIO UNITARIO | SUBTOTAL | IVA | TOTAL |
4522000110 | ADQUISICIÓN DE DISPOSITIVOS MOVILES - TABLETS | 17.139 | DETERMINADO EN EL ESTUDIO XX XXXXXXX PARA LA DETERMINACIÓN DEL PRESUPUESTO REFRENCIAL |
2. Plazo de Ejecución: 90 días calendario.
✓ Ejecución del Contrato inicia en: desde el día siguiente a la suscripción del contrato.
3. Vigencia de la Oferta: 90 días.
4. Forma y cronograma de entregas:
• Bien: A partir del día siguiente a la suscripción del contrato, el contratista tiene 90 días calendario para la entrega de los dispositivos móviles –Tablet.
La entrega de los dispositivos móviles - Tablets se realizará por parte del contratista en las siguientes ciudades y direcciones, previa coordinación con el Administrador de Contrato:
✓ Quito: Xxxx Xxxxxx 00-00 x Xxxx Xxxxxxx (XXXX Xxxxxx Xxxxxxx)
✓ Guayaquil: Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxx 0000 xxxxx Xxxxx Xxxxxxx x Xxxx Xxxxxxx (Xxxxxxxx Xxxxx, xxxx 2, oficina 202 Ciudadela La Garzota)
✓ Cuenca: Xx. Xxxxxx x Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx 0, xxxxxx xxxx (xx XXXX)
✓ Ambato: Xxxxxxx Xxxxxxx y la Delicia (Centro comercial Caracol, oficina 89)
• Mantenimiento preventivo: Como parte la Garantía Técnica se deberá efectuar un mantenimiento preventivo a los 12 meses de haber recibido el bien contados a partir de la fecha de entrega de la totalidad de los bienes, mismos que se realizarán en las ciudades donde se encuentren ubicados los dispositivos móviles - Tablets, previa coordinación con el Administrador del Contrato.
5. Formas de Pago:
Anticipo: El Instituto Nacional de Estadística y Censos pagará el 40% en calidad de anticipo, después de la suscripción del contrato, previo a la presentación de las garantías correspondientes.
El 60% restante se pagará a la entrega recepción a plena satisfacción de la entidad contratante de la totalidad de los bienes, suscripción del Acta de Entrega Recepción Definitiva y presentación de la factura correspondiente.
La empresa adjudicada deberá contar con una cuenta abierta en un Banco del Estado para ser acreditado el anticipo determinado.
6. Garantías:
En forma previa a la suscripción del contrato derivado del presente procedimiento, se deberán presentar las garantías que fueren aplicables de acuerdo a lo previsto en los artículos 76 de la LOSNCP, en cualquiera de las formas contempladas en el artículo 73 ibídem:
“Garantía Técnica para ciertos Bienes,- En los contratos de adquisición, provisión o instalación de equipos, maquinaria o vehículos, o de obras que cumplen aquella provisión o instalación, para asegurar la calidad y buen funcionamiento de los mismos, se exigirá, además, al momento de suscripción del contrato y como parte integrante del mismo una garantía del fabricante, representante, distribuidor o vendedor autorizado, la que se mantendrá vigente de acuerdo con las estipulaciones establecidas en el contrato.
Estas garantías son independientes y subsistirán luego de cumplir la obligación principal.
De no presentar esta garantía el contratista entregara una de las previstas en esta Ley por igual valor del bien a suministrarse, de conformidad con lo establecido en los pliegos y en el contrato.
Cualquiera de estas garantías entrara en vigencia a partir de la entrega recepción del bien.”.
• Garantía de fiel cumplimiento del contrato Se rendirá por un valor igual al cinco (5%) del monto total del mismo. Dicha garantía deberá ser emitida por un Banco o Aseguradora domiciliada dentro del territorio ecuatoriano a favor del Instituto Nacional de Estadística y Censos INEC y deberá ser entregada previa suscripción del contrato.
• Garantía de buen uso del anticipo se rendirá por un valor igual al 100% del monto a recibir por este concepto. Dicha garantía deberá ser emitida por un Banco o Aseguradora domiciliada dentro del territorio ecuatoriano a favor del Instituto Nacional de Estadística y Censos INEC y deberá ser entregada previa suscrición del contrato.
• Garantía Técnica del bien El contratista entregará la Garantía Técnica de conformidad a lo que establece el artículo 121 de la Codificación a la Resolución No. RE-SERCOP-2016- 0000072, emitida por el SERCOP.
7. Multas: Las multas se impondrán por retardo en la ejecución de las obligaciones contractuales, así como por incumplimientos de las demás obligaciones contractuales, las que se determinarán por cada día de retraso; las multas se calcularán sobre el porcentaje de las obligaciones que se encuentran pendientes de ejecutarse conforme lo establecido en el contrato y serán del 5 por mil (5x1000).
8. Tipo de presupuesto: Inversión
✓ Código único del proyecto “CUP”: 31210000.0000.382700
✓ Descripción del proyecto de inversión: VIII censo de población y VII de vivienda CPV
B. REQUERIMIENTO DE CONTRATACIÓN
1. Antecedentes:
La Ley de Estadística expedida por Decreto Supremo No. 323 y publicada en el Registro Oficial 82 de 07 xx xxxx de 1976 determina en su artículo 4: “Son órganos del Sistema Estadístico Nacional: a) el Consejo Nacional de Estadística y Censos; y, b) el Instituto Nacional de Estadística y Censos”, precisamente el artículo 7 de la mencionada norma atribuye al Consejo Nacional de Estadística y Censos: “disponer la realización de censos nacionales y aprobar los planes y presupuestos correspondientes”.
De igual manera, de acuerdo al literal g) del artículo 10 de la indicada Ley al Instituto Nacional de Estadística y Censos, le corresponde “realizar los censos de población y vivienda, agropecuarios, económicos y otros, y publicar y distribuir sus resultados (…)”.
El artículo 227 de la Constitución de la República, determina que: “La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación."
El artículo 288 de la Constitución de la República, determina que: “(…) Las compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social. Se priorizarán los productos y servicios nacionales, en particular los provenientes de la economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas.”
Mediante “Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados Miembros por una parte y Colombia, el Perú y Ecuador”, publicado en el Registro Oficial Edición Especial No. 780, de 24 de noviembre de 2016 y su Protocolo de Adhesión, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 900 de 12 de diciembre de 2016, el mismo que entró en vigor el 01 de enero de 2017, dispone a las Entidades Contratantes aplicar integralmente las disposiciones de dicho Acuerdo Comercial en la ejecución de los procesos de Contratación Pública.
Mediante Decreto Presidencial No. 1110 de 27 de julio de 2020, el señor Presidente de la República, de la época, en el artículo único decreta: “Ratificar en todo su contenido el “Xxxxxxx Xxxxxxxxx xxxxx xx Xxxxx Xxxxx xx Xxxx Xxxxxxx e Irlanda del Norte, por una parte, y la Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx x xx Xxxxxxxxx xx Xxxx, por otra”, el cual entró en vigor a partir de su publicación en el Registro Oficial No. 259 de 03 xx xxxxxx de 2020, fortaleciendo el despliegue de alianzas comerciales entre estos países.
Con fecha 01 de noviembre de 2020 entró en vigor el ACUERDO DE ASOCIACIÓN DE ECONÓMICO INCLUSIVO XXXXX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXX X XXX XXXXXXX XXXX, publicado
en el Cuarto Suplemento del Registro Oficial No. 395 de 22 de febrero de 2021, mediante el cual los estados miembros de AELC (Asociación Europea de Libre Comercio), Islandia, el Principado de Liechtenstein, el Xxxxx de Noruega y la Confederación Suiza y, la República del Ecuador, establecen un área de libre comercio.
Mediante Acta Resolutiva No. 001-2017 del 19 xx xxxx de 2017, el Consejo Nacional de Estadística y Censos - CONEC, aprueba disponer la realización y declarar de prioridad nacional la ejecución del VIII Censo de Población y VII de Vivienda.
Mediante Decreto Ejecutivo Nro. 684 de 25 de febrero de 2019, el Presidente Constitucional de la República, decreta de interés y prioridad nacional la realización del VIII Censo de Población y VII de Vivienda a efectuarse en el año 2020, cuya preparación, organización y ejecución estará bajo responsabilidad del Instituto Nacional de Estadística y Censos.
Mediante Acta Resolutiva No. 001-2021 de 19 xx xxxx de 2021, el Consejo Nacional de Estadística y Censos- CONEC, solicita al INEC que trabaje en la identificación y desarrollo de metodologías alternativas para la ejecución del próximo Censo de Población y Vivienda, en prospectiva a las condiciones derivadas de la pandemia y que presente la hoja xx xxxx respectiva en el transcurso del segundo semestre de 2021, que incluya un análisis técnico y financiero.
Mediante memorando Nro. INEC-INEC-2021-0679-M el 30 de diciembre de 2021, el Director Ejecutivo del INEC aprueba la ejecución del Plan de Dirección de proyecto VIII Censo de Población y VII de Vivienda, para las actividades a ejecutarse en el año 2022.
