CeramTec GmbH
CeramTec GmbH
Condiciones generales de venta y distribución
1. Ámbito de aplicación, conclusión de contrato
1.1 Para todas y cada una de las relaciones jurídicas con empresas y con personas naturales o jurídicas del derecho privado o público a las cuales nosotros suministramos mercancías o servicios son válidas única y exclusivamente las siguientes condiciones de venta y de suministro. No aceptamos las condiciones generales de contrato, ni tampoco directivas internas, etc. del cliente (a continuación llamado "cliente"), si éstas se oponen o difieren de nuestras condiciones generales de venta y suministro, incluso si en un caso concreto no las contradecimos expresamente y/o, incluso conociéndolas, las enviamos incondicionalmente. Dicha norma también se aplicará a cualquier tipo de referencia al internet que haga el cliente. Nuestras condiciones de venta y suministro son válidas en la correspondiente redacción actual, también para los suministros y servicios futuros con el comitente (a continuación llamado "comitente").
1.2 En caso de haber acuerdos discrepantes individuales con el cliente, tienen éstos prioridad ante estas condiciones de venta y suministro.
1.3 En relación a precio, cantidad, plazos de suministro y posibilidades de suministro, nuestras ofertas son sin compromiso.
1.4 Con el pedido, el cliente declara de forma vinculante su deseo de adquirir la mercancía solicitada. Tenemos el derecho a aceptar la oferta de contrato que hay en el pedido en un plazo de 2 semanas una vez lo hayamos recibido. La aceptación se puede realizar por escrito, y ello incluye la notificación por telefax o por transmisión de datos, o incluso entregando la mercancía al cliente.
1.5 Cualquier aceptación por nuestra parte se hace a condición de que no haya ningún impedimento legal (por ejemplo disposiciones de control de exportaciones) que lo impida.
2. Precios, condiciones de pago
2.1 Los precios acordados se entienden de fábrica (EXW (ex fábrica), según Incoterms® 2010, ICC (Cámara de comercio internacional)) a los que hay que añadir el embalaje y los impuestos legales válidos que correspondan.
2.2 El cliente no tiene derecho a retener pagos o a ponerlos a cuenta de posibles contraprestaciones, excepto si éstas han sido reconocidas por nosotros o han sido ratificadas por derecho x xxx.
2.3 Tenemos derecho a deducir de los pagos del cliente las deudas con el vencimiento más antiguo.
2.4 Si no se ha acordado de otro modo, el cliente se compromete a abonar el precio de compra en un plazo de 30 días de la fecha de la factura, independientemente del día en que se recibió la mercancía. Pasado dicho plazo se considera que el cliente ha demorado en el pago, sin que para ello sea necesaria una amonestación. A partir de la fecha de vencimiento tenemos derecho a facturar un 9 % de impuestos adicionales al tipo básico de interés correspondiente del Banco Central Europeo. Nos reservamos el derecho a reclamar posibles daños adicionales.
2.5 Si una vez concluido el contrato se observa que nuestro derecho a cobrar está amenazado o va a estarlo debido a una deficiente capacidad financiera del cliente, tenemos el derecho a adelantar el vencimiento de todos nuestros requerimientos y a exhortar al cliente el pago inmediato al recibir la mercancía o a dar garantías. Si en un plazo prudencial el cliente no atiende a dicha exhortación, tenemos el derecho a exigir una indemnización y a rescindir el contrato.
2.6 Se considerará que un pago ha sido efectuado, cuando el importe esté disponible de forma inapelable en una de las cuentas que mencionamos.
3. Modelos especiales, herramientas
3.1 Para las mercancías que en el momento de hacer el pedido aún no están fabricadas se permite el suministro excesivo e incompleto de un máximo del 10% de la cantidad solicitada y sin necesidad de informar al cliente. En caso de modelos especiales, así como en los pedidos de tipos nuevos, nos reservamos el derecho a facturar al cliente en su totalidad o en la parte correspondiente los gastos de creación, así como los ocasionados por matrices, herramientas, grabados, formas y cualquier otro tipo de dispositivo de fabricación. Los gastos debidos a la adquisición o la nueva fabricación de maquinaria, especialmente los debidos al desgaste, van a cargo del cliente.
3.2 Independientemente de la relación de propiedad y/o de las impensas para su adquisición/fabricación, las herramientas que contienen nuestro saber hacer ("know-how"), son de forma irrevocable, de nuestra propiedad. En caso dado se tiene que llegar a un acuerdo con el cliente sobre la manera de proceder (compra, desguace, etc.).
4. Reserva de la propiedad
4.1 Hasta la completa consumación de todos y cada uno de los derechos surgidos de esta relación comercial con el cliente, la mercancía seguirá siendo de nuestra propiedad.
4.2 El cliente está obligado a almacenar y marcar la mercancía que nos pertenece (mercancía en reserva) separada de las demás. En caso de que terceros reclamen el derecho a la mercancía en reserva, el cliente se compromete a avisarnos de forma inmediata.
4.3 El cliente procesará o transformará la mercancía en reserva de nuestra parte, sin que ello conlleve obligaciones por nuestra parte. En caso de que el cliente combine, mezcle, transforme o entremezcle
la mercancía en reserva con otra mercancía o la reforme, tenemos derecho de copropiedad por la nueva mercancía que así se haya creado en relación del valor de la factura de la mercancía en reserva a las otras mercancías. En el sentido de estas condiciones, la nueva mercancía sigue estando en reserva.
4.4 El cliente está autorizado revocablemente a la venta de los bienes reservados. Esta autorización solo se extiende a ventas efectuadas en relaciones comerciales correctas. Cualquier otro tipo de disposición de la mercancía en reserva, especialmente empeño y transmisión fiduciaria de seguridad, no está permitido. El cliente nos traspasa por la presente y en todo su importe todas y cada una de las reclamaciones a las que tenga derecho por la mercancía en reserva, debido a enajenaciones posteriores o por cualquier otro motivo legal. En caso de copropiedad dicho traspaso incluye solamente la parte correspondiente a nuestras reclamaciones. Aceptamos el traspaso. Sólo está permitida la enajenación posterior una vez asegurado dicho traspaso.
4.5 El cliente tiene en todo momento el derecho revocable a retirar las reclamaciones cedidas en relaciones comerciales correctas. A petición nuestra tiene que mostrar a sus deudores este traspaso. También nosotros podemos presentar dicha declaración en todo momento y nos reservamos el derecho a recaudar las reclamaciones, en cuanto el cliente se demore en el pago.
4.6 Si el cliente ha suspendido pagos, está obligado a enviarnos inmediatamente una lista de la mercancía en reserva aún existente, incluso si está transformada, así como una lista de las reclamaciones a terceros deudores. Si se declara insolvencia de pagos sobre el capital del cliente tenemos derecho a rescindir el contrato y a exigir la devolución inmediata de la mercancía en reserva que aún no haya sido transformada.
4.7 En caso de que el cliente se comporte de forma contraria a lo estipulado, especialmente en cuanto a demoras del pago o a vulneración de una obligación según los puntos 4.2 o 4.4, podemos rescindir el contrato y exigir la devolución de la mercancía en reserva.
No se requiere rescindir el contrato para ejercer esta reserva de propiedad, a menos que el comprador sea el consumidor.
5. Suministro y demora
5.1 Nuestros suministros se realizan "ex fábrica" (EXW (ex fábrica), según Incoterms® 2010, ICC (Cámara de comercio internacional)) . Los gastos y los riesgos corren a cuenta del cliente. Las demoras en el suministro y en la entrega que provoque el cliente nos habilita a exigirle los gastos acaecidos en materia de almacenamiento.
5.2 Estamos autorizados a posponer y/o anular nuestra obligación de suministro en casos de fuerza mayor, huelga, prohibición de entrada, si no hemos recibido la mercancía correcta o no lo ha hecho a su debido tiempo o debido a irregularidades de cualquier tipo o por dificultades surgidas posteriormente en el suministro de materiales necesarios para la producción, durante el envío o el transporte de la mercancía.
5.3 Si dichas limitaciones duran más de 6 meses sin que nosotros hayamos invocado el derecho a anular nuestra obligación de suministro, pasado un tiempo prudencial de aviso y excluyendo otros derechos, el cliente tiene derecho a rechazar la recepción de la mercancía solicitada afectada, excepto si nosotros le hemos ofrecido una solución sustitutiva adecuada.
5.4 Los plazos y fechas de entrega no son vinculantes pero se intentará respetarlos. Incluso si se acuerda un plazo fijo de suministro o de entrega, en caso de que surjan demoras por nuestra parte, el cliente nos ofrecerá una prolongación prudencial del plazo, normalmente 4 semanas. Transcurrido dicho plazo en vano, el cliente tiene un tiempo prudencial para declarar si rescinde el contrato debido a la demora del suministro de la mercancía o exige indemnización en vez del servicio o insiste en el suministro de ésta. Para los derechos de indemnización por parte del cliente debido a demora del suministro se aplicará el punto 9.
5.5 Son lícitos los suministros parciales y sus correspondientes liquidaciones, excepto si son inadmisibles para el cliente. En caso de acordar un suministro a demanda tenemos derecho a enviarlo y a facturarlo, si el cliente no ha retirado el pedido en un plazo de dos meses a partir de la fecha de confirmación de éste y si se ha realizado el envío.
6. Envío y embalaje
A la vez que se hace el pedido se tienen que indicar las normas de envío. La forma de envío, así como la ruta de expedición quedan siempre a nuestra discreción -sin garantía de que sea la forma más rápida-. Los costes adicionales que surjan debido a que el cliente desea un envío urgente o exprés, corren a su cargo. El suministro se realiza con embalaje. El embalaje que se haya puesto a disposición del cliente a título xx xxxxxxxx ha de ser devuelto inmediatamente y sin portes, una vez vaciado.
7. Medidas, pesos y cantidades de suministro
Para la facturación serán determinantes las medidas, pesos y cantidades que se indiquen en los documentos de envío y adjuntos. Reclamaciones respecto a las medidas, pesos y cantidades enviadas han de realizarse en un plazo máximo de 3 días laborables una vez recibida la mercancía en el lugar de destino.
8. Calidad de la mercancía. Garantías
8.1 Como calidad de la mercancía es solamente válida la indicada en nuestras descripciones del producto, en las especificaciones y en las denominaciones. Declaraciones públicas, reclamos o publicidad no son datos representativos relacionados con la calidad del producto.
8.2 Las garantías tienen que basarse en un acuerdo especial y han de estar confirmadas por escrito por nosotros. La referencia a las normas DIN o a otras similares son sólo como descripción de la mercancía y no representan ninguna garantía.
9. Examen a la entrada de la mercancía. Defectos ocultos.
9.1 No son defectos ocultos (i) la calidad de la mercancía o deterioros que hayan ocurrido tras la cesión del riesgo debido a una manipulación o almacenamiento indebidos o a la no observación de las normas de manipulación; o (ii) calidades de la mercancía o deterioros, provocados por causas de fuerza mayor, influencias externas especiales que no están previstas en el contrato o que se han debido al uso de la mercancía para un fin que no estaba previsto, ni es el usual.
9.2 No se aprobarán requerimientos por defectos ocultos si el cliente o terceros han modificado la mercancía, excepto si el deterioro no tiene relación con el origen del cambio.
9.3 El cliente está obligado a examinar la mercancía a su recepción en lo que respecta a identidad, cantidad, daños durante el transporte y defectos visibles. El cliente tiene que impugnar inmediatamente las diferencias que haya observado respecto a lo acordado, o como muy tarde 10 días después de haber recibido la mercancía en el lugar de destino. Los defectos ocultos tienen que impugnarse inmediatamente después de haberse descubierto. El cliente tiene la carga de la prueba para todos y cada uno de los requisitos necesarios para su reivindicación, especialmente para el propio deterioro, para el momento en que éste se descubrió y para el cumplimiento del plazo para enviar la impugnación.
9.4 Los deterioros que solamente disminuyen de forma insignificante el valor o la idoneidad de la mercancía no se consideran defectos ocultos en el sentido que se indica en estas condiciones.
9.5 En un plazo razonable de tiempo, el cliente se compromete a darnos la posibilidad de comprobar el deterioro impugnado. En caso contrario quedan anulados los derechos de garantía.
9.6 Una vez comprobado el deterioro, nosotros decidimos si reparamos el defecto gratuitamente o, si nos envían la mercancía deteriorada, la sustituimos xx xxxxx por otra. No es válida la gratuidad si para la subsanación de dicho deterioro aumentan los gastos necesarios, especialmente los de transporte, ruta de expedición, laborales o de material, debido a que el objeto del suministro se ha entregado posteriormente en un lugar diferente a la sede o a la filial del cliente. Si el transporte está considerado como uso según el fin para el que fue creado, la subsanación será gratuita para el cliente.
9.7 Se excluye cualquier reclamación de garantía más allá de lo que se indica en el punto 9.6, excepto en el caso de que que la subsanación del deterioro fracase o la eliminación y/o suministro subsidiario haya sido injustamente rechazada por nosotros o el plazo prudencial que el cliente nos haya otorgado para mejorar el deterioro, se acabe y no hayan resultados. En dichos casos el cliente puede rescindir el contrato o reducir el precio de compra.
9.8 Si debido a un defecto oculto o legal y tras fracasar la subsanación del deterioro el cliente elige, rescindir el contrato, no tiene derecho a pago de indemnización debido al deterioro. Si tras fracasar la subsanación del deterioro el cliente elige el derecho a pago de indemnización, la mercancía quedará en manos de éste, si ello es razonable. El derecho a pago de indemnización se limita a la diferencia entre el precio de compra y el valor del objeto deficiente. Esto no es válido si nosotros hemos causado la violación del contrato dolosamente. Nuestra obligación a ofrecer pago de indemnización se atiene por lo demás según el punto 10.
9.9 Los derechos de recurso del cliente contra nosotros según § 478 BGB (Código Civil) subsisten siempre y cuando el cliente y sus compradores no tengan un acuerdo más allá de los derechos legales derivados del deterioro.
9.10 Pasados 12 meses tras la entrega no se podrán reclamar derechos derivados de la garantía, excepto en el caso que se presente el suministro de un objeto, que según su uso habitual, se ha utilizado para un edificio cuya deficiencia ha provocado. En ese caso prescribirán los derechos derivados del deterioro 2 años después del inicio del plazo prescriptivo. Queda intacto el plazo prescriptivo según
§ 479 punto 2 del BGB (Código Civil).
10. Exención de responsabilidad. Limitación de responsabilidad
10.1 Excepto en los casos en los que los derechos se refieren a lesiones físicas o a la vida o a la salud o se basan en la ley sobre productos defectuosos, solamente nos hacemos responsables si se ha cometido intencionadamente o por negligencia grave. Lo mismo es válido en caso de prevaricación por parte de nuestros intermediarios.
10.2 La indemnización se limita solamente a deterioros directamente previsibles en el contrato, siempre y cuando no se tenga que responder por lesiones a la salud, al cuerpo o a la vida, o por la aceptación de una garantía o por un riesgo de producción. No se vincula la modificación de la carga de la prueba en contra del cliente con esta regulación.
10.3 Los derechos contractuales de indemnización prescriben tras un año. Esto excluye reclamos de indemnización por lesiones a la vida, la integridad física o la salud y/o reclamos de indemnización que nos competen por incumplimiento intencional o negligencia. Para todo lo demás valen los plazos de prescripción legales.
11. Acuse de receptión de mercancía
11.1 Conforme al Art. 17a del Decreto de Aplicación del IVA, en los suministros intercomunitarios a otros estados europeos miembros estamos obligados a demostrar, mediante la confirmación del adquirente, que el objeto suministrado efectivamente ha llegado al territorio de la Unión que corresponda. El denominado "Acuse de recibo de mercancía" deberá ser entregado por el adquiriente a petición nuestra. Para ello, enviaremos por correo electrónico la solicitud adjuntando el formulario a utilizar. El adquiriente deberá cumplimentar de forma fidedigna los puntos contenidos en este formulario.
- Fecha de recepción de la mercancía (mes/año)
- Población y país europeo en el que se ha recibido la mercancía
- Fecha de expedición del "Acuse de recibo de la mercancía"
- Firma
11.2 El adquiriente escaneará el "Acuse de recibo de la mercancía" debidamente cumplimentado y nos lo enviará por correo electrónico.
11.3 Si el adquiriente desea utilizar su propio formulario para el "Acuse de recibo de la mercancía" en lugar del nuestro, solo podrá ser aceptado si dicho formulario cumple lo establecido en el Art. 17a del Decreto de Aplicación del IVA en la última versión vigente.
11.4 Si en el plazo de cuatro semanas desde el envío de la solicitud, no hemos recibido por escrito el citado "Acuse de recibo de la mercancía" del adquiriente conforme a los requisitos anteriormente citados, nos reservamos el derecho a emitir una factura adicional por el valor del IVA aplicado al importe de la factura de la mercancía.
12. Confidencialidad. Derechos de protección
12.1 El cliente tratará de forma estrictamente confidencial toda la información que haya obtenido en el marco de este contrato, tanto la de ámbito técnico, como comercial, independientemente de si el contrato se cierra o no, incluso después de finalizado o rescindido éste. Ésto no se aplicará solamente si el cliente demuestra que tiene derecho a utilizar secretos empresariales e información confidencial.
12.2 A petición se nos tiene que devolver o se han de aniquilar inmediata e íntegramente todas y cada una de las informaciones que hemos ofrecido (también copias, anotaciones, etc.), así como objetos que hemos prestado.
12.3 Los dibujos, especificaciones, documentos empresariales, muestras y modelos, matrices, formas, herramientas y cualquier otro tipo de medios de fabricación que hemos entregado, así como otros documentos seguirán siendo de nuestra propiedad. Siempre y cuando no sea necesario para nuestra relación laboral, no se permite su transmisión, ni su reproducción ni parcial, ni íntegra, sin nuestro consentimiento por escrito. Tampoco se permite, ni siquiera parcialmente, reutilizarlos, transformarlos electrónicamente, ni facilitar el acceso a terceros o hacerlos públicos, ni tampoco reutlizarlos para sacarles provecho. Cualquier tipo de elaboración o procesado de los objetos mencionados será para nosotros. Nos reservamos todos los derechos de autor y otros derechos de protección de los objetos mencionados.
13. Contravención de los derechos de terceros
Si el cliente suministra planos, dibujos, modelos, pautas analíticas o de cualquier tipo y con ello se lesionan derechos de terceros, especialmente derechos de protección, el cliente nos exime de los derechos de indemnización, desde la primera demanda.
14. Comportamiento ético
14.1 El cliente está obligado a cumplir las leyes del ordenamiento jurídico aplicable. El cliente está obligado igualmente al cumplimiento de los principios establecidos en los Principios del Pacto Mundial de Naciones Unidas (xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxx-xx- gc/mission/principles) y de nuestro Código de Conducta, que se facilitará previa petición, y deberá obligar también a sus clientes, proveedores y/o subcontratistas a comprometerse al cumplimiento de estos principios.
14.2 Si el cliente incumple de forma dolosa estos principios, tendremos derecho a retirarnos del contrato con efecto inmediato o bien a rescindirlo, sin perjuicio de otros derechos que nos asistan. Siempre que sea posible subsanar este tipo de infracción, este derecho no podrá ejercerse hasta la expiración infructuosa de un plazo razonable para subsanar dicho incumplimiento.
15. Disposiciones generales
15.1 El lugar de cumplimiento de nuestros suministros y para los pagos del cliente es Plochingen (Alemania).
15.2 El cliente puede deducir sus reclamaciones de nuestras reclamaciones únicamente cuando esto haya sido reconocido expresa o legalmente por nosotros. Lo mismo vale para retenciones u otras reconvenciones.
15.3 Nos reservamos el derecho de traspasar reclamaciones sobre la relación contractual con el cliente, así como el de transmitir los datos correspondientes a quien reciba el traspaso, con la condición de que este se comprometa a mantener la misma confidencialidad que nosotros.
15.4 Si alguna de las disposiciones de estas condiciones de venta y suministro o de los acuerdos que aquí se han tomado no son válidos o dejan de serlo, las condiciones restantes mantendrán su validez. Los socios del contrato están obligados a sustituir la disposición inválida por otra que a nivel económico ofrezca un éxito económico lo más similar posible.
15.5 Para las relaciones contractuales es válido exclusivamente la legislación de la República Federal de Alemania excluyendo el derecho de colisión y el convenio de las Naciones Unidas sobre la compraventa internacional de mercaderías (CISG).
15.6 El fuero competente para todas las disputas legales respecto a las relaciones contractuales en las que se basan estas condiciones de venta y suministro es Stuttgart. A discreción nuestra puede ser también el tribunal competente de la sede o la filial del cliente y/o el tribunal del lugar de cumplimiento del contrato.