CONDICIONES COMERCIALES SORGO BT – ZAFRA 2018-19
24 xx xxxxxx de 2018
CONDICIONES COMERCIALES SORGO BT – ZAFRA 2018-19
1) Introducción/Objetivo: con el objetivo de abastecer de la materia prima necesaria para la producción de Bioetanol y DDGS, donde se entiende que el desarrollo del cultivo de Sorgo de bajos taninos es una buena opción, ALUR difunde su plan de captación de este cultivo detallando a continuación las condiciones comerciales y definiciones generales.
2) Contrato de Producción: Se firmará un contrato entre las partes comprometiendo un determinado volumen de Sorgo BT (“bajo tanino), el cual deberá estar asociado a un área real de siembra mínimo de 1ha cada 3 ton.
Ejemplo: Si el contrato es por 000xxx, deben declararse una superficie mínima de 100ha.
3) Precio: El precio de Sorgo BT será el 80% del resultante del promedio de todas las cotizaciones semanales de precio de MAÍZ de la CAMARA MERCANTIL DE PRODUCTOS PECUARIOS DEL PAÍS (CMPP) comprendidas desde el 05 xx xxxxx hasta el 30 xx xxxxxx de 2019.
El precio corresponderá por la mercadería acondicionada puesta en Paysandú. Precio mínimo: 160 USD/ton de Sorgo BT acondicionado.
4) Volumen Excedente: Se mantendrá el precio mínimo para las primeras 4,2 ton/ha.
Siguiendo el ejemplo del ítem 2, si consideramos que el precio promedio de la fórmula establecida en ítem 3, resultara ser menor a 160USD/ton, que el contrato es por 300ton (100has declaradas) y obtiene un rendimiento de 5ton/ha (500ton), se procederá a liquidar el total del volumen de la siguiente manera:
• Hasta 420ton se liquida a precio mínimo – 160usd/ton.
• Las 80ton restantes según fórmula establecida en contrato es decir, el 80% del resultante del promedio de todas las cotizaciones semanales de precio de MAÍZ de la CAMARA MERCANTIL DE PRODUCTOS PECUARIOS DEL PAÍS (CMPP) comprendidas desde el 05 xx xxxxx hasta el 30 xx xxxxxx de 2018.
5) Fijaciones de Xxxxxx:
Se hará una única fijación de precio la cual se realizará de forma automática una vez conocido el precio promedio al final del periodo antes mencionado (abril-agosto).
Para el volumen asociado al precio mínimo, se harán liquidaciones mensuales a precio mínimo durante la zafra, desde el principio de la entrega y al final de cada mes, siempre y cuando el volumen entregado en el mes supere a 150ton, de lo contrario se liquidará al final del mes siguiente una vez superado la entrega de 150ton y teniendo en cuenta el volumen pendiente de liquidar el mes anterior por no superar el límite de 150ton entregadas.
En caso que el precio promedio final de la CMPP (Ítem 3), fuera mayor al precio mínimo, se procederá a liquidar el saldo al final del período establecido.
El volumen excedente se liquidará al final del período (abril-agosto) de acuerdo al precio promedio de la CMPP.
6) Pago: Se hará efectivo a los 30 días corridos una vez aprobada la liquidación o a los 40 días de finalizada la entrega del grano.
7) Calidad:
8) Origen: se deberá indicar el lugar de producción del grano especificando las coordenadas de las chacras.
9) Fecha de entrega: a partir de inicio xx xxxxx la cual se estima para los meses xx xxxxx/julio de 2019.
10) Recepción de intención de volumen: se recibirá la intención de volumen, expresado en toneladas, hasta el 21 de setiembre inclusive. En función de esta intención, de la demanda por parte de ALUR y otros elementos se confirmará el cupo para la zafra 2018-19.
Por cualquier consulta vinculada con el plan, favor comunicarse con algunos de los siguientes contactos:
Xxxxxx Xxxx: | 091 410 100 | |
Xxxx X. Xxxxx: | 092 511 137 | |
Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx: | 099 616 499 |