Mediante memorando Nro. INEC-INEC-2022-0012-M del 11 de enero de 2022, se procede a aprobar la "primera reforma al Plan Operativo Anual (Programación Anual de la Planificación) 2022.
Mediante memorando Nro. INEC-CGAF-2022-0134-M del 04 de febrero de 2022, se remite la Resolución de Reforma al Plan Anual de Contrataciones 2022, del Plan de Dirección de Proyecto del VIII Censo de Población y VII de Vivienda.
Mediante Resolución No. 006-COMPRAS-DIREJ-2022 del 04 de febrero de 2022, se resuelve: “Art. 1.- APROBAR la reforma al Plan Anual de Contrataciones 2022, con el fin de incorporar los procesos de contratación del Plan de Dirección de Proyecto del VIII Censo de Población y VII de Vivienda", de conformidad con la matriz anexa en memorando Nro. INEC-CGAF-2022- 0123-M fin de que proceda a la suscripción respectiva conforme delegación del señor Director Ejecutivo dada a través de Resolución No. 001-DIREJ-DIJU-NI-2022 de 03 de enero del 2022”.
Mediante memorando Nro. INEC-SUGEN-2022-0032-M del 25 de febrero de 2022, se solicita a la dirección Tecnologías de la Información y Comunicación se remita la estandarización de características técnicas para adquisición de equipos tecnológicos para levantamiento de información.
Mediante memorando Nro. INEC-DITIC-2022-0211-M del 02 xx xxxxx de 2022, se remite por parte de la dirección Tecnologías de la Información y Comunicación la estandarización de características técnicas para adquisición de equipos tecnológicos para levantamiento de información.
Mediante correo electronico de 07 xx xxxxx de 2022, se solicitó el informe de factibilidad de los dispositivos moviles - Tablets, para los sistemas que se van a implemetar en el levantamiento de información del proyecto VIII Censo de Población y VII de Vivienda y el informe de Vigencia Tecnólogica para la adquisición y mantenimiento de Tablets que se usaran para el levantamiento de información.
El 15 xx xxxxx de 2022, se emite el Informe previo y el Informe sobre las características óptimas en los dispositivos móviles para la “Adquisición y mantenimiento de Tablets, necesario para el desarrollo de las actividades del plan de dirección del proyecto VIII Censo de Población y VII de Vivienda CPV” elaborado por el Responsable de la Gestión de Soporte al Usuario y revisado/aprobado por el Director de Tecnologías de la Información y Comunicación, mediante el cual justifican la vida útil y mantenimiento preventivo para el proceso y determinan las características técnicas de los equipos a ser adquiridos.
Mediante correo electrónico de 16 xx xxxxx de 2022, se solicitó a la responsable xx Xxxxxxx se remita el stock disponible de los dispositivos móviles -Tablets, según las características adjuntas necesarias para el VIII Censo de Población y VII de Vivienda.
El 16 xx xxxxx de 2022, la responsable xx Xxxxxxx remite la validación de stock solicitada, señalando que no hay en stock de los dispositivos móviles -Tablets, según las especificaciones técnicas remitidas para el VIII Censo de Población y VII de Vivienda.
El 23 xx xxxxx de 2022, la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación emiten el informe previo ampliado sobre las características óptimas en los equipos de captura móviles para la “Adquisición y mantenimiento de Tablets, necesario para el desarrollo de las actividades del plan de dirección del proyecto VIII Censo de Población y VII de Vivienda CPV” elaborado por el Responsable de la Gestión de Soporte al Usuario y revisado/aprobado por el Director de Tecnologías de la Información y Comunicación, mediante el cual justifican la vida útil y mantenimiento preventivo para el proceso y determinan las características técnicas de los equipos a ser adquiridos.
Mediante memorando Nro. INEC-CPV-2022-0179-M del 19 xx xxxxx de 2022, con el fin de cumplir con el cronograma establecido para la adquisición de los dispositivos móviles - tablets y con el objeto de garantizar los intereses institucionales, se solicita se cambie dentro de “Otros parámetros” de las especificaciones técnicas remitidas: “ El certificado deberá ser original, este debe ser entregado a la firma del contrato”, por “El certificado deberá ser original, este debe ser entregado al momento de la oferta”.
2. Objetivo:
Adquirir los dispositivos moviles- Tablets necesarios para el cumplimiento de las actividades del Proyecto VIII CENSO DE POBLACIÓN Y VII DE VIVIENDA CPV, los mismos servirán para que el personal de campo cuente con las herramientas para el levantamiento de información.
3. Metodología de Trabajo
✓ El administrador del contrato notificará al contratista el cronograma de entrega y distribución aprobado.
✓ Una vez notificado el contratista, deberá coordinar las entregas en cada una de las zonales de acuerdo a las siguientes direcciones:
Quito: Xxxx Xxxxxx 00-00 x Xxxx Xxxxxxx (XXXX Xxxxxx Xxxxxxx)
Xxxxxxxxx: Av. Xxxxxxxxx Xxxxxx 0046 entre Xxxxx Xxxxxxx y Xxxx Xxxxxxx (Xxxxxxxx Xxxxx, xxxx 0, xxxxxxx 000 Xxxxxxxxx Xx Xxxxxxx)
Xxxxxx: Xx. Xxxxxx x Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx 0, xxxxxx xxxx (xx XXXX)
Xxxxxx: Xxxxxxx Xxxxxxx y la Delicia (Centro comercial Caracol, oficina 89)
✓ El administrador de contrato, coordinará con el guardalmacén de cada coordinación zonal, para la recepción de los dispositivos móviles-Tablet, donde se suscribirá las actas entrega recepción respectiva a plena satisfacción de la entidad contratante.
4. Alcance
El Instituto Nacional de Estadística y Censos, con el propósito de cumplir con el desarrollo de las actividades del Plan de Dirección de Proyecto VIII Censo de Población y VII de Vivienda, mediante la metodología de DERECHO, considera indispensable la adquisición de dispositivos moviles - Tablets las cuales serán utilizada por el personal de campo durante el tiempo que dure el operativo de campo y equipos que serviran para los diferentes proyectos de la Institución, para el desarrollo de las actividades y acciones del levantamiento de información, esto nos permitirá revisar la información de manera
inmediata, conocer el avance de cobertura de la información levantada y el control en el cumplimiento de la carga asignada.
5. Información que dispone la entidad
✓ Fechas tentativas de la entrega de los dispositivos móviles -Tablets en las diferentes zonales.
✓ Nombre de los responsables de la recepción de los dispositivos móviles -Tablets en las diferentes zonales.
✓ Nombre de los funcionarios que recibirán la capacitación sobre el uso y manejo de los dispositivos móviles - Tablets a ser entregados, así como el lugar, la fecha y el horario a efectuarse.
6. Bienes y servicio esperado:
A continuación, se exponen las características generales mínimas que deberán cumplir los dispositivos móviles solicitados:
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | ||
EQUIPOS MOVILES | ||
EQUIPO | TABLET | |
MARCA | Reconocida a nivel mundial | |
MODELO | Reconocida a nivel mundial | |
CANTIDAD | 17.139 | |
Hardware | Procesador | mínimo: 1,6 GHz; mínimo 8 núcleos |
Memoria RAM | mínimo: 4 GB | |
Almacenamiento | mínimo: 32 GB | |
Sistema Operativo | mínimo: Android 11.0 | |
Display | Pantalla | 8" |
Resolución | mínimo: 1280 x 800 (WXGA) | |
Tipo | LCD/LED | |
Panel Táctil | Multitouch | |
Legible luz de día | Requerido | |
Batería | Capacidad | mínimo: 5000mAh (no removible) |
Tiempo de uso | mínimo: 9 horas ( si por ejemplo uso internet 4G) | |
Conectividad | Banda | No requerida |
Localización | mínimo: GPS | |
Radio | mínimo: 802.11 a/b/g/n | |
Bluetooth | Mínimo: V 4.0 | |
Gestión de dispositivos móviles | Sistema de Administración centralizado | |
Homologación | Equipos homologados (en caso de que el equipo ofertado lo requiera; Adjuntar certificado) | |
CONDICIONES ADICIONALES | ||
El equipo sus partes y piezas deben ser nuevas y no re-manufacturado; deben ser de propiedad de la marca u homologadas por la marca. | Adjuntar carta compromiso en la cual el proveedor se comprometa a presentar los documentos notariados en los cuales avale que los equipos sus partes y piezas deben ser nuevas, no re-manufacturados y homologadas por la marca. | |
El oferente deberá presentar el certificado de ser distribuidor autorizado. | Adjuntar certificado. El certificado deberá ser original emitido por el fabricante/mayorista, este debe ser entregado en la postulación. |
Indicar el link de la página web. | El fabricante, representante, distribuidor o vendedor autorizado del equipo ofertado, deberá contar con una página web, que tenga por dominio el nombre de la marca de dicho equipo. En la página se podrá consultar la vigencia y estado de la garantía, bajar los controladores y parches sin costo para la institución, referentes al modelo del equipo y con compatibilidad para los sistemas operativos soportados. | |
Año de fabricación | Garantizar que los equipos ofertados, hayan sido fabricados como máximo un año antes a la adjudicación, lo cual deberá ser certificado por el fabricante. El oferente deberá entregar una carta compromiso que garantice el año de fabricación a la firma del contrato. | |
Garantía Técnica | El oferente presentará un certificado y/o indicará el link de verificación de activación de la garantía técnica emitido por el fabricante/oferente, la misma que entra en vigencia una vez que se suscriba el acta entrega recepción de los bienes, con una duración de un (1) año. El certificado solicitado deberá ser entregado al momento de la suscripción del acta entrega recepción de los bienes. La garantía cubrirá devolución de equipos por defecto de fábrica. | |
Garantía y soporte del fabricante y/o el oferente | El soporte de cobertura será de 8x5 con un tiempo de respuesta de 2 horas (Alta); 8x5 con un tiempo de respuesta de 4 horas (Media) por parte del fabricante y/o el oferente; contar con un equipo de backup de las mismas características al menos, en las ciudades de Quito, Guayaquil, Cuenca, Ambato; por un (1) año de garantía. El oferente garantizará la cobertura y provisión de repuestos, accesorios, partes y piezas, su disponibilidad tanto para el mantenimiento preventivo periódico y correctivo, por medio de un certificado emitido por el fabricante y/o el oferente. El certificado solicitado deberá ser entregado al momento de la recepción del equipo. El fabricante y/o el oferente deberán contar con un Call Center para la recepción de llamadas, a través de un número 1800 (llamada gratis) o llamada local. | |
Garantizar la disposición de talleres de servicio autorizado | Disponer de talleres de servicio autorizado para los respectivos mantenimientos preventivos y correctivos, por medio de un listado de los talleres avalados para brindar el servicio. | |
Mantenimiento Preventivo (anual) | El mantenimiento preventivo de los bienes deberá comprender el soporte técnico regular o periódico, los insumos, partes, piezas y todas las acciones necesarias para garantizar el perfecto estado de funcionalidad del bien de conformidad con las recomendaciones establecidas en los manuales del fabricante. El oferente deberá detallar los valores de mantenimiento preventivo. Los mantenimientos se realizarán en sitio por el año de la Garantía. | |
Mantenimiento Correctivo (como parte de la garantía) | El mantenimiento correctivo de los bienes debe comprender la reparación inmediata del bien en caso de daño o defecto de funcionamiento, la provisión e instalación de repuestos, accesorios, piezas o partes, así como la obligación de ejecutar todas las acciones necesarias para garantizar su funcionalidad y operatividad, incluyendo su reposición temporal. Adjuntar documento (Debe contener mínimo lo señalado en Garantía y soporte del fabricante y/o el oferente). El documento solicitado deberá ser entregado al momento de la presentación de la oferta. Se realizará el mantenimiento correctivo IN SITU. En ningún caso los repuestos serán reutilizados. | |
Reposición Temporal | Es aquella que se realiza en el marco del mantenimiento correctivo. La reposición temporal comprende la entrega inmediata de un bien de las mismas o mayores características o especificaciones técnicas por el tiempo que dure el mantenimiento referido. Decreto 1515.- Vigencia Tecnológica Art. 123 | |
Reposición Definitiva | De acuerdo a la Resolución Nro. 72 del Servicio Nacional de Contratación Pública, CODIFICACIÓN DE RESOLUCIONES DEL SERVICIO NACIONAL DE CONTRATACION PUBLICA, Art. 124.- Reposición definitiva.- La reposición definitiva operará en el caso en que el bien deba ser reemplazado por uno nuevo de iguales o mayores características o especificaciones técnicas al presentar defectos de fabricación o funcionamiento durante su operación, en el caso de ser adquirido o arrendado, al no poder ser reparado con el mantenimiento correctivo y, siempre y cuando no se trate de un daño derivado del mal uso u operación. La reposición definitiva |
también operará en caso de reemplazo de los bienes al haber cumplido su vida útil cuando, en el caso de adquisición de los bienes a los que aplica el principio de vigencia tecnológica, las entidades contratantes hayan previsto la recompra de los bienes por parte del contratista o recibirlos como parte de pago de los bienes nuevos, de similares o mayores características técnicas. Excluye los casos cuando mediante informe claro y verificable se determine que los daños fueron causados por mal uso u operación. En todos los demás casos se considerará como defecto de fábrica o del modelo del equipo. | ||
Manuales | Se requerirán los manuales técnicos que prevean de uso, operación y mantenimiento, los que deberán encontrarse en idioma español y cuya entrega se efectuará conjuntamente con los bienes suministrados. Los manuales de usuario y técnicos pueden ser entregados en medios digitales. El juego de manuales estará integrado por: Manual técnico, Manual de usuario y Manual de operación. Los manuales deberán entregarse al momento de la suscripción del acta entrega recepción del bien. Art. 125.- Condiciones específicas para la adquisición de bienes en aplicación de principio de vigencia tecnológica. Si la entidad contratante va a adquirir uno o más de los bienes enumerados en el presente Capítulo y éstos no constan en el Catálogo Electrónico o el Catálogo Dinámico Decreto Ejecutivo No. 1515 de 15 xx xxxx de 2013 y en la presente Sección, el pliego del procedimiento y el contrato deberán contener las siguientes condiciones específicas: • Se requerirán los manuales técnicos que prevean de uso, operación y mantenimiento, los que deberán encontrarse en idioma español y cuya entrega se efectuará conjuntamente con los bienes suministrados. Los manuales de usuario y técnicos pueden ser entregados en medios digitales. El juego de manuales estará integrado por: • Manual de Uso y Operación: con instrucciones de manejo y cuidados a tener en cuenta para el adecuado funcionamiento y conservación del equipo y, • Manual de Servicio Técnico: con información detallada para su instalación, funcionamiento, entre otros. | |
Procedimiento de ejecución de Garantías | Documento que detalle los procedimientos claros, precisos y efectivos para la ejecución de la Garantía Técnica. El documento deberá ser entregado al momento de la suscripción del acta entrega recepción del bien, (mínimo requeridos: página web, contacto telefónico). | |
Capacitación | El proveedor debe ofrecer la capacitación sobre el uso y manejo de los equipos a mínimo 4 funcionarios designados por el INEC, misma que debe ser IN SITU. | |
Recompra | De acuerdo a la Resolución Nro. 72 del Servicio Nacional de Contratación Pública, CODIFICACIÓN DE RESOLUCIONES DEL SERVICIO NACIONAL DE CONTRATACION PUBLICA, se determina en el Art. 138.- Determinación del período de vida útil y valor de recompra: “Las entidades contratantes en el pliego del procedimiento deberán determinar el período de vida útil sobre la cual se deberán aplicar los servicios de mantenimiento de los equipos a adquirir, para lo cual se deberá considerar la frecuencia de uso y las condiciones de funcionamiento y utilización de los equipos, así como los datos históricos que las entidades contratantes dispongan respecto a equipos similares. Del mismo modo, el valor de la recompra al final del período de vida útil deberá determinarse en base a un informe técnico de los bienes comprometidos considerando el Acuerdo Ministerial No. 189 del Ministerio de Finanzas de 28 xx xxxxx de 2013, referente a las "Normas Técnicas de Emisión de la Certificación Presupuestaria y Revalorización de Activos para la aplicación del Principio de Vigencia Tecnológica en la Adquisición y Prestación de Servicios en los que se requiera de Equipos Informáticos, Equipos de Impresión, Vehículos y Equipos Médicos, (Proyectores)" o el que se emita para el efecto. Para que la determinación del valor de recompra pueda aplicarse en las condiciones establecidas en el inciso anterior, el equipo deberá encontrarse dentro del período de vida útil. Caso contrario, el valor se establecerá considerando el valor |
comercial actual, el precio de adquisición, el estado actual, el valor de bienes similares en el mercado y, en general, todos los elementos que ilustren adecuadamente su determinación en cada caso. Por ningún efecto el valor de la recompra podrá ser inferior a la xxx xxxxxxx, salvo el caso de obsolescencia debidamente establecida.” | ||
Se deben cumplir con todas las especificaciones enumeradas que permitan el cumplimiento del Capítulo III PRINCIPIO DE VIGENCIA TECNOLÓGICA de la Resolución Nro. 72 del Servicio Nacional de Contratación Pública, CODIFICA RESOLUCIONES DEL SERVICIO NACIONAL DE CONTRATACION PUBLICA mediante el cual resuelve expedir las disposiciones de contratación para la adquisición y arrendamiento, de bienes y la prestación de servicios, relacionadas con el cumplimiento del principio de vigencia tecnológica; y demás normativa vigente que aplique al presente requerimiento. |
C. REQUISITOS MÍNIMOS
Para la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos se utilizará la metodología “CUMPLE O NO CUMPLE”, de acuerdo al siguiente cuadro:
PARÁMETRO | CUMPLE | NO CUMPLE | OBSERVACIONES |
Integridad de la oferta (Formularios) | |||
Especificaciones Técnicas | |||
Experiencia General y Especifica mínima del oferente | |||
Patrimonio | |||
VAE | |||
Otros parámetros |
1. Integridad de la oferta: La integridad de las ofertas se evaluará considerando la presentación de los formularios de la oferta y el cumplimiento de los requisitos mínimos y especificaciones técnicas previstas en el pliego.
2. Cumplimiento de las Especificaciones Técnicas: Los oferentes deberán incluir dentro de su propuesta de manera pormenorizada el cumplimiento de cada uno de los ítems requeridos en los bienes esperados.
3. Oferta Económica: El oferente deberá presentar su oferta económica con el desglose de los precios unitarios de los ítems ofertados.
4. Experiencia General del oferente:
Dentro de los últimos 15 años, el oferente deberá presentar mínimo una copia de acta entrega recepción definitiva, contratos y/o certificado que acredite experiencia en venta de equipos tecnológicos en general, deberá constar la fecha en la que fue ejecutado, monto y estar debidamente suscrito; por un monto mínimo de $1.054.048,50 (valor que no incluye IVA). En el caso de que presente más de una copia de acta entrega recepción definitiva y/o certificado que acredite la experiencia solicitada, cada uno deberá ser de un monto de mínimo de $158.107,28 (valor que no incluye IVA) y que sumados entre sí sea de mínimo
$1.054.048,50 (valor que no incluye IVA).
5. Experiencia Específica del oferente:
Dentro de los últimos 5 años, el oferente deberá presentar mínimo una copia de acta entrega recepción definitiva, contrato y/o certificado que acredite experiencia en venta, soporte y configuración en equipos móviles y/o portátiles, deberá constar la fecha en la que fue ejecutado, monto y estar debidamente suscrito; por un monto mínimo de
$527.024,25 (valor que no incluye IVA). En el caso de que presente más de una copia de acta entrega recepción definitiva y/o certificado que acredite la experiencia solicitada, cada uno deberá ser de un monto de mínimo de $79.053,64 (valor que no incluye IVA) y que sumados entre sí sea de mínimo del $527.024,25 (valor que no incluye IVA).
6. Otros parámetros resueltos por entidad contratante:
• Presentar carta compromiso suscrita de que todos los bienes a entregar son nuevos, originales y no re manufacturados.
• Presentar carta compromiso de que los dispositivos móviles - Tablets a ser entregados, se encontrarán homologados de conformidad a lo que establece la normativa vigente y debidamente suscrito
• El oferente presentará una carta compromiso donde se garantice el cumplimiento del mantenimiento preventivo de los dispositivos móviles - Tablets, como parte de la garantía técnica, sin costo adicional para la entidad contratante.
• El oferente deberá presentar dentro de su oferta la aceptación del Anexo 1. (Declaración de aceptación de las Normas para la prevención y lucha contra el fraude y la corrupción), debidamente suscrita.
• El oferente deberá presentar dentro de su oferta la aceptación del Anexo 2. (Formulario de Buenas Prácticas Laborales), debidamente suscrita.
7. Porcentaje de Valor Agregado Ecuatoriano mínimo: Para que una oferta sea considerada ecuatoriana el Valor Agregado Ecuatoriano de la misma deberá ser igual o superior al umbral del Valor Agregado Ecuatoriano del procedimiento de contratación pública, según lo expuesto en el artículo 69 de la Resolución No. RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 xx xxxxxx de 2016, junto con todas sus reformas.
En tal razón, el Módulo Facilitador de la Contratación Pública realizará el cálculo de los umbrales del presente procedimiento de contratación de forma automática y el resultado de este cálculo constará en el pliego del procedimiento y servirá para la calificación de las ofertas, así como para determinar si una oferta puede ser considerada de origen ecuatoriano de conformidad a la normativa vigente emitida por el SERCOP para el efecto.
Únicamente en el caso de que las ofertas presentadas no acreditaren Valor Agregado ecuatoriano, la entidad contratante considerará y analizará las ofertas de origen extranjero que se hubieren presentado.
8. Patrimonio:
El INEC verificará que el patrimonio del oferente sea igual o superior a la relación que se determine con respecto al presupuesto referencial, conforme las regulaciones expedidas por el SERCOP. Deberá cumplir con lo establecido en el numeral 3, de artículo 65 de la Resolución No. RE-SERCOP-2016-0000072 de 31 xx xxxxxx de 2016.
9. Información Financiera de Referencia: Los factores para su cálculo estarán respaldados en la correspondiente declaración de impuesto a la renta del último ejercicio fiscal y/o los balances presentados al órgano de control respectivo. Los índices financieros constituirán información de referencia respecto de los participantes en el procedimiento y en tal medida, su análisis se registrará conforme el detalle a continuación:
INDICE | INDICADOR | OBSERVACIONES |
Solvencia | mayor o igual a 1,0 | |
Endeudamiento | menor a 1,5 |
NOTA: LOS ÍNDICES SON REFERENCIALES; NO CONSTITUIRÁN CAUSAL DE DESCALIFICACIÓN, PARA SU VERIFICACIÓN SE DEBE PRESENTAR LOS ESTADOS FINANCIEROS O LA DECLARACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA DEL ÚLTIMO EJERCICIO FISCAL
D. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
1. Obligaciones del Contratista:
• El/la contratista deberá revisar cuidadosamente el pliego y cumplir con todos los requisitos solicitados en el mismo. La omisión o descuido del oferente al revisar el pliego, no le relevará de sus obligaciones con relación a su oferta.
• Dar cumplimiento cabal a lo establecido en el presente instrumento de acuerdo con los términos y condiciones del contrato.
• El soporte de cobertura será de 8x5 con un tiempo de respuesta de 2 horas (Alta); 8x5 con un tiempo de respuesta de 4 horas (Media) por parte del fabricante y/o el oferente; contar con un equipo de backup de las mismas características al menos, en las ciudades de Quito, Guayaquil, Cuenca, Ambato; por un (1) año de garantía.
• El oferente garantizará la cobertura y provisión de repuestos, accesorios, partes y piezas, su disponibilidad tanto para el mantenimiento preventivo periódico y correctivo, por medio de un certificado emitido por el fabricante y/o el oferente.
• El oferente presentará un certificado y/o indicará el link de verificación de activación de la garantía técnica emitido por el fabricante/oferente, la misma que entra en vigencia una vez que se suscriba el acta entrega recepción de los bienes, con una duración de un (1) año.
2. Obligaciones adicionales del contratista:
• El contratista previo a la suscripción del contrato, deberá presentar el Anexo 1. (Declaración de aceptación de las Normas para la prevención y lucha contra el fraude y la corrupción), debidamente suscrita.
• El contratista previo a la suscripción del contrato, deberá presentar el Anexo 2. (Formulario de Buenas Prácticas Laborales), debidamente suscrita.
• Dar fiel xxxxxxxxxxxx xx Xxxxx 0. (Declaración de aceptación de las Normas para la prevención y lucha contra el fraude y la corrupción); y, Anexo 2. (Formulario de Buenas Prácticas Laborales), en la etapa precontractual y contractual del proceso de contratación.
3. Obligaciones del Contratante:
• Designar al Administrador del Contrato para la plena ejecución del mismo y darlo a conocer oportunamente al contratista.
• Proporcionar al contratista la información disponible para el cumplimiento del contrato.
• Pagar oportunamente los valores a que tenga derecho el/la contratista, con sujeción a las estipulaciones contractuales.
4. Adicional se debe indicar lo siguiente:
✓ Término para la atención o solución de peticiones o problemas: 2 días calendario
✓ Número de días para celebrar contratos complementarios: 15 días calendario
5. Comisión Técnica:
En referencia al Art. 18 del Reglamento de la Ley de Contratación Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública se sugiere la siguiente conformación:
a) Delegado de la máxima autoridad: Xxxx Xxxx, Gerente CPV con C.I. 1708274145 Xxxx_Xxxx@xxxx.xxx.xx
b) Delegado/a de la unidad requirente: Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, Miembro de Equipo Logística y Operaciones de Campo con C.I. 1721328100 Xxxxxxxxx_Xxxxxxx@xxxx.xxx.xx
c) Profesional o Técnico afín: Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxx, Responsable de Gestión de Soporte a Usuarios con C.I. 1712292018
6. Administración del contrato:
Se sugiere que se designe como Administrador del contrato, al Responsable Nacional de Logística y Operaciones de Campo “VIII Censo de Población y VII de Vivienda CPV”.
Nombre | Cargo | Firma | |
Elaborado por: | Xxxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxx de Equipo CPV VIII Censo de Población y VII de Vivienda | Firmado electrónicamente por: XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXX |
Xxxxxxxx y Aprobado: | Xxxx Xxxx Xxxxxxx | Responsable Nacional Logística y Operaciones de Campo VIII Censo de Población y VII de Vivienda | Firmado electrónicamente por: XXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXX |