PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO MIXTO DE SUMINISTRO, SERVICIOS ENERGÉTICOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL, CON GARANTÍA TOTAL, DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PUBLICO, SEMAFÓRICA Y FUENTES PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE JAÉN.
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO MIXTO DE SUMINISTRO, SERVICIOS ENERGÉTICOS Y MANTENIMIENTO INTEGRAL, CON GARANTÍA TOTAL, DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PUBLICO, SEMAFÓRICA Y FUENTES PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO XX XXXX.
ANEXO III
SERVICIOS REQUERIDOS Y DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES DE FUENTES ORNAMENTALES Y XX XXXXX
ÍNDICE
ART. 1. – OBJETIVO DEL CONTRATO 4
ART. 2.- INSTALACIONES ACTUALES 5
Art. 4. MODIFICACIÓN DE LAS INSTALACIONES 6
Art. 6. DE LOS TRABAJOS DE CONSERVACIÓN XXXXXXX 0
Xxx. 0. XX XXX XXXXXXXX ESPECIALES. 7
Art. 8. OBSERVACIONES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO 7
Art. 9.- ACTUACIONES INCLUIDAS EN TRABAJOS DE CONSERVACIÓN GENERAL 8
9.2.- XXXXXXX XX XXXXX AGUA. 12
9.4 CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE SOBRE PROTECCIÓN CONTRA LA LEGIONELLA 16
Art. 10.- TRABAJOS ESPECIALES. 18
10.1.- Renovaciones o ampliaciones xx xxxxxxx ornamentales, xx xxxxx agua y fuentes artistica “pilares” 19
10.2.- Roturas como consecuencia de vandalismo o causa de fuerza mayor 19
Art. 11.- ÓRDENES DE TRABAJO 19
Art. 12.- PARTES DE OBRAS EJECUTADAS. 20
Art. 13.- TRABAJOS NOCTURNOS O EN DIAS FESTIVOS. 21
Art. 14.- SEÑALIZACIÓN Y BALIZAMIENTO DE LAS OBRAS 21
Art. 15.- MANTENIMIENTO DE SERVICIOS AFECTADOS. 22
Art. 16.- RESPONSABILIDAD Y MEDIAS DE SEGURIDAD 22
Art. 17.- CORTES DE TRÁFICO Y RESTRICCIONES DE APARCAMIENTO 23
Art. 18.- OBRAS POR ADMINISTRACIÓN. 23
Art. 20. EQUIPOS ADSCRITOS A LAS OBRAS DEL PRESENTE PLIEGO 23
Art. 21. MODELO ORGANIZATIVO E INFORMATIZACIÓN. 24
Art. 23.- REVISIÓN DE PRECIOS 25
Art. 24. TRABAJOS ESPECIALES. 26
SUBANEXO 1.- FUENTES ORNAMENTALES 28
SUBANEXO 2.- FUENTES ARTÍSTICAS 29
SUBANEXO 3.- XXXXXXX XX XXXXX AGUA 30
SUBANEXO 4.- PROTOCOLO Y RECOMENDACIONES 35
SERVICIOS REQUERIDOS Y DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES EN FUENTES ORNAMENTALES Y XX XXXXX PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO XX XXXX.
ART. 1. – OBJETIVO DEL CONTRATO
El objeto del presente contrato es la prestación del servicio de conservación, mantenimiento y renovación de las instalaciones eléctricas, hidráulicas y arquitectónicas de los siguientes elementos situados dentro del Término Municipal de la Ciudad xx Xxxx, cuyo funcionamiento está a cargo del Excelentísimo Ayuntamiento.
• Fuentes de carácter ornamental dotadas por lo general de sistemas de reciclaje de agua e iluminación comprendidas en el subanexo 1 de este Pliego.
• Fuentes de carácter tradicional “Pilares” y dotadas de agua potable para uso público relacionadas en el subanexo 2 de este Pliego.
• Xxxxxxx xx xxxxx agua de uso público relacionadas en el subanexo 3 de este Pliego.
Además de las fuentes, pilares y xxxxxxx xx xxxxx agua propiamente dichos a que se refiere el párrafo anterior, se incluye en el ámbito del presente contrato, como elementos a conservar, las acometidas de agua, electricidad y saneamiento desde los respectivos puntos de entronque con las redes de distribución, según se especifican en los reglamentos técnicos que le son de aplicación, así como todos los elementos que integran y/o son necesarios para el funcionamiento correcto de dichas fuentes, pilares y xxxxxxx xx xxxxx agua.
La prestación del servicio se efectuará con arreglo a las condiciones que aquí se estipulan de las que se derivan los derechos y obligaciones de ambas partes contratantes.
Dicha prestación tiene como fin primordial asegurar la continuidad del funcionamiento previniendo posibles averías y realizando, en su caso, trabajos, controles, reparaciones, sustituciones, mejoras, calidad del agua, medidas higiénico sanitarias, etc., necesarias para el mantenimiento del nivel técnico de los equipos, así como de la calidad de los mismos, minimizar los posibles peligros que puedan ocasionar a personas o cosas, adecuar las instalaciones a las necesidades urbanas y mantener un aceptable equilibrio entre la prestación del servicio que se proporciona y su costo, evitando el consumo innecesario de agua y energía o debiendo de poner todos los medios necesarios para minimizarlos.
Todo ello referido a las instalaciones existentes al comienzo de la vigencia del contrato, así como a aquellas que se incorporen al mismo en el futuro por decisión del Ayuntamiento y dentro del período de vigencia del mismo, con la respectiva autorización de la Dirección de Contrato.
ART. 2.- INSTALACIONES ACTUALES.
El Contratista acepta las fuentes ornamentales, artísticas “Pilares” y xx xxxxx agua con sus instalaciones existentes en la Ciudad, en las condiciones actuales así como de todos y cada uno de sus elementos, equipos, etc., haciéndose cargo de las mismas, a las que prestará el servicio correspondiente de acuerdo con las especificaciones de este Pliego.
ART. 3. NUEVOS ELEMENTOS.
Durante la vigencia de este Pliego, el contratista se hará cargo de todas las instalaciones xx xxxxxxx ornamentales, artísticas “Pilares” y xx xxxxx agua que el Ayuntamiento realice o reciba de terceros, debiéndose prestar el servicio correspondiente de acuerdo con lo especificado en los Pliegos Administrativo y Técnico, siempre y cuando no se supere un 20 % acumulado de las instalaciones existentes a la firma del contrato, quedando incluidas en el precio de contrato. En el caso de superar dicho porcentaje, el precio del contrato será modificado en base al preciario que se establecerá, según el último párrafo del artículo 23.
Estos precios y condiciones estarán en línea con los que resulten del coste unitario de la línea base correspondiente en su concepto de mantenimiento xx xxxxxxx.
Durante el periodo de garantía, el Contratista estará obligado a realizar las reparaciones de las instalaciones necesarias cubiertas por dichas garantía en las fuentes ornamentales, artísticas y xxxxxxx xx xxxxx agua para mantenerlos en estado correcto de funcionamiento y así entregarlos para obtener la DEVOLUCIÓN DE LA FIANZA.
En cualquier caso, el Adjudicatario vendrá obligado a efectuar los trabajos que durante el período de garantía le indique la Dirección del Contrato mediante la correspondiente “Orden” y con cargo bien al aval que tuviera constituido el Promotor bien al presupuesto de Conservación.
En cuanto al control de las instalaciones en el período de garantía el modo operativo será el siguiente:
3.1. A los efectos estadísticos del conjunto de la ciudad en el momento de la RECEPCIÓN DE LA FUENTES ORNAMENTALES, ARTÍSTICAS Y XX XXXXX AGUA, y sus instalaciones, éstas quedarán registradas en un listado especial que se denominará “ELEMENTOS EN PERIODO DE GARANTÍA” donde constarán todas sus características al igual que el resto de instalaciones.
3.2. Una vez terminado el período de garantía, se dará de baja del listado especial para pasar al inventario de la Ciudad dentro del apartado que corresponda, y cuya conservación corresponde al Ayuntamiento xx Xxxx.
3.3. En caso de que el Ayuntamiento, Dirección de Contrato, lo estime necesario, podrá ordenar operaciones de mejora considerándolas como trabajos especiales.
ART. 4. MODIFICACIÓN DE LAS INSTALACIONES.
Si durante la vigencia del contrato se modificasen los elementos de las fuentes y sus instalaciones o se adoptasen otros sistemas hidráulicos, eléctricos o arquitectónicos por el Ayuntamiento, el Adjudicatario queda obligado a aceptar la conservación de los mismos.
ART. 5. DENOMINACIONES.
De acuerdo con los trabajos a realizar sobre las instalaciones, los mismos se clasifican en: TRABAJOS DE CONSERVACIÓN GENERAL Y TRABAJOS ESPECIALES.
ART. 6. DE LOS TRABAJOS DE CONSERVACIÓN GENERAL.
Por “Trabajos de Conservación General” se entenderá todos aquellos de la labor cotidiana, administrativa, de accionamiento, vigilancia de las instalaciones, mantenimiento del agua limpia y en condiciones higiénico sanitarias, limpieza de elementos con reposiciones de materiales, proyectores y lámparas fuera de servicio o con un nivel muy bajo de iluminación con limpieza de luminarias y puesta a punto del equipo auxiliar, mantenimiento y adecuación de los cuadros eléctricos, mantenimiento y adecuación de los equipos de impulsión, filtrado y cloración, deficiencias en pintura, impermeabilización y estanqueidad. Se incluyen grupo de proyectores, conducciones e instalaciones de todo tipo necesarias para el correcto funcionamiento, equipos y soportes, que habiendo cumplido su “vida útil” deban ser reemplazados por no ser rentable su reparación.
No se incluyen roturas e inutilización de las instalaciones y sus elementos por causa probada de vandalismo.
La actuación de estos trabajos de Conservación general, se hará sobre las fuentes ornamentales, artísticas y xx xxxxx agua con las especificaciones indicadas en el Art. 9.
Como misión subsidiaria, el contratista deberá informar a la Dirección del Contrato aquellos desperfectos o anomalías que se observen en las fuentes de los lugares en que ejecute obras.
ART. 7. DE LOS TRABAJOS ESPECIALES.
Por “Trabajos especiales” se entenderá los concernientes a reemplazamientos masivos no incluidos en el apartado anterior, consistentes en renovaciones sobre los componentes de las instalaciones o que presenten problemas de seguridad para las personas o cosas.
Se incluyen además las actuaciones sobre elementos que por estar en desacuerdo con las normas municipales vigentes, o cualquier otra normativa que le afecte, deberán ser objeto de tratamiento especial para adecuarlas debidamente.
ART. 8. OBSERVACIONES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO.
De modo expreso se señala que, en los “Trabajos” citados en los artículos 6 y 7 todas las inspecciones, incluso las derivadas del cumplimento reglamentario vigente en cada momento, ensayos, análisis y comprobaciones, necesarias o solicitadas por la Dirección de Contrato, están incluidas en los precios de conservación de este Pliego y no podrá ser certificada cantidad alguna adicional por estos conceptos.
ART. 9.- ACTUACIONES INCLUIDAS EN TRABAJOS DE CONSERVACIÓN GENERAL.
9.1. FUENTES ORNAMENTALES.
Los trabajos relativos a conservación general se realizarán, para el caso de las fuentes ornamentales, siguiendo las especificaciones que se determinan en el presente artículo.
9.1.1 Limpieza y Calidad del agua.
El agua se mantendrá en todo momento limpia y cristalina en todas las fuentes ornamentales, incluidas en el inventario, cumpliendo los criterios de calidad establecidos en este Pliego de Condiciones realizando los tratamientos de limpieza y desinfección necesarios. En cualquier caso debe impedirse el crecimiento de algas, microorganismos y larvas, así como la aparición de precipitaciones calcáreas.
Los procedimientos necesarios para ello, se realizarán mediante circuito cerrado de circulación del agua, para evitar o minimizar la pérdida de volumen de la misma.
Se realizará un tratamiento de desinfección de choque, cada vez que se vacíe el vaso contenedor del agua, según las recomendaciones adjuntas en el Subanexo 4.- Protocolo y Recomendaciones de las instalaciones de las fuentes ornamentales
El Adjudicatario tiene la obligación de mantener y proporcionar los niveles de calidad exigibles en este Pliego, así como los determinados por la Normativa vigente y sus posteriores modificaciones, haciendo especial incidencia en el control de Legionella, para ello, dotará a las instalaciones de los elementos automáticos necesarios para ello (cloradores automáticos, equipos de impulsión, equipos de filtrado, etc…), incluido en el precio del contrato del servicio.
El Adjudicatario tiene la obligación de aportar la documentación de los biocidas y otras sustancias empleadas, así como el estudio y plan de seguridad elaborado para el mantenimiento y tratamiento de las aguas, conforme a la legislación vigente.
Se establecen actualmente los siguientes parámetros a analizar:
• Cloro Libre residual diario. Sus índices permitidos serán entre 1,5 y 3 mg/l.
• Temperatura diaria.
• Ph diario.
• Conductividad. Se realizará una prueba mensual, como mínimo.
• Control de Legionella. Según reglamentación vigente y futuras modificaciones.
9.1.2 Administración del Servicio.
En relación con la Administración del Servicio, el adjudicatario contemplará como mínimo las siguientes tareas:
o Mantenimiento del inventario individual de las fuentes.
El Adjudicatario estará obligado a mantener actualizadas las fichas técnicas de cada fuente ornamental, reflejando las modificaciones que se hubieran acometido, así como aquellas circunstancias que se consideren apropiadas.
Para ello dispondrá de los medios informáticos y de comunicaciones adecuados y de las correspondientes licencias de uso de aplicación de forma que pueda operar la base de datos existente la Dirección del Contrato y respetando las disposiciones legales sobre protección de datos.
El adjudicatario quedará obligado a la realización de la ficha técnica, en soporte informático y plataforma GIS, de cada fuente ornamental que se incluya en el inventario, con todos los elementos constitutivos de la misma, con indicación de sus características técnicas, planos, esquemas, fotografías, etc.,
o Mantenimiento y administración de la base de datos.
El adjudicatario administrará bajo la supervisión de la Dirección de Contrato las aplicaciones informáticas relacionadas con la gestión de la conservación, en las que se registren las incidencias, partes de actuaciones, resumen mensual, datos fotográficos, etc.
o Partes de trabajo.
El Adjudicatario mantendrá perfectamente informada a la Dirección de Contrato del mantenimiento de las incidencias y trabajos a realizar que afecten a cada una de las fuentes ornamentales; para ello presentará los oportunos partes de trabajo diariarios realizados y programados, con la antelación suficiente que permita realizar el control, vigilancia e inspección de los trabajos al Servicio de Vigilancia del Contrato; resumen semanal y mensual, balance anual, así como cualquier otra forma y frecuencia que acuerde el Servicio
y/o Dirección de Contrato, si bien el licitador, en su oferta, podrá proponer los modelos que considere adecuados.
9.1.3- Inspección visual diaria.
El adjudicatario del contrato efectuará las inspecciones a que hubiera lugar, entregando de todas ellas el correspondiente parte de servicio, con el formato normalizado que se establezca, y siempre en soporte informático.
Se comprobará de forma diaria la conexión y desconexión de las instalaciones hidráulicas y de iluminación. El periodo de funcionamiento se establecerá de 10:00 horas hasta las 14:00 y de 17:00 hasta las 22:00 (18:00 a 23:00 en verano) para las instalaciones hidráulicas y desde el ocaso hasta las 22:00 (23:00 en verano) horas la iluminación. Se podrán establecer otros horarios de forma genérica para todas las fuentes o particulares para una o varias de ellas siendo en este caso comunicados al adjudicatario con la suficiente antelación para su inspección y seguimiento.
En caso de que alguna instalación no haya funcionado de forma automática se procederá a su encendido manualmente hasta su posterior reparación.
Se prestará especial dedicación al mantenimiento de los juegos de agua y luz, comprobando la orientación de los proyectores, controlando que los haces luminosos estén dirigidos a los puntos previstos, consiguiéndose los efectos artísticos pretendidos, así como que los surtidores alcance las alturas y orientaciones correctas.
9.1.4.- Conservación y reparación de las instalaciones.
El adjudicatario vendrá obligado a la reparación de todas las averías que puedan originarse en las fuentes ornamentales, artísticas “Pilares” y xxxxxxx xx xxxxx agua objeto de este contrato, previa comunicación inmediata al Director del Contrato y confirmación de la orden de trabajo por la misma.
Serán de cuenta del adjudicatario la reparación de todos los elementos hidráulicos y eléctricos averiados.
Las lámparas utilizadas en el alumbrado ornamental de las fuentes, serán repuestas por la modalidad de trabajos de conservación general.
La empresa adjudicataria del contrato deberá mantener en perfecto estado de funcionamiento todas las fuentes ornamentales incluidas en el sub-anexo 1, estando obligada a ejercer una inspección sobre las mismas con objeto de
detectar cualquier tipo de daño o avería.
Detectada la avería, bien por la empresa adjudicataria del contrato, bien por la Dirección de Contrato, la empresa procederá a su reparación en un plazo máximo de cuatro días naturales, contados a partir del día en que se haya producido la avería, excepto en los casos en que por ser considerada importante y urgente por el Ayuntamiento, en cuyo caso se actuará inmediatamente.
Diariamente se procederá a la eliminación de aquellos residuos para cuya retirada no sea necesario el vaciado de la fuente. En particular se retirarán los residuos flotantes y objetos de gran volumen (sumergidos o no).
9.1.6.- Limpieza de elementos.
La limpieza de las tazas, estanques y de los elementos sumergidos se realizará en coincidencia con la periodicidad que se establezca para la renovación del agua de la fuente y que será como norma general mensual.
Estas intervenciones se realizarán bajo el criterio del máximo ahorro de agua, compatible con la no aparición de flora acuática.
En particular se prestará especial atención al estado de suciedad de las rejillas de aspiración y filtros, limpiándolas de los depósitos que se acumulen sobre ellas.
La limpieza de los fosos y salas de máquinas se realizará con la misma periodicidad que los estanques.
9.1.7.- Instalaciones eléctricas.
Las instalaciones eléctricas serán revisadas periódicamente de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, debiendo satisfacer en todo momento lo dispuesto en el mismo y en la normativa vigente que pudiera ser de aplicación.
Se mantendrá y dotará de los elementos de extracción y ventilación de aire necesarios, así como detectores de temperatura y humedad, con el correspondiente sistema automático de seguridad para activación y verificación de su correcto funcionamiento.
9.1.8.- Instalaciones hidráulicas.
Las instalaciones hidráulicas se conservarán en perfecto estado de funcionamiento; están serán sometidas a los ensayos de presión y estanqueidad necesarios.
Se realizará la limpieza de los circuitos y de todos los elementos de las instalaciones hidráulicas, con los productos adecuados y autorizados, evitando y vigilando la no producción de daños en las mismas, para evitar la sedimentación de depósitos, depósitos calcáreos o de otro tipo, etc., anualmente, como mínimo, manteniéndolos en perfecto estado de conservación en todo momento.
9.1.9.- Pinturas de conducciones y salas de máquinas y control.
Con una periodicidad mínima anual se procederá al pintado de las tuberías y accesorios sumergidos, los elementos no sumergidos, los grupos motobomba y los cuadros de protección y maniobra, con tratamientos anticorrosivos e impermeables.
Los salas de máquinas y control, alojamientos de equipos de filtrado y cloración, arquetas y otro elementos de las instalaciones, se mantendrán en perfecto estado de limpieza y orden en todo momento, así como se realizará la aplicación de tratamientos de impermeabilización y pintura en los paramentos, techos y suelos, elementos metálicos, etc., de los alojamientos de los elementos de las instalaciones.
9.2.- XXXXXXX XX XXXXX AGUA.
Los trabajos relativos a conservación general se realizarán, para el caso de las xxxxxxx xx xxxxx agua, siguiendo las especificaciones que se determinan en el presente artículo.
9.2.1.- Administración del servicio.
En relación con la Administración del Servicio, el adjudicatario contemplará, como mínimo las siguientes tareas.
• Mantenimiento del inventario individual de las xxxxxxx xx xxxxx agua.
El adjudicatario estará obligado a mantener actualizadas las fichas técnicas de cada bebedero, reflejando las modificaciones que se hubieran acometido, así como aquellas circunstancias que se consideren apropiadas.
Para ello dispondrá de los medios informáticos y de las comunicaciones adecuados y de las correspondientes licencias de uso de aplicaciones de forma que pueda operar la base de datos existente la Dirección de Contrato y respetando las disposiciones legales sobre protección de datos.
El adjudicatario quedará obligado a la realización de la ficha técnica, en soporte informático, de cada xxxxxx xx xxxxx agua existente o que se incluya en el inventario, con todos los elementos constitutivos de la misma, con indicación de sus características técnicas, planos, gráficos, fotografías, etc.
• Mantenimiento y administración de la base de datos.
El adjudicatario administrará, bajo la supervisión de la Dirección de Contrato, las aplicaciones informáticas relacionadas con la gestión de la conservación, en las que se registren las incidencias, partes de actuaciones, resumen mensual, datos fotográficos, etc.
9.2.2.- Inspección visual diaria.
El adjudicatario vendrá obligado a la reparación de todas las averías que puedan originarse en las xxxxxxx xx xxxxx agua objeto de este contrato, previa comunicación inmediata a la Dirección de Contrato y confirmación de la orden de trabajo por la misma.
Serán de cuenta del adjudicatario la reparación o reposición de todos los elementos hidráulicos averiados, excepto si este se hubiere producido por haber llegado el elemento al final de su vida útil.
La empresa adjudicataria del contrato deberá mantener en perfecto estado de funcionamiento todas las xxxxxxx xx xxxxx agua, incluidos en el subanexo 2, estando obligada a ejercer una inspección sobre las mismas con objeto de detectar cualquier tipo de daño o avería.
Detectada la avería, bien por la empresa adjudicataria del contrato, bien por Servicios Municipales, la empresa procederá a su reparación en un plazo máximo de dos días naturales, contados a partir del día en que se haya producido la avería, excepto en los casos en que por ser considerada importante y urgente por el Ayuntamiento, Dirección de Contrato, en cuyo caso se actuará inmediatamente.
Diariamente se procederá a la eliminación de todos los residuos situados tanto en la xxxxxx xx xxxxx agua propiamente dicho como en sus desagües o zonas de influencia, de forma que se queden en perfecto estado de limpieza y se eviten las obstrucciones de las canalizaciones de evacuación de agua.
9.2.4.- Limpieza de elementos.
La limpieza en profundidad de las tazas, soportes, rejillas y demás elementos se realizará como norma general semanalmente, o a petición de la Dirección de Contrato.
En particular se prestará especial atención al estado de suciedad de las rejillas, limpiándolas de los depósitos que se acumulan sobre ellas.
9.2.5.- Instalaciones hidráulicas.
Las instalaciones hidráulicas se conservarán en perfecto estado de funcionamiento; éstas serán sometidas a los ensayos de presión y estanqueidad necesarios.
9.2.6.- Pinturas de elementos.
Con una periodicidad mínima anual o a petición de la Dirección de Contrato, se procederá al pintado de los distintos elementos vistos de las xxxxxxx xx xxxxx agua cuya base sea metálica. Para ello se rascará la pintura existente, se aplicará una capa de pintura protectora anticorrosiva y dos capas de esmalte sintético autorizados para elementos en contacto con agua apta para consumo humano, aportando la ficha técnica y de seguridad de los productos, según instrucciones de la Dirección de Contrato.
En aquellas xxxxxxx xx xxxxx agua que originalmente tengan un tratamiento superficial distinto del indicado anteriormente, se mantendrá dicho tratamiento en las operaciones de pintura.
9.3.- PILARES.
Los trabajos relativos a conservación general se realizarán, para el caso de los pilares, siguiendo las especificaciones que se determinan en el presente artículo.
9.3.1.- Administración del servicio.
En relación con la Administración del Servicio, el adjudicatario contemplará, como mínimo las siguientes tareas.
• Mantenimiento del inventario individual de pilares.
El adjudicatario quedará obligado a la realización de la ficha técnica en soporte informático, de cada xxxxx existente o que se incluya en el inventario, con todos los elementos constitutivos de la misma, con indicación de sus características técnicas, planos, gráficos, fotografías, y demás información necesaria que se considere.
9.3.2.- Inspección visual diaria.
El adjudicatario del contrato efectuará las inspecciones a que hubiere lugar, entregando de todas ellas el correspondiente parte de servicio, con el formato normalizado que se establezca, y siempre en soporte informático.
9.3.3.- Conservación y reparación de las instalaciones.
El adjudicatario vendrá obligado a la reparación de todas las averías que puedan originarse en los pilares objeto de este contrato, previa comunicación inmediata a la Dirección de Contrato y confirmación de la orden de trabajo por la misma.
Serán de cuenta del adjudicatario la reparación o reposición de todos los elementos hidráulicos averiados, excepto si ésta se hubiere producido por haber llegado el elemento al final de su vida útil.
La empresa adjudicataria del contrato deberá mantener en perfecto estado de funcionamiento todas las fuentes artísticas incluidas en el subanexo 3, estando obligada a ejercer una inspección sobre las mismas con objeto de detectar cualquier tipo de daño o avería.
Detectada la avería, bien por la empresa adjudicataria del contrato, bien por la Dirección de Contrato, bien por Servicios Municipales, la empresa procederá a su reparación en un plazo máximo de cuatro días naturales, contados a partir del día en que se haya producido la avería, excepto en los caso en que por ser considerada importante y urgente por el Ayuntamiento, en cuyo caso se actuará inmediatamente.
9.3.4.- Limpieza de elementos.
La limpieza en profundidad de las tazas, y demás elementos se realizará como norma general trimestralmente.
En particular se prestará especial atención al estado de suciedad de las rejillas y caños, limpiándolos de los depósitos que se acumulan sobre ellos.
9.3.5.- Instalaciones Hidráulicas.
Las instalaciones hidráulicas se conservarán en perfecto estado de funcionamiento; éstas serán sometidas a los ensayos de presión y estanqueidad necesarios.
9.4 CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE SOBRE PROTECCIÓN CONTRA LA LEGIONELLA.
Estas instalaciones están contempladas en el Real Decreto 865/2003 por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención de la legionelosis y concretamente están catalogadas como instalaciones de “menor probabilidad de proliferación y dispersión de la Legionella”. Por lo que se estará a lo que determine dicha reglamentación y posteriores que le sean de aplicación.
Se comprobará en la revisión el correcto funcionamiento de la fuente y su buen estado de conservación y limpieza.
La inspección de la forma de pulverización así como de la altura y alcance de los chorros de agua indicará si el sistema funciona correctamente y si existen obstrucciones en las boquillas o en los filtros.
La revisión general de funcionamiento de la instalación, incluyendo todos los elementos, así como los sistemas utilizados para el tratamiento de agua, se realizará con la siguiente periodicidad:
ELEMENTOS DE LA INSTALACIÓN | PERIOCIDAD | |
Fuente: Debe comprobarse que no presenta suciedad general, algas, lodos, corrosión o incrustaciones. El agua debe estar clara y limpia | DIARIA | |
Boquillas: Debe comprobase mediante inspección visual exterior que no presenta suciedad general, corrosión, o incrustaciones. La pulverización debe ser homogénea | DIARIA | |
Bombas de impulsión: Debe comprobarse su correcto funcionamiento, así como que no presentan pérdidas ni se observan procesos de corrosión en ellas | DIARIA | |
FILTROS DE AGUA: Revisar que se encuentran correctamente instalados y en buenas condiciones higiénicas | Pre-filtro bomba | SEMANAL |
Filtro recirculación | SEMANAL |
Equipos de desinfección del agua: Comprobar su correcto funcionamiento | DIARIA |
Se evitará que la altura y alcance de los chorros provoque el derrame del agua en la vía pública o acerados, si este derrame es provocado por el viento se procederá a interrumpir el funcionamiento hidráulico de la fuente mientras perdure esta situación
Se revisará el estado de conservación y limpieza general, con el fin de detectar la presencia de sedimentos, incrustaciones, productos de la corrosión, lodos, algas y cualquier otra circunstancia que altere o pueda alterar el buen funcionamiento de la instalación. Si se detecta algún componente deteriorado se procederá a su reparación o sustitución. Se revisará la calidad microbiológica del agua determinando los siguientes parámetros que se especifican en la tabla:
Parámetros | Método de análisis | Periodicidad |
Recuento total de aerobio “Se determinará en el agua de la fuente” | Según norma ISO 6222. Calidad del agua. Enumeración de microorganismos cultivables. Recuento de colonias por siembra en medio de cultivo a agar nutritivo análisis | MENSUAL |
Legionella sp | Según Xxxxx ISO 11731 Parte 1. Calidad del agua. Determinación y enumeración de Legionella | SEMESTRAL Aproximadamente 15 días después de la realización de cualquier tipo de limpieza y desinfección |
9.4.2. LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN.
Durante la realización de los tratamientos de desinfección se han de extremar las precauciones para evitar que se produzcan situaciones de riesgo entre el personal que realice los tratamientos como todos aquellos ocupantes de las instalaciones a tratar, será semestral como mínimo.
En general para los trabajadores se cumplirán las disposiciones de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y su normativa de desarrollo. El personal deberá haber realizado los cursos autorizados para la realización de operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario para la prevención y control de la legionelosis, Orden SCO 317/2003 de 7 de febrero.
Se pueden distinguir tres tipos de actuaciones en la instalación:
• Limpieza y programa de mantenimiento
• Limpieza y desinfección de choque
• Limpieza y desinfección en caso de brote
9.4.3. LIMPIEZA Y PROGRAMA DE MANTENIMIENTO.
La limpieza y el programa de mantenimiento tienen como objeto garantizar la calidad microbiológica del agua durante el funcionamiento normal de la instalación.
Se corresponderá con los programas de tratamiento especificados en el artículo 8.2 Real Decreto 865/2003 para las instalaciones de menor probabilidad de proliferación y dispersión de Legionella.
9.4.4. LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE CHOQUE.
Una desinfección no será efectiva si no va acompañada de una limpieza exhaustiva. Las fuentes ornamentales se limpiarán como mínimo con periodicidad anual, cuando se ponga en marcha la instalación por primera vez, tras una parada superior a un mes, tras una reparación o modificación estructural, cuando una revisión general así lo aconseje y cuando así lo determine la autoridad sanitaria, según protocolo establecido adjunto.
9.4.5. LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN EN CASO DE BROTE.
Se utilizará cloro como desinfectante y las actuaciones serán según protocolo establecido por el apartado C del Anexo 3 del R.D. 865/2003, de 4 de Julio, o posteriores modificaciones ó nueva normativa aplicable que le afecte.
9.4.6. REGISTROS ASOCIADOS A LAS INSTALACIONES.
Se dispondrá de un Registro de Mantenimiento por cada una de las fuentes, el contenido del registro y de los certificados del tratamiento efectuado deberá ajustarse al Real Decreto 865/2003, de 4 de Julio.
ART. 10.- TRABAJOS ESPECIALES.
Se realizarán empleando prácticas de buena ingeniería y siguiendo las instrucciones precisas que se den desde la Dirección de Contrato. Se incluyen en este apartado el tipo de actuaciones que se indica a continuación:
10.1.- RENOVACIONES O AMPLIACIONES DE FUENTES ORNAMENTALES, XX XXXXX AGUA Y FUENTES ARTÍSTICAS “PILARES”.
Si durante la vigencia del contrato se modificasen los elementos de las fuentes y sus instalaciones o se adoptasen otros sistemas hidráulicos, eléctricos o arquitectónicos por el Ayuntamiento, el Adjudicatario queda obligado a aceptar la conservación de los mismos.
10.2.- ROTURAS COMO CONSECUENCIA DE VANDALISMO O CAUSA DE FUERZA MAYOR.
Se entienden los deterioros producidos en las instalaciones objeto del presente pliego de condiciones como consecuencia de actos vandálicos, fiestas, actos deportivos, movimientos sísmicos, rayos, vientos, y demás acontecimientos que no tengan que ver con el normal funcionamiento de las instalaciones.
ART. 11.- ORDENES DE TRABAJO.
El Adjudicatario o su representante pasarán diariamente por la Dirección de Contrato, donde se le darán por escrito las Órdenes de Trabajo correspondientes, debiendo firmar el “enterado” en los partes.
Esta comunicación o aviso se realizará: ´ 1.-Inicialmente telefónicamente.
2.-Por correo electrónico o fax.
3.-Con posterioridad se redactará la orden de trabajo correspondiente, así como un informe una vez terminado dicho trabajo.
Las órdenes de trabajo, se clasifican, en función de la prioridad de su ejecución: NORMALES o URGENTES, y según su gravedad: Leve, Grave o Muy Grave, según se defina en el correspondiente parte.
Las obras de carácter de ejecución NORMALES, se realizarán en el plazo de 24 horas, y caso de necesitar señalización o balizamiento, deberán dejarse debidamente señalizadas en un plazo de cuatro horas.
Las obras de carácter de ejecución URGENTES, se iniciarán mediante la actuación inmediata, y caso de necesitar señalización o balizamiento, deberán dejarse debidamente señalizadas en un plazo de cuatro horas. Esta comunicación podrá hacerse telefónicamente o por correo electrónico. Con posterioridad se redactará la orden de trabajo correspondiente, así como un informe una vez terminado dicho trabajo
Las obras de carácter MUY GRAVES, deben ser iniciadas inmediatamente y finalizadas en el plazo máximo de dos horas. Ante la imposibilidad de realización de la misma se realizará una actuación paliativa para una posterior actuación definitiva. En caso de necesitar señalización o balizamiento, deberán dejarse debidamente señalizadas en un plazo de cuatro horas. Esta comunicación podrá hacerse telefónicamente o por correo electrónico. Con posterioridad se redactará la orden de trabajo correspondiente, así como un informe una vez terminado dicho trabajo.
Las obras de carácter GRAVES, deberán comenzar en un plazo máximo de una hora y finalización en un plazo máximo de seis horas.
Las obras de carácter NORMAL deberán comenzar en un plazo máximo de
24 horas, y finalizar en las 24 horas siguientes, salvo que por circunstancias especiales se indique en la orden un plazo dilatado.
Como misión subsidiaria, el contratista deberá señalar a la Dirección de Contrato aquellos desperfectos o anomalías que se observen en las fuentes de los lugares en que ejecute obras.
ART. 12.- PARTES DE OBRAS EJECUTADAS.
El contratista deberá entregar diariamente un parte de los tajos en que se está trabajando, indicando el tipo de obras que se están ejecutando, su localización y los medios de personal y maquinaria empleados.
Cuando el tajo permanezca sin variación durante cierto tiempo, podrá ampliarse el período de redacción del parte, que se hará como mínimo semanalmente.
Semanalmente el contratista entregará un cuadro donde se especifique las unidades de obras ejecutadas, su ubicación y variación en su caso respecto al programa presentado.
Mensualmente se entregará un cuadro resumen en que se especifique:
1. Unidades de obras ejecutadas.
2. Ubicación.
3. Valoración.
4. Gráficos que permitan visualizar las inversiones realizadas y su desviación respecto a la media y al programa presentado.
ART. 13.- TRABAJOS NOCTURNOS O EN DÍAS FESTIVOS.
Será obligatorio para el Contratista, disponer de un teléfono xx xxxxxxx, donde fuera localizable las 24 horas del día.
Cuando las circunstancias lo aconsejen, se podrá ordenar la ejecución de los trabajos especiales en horas nocturnas o en días festivos, incrementándose en estos casos el coste de las unidades de obra realizadas en estas condiciones en un veinte por ciento; siendo de cuenta del Adjudicatario la obtención de las autorización laborales o de otra índole, si bien el Ayuntamiento deberá prestarle la debida ayuda para conseguirlas.
En los trabajos nocturnos en que sea necesaria la iluminación de la calle, a juicio de la Dirección de Contrato, el Ayuntamiento deberá facilitar el mantenimiento de alumbrado público en funcionamiento durante el tiempo de los trabajos; si no fuera posible o fuese insuficiente, el Contratista deberá instalar los equipos de iluminación necesarios, si bien tendrá derecho al abono de los gastos ocasionados por este motivo.
ART. 14.- SEÑALIZACIÓN Y BALIZAMIENTO DE LAS OBRAS.
Mientras dure la ejecución de las obras, se mantendrá la señalización y balizamiento según las normativas vigentes como puede ser el Código de la Circulación y las normas de prevención de riesgos laborales para trabajos en la vía pública.
Tanto las señales como la vigilancia de las mismas, serán de cuenta del adjudicatario, no siendo de abono los gastos que originen, salvo que en el presupuesto se destine alguna partida para este fin.
El adjudicatario deberá disponer, en sus almacenes, de las suficientes vallas y elementos de balizamiento, para poder delimitar perfectamente, en cualquier circunstancia, la totalidad de los trabajos que tenga encomendados.
En cada tajo habrá al menos en una de las vallas, un cartel informático, según modelo y características que señale la Dirección del Contrato.
Especialmente se prestará atención a la colocación del citado cartel en aquellas fuentes ornamentales, xx xxxxx agua, artísticas “Pilares”, que se encuentren fuera de servicio por encontrase en operaciones de conservación general tales como vaciado, limpieza, reparación de averías, reposición de lámparas o pintado.
ART. 15.- MANTENIMIENTO DE SERVICIOS AFECTADOS.
Dada la existencia en todo el subsuelo de la ciudad de las redes de Servicios Urbanos de agua, alcantarillado, red eléctrica de alta y baja tensión, red de alumbrado, de semáforos, teléfonos, etc., el contratista se obliga a conocer con exactitud la ubicación de todas estas redes de servicios obteniendo a su xxxxx cuantos datos fueran precisos de las instancias, Oficinas Municipales, Estatales, Compañías Suministradoras, y demás empresas suministradoras que se pudieran ver afectadas.
Si fuera preciso efectuar el desvió de alguna red, tendrá derecho a que se le abonen los gastos correspondientes.
El Adjudicatario viene obligado a reparar a su xxxxx todos los daños que se ocasionen en las redes de servicio y sus elementos por motivo de la ejecución de las obras.
Así mismo, se obliga a ejecutar a su xxxxx los trabajos necesarios para el mantenimiento y reposición de todas las servidumbres y servicios afectados por las obras.
Deberá mantener el tráfico peatonal y los accesos a los locales comerciales y edificaciones, disponiendo los puentes y pasarelas necesarias.
Para interrumpir el tráfico de peatones o vehículos, en los casos en que sea imprescindible, necesitará la previa autorización del Excelentísimo Ayuntamiento y Policía Local.
ART. 16.- RESPONSABILIDAD Y MEDIDAS DE SEGURIDAD.
El Adjudicatario será responsable directo de los daños que pudiesen inferirse a terceros por el mal estado del pavimento o como consecuencia de las obras objeto del presente Xxxxxx por lo que deberá adoptar cuantas medidas de seguridad sean precisas para alcanzar el conveniente nivel de seguridad, además de las que expresamente le sean impuestas, siendo por su cuenta las indemnizaciones a que hubiera lugar a consecuencia de las obras para lo que deberá contratar un Seguro de Responsabilidad Civil en cuantía suficiente.
El adjudicatario está obligado especialmente al cumplimiento del Real Decreto 1627/97 en materia de Seguridad y Salud.
Será necesaria la existencia de un Técnico Coordinador de Seguridad y Salud en ejecución de obras, nombrado por el Ayuntamiento, para que informe el
Plan de Seguridad propuesto por el Contratista y coordine todo lo relacionado a la Seguridad y Salud durante la ejecución de las obras.
Los honorarios correspondientes a la Coordinación de Seguridad y Salud en la obra figurarán en el presupuesto y se descontarán de las certificaciones que se emitan.
ART. 17.- CORTES DE TRÁFICO Y RESTRICCIONES DE APARCAMIENTO.
Cuando sea necesario contar al tráfico alguna calle o limitar el aparcamiento en alguna zona, previa conformidad de la Dirección de Contrato y Policía Local, se seguirán las instrucciones que en cada caso se indique.
ART. 18.- OBRAS POR ADMINISTRACIÓN.
Cuando por las características de alguna obra no sea posible ajustarse a las unidades de obra indicadas en la base de precios del Ayuntamiento xx Xxxx, se acordará el Precio Contradictoriamente.
No se admitirán obras ejecutadas por administración, en ningún caso.
