ADJUDICACION SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS
AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
ADJUDICACION SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS
OBJETO DEL CONTRATO
El Objeto de este contrato es la adjudicación mediante concurso de la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio, dentro del ámbito municipal de Guadalajara y los barrios anexionados.
MODALIDADES DEL SERVICIO
El Servicio de Ayuda a Domicilio, recoge las siguientes modalidades:
a) Ayuda a Domicilio Básica a personas y unidades de convivencia con dificultades de autonomía personal.
b) Ayuda a domicilio a personas en situación de dependencia, en el marco del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia,(SAAD) con resolución aprobatoria del Programa Individual de Atención.
c) Ayuda a Domicilio extraordinaria, para aquellas personas que requieran de forma temporal la ayuda de otra persona para realizar actividades de autocuidado, durante los fines de semana (sábados y domingos) y días festivos.. Cuando se requiera con carácter permanente, serán derivados al SAAD. No obstante, hasta que no exista resolución aprobatoria del Programa Individual de Atención, podrán recibir esta prestación.
d) Xxxxx a Domicilio Básica a familias con parto múltiple.
PRESTACIONES QUE COMPRENDE
El Servicio de Ayuda a Domicilio es una prestación social básica del sistema público de Servicios Sociales que constituye un conjunto de intervenciones profesionales, de carácter preventivo y rehabilitador, que tienen por objeto la atención de situaciones de dependencia en el entorno del domicilio habitual, fomentando la autonomía personal, y favoreciendo la complementariedad de la familia y las redes de apoyo a la misma.
Su finalidad esencial es la prestación de apoyo personal, doméstico, psicosocial, educativo y técnico, orientado a facilitar a las personas usuarias la autonomía suficiente, según su situación, en el medio habitual de convivencia.
Prestaciones que comprende el Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD):
A) Básicas de carácter personal y doméstico: comprende las atenciones necesarias en la realización de tareas de limpieza de la vivienda, lavado y planchado de ropa, realización de compra, preparación o servicios de comida, movilización, aseo personal y vestido para facilitar al beneficiario su normal desenvolvimiento en el domicilio.
B) Extraordinarias de apoyo personal y alivio familiar, cuando se conviva con una persona que necesariamente requiera la ayuda de otra, para atender sus necesidades básicas: comprende, exclusivamente, las atenciones necesarias para la movilización, aseo personal y vestido de la persona dependiente, los xxxxxxx, xxxxxxxx y días festivos.
C) Complementarias de prevención e inserción social: Comprenden las atenciones de carácter psicosocial, compañía y movilidad, información y gestión.
- La atención psicosocial se aplicará preferentemente a situaciones de conflicto convivencial y desestructuración familiar y mediante la adecuada utilización de otros servicios y prestaciones, se procurará la adecuada integración social.
- La atención de compañía y movilidad proporcionará, a través del voluntariado social, acompañamiento, tanto en el hogar como en el exterior, para el mantenimiento de relaciones personales y de participación en actividades sociales.
- La atención de información y gestión dispensará un nivel primario de asesoramiento y orientación, así como la gestión de trámites sencillos que afecten al ámbito personal y familiar
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PLAZO DE VIGENCIA
El periodo de duración del presente contrato será de dos años, pudiendo prorrogarse otros dos años más, quedando condicionado, a la suscripción del convenio, con la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx La Mancha. para la financiación de dicho servicio.
IMPORTE Y PRECIO DEL CONTRATO
En el precio ofrecido por los licitadores estará excluido el IVA, se incluirán los gastos generales de los trabajadores, gastos de transporte y cualquier otro que pudiera derivarse de la ejecución de este contrato.
Los desplazamientos a los domicilios del usuario deberán prestarse a cargo de la empresa, sin que exista compensación alguna por este concepto.
El número de horas estimadas para el año 2008, es de aproximadamente 83.200.
El precio hora establecido para el año 2009 es de 14 € para la ayuda a domicilio básica y el parto múltiple y 20,50 € la hora extraordinaria , en el mismo, estarán incluidos todos los gastos de ejecución del contrato, incluido el I.V.A..
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En años sucesivos, podrá el prestador del servicio solicitar y el Ayuntamiento acordar la revisión del precio con arreglo al incremento del IPC experimentado el año anterior, previa presentación de la certificación expedida por el Instituto Nacional de Estadística u organismo oficial que lo sustituya.
FORMA DE PAGO
El abono a la entidad adjudicataria de las obligaciones derivadas del presente contrato se realizará por mensualidades vencidas, mediante la presentación de la correspondiente factura de los servicios prestados, por la empresa adjudicataria. Dicha factura irá acompañada de los Informes Sociales, realizados mensualmente, que serán un 16,6% del total de beneficiarios del servicio de Ayuda a Domicilio. La entidad contratante, no tramitará la factura hasta la presentación de todos los informes sociales.
No obstante la empresa adjudicataria, podrá realizar una facturación fija mensual de 6500 horas, regularizándose las horas efectivamente prestadas, cada tres meses.
REQUISITOS
Para concurrir a la licitación además de los documentos que se exigen en los pliegos de condiciones administrativas, los licitadores deberán presentar:
A.- Proyecto del servicio de Ayuda a Domicilio que contendrá como mínimo:
1. - Proyecto de organización del servicio, objeto del contrato
2 - Medios materiales y técnicos de que dispone la entidad, para la realización del servicio.
3 - Medios que dispone para controlar y evaluar la calidad del Servicio, así como otros medios de estudio e investigación con los que cuente.
4 - Proyecto de formación de los trabajadores
5. - Titulación académica y dedicación de los profesionales que intervendrán directamente en la prestación y/o supervisión del servicio.
B.- Memoria de la Entidad:
1º. - Medios personales, financieros y técnicos con los que cuenta.
2º. - Trabajos realizados en los últimos tres años indicando importes, fecha y beneficiarios.
3º. - Contratos significativos que hayan tenido anteriormente y las causas por las que cesaron en el servicio.
RELACIONES ENTRE LA CORPORACION Y EL CONTRATISTA
La relación Entidad-Ayuntamiento se canalizará a través de la Concejalía de Bienestar Social y Familia
A.- Organización del servicio:
Los Técnicos municipales, serán los responsables del servicio, realizarán la valoración del caso y el diseño de la intervención, asignando las prestaciones que se consideren oportunas. Serán los responsables de la evaluación continuada, y de los cambios derivados de ella, así como de la conclusión del caso.
Determinarán:
a) Personas beneficiarias del servicio (altas y bajas).
b) Número de horas y periodicidad con que ha de prestarse el servicio en cada caso, así como el horario concreto en aquellas prestaciones que lo requieran. Una vez concretado el horario se admitirá una oscilación máxima de media hora sobre el mismo.
c) Características específicas de atención a cada beneficiario.
d) Las modificaciones necesarias para garantizar el mejor funcionamiento del servicio.
e) El horario de prestación del servicio será de 8 a 21 horas.
- El Servicio se prestará, de manera habitual de lunes a viernes.
- Los fines de semana y festivos también se prestará para aquellos casos en los que sea
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- necesaria una atención personal, debidamente justificada y no se cuente con familiares, u otros apoyos, que realicen esta labor.
- El número de horas de servicio, se atendrá al informe propuesta de los Técnicos de los Servicios Sociales Municipales,
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B.- Los adjudicatarios quedarán obligados a:
a) Cubrir la atención de los beneficiarios independientemente de la organización de su personal a efectos de descanso semanal, vacaciones, enfermedad, etc.
b) Xxxxxxxse a supervisión continuada por parte de la Concejalía de Bienestar Social y Familia, así como asumir directrices que le sean dadas respecto al servicio.
c) Comunicar cualquier incidencia acaecida al usuario, al Trabajador Social encargado de la supervisión del servicio, por escrito o por correo electrónico.
d) Xxxxx en ocasiones excepcionales valoradas previamente por el Trabajador Social, será siempre la misma persona la que atenderá al usuario con el fin de evitar desajustes en la unidad familiar. En caso de que la entidad estime la conveniencia de un cambio en la prestación deberá comunicarlo razonando la previsible mejora en la prestación del servicio al usuario y al Técnico municipal responsable, quien decidirá en última instancia.
e) Acudir a las reuniones a las que se les convoque, para coordinar actuaciones y exponer planteamientos generales.
f)La empresa adjudicataria deberá presentar los curriculum de los trabajadores contratados, antes de iniciar la prestación del servicio .
g) Cualquier otra obligación que establezca la legislación vigente.
C.- Otras obligaciones generales del contratista.
a) Prestar el servicio de modo dispuesto en la contrata .
b) Admitir en el servicio a toda persona que cumpla las condiciones estipuladas en las bases.
c) No podrá el adjudicatario subarrendar, ceder o traspasar los derechos y obligaciones de contrato sin autorización del Ayuntamiento, siendo dicha infracción causa de resolución del contrato.
d) Disponer de los medios personales y materiales suficientes para la prestación del servicio, así como incrementar dichos medios en caso de ampliación del mismo asumiendo los costes de dependencia de dicho personal.
e) Con el fin de evitar problemas de seguridad, la entidad adjudicataria, se compromete a aceptar las órdenes que dicte el Ayuntamiento, para la identificación y control del personal designado por la entidad para la prestación del servicio.
No obstante en todos los materiales a emplear, (uniformes, documentación, ..) se incluirá el texto: “Servicio de Ayuda a Domicilio, Ayuntamiento de Guadalajara” y los logotipos del Ayuntamiento y de la Consejería de Bienestar Social.
f) Hallarse al corriente de pago en las obligaciones de la Seguridad Social.
g) Para el control y seguimiento del personal asignado a realizar el objeto del presente contrato, la empresa adjudicataria, presentará trimestralmente en Servicios Sociales, fotocopia y original para su cotejo, de los Tc1 y Tc2, debidamente cumplimentados y abonados, así como listado del personal contratado, indicando horas de contrato y antigüedad en la empresa.
D.- Plazos de comienzo de los servicios:
a) El plazo de inicio de prestación del servicio no será superior a 3 días a partir del recibo, de la orden de comienzo del mismo que será remitida por escrito o correo electrónico.
b) Aquellos servicios que queden paralizados por bajas, rescisión de contratos, sustituciones, etc., deberán cubrirse en un plazo no superior a tres días, serán los mínimos imprescindibles con causa justificada y con aviso previo a la Concejalía de Bienestar Social y Familia.
c) En casos de extrema urgencia, dictaminadas por los técnicos, el servicio habrá de prestarse como máximo dentro de las 48 horas siguientes, al recibo de la orden.
Salvo situaciones excepcionales dictaminadas por los Técnicos municipales, será siempre la misma persona la que atenderá al usuario con el fin de evitar desorientaciones y desajustes.
No obstante siempre que se produzca un cambio tanto de horario, como de personal, la entidad adjudicataria, deberá comunicarlo a la mayor brevedad posible a los Técnicos municipales y al usuario afectado
E.- Funciones y Coordinación:
Es indispensable dadas las características de la población beneficiaria, que el servicio se preste en un clima de seriedad y confianza que va más allá de la mera ejecución mecánica de la prestación.
Ello requiere una fluidez entre el Ayuntamiento y la entidad adjudicataria. Para la correcta coordinación del servicio la entidad asignará:
* 1 Coordinador hasta 100 usuarios, como mínimo
* 1 Coordinador adicional de 101 a 200 usuarios, como mínimo.
* 1 Coordinador adicional de 201 a 300 usuarios, como mínimo.
* 1 Coordinador adicional de 301 a 400 usuarios, como mínimo.
* 1 Coordinador adicional de 401 a 500 usuarios, como mínimo
Los Coordinadores y ayudantes de coordinación, deberán ser contratados a jornada completa y con dedicación exclusiva, siendo necesario que al menos uno de ellos sea Diplomado en Trabajo Social, otro podrá ser Ayudante de Coordinación, y el resto debe de contar con la capacitación y conocimientos técnicos del servicio, debiendo ser titulados en Psicología, Pedagogía, Educación Social o Integración Social.
Funciones:
- Mantener informados a los responsables municipales asumiendo las directrices dadas por éstos, respecto a la atención a cada usuario.
- Supervisar las actividades y controlar el correcto desarrollo de las prestaciones asignadas.
- Proponer las posibles modificaciones en los servicios de los usuarios en alta, a los Técnicos municipales.
- Realizar un seguimiento eficaz de los servicios en situación de alta.
-Realizarán una visita domiciliaria semestral, como mínimo, a los usuarios.
-Realizar los Informes Sociales, con propuestas de intervención, de los servicios en alta.
- El inicio de la prestación, se producirá con la presentación a la persona beneficiaria del Auxiliar de Ayuda a Domicilio, que prestará el servicio y un responsable de la empresa
- Recibir las altas, bajas y modificaciones del servicio.
- Supervisión del trabajo de la auxiliar.
- Realizar una formación inicial de cómo mínimo 5 horas, antes de la contratación de los trabajadores que vayan a prestar el servicio.
-. Elaboración de campañas, con el fin de atender al mayor número de usuarios
F.- Seguimientos y Control:
Una vez comunicado el comienzo de la prestación los Técnicos municipales comprobarán la materialización y calidad de los servicios prestados.
Podrán contactar con la entidad adjudicataria, siempre que lo consideren necesario, con el fin de recabar información sobre los usuarios y el funcionamiento general del servicio, promoviendo para tal fin, las reuniones necesarias.
RELACIONES CON EL USUARIO
a) La entidad adjudicataria admitirá en el servicio a toda persona, que cumpla los requisitos reglamentarios, la cual será considerada a todos los efectos usuario del servicio de Ayuda a Domicilio.
b) El personal que presta la atención deberá eludir todo conflicto personal con los usuarios, informando en todo momento a través de los canales de coordinación descritos al Ayuntamiento para que éste resuelva.
c) El personal de la empresa adjudicataria deberá cumplir las medidas de Seguridad e Higiene en el trabajo, establecidas en la legislación vigente, así como mantener inexcusablemente siempre, el secreto profesional. En general, deberá realizar sus funciones con relación al usuario de conformidad a las reglas de buena fe y diligencia.
REGIMEN SANCIONADOR
A) FALTAS
1.- FALTAS LEVES:
Serán faltas leves de la empresa en el desarrollo de los servicios:
- El retraso, negligencia o descuido en el cumplimiento de las obligaciones.
- La ligera incorrección con los usuarios.
- En general, la falta de puntualidad o el incumplimiento de sus deberes por negligencia o descuido.
2.- FALTAS GRAVES:
Son faltas graves imputables a la empresa:
- El abandono del servicio, las faltas repetidas de puntualidad, la negligencia o descuido continuado.
- En general las acciones y omisiones, que supongan infracción o incumplimiento del servicio objeto de la concesión y las características del mismo que se opongan manifiesta y notoriamente a este pliego.
.- La comisión de tres faltas leves en el transcurso de un año.
3. - FALTAS MUY GRAVES:
Son faltas muy graves de la empresa en el desarrollo del servicio, las siguientes:
- La acumulación y reiteración de tres faltas graves cometidas en el transcurso de un año.
-El trato vejatorio al usuario, que revistiese características tales que le calificasen como de muy grave
- La notoria falta de rendimiento, la prestación incorrecta y defectuosa del servicio, tanto en su calidad como en la cantidad.
-La negativa infundada a realizar los servicios o tareas ordenadas por los técnicos municipales o persona encargada, siempre que ésta sea una actitud directamente imputable a la empresa o a sus directivos responsables.
- El no guardar el debido sigilo respecto de los asuntos que se conozcan en razón del servicio prestado y perjudique al usuario o se utilice en provecho propio.
-El cobro a los usuarios de cantidad alguna.
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- En general, el incumplimiento grave de los deberes y obligaciones con el usuario.
- Cualquier conducta constitutiva de delito, especialmente las acciones de robo a los usuarios del servicio.
-Subcontratar la prestación de los servicios, sin autorización expresa de la Entidad contratante.
- Las ofensas verbales o físicas o el trato vejatorio grave al usuario.
B) SANCIONES
1,- La comisión de falta leve alguna dará lugar, previo expediente instruido al efecto al apercibimiento de la entidad contratante y multa de 100 euros.
2,- La comisión de cualquier falta grave dará lugar, previo expediente instruido al efecto a la reparación del daño causado, todo ello, sin perjuicio de la exigencia de responsabilidad a que el hecho diera lugar y la imposición de una multa de 600 euros.
3,- La comisión de una falta muy grave dará lugar, previo expediente instruido al efecto, a la imposición de una sanción de 2.000 euros.
Además de las sanciones indicadas anteriormente, la comisión xx xxxxxx muy graves, bien sea, por la acumulación de tres faltas graves, cometidas en el año natural o por falta muy grave cometida como tal, podrá dar lugar, previa incoación del expediente preceptivo, a la rescisión del contrato.
Las sanciones previstas serán independientes y compatibles, con la obligación de reparar el daño causado y la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar.
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Procedimiento para la imposición de sanciones: Se iniciará, a propuesta del Departamento de Servicios Sociales, que notificará al prestador del servicio, los hechos que le sean imputados, para que en el plazo de 15 días presente las alegaciones oportunas.
A la vista de los hechos, y de los informes preceptivos el órgano municipal competente, dictará la resolución que proceda.
RESPONSABILIDAD CIVIL
La entidad adjudicataria deberá presentar copia de una póliza de responsabilidad civil, que cubra los daños personales y materiales que puedan producirse en la ejecución del contrato, por un importe mínimo de 200.000 euros de responsabilidad, por siniestro.
En el caso de que en la póliza, se prevean franquicias o riesgos excluidos, los gastos o indemnizaciones relativos a los siniestros excluidos, serán abonados directamente por el adjudicatario.
CRITERIOS DE ADJUDICACION
La valoración de ofertas se realizará de acuerdo con los criterios de experiencia en la prestación de servicios de iguales o similares características, así como de otros servicios prestados de atención a mayores, que deberán acreditarse documentalmente.
Se tendrá en cuenta los siguientes criterios:
Puntos
A) Proyecto técnico de organización del servicio y medios
para evaluar la calidad del mismo, programación, metodología, disponer de infraestructura material y técnica para dar respuesta a los servicios ofrecidos 23
B)Recursos humanos
b.1 oferta de otros profesionales complementarios a los exigidos en el pliego con una dedicación, con presencia efectiva, durante 5 horas semanales en Guadalajara……………………………………. 2 puntos por cada uno.(Con un máximo de 4 puntos)
b.2 coordinadores extras a los exigidos en el pliego, a media jornada,
con presencia efectiva en Guadalajara 3 puntos cada uno.(Con un máximo de 6 puntos)
C)Plan de formación continua de los profesionales asignados para la ejecución del contrato y campañas de divulgación anual del servicio a los posibles usuarios,
c.1 horas anuales realizadas y pagadas a todos los trabajadores, hasta 25 h 1
c.2 horas anuales de formación pagadas, mas de 30 horas 2
c.3 campaña de divulgación bianual , por importe mínimo de 2000 € 2
D) Posibles mejoras técnicas, respecto a lo especificado en este pliego
d.1 ayudas técnicas , por importe de 1000€ 1 punto por importe de 1500€ 2
d.2 limpiezas de choque : hasta 50 h | 1 | |
70 a 100 h | 2 | |
d.3 comidas a domicilio: hasta 3 comidas diarias | 1 | |
de 4 a 6 diarias | 2 | |
d.4 servicio de lavandería: tres lavados semanales | 1 | |
de 4 a 6 semanales | 2 | |
d.5 línea 900 | 1 |
d.6 stock productos de limpieza para extraordinarios 500 € 1
Guadalajara 24 xx xxxxx de 2008
Fdo: Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxx.