Plaça de la Constitució, 10 46960 Aldaia València Tel. 961 50 15 00 Fax 961 51 06 93 C.I.F. P-4602100-B Reg.Entitats Locals 01460214
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx Xxxxxxxx Tel. 000 00 00 00 Fax 000 00 00 00 C.I.F. P-4602100-B Reg.Entitats Locals 01460214
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE, COMO LEY FUNDAMENTAL DEL CONTRATO, REGIRA EL PROCEDIMIENTO ABIERTO, TRAMITADO POR URGENCIA, PARA ADJUDICAR LAS OBRAS DE CONSTRUCCION DE UNA PISTA XX XXXXX Y REFORMA DE 2 TENIS Y 2 FRONTONES. OBRAS INCLUIDAS EN EL PLAN ESPECIAL DE APOYO A LA INVERSION PRODUCTIVA (PIP), DECRETO LEY 1/2009, DE 20 DE FEBRERO.
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
El contrato tendrá por objeto la ejecución de la siguiente obra de “Construcción de 1 pista xx Xxxxx y reforma de 2 pistas de tenis y 2 frontones”
CPV: 45212200-8
Regirá el proyecto técnico redactado por el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx y el correspondiente Pliego de Condiciones Técnicas obrante en el Proyecto.
2.- NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER MEDIANTE EL CONTRATO.
Mediante la ejecución del contrato a que se refiere este pliego de cláusulas administrativas particulares se satisface la siguiente necesidad:
-Infraestructuras turisticas y socioculturales, previsto en el art. 3. g) del Decreto- Ley 1/2009, de 20 de febrero, del Consell, por que el se constituye y dota el Plan Especial de Apoyo a la Inversión Productiva en municipios.
3. - PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.
El presupuesto base de licitación tiene un importe de: 219.669,29 €, IVA excluido.
De la cantidad anterior, corresponde en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido: 39.540´47 €.
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá, como partida independiente, el Impuesto del Valor Añadido.
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En el precio del contrato se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole, que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego.
4.- APLICACIÓN PRESUPUESTARIA.
El proyecto se financia con cargo al Plan de Apoyo a la Inversión Productiva en municipios de la Comunitat Valenciana, creado por el Decreto-Ley 1/2009, de 20 de febrero, del Consell.
La resolución del titular de la Consellería de Economía, Hacienda y Empleo de autorización del proyecto, sirve de acreditación, a los efectos previstos en el artículo 93, apartados 3 y 5, de la Ley de Contratos del Sector Público, de la existencia y disponibilidad de crédito para la ejecución de las obras previstas en esta norma, de acuerdo con el artículo 12.3 del Decreto-Ley 1/2009, de 00 xx xxxxxxx, xxx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx. Se incorpora como anejo al presente Pliego con carácter contractual, donde consta la Consellería competente por razón de la materia.
5.- RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL.
Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas:
- Xxxxxxx-Xxx 0/0000, xx 00 xx xxxxxxx, xxx Xxxxxxx por que el se constituye y dota el Plan Especial de Apoyo a la Inversión Productiva en municipios, y se aprueban créditos extraordinarios para atender a su financiación.
-Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
-Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes
documentos:
- El pliego de prescripciones técnicas.
- Los planos.
- La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
- El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación.
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- Los cuadros de precios.
- El documento en que se formalice el contrato.
- También será de aplicación el acuerdo de delegación de competencias entre la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de Aldaia en el marco del Plan Especial de Apoyo a la Inversión Productiva en municipios de la Comunitat Valenciana, formalizado el día 19 de octubre de 2010, que se incorpora como anejo al presente pliego.
6.- PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo de ejecución del contrato será de TRES MESES a contar desde la firma del Acta de Replanteo.
7.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
El contrato se adjudicará aplicando el procedimiento abierto y trámite de urgencia a que se refieren los artículos 96 y 128 de la Ley a efectos de reducción de plazos, así como el artículo 7 y 12 del Decreto Ley 1/2009.
8.- IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO QUE DEBE ABONAR EL ADJUDICATARIO.
El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de la licitación hasta un importe de 1.000 €.
9.- CLASIFICACIÓN EXIGIBLE.
No es exigible clasificación.
10. -GARANTÍAS EXIGIBLES.
Provisional: exento (art. 12.2 del Decreto-Ley 1/2009, de 20 de febrero, del Consell).
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Definitiva: El licitador que resulte adjudicatario provisional del contrato deberá prestar una garantía del 5% del importe de la adjudicación del contrato, sin incluir el IVA.
