FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS
FEDERACIÓN COLOMBIANA DE MUNICIPIOS
OBJETO
Contratar con plena autonomía técnica, administrativa y operacional, en forma independiente sin subordinación o dependencia y con su propio personal a cargo, la interventoría administrativa, técnica, operativa, tecnológica y legal del contrato de Prestación de Servicios Profesionales No. 45 de 2016 suscrito entre SEGURIDAD VIAL
– SEVIAL S.A. y la Federación Colombiana de Municipios (FCM), cuyo objeto consiste en: “Prestar por sus propios medios, con plena autonomía técnica y administrativa, servicios técnicos y operativos respecto de multas impuestas en vías nacionales por personal adscrito a la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional en el marco del Convenio de Cooperación No. 01-9-10015-16 suscrito entre dicha Entidad y la Federación Colombiana de Municipios”.
SELECCIÓN ABREVIADA
Bogotá D.C., marzo de 2017
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Tabla de Contenido
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD 4
2. OBJETO. IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR. ESPECIFICACIONES 6
2.3. Identificación del Contrato a Celebrar 8
2.4. Especificaciones (Condiciones mínimas) 8
3. ANTECEDENTES DE CONTRATACIONES 9
3.1. Contratos con objeto similar celebrados por la Federación 9
3.2. Análisis histórico de los contratos con objeto similar que han celebrado otras Entidades. 9
5. JUSTIFICACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. ANÁLISIS DE LAS CONDICIONES Y PRECIOS XXX XXXXXXX. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL. 10
5.1. Justificación y valor estimado del contrato 10
5.2. Análisis de las condiciones y precios del mercado 12
5.2.1. Aspectos generales del mercado 12
5.2.2. Análisis económico xxx xxxxxxx 15
6. JUSTIFICACIÓN Y CRITERIOS DE SELECCIÓN 21
6.2. Criterios de Selección 26
6.2.1. Criterios de selección referidos a condiciones y calidades de los proponentes 26
6.2.1.1. Capacidad Jurídica 26
6.2.1.3. Indicadores Financieros y Operacionales 31
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6.2.2. Criterios de Selección Referidos a la Oferta 34
6.2.2.3. Plazo de ejecución del contrato 35
6.2.2.4. Personal mínimo exigido 36
6.2.2.5. Obligaciones de las Partes 38
7. AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS 45
8. CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE 45
8.1. Experiencia adicional del proponente: puntaje asignado 600 puntos 46
8.2. Experiencia específica adicional de los perfiles mínimos exigidos: Puntaje asignado trescientos (300) puntos 46
8.3. Factor de apoyo a la industria nacional (100 puntos) 48
9. ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DEL RIESGO 48
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1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD
La Federación Colombiana de Municipios (FCM) es una persona jurídica sin ánimo de lucro, de naturaleza asociativa y de carácter gremial, que se rige por el derecho privado, organizada con base en la libertad de asociación prevista en el artículo 38 de la Constitución Política; representa a los municipios, distritos y sus asociaciones1 en la formulación, concertación y evaluación de políticas públicas, con el objetivo de contribuir al fortalecimiento de la descentralización y autonomía local para lograr mejoras sustanciales en la calidad de vida de los Colombianos. Desde su visión promueve procesos de descentralización y apoya iniciativas que permitan a los municipios ser más autónomos, competitivos, sostenibles, generadores de desarrollo humano, gobernables, democráticos y en paz.
En desarrollo de su objeto misional, la Federación apoya a los municipios en la formulación de políticas públicas dentro de las cuales se encuentra la seguridad vial y por ello, ha suscrito contratos y convenios con Entidades públicas y privadas en pro de aunar esfuerzos orientados a la seguridad vial en el territorio nacional.
Así mismo, con la ejecución de la función pública de implementación y administración del Sistema Integrado de Información Sobre las Multas y Sanciones por Infracciones a las Normas de Tránsito, que le fue asignada a la Federación Colombiana de Municipios por disposición del artículo 10 de la Ley 769 de 2002, “Código Nacional de Tránsito Terrestre”; la Entidad cuenta con experiencia de más de 14 años en el registro, liquidación, recaudo y seguimiento a los comparendos de tránsito a través del sistema de concesión.
En virtud de lo anterior y en atención a la idoneidad y experiencia de la Federación Colombiana de Municipios, se suscribió con la Policía Nacional el Convenio de Cooperación No. 01-9-100015-16, cuyo objeto es “La Federación Colombiana de Municipios y la Policía Nacional cooperarán en el ámbito de su competencia, con el fin de que la Institución policial pueda garantizar el efectivo ingreso de las sumas de dinero que le corresponden por concepto del recaudo de las multas, producto de la imposición de órdenes de comparendos en
1 Pertenecen a la Federación Colombiana de Municipios en calidad de asociados los 1101 municipios colombianos y las cerca de 40 asociaciones de municipios existentes en el país. Esta membresía se da estatutariamente “por derecho propio”, es decir, dado que los municipios y sus asociaciones son beneficiados de forma general por las acciones de la FCM su pertenencia se asume también de forma general, plural y sin perjuicio de sus
aportaciones económicas a la sostenibilidad del gremio.
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las vías nacionales del país, de conformidad con lo establecido en la normativa que regula la materia".
Así las cosas, en consideración a que la planta de personal con la que cuenta la Federación, resulta insuficiente para el cumplimiento de las actividades objeto del mencionado convenio, tal como se indica en la certificación expedida por la Dirección Administrativa y Financiera de la Federación, y estando facultados contractualmente para hacerlo, se contrataron los servicios de una persona jurídica con amplia experiencia y conocimiento en el registro y cargue de información, que cuenta con la capacidad tecnológica, operativa, administrativa y financiera, para llevar a cabo especialmente las actividades orientadas a la recepción, sistematización, digitalización y digitación de órdenes de comparendo, impuestas por la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional (DITRA) en vías nacionales, así como la instalación y puesta en marcha del equipo técnico y humano requerido en todas las seccionales DITRA en las que se genere imposición de multas en vías nacionales.
De allí que la FCM con el propósito de otorgar las mejores condiciones de servicio a la DITRA, las cuales son necesarias y fundamentales para cumplir adecuadamente las actividades inherentes a la operación diaria que realiza, adelantó proceso de selección en donde se contrató a la Sociedad SEGURIDAD VIAL –SEVIAL S.A.- para prestar por sus propios medios, con plena autonomía técnica y administrativa, servicios técnicos y operativos respecto de multas impuestas en vías nacionales por personal adscrito a la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional en el marco del Convenio de Cooperación No. 01-9-10015-16 suscrito entre dicha Entidad y la Federación Colombiana de Municipios.
En consecuencia, se han analizado las actividades que deben ser desarrolladas en virtud del contrato suscrito con la Sociedad SEGURIDAD VIAL –SEVIAL S.A., estableciendo que es necesario llevar a cabo el proceso de selección para contratar la correspondiente interventoría, de forma que se garantice su control y seguimiento.
Cabe anotar que, en relación con la interventoría, la Ley 1474 de 2011 en su artículo 83 señala lo siguiente:
“Con el fin de proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y de tutelar la transparencia de la actividad contractual, las Entidades públicas están obligadas a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado a través de un supervisor o un interventor, según corresponda.
…
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La interventoría consistirá en el seguimiento técnico que sobre el cumplimiento del contrato realice una persona natural o jurídica contratada para tal fin por la Entidad Estatal, cuando el seguimiento del contrato suponga conocimiento especializado en la materia, o cuando la complejidad o la extensión del mismo lo justifiquen. No obstante, lo anterior cuando la Entidad lo encuentre justificado y acorde a la naturaleza del contrato principal, podrá contratar el seguimiento administrativo, técnico, financiero, contable, jurídico del objeto o contrato dentro de la interventoría”.
Con base en lo expuesto, la interventoría que se requiere contratar supone el acompañamiento en la ejecución de todas las actividades y obligaciones contenidas en el contrato de prestación de servicios profesionales No. 45 de 2016 anteriormente citado, así como los documentos y demás anexos técnicos que hacen parte integral del mismo, tales como convenio de Cooperación No. 01-9-10015-16, Manual Operativo suscrito entre la DITRA y la Federación, estudios previos, invitación pública, entre otros, con el siguiente alcance:
1) Las especificaciones técnicas y condiciones generales del objeto contratado, su adecuada ejecución bajo las normas técnicas aplicables y el cumplimiento de las normas de calidad, seguridad y procesos técnicos a cargo del contratista.
2) Actividades administrativas a cargo del contratista
3) Actividades tecnológicas
4) Actividades legales
5) Toda estipulación contractual y del manual operativo
6) Protección de los intereses de las Entidades y salvaguarda de su responsabilidad
Por lo tanto, se hace necesario contratar la interventoría administrativa, técnica, operativa, tecnológica y legal para vigilar la correcta ejecución del contrato de prestación de servicios profesionales No. 45 de 2016 hasta su finalización, sin perjuicio del acompañamiento que deba llevar a cabo en las actividades que resulten del proceso de liquidación.
2. OBJETO. IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR.
ESPECIFICACIONES.
2.1. Objeto
Contratar con plena autonomía técnica, administrativa y operacional, en forma independiente sin subordinación o dependencia y con su propio personal a cargo, la
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interventoría administrativa, técnica, operativa, tecnológica y legal del contrato de Prestación de Servicios Profesionales No. 45 de 2016 suscrito entre SEGURIDAD VIAL
– SEVIAL S.A. y la Federación Colombiana de Municipios (FCM), cuyo objeto consiste en: “Prestar por sus propios medios, con plena autonomía técnica y administrativa, servicios técnicos y operativos respecto de multas impuestas en vías nacionales por personal adscrito a la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional en el marco del Convenio de Cooperación No. 01-9-10015-16 suscrito entre dicha Entidad y la Federación Colombiana de Municipios”.
Se realiza para la presente contratación un proceso de selección abreviada, el cual requiere para su ejecución la inscripción en el RUP de la totalidad de las actividades que se relacionan a continuación, según el Clasificador de Bienes y Servicios – UNSPSC así:
Clasificación UNSPSC | Grupo | Segmento | Familia | Clase |
80101500 | Servicios | Servicios de gestión, servicios profesionales de empresa y servicios administrativos | Servicios de asesoría de gestión | Servicios de consultoría de negocios y administración corporativa |
80101600 | Servicios | Servicios de gestión, servicios profesionales de empresa y servicios administrativos | Servicios de asesoría de gestión | Gerencia de Proyectos |
Nota: Para el caso de consorcios y otras asociaciones o uniones temporales, cada una de las empresas que hacen parte, deberán estar inscritas en todos los códigos referidos anteriormente, lo cual se acreditará con la verificación del RUP.
2.2. Alcance del objeto
El objeto del contrato a suscribir tiene cuatro (4) enfoques:
Enfoque administrativo: se define como las acciones de control conducentes a garantizar la correcta administración de los recursos físicos y humanos incluyendo la entrega y archivo de información de manera oportuna y organizada, la recepción y verificación de informes, la gestión de derechos de petición contemplados en el contrato de prestación de servicios profesionales No. 45 de 2016, entre otros aspectos.
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Enfoque técnico y operativo: consiste en la aplicación del control sobre las actividades relacionadas con la recepción, validación, digitación y archivo de las ordenes de comparendo impuestas por la Policía de Carreteras a nivel nacional, en virtud del contrato de prestación de servicios profesionales No. 45 de 2016.
Enfoque tecnológico: consistente en la aplicación de controles encaminados a garantizar el cumplimiento de las condiciones tecnológicas mínimas requeridas (especificaciones de equipos, idoneidad del software, administración de bases de datos, existencia de hardware), así como llevar a cabo las actividades correspondientes a pruebas de funcionalidad de software y verificación de seguridades lógicas de acceso a los aplicativos.
Enfoque legal: dirigido al seguimiento de los procesos y actividades enfocadas a verificar la aplicación y cumplimiento de los aspectos regulatorios y contractuales relacionados con el contrato de prestación de servicios profesionales No. 45 de 2016.
2.3. Identificación del Contrato a Celebrar
En atención a la naturaleza jurídica de la Federación Colombiana de Municipios, como una entidad de carácter gremial, asociativa de derecho privado, y por analogía a lo establecido en el numeral 2o del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, que señala: “son contratos de consultoría los que tienen por objeto la interventoría, asesoría, gerencia de obra o de proyectos, dirección, programación y la ejecución de diseños, planos, anteproyectos y proyectos...” la Federación Colombiana Municipios celebrará un contrato de Interventoría, teniendo en cuenta que el mismo tiene como función principal vigilar la adecuada ejecución del contrato de prestación de servicios profesionales No. 45 de 2016 suscrito entre la Sociedad SEGURIDAD VIAL –SEVIAL- S.A. y la Federación Colombiana de Municipios (FCM).
2.4. Especificaciones (Condiciones mínimas)
Las especificaciones mínimas requeridas para el presente proceso de selección se encuentran contenidas en el anexo No. 1 denominado “Condiciones técnicas mínimas”.
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3. ANTECEDENTES DE CONTRATACIONES
3.1. Contratos con objeto similar celebrados por la Federación
La Federación Colombiana de Municipios, ha suscrito diversos contratos de prestación de servicios de Interventoría en los que se han pactado condiciones similares, sin que a la fecha se haya evidenciado dificultades en la celebración, legalización y ejecución que imponga la incorporación de estipulaciones especiales adicionales. Ver anexo No. 2 denominado “Análisis histórico de procesos contractuales de interventoría”.
3.2. Análisis histórico de los contratos con objeto similar que han celebrado otras Entidades.
Del estudio xx xxxxxxx efectuado a través de la página xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, sobre procesos de contratación adelantados por Entidades públicas, cuyo objeto es similar al que se pretende contratar, se tomó como referencia la información de tres (3) procesos publicados. Ver anexo No. 3 denominado “Estudio xx xxxxxxx– análisis del sector SECOP”
Como se evidencia en el mencionado anexo, el análisis de los contratos similares se ha enmarcado en procesos afines que han generado otras Entidades relacionadas con el presente proceso. Sin embargo, el proceso que se pretende contratar se centra en el Manual de Contratación de la Federación Colombiana de Municipios, expedido mediante la Resolución 02 de 2015.
4. NORMATIVA APLICABLE
Normativa aplicable a la FCM. La Federación Colombiana de Municipios como persona jurídica sin ánimo de lucro, de naturaleza asociativa y de carácter gremial, se rige por las normas del derecho privado, Código Civil y Código de Comercio, artículos 38, 39 y 209 de la Constitución Política de Colombia y Manual de Contratación expedido mediante la Resolución 02 de 2015.
Normativa aplicable al sector al que pertenece el contratista. Código Civil, Código de Comercio.
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Normativa aplicable al contrato. Código Civil, Código de Comercio, Artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, Resolución 02 de 2015: “Por la cual se adopta el manual de contratación de la Federación Colombiana de Municipios”.
5. JUSTIFICACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. ANÁLISIS DE LAS CONDICIONES Y PRECIOS XXX
XXXXXXX. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL.
5.1. Justificación y valor estimado del contrato
Este es un proceso en el que, para efectos de evitar sobrecostos, no se contemplaron cotizaciones, sino que fueron consultados precios xx xxxxxxx para determinar los costos de personal de acuerdo con los perfiles requeridos por la Entidad y el tiempo de duración de la interventoría, afectados con un factor multiplicador estimado en el 2,33%, el cual consideró las siguientes variables mínimas:
5.1.1. Prestaciones Sociales: Para una Entidad, el valor de las prestaciones sociales legales depende de la antigüedad promedio ponderada con los sueldos de todo su personal y de las prestaciones extralegales que reconozca, definidas dentro de los siguientes componentes:
Prima anual
Cesantía anual (Retroactividad cesantías)
Intereses a las cesantías
Vacaciones anuales
Seguridad social
Subsidio familiar
SENA
ICBF
Seguros xx xxx (ARL)
Indemnización xx xxx
Otros (Incapacidad no cubierta EPS y medicina prepagada)
5.1.2. Costos Indirectos: Comprenden los costos y gastos de operar la organización o Entidad como un todo y deben ser atendidos para garantizar la disponibilidad de los
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servicios. Estos costos y gastos no se originan, ni son efectuados en virtud de un proyecto específico, entre ellos se encuentran:
Gastos legales y de administración:
Los gastos legales y de administración contemplados son:
Alquiler de oficinas
Servicios públicos
Papelería y útiles de oficina
Salarios y prestaciones no reembolsables:
Costos de personal administrativo
Seguros
Depreciación
Impuestos
Otros costos
5.1.3. La utilidad: Es el beneficio económico que recibe la Entidad por ejecutar el contrato.
Con base en lo anterior y para efectos de determinar el valor de la interventoría administrativa, técnica, operativa, tecnológica y legal del presente proceso, se consideró la aplicación de la siguiente fórmula:
Costo de personal (A): Se determinó el costo mensual de cada perfil requerido de acuerdo con el estudio xx xxxxxxx realizado y dicho valor se multiplicó por la duración de la interventoría, estimada para un periodo de un año (B).
Factor Multiplicador (C): Incluye las prestaciones sociales, los costos indirectos y la utilidad.
El resultado del costo de personal por el tiempo de duración de la interventoría se multiplicó por el factor multiplicador. A este total se le sumó el costo estimado de visitas a las veintinueve (29) seccionales de la DITRA, calculadas en dos visitas por año (D).
Así las cosas, el valor anual estimado para la interventoría estaría dado así:
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Costo Coordinador de Interventoría= CtoCOOR Costo Profesional Operativo =CtoPROPER Costo Apoyo Técnico= CtoAPOT
Costo Apoyo Administrativo= CtoAPOA
((((CtoCOOR*(A*B))+(CtoPROPER*(A*B))+(CtoAPOT*(A*B))+(CtoAPOA
*(A*B)))*C)+D)+IVA 19%
Valor interventoría =
El valor del contrato es indeterminado, pero determinable durante el tiempo de ejecución del mismo. Para efectos fiscales y de otorgamiento de las garantías, su valor para el año 2017, se estima en la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL SESENTA Y SIETE PESOS MONEDA LEGAL
($272.145.067,00) incluido IVA. Para los años siguientes el valor anual se determinará aumentando el porcentaje correspondiente al IPC fijado por el Gobierno Nacional. Por lo anterior, en el mes de enero de cada vigencia, la Federación Colombiana de Municipios informará a la interventoría el valor estimado de la remuneración para el correspondiente año, con el objeto de que se actualicen las garantías.
Dicho valor contempla la totalidad de los costos directos e indirectos que han sido estimados para la interventoría, conforme a los precios xxx xxxxxxx y a la determinación del factor multiplicador.
El valor del factor multiplicador que el oferente presente en su propuesta, no puede ser superior al 2.33 establecido por la entidad.
5.2. Análisis de las condiciones y precios xxx xxxxxxx
5.2.1. Aspectos generales xxx xxxxxxx
El ejercicio de la consultoría en Colombia toma fuerza y relevancia en el plano del desarrollo y fortalecimiento institucional, toda vez que constituye su razón de ser ya que satisface los requerimientos de conocimiento amplio e interdisciplinario necesarios en el contexto de integración económica para desarrollar las actividades empresariales a un nivel más competitivo, que le permita a las organizaciones la ejecución de proyectos de alto impacto.
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La legislación colombiana no cuenta con una normatividad única, generalizada y vigente que establezca los límites contractuales entre las partes o las obligaciones y requisitos que deben asumir y cumplir todos los agentes que quieran prestar servicios de consultoría en el sector público y privado.
No obstante, la Federación Colombiana de Municipios al regirse por las normas del derecho privado para la celebración de los contratos que requiera para el cumplimiento de sus funciones, toma como referencia y guía válida en aras de llevar a cabo un proceso, objetivo, plural, transparente e idóneo, el principal marco legal que regula la consultoría en Colombia para el sector público y el cual es el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, contemplado en la Ley 80 de 1993. Dicha norma ha sido objeto de varias modificaciones y derogaciones, tales como la Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011 y el Decreto 1510 de 2013, entre otras.
La Ley 80 de 1993 clasifica la interventoría en su artículo 32, numeral 2º como una clase de contrato de consultoría, en los siguientes términos: “Son contratos de consultoría los que celebren las entidades estatales referidos a los estudios necesarios para la ejecución de proyectos de inversión, estudios de diagnóstico, prefactibilidad o factibilidad para programas o proyectos específicos, así como a las asesorías técnicas de coordinación, control y supervisión.
Son también contratos de consultoría los que tienen por objeto la interventoría, asesoría, gerencia de obra o de proyectos, dirección, programación y la ejecución de diseños, planos, anteproyectos y proyectos.
Ninguna orden del interventor de una obra podrá darse verbalmente. Es obligatorio para el interventor entregar por escrito sus órdenes o sugerencias y ellas deben enmarcarse dentro de los términos del respectivo contrato. (el subrayado y la negrilla es nuestro).
Es así como la interventoría, como una clase de consultoría, se ha convertido para las entidades, sean públicas o privadas como la Federación Colombiana de Municipios, en una forma de garantizar el cumplimiento de los contratos en términos de eficiencia, eficacia y economía de manera que se ejerza un control permanente sobre la actividad contractual.
Existen, en Colombia, diferentes empresas consultoras cuya actividad se relaciona con una tipología de interventoría: interventoría de estudios y diseños, interventoría de obra pública (no concesionada), interventoría de obras por concesión, entre otras; cabe anotar que hoy en día éstas empresas cuentan con equipos multidisciplinarios conformados por
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diferentes profesionales de distintas ramas del saber que se complementan y dan valor agregado a los servicios ofertados.
Ahora bien, la Cámara de Comercio de Bogotá en su informe: “Tablero de indicadores de Bogotá y Cundinamarca 2017”, analiza para el primer semestre de 2016, la situación y tendencias en la coyuntura y el mediano plazo de la actividad productiva, empresarial y de calidad de vida de Bogotá y Cundinamarca, con base en indicadores y estadísticas como el Producto Interno Bruto (PIB): servicios, industria, comercio, construcción, inflación, mercado laboral, inversión extranjera, finanzas públicas, comercio exterior, posicionamiento competitivo, seguridad ciudadana, dinámica empresarial y el desempeño de las principales actividades productivas.
Analizando el informe en referencia, respecto a las entidades que prestan servicios de consultoría empresarial en el campo de la interventoría, agrupadas en las actividades contenidas en la letra M de los códigos CIIU versión 4 (Actividades profesionales, científicas y técnicas), es posible extraer lo siguiente:
Para el primer semestre del año 2016 se encontraban registradas y con matricula mercantil renovada 37.983 entidades, evidenciando gran pluralidad de oferentes que prestan sus servicios enmarcados en el desarrollo de actividades investigativas y de consultoría.
De este grupo de 37.983 empresas, el 81% están clasificadas como microempresas, le siguen las pequeñas empresas que representan un 15% del total, continúan las medianas empresas con un 3% y por último las grandes entidades con un 1%. La distribución por número de entidades se puede apreciar en la siguiente gráfica:
Medianas; 1.199; 3% | Grandes; 298; 1% | |||
Pequeñas; 5.692; 15% Microempresas; 30.794; 81% |
Fuente: Datos tomados de la Cámara de Comercio de Bogotá
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Finalmente, las cifras analizadas evidencian el auge del ejercicio de la actividad de consultoría empresarial y por tanto la pluralidad de oferentes en el mercado de este tipo de servicios.
5.2.2. Análisis económico xxx xxxxxxx
Variables Económicas
El costo de contratar el servicio de interventoría, se puede impactar por la variación en las tasas de interés, la meta de inflación y los incrementos salariales.
A enero de 2017 en la encuesta de expectativas del Banco de la República publicada en marzo de 2017 se indica que “…la inflación promedio esperada para marzo, junio, septiembre y diciembre de 2017 se ubica en 5,56%, 5,26% 5,15% y 5,09%, respectivamente, y en 4,51% para diciembre de 2018. La mayor desviación estándar se registra en las expectativas sobre inflación a dos años (Gráfico 2):
FUENTE: BANCO DE LA REPÚBLICA
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Según el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) en el último reporte de la inflación con corte a febrero de 2017 reveló una inflación de los últimos 12 meses del 5,18%, principalmente impulsada por el grupo de salud, otros gastos, comunicaciones, educación y alimentos, debido al aumento de precios de medicinas, aseguramiento privado, planes complementarios, entre otros, y el inicio de la etapa escolar.
En el reporte del emisor de la encuesta de expectativas de enero de 2017, se muestra que se espera que la DTF aumente gradualmente: “…la DTF promedio esperada para marzo, junio, septiembre y diciembre de 2017 es de 6,55%, 6,41%, 6,26% y 6,14%,
respectivamente (Gráfico 8).”
FUENTE: BANCO DE LA REPÚBLICA
En el Balance y expectativas mensuales elaborado por el Banco Corpbanca S.A, del 20 de febrero de 2017, se espera que la DFT a 90 días EA en el año 2017 se encuentre en un rango del 5,32% al 6,90% con un cierre en el mes de diciembre del 5,32%.
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Según la encuesta de expectativas del Banco de la República del mes de enero y publicada en marzo del presente año, para los salarios se espera un aumento del 6,6%: “Por sectores, sindicatos espera un incremento salarial de 7,0%, el sistema financiero uno de 6,8%, almacenes xx xxxxxx de 6,5%, transporte y comunicaciones de 6,2%, industria y minería de 6,1%, y académicos y consultores de 6,0%”, se muestra en la siguiente gráfica:
FUENTE: BANCO DE LA REPÚBLICA
El salario mínimo para el año 2017 es de $737.717 que representa un aumento frente al año inmediatamente anterior del 7%.
Se recomienda asignar los riesgos del alza de las tasas de interés y la variación de salarios expuestos, a cuenta y riesgo del contratista.
Información Financiera Utilizada
De las empresas seleccionadas con la verificación realizada por el área técnica en el portal de contratación pública de las Entidades con las que se ha contratado el servicio de interventoría, se tomó como información valida y suficiente los indicadores financieros ingresando a la plataforma del SIREM de la Superintendencia de Sociedades; para el último año se tomó la información que le fue reportada a dicha entidad con corte a 31 de diciembre de 2015, se analizaron las actividades de consultoría informática y actividades
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de administración de instalaciones informáticas (6202) y actividades de consultoría de gestión (7020), como se muestra a continuación:
ENTIDAD | FUENTE DE INFORMACIÓN | ACTIVIDAD ECONÓMICA |
ASSURANCE CONTROLTECH S.A.S | REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES | 6202 |
INFOTIC S.A. | SIREM | 7020 |
PRICE XXXXXXXXXX COOPERS ASESORES GERENCIALES LTDA | SIREM | 7020 |
Al analizar la información de Assurance Controltech S.A.S que tiene como actividad económica la consultoría informática y actividades de administración de instalaciones informáticas (6202), se observa lo siguiente:
ANÁLISIS DEL SECTOR ACTIVIDAD ECONÓMICA 6202 "Actividades de consultoría informática y actividades de administración de instalaciones informáticas" | ||
NUMERAL | 6202 | Assurance Controltech S.A.S |
31/12/2015 | ||
Cifras expresadas en miles de pesos | Cifras expresadas en pesos | |
CAPACIDAD FINANCIERA | ||
Indice de Liquidez = Activo corriente / Pasivo Corriente | 1.60 | 5.47 |
En este indicador se observa que la entidad analizada cuenta con un ìndice de liquidez superior al del sector analizado, sin embargo es superior a uno, es decir que la empresa puede responder por sus obligaciones en el corto plazo ya que el valor de los activos corrientes es superior a las obligaciones de corto plazo. | ||
Nivel de Endeudamiento =(Pasivo Total / Activo total) X 100 | 65.31% | 32.57% |
En este indicador se observa que la empresa tiene un nivel de endeudamiento inferior al de los sector analizado con el 32.57%. | ||
Capital de Trabajo = Activo corriente - Pasivo Corriente = Al 100% del valor del contrato | Cumple | |
En este indicador se observa que la entidad analizada cuenta con un capital de trabajo del 100% del valor del contrato. | ||
Patrimonio = Activo- Pasivo = Al 100% del valor del contrato | Cumple | |
En este indicador se observa que la entidad analizada cuenta con un patrimonio el 100% del valor del contrato. | ||
Rentabilidad del Activo = Utilidad Operacional/Activo Total | 13.24% | 16.59% |
En este indicador se observa que la entidad analizada tiene una rentabilidad superior frente al sector analizado con el 16.59%, al igual que al analizar la utilidad operacional de la empresa es positiva. | ||
Rentabilidad del Patrimonio = Utilidad Operacional/Patrimonio | 38.17% | 24.61% |
En este indicador se observa que la entidad analizada tiene una rentabilidad inferior frente al sector analizado con el 24.61%, al igual que al analizar la utilidad operacional de la empresa es positiva. | | |
DATOS FUENTE DEL CÁLCULO | ||
Activo Corriente | $ 818,628,661 | $ 3,373,585,185 |
Activo Total | $ 1,096,358,527 | $ 3,386,875,661 |
Pasivo Corriente | $ 513,146,138 | $ 617,102,616 |
Pasivo Total | $ 716,001,435 | $ 1,103,097,454 |
Patrimonio Total | $ 380,357,092 | $ 2,283,778,207 |
Utilidad Operacional | $ 145,171,195 | $ 561,979,281 |
Presupuesto Proyectado (INCLUIDO IVA) | $ 2,172,955,917 | $ 2,172,955,917 |
Notas: | Se tomó como información valida y suficiente los indicadores financieros ingresando a la plataforma del SIREM de la Superintendencia de Sociedades, para las cifras del año 2015. La información de Assurance Controltech S.A.S se tomó de la información financiera contenida en el Registro Único de Proponentes con corte a 31/12/2015 |
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Al analizar la información de Infotic S.A. y Price Xxxxxxxxxx Coopers Asesores Gerenciales Ltda que tienen como actividad económica las actividades de consultoría de gestión (7020), se observa lo siguiente:
ANÁLISIS DEL SECTOR ACTIVIDAD ECONÓMICA 7020 "Actividades de consultar de gestión" | |||
NUMERAL | 7020 | INFOTIC S.A. | PRICE XXXXXXXXXX COOPERS ASESORES GERENCIALES LTDA |
31/12/2015 | 31/12/2015 | ||
Cifras expresadas en miles de pesos | |||
CAPACIDAD FINANCIERA | |||
Indice de Liquidez = Activo corriente / Pasivo Corriente | 1.92 | 1.37 | 1.65 |
En este indicador se observa que las entidades analizadas cuentan con un ìndice de liquidez inferior al del sector analizado, sin embargo es superior a uno, es decir que las empresas observadas pueden responder por sus obligaciones en el corto plazo ya que el valor de los activos corrientes es superior a las obligaciones de corto plazo. | | | |
Nivel de Endeudamiento =(Pasivo Total / Activo total) X 100 | 41.68% | 77.20% | 58.06% |
En este indicador se observa que las empresas analizadas tienen un nivel de endeudamiento superior al del sector analizado con el 58.06%. | | | |
Capital de Trabajo = Activo corriente - Pasivo Corriente = Al 99% del valor del contrato | 99.29% del valor del contrato | 100% del valor del contrato | |
En este indicador se observa que de las entidades analizadas cuentan con un capital de trabajo del 99.29% del valor del contrato. | |||
Patrimonio = Activo- Pasivo = Al 88% del valor del contrato | 87.81% del valor del | 100% del valor del contrato | |
En este indicador se observa que las entidades analizadas cuentan con un patrimonio el 87.81% del valor del contrato. | |||
Rentabilidad del Activo = Utilidad Operacional/Activo Total | 6.71% | 17.47% | 15.84% |
En este indicador se observa que las entidades analizadas tienen una rentabilidad superior frente al sector analizado con el 17.47% y 15.84%, al igual que al analizar la utilidad operacional de la empresa es positiva. | |||
Rentabilidad del Patrimonio = Utilidad Operacional/Patrimonio | 11.51% | 76.64% | 37.78% |
En este indicador se observa que las entidades analizadas tienen una rentabilidad superior frente al sector analizado con el 76.64% y el 37,78%, al igual que al analizar la utilidad operacional de la empresa es positiva. | |||
DATOS FUENTE DEL CÁLCULO | |||
Activo Corriente | $ 1,609,200,785 | $ 7,923,321 | $ 50,860,940 |
Activo Total | $ 3,693,515,779 | $ 8,299,083 | $ 53,053,105 |
Pasivo Corriente | $ 839,296,870 | $ 5,783,974 | $ 30,805,211 |
Pasivo Total | $ 1,539,576,624 | $ 6,407,000 | $ 30,805,211 |
Patrimonio Total | $ 2,153,939,155 | $ 1,892,083 | $ 22,247,894 |
Utilidad Operacional | $ 248,017,123 | $ 1,450,062 | $ 8,405,519 |
Presupuesto Proyectado (INCLUIDO IVA) | $ 2,154,678 | $ 2,154,678 | $ 2,154,678 |
Notas: | Se tomó como información valida y suficiente los indicadores financieros ingresando a la plataforma del SIREM de la Superintendencia de Sociedades, para las cifras del año 2015. La información de INFOTIC S.A. y PRICE XXXXXXXXXX COOPERS ASESORES GERENCIALES LTDA se tomó de la información financiera contenida en la plataforma del SIREM con corte a 31/12/2015 |
En conclusión, al evaluar las diferentes actividades económicas de las empresas seleccionadas que se dedican a prestar servicios de interventoría, para el último año se observa que presentan una razón de endeudamiento que no supera el 65.31%, es decir que por cada peso invertido en activos el 65.31% es financiado por acreedores (Entidades financieras, proveedores, empleados, etc…), un indicador de solvencia superior al 1.53 y
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un indicador de liquidez superior al 1.60, este indicador muestra por cada peso que se debe en el corto plazo, cuanto posee la Entidad en sus activos, lo ideal es que la relación sea uno (1) a uno (1).
5.2.3. Tratados y convenios internacionales
A continuación, se presenta una tabla con los acuerdos comerciales existentes y su aplicación a la normatividad colombiana de acuerdo al “Manual para el manejo de acuerdos comerciales en procesos de contratación” publicado por Colombia Compra Eficiente:
ACUERDO COMERCIAL | LEY | APLICABLE |
Alianza Pacífico 2 | Ley 1746 de 2014 | NO |
Canadá | Ley 1363 de 2009 | NO |
Chile | Ley 1189 de 2008 | NO |
Corea | Ley 1747 de 2014 | NO |
Xxxxx Rica | Ley 1763 de 0000 | XX |
Xxxxxxx XXXX0 | Xxx 0000 xx 0000 | XX |
Xxxxxxx Xxxxxx | Ley 0000 xx 0000 | XX |
Xxxxxx | Ley 172 de 1994 | NO |
Triángulo Norte4 | Ley 1241 de 2008 | NO |
Unión Europea | Ley 1669 de 2013 | NO |
En relación con la lista de acuerdos comerciales negociados por Colombia, se observa que la Federación Colombiana de Municipios no se encuentra incluida de manera expresa, por lo que se concluye que no se dará aplicación a ninguno de los mencionados acuerdos.
5.3. Disponibilidad presupuestal
De acuerdo con lo anterior, se concluye para efectos presupuestales que la Federación Colombiana de Municipios, cuenta con disponibilidad presupuestal Nº 1020170128 del 27 de enero de 2017, para atender el gasto que demande el contrato que se derive del presente proceso de contratación, por valor de DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL SESENTA Y SIETE PESOS MONEDA
LEGAL ($272.145.067,00) incluido IVA., expedido por la Directora Administrativa y Financiera. La imputación presupuestal se hace con cargo al rubro de gastos de funcionamiento de la Federación Colombiana de Municipios.
2 Los Estados de la Alianza Pacífico son Chile, Colombia, México y Perú.
3 Los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA por sus siglas en inglés) son Islandia, Liechtenstein, Noruega y Xxxxx
0 Xxx Xxxxxxx xxx Xxxxxxxxx Xxxxx xxx Xx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx y Honduras
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6. JUSTIFICACIÓN Y CRITERIOS DE SELECCIÓN
6.1. Análisis de la Oferta
El sector de Auditoría e Interventoría colombiana está dominado por las pequeñas y medianas empresas; al día xx xxx, cuatro (4) firmas grandes de interventoría lideran el mercado (PricewaterhouseCoopers (PwC), Deloitte Touche Tohmatsu, Xxxxx & Xxxxx y Klyndveld Main Goerdieler & Peat Marwick International (KPMG) con un porcentaje de participación del 30%5; el restante está repartido en un número de firmas, centros de investigación e independientes.
Por otra parte, las firmas consultoras (en donde se ubica el servicio de interventoría) tienen un panorama lleno de retos; actualmente la demanda por servicios de consultoría es ligeramente inferior a la oferta; esto para el consultor significa que debe enfrentarse a un mercado cerrado pero lleno de oportunidades de crecimiento dentro de la dinámica de la economía colombiana.
La competitividad e innovación propias de los servicios de consultoría hacen cada día que esta actividad sea mucho más exigente, sin embargo, se puede identificar que el mercado está compuesto por firmas que difieren mucho en cuanto a calidad, capacidad financiera y estructura organizacional. Por una parte, se encuentran las firmas consultoras internacionales las cuales manejan una estructura de costos elevada, lo cual se ve reflejado en el precio final por sus servicios; a estas le siguen firmas de carácter nacional que, si bien ofrecen tarifas y un esquema de costos más bajo, aun superan a algunas consultoras del medio local.
Por último, se puede identificar una amplia variedad de consultoras pequeñas o unipersonales, las cuales son lideradas por profesionales retirados o profesores de universidad. Estas firmas ofrecen un enfoque más personalizado y las tarifas más bajas del segmento. Lo anterior evidencia la pluralidad de firmas y profesionales independientes que prestan el servicio de consultoría, dentro del cual se enmarca la interventoría.
Adicionalmente, se realizó búsqueda de procesos de contratación en la página xxxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, encontrándose contratos que se ajustan al proceso de interventoría; sin embargo, el alcance de los mismos varia considerando el tipo de interventoría.
5 xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxxx-xxxxx-xxxxxx-xxxxxxxxx-xxxxxxxxxx-xxxx-00000
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A continuación, se muestran las imágenes de los procesos consultados en la página del SECOP; las conclusiones de dicho análisis, que incorporan tipo de proceso, objeto, vigencia de los contratos, garantías, oferentes y personal requerido, se encuentran en el anexo No. 2 denominado “Estudio xx xxxxxxx– análisis del sector SECOP”.
Imagen No. 1: XXXXX - XXXXXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX
xxxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxXxxxxxx.xx?xxxXxxxxxxxxxx00-00-0000000
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Imagen No. 2: XXXXX XXX XXXXX - XXXXXXXX XXXXXXXXX XX XXXX
xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxXxxxxxx.xx?xxxXxxxxxxxxxx00-00-0000000
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Imagen No. 3: CASANARE - ALCALDÍA MUNICIPIO DE YOPAL
xxxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxXxxxxxx.xx?xxxXxxxxxxxxxx00-00-0000000
Con base en el análisis del sector realizado a los procesos contractuales, con objetos similares al que se pretende adjudicar para el presente proceso de selección, se tomó
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como referencia la información de tres (3) procesos publicados en la página de contratos SECOP, cuyo resultado arrojó lo siguiente:
Tipo de proceso: En los procesos consultados, la modalidad de contratación fue por Concurso de Méritos Abierto.
Objeto: Aunque los objetos son diferenciales, los procesos consultados se relacionan con interventoría técnica, financiera, contable, administrativa y jurídica.
Vigencia de los contratos: Se encontró que, por tratarse de interventorías realizadas a contratos de concesión, el tiempo de ejecución de los contratos consultados en su mayoría supera los 15 años; sin embargo, es importante precisar que el plazo del contrato está directamente relacionado con el cumplimiento del alcance y los entregables establecidos en las obligaciones del mismo, lo cual se constituye en un diferencial.
Garantías: Analizando las garantías que se han solicitado en relación con los procesos consultados, las más frecuentes son: seriedad de la oferta, cumplimiento del contrato, pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones, calidad del servicio y responsabilidad civil extracontractual.
Oferentes: En su mayoría son personas jurídicas bajo la figura de sociedades anónimas, sociedades anónimas simplificadas o consorcios, lo cual evidencia la existencia de pluralidad de oferentes en el mercado, interesados en participar en este tipo de procesos y que pueden cumplir con los requisitos habilitantes, condiciones de experiencia, financieras y técnicas requeridas por la entidad.
Personal requerido: Dos (2) de los procesos consultados incluyen en su personal mínimo solicitado 4 profesionales, con roles de director de interventoría, profesional de apoyo para el área técnica del sistema, profesional de apoyo para el área jurídica y profesional de apoyo para el área financiera.
En conclusión, se pudo evidenciar de manera generalizada para este análisis, que el mercado estatal se comporta de forma muy parecida en relación con procesos similares al que se pretende satisfacer y demandan este tipo de servicios, de oferentes bajo la figura de sociedades anónimas, sociedades anónimas simplificadas o consorcios, lo que refleja pluralidad de oferentes en el mercado. Aunado a lo anterior, es importante precisar que ninguno de los procesos consultados integra la totalidad del alcance y obligaciones
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del contrato que se pretende adjudicar, lo cual se constituye en un diferencial en relación con el valor del contrato.
