Contract
Este Contrato es celebrado entre la entidad de CA (en adelante “CA”) y el cliente (en adelante el “Cliente”, “Usted” o el “licenciatario”) identificado en el Formulario de Pedido aplicable y entrará en vigor en la fecha establecida en el mismo Formulario de Pedido.
Su derecho a utilizar el Software de CA identificado en el Formulario de Pedido y obtener mantenimiento y soporte (en adelante “Mantenimiento”) está sujeto a al cumplimiento por su parte de los términos y condiciones de este MA, del Documento Específico del Programa para su Mantenimiento (en adelante, “SPD de Mantenimiento”) y del Formulario de Pedido aplicable (en conjunto todos estos documentos conforman el “Contrato”). El Formulario de Pedido identifica el Software de CA y el Mantenimiento, así como el SPD de Mantenimiento y el Documento Específico de Programa para el Software de CA (“SPD de Licencia”), los cuales se encuentran ubicados en xxxx://xxx.xx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxx. Los términos y condiciones del SPD aplicables al Software de CA y Mantenimiento que Usted ha licenciado serán aquellos en vigor en el momento que usted deviene licenciatario del Software o adquiere el Mantenimiento y seguirán siendo vinculantes para las Partes salvo que las Partes acuerden por escrito lo contrario.
1. Licencia. Sujeto al cumplimiento por el Licenciatario de los términos y condiciones del Contrato y del SPD de Licencia aplicable, lo que incluye pero no se limita al pago del precio aplicable al Software de CA y al Mantenimiento, CA pone a su disposición, para el país o la región indicados en el Formulario de Pedido, en el apartado bajo el título “Territorio”, una licencia otorgada por CA Europe Sarl para usar el Software de CA, y cualesquiera “fixes” parches, actualizaciones, mejoras o cualquier otro software que le sea facilitado como parte del Mantenimiento (“CA Software”), según se detalla en xxxx://xxx.xx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxx. El incumplimiento por el Licenciatario de sus obligaciones, o de las restricciones/limitaciones, conforme al SPD de Licencia aplicable, constituirá un incumplimiento del Contrato por su parte. A los efectos del Contrato, se entiende por "Filial” toda entidad sobre la cual Usted tiene, legal o contractualmente, una participación superior al cincuenta por ciento (50%), siempre que conserve dicha participación. Asimismo, “Usuario Final Autorizado” significa los empleados del Cliente y de sus Filiales y sus contratistas independientes (excluyendo “outsourcers”, proveedores de servicicios de “facilities management” o proveedores de servicios de aplicaciones/“application service providers”).
2. Pago del Precio. El Cliente acepta pagar el precio por la licencia sobre el Software de CA y/o el Mantenimiento conforme se establece en el Formulario de Pedido o en cualquier otro documento de pedido que CA y Usted acuerden. Las obligaciones de pago no son cancelables y los honorarios pagados no son reembolsables salvo expresa disposición en contrario prevista en el Contrato. Salvo disposición en contraria prevista en el Formulario de Pedido, todos los pagos se harán efectivos dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de la factura. El Cliente acepta pagar el IVA vigente, los impuestos sobre las ventas, los derechos aduaneros y de importación y cualquiera otro impuesto vigente (en conjunto “Impuestos”) además del precio. En el caso de que la fecha de vencimiento de un pago caiga en un fin de semana o en un día festivo, el Cliente pagará a CA el día hábil inmediatamente anterior a dicha fecha. CA podrá cobrar un interés de demora del uno por ciento (1%) mensual capitalizado durante todo el período de impago, o el interés legal máximo permitido, si el precio no se abona a la fecha de vencimiento. Si se demora en el pago durante treinta (30) días o más (salvo cantidades que estén siendo “discutidas” de buena fe por las partes), CA se reserva el derecho de suspender el Mantenimiento y/o los Servicios de CA, sin incurrir en responsabilidad alguna, hasta que las cantidades adeudadas sean pagadas en su totalidad. Si Usted disputa la validez de una cantidad facturada, deberá notificarlo por escrito a CA describiendo detalladamente los argumentos de dicha disputa. CA acuerda investigar dicha disputa y si su razonamiento es correcto, corregir la cantidad de la factura.
3. Mantenimiento y Soporte. Si se incluye en su licencia del Software de CA, o si Usted decide, además del soporte conforme a la garantía (si la tiene), adquirir Mantenimiento para el Software de CA, el Formulario de Pedido identifica el tipo de Mantenimiento adquirido para cada programa de Software de CA, así como la duración de dicho Mantenimiento (el “Periodo de Duración del Mantenimiento”) y los honorarios/precio correspondientes al Mantenimiento. CA proporcionará el nivel de soporte según se detalla en cada SPD de Mantenimiento, el cual se puede encontrar en http:/www/xxxxxxx.xx.xxx. El soporte durante el periodo de garantía y la duración de la misma, en su caso, están descritos en la cláusula 5 siguiente y cualesquiera términos y condiciones adicionales o diferentes que sean de aplicación al soporte durante el periodo de garantía están establecidos en el SPD de Mantenimiento aplicable. En la medida que CA proporcione soporte conforme a la garantía, éste estará incluido en el precio de licencia para el Software de CA y por lo tanto no estará especificado por separado como Mantenimiento en el Formulario de Pedido.
4. Documentación. A los efectos de este Contrato, por “Documentación” se entiende (a) con respecto al Software de CA: únicamente las especificaciones estándar, la documentación del usuario y las guías y los manuales técnicos proporcionados con el Software de CA (algunos de los cuales es posible que estén sólo en inglés) y (b) con respecto al Mantenimiento y al soporte de garantía: las políticas externas de CA acerca del alcance y la naturaleza del Mantenimiento y el soporte durante el periodo de garantía, están disponibles para los clientes de CA en http:/www/xxxxxxx.xx.xxx. El Cliente podrá hacer una cantidad razonable de copias de la Documentación y distribuirlas dentro de su empresa únicamente para sus fines de negocio nternos. Sin embargo, Usted no puede modificar tal Documentación. Las copias o copias parciales que Usted pueda hacer deben incluir el “copyright” y cualesquiera otras notificaciones del licenciador original del Software de CA que figuren en el material copiado o que le sean notificadas en el SPD de Licencia. Dicha Documentación se considera confidencial y propiedad del licenciador original.
5. Garantía Limitada. CA garantiza al Cliente que: (a) CA tiene la capacidad para poner a su disposición los derechos y las licencias a las que hace referencia este documento, en el Territorio y; (b) durante el período de garantía establecido en el SPD de Licencia para el Software de CA (si no se establece período de garantía en el SPD de Licencia y el Software de CA no se licencia “tal cual” (“as is”), la garantía será por un período de treinta (30) días desde la fecha de la Orden de Pedido): (i) cuando el Software de CA se usa en un entorno operativo que la documentación indica como soportado por CA, el Software de CA cumplirá sustancialmente con las especificaciones de la Documentación de dicho Software de CA; (ii) el Mantenimiento se prestara conforme a los estándares de la industria y de acuerdo con las políticas de CA en vigor en ese momento . Si se establece que CA no ha cumplido con alguna de las garantías estipuladas en el apartado (b) anterior, la única obligación de CA y la única reparación a que Usted tendrá derecho por parte de CA, y a criterio de CA, será (1) intentar reparar el fallo en el Software de CA o volver a realizar el Mantenimiento que no haya funcionado; (2) reemplazar el Software de CA por otro Software de CA que cumpla sustancialmente con las especificaciones de la Documentación; o (3) resolver la licencia del Software de CA y rembolsar al Cliente la parte proporcional del precio que haya pagado, en concepto de licencia y Mantenimiento del Software de CA. Para una licencia de suscripción, el cálculo se hará con respecto al tiempo restante a partir de la fecha desde la que se haya determinado que CA no cumplió con las garantías anteriores; si se trata de una licencia perpetua del Software de CA, se tomará como referencia un plazo de tres años para calcular la licencia. Todo reembolso del precio, realizado de acuerdo con las disposiciones aquí establecidas, resolverá la licencia del Software de CA en cuestión. CA reemplazará el Software de CA si el mismo se daña o se pierde en el proceso de envío al Cliente. Esta garantía y las soluciones que la misma ofrece se aplicarán únicamente si: (i) el error o defecto reportado por el Cliente es reproducible por CA; (ii) el Cliente reporta un informe lo suficientemente detallado por escrito acerca del presunto incumplimiento dentro de los treinta (30) días de haberse producido; (iii) El Cliente facilita ayuda a CA en el diagnóstico y reparación del incumplimiento; (iv) el Software de CA está dentro del período de la garantía establecido en la SPD; (v) el Cliente ha instalado y está utilizando todas las actualizaciones, los parches y las correcciones que CA o alguna de la entidades del grupo de empresas al que pertenece ha sacado para el Software de CA; (vi) el Cliente ha cumplido sustancialmente con los términos y condiciones del Contrato y del SPD de Licencia aplicable (lo que incluye entre otras cosas el pago del precio/honorarios) y ha cumplido sustancialmente con la Documentación del Software de CA y del Mantenimiento de CA; y (vii) el error o el fallo se debe únicamente a un error u omisión de CA, de alguna entidad del grupo de empresas al que pertenece, o de sus agentes o empleados.
El Cliente comprende y acepta que CA le podrá proporcionar software y equipo de hardware de terceros, el cual se regirá por la garantía o según los términos y condiciones establecidos por el fabricante o el licenciador de dicho hardware o software. Cuando corresponda, CA incluirá dichas garantías o términos en la Documentación que acompaña el software correspondiente o un entregable.
Si Usted lleva a cabo una reclamación conforme a esta Cláusula de Garantía, no tendrá derecho a instar la misma garantía al amparo de cualquier otra cláusula de garantía.
ESTAS GARANTÍAS SON LAS GARANTÍAS UNICAS Y EXCLUSIVAS PARA EL CLIENTE Y SUSTITUYEN TODAS LAS DEMÁS GARANTÍAS O CONDICIONES, EXPRESAS O IMPLÍCITAS ENTRE LAS QUE SE ENCUENTRAN, A MODO ENUNCIATIVO PERO NO LIMITATIVO, LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIALIZACIÓN, NO VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS DE TERCEROS E IDONEIDAD PARA UN PROPÓSITO DETERMINADO. CA NO GARANTIZA QUE EL SOFTWARE DE CA Y/O EL MANTENIMIENTO DE CA SATISFAGAN SUS NECESIDADES O QUE LA UTILIZACIÓN DEL SOFTWARE DE CA O DE LOS COMPONENTES RESULTANTES DEL MANTENIMIENTO NO SUFRA INTERRUPCIONES O NO TENGAN ERRORES. ALGUNOS ESTADOS O JURISDICCIONES NO PERMITEN LA EXCLUSIÓN DE DETERMINADAS GARANTÍAS EXPRESAS O IMPLICITAS, EN CUYO CASO LAS EXCLUSIONES
ANTERIORES NO APLICARÁN AL CLIENTE. SI LA LEGISLACIÓN APLICABLE LO PERMITE: (A) LAS GARANTÍAS Y CONDICIONES SE LIMITAN EN EL TIEMPO AL PERIODO DE GARANTÍA ESTABLECIDO PARA EL SOFTARE DE CA O EL MANTENIMEINTO Y; (B) EL REMEDIO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE ALGUNA DE LAS GARANTÍAS O CONDICIONES SE LIMITA A LA REPARACIÓN O REEMPLAZO DE CUALESQUIERA BIENES NO CUMPLAN CON DICHAS CONDICIONES O CON LAS DEL MANTENIMIENTO DE NUEVO. NINGÚN TIPO DE GARANTÍA O ESTABLECIDO EN ESTA CLÁUSULA APLICARÁ DESPUÉS DEL PERIODO DE GARANTIA. ALGUNOS ESTADOS O JURISDICCIONES NO PERMITEN ESTE TIPO DE LIMITACIÓN, EN CUYO CASO LA MISMA NO SERÁ APLICABLE AL CLIENTE.
6. Limitación de Responsabilidad.
a. Excepto en los casos de muerte o lesiones causadas por negligencia o dolo de CA, y en todo caso sujeto a lo previsto en los apartados b) y c) siguientes, la responsabilidad de CA hacia el Cliente por daños directos, pérdidas o por cualquier otra causa, a menos que se establezca lo contrario en esta cláusula, estará limitada a la cantidad total pagada por el Cliente por el Software CA o por el Mantenimiento en cuestión que ha causado el daño o a dado lugar a la reclamación.
b. La responsabilidad de CA por daños en bienes muebles y bienes inmuebles, debidos a negligencia de CA, estará limitada a la suma total de cuatrocientos mil euros (400.000 €) por cada supuesto.
c. LAS ACCIONES AQUÍ PREVISTAS SERÁN LAS ÚNICAS ACCIONES A LAS QUE TENDRÁN DERECHO LAS PARTES EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD. EN NINGÚN CASO CA SERÁ RESPONSABLE ANTE USTED O CUALQUIER OTRA PARTE POR DAÑOS Y PERJUICIOS INDIRECTOS QUE SURJAN O ESTÉN RELACIONADOS CON EL PRESENTE CONTRATO LO QUE INCLUYE, DE MANERA MERAMENTE ENUNCIATIVA PERO NO LIMITATIVA, TODA DEMANDA POR LUCRO CESANTE, PÉRDIDA DE INGRESOS, PÉRDIDA DE FONDO DE COMERCIO O DATOS, AÚN CUANDO CA HUBIERA PODIDO SER INFORMADA CON ANTELACIÓN SOBRE LA POSIBILIDAD DE DICHOS DAÑOS.
d. Las partes aceptan que las limitaciones y exclusiones aquí contenidas son justas y razonables.
7. Terminación.
a. Terminación por el Cliente. El Cliente podrá resolver el presente Contrato mediante notificación por escrito enviada a CA con treinta (30) días de anticipación, si CA incumple con las obligaciones sustanciales que estipula el presente Contrato, excepto si las obligaciones son las establecidas en las Cláusulas relativas a “Garantía Limitada” e “Indemnización", y si CA no (i) subsana ese incumplimiento dentro del período de treinta (30) días o (ii) realiza mejoras sustanciales que el Cliente considere razonablemente aceptables para subsanar dicho incumplimiento implementando un plan que lo subsane dentro de los sesenta (60) días siguientes a la recepción de la notificación.
b. Terminación por parte de CA. Además de la resolución conforme a lo establecido en las Cláusulas tituladas “Garantía Limitada” e “Indemnización", CA podrá resolver el presente Contrato mediante una notificación por escrito enviada al Cliente con treinta (30) días de antelación, si el Cliente no cumple con las obligaciones sustanciales que estipula el presente Contrato o el SPD de Licencia aplicable y no (i) subsana el incumplimiento dentro de los treinta (30) días siguientes o (ii) realiza mejoras sustanciales que CA considere razonablemente aceptables para subsanar dicho incumplimiento implementando un plan que lo subsane dentro de los sesenta (60) días desde la recepción de la notificación. No será necesaria la notificación y la posibilidad de subsanar el incumplimiento si el incumplimiento no es subsanable, en cuyo caso CA podrá resolver el Contrato de inmediato. El incumplimiento sustancial incluirá, a modo enunciativo pero no limitativo, todo incumplimiento que afecte negativa y sustancialmente los derechos de propiedad intelectual de CA Europe Sarl y/o sus licenciadores; el incumplimiento del pago del precio/honorarios pagaderos y exigibles o el incumplimiento de las obligaciones de confidencialidad. Si el Cliente no cumple con sus obligaciones conforme al presente Contrato o el SPD de Licencia, CA tendrá derecho a negarse al cumplimiento de sus obligaciones conforme al mismo.
c. Efectos de la Terminación. Toda terminación al amparo del presente Contrato no liberará a ninguna de las partes de responsabilidad alguna que se derive o sea imputable a un período anterior a la fecha de terminación, ni impedirá que las partes hagan valer los derechos o las vías de acción legal que puedan tener al amparo de la ley o conforme a equidad con respecto a cualquier incumplimiento del presente Contrato. En caso de resolución del Contrato por cualquiera de las partes en relación con algún producto de Software de CA o el Mantenimiento o respecto a la totalidad de los productos o servicios: (i) todas las cantidades debidas o que debieran devengarse conforme al Contrato deberán ser abonadas a CA inmediatamente (podrá aplicar cualquier compensación a la que el Cliente pueda tener derecho en relación con una devolución al amparo de lo establecido en las Cláusulas “Garantía Limitada” o “Indemnización”); (ii) todas las licencias de suscripción otorgadas al amparo del presente Contrato serán revocadas de inmediato y (iii) el Cliente no tendrá derecho a recibir Mantenimiento al amparo de este Contrato. Además, si CA resuelve el Contrato debido a la vulneración, por el Cliente, de los derechos de
propiedad intelectual de CA Europe Sarl y/o sus licenciadores, incumplimiento de las obligación de confidencialidad o el impago de los importes debidos por la licencia, todas y cada una de las licencias perpetuas pertinentes otorgadas al amparo del presente Contrato se entenderán revocadas inmediatamente y dejarán de estar en vigor. Inmediatamente tras la terminación del Contrato por cualquier causa, el Cliente certificará a CA por escrito que todas las copias y copias parciales de información confidencial y de material propiedad de CA que el Cliente tenga bajo su posesión o control y cualquier Software de CA que se vea afectado por la terminación/revocación de la licencia, han sido eliminados de todos los ordenadores y dispositivos de almacenamiento (incluidas las copias de seguridad o de archivo), han sido destruidos o devueltos a CA y que el Cliente, sus Filiales o cualquier otra parte persona a la que se le haya otorgado acceso a dicha información ya no los utilizan.
d. Terminación o Vencimiento del Mantenimiento. Si el Cliente tiene una licencia para utilizar el Software de CA y el derecho por separado a recibir Mantenimiento, y resuelve o no renueva dicho Mantenimiento por cualquier motivo, podrá seguir utilizando el Software de CA durante el plazo de la licencia del Software de CA, pero a partir de ese momento no tendrá derecho a recibir el Mantenimiento para el Software de CA, ni tendrá derecho a ningún reembolso respecto a importes abonados por licencia o mantenimiento. Durante la vigencia del presente Contrato, el Cliente podrá restituir el Mantenimiento para el Software de CA, si CA aún tiene como de disponibilidad general (GA) dicho Mantenimiento, pagando a CA un cargo equivalente al ciento cincuenta por ciento (150%) del cargo por Mantenimiento de CA vigente en ese momento por cada año que no se pagó el Mantenimiento, al objeto de actualizar el Software de CA para incluir las correcciones de errores, los parches y la actualizaciones realizadas durante el tiempo en que el Cliente dejó de abonar el Mantenimiento.
8. Indemnización. Si un tercero presenta una demanda afirmando que el Software de CA, utilizados individualmente y no junto con otros programas o equipos, infringen sus derechos de autor o sus patentes registradas en los Estados Unidos o en una jurisdicción donde el Cliente está autorizado a utilizar el Software de CA, CA lo defenderá de dicha demanda a su cargo y pagará todos los costes, daños y perjuicios y honorarios de los abogados que sean determinados por el tribunal competente o que sean estipulados en un acuerdo extrajudicial aprobado por CA, siempre que Usted notifique inmediatamente por escrito a CA acerca de la demanda, permita que CA controle la defensa y demás negociaciones encaminadas a cerrar un acuerdo, colabore de manera razonable con CA en la preparación de dicha defensa y negociaciones, y tenga Mantenimiento activo en la fecha de presentación de la demanda. Si dicha demanda se presenta o parece probable que vaya a presentarse, CA podrá tomar las medidas oportunas con el objeto de permitirle seguir utilizando el Software de CA, modificarlo de modo que no infrinja derechos de terceros o reemplazarlo por algún Software de CA que no infrinja derechos de terceros y que al menos tenga las mismas funcionalidades. Si CA determina que ninguna de estas alternativas es razonablemente viable, CA podrá resolver la licencia para utilizar el Software de CA y el Cliente devolverá a CA el Software de CA cuando ésta se lo solicite por escrito. En ese caso, CA reembolsará al Cliente proporcionalmente el precio que éste haya pagado por el Software de CA, el cual se calculará teniendo en cuenta el periodo restante de duración hasta el vencimiento, calculado desde la fecha en que CA es notificada de la reclamación o, si se trata de una licencia perpetua, se tendrá en cuenta un plazo de tres años para realizar este cálculo. Ésta es la única y exclusiva obligación de CA para con el Cliente y la única reclamación a la que tiene derecho el Cliente en el supuesto de demanda por violación de derechos de propiedad intelectual. CA no será responsable por violación de derechos de propiedad intelectual conforme a lo aquí establecido si (i) la presunta violación surge o está relacionada con una modificación no autorizada del Software de CA; (ii) el Software de CA no se utiliza de acuerdo con los términos y condiciones del Contrato y/o el SPD de Licencia aplicable, o conforme a la Documentación, (iii) CA anunció en su día que ya no proporcionaba soporte para dicho Software de CA, (iv) la presunta violación se podría haber evitado mediante el empleo de una actualización o un parche facilitado por CA o (v) la presunta violación es el resultado de la utilización del Software de CA junto con algún producto de un tercero no proporcionado por CA .
9. Titularidad e Información Propiedad de CA. La titularidad de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial que incluyen, de manera enunciativa pero no limitativa, derechos de autor, marcas registradas, patentes y secretos de fabricación respecto de la Documentación y el Software de CA, así como sobre cualquier trabajo derivado de los mismos y el fondo de comercio que pueda generarse desde que se comenzó a utilizar dicha Documentación y/o Software de CA, pertenecen y seguirán siendo exclusivamente propiedad de CA Europe Sarl y/o sus licenciadores. El Cliente no podrá divulgar ni poner a disposición de terceros dicha propiedad intelectual a menos que el presente Contrato lo autorice expresamente.
10. Confidencialidad. Por “Información Confidencial” se entiende toda la información que está señalada como confidencial o que una persona razonable consideraría confidencial conforme a las circunstancias (incluyendo la fuente de la información) y las prácticas de la industria. A modo de ejemplo, la Información Confidencial de CA incluye, de manera enunciativa pero no limitativa: el Software de CA, la Documentación, información y datos
técnicos, metodologías y documentos relacionados, material de formación, planes de productos y “roadmaps”, estrategias xx xxxxxxx, modelos de negocio, precios y datos de personales. El Cliente y CA aceptan: (a) mantener de manera confidencial la Información Confidencial de la parte que provee dicha información en la misma medida que la parte receptora guarda su propia información de similar naturaleza y valor; (b) no divulgar la Información Confidencial de la otra parte a ningún tercero que no sea el personal autorizado de la parte receptora que necesite conocer dicha Información Confidencial en relación con el presente Contrato, a menos que esté expresamente autorizado por el presente Contrato o que haya obtenido la previa autorización por escrito de la parte reveladora y
(c) no utilizar dicha Información Confidencial con ningún otro propósito que no sea el que autoriza el presente Contrato. No obstante lo anterior, (a) cada una de las partes podrá proporcionar o autorizar el acceso a la Información Confidencial de la parte que provee dicha información a los abogados, asesores financieros y auditores independientes de la parte receptora con el único propósito de permitir a tales abogados, asesores financieros y auditores independientes prestar sus servicios a la parte receptora y (b) CA podrá proporcionar o autorizar el acceso a la Información Confidencial que del Cliente a contratistas, revendedores y distribuidores que necesiten conocer dicha Información Confidencial para ayudar a CA a desarrollar las actividades estipuladas o exigidas en el presente Contrato, siempre que en cada caso el tercero a quien se divulga la Información Confidencial esté sujeto a obligaciones de confidencialidad y de no utilización con respecto a dicha Información Confidencial iguales o similares a las aquí establecidas.
Las obligaciones de esta Cláusula no serán de aplicación respecto a las partes de dicha Información Confidencial que: (a) la parte reveladora divulgue en forma pública, ya sea antes o después de que sea de conocimiento de la parte receptora, (b) la parte receptora conociera sin obligación alguna de confidencialidad antes de que la otra parte la revelara, (c) se le comunica a la parte receptora por un tercero que la ha obtenido legalmente y sin obligación de mantenerla como confidencial, (d) un tercero la hubiera publicado o que hubiera pasado a formar parte del dominio público sin incumplimiento alguno por la parte receptora o, (e) la parte receptora desarrolle o adquiera de forma independiente. Además, la parte receptora tendrá derecho a divulgar la Información Confidencial proporcionada al amparo del presente Contrato si, según la opinión del asesor legal de la parte receptora, dicha divulgación fuera necesaria para cumplir con una orden judicial, reglamentación o legislación vigente, siempre que dentro de lo razonablemente posible, la parte receptora notifique a la parte reveladora con antelación suficiente antes de realizar tal divulgación, para que la parte reveladora tenga el tiempo para adoptar las medidas que considere adecuadas con el fin de proteger la confidencialidad de la Información Confidencial. En lo que respecta al Software de CA o a la Propiedad Intelectual y/o Industrial de CA Europe Sarl y/o sus licenciadores, la obligación de confidencialidad aquí establecida tendrá una duración indefinida. Para cualquier otro tipo de Información Confidencial las obligaciones de confidencialidad tendrán una duración de 5 años desde el momento en que se facilita la información a la otra parte.
11. General.
a. Las estipulaciones del presente Contrato no afectan los derechos legales de los consumidores a los que no se puede renunciar ni limitar por contrato.
b. En el caso de que alguna disposición del presente Contrato se considere inválida o no exigible legalmente, las disposiciones restantes seguirán teniendo plena vigencia.
c. El Cliente acepta que el Software de CA estará sujeto a controles de exportación de los Estados Unidos de América y a controles de importación en cualquier otro país donde se utilice el Software de CA. El Cliente acepta exportar, re-exportar o importar el Software de CA únicamente conforme a dichas leyes y controles.
d. El cliente acepta que CA y las compañías del grupo empresarial al que pertenece almacenen y utilicen su información de contacto incluyendo nombres, números de teléfono y direcciones de correo electrónico, en cualquier lugar donde desarrollen actividades comerciales. Dicha información se procesará y utilizará en todo lo concerniente a nuestra relación comercial y podrá ser proporcionada a las entidades del grupo empresarial al que pertenece CA, los contratistas, socios comerciales y cesionarios de CA y sus filiales para ser utilizada en sus actividades comerciales, incluyendo comunicarse con el Cliente (por ejemplo, para procesar pedidos, para realizar promociones y estudios xx xxxxxxx). El Cliente declara que (i) está debidamente autorizado para proporcionar datos personales a CA y lo hace lícitamente conforme a la legislación pertinente, (ii) CA y toda entidad dentro del grupo de empresas de CA (cada una "Entidad de CA") o sus subcontratistas podrán procesar dichos datos y (iii) CA podrá divulgar dichos datos a cualquier Entidad de CA y sus subcontratistas con el objeto de cumplir con las obligaciones contraídas con el Cliente y comercializar otros productos o servicios de CA, y que podrá transferir dichos datos a otros países que no sean el de origen. CA Inc. tiene la certificación de Safe Harbour y las Entidades de CA se han comprometido a cumplir con la legislación pertinente respecto de la privacidad y la protección de datos.
e. Cada una de las Partes está eximida del cumplimiento de las obligaciones estipuladas por el presente Contrato (excepto las obligaciones de realizar el pago al vencimiento) en la medida en que dicho incumplimiento sea consecuencia de demoras ocasionadas por caso fortuito, terremoto, incendio, inundación, huracán, desastre natural o climático grave, guerra, disturbios civiles, ataques terroristas, disturbios, huelgas, paros patronales, orden judicial, problemas de comunicación o Internet, corte en el suministro eléctrico, robo o acceso no autorizado.
f. Todo Software de CA se entrega en un soporte tangible o electrónicamente. En los casos de entrega electrónica, no se entregará soporte tangible alguno y la obligación de entrega del Software de CA se habrá completado tras la transmisión del mismo por medios electrónicos al Cliente. En ese momento, cualquier riesgo de pérdida de la copia del Software de CA se traslada al Cliente. Dicha entrega electrónica es posible que no le suponga, de forma automática, una exención en el pago de impuestos aplicables sobre la venta o el uso. En el supuesto de transmisión a través de medios tangibles/físicos, el Software de CA le será enviado al Cliente F.O.B. punto de envío (conforme se define en ICOTERMS 2000 y sus modificaciones). Las partes acuerdan que la titularidad del soporte físico que contiene el Software de CA o de la documentación que lo acompaña y el riesgo de pérdida del Software de CA, del soporte físico y cualquier documentación que lo acompañe se le transfiere en el punto de envío. Para evitar cualquier tipo de duda, cualquier tipo de coste derivado del envío del Software de CA será abonado por CA.
g. Este Contrato no generará ningún derecho ni será podrá ser causa de acciones legales de ningún tercero, y CA no será responsable de ninguna demanda de terceros en contra del Cliente, salvo en lo que respecta a lo establecido en las Cláusulas relativas a "Limitación de Responsabilidad" y "Indemnización". Las partes acuerdan que los derechos y obligaciones derivadas de este Contrato serán debidos únicamente entre CA y el Cliente conforme en el mismo se establece y que las únicas entidades que pueden ejercitar una acción o contra la cual se puede interponer la misma son CA y el Cliente. Este Contrato no genera derechos u obligaciones para ningún tercero.
h. Cualquier conflicto o contradicción entre los términos y condiciones de los documentos que comprende el presente Contrato será resuelto conforme al presente orden de prelación: (1) el Formulario de Pedido; (2) el SPD de Mantenimiento aplicable; (3) el MA; (4) la Documentación relativa al Software de CA.
i. Las leyes de España es la de aplicación al Contrato. Las Partes acuerdan que cualquier controversia o conflicto derivado de la ejecución del Contrato se someterá a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías no será de aplicación a este Contrato.
j. El Contrato y los documentos referidos en el mismo representan la totalidad del contrato celebrado entre CA y el Cliente con respecto al objeto del mismo, y el presente Contrato anula todos los demás contratos, propuestas, órdenes de compra, declaraciones y demás convenios entre las partes sobre dicho objeto, ya sean orales o escritos. Ninguna alteración o modificación del presente Contrato será válida a menos que se haga por escrito y que esté firmada por las partes. En el caso de que se utilice una orden de compra, los términos de la misma no serán de aplicación.
k. El Cliente no podrá ceder el Contrato, el uso del Software de CA ni sus derechos y obligaciones al amparo del Contrato sin el previo consentimiento por escrito de CA. El Contrato será vinculante para las partes y todos sus respectivos sucesores y cesionarios. CA puede ceder el Contrato mediante notificación por escrito de la cesión al Cliente.
l. El Cliente acuerda proporcionar a CA, a solicitud de ésta última, la información y el acceso a sus instalaciones (y al de sus Filiales) y registros que CA le pueda solicitar al objeto de verificar el cumplimiento del Contrato por parte del Cliente. Este derecho perdurará tras la terminación del presente Contrato durante un período de tres (3) años.