La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el art. 88
LCSP.
La devolución y cancelación de las garantías se efectuará de conformidad con lo dispuesto en los arts. 90 LCSP y 65.2 y 3 del RGLCAP.
11.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
La licitación se publicará mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia durante el plazo de TRECE DIAS NATURALES, a contar desde el día de su publicación.
El expediente, el Proyecto de Ejecución, el Pliego de Cláusulas Administrativas, podrán ser examinadas en el departamento de Urbanismo del Ayuntamiento de Aldaia, en horas de oficina, de 9 a 14’30 horas, durante el plazo de licitación. Igualmente podrá consultarse dicho pliego en la pagina web del Ayuntamiento: xxx.xxxxxx.xx, a través del perfil del contratante.
Las proposiciones para la licitación se presentarán en sobres cerrados, identificados, en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurran y firmados por el licitador o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.
Los sobres se presentarán en el Registro del Ayuntamiento, en horario de 9 a 14 horas, y si fuera sábado en horario de 9 a 13’30 horas, dando al presentador como acreditación recibo en el que constará el nombre del licitador, la denominación del objeto del contrato y el día de la presentación.
De igual modo, las proposiciones podrán ser presentadas por correo. En tal caso, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
12.- FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES.
Las proposiciones se presentarán en tres sobres numerados correlativamente:
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A. EL SOBRE NÚMERO 1. Contendrá, de conformidad con lo que dispone el artículo 130 de la Ley 30/2008, de 30 de Octubre, la siguiente documentación que deberá reunir los requisitos de autenticidad previstos en las Leyes:
1º) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica: Los empresarios individuales, copia auténtica del DNI; los empresarios personas jurídicas, la escritura o los documentos en que conste la constitución de la entidad y los estatutos por que se rija, debidamente inscritos en el Registro Mercantil o en el que corresponda.
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2º) Documentos acreditativos de la representación: Cuando la proposición no aparezca firmada por los licitadores deberá incluirse el poder otorgado a favor de quien o quienes suscriban la proposición junto con una copia auténtica del Documento Nacional de Identidad del o los apoderados, bastanteado por la Secretaria General del Ayuntamiento y hasta el dia anterior a la finalización del plazo de presentación de ofertas
3º) Documento de compromiso de constituir una Unión Temporal de Empresas: En lo casos en que varios empresarios concurran agrupados en unión temporal aportarán además un documento, que podrá ser privado, en el que, para el caso de resultar adjudicatarios, se comprometan a constituirla. Este documento deberá ir firmado por el representante de cada una de las empresas y en él se expresará la persona a quien designan representante de la UTE ante la Administración para todos los efectos relativos al contrato, así como la participación que a cada uno de ellos corresponda en la UTE.
4º) Acreditación de la solvencia cuando no proceda exigir la clasificación: La solvencia económica y financiera y la solvencia técnica y profesional del empresario deberá acreditarse, a criterio del órgano de contratación, en función del objeto del
contrato, de su importe y de sus características por uno o varios de los medios siguientes:
- La solvencia financiera se acreditará por alguno de los siguientes medios:
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a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b) Cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondientes al objeto del contrato, referido a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades de la empresa.
- La solvencia técnica y profesional debe ser acreditada:
a) Por una relación de obras realizadas en los últimos cinco años que como contratista principal, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; en estos certificados indicaran el importe, fechas y lugar de ejecución de las obras. Dichos certificados deberán ser emitidos por el promotor de cada obra. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
5º) Documento constitutivo de la garantía provisional o resguardo acreditativo de su constitución. No es exigible.
6º) Documento acreditativo de no estar incurso en prohibición de contratar que incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba
presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
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7º).- Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjera. Las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
8º) Domicilio: Todos los licitadores deberán señalar un domicilio para la práctica de notificaciones, así como una dirección de correo electrónico y un número de teléfono y fax.
9º) Empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad o en situación de exclusión social. Los licitadores que pretenda contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la disposición adicional 6ª de la LCSP, deberán los documentos que acrediten que, al tiempo de presentar su proposición, tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100 o que la empresa licitadora está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, junto con el compromiso formal de contratación a que se refiere la disposición adicional 6º de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público.
Los documentos podrán presentarse originales o mediante copias de los mismos que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente.
B) EL SOBRE Nº 2. Se incluirán aquellos documentos que sean precisos para la valoración de los criterios de la cláusula 14. B, esto es, los criterios evaluables por juicios de valor.
C) EL SOBRE Nº 3
Contendrá:
- aquellos documentos que sean precisos para la valoración de los criterios de la cláusula 14. A) , esto es, los criterios evaluables por aplicación de fórmulas, y
- la oferta económica en la que se expresará el precio de ejecución del contrato debiendo figurar como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. La oferta económica se presentará conforme al modelo que se incorporé como anexo I.
13.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y DEMÁS REQUISITOS DE LAS MISMAS.
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx Xxxxxxxx Tel. 000 00 00 00 Fax 000 00 00 00 C.I.F. P-4602100-B Reg.Entitats Locals 01460214
Las proposiciones se presentarán durante el plazo de 13 días naturales, contados desde el siguiente al de la fecha de publicación del anuncio de la licitación.
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares, y su presentación supondrá la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, así como del proyecto y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a la apertura en público de las mismas.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de mejoras al proyecto, sin cargo para la administración.
Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
14.- CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
A.-CRITERIOS PONDERABLES DE FORMA AUTOMÁTICA: | Puntuación parcial | Puntuación máxima |
1. Por mejoras en obra: a. 385 ml de cableado de sección necesaria, por la canalización proyectada, para la instalación de iluminación de pistas, incluso mano de obra de la colocación. b. 2 uds de columna de 8 m de altura troncocónica xx xxxxx galvanizado y espesor 3 mm con 6 proyectores de halogenuros metálicos de 400 w cada uno en medianera pistas de tenis. Totalmente colocada en la cimentación proyectada. c. 4 uds de columna de 8 m de altura troncocónica xx xxxxx galvanizado y espesor 3 mm con 3 proyectores de halogenuros metálicos de 400 w cada uno en laterales pistas de tenis. Totalmente colocada en la cimentación proyectada. | 1 punto 3,5 puntos 4 puntos |
d. 2 uds de columna de 8 m de altura troncocónica xx xxxxx galvanizado y espesor 3 mm con 3 proyectores de halogenuros metálicos de 400 w cada uno en lateral pista de frontón este. Totalmente colocada en la cimentación proyectada. e. 900 m2 de pintura en paramentos verticales exteriores de los dos frontones existentes, incluso parte proporcional de contrafuertes existentes y andamios necesarios. f. 473 m2 pavimento de hormigón impreso de 15 cm de espesor con mallazo de 20x20 cm de 6 mm de diámetro, previa demolición y transporte a vertedero del pavimento de aglomerado asfáltico existente. Encintado perimetral de 200 x xx xxxxxx de 40x20x8 cm con base de hormigón. Rasanteo, extensión y compactación de una capa de zahorras artificiales de 10 cm de espesor. Dicha superficie es el actual acceso al polideportivo municipal desde la calle Monestir xx Xxxxxx. g. 2 uds de instalación de protección de fondos con red de nylon formada por cuadrículas de 4x4 cm, en la esquina este de cada uno de los frontones (junto al frontis), a base de 3 columnas xx xxxxx galvanizado de 10 m de altura, de espesor xx xxxxx 3 mm, colocadas incluso cimentación y separadas 4,5 m. La altura de la red será de 7 m. h. 2 unidades de cubrición horizontal tipo visera de los 5 m delanteros del frontis de cada frontón a base de tensores, estructura metálica y red de nylon formada por cuadrículas de 4 x 4 cm. Justificación: Son unidades de obra no previstas en el proyecto redactado y que se valoran en informe aparte. 2. Mano de Obra. La mano de obra a emplear (M) se computará en horas trabajadas. M se obtendrá de la Suma: M = D+O en donde, D = Nº de horas a emplear por operarios que estén en situación de desempleo. O = Nº de horas a emplear por operarios que NO estén en situación de desempleo. Fórmula puntuación por mano de obra= 15 x (Mof/Mmax) Mmax = Mayor valor de M entre las ofertas. | 2 puntos 12 puntos 13,5 puntos 4 puntos 5 puntos | 45 puntos |
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx Xxxxxxxx Tel. 000 00 00 00 Fax 000 00 00 00 C.I.F. P-4602100-B Reg.Entitats Locals 01460214
Mof = valor de M de cada oferta. Justificación: Impulso de los sectores productivos y empleo. 3. Aumento del plazo de garantía. Se concederá 2 puntos por cada año de garantía que se amplíe el plazo legalmente establecido de 1 año. Justificación: Obtener el mayor plazo de garantía que permita analizar la respuesta de la obra ejecutada. | 15 puntos 8 puntos | ||
B.-CRITERIOS PONDERABLES A TRAVÉS DE JUICIO DE VALOR: | Puntuación parcial | Puntuación máxima | |
1. Calidad técnica de la oferta. Estudio del proyecto, justificación de la oferta, plan de obra, propuesta de ensayos de calidad, así como cualquier mejora que no implique una variación de las soluciones técnicas del proyecto y que redunde en el beneficio de un mejor funcionamiento de las instalaciones deportivas proyectadas, o una mejora de su entorno. Justificación: Análisis del proyecto redactado o mejora de su entorno. | 32 puntos | ||
TOTAL | 100 puntos |
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15.- MEJORAS.
De ofertarse mejoras económicas y de obra, la contratación se sujeta a la condición de que el adjudicatario provisional tendrá que garantizar previamente a la adjudicación definitiva, el importe del 100% de las mejoras ofertadas.
A estos efectos el importe de la garantía de las mejoras por obra ofertadas queda fijada en las siguientes cantidades, de conformidad con informe técnico municipal emitido:
Descripción | Total (sin IVA) |
a. ml de cableado de sección necesaria, por la canalización proyectada, para la instalación de iluminación de pistas, incluso mano de obra de la colocación. 385 ml x 3,25 € / ml | 1.251,25 € |
b. ud de columna de 8 m de altura troncocónica xx xxxxx galvanizado y espesor 3 mm con 6 proyectores de halogenuros metálicos de 400 w cada uno en medianera pistas de tenis. Totalmente colocada en la cimentación proyectada. 2 ud x 1.600 € / ud | 3.200,00 € |
c. ud de columna de 8 m de altura troncocónica xx xxxxx galvanizado y espesor 3 mm con 3 proyectores de halogenuros metálicos de 400 w cada uno en laterales pistas de tenis. Totalmente colocada en la cimentación proyectada. 4 ud x 1.000 € / ud | 4.000,00 € |
d. ud de columna de 8 m de altura troncocónica xx xxxxx galvanizado y espesor 3 mm con 3 proyectores de halogenuros metálicos de 400 w cada uno en lateral pista de frontón este. Totalmente colocada en la cimentación proyectada. 2 ud x 1.000 € / ud | 2.000,00 € |
e. m2 pintura paramentos verticales exteriores de los dos frontones existentes, incluso parte proporcional de contrafuertes existentes y andamios necesarios. 900 m2 x 13,5 € / m2 | 12.150,00 € |
f. m2 pavimento de hormigón impreso de 15 cm de espesor con mallazo de 20x20 cm de 6 mm de diámetro, previa demolición y transporte a vertedero del pavimento de aglomerado asfáltico existente. Encintado perimetral de 200 x xx xxxxxx de 40x20x8 cm con base de hormigón. Rasanteo, extensión y compactación de una capa de zahorras artificiales de 10 cm de espesor. Dicha superficie es el actual acceso al polideportivo municipal desde la calle Monestir xx Xxxxxx. 473 m2 x 28,5 € / m2 | 13.480,50 € |
g. ud de instalación de protección de fondos con red de nylon formada por cuadrículas de 4x4 cm, en la esquina este de cada uno de los frontones (junto al frontis), a base |
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx Xxxxxxxx Tel. 000 00 00 00 Fax 000 00 00 00 C.I.F. P-4602100-B Reg.Entitats Locals 01460214
de 3 columnas xx xxxxx galvanizado de 10 m de altura, de espesor xx xxxxx 3 mm, colocadas incluso cimentación y separadas 4,5 m. La altura de la red será de 7 m. 2 ud x 2000 € / ud | 4.000,00 € |
h. 2 unidades de cubrición horizontal tipo visera de los 5 m delanteros del frontis de cada frontón a base de tensores, estructura metálica y red de nylon formada por cuadrículas de 4 x 4 cm. 2 Uds x 2.500 €/ud. | 5.000,00 € |
TOTAL = | 45.081,75 € |
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx Xxxxxxxx Tel. 000 00 00 00 Fax 000 00 00 00 C.I.F. P-4602100-B Reg.Entitats Locals 01460214
Por ello y a los efectos de cumplir las condiciones establecidas en esta cláusula, la empresa adjudicataria previa a la contratación deberá de avalar el 100 % del importe de las mejoras.
16.- CONSIDERACION DE QUE LA OFERTA CONTIENE VALORES ANORMALES.
Para determinar si la oferta contiene valores anormales o desproporcionados se estará a lo dispuesto en la legislación de contratos. En la determinación de si la oferta contiene valores anormales se tendrá en consideración también las mejoras.
17. - CONFIDENCIALIDAD.
Sin perjuicio de las disposiciones de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, éstos podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por ellos al formular las ofertas, en especial con respecto a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas. Los órganos de contratación no podrán divulgar esta información sin su consentimiento.
De igual modo, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que los pliegos o el contrato establezcan un plazo mayor.
18. REVISION DE PRECIOS.
Por aplicación de lo dispuesto en el artículo 77.1 de la Ley en relación con la cláusula 6 no existe revisión de precios.
19.- MESA DE CONTRATACION.
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La Mesa de Contratación estará integrada del modo siguiente:
• Presidenta, que lo será el de la Corporación municipal o miembro en quien delegue.
• Vocales:
- El Interventor/a de la Corporación, en el ejercicio de su función de control y fiscalización interior de la gestión económica, financiera y presupuestaria.
- La Secretaria, en el ejercicio de su función de asesoramiento legal preceptivo.
- El arquitecto municipal.
- El Director de los Servicios Jurídicos de Urbanismo.
- La Jefa de los Servicios Jurídicos de Urbanismo
• Un Secretario designado por el Presidente entre los funcionarios, adscritos al área de urbanismo o funcionario que lo sustituya por designación de la Presidencia.
20. APERTURA DE LA DOCUMENTACIÓN Y DE LAS PROPOSICIONES.
La calificación de los documentos y el examen y la valoración de las ofertas se realizará por la Mesa de contratación de conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda, apartado 10, de la Ley de contratos del sector público, con el asesoramiento, en su caso, de los técnicos designados al efecto.
La calificación de la documentación presentada a que se refiere el artículo 130.1 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público, se efectuará por la mesa de contratación constituida al efecto, el tercer dia hábil siguiente, no sábado, a la finalización del plazo de presentación de proposiciones. El Presidente ordenará la apertura de los sobres que la contengan, y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos.
Si la Mesa de contratación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación que se incluye en el sobre nº 1, lo comunicará verbalmente a los interesados, sin perjuicio de que estas circunstancias se hagan públicas a través de anuncios del órgano de contratación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia mesa de contratación.
De lo actuado se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse.
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Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada la mesa declarará admitidos a la licitación a los licitadores que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos previos indicados en el artículo 130 de la Ley procediéndose, en su caso, al examen y valoración de la solvencia, conforme se prevé en el artículo 82 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, haciendo declaración expresa de los rechazados y de las causas de su rechazo.
Una vez realizadas estas actuaciones, el acto público de apertura de las proposiciones se celebrará en el lugar y día que previamente se haya señalado observándose en su desarrollo las formalidades previstas en el artículo 83 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
21. ADJUDICACIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA.
La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada y se publicará conforme a lo establecido en los artículos 42 y 135.3 de la Ley de Contratos del Sector Público.
En todo caso, la adjudicación provisional de los correspondientes contratos deberá efectuarse en el plazo máximo de 20 días naturales, contados desde que finalice el plazo de presentación de proposiciones.
Para que la adjudicación provisional sea elevada a definitiva, el adjudicatario deberá presentar la siguiente documentación:
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, que incluirá además la certificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Resguardo de la garantía definitiva y, en su caso, de la garantía complementaria exigida. Cuando así se admita, la constitución de estas garantías podrá acreditarse por medios electrónicos, informáticos. De haberse ofertado Mejoras deberá asimismo presentar resguardo de la garantía por el 100% del importe de las mejoras ofertadas.
- Cuando se exija expresamente con arreglo a lo dispuesto en el artículo 53.2 de la Ley, la documentación acreditativa de que el adjudicatario dispone de los medios materiales y personales que específicamente deba adscribir a la ejecución del contrato.
La adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva mediante resolución motivada dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a aquél en que expire el plazo establecido en el artículo 135.4, párrafo primero.
Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato.
Igualmente, cuando se exija al adjudicatario que concierte algún tipo de seguro, antes de la formalización del contrato, deberá aportarse la póliza correspondiente.
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx Xxxxxxxx Tel. 000 00 00 00 Fax 000 00 00 00 C.I.F. P-4602100-B Reg.Entitats Locals 01460214
22.- FORMALIZACION DEL CONTRATO/CESION
La formalización del contrato se efectuará dentro de los 10 (diez) días hábiles a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación definitiva.
Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario definitivo deberá acreditar el pago de todos los gastos originados por la licitación, a cuyo fin se le trasladará la liquidación correspondiente.
23. RESPONSABLE DEL CONTRATO, DIRECCIÓN DE LA OBRA Y DELEGADO DE LA OBRA.
El órgano de contratación podrá designar una persona responsable del contrato conforme se establece en el artículo 41 de la Ley de contratos del sector público.
El Director de obra que se designe por el órgano de contratación ejercerá las funciones de dirección, inspección, comprobación y vigilancia necesarias para la correcta ejecución de la obra contratada. El Director de las obras podrá estar auxiliado por el personal que el órgano de contratación designe.
El Delegado de obra del contratista deberá ser un técnico titulado, con experiencia acreditada en obras de similar naturaleza a las que son objeto de este contrato.
24. COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO Y PROGRAMA DE TRABAJOS.
En el plazo de quince días naturales como máximo, contados a partir de la fecha de formalización del contrato deberá realizarse el replanteo y extenderse el acta relativa al mismo.
De acuerdo con lo establecido en la cláusula quinta del acuerdo de delegación de competencias entre la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de Aldaia, incorporado como anejo al presente pliego, el técnico responsable del contrato designado por la Consellería competente de la Generalitat Valenciana, deberá estar presente en los acto de comprobación de replanteo y de recepción de las obras, autorizando las respectivas actas con su firma, al objeto de dar conformidad para el inicio de las obras y para la puesta en servicio de las mismas, respectivamente.
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx Xxxxxxxx Tel. 000 00 00 00 Fax 000 00 00 00 C.I.F. P-4602100-B Reg.Entitats Locals 01460214
El adjudicatario deberá presentar un programa de trabajos para que sea aprobado por el órgano de Contratación. Dicho programa deberá presentarse en plazo no superior a quince días naturales desde la formalización del contrato y desarrollará el presentado con su proposición, que no podrá modificar ninguna de las condiciones contractuales. A la vista del mismo, el órgano de contratación resolverá sobre su aplicación, incorporándose al contrato.
25. PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
En el plazo de quince días naturales desde la notificación de la adjudicación definitiva el contratista presentará al Órgano de contratación el Plan de seguridad y salud en el trabajo, que será informado en el plazo de cinco días naturales sobre la procedencia de su aprobación.
En todo caso, el plazo máximo para la aprobación del Plan de seguridad y salud en el trabajo será de un mes desde la firma del contrato. Si, por incumplir el contratista los plazos indicados en el párrafo anterior, no fuera posible empezar las obras al recibir autorización para el inicio de las mismas, no podrá reclamar ampliación alguna de plazo por este motivo.
26. PLAZOS.
El adjudicatario estará obligado al cumplimiento del plazo total fijado para la realización del contrato, así como de los plazos parciales que, en su caso, se hubieran establecido, que comenzarán a contar para el adjudicatario a partir del día siguiente a la firma del acta de comprobación del replanteo.
27. RÉGIMEN DE PAGOS. FACTURAS.
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula del citado acuerdo de delegación de competencias entre la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de Aldaia, el reconocimiento de la obligación y pago de las certificaciones de obra, será efectuado por los órganos correspondientes de la Generalitat Valenciana.
De acuerdo con lo anterior, todas las fases de ejecución del gasto serán competencia del órgano correspondiente de la Generalitat Valenciana, en su condición de titular de la actuación.
Las facturas que expidan los contratistas de acuerdo con el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, y se modifica el Reglamento del Impuesto del Valor Añadido, y disposiciones concordantes, tendrán como destinatario a la Generalitat Valenciana (Consellería de Cultura i Esport).
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx Xxxxxxxx Tel. 000 00 00 00 Fax 000 00 00 00 C.I.F. P-4602100-B Reg.Entitats Locals 01460214
Así pues, el pago de las certificaciones, facturas, se efectuará por la Consellería de Cultura i Esport, organismo responsable del abono y titular de la actuación, no pudiendo derivarse responsabilidad alguna para este Ayuntamiento en el caso de que se produjera demora en el pago de las certificaciones.
28. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA.
El contrato será inalterable a partir de su perfeccionamiento, y deberá ser cumplido con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares y en el contrato, observándose fielmente lo establecido en los pliego de prescripciones técnicas del proyecto de la obra.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, sin perjuicio de lo establecido en el art. 214 LCSP.
El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario.
29.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.
a) COLOCACION DEL CARTEL ANUNCIADOR:
El contratista colocará, a su xxxxx, desde el inicio de las obras hasta, al menos, su finalización, donde se realiza la obra, en un lugar visible, un cartel anunciador del Plan Especial de Inversión Productiva que financia las obras, , y en el se indicará al menos la denominación del proyecto, presupuesto y plazo de ejecución.
El manual del modelo corporativo que debe utilizarse es el proporcionado por la Generalitat y que figura en el siguiente enlace (xxxx://xxxxxxxx.xxx.xx/x_xxxxxxxx/xxx/xxxx/Xxxxxxxxx_XxxxXxxxxxxXxxx_Xxxxx_ Munici_Paneles_Informativos_c.htm)
b) COMIENZO DE LA OBRA:
El Acta de Comprobación del Replanteo de las obras se formalizará en cuanto esté aprobado el Plan de Seguridad y Salud de las obras.
El Plan de Seguridad y Salud deberá presentarse para su aprobación, en el plazo máximo de SIETE DIAS NATURALES desde el dia siguiente a la notificación de la adjudicación definitiva de las obras.
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El adjudicatario estará obligado al cumplimiento del plazo total fijado o el que resulte de su oferta, que comenzará a contar desde el dia siguiente a la firma del Acta de Comprobación del Replanteo.
c) OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA DE CARÁCTER ESPECÍFICO Y GASTOS EXIGIBLES.
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, existirán específicamente las siguientes obligaciones:
1. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y Seguridad e Higiene en el Trabajo.
2. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos derivados de los anuncios oficiales de la licitación y de formalización del contrato, y la tasa por la prestación de los trabajos facultativos de comprobación del replanteo, dirección, inspección y liquidación y cualesquiera otras que resulte de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.
3. El contratista está obligado a instalar a su xxxxx, los carteles anunciadores de las obras, así como las señales precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupen los trabajos y los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquéllos, tanto en dicha zona como con sus límites e inmediaciones.
4. El contratista deberá llevar los Libros de Órdenes e Incidencias, previamente diligenciados, de conformidad con las disposiciones contenidas en las cláusulas 8 y 9 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales para la Contratación de Obras del Estado.
5. El contratista asumirá la contratación del Coordinador de Seguridad y salud y todos los gastos que ello conlleve.
6. El contratista asumirá todos los gastos y tasas necesarios para la legalización de las instalaciones que comprende la obra para su puesta en funcionamiento cumpliendo la legislación vigente.
30. PENALIDADES
Se impondrán penalidades al contratista cuando incurra en alguna de las causas previstas a continuación:
a) Por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones de ejecución establecidas en este pliego dará lugar a la imposición al contratista de las siguientes penalidades:
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx Xxxxxxxx Tel. 000 00 00 00 Fax 000 00 00 00 C.I.F. P-4602100-B Reg.Entitats Locals 01460214
- Como regla general, su cuantía será un 1% del importe de adjudicación del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
- Se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía, conforme al artículo 196.8 de la Ley de Contratos del Sector Público.
b) Por cumplimiento defectuoso. Se impondrán penalidades por cumplimiento defectuoso en los siguientes términos:
- Si, al tiempo de la recepción, las obras no se encuentran en estado de ser recibidas por causas imputables al contratista.
- Como regla general, su cuantía será un 1% del presupuesto del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
- En todo caso, la imposición de las penalidades no eximirá al contratista de la obligación que legalmente le incumbe en cuanto a la reparación de los defectos.
c) Por incumplir criterios de adjudicación. Se impondrán al contratista penalidades por incumplir los criterios de adjudicación en los siguientes términos:
- Si, durante la ejecución del contrato o al tiempo de su recepción, se aprecia que, por causas imputables al contratista, se ha incumplido alguno o algunos de los compromisos asumidos en su oferta, en especial los relativos al volumen de mano de obra a utilizar en la ejecución del contrato.
- Para considerar que el incumplimiento afecta a un criterio de adjudicación será preciso que al descontarse un 25 por 100 de la puntuación obtenida por el contratista en el criterio de adjudicación incumplido, resultara que su oferta no habría sido la mejor valorada.
- Como regla general, su cuantía será un 1% del presupuesto del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
d) Por demora. Cuando el contratista, por causas que le fueran imputables, hubiera incurrido en demora, tanto en relación con el plazo total como con los plazos parciales establecidos, se estará a lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley de Contratos del Sector Público en cuanto a la imposición de estas penalidades.
31. SUBCONTRATACIÓN.
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx Xxxxxxxx Tel. 000 00 00 00 Fax 000 00 00 00 C.I.F. P-4602100-B Reg.Entitats Locals 01460214
La subcontratación se regirá por lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público (arts. 210 y 211) y en la Ley 32/2006, de 18 de Octubre, Reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.
32.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en el propio contrato, en este pliego y en el de prescripciones técnicas, y a satisfacción de la Administración.
La recepción del contrato se regirá por lo establecido en el artículo 218 de la Ley de Contratos del Sector Público y en los artículos 163 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Al tiempo de la recepción se comprobará en particular el cumplimiento por el contratista de las siguientes obligaciones:
1ª) El despeje final de las obras, debiendo el contratista haber restituido a su situación inicial las zonas afectadas por las obras y no ocupadas por ellas.
2ª) El cumplimiento no defectuoso del contrato
3ª) El cumplimiento de los criterios de adjudicación. 4ª) El cumplimiento de las condiciones de ejecución.
33.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
La resolución del contrato se regirá por lo establecido con carácter general en los artículos 205 a 208 de la Ley de Contratos del Sector Público y específicamente para el contrato de obras en los artículos 220 a 222 de dicha Ley, así como en los artículos 109 a 113 y 172 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
En todo caso en caso de resolución del contrato por causa imputable al contratista se estará a lo dispuesto en el artículo 208.4 de la Ley.
34.- PLAZO DE GARANTÍA.
El plazo de garantía será de un año y comenzará a partir de la fecha de la recepción.
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx Xxxxxxxx Tel. 000 00 00 00 Fax 000 00 00 00 C.I.F. P-4602100-B Reg.Entitats Locals 01460214
Durante este plazo se aplicará lo establecido en el artículo 167 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto a las obligaciones del contratista, así como en lo relativo a la facultad de la Administración de, en caso de incumplimiento, ejecutar x xxxxx de aquél los trabajos necesarios para la conservación de la obra.
Todos los gastos que se ocasionen por la conservación de las obras durante el periodo de garantía serán de cuenta del contratista no teniendo derecho a ninguna indemnización por este concepto. Se exceptúan los daños ocasionados en la obra por fuerza mayor, que serán soportados por la Corporación, si bien ésta tendrá la facultad de exigir al contratista que realice las obras de reparación.
35.- LIQUIDACIÓN .
Transcurrido el plazo de garantía a que se refiere la cláusula anterior se procederá a la liquidación del contrato conforme a lo dispuesto en el artículo 179 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
36.- JURISDICCIÓN.
Las cuestiones que puedan plantearse durante el desarrollo del contrato serán resueltas por el órgano de contratación. Los acuerdos adoptados para su resolución pondrán fin a la vía administrativa, y podrán ser impugnados ante la Jurisdicción contencioso-administrativa.
Aldaia, 8 de febrero de 2011 La Jefa del Servicio
Xx Xxxxx Xxxxxxxx Orient
ANEXO I
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx Xxxxxxxx Tel. 000 00 00 00 Fax 000 00 00 00 C.I.F. P-4602100-B Reg.Entitats Locals 01460214
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONOMICA.
SOBRE 2 “OFERTA ECONOMICA”.
“Don. […/…] con DNI núm. […/…], natural de […/…] provincia de […/…], mayor de edad y con domicilio en […/…] C/ […/…] teléfono […/…] actuando en nombre (propio o de la empresa a que represente), manifiesta que, enterado del procedimiento abierto tramitado para la contratación de las obras de “CONSTRUCCION DE UNA PISTA XX XXXXX Y REFORMA DE 2 TENIS Y 2 FRONTONES.” POR DELEGACION DE COMPETENCIAS DE LA GENERALITAT, EN VIRTUD DEL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LA GENERALITAT Y EL AYUNTAMIENTO , EN EL MARCO DEL PLAN ESPECIAL DE APOYO A LA INVERSION PRODUCTIVA EN MUNICIPIOS DE LA COMUNITAT VALENCIANA, APROBADO POR DECRETO-LEY 1/2009, DE 20
DE FEBRERO DEL CONSELL DE LA GENERALITAT, y xxx Xxxxxx de cláusulas Administrativas, que ha de regir en el procedimiento abierto y en la representación que ostenta se compromete a asumir el cumplimiento del citado contrato por el precio total de […/…] euros y […../…..] de IVA . Xxxxx, fecha y firma del proponente y sello de la empresa”.