PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DEL PARQUE EOLICO DE CORRALEJO
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DEL PARQUE EOLICO XX XXXXXXXXX
XXXXX 2.012
ÍNDICE
1. OBJETO XXX XXXXXX.
2. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.
3. PLAZO DE REALIZACION DEL SERVICIO.
4. NECESIDADES A SATISFACER.
5. CARACTERISTICAS TÉCNICAS DEL SERVICIO.
6. OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACION.
7. GARANTIAS DEL SERVICIO.
8. SOLVENCIA TECNICA.
9. CRITERIOS DE VALORACIÓN.
1. OBJETO XXX XXXXXX
El presente Xxxxxx tiene por objeto definir las condiciones y criterios técnicos que han de servir de base para que el servicio de mantenimiento de los 2 aerogeneradores G52 del parque eólico xx Xxxxxxxxx, objeto del contrato, sea aceptado por la administración.
2. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
El presupuesto indicativo para la realización del objeto de la presente concurrencia de ofertas asciende a la cantidad de CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS EUROS (57.600,00 €). Impuestos excluidos. El IGIC aplicable a este contrato es el 7%, esto es, cuatro mil treinta euros (4.032 €).
El valor estimado del contrato asciende a la cantidad de CIENTO QUINCE MIL DOSCIENTOS EUROS (115.200,00 €). Impuestos excluidos.
3. PLAZO DE REALIZACION DEL SERVICIO
El plazo de realizacion del servicio será de 12 MESES a partir de la formalización del contrato, con la posibilidad de prorroga por 1 año más.
4. NECESIDADES A SATISFACER
La instalación ‘Parque Eólico de 1,7MW para autoconsumo en planta desaladora de agua de xxx xx Xxxxxxxxx’ esta funcionando como instalación en regimen especial como productora de energía eléctrica con consumo asociado a la desaladora xx Xxxxxxxxx desde el mes xx Xxxxx de 2010.
El emplazamiento de esta instalación es en la población xx Xxxxxxxxx (T.M. La Oliva) Isla de Fuerteventura, en Carretera de Majanicho s/n.
Para su correcto funcionamiento es necesario realizar mantenimientos preventivos, correctivos, monitorizacion y mantenimiento del scada y linea de comunicación por satelite de los aerogeneradores de los cuales se deberá encargar una empresa cualificada que realice intervenciones de reparación de averías, vigilancia y supervisión del comportamiento del parque eólico y aportacion de los consumibles necesarios para los mantenimietos preventivos que permitan que la disponibilidad del parque sea la mayor posible, y siempre bajo las instrucciones de explotación y mantenimiento del fabricante de este tipo de aerogenerador G52-T44, es decir, se regirá este servicio según los manuales de Operación y Mantenimiento de este tipo de aerogenerador.
Este parque eólico esta compuesto de 2 uds. Aerogeneradores de 850 kW cada uno interconectados al centro de transformación de la desaladora.
Los aerogeneradores fueron fabricados por GAMESA y el modelo es G52-T44.
5. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL SERVICIO
A lo largo de la duración de este SERVICIO, el adjudicatario (mantenedor), prestará los servicios descritos.
Monitorización remota de los Aerogeneradores (AEGs)
El adjudicatario realizará de manera continuada (24 horas al día, 7 días a la semana) la monitorización remota de los AEGs desde su sede de operaciones y mantenimiento.
El adjudicatario contratará y mantendrá disponible una línea de comunicación vía satélite entre su sede de operaciones y mantenimiento y el Parque Eólico, para el acceso remoto a cada AEG mediante el Sistema de Control Remoto.
El personal del adjudicatario estará disponible para acudir al Emplazamiento en Horas Laborales en las 24 horas siguientes al aviso del Propietario o a la recepción de una alarma por el Mantenedor a través del Sistema de Control Remoto (excluyéndose del cómputo de dichas horas aquéllas que no sean Horas Laborales).
Mantenimiento Preventivo
El mantenimiento preventivo consiste en la realización de inspecciones de mantenimiento programadas, que se realizarán de conformidad con el Calendario de Mantenimiento Preventivo a establecer entre las dos partes.
Al menos treinta (30) días antes del comienzo de cada año natural, el Mantenedor enviará al Propietario el Calendario de Mantenimiento Preventivo proyectado para dicho año natural de conformidad con los Manuales de O&M. En los quince (15) días siguientes a su recepción el Propietario podrá hacer observaciones razonables al mismo. El adjudicatario procederá sin dilación a modificar el Calendario de Mantenimiento Preventivo sobre la base de las observaciones razonables del Propietario. Si no hubiera respuesta del Propietario en el plazo de 15 días mencionado anteriormente, se considerará a todos los efectos que el Propietario ha aprobado el Calendario de Mantenimiento Preventivo propuesto por el adjudicatario.
Las intervenciones de Mantenimiento Preventivo se basarán asimismo en el análisis del adjudicatario de los datos recogidos por el sistema de monitorización de vibraciones instalado en el tren mecánico de los AEGs.
La fecha de ejecución de cada intervención de Mantenimiento Preventivo será notificada al Propietario con una antelación de al menos 15 días.
Los consumibles necesarios para el Mantenimiento Preventivo del Equipo, como aceites, lubricantes, grasas, filtros, juntas, fusibles, etc., que se relacionan en el Anexo 1 (la “Lista de Consumibles”) serán proporcionados por el Mantenedor. El adjudicatario se compromete a ofrecer y presupuestar al Propietario cualquier mejora de los mismos disponible para el Mantenedor a lo largo de la prestacion del servicio.
Mantenimiento Correctivo
El mantenimiento correctivo puede referirse tanto a Reparaciones en Garantía como a Reparaciones Fuera de Garantía, y comprende:
(a) Operaciones de gran correctivo: aquéllas que precisan de la aportación de medios auxiliares de elevación y transporte y/o medios humanos fuera de los habituales presentes en el Parque Eólico; y,
(b) Operaciones de pequeño correctivo: intervenciones de reparación de averías que no precisan de las aportaciones especiales descritas en el apartado a) anterior.
Reparaciones en Garantía
La mano de obra, consumibles, repuestos, transporte, medios de elevación y medios auxiliares necesarios para realizar las Reparaciones en Garantía serán proporcionados por el adjudicatario sin coste para el Propietario.
Reparaciones Fuera de Garantía
El adjudicatario enviará sin demora al Propietario una notificación por escrito o mediante correo electrónico (la “Notificación de Reparación Fuera de Garantía”) si cualquier elemento relativo al Equipo requiere una reparación que no esté cubierta por las Garantías de la Compraventa o la Garantía de Instalación. Cada Notificación de Reparación Fuera de Garantía enviada al Propietario incluirá (a) una descripción del problema percibido, (b) la Reparación Fuera de Garantía que se propone realizar, y (c) una estimación del precio de dicha Reparación Fuera de Garantía. Dentro del plazo de 5 Días Hábiles a contar desde la recepción de la Notificación de Reparación Fuera de Garantía el Propietario, a su solo criterio, podrá o bien (1) autorizar al adjudicatario para que comience la Reparación Fuera de Garantía, o (2) declinar la realización de la Reparación Fuera de Garantía, en cuyo caso no podrá reclamar bajo ninguna de las Garantías de la Compraventa ni la Garantía de Instalación en la medida en que la reclamación haya sido causada directa o indirectamente por la decisión del Propietario de declinar la realización de la Reparación Fuera de Garantía o de no dar su autorización a la misma. El Propietario podrá asimismo, mediante notificación por escrito al adjudicatario, solicitar al adjudicatario la realización de Reparaciones Fuera de Garantía en relación con cualquier problema en el Equipo que llegue a su conocimiento. Dentro del plazo de 5 Días Hábiles a contar desde la recepción de dicha notificación del Propietario, el adjudicatario responderá con una propuesta de Reparación Fuera de Garantía y una estimación de su precio. Si a continuación el Propietario solicita al adjudicatario que la lleve a cabo, el adjudicatario ejecutará la Reparación Fuera
de Garantía solicitada por el Propietario. Tanto si se realiza a iniciativa del adjudicatario como a iniciativa del Propietario, las Reparaciones Fuera de Garantía se ejecutarán en Horas Laborales salvo que el Propietario solicite otra cosa de manera razonable.
Cualquier coste adicional en términos de entrega de componentes o materiales y/o de horas extra de trabajo incurrido en relación con la reducción del tiempo de respuesta a una Reparación Fuera de Garantía en caso de Emergencia o bien cuando el Propietario haya solicitado al adjudicatario dicha reducción de tiempo, serán asumidos por el Propietario. El Propietario interrumpirá el funcionamiento de cualquier parte del Equipo si, en opinión del adjudicatario o del Propietario, el funcionamiento continuado de dicha parte del Equipo puede conllevar mayores daños al Equipo, o daños a otras propiedades o comprometer la seguridad de las personas o el medio ambiente.
Mantenimiento xx xxxxx
El adjudicatario prestará un servicio de mantenimiento xx xxxxx con el siguiente alcance:
a) Inspección semestral completa del estado de las palas, mediante medios ópticos desde nivel de suelo, anotando la aparición y evolución de desperfectos.
b) Revisión bianual de drenajes y sistemas de tierras.
c) Revisión y reparación en años alternos de desperfectos en la concha, borde de ataque y borde de salida de las palas, incluida la reparación del desgaste en la superficie de las palas que no requiera el desmontaje de las palas o el rotor, debiendo realizarse la primera revisión y, si fuera requerida, la consiguiente reparación al vencimiento del primer año del contrato de mantenimiento o tras la sustitución de la pala (según sea el caso).
El adjudicatario enviará al responsable designado por el Propietario de este Contrato un informe anual referido a los trabajos de mantenimiento xx xxxxx realizados en ese año por el adjudicatario, que incluirá:
(i) El resultado de las inspecciones visuales, ilustrado con fotografías que muestren los desperfectos o erosión de las palas.
(ii) El estado de los drenajes y sistemas de tierras de las palas.
(iii) Una descripción de las intervenciones realizadas en las palas.
Mantenimiento del Software
El adjudicatario realizará el mantenimiento del Software, que consiste en la subsanación de errores en el Software que impidan su utilización normal.
Informes Mensuales
Cada mes natural el adjudicatario preparará un informe que contendrá la siguiente información:
(a) El cálculo de la Disponibilidad de cada AEG y la Disponibilidad media de la totalidad de AEGs;
(b) Una relación de las averías en el Equipo, indicando la fecha, origen de la avería, reparaciones llevadas a cabo, tiempo de la reparación, repuestos utilizados y tiempo de indisponibilidad del AEG, en su caso;
(c) Un informe del Mantenimiento Preventivo realizado en el Equipo;
(d) Un informe de las visitas al Emplazamiento y los incidentes relativos a seguridad y prevención de riesgos laborales, en su caso, o cualquier otra cuestión sustancialmente relevante para la operación y mantenimiento de los AEGs;
(e) A opción del Mantenedor, cualquier otra información sobre los trabajos realizados en el mes objeto del informe y los trabajos previstos para el mes siguiente.
El informe será proporcionado al Propietario no más tarde del día 15 del mes siguiente.
Materiales químicos y/o residuos
En la medida en que lo permita la Legislación Aplicable, el adjudicatario retirará del Equipo los materiales químicos y/o residuos peligrosos y ordinarios derivados de su mantenimiento, los depositará en contenedores suministrados por el Propietario y los entregará en el almacén del Propietario en el Emplazamiento, de conformidad con la Legislación Aplicable y de manera diligente, para que el Propietario gestione la retirada y tratamiento de dichos materiales químicos y/o residuos peligrosos y ordinarios. Dichos contenedores serán válidos para la gestión y segregación de residuos conforme a la Legislación Aplicable. Lo anterior es en el bien entendido de que (i) si la Legislación Aplicable exige que el transporte de los materiales químicos y/o residuos desde el Equipo a los contenedores suministrados por el Propietario se realice con vehículos especiales distintos de los habitualmente necesarios para la prestación de los Servicios y el adjudicatario no cuenta con dichos vehículos especiales, el Propietario será responsable de realizar dicho transporte y (ii) la propiedad de los citados materiales químicos y/o residuos será en todo momento del Propietario.
6. OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACION
A lo largo de la duración de este Servicio, la administración, de ahora en adelante propietario se
responsabilizara de lo siguiente:
Repuestos
El Propietario almacenará en el Emplazamiento el listado de repuestos y consumibles adjunto a este pliego, para posibilitar la prestación de los Servicios. Los elementos incluidos en el Listado de Repuestos Recomendados serán almacenados por el Propietario.
El Propietario tendrá la responsabilidad de la custodia, vigilancia y mantenimiento de los materiales almacenados conforme a lo anterior y los repondrá sin demora según vayan siendo utilizados por el adjudicatario para la prestación de los Servicios, con excepción de aquellos materiales que el adjudicatario emplee para Reparaciones en Garantía y que serán repuestos en el almacén por el adjudicatario a su sola xxxxx.
Acceso
El Propietario proporcionará al adjudicatario acceso constante al Emplazamiento (incluyendo viales de acceso y viales internos) y al Equipo, que deberá ser adecuado para permitir al adjudicatario la prestación de los Equipos en plazos razonables. Dicho acceso deberá ser permitido al adjudicatario y a sus subcontratistas de manera que se pueda movilizar, instalar y poner en funcionamiento en la zona inmediatamente próxima al Equipo los recursos materiales y humanos necesarios para la prestación de los Servicios, incluyendo en su caso grúas para el desmontaje de Grandes Componentes.
Estas obligaciones del Propietario incluyen la reparación xx xxxxxx y plataformas, si fuera preciso.
Almacén
El Propietario habilitará a su cargo un almacén en el Emplazamiento, que deberá cumplir con lo establecido en la Legislación Aplicable, en particular respecto del almacenamiento y segregación de materiales y residuos tóxicos o peligrosos. El Propietario almacenará en el mismo los materiales incluidos en el Listado de Repuestos Recomendados, otros materiales y herramientas, el ordenador para el interfaz con el Sistema de Control Remoto y los materiales químicos y residuos peligrosos hasta su retirada para la gestión y tratamiento de los mismos. El almacén cumplirá los siguientes requisitos:
(a) será un edificio cerrado por sus cuatro lados y con cubierta, con llave y con unas dimensiones adecuadas para el almacenamiento y conservación de los citados materiales;
(b) deberá contar con un sistema de climatización que permita que la temperatura interior se mantenga dentro de rangos que aseguren la adecuada conservación de los citados materiales almacenados en su interior.
El Propietario autoriza al adjudicatario a almacenar en el citado almacén los materiales, consumibles y repuestos propiedad del adjudicatario que éste vaya a emplear en los Servicios, y se compromete a proporcionar acceso permanente al almacén tanto al adjudicatario como a sus subcontratistas. El adjudicatario es el único propietario de los materiales, consumibles y repuestos citados anteriormente en este párrafo y el Propietario se abstendrá de utilizarlos o de permitir a terceros (a excepción del adjudicatario y sus subcontratistas) su utilización. El adjudicatario y sus subcontratistas podrán utilizar y retirar xxx xxxxxxx a su criterio dichos materiales, consumibles y repuestos en cualquier momento.
Permisos y licencias
El Propietario obtendrá y mantendrá a su sola xxxxx todos los permisos y licencias exigibles en relación con el Emplazamiento, el Parque Eólico y el Equipo, salvo aquéllos que conforme a la Legislación Aplicable deba tener el adjudicatario para prestar los Servicios.
Aprobación del Propietario
En cualquier circunstancia en la que el adjudicatario solicite la aprobación o consentimiento del Propietario para cualquier acción (o inacción), el Propietario valorará dicha solicitud y le dará respuesta tan pronto como sea posible en consideración a las circunstancias y, si fuera factible, dentro del plazo de respuesta solicitado por el adjudicatario. Lo anterior es en el bien entendido de que el Propietario no retrasará, denegará ni evitará expresar su aprobación o consentimiento sin justa causa.
El adjudicatario prestará los Servicios con criterios razonables, intentando en la medida de lo posible minimizar la interrupción del funcionamiento del Equipo y maximizar la producción energética e ingresos derivados del mismo.
Documentación necesaria
El Propietario proporcionará al adjudicatario copia de aquella documentación (incluyendo modificaciones y actualizaciones de la misma) que sea necesaria para que el adjudicatario pueda prestar los Servicios.
Otras responsabilidades
El Propietario será responsable del adecuado mantenimiento de los equipos eléctricos y de los extintores de los AEGs1, con arreglo a criterios razonables y a la Legislación Aplicable. El Propietario
se responsabilizará asimismo del adecuado mantenimiento de la obra civil del Parque Eólico conforme a los citados criterios y Legislación Aplicable.
El Propietario notificará al adjudicatario en el menor plazo posible cualquier defecto o disfunción en el Equipo que sea detectada por el Propietario, sus agentes y sus otros contratistas.
Subcontratacion
El adjudicatario podrá utilizar subcontratistas para la prestación de los Servicios, si bien el empleo de subcontratistas no eximirá al adjudicatario de su responsabilidad frente al Propietario por las obligaciones y garantías asumidas en el presente Contrato.
7. Garantias del servicio
El adjudicatario garantiza al propietario que las reparaciones que lleve a cabo en los equipos en virtud de este Contrato estarán libres de defectos de materiales y ejecución, durante el siguiente plazo, respecto de defectos en los materiales: 12 meses para reparaciones y sustituciones, a contar desde la finalización de la reparación o sustitución. No obstante, los componentes comerciales fungibles (tales como escobilllas, filtros, grasas, etc.) incluidos en la Lista de Consumibles (según sea actualizada periódicamente por el Mantenedor) llevarán el periodo de garantía que dé su fabricante. Esta Garantía General no será aplicable a aquellos materiales que no hayan sido aportados o suministrados por el adjudicatario, el Vendedor o sus Afiliados.
Respecto de defectos en la ejecución: 12 meses desde la finalización de la reparación o sustitución.
En virtud de esta Garantía General, el adjudicatario reparará o sustituirá a su xxxxx las partes del Equipo reparadas o sustituidas por el adjudicatario en cualquier Reparación Fuera de Garantía que presenten defectos de materiales o ejecución durante los plazos descritos anteriormente.
La mano de obra, consumibles, repuestos, transportes, medios de elevación y medios auxiliares necesarios para realizar reparaciones o sustituciones en virtud de esta Garantía General serán proporcionados por el adjudicatario sin coste para el Propietario.
No serán admisibles reclamaciones dirigidas al adjudicatario en virtud de la presente cláusula por defectos o no conformidades del Equipo reclamadas al Vendedor en virtud de las Garantías de la Compraventa dadas en el Contrato de Compraventa o al Contratista en virtud de la Garantía de Instalación dada en el Contrato de Servicios y resueltas conforme a dichos contratos. De la misma manera, no serán admisibles reclamaciones dirigidas al Vendedor en virtud de las Garantías de la Compraventa o al Contratista en virtud de la Garantía de Instalación por defectos o no conformidades
del Equipo reclamadas al adjudicatario en virtud de la presente cláusula y resueltas conforme a la misma.
7.1 Limitaciones de las Garantías
Las garantías otorgadas por el adjudicatario en las cláusula 6 está condicionada a que el Propietario ubique y opere el Equipo de conformidad con los Datos del Emplazamiento, las Especificaciones Técnicas, las Especificaciones para la Obra Civil y Eléctrica y los Manuales de O&M; que los Datos del Emplazamiento sean representativos de las condiciones reales del Emplazamiento y que las condiciones del Emplazamiento se correspondan con la clase IEC de los AEGs; y que el mantenimiento del Equipo sea realizado por el adjudicatario en virtud de este Contrato y el Mantenedor opere en remoto los AEGs a través del Sistema de Control Remoto.
Dichas garantías tienen carácter excluyente, y sustituyen a cualquier otra garantía exigible al adjudicatario, ya sea expresa o implícita, ya sea relativa al rendimiento, a la adecuación para su venta o a la idoneidad para un fin concreto del Equipo o los Servicios. No existe ninguna otra garantía, acuerdo, compromiso, uso o costumbre aplicable al Equipo o los Servicios que pueda reclamársele al adjudicatario más allá de las garantías otorgadas en esta cláusula 6 y, en consecuencia, ninguna garantía distinta de aquéllas que pudiera haber ofrecido cualquier empleado, agente o representante del adjudicatario o de sus Afiliados, tanto verbalmente como por escrito, se considerará válida o exigible al adjudicatario.
El adjudicatario no es y no será responsable de ningún alegado incumplimiento de las garantías dadas en este Contrato derivado de (las “Limitaciones de las Garantías”):
(a) Un mal uso o utilización abusiva del Equipo (a menos que dicha utilización abusiva fuera por parte del adjudicatario, el Vendedor, el Contratista, sus Afiliados o sus subcontratistas) o condiciones de funcionamiento del Equipo en el Emplazamiento fuera de los parámetros señalados en las Especificaciones Técnicas y en los Manuales de O&M.
(b) Montaje o mantenimiento por cualquier Persona no autorizada por el adjudicatario, el Vendedor o el Contratista, u operación o manejo del Equipo con anterioridad a la firma del Certificado de Aceptación del Parque Eólico por cualquier Persona no autorizada por el Contratista, el Vendedor o el adjudicatario.
(c) Toda modificación en el Equipo no autorizada por el adjudicatario, el Vendedor, o el Contratista o la utilización de piezas de repuesto para el Equipo no autorizadas por el adjudicatario, el Vendedor o el Contratista.
(d) Cambios en la Legislación que requieran modificaciones en el Equipo que supongan que no puede ofrecer el rendimiento garantizado en el presente Contrato.
(e) Falta de acceso al Emplazamiento o al Equipo.
(f) Desviaciones respecto a las Especificaciones para la Obra Civil y Eléctrica en las instalaciones ejecutadas o suministradas por el Propietario o mal funcionamiento de las mismas.
(g) El incumplimiento de las obligaciones del Propietario relativas al Listado de Repuestos Recomendados.
(h) Más de cincuenta (50) errores en la red eléctrica computados en periodos de un año que impliquen o hagan necesaria la parada o desconexión del Equipo.
(i) Cualquier factor o condición externa, incluyendo fuerza mayor y desgaste por el uso ordinario (tal como, a título ilustrativo, el descascarillado y la formación de grietas y bolsas de aire en la superficie de las palas de los AEGs).
7.2 Remedio exclusivo
La obligación de reparación o sustitución de los trabajos y materiales defectuosos prevista en la cláusula 6.1 y el pago de la penalización establecida en la cláusula 6.2 constituyen el remedio exclusivo a que tendrá derecho el Propietario por los daños y perjuicios que resulten de dichos trabajos o materiales defectuosos o del incumplimiento de la Garantía de Disponibilidad, respectivamente. Con la ejecución de dichas reparaciones o sustituciones o el pago de la citada penalización, según corresponda, se entenderá que el Mantenedor ha cumplido con sus obligaciones de garantía conforme al presente Contrato.
8. SOLVENCIA TECNICA
Se aportará una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos 3 años que incluya importe, fechas, y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
9. CRITERIOS DE VALORACIÓN
Conforme al contenido del presente pliego los criterios a valorar serán los siguientes, donde las
Ofertas presentadas se valorarán atribuyendo, en total máximo de 100 puntos, distribuidos del modo siguiente:
Criterios económicos: Precio (60 puntos)
Por el primer criterio, se podrán atribuir hasta 60 puntos. Obtenido el orden de relación de todas las ofertas respecto a ese criterio, la valoración se llevará a cabo atendiendo el siguiente criterio:
A la oferta más ventajosa para el C.A.A.F. (Oo) le corresponderán sesenta (60) puntos, de modo que po =60, el resto de las ofertas se le asignarán los puntos que proporcionalmente correspondan por su diferencia con la mejor oferta, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Pi ( po * Oo)
Oi , i= 1, 2,3,…
Donde: “Pi” es la puntuación de cada oferta, “po” es la puntuación máxima, “Oo” es el valor cuantitativo de la mejor oferta y “Oi” es el valor cuantitativo de la oferta que se valora.
Se tendrá en cuenta el Artículo 85 del reglamento de la ley general de contratos de las administraciones públicas, sobre los “Criterios para apreciar las ofertas desproporcionadas o temerarias en las subastas”.
Criterios no económicos: (Máximo 40 Puntos)
a) Por la realización de servicios de mantenimiento y explotación de aerogeneradores G52 durante los últimos 3 años, según los criterios técnicos establecidos por el fabricante (20 puntos).
Se aportará una relación de los principales servicios de explotación - mantenimiento de aerogeneradores del modelo G52, con los resultados obtenidos en los mismos (rendimientos, disponibilidad, etc..), realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado.
Los servicios o trabajos efectuados (explotación o mantenimiento) se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la
autoridad competente.
- Si se han explotado 11 o más aerogeneradores G52. (20 puntos).
- Si se han explotado entre 6 a 10 aerogeneradores G52. (10 puntos).
- Si se han explotado hasta 5 aerogeneradores G52. (5 puntos).
b) Por contar con personal de mantenimiento especializado en este tipo de servicios y familiarizados con los aerogeneradores modelo G52, (10 puntos).
Se deberá acreditar para esta licitación las titulaciones académicas y categorías profesionales del personal con el que se cuenta propio, con formación en el mantenimiento y explotación de parques eólicos con aerogeneradores modelo G52.
b.1) El mínimo de personal con experiencia en explotación-mantenimiento de parques eólicos a disponer y que se acreditará será: (2 puntos)
1 Xxxxxxxxx Xxxxxxx.
0 Xxxxxxx o jefe equipo mantenimiento.
1 Oficial 1ª especialista en aerogeneradores.
b.2) Si se acredita que el personal tiene experiencia en aerogeneradores G52 (explotación – mantenimiento, mínimo 3 años) se puntuará con 3 puntos.
b.3) En caso de averías o disparos de protecciones, etc... se atenderán estas incidencias con urgencia (disponibilidad del personal especializado):
- Asistencia física a las instalaciones con un máximo de 1 hora después de la detección de alarma (5 puntos);
- Asistencia física a las instalaciones con un máximo de entre 3 y 5 horas después de la detección de alarma (3 puntos);
- Asistencia física a las instalaciones con un máximo de 6 horas o más después de la detección de alarma (0 puntos);
b.3) Por la capacidad técnica para el servicio de mantenimiento especializado con los aerogeneradores modelo G52 (10 puntos).
El contratista debe acreditar mediante certificado que garantiza y justifica a la parte contratante los siguientes puntos que son necesarios para el servicio de explotación y mantenimiento de parques eólicos con aerogeneradores modelo G52 y serán valorados según la puntuación máxima de cada apartado a acreditar, en aquel apartado que el licitador no pueda acreditar la totalidad de lo solicitado no se le puntuará con el valor máximo de los puntos del apartado:
- Por la disponibilidad de stock de al menos dos de los grandes componentes del Aerogenerador G52 en España (4 puntos).
- Por la capacidad en centro de control propio de monitorizar y operar, 24 horas al día 365 días al año los aerogeneradores (3 puntos).
- Por la disponibilidad preferente con proveedor gruista de la zona de Canarias (3 puntos).
El ofertante que obtenga mayor puntuación con la suma de los criterios económicos y no económicos será la oferta que se propondrá al órgano de contratación. En caso de empate se resolverá el concurso por sorteo.
En Puerto xxx Xxxxxxx, a 00 xx Xxxxx 0000
Fdo: Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx