PLIEGO DE CONDICIONES JURÍDICO–ECONÓMICO–ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS QUE REGIRÁN LA ADJUDICACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO DEL SERVICIO DE BAR-CAFETERÍA DEL HOGAR MUNICIPAL DE JUBILADOS DE ARIZGOITI.
PLIEGO DE CONDICIONES JURÍDICO–ECONÓMICO–ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS QUE REGIRÁN LA ADJUDICACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO DEL SERVICIO DE BAR-CAFETERÍA DEL HOGAR MUNICIPAL DE JUBILADOS DE ARIZGOITI.
Cláusula Primera.- Objeto del contrato.
Constituye el objeto del contrato el servicio de Bar-Cafetería del Hogar de Jubilados de Arizgoiti, con todas sus instalaciones, incluso mobiliario xx xxxxx en funcionamiento, a fin de prestar el servicio de bar-cafetería en dicho Hogar de Jubilados.
Cláusula Segunda.- Régimen jurídico.
El contrato que derive de este Pliego es administrativo y se regirá por las cláusulas contenidas en el presente Pliego, por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, así como por las restantes normas de Derecho Administrativo que resulten de aplicación, y supletoriamente, por las de Derecho Privado.
Cláusula Tercera.- Duración.
El contrato tendrá una duración de dos años a partir del 15 de octubre de 2014. No obstante, podrá ser prorrogado de forma expresa por periodos anuales de tiempo, hasta un periodo máximo de cuatro años. A tal efecto, el contratista o el Ayuntamiento deberán solicitar o interesar la prórroga con una antelación mínima de tres meses al vencimiento del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, que será expresamente aceptada y acordada por el Ayuntamiento antes de dicho vencimiento.
Cláusula Cuarta.- Requisitos de los licitadores. Capacidad de contratar.
1. Podrán concurrir a la licitación objeto de este Pliego todas las personas naturales y jurídicas con plena capacidad de obrar que tengan la condición de empresarios en el sector de la Hostelería. A tal efecto, deberán estar dados de alta en el I.A.E. y disponer de medios suficientes para realizar el contenido del contrato, y el personal responsable deberá estar en posesión de la documentación que acredite su formación en manipulación de alimentos; o en condiciones de cumplir estos requisitos en el momento de la adjudicación definitiva, caso de resultar adjudicatarios.
2. Los licitadores no estarán incursos en ninguna de las causas de prohibición para contratar con la Administración establecidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Cláusula Quinta.- Presupuesto base de licitación. Canon mínimo
El Presupuesto base de licitación será de TRES MIL DOSCIENTOS OCHO (3.208 €) al año, que tendrá el carácter de canon mínimo a ofertar para ser admitido a la licitación.
Las ofertas de los licitadores se realizarán en todo caso consignando una cantidad concreta y determinada, según la cláusula novena y el modelo de proposición recogido en el Anexo I.
Cláusula Sexta.- Crédito presupuestario.
Se hace constar que el presente contrato no entraña gasto para el Ayuntamiento.
Cláusula Séptima.- Canon anual y revisión.
1. El canon inicial durante el primer año de vigencia del contrato será el ofrecido por el adjudicatario, que no podrá ser inferior al canon mínimo de la cláusula quinta.
2. Dicho canon será revisado anualmente, con la variación interanual que experimente el Índice de Precios al Consumo referida al mes anterior a aquel en que haya de surtir efectos la revisión.
Cláusula Octava.- Procedimiento y forma de adjudicación. Plazo de presentación de ofertas.
1. La adjudicación se hará por procedimiento negociado.
2. A tal fin, se publicará la invitación a participar en la página web insitucional del Ayuntamiento.
También se dará a conocer la licitación en los demás Hogares de Jubilados del término municipal regentados por el Ayuntamiento xx Xxxxxxx. Y mediante envío de la invitación a la Asociación de Comerciantes xx Xxxxxxx.
3. El plazo de presentación de ofertas empezará el lunes 1 de septiembre y se extenderá hasta el martes 23 de septiembre de 2014. Las ofertas se presentarán en el departamento de Bienes, sito en la planta 2ª de la Casa Consistorial, en días laborables de lunes a viernes, y en horario de las 9 a las 13:30 horas.
4. Transcurrido dicho plazo, la apertura de plicas tendrá lugar en plazo perentorio inmediato en las dependencias municipales del departamento de Bienes o en la sala de reuniones que a tal efecto
se reserve. El día, hora y lugar de la apertura, de la que se levantará la correspondiente acta, se les hará saber a los licitadores para que puedan asistir.
5. La adjudicación del contrato se realizará por Decreto de Alcaldía, a la vista del acta de apertura de plicas o del específico informe con propuesta que se emita al efecto.
Cláusula Novena.- Único criterio para adjudicar objeto de negociación: el canon al alza.
El único criterio para adjudicar objeto de negociación será el canon al alza, a partir del mínimo de 3.208 €/año por debajo del cual no serán admisibles las ofertas, de forma que el contrato se adjudicará al licitador que oferte el canon más alto.
Abiertas las plicas, y de darse empate en el canon ofertado entre dos ó más licitadores que se encontraren presentes, se abrirá en el mismo acto un trámite de pujas a la llana entre los empatados, y se adjudicará el contrato a quien más eleve su oferta inicial.
Si, por cualquier circunstancia, persistiere el empate entre dos o más licitadores tras la puja a la llana, la adjudicación se decidirá por un sorteo entre los interesados que se celebrará en el mismo acto.
Si abiertas las plicas, se diere el empate y uno o más de los interesados no se hallare presente, se dará por finalizado el acto y se convocará en plazo perentorio otro acto específico para las pujas a la llana. Si alguno de los licitadores afectados por el empate no concurriera a ese acto, se le dará por desistido, y la puja se celebrará entre los asistentes. De concurrir uno solo de los licitadores empatados, se le adjudicará el contrato a él por el canon que hubiere ofertado en su plica.
Xxxxxxxx Xxxxxx.- Documentos a presentar por los licitadores. Forma y contenido de las proposiciones.
1.- Las proposiciones deberán presentarse en un sobre cerrado, en cuyo exterior figurará el nombre de la persona física, o la razón o denominación social de la persona jurídica; el domicilio; y el número de teléfono y/o correo electrónico u otra forma de contacto para poderle comunicar el día, hora y lugar de la apertura de las plicas.
Dentro del sobre figurarán los siguientes documentos:
. Fotocopia del DNI de la persona física, compulsada por la Secretaría General del Ayuntamiento. Si la persona física actúa mediante representante, además fotocopia del DNI de éste y del poder, igualmente compulsados.
Y en caso de persona jurídica, fotocopia de la escritura de constitución o modificación de la sociedad debidamente inscrita en el Registro Mercantil en su caso, y del poder del firmante para obligarla, compulsados por la Secretaría General del Ayuntamiento.
. Documento acreditativo de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el sector de la Hostelería.
. El Modelo de Proposición que figura como Xxxxx X de este Xxxxxx, debidamente cumplimentado y firmado. En él se suscribirá la declaración responsable de no estar incursa la persona física o jurídica en ninguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la declaración de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, y se formularla la oferta de canon anual.
. Ficha xx xxxxxxx: sólo aquellas personas físicas o jurídicas que no hubieren contratado anteriormente con este Ayuntamiento deberán incluir debidamente cumplimentada la ficha xx xxxxxxx que se recoge en el Anexo III.
2.- Si concurren empresas extranjeras no comunitarias, empresas no españolas comunitarias, o uniones temporales de empresarios, deberán aportar la documentación original o las copias compulsadas previstas en los artículos 55, 58 y 59 respectivamente del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Las empresas extranjeras deberán además acompañar la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieren surgir del contrato, con renuncia en su caso al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
3.- No se exigirá garantía previa provisional para licitar o presentar proposiciones.
Cláusula Decimoprimera.- Garantía definitiva y formalización del contrato.
