Términos de Referencia
Términos de Referencia
Título de la consultoría: | Edición, revisión de estilo y diagramación para micrositio del Proyecto Acción Colectiva Laboral. |
Tipo de contrato: | |
Tiempo del contrato: | 60 días calendario |
Alcance geográfico: | Guatemala, Honduras y El Xxxxxxxx |
Numero de solicitud: | 9400.06.2023-DDLL |
Títulos que pueden aplicarse: | Empresa y consultores individuales |
Fecha de emisión de la solicitud: | 26 xx xxxxx de 2024 |
Fecha de cierre: | 10 de julio de 2024 |
I. ANTECEDENTES
La Fundación Panamericana para el Desarrollo (PADF) cree en la creación de un hemisferio de oportunidades, para todos. Trabajamos en toda América Latina y el Caribe para hacer que nuestra región sea más fuerte- más saludable, pacífica, justa, inclusiva, resiliente y sostenible para las generaciones actuales y futuras. Durante 60 años, hemos servido a las comunidades más vulnerables, invirtiendo recursos en todo el hemisferio. Nos asociamos con la sociedad civil, los gobiernos y el sector privado y los capacitamos para lograr el bien de la región.
Con 60 años de experiencia en toda América Latina y el Caribe y fuertes asociaciones con las comunidades locales, la sociedad civil y los sectores público y privado, tenemos un historial impecable de éxito con amplias redes en el país y sólidos controles financieros. Estamos en una posición única para desarrollar e implementar programas adaptables en múltiples áreas técnicas, desplegarnos rápidamente en cualquier país de América Latina y el Caribe y activar las redes locales existentes, medir y evaluar nuestro impacto con indicadores de rendimiento exhaustivos, y comunicar nuestro progreso a través de estrategias de comunicación integradas.
En Guatemala, Honduras y El Xxxxxxxx, las organizaciones de trabajadores y trabajadoras y los grupos de base de las organizaciones de la sociedad civil (OSC) centrados en los derechos laborales, en particular los que se encuentran en zonas rurales remotas y los que representan a poblaciones vulnerables y comunidades excluidas, se enfrentan a importantes obstáculos, tales como la falta de asistencia técnica para el desarrollo de capacidades.
El Proyecto “Acción colectiva Laboral”, implementado por la Fundación Panamericana para el Desarrollo, (PADF por sus siglas en inglés) gracias al apoyo del Departamento de Trabajo de los EUA (USDOL), es una iniciativa de cuatro años y medio (2021-2026) que busca contribuir a incrementar la participación de las organizaciones indígenas, afrodescendientes y garífunas en la prevención del trabajo infantil, trabajo forzado y condiciones laborales no aceptables en Guatemala, Honduras y El Xxxxxxxx. Asimismo, busca mejorar la promoción de mejores condiciones laborales para estos colectivos, promoviendo el diálogo social y animado la acción colaborativa en el territorio, al mismo tiempo promoviendo la equidad de género y étnica.
El proyecto tiene intervención los territorios: Livingston y Puerto Barrios en Izabal, Guatemala; departamento de Atlántida y Colón en Honduras; así como los departamentos de Ahuachapán y La Paz en El Xxxxxxxx.
Para lograr esta acción colaborativa es necesario comunicar ampliamente los avances y logros del proyecto, la participación de sectores diversos de la sociedad, el respaldo comunitario y la relevancia de las acciones realizadas. Con este propósito, se requiere el servicio de edición de edición, revisión de estilo y diagramación de textos realizados por el proyecto.
Las actividades realizadas se han registrado en versión Word, por lo que se cuenta con insumos base para la realización de la consultoría. Sus productos tienen en propósito de comunicar los pasos avanzados en la implementación del proyecto en los países.
Los presentes TDR se enmarcan en el Resultado 2 del proyecto, de Mejora del entorno propicio para las Organizaciones de la sociedad civil y las organizaciones de trabajadores. Subresultado 2.1, referido al mayor conocimiento de las partes interesadas clave sobre el de papel trabajadores de las organizaciones de la sociedad civil, OSC y las organizaciones de trabajadores para atender las problemáticas de trabajo infantil, trabajo forzado y otras condiciones inaceptables de trabajo.
II. OBJETIVOS Objetivo General
Empaquetar de manera ejecutiva los documentos clave que dan cuenta de los conocimientos generados por el proyecto Acción Colectiva Laboral, desde su inicio hasta la etapa actual de implementación para hacerlos accesibles a las poblaciones clave del proyecto y público interesado en el enfoque de trabajo, la región de alcance y poblaciones interlocutoras.
Objetivos específicos:
a) Editar y revisar estilo de los documentos elaborados por el proyecto.
b) Diagramar los contenidos de dichos documentos, utilizando fotografías para ser utilizados en la construcción de la publicación en versiones digitales
III. DESCRIPCIÓN
El diseño del proyecto tiene en cuenta la comunicación, como un eje de implementación, que incluirá estrategias adaptadas y mensajes dirigidos a diversos grupos de interés, como representantes de organizaciones de la sociedad civil, organizaciones de trabajadores y trabajadoras, líderes de la sociedad civil, funcionarios gubernamentales y representantes del sector privado, donantes, academia, y otros socios clave. El proyecto tiene el interés de dar cuenta de los avances y logros, así como de la generación de conocimientos desde el inicio del mismo, hasta la actual etapa de implementación.
Para hacer posible este fin, publicará una sección dentro de la página general de PADF y utilizará tanto textos como infografías, fotografía, imágenes y colores que hagan posible identificar al proyecto, sus componentes, avances y conocimiento construido.
Dentro de esta sección se colocarán los documentos que se han elaborado desde el proyecto en una versión amigable para su lectura por parte de las personas que visiten la página web de la fundación. Para ello se requiere que los documentos sean depurados en tanto redacción, estilo y diagramación. Para la diagramación se podrán utilizar las fotografías elaboradas desde el proyecto, así como otro material que pueda ser de utilidad para presentar los documentos de manera más amigable.
La Directora del Proyecto dará supervisará el desarrollo de la consultoría, mientras que la Comunicadora dará asesoría al profesional o quipo seleccionado. Esto incluirá proporcionar los documentos, logos y otros elementos visuales disponibles, y apoyará cualquier coordinación para obtener materiales que se identifique y no estén disponibles.
IV. LUGAR(ES) DE LA ASIGNACIÓN
Livingston y Puerto Barrios en Izabal, Guatemala; departamento de Atlántida y Colón en Honduras; así como los departamentos de Ahuachapán y La Paz en El Xxxxxxxx. El contrato será ejecutado desde Washington DC, EE. UU.
V. REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS
Profesionales de la comunicación o con experiencia de 3 años o más en periodismo, redacción, diagramación y edición de textos.
VI. PRODUCTOS ESPERADOS
N° | Producto | Descripción | % del monto total de consultoría | Tiempo estimado de entrega |
1 | Plan de trabajo y estructura de la publicación | Elaboración de plan de trabajo, cronograma | 20% | 5 días hábiles luego de la firma del contrato |
2 | Documentos editados y revisados | Textos editados y redactados, | 40% | 30 días hábiles después de aprobado el plan de trabajo |
3 | Documentos diagramados para su publicación | Documentos diagramados | 40% | 30 días después de aprobados los textos editados |
Total | 100% |
VII. CONFIDENCIALIDAD, DERECHOS INTELECTUALES Y DE PROPIEDAD
Todos los títulos, derechos de autor, patentes u otros derechos de propiedad de cualquier trabajo directamente requerido en esta consultoría o que resulten de ella descansan en PADF. Por solicitud de PADF, el consultor o equipo constultor ayudará a asegurar los derechos de propiedad intelectual producidos bajo estos TDR y el contrato firmado.
El producto de la consultoría no podrá ser utilizado sin autorización escrita. Queda prohibido cualquier tipo de reproducción, publicación, disertación o divulgación pública o con terceros, por cualquier medio verbal, audiovisual y/o escrito del material de la prestación de sus servicios. En caso de ser publicados se mencionarán los créditos respectivos. El profesional/empresa contratada(a) se compromete a mantener confidencialidad sobre el proceso y los resultados de la consultoría.
VIII. FORMATO Y CONTENIDOS DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas deben incluir los siguientes elementos:
• Propuesta técnica
• Propuesta Económica
• CV de la persona solicitante
• Portafolio de trabajos anteriores
IX. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas recibidas para la realización de los servicios solicitados serán evaluadas conforme a los siguientes criterios y puntajes:
Criterio Técnicos y Económicos | Puntaje |
Propuesta técnica (2 páginas máximo) | 35 |
Propuesta Económica | 30 |
CV del solicitante o del equipo solicitante y portafolio de trabajos realizados | 35 |
Máximo puntaje | 100 puntos |
X. FORMA DE PAGO
Los pagos se efectuarán mediante transferencia bancaria, al entregar el producto establecido en los términos de referencia, y una vez aprobado por la Dirección Técnica de la consultoría.
XI. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas deberán remitirse vía correo electrónico, a más tardar el día 10 de julio de 2024 antes de las 4:00 p.m. (hora de Centroamérica) a las siguientes direcciones: xxxxxxxxxx@xxxx.xxx; CC a: xxxxxx@xxxx.xxx; xxxxxx@xxxx.xxx; indicando en el asunto del correo la referencia: Redacción, edición y diseño de materiales del proyecto Acción Colectiva Laboral para publicación web.
Validez de la licitación. 120 días a partir de la fecha límite de presentación.
Enmiendas. En cualquier momento antes de la fecha límite para la presentación de propuestas, PADF puede, por cualquier razón, modificar los documentos de la SdP mediante una enmienda que será publicada en el sitio web de PADF y/o comunicada por correo electrónico.
XII. VALORES DE PADF
PADF es fuerte porque somos diversos. Buscamos activamente un grupo diverso de profesionales, y alentamos a postular a las personas con diferentes antecedentes académicos. PADF no discrimina por habilidades, edad, identidad de género y expresión, nacionalidad de origen, raza y etnia, creencias religiosas, orientación sexual, y registro criminal. Damos la bienvenida a todo tipo de diversidad. Nuestro personal y consultores incluyen gente que son y no son padres, el autodidacta y el que estudió en la universidad, y de una amplia gama de culturas, idiomas, antecedentes socioeconómicos, y perspectivas en el mundo. Alentamos a todos los interesados en participar en esta convocatoria, para que puedan poner en práctica nuestra idea de trabajo, en lo referido a la no discriminación e inclusión.
XI. TÉRMINOS Y CONDICIONES
Resultado de Acuerdo
Estos TdR no obliga a PADF a ejecutar un contrato, ni compromete a PADF a pagar ningún costo
incurrido en la preparación o presentación de las propuestas. Además, PADF se reserva el derecho de rechazar cualquier y todas las ofertas, si tal acción se considera en el mejor interés de PADF. PADF, a su entera discreción, seleccionará la propuesta ganadora y no está obligada a compartir los resultados de la evaluación individual.
Confidencialidad
Toda la información de propiedad proporcionada por el solicitante será tratada como confidencial y no será compartida con los solicitantes potenciales o reales durante el proceso de licitación. Esto incluye, pero no se limita, a las cotizaciones de precios, propuestas de costes y propuestas técnicas. PADF puede, pero no está obligada a, publicar los acuerdos en su sitio web público después de que el proceso de licitación haya concluido, y el contrato haya sido acordado. Los resultados de la evaluación de PADF son confidenciales y la puntuación de los solicitantes no será compartida entre ellos.
Protección contra la Explotación y el Abuso Sexual (PEAS)
Como parte de los controles internos del contratista y de las normas de conducta de los empleados, el contratista debe garantizar que sus empleados se adhieran a estas normas de conducta de manera coherente con las normas para los empleados de las Naciones Unidas (ONU) en la Sección
3 del Boletín del Secretario General de la ONU - Medidas especiales de protección contra la explotación y el abuso sexual (ST/SGB/2003/13).
Contratación de Empresas Pequeñas, Minoritarias y de Mujeres
PADF tomará todas las medidas necesarias para asegurar que las empresas minoritarias, las empresas de mujeres y las empresas de áreas con mano de obra excedente sean utilizadas cuando sea posible.
Inhabilitación y suspensión
Las entidades que aparezcan en cualquier lista de exclusión, el Sistema de Gestión de Acuerdos (XXX por sus siglas en inglés), la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC por sus siglas en inglés), la Lista de Sanciones de las Naciones Unidas y otras listas de vigilancia, no tendrán su oferta evaluada y no serán elegibles para recibir ningún subacuerdo que pueda resultar de estos Términos de Referencia.
ANEXO I, INFORMACIÓN DEL PROVEEDOR
Por favor, adjunte la siguiente información en su propuesta presentada:
FORMULAIRIO DE INFORMACIÓN DEL PROVEEDOR | ||
1. | Tipo de Proveedor (Por favor, indique si es una empresa o un consultor individual) | |
2. | Estatus de Registro (Por favor, indique el Número de Identificación del Empleador, el Número de Seguro Social u otro número de registro) | |
3. | Nombre Legal del Proveedor | |
4. | Nombre Completo del Contacto en la Empresa | |
5. | Correo electrónico | |
6. | Dirección Completa de la Empresa (Incluyendo la ciudad, el país y el código postal, si procede) | |
7. | Categoría (Sin fines de lucro, con fines de lucro, otros) | |
8. | ¿En los Estados Unidos? (Sí o No) | |
9. | Número de teléfono | |
10. | ¿Empresa del Gobierno? (Sí o No) | |
11. | Nombre escrito y firmado |
ANEXO II, CÓDIGO DE CONDUCTA DE PADF
PADF tiene un conjunto de valores intrínsecos que pueden ser categorizados como H.E.A.R.T (por sus siglas en inglés), los cuales se clasifican como:
Honestidad: Trabajamos y nos expresamos de forma abierta, transparente y clara.
Excelencia: Nos esforzamos por alcanzar los resultados y estándares más altos, y trabajamos con entregables de procesos claros y transparentes, pruebas y rigor. Estamos comprometidos con aquellos a los que servimos, dando nuestro tiempo, energía y dedicación a aquello en lo que creemos.
Rendición de cuentas: Estamos orgullosos de nuestra integridad. Aceptamos la responsabilidad de nuestros actos. Gestionamos con rigor nuestros resultados, nuestros entregables, nuestra documentación y nuestros conocimientos.
Respeto: Valoramos la diversidad y otros puntos de vista. Somos inclusivos y empáticos. Fomentamos la cooperación, la colegialidad y el trabajo en equipo, trabajando juntos hacia los mismos fines. Buscamos crear un ambiente laboral de decencia, equidad laboral, sinceridad y confianza.
Trabajo en equipo: Trabajamos como UNA PADF comprometiéndonos con nuestras metas y objetivos comunes. Fomentamos la cooperación, la colegialidad y el trabajo en equipo. Tomamos decisiones de alta calidad en equipo. Compartimos proactiva y abiertamente conocimientos, materiales y experiencia. Fomentamos y abrazamos la innovación, la creatividad y los diversos puntos de vista. Somos un solo equipo.
Los oferentes y sus agentes deberán actuar en todo momento con integridad. Los oferentes y sus agentes no deberán:
• Ofrecer regalos, empleo y otros beneficios a los empleados de la Fundación Panamericana para el Desarrollo ni a otras personas que estén en posición de influir en el acuerdo de un contrato.
• Intentar obtener información confidencial con respecto a los procesos de licitación y formación de contratos asociados a esta SdP de los empleados de la Fundación Panamericana para el Desarrollo y otras personas que tengan acceso a información confidencial.
Se espera que todos los oferentes ejerzan los más altos estándares de conducta en la preparación, presentación y, en caso de ser seleccionados, la eventual realización de los trabajos especificados de acuerdo con los valores H.E.A.R.T. de PADF.
Cualquier violación del Código de Conducta, así como las inquietudes sobre la integridad del proceso de contratación y de los documentos, deben comunicarse a PADF a través de su Línea Directa de Ética a xxx.xxxxxxxx.xx.xx/xxxxxx
XXXXX XXX, CLÁUSULA DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL DEPARTAMENTO DE TRABAJO
A. Notificación del Buy American Act
De conformidad con la OE 14005, Ensuring the Future is Made in All of America by All of America’s Workers, el Socio Receptor del Acuerdo se compromete a cumplir con todas las leyes aplicables de Made in America (según definido en el OE), incluyendo el Buy American Act en las secciones 41 USC 8301-8305. Para efectos de este Acuerdo, el Socio Receptor deberá maximizar el uso de bienes, productos y materiales producidos y servicios ofrecidos en los Estados Unidos, de conformidad con las leyes de Made in America. No se dispondrán fondos a ninguna persona o entidad (incluyendo como subcontratista o socio receptor del Socio Receptor) que haya sido declarado infractora de alguna de las leyes de Made in America.
“Made in America Laws” significa todos los estatutos, regulaciones, reglas y Ordenes Ejecutivos relacionados con acuerdos de financiamiento federal y adquisiciones federales, incluyendo los que hacen referencia a “Buy America” or “Buy American”, que requieren o dan preferencia a la compra o adquisición de bienes, productos o materiales producidos en los Estados Unidos, incluyendo hierro, acero y los productos de manufactura ofrecidos en los Estados Unidos. Leyes de Made in America incluyen leyes que exigen una preferencia nacional para el transporte marítimo, incluido el Merchant Marine Act de 1920 (Ley Pública 66-261), también conocida como el Xxxxx Act.
Estos requisitos no aplican a 1) artículos para uso fuera de los Estados Unidos, 2) artículos que no se extraen, producen o fabrican en los Estados Unidos en cantidades comerciales suficientes y razonablemente disponibles y que no son de calidad satisfactoria, y 3) artículos fabricados adquiridos bajo cualquier contrato con un valor adjudicado inferior al umbral de microcompra (actualmente $10,000). El Socio Receptor debe obtener aprobación por escrito del/la Director/a Técnico/a previamente a alegar una excepción en virtud de la excepción 2). No se requiere aprobación previa para artículos que son para uso fuera de los EE.UU. financiados por acuerdos de ILAB, ni para compras bajo el umbral de microcompras.
B. Informes de despilfarros, fraudes y abusos
Ninguna entidad que reciba fondos federales podrá exigir a empleados o contratistas que deseen denunciar fraude, despilfarros o abusos, firmar acuerdos de confidencialidad internos o declaraciones que prohíban o de alguna manera restrinjan a dichos empleados o contratistas de poder denunciar legalmente dicho despilfarro, fraude o abuso a un representante designado de investigación u orden publico de un departamento u agencia federal autorizada para recibir dicha información.
C. Prohibición contra adquisición de bienes obtenidos a través de trabajo infantil forzado o en régimen de servidumbre
Ningún fondo puede ser obligado o desembolsado para adquirir bienes extraídos, producidos, fabricados o cosechados o servicios prestados, en su totalidad o parcialmente, por trabajo infantil forzado o en régimen de servidumbre en industrias y países anfitriones identificados por USDOL.
D. Reconocimiento de financiamiento federal
En general, todo material impreso o electrónico, incluyendo declaraciones, comunicados de prensa, solicitudes de propuestas, licitaciones y otros documentos que describan proyectos o programas financiados total o parcialmente con fondos de una subvención de USDOL ILAB que se difunda públicamente deben incluir un reconocimiento de dicho financiamiento, incluyendo: el porcentaje de los costos totales del programa financiados con dinero Federal; el importe en dólares de los fondos federales para el programa y el porcentaje e importe en dólares de los costos totales del programa financiados por fuentes no gubernamentales. Ver la sección del MPG sobre Guidelines for Acknowledgement of USDOL Funding and USDOL Disclaimer para más información.
E. Restricción de la cobertura de salud para aborto (P.L. 116-260, Division H, Title V, Sections 506 and 507)
Los fondos del Acuerdo no pueden ser utilizados para cobertura de salud que incluya la cobertura de abortos, salvo cuando el embarazo es el resultado de una violación o incesto, o en el caso de que la mujer sufra un trastorno físico, una lesión física o una enfermedad física, incluyendo una condición física que ponga en peligro su vida, causado por o derivado del mismo embarazo y que, según la certificación de un médico, pondría a la mujer en peligro de muerte a menos que se realice un aborto.
F. Restricción a la creación/destrucción de embriones humanos con fines de investigación
De conformidad con el P.L. 117-328, División H, Título V, Sección 508, no se utilizarán fondos federales para (1) la creación de un embrión o embriones humanos con fines de investigación o (2) la investigación en la que un embrión o embriones humanos sean destruidos, desechados o sometidos a sabiendas a un riesgo de lesión o muerte mayor que el permitido para la investigación con fetos en el útero en virtud del 45 CFR 46.204(b) y la sección 498(b) del Public Health Service Act (42 U.S.C. 289g(b)). A efectos de esta sección, el término "embrión o embriones humanos" incluye cualquier organismo no protegido como ser humano sometido en virtud del 45 CFR 46 a partir del 29 de diciembre de 2022, que se derive por fecundación, partenogénesis, clonación o cualquier otro medio de uno o más gametos humanos o células diploides humanas.
G. Restricción de la promoción de la legalización de drogas
Los fondos del Acuerdo no pueden ser utilizados para cualquier actividad que promueva la legalización de cualquier droga u otra sustancia incluida en la lista I de las listas de sustancias controladas establecidas en la sección 202 del Controlled Substances Act.
H. Restricción de la compra de agujas o jeringas estériles
Los fondos del Acuerdo no pueden ser utilizados para comprar agujas o jeringas estériles para la inyección hipodérmica de cualquier droga ilegal.
I. Requisito de bloquear pornografía
Los fondos del Acuerdo no pueden ser utilizados para mantener o establecer una red informática a menos que dicha red bloquee la visualización, la descarga y el intercambio de pornografía.
J. Igualdad de trato en programas del Departamento de Trabajo para organizaciones religiosas; protección de libertad religiosa de proveedores de servicios y beneficiarios del Departamento de Trabajo
Organizaciones religiosas deben ser elegibles, sobre la misma base que cualquier otra organización y tomando en cuenta cualquier adaptación razonable, para buscar apoyo de USDOL o participar en programas de USDOL para los que son elegibles.
K. No discriminación en programas de asistencia federal del Departamento de Trabajo – Ejecución del Título VI del Civil Rights Act de 1964
Ninguna persona en los Estados Unidos será excluida de participación en, denegado los beneficios de, o sujeto a discriminación bajo, cualquier programa o actividad recibiendo asistencia financiera federal del USDOL, con base a su raza, color u origen nacional.
L. No discriminación con base a discapacidad en programas y actividades recibiendo o beneficiándose de asistencia financiera federal
Ninguna persona calificada con discapacidad será excluida de participación en, denegado los beneficios de, o sujeto a discriminación bajo, cualquier programa o actividad recibiendo asistencia financiera federal del USDOL, con base a su discapacidad.
M. No discriminación con base a edad en programas y actividades recibiendo o beneficiándose de asistencia financiera federal del Departamento de Trabajo
Ninguna persona en los Estados Unidos será denegada los beneficios de o sujeto a discriminación bajo, cualquier programa o actividad recibiendo asistencia financiera federal del USDOL, con base a su edad.
N. Estándares federales de no discriminación con base a sexo en programas u actividades educativos que reciben asistencia financiera federal
Todos los fondos proporcionados por el USDOL para este Acuerdo y cualquier Sub Acuerdo están sujetos a los requisitos de no discriminación con base a sexo en programas u actividades educativos que reciben asistencia financiera federal.
O. Fly America Act
Todo el transporte aéreo internacional financiado por el gobierno federal es requerido por el “Fly America Act” para utilizar el servicio de transporte aéreo de compañías áreas estadounidenses para todo transporte aéreo y carga. Se aplican algunas excepciones.
P. Restricciones al cabildeo
El Socio Receptor de un contrato, subvención, préstamo u acuerdo cooperativo no puede gastar fondos federales asignados para pagar a una persona por influir o intentar influir en un funcionario o empleado de una agencia, un miembro del Congreso, un funcionario o empleado del Congreso, o un empleado de un miembro del Congreso en relación con cualquier de las siguientes acciones: la adjudicación de cualquier contrato federal, la realización de cualquier subvención federal, la realización de cualquier préstamo federal, la celebración de cualquier acuerdo cooperativo y la extensión, continuación, renovación, enmienda o modificación de cualquier contrato, subvención, préstamo o acuerdo cooperativo.
Q. Requisitos gubernamentales para un lugar de trabajo libre de drogas
Todos los fondos proporcionados por el USDOL para este Acuerdo y cualquier Sub Acuerdo están sujetos a este requisito. Un lugar de trabajo libre de drogas refiere a un sitio para el desempeño del trabajo realizado en relación con un Acuerdo especifico, donde se prohíben a los empleados del Socio Receptor de participar en la fabricación, distribución, dispensación, posesión o uso ilegal de una sustancia controlada.
Un hemisferio de oportunidades. Para todas las personas.
R. Requisitos gubernamentales de inhabilitación y suspensión
El Socio Receptor certifica que ni él ni ninguno de sus directivos está actualmente excluido o descalificado de la participación en este Acuerdo por ningún departamento o agencia federal.
S. Trata de personas, actos sexuales comerciales y trabajo forzado
El Socio Receptor no debe participar en: (1.) Trata de personas (tal y como se define en el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de la ONU contra la delincuencia organizada transnacional) durante el periodo de este Acuerdo; (2.) Contratación de un acto sexual comercial durante el periodo de este Acuerdo; (3.) Uso de trabajo forzado durante la implementación de este Acuerdo; (4.) Acciones que apoyan o promuevan directamente la trata de personas.
T. Terrorismo
La legislación de los EE. UU., incluida ordenes ejecutivos, prohíbe transacciones con personas y organizaciones asociados con el terrorismo, as como el suministro de recursos y apoyo a las mismas.
U. Telecomunicaciones
Prohibición sobre ciertos servicios y equipos de telecomunicaciones y video.
Socios Receptores y socios subreceptores tienen prohibido obligar o gastar fondos de préstamos o subvenciones para: (1) Adquirir u obtener; (2) Extender o renovar un contrato para adquirir u obtener; (3) Entrar en un contrato con (o extender o renovar un contrato) para adquirir u obtener equipos, servicios o sistemas que utilizan equipos o servicios de telecomunicaciones cubiertos como un componente sustancial o esencial de cualquier sistema, o como tecnología critica como parte de cualquier sistema. Según descrito en la Ley Publica 115—232, sección 889, equipos y servicios de telecomunicaciones cubiertas incluyen:
(i) Equipos de telecomunicaciones producidos por Huawei Technologies Company o ZTE Corporation (o cualquier subsidiario o afiliado de dichas entidades);
(ii) Equipos de videovigilancia y telecomunicaciones producidos por Hytera Communications Corporation, Hangzhou Hikvision Digital Technology Company o Dahua Technology Company (o cualquier subsidiario o afiliado de dichas entidades) para fines de seguridad pública, seguridad de instalaciones gubernamentales, vigilancia de la seguridad física de infraestructura critica y otros fines de seguridad nacional;
(iii) Servicios de telecomunicaciones o videovigilancia proporcionados por dichas entidades o utilizando dichos equipos; o
(iv) Equipos o servicios de telecomunicaciones o videovigilancia producidos o proporcionados por una entidad que la Secretaría de Defensa, en consulta con la Direccion de la Inteligencia Nacional u la Direccion de la Oficina Federal de Investigación, considera razonablemente que es una entidad de propiedad de o controlada por, o de alguna otra manera conectado con, el gobierno de un país extranjero cubierto
V. Promoviendo la prestación equitativa de beneficios gubernamentales y la igualdad de oportunidades
USDOL busca promover la equidad, los derechos civiles y la igualdad de oportunidades de manera afirmativa en las políticas, programas y servicios que proporciona. Por ende, de conformidad con el Orden Ejecutivo 13985, Advancing Racial Equity and Support for Underserved Communities Through the Federal Government, Socios Receptores deben ejecutar los términos y condiciones de su Acuerdo de una manera que avanza la equidad de todos, incluyendo personas de color y otros que han sido históricamente desatendidos, marginalizados y afectados negativamente por la pobreza y la desigualdad persistentes. Esto aplica a todas las actividades del Acuerdo, que incluye, pero no se limita a, la prestación de servicios, selección de socios receptores y contratistas y la adquisición de bienes y servicios. Se diseñan los programas gubernamentales para servir a todos los individuos elegibles, y socios receptores del USDOL deben poner los bienes y servicios que proporcionan bajo sus Acuerdos a la fácil disposición, bajo el meta de servir efectivamente a una población diversa de individuos elegibles; administrando el proceso de evaluación y adjudicación de Acuerdos de manera justa, equitativa e imparcial. Se animan a los socios receptores a que contraten y subcontraten para bienes y servicios relacionados con la ejecución de los términos y condiciones de sus Acuerdos de manera que se logre la equidad.
W. Política de no discriminación
Se prohíbe al Socio Receptor discriminar por motivos de raza, color, religión, sexo (incluida identidad de género, orientación sexual y embarazo), origen nacional, discapacidad, edad, información genética, estado civil, situación parental, afiliación política o condición de veterano en cualquier programa o actividad financiados en virtud de este Acuerdo. El Socio Receptor no deberá discriminar por estos motivos a ningún participante que reciba servicios en la implementación de este Acuerdo, por ejemplo, pero sin limitarse a ello, mediante la retención, el impacto adverso o la denegación del acceso equitativo a los beneficios proporcionados a través de este Acuerdo sobre la base de cualquier factor no indicado expresamente en el Acuerdo. Nada de lo dispuesto en esta disposición pretende limitar la capacidad del Socio Receptor para orientar las actividades hacia las necesidades de asistencia de determinadas poblaciones, tal y como se definen en el Acuerdo. El Socio Receptor debe garantizar que la evaluación y el trato de sus empleados y solicitantes de empleo estén libres de discriminación por estos motivos.
Un hemisferio de oportunidades. Para todas las personas.