6.2. Criterios de Selección
6.2.1. Criterios de selección referidos a condiciones y calidades de los proponentes
El presente proceso de selección se rige por el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y el Manual de Contratación expedido mediante la Resolución 02 del 3 de febrero de 2015. Sin embargo, para su desarrollo se considerará la evaluación de aspectos jurídicos, financieros y técnicos, con el fin de garantizar la objetividad y eficiencia en el proceso de selección. Por lo anterior, se evaluará la capacidad jurídica, las condiciones de experiencia, la capacidad financiera y las técnicas mínimas de los proponentes que serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos para la participación en el proceso de selección, así:
6.2.1.1. Capacidad Jurídica
A fin de verificar la capacidad jurídica de los proponentes, así como la capacidad del representante legal para celebrar contratos, se deberán allegar los siguientes documentos:
Certificado de existencia y representación legal
1. Certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición inferior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección. El objeto social debe permitirle ejecutar el objeto del contrato. Igualmente, que tenga más de 10 años de constitución, en razón a que la Entidad requiere de empresas sólidas, con experiencia y que tengan una permanencia en el mercado; vigencia superior al plazo del contrato y un (1) año más. En el caso de Uniones Temporales o Consorcios, todos los integrantes deberán cumplir con este requisito.
2. Certificado de Registro Único de Proponentes, expedido por la respectiva Cámara de Comercio dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de presentación de la propuesta.
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El registro debe encontrarse en firme, para el momento del cierre del proceso de selección.
3. La Federación Colombiana de Municipios consultará en los sistemas de información de las Entidades encargadas, los antecedentes judiciales, disciplinarios y fiscales del representante legal y de la persona jurídica que representa. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, la consulta por parte de la Entidad se efectuará sobre cada uno de los integrantes. (representante legal y persona jurídica).
La persona jurídica deberá acreditar la suficiencia de la capacidad del representante legal para la presentación de la propuesta y para la suscripción del contrato. Cuando el representante legal tenga limitaciones estatutarias, se deberá presentar adicionalmente copia del acta en la que conste la decisión del órgano social correspondiente que autorice al representante legal para la presentación de la propuesta, la suscripción del contrato, y para actuar en los demás actos requeridos para la contratación en el caso de resultar seleccionado.
Si la propuesta se presenta a nombre de una Sucursal, se deberá anexar los certificados tanto de la Sucursal como de la Casa Principal.
Las personas jurídicas extranjeras deberán acreditar mediante documento idóneo expedido por la Cámara de Comercio o la entidad quien haga sus veces en el país respectivo validado en Colombia, su existencia, el nombre o razón social, facultades del representante legal, objeto social y vigencia.
En caso de resultar favorecido con la adjudicación del proceso, el proponente extranjero deberá constituir legalmente una sucursal en el territorio nacional y que esté autorizado por la Superintendencia Financiera para prestar el servicio.
Los documentos para acreditar las condiciones del proponente extranjero, deberán cumplir con las condiciones y exigencias del país de origen.
Si la oferta es presentada por una Unión Temporal o un Consorcio, se deberá anexar el documento suscrito por sus integrantes, en el cual se establezca entre otros:
a. Indicar en forma expresa si su participación es a título de Unión Temporal o Consorcio.
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b. Designar la persona que, para todos los efectos, representará la Unión Temporal o el Consorcio.
c. Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros de la Unión Temporal o el Consorcio y sus respectivas responsabilidades.
d. Señalar en forma clara y precisa, en el caso de la unión temporal, los términos y extensión de la participación en la propuesta y en su ejecución y las obligaciones y responsabilidades de cada uno en la ejecución del contrato.
e. El objeto social de los integrantes de la Unión Temporal o Consorcio debe permitir el desarrollo de actividades relacionadas con el objeto a contratar. Igualmente, los mismos deben tener más de 10 años de constitución y vigencia superior al plazo del contrato y un (1) año más.
f. La duración del consorcio o Unión Temporal, no deberá ser inferior a la duración del contrato y un (1) año más.
g. Debe tenerse en cuenta que quienes se presenten como Consorcios o Uniones Temporales no podrán participar como persona jurídica individual.
De la misma forma los proponentes deberán adjuntar los siguientes documentos:
1. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal
2. Copia del Registro Único Tributario del RUT expedido por la DIAN
3. Copia del Registro de Información Tributaria (RIT) expedido por la Secretaría de Hacienda Distrital de Bogotá.
4. Certificación expedida por el revisor fiscal en los casos que aplique de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el representante legal, en donde conste que durante los últimos seis (6) meses anteriores a la fecha del cierre del presente proceso de selección, han pagado los aportes al sistema de seguridad social integral.
5. Formato Único de Hoja de Vida de la Función Pública para personas jurídicas
Nota: Cada uno de los proponentes de manera individual, y cada uno de los miembros de un Consorcio o Unión Temporal deberán presentar individualmente los documentos anteriormente relacionados.
6. Original de la Garantía de Seriedad de la Propuesta con sus condiciones generales. Para cubrir la sanción derivada del incumplimiento de la oferta, el proponente debe constituir y entregar junto con la propuesta, una garantía de seriedad de la oferta, la cual debe constituirse de la siguiente manera:
Beneficiario: Federación Colombiana de Municipios
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Afianzado: el oferente
Vigencia: sesenta (60) días calendario contados a partir de la fecha de cierre del proceso.
Cuantía: el equivalente al 10% del valor estimado para efectos de constitución de las garantías.
A la propuesta deberá anexarse el original de la correspondiente póliza debidamente firmada por el proponente, referida expresamente al presente proceso de selección. Si la oferta se presenta bajo la modalidad de Consorcios y Uniones Temporales, la garantía de seriedad de la propuesta deberá ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural. En caso de prorrogarse el plazo del proceso, el proponente deberá mantener vigentes todos los plazos y condiciones originales de su propuesta y ampliar la validez de la garantía de seriedad por el término adicional que señale la Federación Colombiana de Municipios.
En caso de presentarse garantía bancaria, esta deberá tener la siguiente leyenda: “La presente garantía será pagada por el garante dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha del acto administrativo que declare el incumplimiento del oferente”. La suficiencia de esta garantía será verificada por la Entidad contratante al momento de la evaluación de las propuestas.
6.2.1.2. Experiencia
La experiencia que el oferente acredite para el presente proceso de selección, para el caso de los contratos ejecutados que pretenda acreditar, deberá estar contenida en el Registro Único de Proponentes - RUP.
Sin embargo, atendiendo el objeto del proceso que se adelanta, la Entidad solicitará al contratista que xxxxxxx certificaciones de la experiencia contenida en el RUP y de los contratos en ejecución, para efectos de poder verificar aspectos puntuales que no se pueden verificar en dicho registro.
Así las cosas, con el fin de garantizar que el oferente cuenta con experiencia relevante y suficiente que le permita cumplir con el objeto del contrato que se pretende celebrar mediante el presente proceso de selección, deberá acreditar a través de certificaciones:
Experiencia
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Para poder determinar que los oferentes cuentan con experiencia suficiente para cumplir con el objeto del contrato, junto con la oferta deberán aportar:
Experiencia general: Dos (2) certificaciones de contratos ejecutados durante los últimos 5 años anteriores al cierre del presente proceso de selección, o que actualmente se encuentren en ejecución, cuyo objeto o alcance tenga relación con actividades de interventoría, auditoría o supervisión técnica, operativa y administrativa de contratos.
Nota: En relación con los contratos que se encuentren actualmente en ejecución, su avance deberá ser superior a ocho (8) meses, con respecto al plazo total pactado.
Adicionalmente, los proponentes deberán acreditar una (1) certificación de contratos ejecutados o que se encuentren en ejecución, así:
1. Experiencia específica: Una (1) certificación de contrato ejecutado durante los últimos 3 años anteriores al cierre del presente proceso de selección, o que actualmente se encuentre en ejecución, cuyo objeto o alcance tenga relación con interventoría, auditoría o supervisión técnica, operativa y administrativa, que incluya las actividades de verificación operativa, pruebas de funcionalidad de software a contratos de concesión que involucren sistemas de información de multas y sanciones por infracciones de tránsito, suministro de hardware, personal y el registro de infracciones de tránsito, cuya cantidad sea igual o mayor a setecientos mil registros (700.000) y su plazo de ejecución sea o haya sido igual o superior a un (1) año. El valor de la certificación debe ser por el doble del presupuesto asignado para la ejecución de este contrato, incluido IVA.
Las certificaciones deberán contener como mínimo los siguientes datos:
Nombre o razón social de la Entidad que certifica
Objeto del contrato
Fecha de suscripción o iniciación del contrato
Plazo y/o fecha de terminación
Xxxxx ejecutado o en ejecución del contrato
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Nota 1: Si la propuesta se presenta en Consorcio o Unión Temporal, la experiencia será la sumatoria de las experiencias de los integrantes de manera proporcional a su participación en el mismo.
Nota 2. Para efectos de la acreditación de la experiencia no se tendrán en cuenta subcontratos; los contratos válidos para acreditar la experiencia serán aquellos suscritos entre la persona contratante y el oferente (contratista de primer orden), cualquier otra derivación de estos se entenderá para efectos del proceso como subcontrato.
Nota 3. Las copias de contratos, actas de liquidación, referencias comerciales y demás documentos relativos a la ejecución contractual, se aceptarán como documentos aclaratorios de las certificaciones de experiencia presentadas y no como documentos presentados para acreditar la información exigida en las mismas.
Nota 4. El Comité de contratación establecido por el Manual de Contratación creado mediante la Resolución 02 de 2015 se reserva el derecho de verificar la información que suministre el proponente. En el caso de requerirse aclaraciones sobre los datos contenidos en las certificaciones, la Federación Colombiana de Municipios podrá solicitarlas al proponente por escrito.
6.2.1.3. Indicadores Financieros y Operacionales
a. Capacidad Financiera:
El proponente deberá acreditar los siguientes indicadores, los cuales serán verificados en el RUP con corte a 31 de diciembre de 2015.
Indicador de Liquidez: LIQUIDEZ: {(activo corriente / pasivo corriente)}. Debe demostrarse una liquidez mayor o igual a 1.60.
En el caso de Uniones Temporales o Consorcios, este indicador será el resultado de la suma de los activos corrientes de cada integrante multiplicado por su porcentaje de participación dividido entre la suma de los pasivos corrientes de cada integrante, multiplicado por su porcentaje de participación.
IS = (AT 1 * % de participación) + (AT 2 * % de participación)…
(PT 1 * % de participación) + (PT 2 * % de participación)…
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Indicador de Endeudamiento: ENDEUDAMIENTO: {(pasivo total / activo total) x 100}. Debe demostrarse un endeudamiento igual o menor a 65,31%.
En el caso de Uniones Temporales o Consorcios, este indicador será el resultado de la suma de los pasivos de cada integrante multiplicado por su porcentaje de participación dividido entre la suma de los activos totales de cada integrante, multiplicado por su porcentaje de participación.
Endeudamiento = (PT 1 * % de participación*100) + (PT 2 * % de participación* 100)
(AT 1 * % de participación) + (AT 2 * % de participación)…
Razón cobertura de intereses: RAZON COBERTURA DE INTERESES {(utilidad operacional / gastos intereses) x 100}. Debe demostrarse una razón cobertura intereses mayor o igual a 1.
En el caso de Uniones Temporales o Consorcios, este indicador será el resultado de la suma de la utilidad operacional de cada integrante multiplicada por su porcentaje de participación dividido entre la suma de los gastos de intereses de cada integrante, multiplicado por su porcentaje de participación.
IL =
(UP 1 ∗ % de participación) + (UP 2 ∗ % de participación) … (GF 1 ∗ % de participación) + (GF 2 ∗ % de participación) …
Nota: Para los proponentes cuyo gasto de intereses sea igual a cero ($0), no será necesario calcular el indicador de razón de cobertura de intereses, ya que su resultado es indeterminado. En este caso, la Entidad habilitará al proponente frente al indicador de razón de cobertura de intereses, si su utilidad operacional es positiva, en caso contrario no será habilitado.
Índice de Solvencia. SOLVENCIA: (Activo total / Pasivo total). Debe demostrarse una solvencia igual o mayor a 1.53.
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En el caso de Uniones Temporales o Consorcios, este indicador será el resultado de la suma de los activos totales de cada integrante multiplicado por su porcentaje de participación dividido entre la suma de los pasivos totales de cada integrante, multiplicado por su porcentaje de participación.
IS = (AT 1 * % de participación) + (AT 2 * % de participación)…
(PT 1 * % de participación) + (PT 2 * % de participación)…
b. Capacidad Organizacional
El proponente deberá acreditar los siguientes indicadores sobre capacidad organizacional, los cuales serán verificados en el RUP con corte a 31 de diciembre de 2015.
Rentabilidad del Patrimonio: Este indicador determina la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio. A mayor rentabilidad sobre el patrimonio, mayor es la rentabilidad de los accionistas y mejor la capacidad organizacional del proponente.
Rentabilidad del patrimonio: (Utilidad operacional / Total Patrimonio). Debe demostrarse una rentabilidad del patrimonio mayor o igual a 0.115.
Rentabilidad del Patrimonio =
Utilidad Operacional
Total Patrimonio
Rentabilidad del activo: Este indicador determina la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el activo. A mayor rentabilidad sobre activos, mayor es la rentabilidad del negocio y mejor la capacidad organizacional. Este indicador debe ser siempre menor o igual que el de rentabilidad sobre patrimonio.
Utilidad Operacional
Rentabilidad del Activo =
Total Activo
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Rentabilidad del activo: (Utilidad operacional / Total Activo). Debe demostrarse una rentabilidad del activo mayor o igual a 0.067.
De esta manera, Las propuestas presentadas bajo la modalidad de consorcio o unión temporal, deberán anexar la documentación solicitada para todos y cada uno de sus miembros, para el cálculo de indicadores de capacidad organizacional se tomará de la siguiente forma:
(Componente 1 indicador ∗ % de participación) + (Componente 1 indicador ∗ % de participación) … Indicador = (Componente 2 indicador ∗ % de participación) + (Componente 2 indicador ∗ % de participación) …
El proponente extranjero debe adjuntar certificación del revisor fiscal o contador público, según corresponda, donde conste que el cálculo de los indicadores se realizó con la información fiel de los estados financieros a 31 de diciembre de 2015, detallando el cálculo y su resultado. Para la verificación de esta documentación se tendrá en cuenta los requisitos de validez de los documentos otorgados en el exterior.
En relación con las personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia para verificar la organización operacional exigida en el presente numeral, el proponente extranjero debe adjuntar certificación del revisor fiscal o contador público, según corresponda, donde conste que el cálculo de los indicadores se realizó con la información fiel de los estados financieros a 31 de diciembre de 2015, detallando el cálculo y su resultado. Para la verificación de esta documentación se tendrá en cuenta los requisitos de validez de los documentos otorgados en el exterior.
6.2.2. Criterios de Selección Referidos a la Oferta
6.2.2.1. Valor
El valor del presente contrato para el año 2017 será de DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL SESENTA Y SIETE PESOS MONEDA LEGAL ($272.145.067,00) incluido IVA.
6.2.2.2. Forma de Pago
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La Entidad cancelará el valor del contrato de la siguiente manera:
Para la vigencia 2017, una primera cuota por valor de VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SESENTA Y SIETE PESOS MONEDA
LEGAL ($28.433.067,00) incluido IVA; y ocho (8) cuotas mensuales iguales, cada una por valor de TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL
PESOS MONEDA LEGAL ($30.464.000,00) incluido IVA. Este último valor, correspondiente a la remuneración mensual, será incrementado anualmente con el IPC a partir de la vigencia 2018.
La Federación concurrirá al pago dentro de los treinta (30) días siguientes, previa presentación del informe mensual de actividades, de la factura, la constancia del pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y certificación del supervisor del contrato.
El supervisor designado deberá verificar y certificar en un informe escrito el cumplimiento de las obligaciones contractuales, el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y dará su visto bueno para tramitar cada uno de los pagos.
Como requisito indispensable para el último pago, el supervisor designado deberá presentar para revisión de la Jefatura de Contratación, el acta de liquidación del contrato, para que sea suscrita por EL INTERVENTOR, el supervisor del contrato y el Director Ejecutivo de la Federación Colombiana de Municipios.
Los pagos estarán sujetos al cumplimiento de los trámites administrativos y presupuestales a que haya lugar.
6.2.2.3. Plazo de ejecución del contrato
El plazo de ejecución del presente contrato será hasta el veintiuno (21) de septiembre de 2022, para su ejecución se requiere de la suscripción del acta de inicio entre supervisor y contratista, previa aprobación de las garantías.
Si la ejecución del Contrato de Prestación de Servicios 45 de 2016 suscrito con Seguridad Vial - Sevial S.A. termina antes de lo pactado, este contrato igualmente se dará por finalizado, sin que genere indemnización a favor del contratista, quien renuncia a cualquier reclamación por este concepto en contra de la Federación Colombiana de Municipios.
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6.2.2.4. Personal mínimo exigido
A efectos de determinar si los posibles oferentes cuentan con personal calificado para cumplir con el objeto del contrato que se suscriba, se requiere aportar junto con la oferta, las hojas de vida del personal que se describe a continuación:
El equipo mínimo requerido debe estar compuesto por los siguientes perfiles:
Nota: Cabe aclarar que, para efectos de los criterios habilitantes, la experiencia específica no es adicional a la profesional.
PERFILES MÍNIMOS EXIGIDOS
PERFIL / No. DE CARGOS | FORMACIÓN ACADÉMICA | EXPERIENCIA PROFESIONAL | EXPERIENCIA ESPECÍFICA |
Coordinador de interventoría | Título profesional en Administración de empresas, Contaduría y/o afines. | Xxxxxx xxxx (10) años a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior. | Mínimo cinco (5) años de experiencia certificada en coordinación y/o supervisión y/o verificación de contratos de concesión que involucren el manejo de sistemas de información de multas y sanciones por infracciones de tránsito. |
Profesional Operativo | Título profesional en Administración de empresas, Ingeniería Industrial, Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Electrónica y/o afines. | Mínimo tres (3) años a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior. | Mínimo dos (2) años de experiencia certificada en supervisión y/o auditoría técnica y/o administrativa, en contratos de concesión. |
Apoyo técnico | Título profesional en Ingeniería de Sistemas, | Mínimo dos (2) años a partir de la terminación y | Mínimo un (1) año de experiencia certificada en |
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Ingeniería Electrónica y/o afines. | aprobación del pensum académico de educación superior. | actividades de consultoría y asistencia técnica en proyectos relacionados con el manejo de sistemas de información. | |
Apoyo administrativo | Título como Técnico en Administración, contabilidad o estudiante universitario con mínimo seis (6) semestres. | Mínimo un (1) año a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior. Para quienes se encuentren cursando estudios universitarios, deberán acreditar mínimo seis (6) meses de experiencia laboral. | Mínimo seis (6) meses de experiencia certificada en actividades de consultoría y asistencia técnica en proyectos relacionados con el manejo de sistemas de información. |
Nota 1: El proponente debe adjuntar con su propuesta:
La hoja de vida del personal ofertado con los perfiles antes descritos, con sus respectivos soportes de estudios (diploma o acta de grado), soportes de validación del título profesional (tarjeta profesional, y de antecedentes disciplinarios emitido por la Junta Central de Contadores para los casos que aplique) y experiencia (certificaciones laborales y/o contractuales).
Nota 2: Si el proponente es el que certifica al profesional ofertado, junto con la certificación deberá adjuntar:
Comprobante del último pago realizado a los sistemas de salud, pensión y ARL (si ha tenido vinculación de tipo laboral), de lo contrario adjuntar copia del contrato de prestación de servicios vigente.
Si es otra persona (diferente al proponente) la que certifica la experiencia del profesional ofertado, debe aportar la sola certificación.
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Nota 3: Para efectos de determinar la experiencia específica de los profesionales ofertados, la Federación Colombiana de Municipios validará cada una de las certificaciones que hagan parte de la propuesta.
Nota 4: La experiencia en docencia, no se aceptará como experiencia específica
Nota 5: Las certificaciones aportadas para acreditar la experiencia del equipo de trabajo, deberán ser expedidas por la entidad contratante y contener como mínimo la siguiente información:
- Nombre del contratante
- Fecha de vinculación y de retiro
- Cargo desempeñado
- Descripción de las funciones y/o actividades desempeñadas, cuando se acredite la experiencia específica.
- Fecha de expedición de la certificación y firma de quien la expide
Nota 6: Tratándose de títulos obtenidos en el exterior que se pretendan hacer valer, estos deberán estar debidamente homologados ante el Ministerio de Educación Nacional, de acuerdo con la reglamentación vigente. El proponente deberá anexar copia de la respectiva resolución de convalidación de estudios expedida por el Ministerio de Educación Nacional.
Nota 7: Las certificaciones de experiencia en un idioma diferente al castellano deberán acompañarse de la traducción correspondiente.
Nota 8: El comité evaluador designado, podrá verificar los datos consignados en las certificaciones aportadas por el oferente.
6.2.2.5. Obligaciones de las Partes
a. Obligaciones de la Federación:
1. Pagar al contratista el valor convenido en las fechas y forma establecida
2. Entregar oportunamente al contratista los elementos, documentos, datos e informes necesarios para el eficiente y eficaz cumplimiento del objeto contractual.
3. Velar por el cumplimiento de todas las cláusulas contractuales
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4. Exigir al contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto del contrato
5. Exigir la calidad en los servicios prestados objeto del contrato
6. Adelantar las gestiones necesarias para el reconocimiento y pago de las sanciones pecuniarias y garantías a que hubiere lugar.
7. Ejecutar en general las obligaciones que surjan de la naturaleza de este contrato
b. Obligaciones del Contratista: Generales:
1. Permitir al Supervisor la verificación del cumplimiento de las diferentes actividades desarrolladas de acuerdo con el objeto del contrato.
2. Suscribir el acta de inicio y el acta de liquidación del contrato, de forma conjunta con el Supervisor de la Federación.
3. Presentar al Supervisor los informes que la Federación Colombiana de Municipios le solicite.
4. Atender las observaciones o requerimientos que durante el desarrollo del contrato la Federación Colombiana de Municipios, le imparta a través del Supervisor; y de manera general, obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales evitando dilaciones y restricciones que pudieran presentarse.
5. Formular las observaciones y requerimientos sobre calidad, cantidad, oportunidad y eficiencia del servicio, con arreglo a los criterios y parámetros de los documentos del contrato.
6. Sugerir acciones preventivas acorde con los hallazgos encontrados en la ejecución de las actividades de interventoría.
7. Responder por toda clase de demandas, reclamos o procesos que instaure el personal o los subcontratistas que tenga a su cargo.
8. Acreditar mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal o el Representante Legal, el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (Salud, Pensión y Riesgos Laborales) de sus empleados, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
9. Constituir las garantías solicitadas, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del contrato.
10. Guardar total reserva de la información que por razón del servicio y desarrollo de sus actividades obtenga.
11. Pagar los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de todo el personal que participa en la ejecución de las actividades.
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12. Responder por el pago de los impuestos y seguros que cause la legalización del contrato.
13. Cumplir la política de seguridad de la Federación, la cual declara conocer.
14. Abstenerse de comercializar, divulgar o entregar la información de datos personales que sea conocida en relación con la ejecución del contrato.
15. Abstenerse de entregar a terceros la información de los registros que le sean dados a conocer en desarrollo del objeto contractual.
16. Suscribir acuerdo de confidencialidad respecto de la información que sea conocida en razón del objeto, y entregar los acuerdos de confidencialidad que suscriba con su personal a cargo.
17. Cumplir estrictamente con la Ley de Habeas Data
18. Presentar a la Federación un Manual de interventoría, en el cual se establezcan procesos, procedimientos, flujogramas e indicadores de gestión; el cual deberá ser aprobado y firmado por las partes involucradas y actualizado de acuerdo a los cambios que vayan surgiendo en la operación del sistema.
19. Garantizar la asistencia de un profesional, a las reuniones que convoque la Federación para tratar temas propios del contrato.
20. Abstenerse de entregar, comercializar o circular datos personales, que conozcan o a los cuales tengan acceso en ejercicio de su función como interventoría, para ello aplicarán la política de seguridad del dato que establezca la Federación y las disposiciones del marco normativo vigente.
21. El interventor solo podrá ceder el contrato o su participación, previa autorización escrita y expresa por parte del contratante.
22. Presentar a la Federación informes operativos y de gestión con periodicidad mensual de desempeño y cumplimiento contractual del contratista, sin perjuicio de aquellos que le sean solicitados por LA FEDERACIÓN en desarrollo del objeto contractual.
23. Satisfacer las demás obligaciones a su cargo que se deriven de la naturaleza del contrato.
Especificas:
a) De carácter general:
1. Participar en la liquidación del contrato No. 45 de 2016
2. Brindar capacitación y entrenamiento técnico y jurídico, al personal de interventoría vinculado para el desarrollo del contrato.
3. Conceptuar acerca de eventuales reclamaciones que se presenten por parte del contratista Sevial S.A.
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4. Realizar seguimiento periódico a los planes de trabajo elaborados en conjunto entre LA FEDERACIÓN y el contratista Sevial S.A.
5. Vigilar el cumplimiento del objeto y alcance del contrato de prestación de servicios profesionales No. 45 de 2016, suscrito entre la Federación Colombiana de Municipios y Sevial S.A.
6. Vigilar que Sevial S.A., efectué de manera permanente la totalidad de actividades que se requieran para la ejecución del contrato No. 45 de 2016.
7. Requerir a Sevial S.A. en virtud del contrato de prestación de servicios profesionales No. 45 de 2016, información adicional que considere necesaria para verificar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo.
8. Implementar para el contrato de prestación de servicios profesionales No. 45, mecanismos de control diarios, que permitan realizar auditorías de control sobre la operación, en las cuales se deben verificar los siguientes aspectos: a) Calidad de la digitación de las ordenes de comparendo. b) Consistencia de reportes enviados Vs actas de entrega de los comparendos DITRA. c) Organización de la información física y magnética. d) Productividad de las labores de sistematización y e) Mantenimiento y seguridad del punto de digitación.
9. Informar a la Federación cualquier incumplimiento por parte de Sevial S.A., de las obligaciones pactadas en el contrato No. 45 de 2016.
10. Vigilar el cumplimiento de Sevial S.A. a las observaciones y requerimientos realizados por la Federación y los que la propia interventoría le realice.
11. Informar a la Federación todo acto o acción que infiera que Sevial S.A., no ha obrado con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales o que ha ocasionado intencionalmente dilaciones y restricciones en la ejecución del contrato.
12. Vigilar que Sevial S.A., cuente con las garantías establecidas en el contrato suscrito entre esta y la Federación, de acuerdo a lo pactado.
13. Informar a la Federación todo acto, acción o hecho que infiera que Sevial S.A. no ha guardado reserva en la información que por razón del servicio y desarrollo del contrato No. 45 de 2016, ha tenido acceso.
14. Vigilar que Sevial S.A. cumpla permanentemente con el personal necesario para la prestación de servicios profesionales, de acuerdo a las condiciones pactadas en el contrato suscrito entre esta y la Federación y con el cumplimiento de las garantías laborales colombianas (salariales y prestacionales).
15. Verificar el cumplimiento a satisfacción de las obligaciones a cargo de Sevial S.A. que se deriven de la naturaleza del contrato No. 45 de 2016.
16. Verificar el acompañamiento y realización de la secretaria técnica por parte de XXXXXX, en las reuniones que sean convocadas por Dirección de Tránsito y Transporte, así como por el supervisor del contrato.
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17. Verificar que Sevial S.A. levante y suscriba las actas de reuniones sostenidas con la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional.
18. Verificar y vigilar que Sevial S.A. valide permanentemente que se realicen las modificaciones que sean del caso, para incluir y definir las condiciones jurídicas, técnicas, tecnológicas, logísticas y administrativas que se requieran para adecuar el contrato 45 de 2016 al uso de la infraestructura que deberán instalar los concesionarios viales del país, en cumplimiento de las obligaciones previstas en los contratos de concesión, relacionadas con la instalación de equipos electrónicos para el control del tráfico sobre las vías nacionales, coordinando la utilización de las diferentes tecnologías de seguimiento de tráfico (cámaras), como elementos tecnológicos de apoyo, para el fortalecimiento de la prevención de la accidentalidad vial y el procedimiento de aplicación de la norma en las vías nacionales del país.
19. Verificar que Sevial S.A. mantenga indemne a la Policía Nacional y a la FEDERACIÓN por razón de reclamos, demandas, acciones legales y costos, que surjan o en que incurra por el resultado del uso por parte de ésta, de patentes, diseños o derechos de autor que sean propiedad de terceros, y contra todo reclamo, demanda, acción legal y costo que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, ocasionados por la contratista, sus contratistas o sus proveedores durante la ejecución de las gestiones y actividades que demande el desarrollo del contrato y hasta la finalización del mismo, por hechos que le sean imputables. Se consideran como hechos imputables a la contratista todas las acciones u omisiones de su personal, de sus contratistas, de sus proveedores y del personal al servicio de cualquiera de ellos, los errores y defectos de sus diseños, materiales, equipos, software, y en general, cualquier incumplimiento de los compromisos acordados.
20. Verificar que Sevial S.A. cumpla con la política de seguridad de la Federación
21. Informar a la Federación cualquier hecho, acción o acto que infiera que Sevial S.A. ha o está comercializando, divulgando o entregando información de datos personales que sea conocida en relación con la ejecución del contrato a terceros.
22. Vigilar que Sevial S.A. cumpla estrictamente con la Ley de Habeas Data
23. Verificar el cumplimiento de Sevial SA, de lo dispuesto en el manual operativo del contrato suscrito entre la FCM y la DITRA.
b) De carácter administrativo:
1.Presentar a la Federación un cronograma de visitas semestral a las seccionales de tránsito y transporte de la policía nacional y a la sede administrativa de Sevial SA, que contemple dos (2) visitas anuales a cada uno de ellos, a fin de verificar el
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cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas entre LA FEDERACIÓN y Sevial S.A.
2.Verificar que Sevial S.A. provea de manera permanente en todas las Seccionales de Tránsito y Transporte en las que se genere imposición de órdenes de comparendos en vías nacionales, un empleado remunerado por parte del ésta, quien no tendrá relación laboral alguna con la Policía Nacional ni LA FEDERACIÓN, dotado de todos los elementos técnicos y tecnológicos, instrumentos, herramientas y conectividad necesarios.
3.Verificar y hacer seguimiento a que Sevial SA recepcione diariamente las órdenes de comparendos manuales y electrónicas impuestas sobre las vías nacionales, por parte del personal adscrito a la Dirección de Tránsito y Transporte.
4.Vigilar que Sevial S.A., verifique el correcto diligenciamiento de las órdenes de comparendos manuales y electrónicas, para garantizar el registro oportuno de las mismas en el Simit.
5.Verificar que Sevial S.A., sistematice y digitalice las órdenes de comparendo manuales recibidas para el cargue diario de la información al Sistema Integrado de Información sobre las Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito Simit.
6.Verificar que Sevial S.A. remita a los organismos de tránsito, en archivos planos u otra tecnología, la información detallada respecto a las órdenes de comparendo impuestas en su jurisdicción que han sido cargados al Sistema Integrado de Información sobre las Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito Simit, para que estos inicien la actuación administrativa.
7.Verificar que Sevial S.A. provea por su cuenta y riesgo los bienes y servicios que demande la ejecución del Contrato, ello incluye, a manera enunciativa pero no limitada: Licencias de software de sistemas operativos, licencias de software del sistema de información durante el tiempo de contrato, equipos de cómputo, impresoras, dispositivos de comunicación, y en general, todos aquellos que resulten necesarios para el adecuado cumplimiento de los compromisos adquiridos en el marco del presente contrato. En materia de los bienes que requieran actualización, Sevial S.A., la realizará cada tres (03) años o de acuerdo a la naturaleza de los mismos.
8.Verificar y realizar seguimiento a que Sevial S.A., de respuesta en lo que le corresponda, a las peticiones, quejas, reclamos y sugerencias que se formulen a la FEDERACIÓN, en los términos establecidos en la normativa legal vigente.
c) De carácter operativo:
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1.Verificar que Sevial S.A., registre de forma oportuna todas las órdenes de comparendos impuestas sobre las vías nacionales, en el Sistema de Información Nacional del Sistema Integrado de Información sobre las Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito Simit, a través de los funcionarios contratados o los diferentes canales de registro de información dispuestos por el contratista para el cumplimiento de los compromisos pactados en el contrato No. 45 de 2016.
2.Verificar que Sevial S.A. suministre a la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, los talonarios de comparenderas manuales, con sus respectivos rangos asignados a través del software especializado, necesarios para realizar la labor de imposición de órdenes de comparendos en las vías nacionales durante la vigencia del contrato No. 45 de 2016 (en los términos que se establezcan en el manual operativo).
3.Verificar que Sevial S.A. designe un funcionario en forma permanente, con la formación y capacitación requerida, para la verificación de los compromisos tecnológicos pactados en el contrato No. 45 de 2016, quien deberá interactuar con la dependencia de Telemática de la Dirección de Tránsito y Transporte, para los efectos enunciados.
4.Verificar que Sevial S.A. contrate tres (03) profesionales en las áreas que determine el Director de Tránsito y Transporte, para asesorar a esa Dirección en temas relacionados con el desarrollo y ejecución del convenio suscrito entre esta y la Federación.
5.Verificar que Sevial S.A., entregue al supervisor designado por la FEDERACIÓN, dentro de los cinco (05) primeros días de cada mes, un informe de ejecución del contrato de conformidad con las directrices impartidas por la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, las cuales serán consignadas en el Manual Operativo.
6.Verificar que Sevial S.A., efectué el archivo de las ordenes de comparendo conforme a las condiciones que le sean señaladas por La Federación.
d) De carácter tecnológico:
1.Verificar que Sevial S.A., ponga a disposición de la Federación un software web especializado de asignación de rangos que permita llevar a cabo el control y seguimiento de los rangos de comparendos asignados por el Registro Único Nacional de Tránsito RUNT.
2.Verificar que Sevial S.A., efectué la cesión de derechos patrimoniales a la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional del software de asignación de rangos de comparendos, sin incluir los códigos fuentes del
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mismo suministrando los detalles de su arquitectura, asegurando la posibilidad de ajustes, modificaciones y/o actualizaciones de acuerdo a las necesidades de la Policía Nacional - Dirección de Tránsito y Transporte; lo anterior con el objetivo de realizar el seguimiento detallado en cada una de las Seccionales de Tránsito y Transporte.
3.Verificar que Sevial S.A., provea en todas las Seccionales de Tránsito y Transporte en las que se genere imposición de órdenes de comparendos en vías nacionales, los equipos de cómputo, escáneres, canales de comunicación y planes de datos de acuerdo a los términos y condiciones establecidos en el manual operativo DITRA.
4.Verificar y realizar seguimiento a que Sevial S.A., cuente con un Software Especializado para la administración de la gestión de digitación y registro de órdenes de comparendo impuestas por la Policía Nacional.
5.Verificar que Sevial S.A., cuente con un servicio de Hosting, especializado para el almacenamiento y procesamiento de la información de comparendos que se generan a través de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional.
6.Verificar que Sevial S.A., destine una persona que preste los servicios de soporte y apoyo para resolver los inconvenientes que se puedan presentar durante la operación de los sistemas de información.
Nota: Para la ejecución de las obligaciones del presente contrato, deberá tenerse en cuenta adicionalmente el Manual Operativo elaborado en el marco del convenio de cooperación 01-9-10015-16 suscrito entre la Policía Nacional y la Federación Colombiana de Municipios.
7. AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS
Conforme a la Resolución No. 02 de 2013, suscrita por el Consejo Ejecutivo de la Federación Colombiana de Municipios, el Director Ejecutivo de la Federación se encuentra autorizado para celebrar el contrato que se suscriba como resultado del presente proceso de selección.
8. CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS
FAVORABLE
En lo que respecta a la determinación de la oferta más favorable para la Entidad, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de evaluación, en una escala entre 0 a 1.000 puntos:
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Factores de evaluación | Puntaje asignado |
Experiencia adicional del proponente | 600 puntos |
Experiencia específica adicional de los perfiles mínimos exigidos. | 300 puntos |
Incentivo por apoyo a la industria nacional | 100 puntos |
TOTAL | 1.000 puntos |
8.1. Experiencia adicional del proponente: puntaje asignado 600 puntos
Se asignará el máximo puntaje de 600 PUNTOS a los proponentes que acrediten a través de certificaciones, experiencia adicional, de acuerdo con lo siguiente:
Años de experiencia en interventoría técnica y/o supervisión a contratos que incluya actividades de desarrollo de software de código seguro:
Años | Puntaje |
Entre 1 y 2 años | 200 |
Entre 3 y 4 años | 400 |
Mayor a 4 años | 600 |
Nota: Para el cálculo de los años de experiencia no se aceptan traslapos
8.2. Experiencia específica adicional de los perfiles mínimos exigidos: Puntaje asignado trescientos (300) puntos
Se asignará el máximo puntaje de 300 PUNTOS a los proponentes que acrediten experiencia específica adicional de los perfiles mínimos exigidos, teniendo en cuenta el parámetro establecido a continuación:
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- La experiencia específica adicional se debe acreditar con la respectiva certificación de experiencia.
a. Coordinador de la Interventoría (100 puntos):
Experiencia específica adicional | Puntaje |
Si acredita experiencia de cinco (5) años en supervisión de proyectos de sistemas de información de infracciones de tránsito. | 100 |
b. Profesional Operativo (100 puntos):
Experiencia específica adicional | Puntaje |
Si acredita experiencia en supervisión en dos (2) proyectos de tecnologías de la información. | 100 |
c. Apoyo técnico (50 puntos):
Experiencia específica adicional | Puntaje |
Si acredita experiencia en consultoría y/o supervisión en dos (2) proyectos de tecnologías de la información. | 50 |
d. Apoyo administrativo (50 puntos):
Experiencia específica adicional | Puntaje |
Si acredita experiencia en consultoría y/o supervisión en un (1) proyecto de tecnologías de la información. | 50 |
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8.3. Factor de apoyo a la industria nacional (100 puntos)
Se asigna dentro de los criterios de calificación un puntaje máximo de cien (100) puntos así:
Factor de apoyo a la industria nacional | |
Menos del 50% del recurso humano nacional. | 0 puntos |
50% recurso humano nacional | 50 puntos |
51% al 99% del recurso humano nacional. | 75 puntos |
100% recurso humano nacional | 100 puntos |
9. ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DEL RIESGO
El análisis de riesgos y la forma de mitigarlo se encuentra plasmado en la Matriz de Riesgos, la cual hace parte del presente proceso de selección. Ver Anexo No. 4 denominado "Matriz de riesgos".
10. GARANTÍAS
Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la firma del contrato, el Contratista debe constituir por su cuenta y a nombre de la Federación Colombiana de Municipios, garantía expedida por una compañía de seguros, legalmente establecida en Colombia, que ampare los siguientes riesgos:
Riesgo | Porcentaje | Vigencia |
Cumplimiento | 20% | Hasta la liquidación del contrato y 6 meses más. |
Pago de salarios y prestaciones sociales e indemnizaciones laborales. | 15% | El plazo del contrato y 3 años más. |
Calidad del Servicio | 20% | El plazo de ejecución del contrato y 6 meses más. |
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EL CONTRATISTA se compromete a mantener vigente la póliza por el término de duración del contrato. Las pólizas se expedirán por anualidades, manteniendo la vigencia dentro de cada una de las garantías, es decir, para cumplimiento se mantendrá la vigencia de un (1) año y pago de salarios y prestaciones sociales por tres (3) años.
Nota: Las pólizas deben ser actualizadas anualmente a partir de la vigencia 2018 de acuerdo al valor del contrato determinado para cada año, con base en el incremento anual del IPC.
11. SUPERVISIÓN
La supervisión consistirá en el seguimiento técnico, administrativo, técnico, operativo, tecnológico y legal sobre el cumplimiento del objeto del contrato.
Por lo anterior, y atendiendo al objeto del mismo, la Federación Colombiana de Municipios, establece que el perfil del supervisor del presente proceso de selección, debe ser un funcionario de planta, que cumpla con las calidades y conocimientos propios de la labor a desarrollar.
Por esta razón, se designará al Jefe de Operaciones TIC y al Coordinador de la Operación Directa de la Federación Colombiana Municipios o quien haga sus veces.
Igualmente será responsable de recibir los bienes, aceptar los servicios y autorizar los pagos, y responderá por los hechos y omisiones que les fueren imputables en los términos previstos en el artículo 84 de la Ley 1474 y de las demás normas legales y reglamentarias que regulan el ejercicio de la supervisión de los contratos.
Atentamente,
Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
Directora Administrativa y Financiera
Proyectó técnicamente: | Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | - Directora Administrativa y Financiera |
Proyectó financieramente: | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx | - Jefe Financiera |
Proyectó jurídicamente: | Xxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx | - Jefe de Contratación |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx | - Profesional de Contratación | |
Revisó: | Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | - Director Jurídico |
Xxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx | - Jefe de Contratación |
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Aprobó: | Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | - Directora Administrativa y Financiera |
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