LLAMADO Y LICITACIÓN PARA PROVEER EL SERVICIO DE DISCOTEQUE Y ARRIENDO DEL TEATRO LA CÚPULA MULTIESPACIO
LLAMADO Y LICITACIÓN PARA PROVEER EL SERVICIO DE DISCOTEQUE Y ARRIENDO DEL TEATRO LA CÚPULA MULTIESPACIO
FONDA SANTIAGO 2019
1. ANTECEDENTES
Con fecha 00 xx xxxx xx 0000, xx Xxxxxxx Municipalidad de Santiago encargó a la Corpo- ración para el Desarrollo de Santiago la administración de los espacios públicos, conjun- tamente con la ejecución de los contratos para el desarrollo de la actividad denominada “Fonda Santiago 2019”, la cual se realizará en un sector del Parque O´Xxxxxxx, entre el 16 y el 22 de septiembre del presente año.
En virtud de dicho convenio, la referida Corporación para el Desarrollo de Santiago, efec- tuó un llamado para proveer el servicio de producción de la Fonda Santiago para los años 2017 y siguientes, siendo seleccionada la empresa Xxxxxx Producciones.
Con el objeto de dar cumplimiento al servicio encomendado, la Corporación para el Desa- rrollo de Santiago x Xxxxxx Producciones realizan el siguiente llamado a todos los interesa- dos en proveer el servicio de discoteque y arriendo del Teatro la Cúpula Multiespacio en la Fonda Santiago 2019.
2. CONCEPTO Y OBJETO
Para la producción de la Fonda Santiago 2019, Xxxxxx Producciones ha propuesto mante- ner el concepto “Xxxxxxxx Xxxxxxx Bajo la misma Estrella”, en el que se hace énfasis en la participación de todos los interesados, sin exclusiones de ningún tipo, para la celebración de nuestras fiestas patrias.
Adicionalmente, con la participación de todos los interesados, se pretende dar un sentido social a la actividad, priorizando la promoción del desarrollo comunitario a través de acti- vidades de educación, cultura y recreación con el objeto de fomentar la afinidad e interés por los valores patrios, la inclusión social y la sustentabilidad.
En este entendido, el objeto de la presente invitación es proveer un servicio de discoteque y arriendo del Teatro la Cúpula Multiespacio en la Fonda Santiago 2019 al interior del Parque O’Xxxxxxx, en la comuna y ciudad de Santiago.
3. QUIENES PUEDEN PARTICIPAR
Podrán participar en esta licitación todas aquellas personas, naturales o jurídicas, que es- tén interesadas en proveer un servicio de discoteque y arriendo del Teatro la Cúpula Mul- tiespacio en la Fonda Santiago 2019, durante todos los días del evento, en los horarios definidos más adelante, y que cuenten con la experiencia acreditada suficiente para aten- der la demanda de calidad y buen servicio con la que se caracterizará a la actividad
4. DATOS DE CONTACTO
4.1. Organismo mandante
• Razón Social: Corporación para el Desarrollo de Santiago
• R.U.T.: 71.274.200-3
• Dirección: Xxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, xxxxxx xxxx, xxxxxxx 000, Xxxxxxxx, Xxxxxx Me- tropolitana, Chile
4.2. Contacto para esta Licitación
• Nombre completo: Corporación para el Desarrollo de Santiago
• E-Mail: xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx
5. ANTECEDENTES DEL EVENTO
• Nombre: Fonda Santiago 2019
• Lugar: Parque O'Xxxxxxx, comuna y ciudad de Santiago.
• Inauguración oficial: lunes 16 de septiembre a las 21:00 horas (actividad privada cerrada al público general).
• Fecha de inicio: martes 17 de septiembre de 2019.
• Fecha de término: domingo 22 de septiembre de 2019 a las 21:00 horas.
• Horario de funcionamiento Días 00-00-00-00-00 de septiembre de 2019 desde las 12:00 y hasta las 02:00 horas.
• Horario de funcionamiento Día 22 de septiembre de 2019: desde las 12:00 y hasta las 21:00 horas.
6. CRONOGRAMA Y PLAZOS DE LA LICITACIÓN
• Publicación Licitación: jueves 25 de julio
• Consultas Licitación: jueves 25 x xxxxxxx 28 de julio
• Respuesta Consultas: lunes 29 de julio
• Recepción Ofertas: martes 30 de xxxxx x xxxxxxx 01 xx xxxxxx hasta las 12.00 Hrs.
• Revisión Ofertas: viernes 02 xx xxxxxx 12.00 Hrs.
• Adjudicación Ofertas: viernes 02 xx xxxxxx
• Firma Contrato, pago y entrega de garantía: lunes 05 a viernes 09 xx xxxxxx
7. MEDIO DE POSTULACIÓN
Todo intercambio de información será efectuado a través de medios electrónicos desde el formulario de postulación Fonda Santiago 2019 habilitado en la página web del evento (xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx) el que estará replicado también en el portal de la Corporación para el Desarrollo de Santiago (xxx.xxxxxxxx.xx). Las consultas se deben realizar al correo electrónico xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx
Se deja expresa constancia que no se aceptarán postulaciones presenciales o en algún formato distinto al online. Todos los documentos deben ser adjuntados en formato PDF. La presentación de cualquier documento de manera presencial y/o por otro medio dis- tinto al online, dejará al participante fuera de bases, y éste deberá postular en una se- gunda instancia o la que secunde a esta presentación.
8. CONDICIONES DE POSTULACIÓN
Por el solo hecho de participar en este proceso, se entiende que el oferente conoce, acepta y está conforme con todas las condiciones y exigencias establecidas en las presentes ba- ses. De esta manera, ante una eventual discrepancia entre la oferta del postulante y las bases de la licitación, incluidas sus aclaraciones complementarias, prevalecerán las bases y aclaraciones, las que serán íntegramente respetadas.
Los participantes deberán analizar las presentes condiciones y exigencias a su propio riesgo y responsabilidad. De igual forma, deberán tomar debido y oportuno conocimiento de las aclaraciones complementarias efectuadas a fin de que sean consideradas al mo- mento de presentar la oferta.
Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo ex- clusivo de cada oferente, no existiendo para la Corporación responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la postulación.
9. REQUISITOS MÍNIMOS PARA POSTULAR
Serán considerados requisitos mínimos para postular los siguientes:
a) No haber sido condenado por crímenes o simples delitos, acreditado mediante certifi- cado de antecedentes para fines especiales en original, emitido por Registro Civil con
una antigüedad no superior a 30 días. En caso que los oferentes sean personas jurídi- cas, este certificado deberá ser entregado por el Representante Legal y cada uno de los Socios.
b) Presentar la documentación mínima exigida de acuerdo al numeral 11 de las presentes bases.
c) No haber sido sancionado o multado en los últimos dos años por incumplimiento de normas sanitarias, municipales, contractuales u otras en proyectos en los que haya sido parte la Municipalidad de Santiago y/o la Corporación para el Desarrollo de Santiago.
d) No haber sido objeto del cobro de garantías total o parcial en algún proceso anterior por parte de la Municipalidad de Santiago y/o la Corporación para el Desarrollo de San- xxxxx, en los últimos dos años.
e) No tener deudas pendientes con la Corporación para el Desarrollo de Santiago.
f) Presentar una oferta acorde a los mínimos exigidos en el numeral 24 de las presentes bases. Cualquier oferta por debajo del precio mínimo, no será considerada.
g) Presentar la oferta dentro del plazo establecido en el numeral 6 de las presentes bases.
h) Pagar los derechos para participar en la presente licitación.
Aquellos oferentes que no cumplan con alguno de los requisitos descritos anteriormente, quedarán inhabilitados para postular, y sus ofertas no serán consideradas para la evalua- ción.
10. VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas tendrán una validez mínima de 30 días contados desde la fecha de recep- ción de las mismas, de conformidad al numeral 6.
11. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas de los interesados en proveer el servicio de discoteque y arriendo del Tea- tro la Cúpula Multiespacio en la Fonda Santiago 2019, estarán compuestas por una oferta administrativa, una propuesta de producción y una oferta económica.
11.1 Oferta Administrativa
La oferta administrativa deberá incluir, en formato digital, los siguientes documentos:
1. Anexo No. 1 Formulario de Identificación, debidamente completado y firmado.
2. Anexo No. 2 Formulario de Declaración Simple de Aceptación de Condiciones de las Presentes Bases, debidamente completado y firmado.
3. Anexo No. 3 Formulario de Declaración Jurada, debidamente completado y firmado ante notario.
4. Anexo No. 4 Formulario de Oferta Económica, debidamente completado y firmado.
5. Anexo No. 5 Formulario de Compromiso Sustentable, debidamente completado y firmado.
6. Fotocopia de la cédula nacional de identidad del oferente o de cada uno de los socios en caso de ser este una persona jurídica (sociedad).
7. Para el caso que el postulante sea una sociedad, además de los antecedentes indicados en las letras anteriores, se deberán acompañar los siguientes certifica- dos:
a. Certificado de Vigencia de la Sociedad del Registro de Comercio.
b. Certificado de Vigencia de Poder del Registro de Comercio (Representante Legal)
c. Certificado emitido por la Dirección del Trabajo que acredite la inexistencia de deudas por concepto de pago de remuneraciones y cotizaciones previ- sionales con sus actuales trabajadores y aquellos contratados en los dos últimos años.
La fecha de emisión de estos certificados no puede ser superior a dos meses an- teriores al miércoles 19 xx xxxxx de 2019.
8. Pago de los derechos de postulación en la presente licitación a través de transfe- rencia electrónica a la Corporación para el Desarrollo de Santiago, quien extenderá un recibo como comprobante de compra de bases.
El valor de las Bases para la Cúpula 2019 es de $50.000-. Datos para la Transfe- rencia:
Razón Social : Corporación para el desarrollo de Santiago. Rut : 00.000.000-0
Banco : Banco de Chile
Cta. Cte. : 000-00000-00
Mail : xxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx Mail copia : xxxxxx@xxxxxxxx.xx
11.2 Propuesta de Producción
Los interesados deberán incluir una propuesta de producción por la cual presentarán su planteamiento para el servicio de discoteque en el Teatro la Cúpula en la Fonda Santiago 2019, el que deberá incluir lo siguiente:
a. Plano de diseño completo del espacio que se entregará, el cual va desde la reja a toda la infraestructura del Teatro la Cúpula; como del mismo modo zona de em- plazamiento y características físicas (materiales, dimensiones, altura, entre otros) de cualquier instalación adicional al interior del sitio, tales como dormitorios, casa rodante, bodegas, baños, barras, etc.
b. Plan de seguridad detallado punto 18.10.
c. Anexo No. 7 que contiene los siguientes datos:
i. Descripción general de los alimentos y bebidas que serán comercia- lizados.
ii. Descripción general del personal.
iii. Propuesta de limpieza de cocina, parrillas y espacios comunes.
11.3 Oferta Económica
La oferta económica será presentada mediante el Formulario de Oferta Económica, con- tenido en Anexo No. 4.
12. GARANTÍAS Y SEGUROS COMPLEMENTARIOS CONTRA TERCEROS
Los interesados deberán considerar, de acuerdo con cada etapa, la entrega de las siguien- tes garantías:
12.1 Garantía de Seriedad de la Propuesta
La seriedad de las propuestas será garantizada mediante Transferencia o depósito Ban- cario a nombre de Corporación para el Desarrollo de Santiago, por un monto de $500.000.- (quinientos mil pesos), cuyo cargo deberá indicar “Garantiza seriedad de la propuesta Teatro la Cúpula Fonda Santiago 2019”.
Esta garantía será abonada al monto total que el proponente deba pagar al momento de la firma del contrato, en caso de ser aceptada su propuesta, o bien, será devuelta a partir del día lunes 19 xx xxxxxx de 2019, en caso contrario.
El pago de la garantía deberá realizarse a través de transferencia electrónica a la Corpo- ración para el Desarrollo de Santiago, quien extenderá un recibo como comprobante. Los datos de transferencia son los siguientes:
Razón Social : Corporación para el desarrollo de Santiago. Rut : 00.000.000-0
Banco : Banco de Chile
Cta. Cte. : 000-00000-00
Mail : xxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx Mail copia : xxxxxx@xxxxxxxx.xx
12.2 Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato
El fiel cumplimiento del contrato será garantizado mediante una garantía (deposito o trans- ferencia) a nombre de la Corporación para el Desarrollo de Santiago, por un monto en dinero equivalente al 40% del monto total de la oferta, con vigencia hasta el miércoles 00 xx xxxxxxx xx 0000, xxxx cargo deberá indicar “Garantiza el fiel cumplimiento del contrato Teatro la Cúpula Fonda Santiago 2019”.
Esta garantía será devuelta al proponente a partir de la fecha de su vencimiento, de ma- nera íntegra en caso de no existir descuentos, o bien, la cantidad de dinero que corres- ponda para el caso contrario, de conformidad con el numeral 22.
12.3 Seguro de Responsabilidad Civil
Con la finalidad de dar cobertura al adjudicatario frente a cualquier daño de su responsa- bilidad y de sus trabajadores que pueda afectar a un tercero dentro del espacio adjudicado, este deberá contratar una póliza de responsabilidad civil de 10.000 UF. Dicha póliza de- berá tener una vigencia de 60 días a partir del 02 de septiembre de 2019, por cada uno de los sitios adjudicados en virtud del plano general de la Fonda Santiago 2019 y que será individualizado en cada uno de los contratos a firmar según el número de sitios adjudica- dos.
13. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas serán evaluadas de acuerdo a criterios objetivos, conforme a la adecua- ción de estas al objeto de la actividad y según el cumplimiento de los requisitos y exigen- cias establecidos en las presentes bases.
Conforme a lo anterior, la producción se reserva el derecho de rechazar alguna o todas las ofertas, si no las estimare convenientes para los intereses de la actividad.
De igual manera, las variables de medición serán ponderadas de conformidad con los va- xxxxx asignados según el siguiente cuadro:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN | PUNTAJE | PORCENTAJE DE PONDERACIÓ N |
Calidad de la propuesta de Producción - Plano distribución sitio (2 puntos) - Propuesta de producción (6 puntos) - Diseño, Materiales y mobiliario (2 puntos) | 10 | 20% |
Cumplimiento de objetivos de la actividad (firma de Anexo No.5 de Compromiso Sustentable) | 10 | 10% |
Oferta Económica | 10 | 70% |
Del proceso de evaluación de las propuestas se dejará constancia en un Acta de Evalua- ción, la que se publicará en la página web xx Xxxxx Santiago y de la Corporación el día viernes 02 xx xxxxxx de 2019.
14. ADJUDICACIÓN Y FIRMA DEL CONTRATO
La propuesta que haya obtenido el mayor puntaje se adjudicará el Teatro la Cúpula. En caso de empate, la producción seleccionará aquella propuesta que le parezca más cer- cana a los objetivos de la actividad.
El adjudicado deberá celebrar con la Corporación para el Desarrollo de Santiago el con- trato en la fecha definida en el numeral 6, y será suscrito por ésta y la persona natural adjudicada o el representante legal de la entidad adjudicataria, según corresponda.
Al momento de la suscripción del contrato, el adjudicatario entregará el comprobante de depósito efectuado en la cuenta N°000-00000-00, del Banco de Chile, a nombre de la Corporación para el Desarrollo de Santiago, por la cantidad de dinero correspondiente a la oferta presentada, conjuntamente con las garantías y póliza de seguro definidos en el numeral 12.
En caso que, por causas imputables al adjudicado, el contrato no se suscriba en el plazo indicado, la producción hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta y dejará sin efecto la adjudicación. En caso contrario, la mencionada garantía será abonada al monto total a pagar al momento de la firma del contrato.
15. ENTREGA DEL TEATRO LA CÚPULA Y PLAZO DE ARRENDAMIENTO
El Teatro la Cúpula será entregada a más tardar el día el 02 de septiembre de 2019. El plazo de arrendamiento será desde la fecha de entrega de éste, hasta el 24 de septiembre de 2019.
16. CARACTERÍSTICAS DEL TEATRO LA CUPULA
El Teatro la Cúpula cuenta con las siguientes características:
(i) El arrendamiento del Teatro la Cúpula se entrega con todas sus instalaciones. El Teatro tiene una capacidad de 1.100 personas sentadas o un máximo de 1.800 de pie al interior de la cúpula simultáneamente, terraza de 200 metros cuadrados, sala de exposición, espacio de cafetería, baños, camarines, y se encuentra amoblado según consta en in- ventario que se entregará al adjudicatario y que se entiende incorporado al presente contrato para todos los efectos legales y contractuales.
(ii) El adjudicatario, por lo tanto, no podrá efectuar ninguna modificación, alteración o sub- división, tanto interior como exterior a los espacios entregados. Sólo estará permitido la instalación de parrillas a gas al exterior del Teatro la Cúpula. No se pueden instalar carritos ni foodtrucks.
(iii) Esta permitido el cobro de entrada de ingreso al recinto con un máximo de $5.000 por persona. Es de responsabilidad del adjudicatario proponer a la producción un sis- tema de cobro de entradas y de ingreso a través de pulseras, tickets u otro implemento que se establezca.
16.1 Subarriendo
No se podrá subarrendar en todo o en parte el Teatro la Cúpula, así como tampoco ce- der espacios dentro del mismo.
17. HABILITACIÓN DEL TEATRO LA CÚPULA POR SU ADJUDICATARIO
El Teatro la Cúpula deberá ser habilitada por su adjudicatario a partir del día lunes 02 de septiembre de 2019, y deberá estar lista y dispuesta a más tardar el día lunes 16 de sep- tiembre a las 12:00 horas. A partir del día 16 de septiembre a las 12:00 horas el recinto será desalojado para preparativos de inauguración oficial y no se podrán realizar trabajos y/o arreglos sin la autorización expresa de la producción.
18. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Para operar válidamente el Teatro la Cúpula, el adjudicatario deberá cumplir con las si- guientes especificaciones técnicas:
18.1 Infraestructura
Los espacios del Teatro la Cúpula deberán estar habilitados de conformidad con la pro- puesta de producción, según lo definido en el punto 11.2, letra a) precedente. Para ello se deberán considerar las siguientes características de infraestructura:
a) Contar con señalizaciones para accesos, salidas y vías de escape, de conformidad con la normativa vigente.
b) El adjudicatario deberá ornamentar el teatro la Cúpula con elementos tradicionales patrios, preferentemente con materiales sustentables.
c) El nombre de fantasía de la fonda-discoteque estará señalizado mediante un letrero tipo, el cual será elaborado y dispuesto por la producción, conteniendo el nombre y los logos de los auspiciadores. No podrán poner marcas y/o auspiciadores en el exterior del Teatro la Cúpula.
18.2 Cocina
Al interior del Teatro la Cúpula hay un espacio destinado para la cocina. Esta se encuentra habilitada y no podrá ser modificada. Deberá existir un sistema de recolección y elimina- ción de basuras (recipientes herméticos y alejados de áreas de elaboración de alimentos).
18.3 Comedores y Zona de Descanso
Al interior del sitio adjudicado, podrá haber una un sector de comedores, el cual deberá ser habilitado por el arrendatario según su propuesta de producción. Igual situación en caso que quiera incluir una zona de descanso y así lo haya manifestado en su propuesta de producción. Queda estrictamente prohibida la utilización de cualquier tipo de mobiliario o materiales publicitarios con marcas no oficiales o que atenten con los derechos de los auspiciadores oficiales.
18.4 Energía
No podrán ponerse instalaciones eléctricas adicionales a las que ofrece el teatro la Cúpula.
18.4.1 Aseo y Medidas de Sustentabilidad
El adjudicatario se encargará del aseo permanente del Teatro la Cúpula, y del traslado de sus residuos no reciclables hasta el lugar donde la producción instale el camión recolector, y todas las veces que sea necesario a fin de evitar la acumulación de basuras en el teatro o sus inmediaciones. Estará estrictamente prohibido que los adjudicatarios volteen sus residuos de cualquier tipo en los contenedores de 770 lts. que la producción instalará en las calles interiores xxx xxxxxxx Parque O’Xxxxxxx. Quien sea sorprendido en esta acción será multado conforme a las presentes bases. Para ello, en su propuesta de producción deberá incluir un cronograma de aseo de cocina, parrillas y espacios comunes, de confor- midad con el punto 11.2 letra d).
Los desechos deberán ser separados en contenedores diferenciados según las siguientes categorías: (i) papel, cartón, diarios y revistas; (ii) vidrios; (iii) latas y metales; (iv) plásticos;
(v) aceites. Para cada categoría, los productos reciclados deben estar limpios.
Al término de las actividades, el Teatro la Cúpula deberá ser entregado libre de todo tipo de desperdicios, basuras, escombros o enseres. El no cumplimiento de ello derivará en el cobro íntegro de la boleta de garantía de fiel cumplimiento de contrato.
El Adjudicatario deberá cumplir en su totalidad con el concepto cero plásticos (plastic free) en el servicio de entrega de alimentos y bebidas, esto es, que platos, cubiertos y vasos sean de materiales distintos del plástico y plumavit (por ejemplo, platos de cartón, xx xxxx, cubiertos de metal o de bambú, vasos reutilizables, etc.).
Queda expresamente prohibido el uso y entrega de bombillas de plástico, se permitirán de papel, material biodegradable y/o compostable.
18.9 Música
Está autorizado el uso de música al interior del Teatro la Cúpula, ya sea envasada o en vivo. El adjudicatario deberá pagar los derechos de autor ante la SCD como establece la Ley 17.336 sobre Propiedad Intelectual, la que protege el derecho del autor sobre las creaciones artísticas o intelectuales, lo que se traduce en el pago de una remuneración para los creadores de las obras, en aquellos casos en que la música es utilizada pública- mente por un tercero.
18.10 Medidas de Seguridad
El Teatro la Cúpula cuenta con dos extintores. Los cilindros de gas iguales o superiores a 45kg deben contar con certificación de la instalación realizada por un profesional compe- tente ante el SEC.
El expendio de bebidas y alimentos se deberá realizar en envases semi rígidos, contro- lando en todo momento el riesgo que el público pueda contar con elementos que puedan transformarse en un proyectil.
Todos los trabajadores y personal que labore dentro del área deben estar identificado con su respectiva credencial.
18.11 De los requisitos de higiene en el teatro la Cúpula
El Teatro la Cúpula, sus equipos, utensilios y demás instalaciones, incluidos los desagües, deberán mantenerse en buen estado, limpios y ordenados. Sus desechos deberán reti- rarse de las zonas de manipulación y otras zonas de trabajo, cuantas veces sea necesaria y por lo menos dos veces al día.
Se deberá impedir el acceso de las plagas a los desechos. Inmediatamente después de su evacuación, los receptáculos utilizados para el almacenamiento y todo el equipo que haya entrado en contacto con los desechos deberán limpiarse. La zona de almacena- miento de desechos deberá, asimismo, mantenerse limpia.
Para impedir la contaminación cruzada de los alimentos, todo el equipo y utensilios debe- rán mantenerse debidamente protegidos en estantes, vitrinas, u otros, después xx xxx- piarse y desinfectarse.
Deberán tomarse precauciones adecuadas para impedir que el alimento se contamine cuando las salas, el equipo y los utensilios se limpien o desinfecten con agua y detergentes o con desinfectantes o soluciones de éstos.
Inmediatamente después de terminar el trabajo de la jornada o cuantas veces sea nece- sario, deberán limpiarse minuciosamente los pisos, incluidos los desagües, las estructuras auxiliares y las paredes de la zona de manipulación de alimentos.
Se prohíbe la mantención de plaguicidas u otras sustancias tóxicas que puedan represen- tar un riesgo para la salud, en las zonas de producción, elaboración, transformación, en- vase y almacenamiento de alimentos.
No deberá almacenarse en la zona de manipulación de alimentos ninguna sustancia que pueda contaminar los alimentos ni depositarse ropas u objetos personales en las zonas de manipulación de alimentos.
18.12 De los requisitos de higiene del personal
Todas las personas que manipulen alimentos, deben recibir una instrucción adecuada y continua en materia de manipulación higiénica de los mismos e higiene personal.
Cualquier persona que trabaje a cualquier título y, aunque sea ocasionalmente, en un es- tablecimiento donde se elaboren, almacenen, envasen, distribuyan o expendan alimentos, deberá mantener un estado de salud que garantice que no representa riesgo de contami- nación de los alimentos que manipule.
El personal que manipule alimentos no deberá atender pagos del público, sea recibiendo o entregando dinero, no deberá realizar tareas que puedan contaminar sus manos y ropas de trabajo.
El personal que manipula alimentos deberá lavarse y cepillarse siempre las manos antes de iniciar el trabajo, inmediatamente después de haber hecho uso de los servicios higiéni- cos, después de manipular material contaminado y todas las veces que sea necesario.
Los manipuladores deberán mantener una esmerada limpieza personal mientras estén en funciones debiendo llevar ropa protectora, tal como: “Cofia o gorro que cubra la totalidad xxx xxxxxxx”, y “delantal”.
Estos artículos deben ser lavables, a menos que sean desechables y mantenerse limpios. Este personal no debe usar objetos xx xxxxxx en las manos cuando manipule alimentos y deberá mantener las uñas de las manos cortas, limpias y sin barniz
En las zonas en que se manipulen alimentos deberá prohibirse todo acto que pueda con- taminar los alimentos, como: comer, fumar, masticar chicle, o realizar otras prácticas anti- higiénicas, tales como escupir.
Si para manipular los alimentos se emplean guantes, éstos se mantendrán en perfectas condiciones de limpieza e higiene. El uso de guantes no eximirá al operario de la obligación de lavarse las manos cuidadosamente.
Se deberá evitar la presencia de personas extrañas en las salas donde se manipulen ali- mentos. En la eventualidad que esto suceda se tomarán las precauciones para impedir que éstas contaminen los alimentos. Las precauciones deben incluir el uso de ropas pro- tectoras.
Deberá designarse un responsable como interlocutor por cada área de manipulación de alimento.
18.13 De los requisitos de higiene en la elaboración de los alimentos
En la elaboración sólo deberán utilizarse materias primas e ingredientes en buen estado de conservación, debidamente identificado.
El flujo del personal y de materias primas en las distintas etapas del proceso, debe ser ordenado y conocido por todos los que participen en la elaboración, para evitar contami- nación cruzada.
Todo el equipo que haya entrado en contacto con materias primas o con material conta- minado deberá limpiarse, desinfectarse y verificarse el grado de limpieza antes de entrar en contacto con productos terminados.
En la manipulación de los alimentos sólo deberá utilizarse agua de calidad potable.
Deberán existir registros de producción, distribución y control de los alimentos y materias primas deberá identificarse la procedencia del alimento y/o materia prima, como etapa anterior, y el destino del producto, como etapa posterior.
Los productos terminados deberán almacenarse y transportarse en condiciones adecua- das de temperatura y humedad que garantice su aptitud para el consumo humano.
El transporte de alimentos perecibles que requieren frío para su conservación en estado fresco, enfriado y/o congelado, sólo podrá realizarse en vehículos o medios de transporte con carrocería cerrada, con equipos capaces de mantener la temperatura requerida según el tipo de producto y lo establecido en este reglamento, provistos de termómetros que permitan su lectura desde el exterior y deberán mantenerse en todo momento en perfectas condiciones.
Además, deberán contar con autorización sanitaria otorgada por la autoridad sanitaria en cuyo territorio de competencia registre el domicilio el propietario o su representante legal, deberá contar con facturas y boletas de compra de los alimentos. Aquellos que vendan empanadas deberán además solicitar a su proveedor que este si cuente con resolución sanitaria y mantener una copia de esta en terreno al momento de la fiscalización
Toda área de manipulación de alimentos debe contar con piso lavable.
19. PERMISOS Y AUTORIZACIONES
Para la instalación y funcionamiento del Teatro la Cúpula, se requiere contar con los per- misos correspondientes según la legislación vigente. Por tal razón el adjudicatario deberá cumplir con estos permisos y otros según corresponda, tales como:
a) Informe de Prevención de Riesgos.
b) Autorización de la SEREMI de Salud
a. Resolución sanitaria
c) En general, todo permiso que se requiera para la realización de eventos de este tipo.
d) Es de responsabilidad del adjudicatario y exigencia de la producción, que se presente la directiva de funcionamiento de el o los eventos que se realicen dentro xxx xxxxxxx de la Cúpula, tanto a la Intendencia Metropolitana, Carabineros y todas las instituciones que autorizan la realización de los mismos. Además, deberá presentar a la Producción general el documento de conformidad para la realización del evento, emitido por la Intendencia Metropolitana.
En materia sanitaria y ambiental, el adjudicatario deberá dar cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones contenidas en las leyes y reglamentación vigente aplicable a este respecto por la Dirección de Higiene Ambiental de la Ilustre Municipalidad de Santiago y el Ministerio de Salud.
La fiscalización de estos permisos será efectuada por un funcionario de la Municipalidad y/o encargado de área designado previamente para estos efectos.
20. PLAN DE SEGURIDAD
Cada propuesta debe contener un plan de seguridad, el cual deberá contemplar lo si- guiente:
a) Plan de evacuación de público, según normativa y presentado en la directiva de funcio- namiento.
b) Xxxx de escape y salidas de emergencias, debidamente señalizadas e iluminadas. Las salidas de escape deben ser de 2 metros de ancho como mínimo.
c) Extintores de 6 Kg., cada uno de tipo A, B y C y de carga activa, uno por cada 100 metros cuadrados, debidamente instalados y señalizados.
A más tardar, el día 12 de septiembre del 2019, se deberá entregar una Declaración No- tarial en que se manifieste que todo el personal individualizado en la respectiva Ficha de Xxxxxxxxx, se encuentra debidamente capacitado para hacer uso de los extintores.
21. CRONOGRAMA DE ACCESOS PARA EL INGRESO Y RETIRO DE PRODUCTOS
El ingreso de materiales y abastecimiento será desde 06:00 horas y salida a las 9:30 horas ya que no puede haber presencia ni tránsito de vehículos una vez se abran puertas al público.
22. PROHIBICIONES Y MULTAS
Quien se adjudique el Teatro la Cúpula, deberá dar estricto cumplimiento a los términos de las presentes bases y del respectivo contrato.
Del mismo modo, le estará expresamente prohibido al titular lo siguiente:
d) Xxxxxxxx el Teatro la Cúpula a una finalidad distinta de aquella definida en el contrato y en las presentes bases. Se deja expresa constancia que el teatro la Cúpula está puesta a disposición para efectos de proveer un servicio de discoteque con bebestibles y alimentación, de conformidad con las especificaciones y características contenidas en este documento y con la propuesta de producción entregada por el adjudicatario.
e) El titular del arriendo, en ningún caso, ceder o transferir en forma alguna, total o par- cialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licita- ción y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo.
f) Realizar excavaciones de cualquier tipo al interior del teatro la Cúpula o dentro del Parque. Tampoco se podrá clavar, amarrar o fijar en los árboles ningún elemento.
g) Vaciar a los lavaplatos desechos grasos líquidos sin instalar cámaras de interceptores de grasas, etc.
h) Subarrendar espacios al interior del Teatro la Cúpula.
i) Sólo se podrá utilizar publicidad de marcas comerciales en el interior o exterior del Teatro la Cúpula que estén expresamente aprobadas por la producción.
j) Infringir las normas de higiene y seguridad, sanitarias y/o ambientales vigentes.
k) Restituir el Teatro la Cúpula con todo tipo de desperdicios, basuras, escombros o en- seres, en la fecha definida para ello.
l) Reproducir música al exterior del Teatro la Cúpula.
m) Realizar perifoneo y/o instalar parlantes dirigidos al público fuera del Teatro la Cúpula.
n) Permitir o efectuar campañas políticas al interior del Teatro la Cúpula.
o) Depositar sus residuos sólidos no reciclables en los contenedores de 770 lts. instala- dos en las calles interiores xxx xxxxxxx, o en un lugar distinto a los camiones recolecto- res dispuestos para ello.
p) Utilizar vasos, copas, botellas u otros elementos xx xxxxxx para la venta al público.
q) En términos generales, infringir cualquiera de las especificaciones incluidas en estas bases.
La infracción de alguna de las prohibiciones definidas en las letras a) a la j) precedentes darán derecho a la producción para el cobro total de la boleta de garantía de fiel cumpli- miento del contrato.
Aquellas definidas en las letras k) a q) serán sancionadas con una multa de 5 unidades tributarias mensuales, las que se descontarán de la referida boleta de garantía de fiel cum- plimiento del contrato. En caso que dichas infracciones sean reiteradas en más de tres oportunidades, se procederá al cobro total de la garantía.
Las multas serán cursadas previa entrega al encargado del Teatro la Cúpula, de una copia de Parte de Infracción de Contrato, numerado, fechado y firmado por el fiscalizador que haya detectado la infracción.
En caso que la producción sea notificada de alguna sanción producto del incumplimiento de normas Sanitarias, Ambientales y Permisos de responsabilidad de alguno de los adju- dicatarios, una copia de ella será notificada, a su vez, al infractor a objeto de que ejerza las acciones y descargos legales que correspondan, siendo ello de su exclusiva respon- sabilidad.
23. FISCALIZACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y OTROS
Se dispondrá de un equipo de fiscalización de buen cumplimiento del contrato. Dicho equipo de fiscalización estará compuesto por personal debidamente identificado quienes velarán por el correcto desarrollo de la actividad.
Para estos efectos, en caso de verificar alguna infracción a las especificaciones contenidas en las bases y en el contrato, podrán cursar un Parte de Infracción de Contrato, en el que se especificará el tipo de infracción, el medio de verificación y la multa correspondiente.
Para este efecto, la organización y la producción tendrá acceso permitido al recinto en todo horario y a todas las instalaciones de la cúpula.
Queda estipulado en las presentes bases que el no cumplimiento de estas y las regulacio- nes impuestas, da la posibilidad de cierre temporal o permanente del espacio y el cobro de las garantías.
Una copia de dicho documento será entregada en el acto al infractor.
24. TEATRO LA CÚPULA Y POSTURAS MÍNIMAS
24.1 Características del Teatro la Cúpula
El Teatro la Cúpula será entregado por la producción según las características definidas en el numeral 16.
24.2 Postura mínima
La producción ha dispuesto entregar el Teatro la Cúpula en su totalidad para el desarrollo de la actividad, y la postura mínima para proveer el servicio de discoteque con bebestible y alimentación es la suma de $20.000.000.- (veinte millones de pesos). Se deja cons- tancia que cualquier oferta por un monto menor, se tendrá por no presentada.
24.3 Segundo llamado
En el caso que no se adjudique el Teatro la Cúpula una vez culminado el primer proceso de licitación, la producción podrá realizar un segundo llamado.