ART. 19- SUBCONTRATISTA.
Si el adjudicatario decidiese subcontratar algunas operaciones o labores de este contrato será requisito indispensable la acreditación ante el ayuntamiento de que la empresa subcontratada, esta capacitada y cumple todos los requisitos legales para la realización de las labores encomendadas.
ART. 20. EQUIPOS ADSCRITOS A LAS OBRAS DEL PRESENTE PLIEGO.
Oficina, Almacén, Acopio de Materiales y Reten
Una oficina: Ubicada en la Ciudad xx Xxxx, con teléfono gratuito permanente durante las 24 horas del día dedicado exclusivamente a recibir llamadas relacionadas con el mantenimiento e incidencias, dotado de grabación de conversaciones y registro de datos. No se permiten contestador, buzón de voz, u otros medios que no sea la atención por una persona.
Un almacén en la Ciudad xx Xxxx donde existirán acopios de materiales para
ejecutar al menos 5 ud. de obra de cualquier tipo que figuran en las fuentes existentes.
ART. 21. MODELO ORGANIZATIVO E INFORMATIZACIÓN.
Mensualmente el contratista entregará con la antelación suficiente para su verificación, un programa de trabajo acotado en semanas y días, con las fuentes ornamentales, xx xxxxx agua y artísticas “Pilares” en que se va a actuar y las características de las reparaciones y actuaciones diarias, semanales y mensuales, el grado de cumplimiento y/o variaciones al programa presentado.
Independientemente de lo especificado anteriormente, el Ayuntamiento podrá ordenar las reparaciones, comprendidas en el Artículo 6 que estime necesarias mediante las Órdenes de Trabajo que considere oportunas y que estarán incluidas en el sistema de cuotas de mantenimiento.
La información diaria y semanal de los trabajos realizados se efectuará en soporte informático; así como el resumen mensual y anual de las actuaciones programadas.
El adjudicatario aceptará las aplicaciones informáticas de gestión e inventario de que dispone la Dirección de Contrato para la organización de las labores de Conservación y Mantenimiento, o a propuesta de ésta.
La Dirección de Contrato, tendrá acceso en cualquier momento a dicha información, así como a realizar las correspondientes labores de inspección y control de las mismas, debiendo el Adjudicatario proporcionar todos los medios necesarios, a su cargo, para dicho desempeño que le sean solicitados.
Independientemente de esto, el adjudicatario habrá de disponer y proponer sistemas de gestión informática alternativos pudiendo la Dirección de Contrato adoptarlos.
21.1.- En el plazo máximo de 15 días desde la adjudicación del Contrato, presentará el Plan de Seguridad y Salud de conformidad en el Real Decreto 1.697/97 que será informado por el Coordinador de Seguridad y Salud y aprobado por el órgano municipal competente.
21.2.- En el plazo máximo de seis meses, desde la firma del Contrato, se completará por el adjudicatario xx xxxxxxx ornamentales, xx xxxxx agua, artísticas “Pilares”, el inventario informatizado en el que en cada elemento deberá de constar al menos:
• Esquema hidráulico
• Esquema eléctrico
• Plano de planta y alzado
• Fotografía
• Características hidráulicas y eléctricas
ART. 22.- PRECIOS.
Los precios de las ofertas se refieren al primer periodo del contrato y hasta el 31 de diciembre del año de adjudicación del contrato, período durante el cual permanecerán vigentes sin revisión.
ART. 23.- REVISIÓN DE PRECIOS.
El precio durante el primer período posterior a la adjudicación será el ofertado en el concurso sin variación y sin ser objeto de revisión.
La actualización del precio del servicio correspondiente a la prestación P2. Será calculada de acuerdo a la siguiente tasa o coeficiente de revisión:
Para la actualización de los precios, se aplicarán las formulas polinómicas siguientes:
C
K = 0.53 Ht
Ho
+ 0.26 Mt
Mo
+ 0.06 Et
Eo
+ 0.15
Donde M = 0.10 Cr + 0.50 Cu + 0.40 S
En estas fórmulas los símbolos empleados son los siguientes:
KC = Coeficientes de revisión fuentes
H = Índice del coste de la mano de obra M = Índice del coste de los materiales E = Índice del coste de la energía
Cr = Índice del coste de productos cerámicos
Cu = Índice del coste del cobre
S = Índice del coste de productos siderúrgicos.
Los precios vigentes para un año “t” (Pt) se obtienen multiplicando los precios de origen (Po) por el coeficiente K obtenido en la formula polinómica.
Lo índices de referencia son los que oficialmente se publiquen en el B.O.E. por el Ministerio de Economía y Hacienda.
Si a la fecha que corresponda una revisión de precios no se conocieran los índices del año correspondiente, se efectuará la actualización de precios para ese año una vez estos índices sean publicados, procediéndose a elaborar, por una sola vez, una certificación por la diferencia.
Cuadro de precios para futuras ampliaciones del Servicio. Una vez completado el primer ejercicio y revisadas las Certificaciones, se establecerá un Cuadro de Precios que contemplará las futuras ampliaciones del Servicio, lo más pormenorizado posible. Xxxxx Xxxxxx será objeto de una actualización el día 1 de enero de cada año, siendo los precios fijados mediante dicha actualización inalterables durante todo el transcurso del nuevo año, no produciéndose por tanto, revisiones de precios complementarias. La revisión se realizará mediante los coeficientes del apartado anterior.
Art. 24. TRABAJOS ESPECIALES.
En concepto de trabajos especiales se incluirá la relación de trabajos efectuados fuera de los establecidos con anterioridad, valorados según unidades de obra a precios xx xxxxxxx y previa aceptación del Director del Contrato.
En los casos en que proceda se incluirá también relación valorada de elementos de Seguridad y Salud conforme lo indicado en el Estudio de Seguridad y Salud correspondiente.
ART. 25. CERTIFICACIONES.
El Contratista presentará durante los primeros diez días de cada mes, relaciones valoradas de las operaciones realizadas correspondientes a las prestaciones del Servicio en el mes anterior, expidiéndose la correspondiente certificación de obra por parte de la Dirección del contrato.
Jaén, 15 de enero de 2013
EL INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL MUNICIPAL.
Fdo. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
SUBANEXO 1.- FUENTES ORNAMENTALES
REFERENCIA | DENOMINACIÓN | M³ | POTENCIA | POTENCIA | COEFICIENTE FUENTES |
MOTORES W | LÁMPARAS W | F = 0,27 P + 0,15 V + 0,58 | |||
RF/. F-1 | Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Vestida) | 384,72 | 2.944,00 | 1.800,00 | 59,57 |
RF/. F-2 | Parque de la Concordia (Victoria), circular | 132,08 | 5.152,00 | 2.880,00 | 22,56 |
RF/. F-3 | Parque de la Concordia (Victoria), cuadrada | 13,97 | 3.680,00 | 0,00 | 3,67 |
RF/. F-4 | Plaza de las Batallas, dos circulares | 8,26 | 7.360,00 | 960,00 | 4,07 |
RF/. F-5 | Carretera de Granada, circular | 125,01 | 7.360,00 | 5.040,00 | 22,68 |
RF/. F-6 | Glorieta de Xxxx Xxxxxxx, circular | 44,69 | 4.042,50 | 2.400,00 | 9,02 |
RF/. X-0 | Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxx (Xxxxx Xxxxxx), cibernética | 292,93 | 8.832,00 | 15.120,00 | 50,99 |
RF/. X-0 | Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxx (Xxxxx Xxxxxx), circular | 7,11 | 0,00 | 0,00 | 1,65 |
RF/. X-0 | Xxxxx xx xx Xxxxxxxx (Xxxx Xxxxx) | 72,45 | 1.104,00 | 600,00 | 11,91 |
RF/. F-10 | Plaza Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, circular | 20,25 | 0,00 | 0,00 | 3,62 |
RF/. F-11 | Plaza de la Xxxxxxxxx, rectangular | 17,53 | 0,00 | 0,00 | 3,21 |
RF/. X-00 | Xxxxx xx Xxx Xxxxx, circular | 11,90 | 0,00 | 0,00 | 2,37 |
RF/. F-13 | Plaza Xxxx Xxxxx, circular | 16,18 | 0,00 | 0,00 | 3,01 |
RF/. F-14 | Plaza de los Jardinillos, circular | 11,86 | 883,20 | 480,00 | 2,73 |
RF/. F-15A | Plaza de la Libertad (Coca de la Xxxxxx), Fuente -1- pequeña | 58,02 | 552,00 | 150,00 | 9,47 |
RF/. F-15B | Plaza de la Libertad (Coca de la Xxxxxx), Fuente -2- grande | 96,28 | 552,00 | 200,00 | 15,23 |
RF/. X-00 | Xxxxx xx Xxx Xxxxxxxxx, circular pequeña | 7,61 | 0,00 | 0,00 | 1,72 |
RF/. X-00 | Xxxxx xx Xxx Xxxxxxxxx, circular grande | 10,42 | 0,00 | 0,00 | 2,14 |
RF/. F-18 | Plaza de las Pastiras (Troyano Salaverry), circular | 14,35 | 736,00 | 720,00 | 3,13 |
RF/. F-19 | Plaza en Senda de los Huertos, circular | 10,75 | 0,00 | 960,00 | 2,45 |
RF/. F-20 | Plaza Xxxxxx Xxxxx | 81,74 | 2.208,00 | 1.440,00 | 13,83 |
RF/. X-00 | Xxxxx Xxxxxxxx Xxx Xxxxxxxx | 54,77 | 3.680,00 | 1.200,00 | 10,11 |
RF/. X-00 | Xxxxxx XX-0 (Xxxxxxxxxxxx) | 329,79 | 1.840,00 | 1.680,00 | 51,00 |
RF/. F-23 | Plaza de San Xxxxxxxxx | 75,39 | 736,00 | 1.440,00 | 12,48 |
RF/. F-24 | Plaza Xxxxx xxx Xxxxxxxx (Cubierta aparcamiento Goya) | 105,98 | 920,00 | 2.520,00 | 17,41 |
RF/. F-25 | Plaza de San Xxxxxxx, estanque plaza baja | 30,79 | 1.104,00 | 1.920,00 | 6,01 |
RF/. F-26 | Plaza de San Xxxxxxx estanque plaza centro | 21,26 | 736,00 | 2.280,00 | 4,58 |
RF/. F-27 | Plaza de San Xxxxxxx, estanque cascada | 42,74 | 7.360,00 | 2.160,00 | 9,56 |
RF/. F-28 | Plaza de la Constitución | 302,89 | 20.240,00 | 8.400,00 | 53,75 |
RF/. F-29 | Cubierta aparcamiento X/ Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx | 000,00 | 14.720,00 | 2.400,00 | 24,12 |
RF/. F-30 | Parque del Bulevar, Fuente principal | 830,02 | 14.720,00 | 26.640,00 | 136,25 |
RF/. F-31 | Parque del Bulevar, Lago | 1.258,26 | 18.400,00 | 14.820,00 | 198,29 |
RF/. F-32 | Parque del Bulevar, Alberca | 424,02 | 18.400,00 | 3.000,00 | 69,96 |
RF/. F-33 | Parque de la Concordia (Victoria), los patos | 111,85 | 0,00 | 0,00 | 17,36 |
RF/. F-34 | C/ La Esperanza | 11,45 | 368,00 | 0,00 | 2,40 |
RF/. F-35 | C/ Virgen del Mar | 6,31 | 368,00 | 0,00 | 1,63 |
RF/. F-36 | Plaza Xxxx Xxxxx | 4,79 | 2.944,00 | 1.200,00 | 2,42 |
RF/. F-37 | Parque del Tomillo | 133,92 | 736,00 | 480,00 | 21,00 |
RF/. F-38 | Ciudad de los Niños | 886,25 | 2.944,00 | 0,00 | 134,31 |
RF/. X-00 | Xxxxx xx Xxx Xxxx | 4,07 | 368,00 | 0,00 | 1,29 |
RF/. F-41 | Plaza del Doctor Xxxxxx Xxxxxx (Xxxxxxxxx), Estrella | 5,70 | 1.840,00 | 2.520,00 | 2,61 |
RF/. F-42 | Plaza del Doctor Xxxxxx Xxxxxx (Huérfanos), Puente | 4,26 | 1.288,00 | 1.440,00 | 1,96 |
RF/. F-43 | Parque Vandelvira: Fuente 1 Zona Sur | 2.573,56 | 5.888,00 | 144,00 | 388,24 |
RF/. X-00 | Xxxxxx Xxxxxxxxxx: Xxxxxx 0 Xxxx Xxx | 974,05 | 30.544,00 | 120,00 | 154,97 |
RF/. F-45 | Parque Vandelvira: Fuente 3 Zona Sur | 250,14 | 5.888,00 | 480,00 | 39,82 |
RF/. F-46 | Parque Vandelvira: Fuente 4 Zona Sur | 35,99 | 2.576,00 | 24,00 | 6,68 |
RF/. F-47 | Parque Vandelvira: Fuente 5 Zona Sur | 35,99 | 2.576,00 | 24,00 | 6,68 |
RF/. F-48 | Aparcamiento Colegio Xxxxx Xxxxx | 4,75 | 552,00 | 360,00 | 1,54 |
RF/. F-49 | Jardines de Jabalcuz, Circular | 55,82 | 736,00 | 600,00 | 9,31 |
RF/. F-50 | Jardines de Jabalcuz, Semicircular | 164,61 | 736,00 | 600,00 | 25,63 |
RF/. X-00 | Xxxxx xx Xxxxx Xxxxx | 0,01 | 27.600,00 | 288,00 | 8,11 |
TOTAL | 10.303,67 | 236.213,70 | 109.490,00 | 1.668,47 |
SUBANEXO 2.- FUENTES ARTÍSTICAS
Nº | UBICACIÓN |
RF/.P-1 | “El Arrabalejo”. Calle Xxxxxx xx Xxxxxx |
RF/.P-2 | “La Alameda”. Junto Convento de Las Bernardas |
RF/.P-3 | “Los Caños”. Calle Xxxxxx de San Xxxxx |
RF/.P-4 | “La Merced”. Plaza de la Merced |
RF/.P-5 | “San Xxxxx”. X/ Xxxxxx xx Xxx Xxxxx-Xxxxx xx Xxx Xxxxx |
RF/.P-6 | “El Pósito”. Xxxxx xxx Xxxxxx |
XX/.X-0 | Xxxxx xx Xxx Xxxx |
RF/.P-8 | “Divino Maestro”. X/ Xxxxx xx xxx Xxxxxxx- X/ Xxx Xxxxx |
RF/.P-9 | “Fuente el pato”. Baños Árabes-Plaza Santa Xxxxx xx Xxxxxxxx |
RF/.P-10 | “Xxxxxx xxx Xxxxxxx”. C/ Xxxxxxxx Xxxxxx |
SUBANEXO 3.- XXXXXXX XX XXXXX AGUA
Nº | UBICACIÓN |
1 | Avda. de Andalucía, esquina C/ de Maimónides (Trav. Xxxxx Xxxxxxx) |
2 | C/ Coruña, esquina C/ Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx (Xx. Xxxxxxxx Xxxxxx) |
3 | Avda. de Andalucía, esquina X/ Xxxxxx xx xx Xxxxx, (Xxxxx Xxxxxx) |
0 | Xxxx. xx Xxxxxxxxx, xx 88 |
5 | Parque X/ Xxxxx (Xxx. Xxxxxx), (xxxxx xxxxxx xx 40) |
6 | Parque X/ Xxxxx (Xxx. Xxxxxx), (xxxxx xxxxxx xx 46) |
7 | Parque Ciudad de los Niños |
8 | Parque Ciudad de los Niños |
9 | Parque Ciudad de los Niños |
10 | Parque Ciudad de los Niños |
11 | X/ Xxxxxx xx xx Xxxxx, xxxxxxx X/ Xxxxxx xx xxx Xxxxxx (xxxxx farola nº127) |
12 | X/ Xxxxxx xx xx Xxxxx, xxxxxxx X/ Xxxxxx xx xx Xxxxx, (xxxxx farola nº117) |
13 | X/ Xxxxxx xxx Xxxx, xxxxxxx X/ Xxxxxx xx xxx Xxxxxx, (xxxxx farola nº9) |
14 | X/ Xxxxxx xxx Xxxx, xxxxxxx X/ Xxxxxx xx xx Xxxxx, (xxxxx farola nº34) |
15 | X/ Xxxxxx xx xxx Xxxxxx, (xxxxx xxxxxx xx0 y nº5) |
16 | X/ Xxxxxx xxx Xxxxxxx, xxxxxxx X/ Xxxxxx xx xx Xxxxx (junto farola nº26) |
17 | X/ Xxxxxx xx xx Xxxxxx, xxxxxxx X/ Xxxxxx xx xx Xxxxx |
18 | X/ Xxxxxx xx xx Xxxxxx, xxxxxxx X/ Xxxxxx xxx Xxxxx |
00 | C/ Fuente de la Mimbre, esquina X/ Xxxxxx xxx Xxxxxxx |
00 | Plaza de la Igualdad (Xxxx Xxxxx), (junto farola nº 113) |
21 | Parque X/ Xxxxxx xx xxx Xxxxx |
00 | Plaza de Santa Xxxxxx |
23 | Jardín Botánico, (junto fuente) |
Nº | UBICACIÓN |
24 | C/ Xxxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxx, (en isleta) |
25 | C/ Obispo Xxxxxxx, esquina C/ Xxxxxxx Xxxxxx (Alféreces provisionales) |
26 | Xxxx. xx Xxxx Xxxxxxx, (xxxxx xxxxxx xx00) |
27 | X/ Xxxxx Xxxxx xxx Xxxxx, (xxxxxx xx 2) |
28 | C/ Santa Xxxxx xxx Xxxxx, (sector nº 3, frente farola nº 30) |
29 | Plaza Corazón de Xxxxx, con X/ Xx. Xxxxx Xxxx |
00 | Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxx (Xxxxx Xxxxxx), (xxxxx farola nº 63) |
31 | Alameda de Capuchinos (Xxxxx Xxxxxx), (junto farola nº 58) |
32 | Xxxxx Xxxxxxxx xx Xxx Xxxxxxxx |
00 | Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, (xxxxx Xxxxxx de Transformación) |
34 | C/ Ejido de la Alcantarilla, esquina X/ Xxxxxx xx Xxx Xxxxx |
00 | Xxxxxxxx xx Xxxx Xxxxxx, con C/ Senda de los Huertos (Escuderos) |
36 | X/ Xxx Xxxxx, (xxxxx xxxxxx) |
00 | C/ Senda de los Huertos (Escuderos), (junto farola nº 61) |
38 | X/ Xxxxx Xxxxxx Xxxxx |
00 | C/ Xxxxx Xxxxxxxxx Al-xxxxxxx (Ronda General Xxxxxxx), esquina X/ Xx Xxxxxxxxx |
00 | C/ Xxxxx Xxxxxxxxx Al-xxxxxxx (Ronda General Xxxxxxx), esquina X/ xx Xxxxx xxx Xxxxxxx (Xxxxxxx Xxxxxxxx) |
00 | X/ Xxxxxxxxx, (xxxxx globo nº 24) |
42 | Xxxxxx xxx Xxxxxxx |
00 | Xxxxxx xxx Xxxxxxx |
00 | Xxxxxx xxx Xxxxxxx |
Nº | UBICACIÓN |
45 | Plaza del Pósito, (junto xxxxx) |
46 | Plaza Xxxx Xxxxx, (junto fuente) |
47 | Plaza de la Constitución, con X/ Xxx Xxxxxxxx |
00 | Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, (xxxxx kiosco prensa) |
49 | Xxxxx xx Xxx Xxxxxxxxx, (xxxxx XXXXX) |
00 | C/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx (Xxxxxxx), junto BANESTO |
51 | Plaza de los Jardinillos |
52 | Plaza de San Xxxxxxx, baja (junto fuente) |
53 | Xxxxx xx Xxx Xxxxxxx, xxxx (xxxxx xxxxxx) |
00 | Xxxxx xx Xxx Xxxxxxxxx, (xxxxx kiosco ONCE) |
55 | X/ Xxxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxx X/ Xxxxxxxx Xxxxxxx |
00 | Xxxxx xx Xxx Xxxxxxxxx |
57 | Plaza de los Xxxxxxx |
58 | C/ Xxxxxxxx Xxxxxx, esquina C/ Los Caños |
59 | Parque X/ Xxxxxx xx Xxxxxx |
00 | Xxxxx xx Xxx Xxxx |
61 | Xxxxx xx Xxxx Xxxxx |
00 | Xxxxxx xxx Xxxxxxxxx (plaza principal) |
63 | Parque xxx Xxxxxxxxx |
64 | Parque xxx Xxxxxxxxx (zona pista de frontón) |
65 | Plaza del Doctor Xxxxxx Xxxxxx (Xxxxxxxxx) |
66 | Plaza del Doctor Xxxxxx Xxxxxx (Xxxxxxxxx), nº 3 |
Nº | UBICACIÓN |
67 | X/ Xxxxxxxx XX (Xxxxxx) |
00 | X/ Xxxxx xx Xxxxxx (Xxxxxxxxx) |
69 | Xxxxxx xx xx Xxxxxxxxx (Xxxxxxxx) |
00 | Xxxxxx xx xx Xxxxxxxxx (Xxxxxxxx), junto parque aparcamiento |
71 | Parque de la Concordia (Victoria), aparcamiento |
72 | C/ Cid Campeador, con Plaza de la Libertad (Coca de la Xxxxxx) |
73 | C/ Xxxxx xx Xxxxxx (Viajes Halcón) |
74 | X/ Xxxxx xx Xxxxxx, xx 2 |
75 | X/ Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, xxxxxxx Xxxx. xx Xxxxxx |
00 | Plaza de las Pastiras, (Troyano Salaverry) con X/ Xxxxxx Xxxxx |
00 | Plaza de las Pastiras, (Troyano Salaverry) con X/ Xxxxx |
00 | C/ Virgen de la cabeza, esquina X/ Xxxxxx Xxxxx |
00 | Paseo de la Estación, Instituto Xxxxxx xxx Xxxxxx |
80 | Parque Bulevar 1ª Fase (Plaza inferior, junto farola nº 103) |
81 | Parque Bulevar 1ª Fase (Plaza inferior pista deportiva, junto farola nº 100) |
82 | Parque Bulevar 1ª Fase (Zona intermedia, junto mesas de ping-pong) |
83 | Parque Bulevar 1ª Fase (Zona intermedia) |
84 | Parque Bulevar 1ª Fase (Zona Fuente Principal) |
85 | Parque Bulevar 1ª Fase (Zona Fuente Principal) |
86 | Parque Bulevar 2ª Fase (Fuente cuadrada) |
87 | Parque Bulevar 2ª Fase (Fuente cuadrada) |
88 | Parque Bulevar 2ª Fase (Pista Fútbol) |
Nº | UBICACIÓN |
89 | Parque Bulevar 2ª Fase (Juego hinchable) |
90 | X/ Xxxx Xxxxxx Xxxxx, xxxxxxx X/ Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx |
00 | C/ Xxxx Xxxxxx Xxxxx, esquina C/ Pintor Xxxxxxxxx Xxxxx |
92 | X/ Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, xx 11 |
93 | X/ Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, xx 9 |
94 | X/ Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, xx 5 |
95 | X/ Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, xx 0 |
00 | XXX XXXXXXXX- Xxxx. Xxxxxxx Xxxxx (xxxxx xxxxxx xx 00) |
00 | XXX XXXXXXXX- X/ Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx |
00 | XXX XXXXXXXX- Campo de fútbol |
99 | LAS INFANTAS- Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxx |
000 | XXX XXXXXXXX- Xxxx. Xxxxxxx Xxxxx |
000 | Xxxxx xx Xxxxx Xxxxx, nº 1 |
102 | Parque Polideportivo Ciudad xx Xxxx (Xxxxxx Xxxxx) |
103 | Plaza xx Xxxxx |
104 | Xxxxx xx Xxx Xxxxxxxx |
000 | Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx |
106 | Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx |
000 | Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx |
108 | Las Infantas |
109 | Xxxxx xx xxx Xxxxxxxx |
000 | Xxxxx xx Xxxxx Xxxxx, nº 2 |
111 | Parque Cerro de las Canteras |
SUBANEXO PROTOCOLO Y RECOMENDACIONES