Resolución de Rector
Resolución de Rector
RR - 2022 - 374 - REC # UNMDP
Contrato Xxxxxxxxx
De: D. G. de Despacho General - Subsec. Legal y Técnica
XXX XXX XXXXX, 5 xx xxxxx de 2022.-
VISTO la nota obrante en el expediente EX - 2021 - 2048 - DME-REC # UNMDP, por la cual la Secretaría de Comunicación y Relaciones Públicas inicia los trámites para la firma de un contrato de edición con el señor Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado contrato tiene por objeto otorgar a la EUDEM los derechos que correspondan para la publicación gráfica, promoción, difusión digital en internet y explotación comercial de la obra titulada: “Las Industrias Culturales y el consumo musical adolescente”, el que fuera suscripto entre las partes con fecha 20 de diciembre de 2021.
Que dictamina la Dirección General de Asuntos Jurídicos, no advirtiendo objeciones para la firma del contrato, indicando que se ajusta al modelo aprobado por Resolución de Rectorado Nº 3110/07 (Modelo Nº2), siendo el Colegio Nacional "Xx. Xxxxxx X. Xxxxx" en conjunto con EUDEM quienes se obligan a pagar los costos de edición.
Que interviene la Secretaría Legal y Técnica y ordena proseguir el trámite.
Que en virtud de tratarse de un acto complejo, es necesario ratificar los términos del contrato oportunamente suscripto (modelo Nº 2), conforme la normativa prevista en las Resoluciones de Rectorado Nºs 3110/07 y 1343/08.
Las atribuciones conferidas por el Estatuto vigente de esta Universidad. Por ello,
EL XXXXXX XX XX XXXXXXXXXXX XXXXXXXX XX XXX XXX XXXXX R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Ratificar los términos del CONTRATO DE EDICIÓN, suscripto entre esta Universidad y el señor Xxxxx Xxxxxxxxx XXXXXXXXX, (DNI N° 00.000.000), que forma parte de la presente, con referencia a la obra titulada: “Las Industrias Culturales y el consumo musical adolescente".
ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad. Comuníquese a quienes corresponda. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN DE RECTORADO Nº 374.-
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CONTRATO DE EDICIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE XXX XXX XXXXX Y XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX
En la ciudad de Xxx xxx Xxxxx, al día 20 del mes de diciembre del año 2021 entre la Universidad Nacional de Xxx xxx Xxxxx, representada en este acto por el Señor RECTOR, Xxxxxxx Xxxx XXXXXXXXXX, DNI 00.000.000, constituyendo domicilio en la calle Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Nº 2695 de esta ciudad de Xxx xxx Xxxxx, por una parte y Xxxxx Xxxxxxxxx XXXXXXXXX, DNI 00000000, en adelante el AUTOR, con domicilio legal en la xxxxx Xxxxxxxxxx 0000 – 0x X, xx xx xxxxxx xx Xxx xxx Xxxxx (7600) por la otra parte, se ha convenido en firmar el siguiente contrato:
Primero: Exclusividad: El AUTOR, que declara disponer libremente del material, conforme declaración jurada agregada que forma parte integrante del presente, titulado “Las Industrias Culturales y el consumo musical adolescente” en adelante la Obra, otorga y cede a EUDEM, en exclusividad, los derechos pertinentes sobre la misma para su publicación y explotación comercial por sí o por quien ella considere, sin limitaciones de cantidad, de forma, de tiempo o lugar sobre la primera edición. Ello comprende cualquier forma de reproducción y en cualquier idioma, pudiendo imprimir, reproducir y distribuir EUDEM libremente en todo el mundo la obra motivo del presente, lo podrá efectuar en forma única o fraccionada, en fascículos o seriada, en soportes magnéticos o informáticos, así como su inclusión total o parcial en base de datos, edición electrónica, digital y e-book, publicaciones parciales en diarios y revistas, soportes sonoros y cualquier forma de comunicación pública con componente de tecnología asistida por ordenador que requiera interactividad entre usuario y software, resultando la precedente enumeración al solo efecto enunciativo. El contrato se extiende a un plazo de 5 (cinco) años a partir de la fecha de la firma. El AUTOR asume la responsabilidad ante acciones legales que pueda ocasionar la publicación de la obra, sólo en lo referente a autoría. ---------
Segundo: Propiedad del título, diagramación y diseño. Se deja expresamente aclarado que la EUDEM es la propietaria del título, diagramación y diseño de la obra titular de los derechos patrimoniales que en dicho carácter emergen de esa calidad, título sujeto a inscripción en el registro marcario del Registro Nacional de la Propiedad Intelectual. Si por cualquier motivo el AUTOR, sin previo acuerdo con EUDEM o rescisión del contrato, explotase su obra bajo ese título una vez resuelto este contrato, deberá indemnizar a EUDEM por los daños y perjuicios ocasionados, sin
perjuicio de las acciones judiciales que puedan promoverse para que el AUTOR cese en el uso prohibido del mismo.
Tercero: Presentación y tenor de la obra. Queda a criterio de EUDEM, y a su cargo, la presentación gráfica de la Obra, es decir, tipos a emplear, formatos, número de páginas, colores, encuadernaciones y cuantos elementos intervienen en el libro impreso, aparte del texto. Sobre dichos aspectos, EUDEM se reserva el derecho exclusivo de propiedad intelectual y material, inclusive para utilizarlos en otras obras y formatos electrónicos, quedando prohibido al AUTOR usar el mismo aspecto gráfico o reproducir las ilustraciones, aun en el caso de disolución de contrato. A los efectos de favorecer la marcha normal del proceso gráfico de la mencionada obra, el AUTOR se compromete a colaborar en todas las etapas de su desarrollo para que se respete la originalidad del texto, como asimismo a gestionar ante las autoridades que correspondiere las aprobaciones pertinentes, en el caso de que ellas fueran requisito indispensable de la presentación gráfica del texto, quedando librada a su criterio la elección de las ilustraciones. Todos los materiales gráficos empleados en la composición e impresión de la obra son propiedad exclusiva de EUDEM, con libres derechos de reproducción gráfica y electrónica.
Cuarto. Cuando a juicio de cualquiera de las partes fuere necesario efectuar correcciones, modificaciones, actualizaciones o agregados esenciales en las futuras ediciones de la Obra, quedan de acuerdo que serán hechas obligatoriamente por el AUTOR y aprobados por EUDEM, sin que por ello le corresponda, a aquélla, remuneración adicional alguna por las modificaciones, sin perjuicio de la remuneración correspondiente a la nueva edición, según la cláusula décimo séptima de este contrato.
Quinto: El Colegio Nacional Xxxxxx Xxxxx y EDUEM se comprometen a pagar los costos de edición en forma total.
Sexto: Derechos de autor. En concepto de derechos de autor, EUDEM entregará al AUTOR, la cantidad de 70 ejemplares, sobre una primera edición de 300 ejemplares.
Se tendrá en cuenta el siguiente detalle:
a) Cantidad total de ejemplares impresos: 300
b) Cantidad de ejemplares para distribución y venta: 100
d) Cantidad de ejemplares para promoción: 30
e) Cantidad de ejemplares entregados al autor/es: 70
d) Cantidad de ejemplares entregados al Colegio: 100
Séptimo: Precio de venta y promoción. La publicidad, reproducción total o parcial por medios electrónicos y el precio de venta al público de cada ejemplar quedan librados al juicio y decisión exclusiva de EUDEM, quien determinará también el número de ejemplares de cada tiraje, en la primera y/o sucesivas ediciones. EUDEM tendrá la atribución de determinar los precios y descuentos comerciales, promocionales (de ofertas, saldos) y sus formas de pago, conforme con las modalidades de venta en las distintas plazas (mayorista y minorista; local o del exterior, etc.), de acuerdo con las necesidades provenientes de su política de ventas. --------------------------------------------
Octavo: Distribución, venta y/o consignación. La distribución, venta y/o consignación, en el país o en el exterior, de toda la edición, coedición y/o parte de ella, es responsabilidad exclusiva de EUDEM. ---
Noveno: Demandas corporativas. EL AUTOR autoriza a EUDEM a publicar una edición especial de hasta quince mil (15000) ejemplares, en caso de existir demandas corporativas de LA OBRA por parte de instituciones públicas (Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales, tales como CONABIP, Instituciones Educativas, etc.) o no gubernamentales (Gremiales, Fundaciones, Asociaciones, Clubes de lectura, etc.). El régimen de Derechos de Autor para esta edición Especial será del 10% del precio de venta final (PVF). Dicha liquidación se hará efectiva a los treinta (30) días de recibido el pago del organismo adquiriente.
Décimo: Traducciones y publicaciones en el extranjero. EUDEM está autorizada con exclusividad a efectuar, por su sola decisión, la traducción, coedición de la Obra y de ese modo ejercer los derechos que este contrato le otorga, en el país y en el extranjero. El AUTOR deberá comunicar toda propuesta que eventualmente pudiera recibir para comercializar la obra, a EUDEM, a efectos de que sea esta última la que lleve a cabo la contratación, si la considerase pertinente. EUDEM está facultada, asimismo, para ceder a terceros la explotación en el extranjero de la obra material de este contrato mediante su publicación y/o adaptación y/o traducción, incluyendo medios electrónicos, en cualquiera de cuyos casos, las sumas obtenidas en concepto de cesión de derechos serán repartidas entre EUDEM y el AUTOR en la siguiente proporción: 50% (cincuenta por ciento) para el AUTOR y 50% (cincuenta por ciento) para EUDEM.
Undécimo: Poderes judiciales. En previsión de ediciones fraudulentas y/o clandestinas, el AUTOR se compromete a entregar plenos poderes a EUDEM, que permitan a ésta ejercer las correspondientes acciones judiciales tanto en la Argentina como en el exterior, para mejor tutela de los derechos de ambas partes. Los gastos que pudiera ocasionar el otorgamiento de dichos poderes correrán por
cuenta del AUTOR, así como también los derivados de las acciones judiciales a cargo de la Universidad.
Duodécimo: Promoción. EUDEM asume a su cargo la promoción de la obra, reservándose el derecho de llevarla a cabo de la manera e intensidad que considere apropiada; incluyendo la reproducción total o parcial por medios electrónicos. La promoción puede consistir en la distribución gratuita de ejemplares de la obra. -
Decimotercero: Rescisión del contrato. La rescisión se producirá en estos supuestos : a) En el caso de que EUDEM no cumplimentara la edición de la Obra en el lapso de 24 meses a partir de la fecha del presente contrato; b) cuando cualquiera de las partes dejara de cumplir con las obligaciones aquí establecidas y, oportunamente planteado su incumplimiento, no pudiere llegarse a un acuerdo sobre las estipulaciones cuestionadas ; c) cuando, a juicio de EUDEM, la difusión y venta de la obra no sea satisfactoria, caso en que aquélla tendrá derecho a no editarla más en lo sucesivo ; d) si la obra se agotara o faltara en plaza y EUDEM no ofreciera para la venta una nueva edición por el término de un año, después de haber recibido un pedido por escrito de el AUTOR para que la obra se reedite ;
e) si, por cambio o modificaciones de los programas de estudio o caducidad de la aprobación oficial con que pudiera contar la obra, EUDEM juzgue inoportuna su reedición ; f) por decisión de EUDEM, cuando a su juicio considere que no es de su interés seguir editando la misma. En todos los casos, el AUTOR recobrará la libre disposición de los derechos a que se refiere el presente, un año después de que rescinda el contrato. Durante dicho año, el AUTOR no tendrá derecho a formular reclamos o reparación de tipo alguno.
Decimocuarto: Acción judicial. No obstante, la autorización exclusiva efectuada por el AUTOR a la UNIVERSIDAD, queda a cuenta y cargo del AUTOR la responsabilidad legal emergente de toda acción judicial que pudiera suscitarse por no presentar la obra carácter original -apropiación indebida- o no encontrarse autorizada dentro del nuevo régimen legal, o cuando por cualquier motivo resultare que la obra no pueda ser objeto del presente contrato. -------------------------------------------------------------
Decimoquinto: Siniestros. En casos de siniestros, tales como incendio, inundación, robo, hurto o en cualquier otro supuesto en que por causa de fuerza mayor, orden de autoridad competente, se torne imposible comercializar la Obra, EUDEM quedará eximida de toda responsabilidad, no pudiendo el AUTOR formular reclamo alguno contra aquélla por los ejemplares afectados de tal manera que su venta en condiciones normales se tornase imposible ; todo ello aun cuando el material se encontrase cubierto por seguros totales o parciales.
Decimosexto: Pérdidas. EUDEM no se responsabiliza por la pérdida del original de la obra, estando obligado el AUTOR a conservar copia del mismo.
Decimoséptimo: En caso de fallecimiento del AUTOR, los herederos unificarán su representación para todos los efectos derivados de este contrato.
Decimoctavo: Reediciones y Coediciones. Si se respetan todas las cláusulas del presente contrato, la UNIVERSIDAD tendrá derecho a realizar la reedición y coedición de la presente Obra previo acuerdo entre las partes. En concepto de derechos de autor, el AUTOR percibirá entre el diez por ciento (10%) y el veinte por ciento (20%) sobre el precio de venta al público del libro, una vez reeditado. Dicho porcentaje se calculará sobre el precio del libro en moneda argentina, establecido por EUDEM y que figure en su lista de precios de venta al público. EUDEM practicará liquidaciones semestrales, y el importe que resulte será pagadero dentro de los 60 (sesenta) días subsiguientes, en el domicilio de EUDEM. Toda liquidación se efectuará sobre la cifra que corresponda a ejemplares vendidos en firme a la fecha en que se realice la liquidación. Quedan eximidos de este derecho económico reconocido al AUTOR, los ejemplares que EUDEM justifique haber destinado a servicio de prensa y promoción.
Decimonoveno: Atribución de jurisdicción. Conformidad de las partes. Este contrato se considera vigente en tanto subsistan los derechos que la ley acuerda al AUTOR y/o sus derechos habientes. Para todas las divergencias que pudieran surgir en ocasión del presente, tendrán jurisdicción improrrogable los Tribunales Federales de Xxx xxx Xxxxx, constituyendo ambas partes domicilios especiales en esta ciudad, en los indicados al comienzo del presente. En un todo de acuerdo con lo estipulado, las partes firman el presente en dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Xxx xxx Xxxxx, a los 20 días del mes de diciembre de 2021. ---------------------------------------
Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxxx
Firmado digitalmente por: XXXXXXXXX Xxxxxxx Xxxxxx
Fecha y hora: 30.12.2021 08:38:51
Hoja de firmas
Sistema: SUDOCU
Firmado por: SUDOCU UNMDP Fecha: 05/04/2022 09:38:52
Razon: Cargado por SIU-Documentos
Sistema: SUDOCU
Firmado por: SUDOCU UNMDP Fecha: 05/04/2022 11:20:57
Xxxxx: Autorizado por XXXXXXX Xxxxxxx XXXXX
Sistema: SUDOCU
Firmado por: SUDOCU UNMDP Fecha: 05/04/2022 11:56:09
Razon: Autorizado por XXXXXXX XXXX XXXXXXXXXX