En el plazo xx xxxx días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación del contrato el adjudicatario deberá constituir garantía definitiva por el importe de una anualidad del canon en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 96.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. En el supuesto de que sea constituida mediante aval bancario el mismo se redactará de conformidad con el modelo del Anexo II.
Asimismo, deberá comparecer en el Ayuntamiento xx Xxxxxxx para la formalización del contrato en documento administrativo.
Cláusula Decimosegunda.- Derechos y deberes del adjudicatario.
El contratista deberá abonar el canon anual en un solo pago, por anualidades anticipadas, dentro de los seis primeros meses de cada año.
El contratista se encargará de abrir y cerrar el Bar-Cafetería. Y será a su cuenta y cargo la limpieza de la barra y el salón de la cafetería y de sus mesas y sillas, así como la desinfección y fumigación de la xxxx xx xxxxx cuando se realice la del Hogar, o así se lo indiquen los responsables del Hogar.
El contratista está obligado a mantener con diligencia y en perfecto estado de conservación, higiene y ornato las obras e instalaciones del Bar-Cafetería, así como la maquinaria de hostelería, destinándolas exclusivamente al uso pactado; por lo que responderá de los deterioros y menoscabos que se causen por el uso indebido, y también por los que se debieran a un uso negligente o a una vigilancia negligente que permita que los deterioros y menoscabos los produzcan los usuarios; todo ello a fin de devolver el Bar, al terminar el contrato, en el mismo estado en que se recibió.
Las reparaciones, tanto las extraordinarias que afecten a la estructura del inmueble, como las ordinarias incluido el mobiliario y la maquinaria, serán a cargo del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, salvo que los deterioros hayan sido causados por dolo o culpa del contratista o personal a su servicio, en cuyo caso, correrán a cuenta del contratista. Para proceder debida y ordenadamente en las reparaciones del mobiliario y la maquinaria que sean urgentes, el contratista, una vez que detecte que son necesarias, deberá solicitar la previa conformidad del Ayuntamiento antes de cualquier encargo urgente que se realice en nombre del Ayuntamiento o de adelantos de pago del contratista por esas razones de urgencia.
El contratista se compromete a prestar el servicio de hostelería conforme al Horario que tenga establecido el Hogar de Jubilados con carácter ordinario, y sin perjuicio del horario especial que en fiestas navideñas u otras acuerde el Ayuntamiento o los responsables del Hogar. Además, el contratista podrá cerrar un mes al año por vacaciones, normalmente en xxxxx x xxxxxx, previa comunicación al Ayuntamiento y Junta Directiva del Hogar.
El contratista se compromete a cobrar a los usuarios del servicio de hostelería los precios que, para los establecimientos de hostelería de los Hogares Municipales de Jubilados, acuerde el Ayuntamiento.
El contratista podrá organizar y gestionar el negocio de hostelería como tenga por conveniente, sin más limitaciones que las que resulten de este Pliego y de
las Leyes y Reglamentos que resulten de aplicación. Ni él ni el personal a su servicio tendrán ningún tipo de relación laboral con el Ayuntamiento.
El contratista deberá comunicar al Ayuntamiento cualquier incidencia o anomalía que detecte que pudiera afectar al servicio o a las personas usuarias.
El contratista deberá reservar la utilización del espacio necesario, de forma esporádica y a solicitud del Ayuntamiento, que se lo comunicará con al menos dos días naturales de antelación, cuando por razones institucionales el Ayuntamiento celebre algún acto, normalmente con lunch; y en esos casos las bebidas e infusiones que se consuman serán las del Bar-Cafetería del Hogar.
El contratista quedará obligado a poner en conocimiento de la Corporación cuantas modificaciones pudiere experimentar, durante el contrato, respecto a su personalidad, capacidad jurídica u otros aspectos relevantes.
Cláusula Decimotercera.- Posible Cesión del contrato (traspaso). Prohibición del subarriendo.
1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 226 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el contratista no podrá traspasar el contrato sin la autorización previa y expresa del Ayuntamiento, y siempre que hayan transcurrido al menos 12 meses de duración del contrato.
2. A tal fin, el contratista se deberá dirigir a la Administración municipal con una propuesta de xxxxxxxx, indicando la personalidad, capacidad y aptitud del nuevo empresario para el desempeño del servicio conforme a este Pliego; así como el precio del traspaso y el compromiso del adquirente del traspaso de subrogarse en la posición jurídica del cedente, en todos sus derechos y obligaciones.
3. La autorización del traspaso será autorizada o denegada en su caso por la Alcaldía. Caso de ser autorizada, el Ayuntamiento tendrá derecho a participar en un 10% del precio del traspaso y a elevar el canon en un 5%.
4. Una vez depositado en el Ayuntamiento el precio del traspaso, éste se formalizará entre las partes, cedente y cesionaria, en escritura pública, de la que se entregará testimonio al Ayuntamiento a los efectos de que éste compruebe que el traspaso se ajusta a lo autorizado.
5. Si se verificase un traspaso sin autorización, o en los términos no autorizados por el Ayuntamiento, éste podrá desalojar al nuevo empresario sin perjuicio de las facultades de resolver el contrato con el adjudicatario.
6. Se prohíbe el subarriendo.
Cláusula Decimocuarta.- Causas de resolución del contrato.
Son causas de resolución del contrato:
1. Las previstas con carácter general para los contratos administrativos, y las específicas para el contrato de servicios, en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
2. La falta de pago del canon durante un periodo superior a un año.
3. El incumplimiento por el contratista de sus obligaciones contractuales esenciales; en especial, las establecidas en la Cláusula decimosegunda.
4. El rescate del servicio por la Administración.
5. La supresión del servicio por razones de interés público.
6. La imposibilidad de la explotación del servicio consecuencia de acuerdos adoptados por la Administración con posterioridad al contrato.
7. La realización de actuaciones no autorizadas en el local, así como el subarriendo o el traspaso no autorizado.
Cláusula Decimoquinta.- Prerrogativas y jurisdicción.
Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta.
Asimismo, el Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y controlar lo dispuesto en este Pliego, pudiendo emitir instrucciones al contratista tendentes al cumplimiento de sus obligaciones.
Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. En el correspondiente expediente se dará audiencia al contratista.
Los licitadores, y quien resulte adjudicatario, se someten para todas las cuestiones derivadas de la interpretación de estas condiciones o en su caso del contrato administrativo subsiguiente, a la jurisdicción Contencioso- Administrativa del domicilio de la Corporación, con expresa renuncia de cualquier otro fuero que pudiere corresponderles.
Basauri, a 7 xx xxxxxx de 2014. Jefatura del Dpto. de Bienes
Vº Bº
Asesoría Jurídica / Secretaría General
ANEXO I
Modelo de proposición.
D/Xx ............................................................................., con D.N.I.
número ......................., y domicilio a efectos de notificaciones en
..............................................., calle ........................................., teléfono
............................ , fax ......................, y correo electrónico............., en
nombre propio (o en representación de .................................; con C.I.F. número ...............), manifiesta lo siguiente:
1.- Que está enterado/a del anuncio publicado por el Ayuntamiento xx Xxxxxxx en su página Web institucional, relativo al procedimiento negociado para la adjudicación del servicio de Bar-Cafetería del Hogar de Jubilados de Arizgoiti.
2.- Que ha examinado y conoce el Pliego de condiciones y demás documentos que constan en el expediente, así como los textos legales de aplicación.
3.- Que declara bajo su responsabilidad que tiene capacidad jurídica y medios suficientes para realizar el contenido del contrato, y reúne los requisitos específicos exigidos para el mismo, y caso de resultar adjudicatario, llevará a cabo el servicio público citado con sujeción, en todo caso, a los requisitos y condiciones xxx Xxxxxx aprobado.
4.- Que declara responsablemente no estar incurso/a en ninguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011.
5.- Que declara responsablemente que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
4.- Que se compromete, conforme a todo lo dicho, a realizar el servicio público referenciado en el punto primero por el canon anual de
............................... (póngase en letra y en número) €/año.
En ....................., a , de septiembre de 2014.
Fdo.: El/La proponente
ANEXO II
Modelo de aval para constitución de la garantía definitiva
... (1), con domicilio en ... calle... y NIF ..., y en su nombre y representación
...(2) con poderes suficientes para obligarles en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento.
AVALA
a ...(3), con NIF..........., ante el Ayuntamiento xx Xxxxxxx por un importe de
...(4) euros para garantizar las responsabilidades derivadas de la ejecución del contrato de servicio del Bar-Cafetería del Hogar de Jubilados de Arizgoiti.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y división, y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Tesorería del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, con sujeción a los términos previstos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en sus normas de desarrollo.
El plazo de garantía subsistirá hasta el día en que la Administración autorice su cancelación.
................................................. (lugar y fecha)
............................... (razón social de la entidad)
................................. (firma de los Apoderados)
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR LA SECRETARIA GENERAL | ||
Fecha: | Número o código: | Firma: |
(1) razón social completa del avalista.
(2) nombre y apellidos del Apoderado o Apoderados.
(3) nombre y apellidos o razón social del avalado.
(4) en número y letras.
ANEXO III
HIRUGARRENAREN FITXA FICHA XX XXXXXXX | Alta / Alta | ||
Aldaketa / Modificación | |||
1 | DATU PERTSONALAK DATOS PERSONALES |
Deitura bi eta izena edo Sozietatearen izena / Dos apellidos y nombre o Razón Social
NAN – IFK / DNI - CIF (1)
PK / CP
Probintzia /Provincia
Fax
Helbidea / Domicilio
Herria / Población
Telefonoa / Teléfono
(1)
Pertsona juridikoa litzatekeen kasuan, inoiz ez xxxx ordezkari legalaren N.A.N. agertu behar, baizik eta Sozietate edo Erakundearen I.F.K.
En caso de persona jurídica, nunca deberá hacerse referencia al D.N.I. de su representante legal, sino al C.I.F. de la Sociedad o Entidad.
BANKU HELBIDERATZEA DOMICILIACIÓN BANCARIA
2
Kontuaren Kodea Código de cuenta
Bankua / Banco Sukurtsala / Sucursal KD / DC Kontu zenbakia / Nº de cuenta
TITULARRAREN EDO ORDEZKARIAREN AITORPENA DECLARACIÓN DEL TITULAR O REPRESENTANTE
3
Egiazkoak direla aitortzen dut goian adierazitako datuak, kontua eta erakunde finantzarioa identifikatzen dutenak, izan ere, horien bidez jaso nahi baititut ordainketak, Basauriko Udalaren hartzekodun gisa egokitu liezaizkidakeenak, eta horretarako nahiko ahalmena badut.
Declaro que son ciertos los datos arriba reflejados y que identifican la cuenta y la entidad financiera a través de las cuales deseo recibir los pagos que, en calidad de acreedor/a del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, puedan corresponder, ostentando el poder suficiente para ello.
Sinatua / Firmado:
NAN / DNI:
En calidad de: den aldetik
Data / Fecha:
Sinadura eta zigilua / Firma y sello
Diruzaintza / Tesorería Kareaga Xxxxxx, 00 00000 XXXXXXX E-mail: xxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx 000.000.000 000.000.000 Fax
Datuak Babesteko Legean ezarrita dagoenaren arabera (15/1999 L.O.), inprimaki honetan jasotako datuak fitxategi automatizatu batean gordeko dira. Udal honen barruko eginkizunetarako, bakar-bakarrik, erabiltzeko xedez. Datu horien titular denak horiek zuzentzeko eskubidea erabili ahal izango du, Legean adierazten den arabera.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Protección de Datos (L.O. 15/1999), los datos recogidos en este impreso serán incorporados a un fichero automatizado con la exclusiva finalidad de su uso dentro de este Ayuntamiento. El/la titular de los mismos puede ejercer su derecho de rectificación o cancelación, en los términos de la Ley,