PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE GESTION DEL SERVICIO PUBLICO CENTRO INTEGRAL MUNICIPAL DE ATENCION A LA FAMILIA (CIMAF), EN LA MODALIDAD DE CONCESION, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE GESTION DEL SERVICIO PUBLICO CENTRO INTEGRAL MUNICIPAL DE ATENCION A LA FAMILIA (CIMAF), EN LA MODALIDAD DE CONCESION, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.
1.- EL OBJETO DEL CONTRATO es la gestión y explotación del CENTRO INTEGRAL MUNICIPAL DE ATENCION A LA FAMILIA.
La gestión principal comprende la prestación de servicios relacionados con cuidadores en centros escolares, logopedia, psicología, la mediación familiar, vecinal, acogimiento familiar, , ludoteca, , cursos especializados de ayuda al individuo, apoyo familiar y todos aquellos relacionados con una atención integral a la familia en general y, a los miembros que la componen a modo particular, así como el resto de actividades complementarias recogidas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas.
2.- DESCRIPCION DEL CENTRO INTEGRAL DE ATENCION A LA FAMILIA.
El CIMAF se encontrará ubicado en un espacio facilitado por el Ayuntamiento. Si en el futuro las necesidades del servicio requirieran una mayor superficie, el Ayuntamiento de común acuerdo con la empresa adjudicataria, ampliarían la superficie disponible.
3.- ASPECTOS QUE COMPRENDE LA PRESTACION DEL SERVICIO.
El Servicio comprenderá todos aquellos aspectos necesarios para una adecuada gestión del CIMAF, tales como:
3.1Servicios socioeducativos, como cuidadores en centros escolares, escuela de familia, donde aprender a afrontar los nuevos retos que los diversos modos de familia general en la actualidad , talleres de entrenamiento y temáticos para saber como afrontar determinadas cuestiones en el ámbito familiar como el nacimiento de un hijo, separaciones, divorcios, adolescencia, etc., acciones de sensibilización, información y orientación, sobre recursos y oportunidades para las familias mediante charlas, coloquios, etc.
3.2. Servicios terapéuticos de profesionales en materia de logopedia, psicología, pedagogía,etc.
3.3 Servicios de intervención familiar a través de terapias individuales o grupales, orientación familiar y mediación familiar, intentando evitar que la solución de conflictos familiares desemboquen en el ámbito judicial
3.4 Acogimiento Familiar de menores , dirigido a llevar a cabo un adecuado seguimiento de las tutelas, la realización de un apoyo a
la intervención psicológica y social que se realice con los menores y el desarrollo de programas con adolescentes que favorezcan una actuación integradora de los mismos.
3.5Servicios de apoyo a la familia, Programas para mayores, apoyo en casa, prevención del absentismo escolar, etc.
3.6Mediación vecinal, destinada a atender los conflictos que surjan en comunidades de vecinos del municipio en general y en viviendas con alguna protección pública en particular.
3.7Asesoría legal en materias relacionadas con la familia.
3.8Formación y sensibilización, mediante la elaboración y difusión de charlas, seminarios, cursos, etc., dirigidos a profesores, padres y madres, cuidadores, menores, adolescente y mayores.
4 .- CARACTERISTICAS DEL SERVICIO.
4.1Coordinación, información y atención al público. El adjudicatario deberá encargarse de la coordinación dirección de todos los servicios que posibiliten el buen funcionamiento del Centro. Asimismo deberá facilitar la información necesaria a los usuarios y público en general sobre las distintas actividades que se desarrollen en el Centro.
4.2Régimen general de uso. Corresponde al adjudicatario gestionar los servicios indicados de acuerdo con la Ordenanzas, normativas, instrucciones técnicas y demás establecidas por el Ayuntamiento de Ciempozuelos así como otras ordenanzas, decretos, leyes,etc tanto de la Comunidad Autónoma o del Estado que sean aplicable.
4.3El Ayuntamiento se reserva el uso puntual de las instalaciones, debiendo comunicárselo al adjudicatario con una antelación mínima de 15 días y siempre que no suponga una alteración esencial de los servicios que se desarrollen habitualmente.
4.4La empresa realizará las tareas de cuidadores en los cuatro centros escolares del municipio, a razón de 3 horas cada dia lectivo, en cada uno de los centros. El Ayuntamiento podrá derivar usuarios del resto de Servicios Sociales para su atención y/o seguimiento en un mínimo de 5 horas al mes, sin coste alguno para dichos usuarios.
4.5Al adjudicatario podrá desarrollar nuevas actividades relacionadas con el objeto del contrato, previa comunicación al Ayuntamiento.
4.6Las actividades se desarrollaran en los centros escolares en el caso de los cuidadores, y en el centro mediante un sistema de cita previa centro de los horarios que se recogen a continuación:
4.6.1 Administrativo: Vía telefónica de lunes a viernes de 10 a 14 horas y de 16 a 20 horas.
4.6.2 Actividades: De 9 a 21 horas de lunes a viernes, y sábados de 9 a 14 horas.
4.6.3 Cualquier variación de estos horarios requerirá la autorización del Ayuntamiento con carácter previo a su modificación, debiendo realizarse la petición por escrito con al menos 15 días, salvo casos urgentes debidamente argumentados.
4.7Programa de actividades. La entidad adjudicataria deberá presentar con una plazo de al menos un mes al inicio de las actividades, una organización de las actividades a desarrollar. Las actividades se concertaran por medio de un sistema de cita previa, de tal manera que los recursos humanos se adapten a las necesidades existentes.
5 OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO.
El concesionario deberá prestar el servicio del modo dispuesto en el contrato y en la oferta presentada en este procedimiento administrativo y, en su caso siempre que no altere el funcionamiento normal de la actividad, de acuerdo con las instrucciones que reciba del personal responsable del Ayuntamiento de Ciempozuelos y de conformidad con las obligaciones generales fijadas en el art 246 del TRLCSP y al amparo del art 128.1 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales aprobados por decreto de 17 xx xxxxx de 1955 Serán obligaciones del concesionario, además de las determinadas en la legislación que le sea aplicable, las relacionadas en los siguientes apartados:
5.1.1 Medios personales. El adjudicatario deberá contratar por su cuenta al personal que vaya a desarrollar el servicio y las diversas actividades que comprende. En su oferta deberá proponer la configuración de los puestos de trabajo, tanto cuantitativa como cualitativamente, que considere más oportuna para la ejecución de todos y cada uno de los aspectos que comprende la prestación del servicio, teniendo en cuenta las necesidades relativas a horario, turno, sustituciones, etc. Esos recursos deberán abarcar desde la Dirección, a la administración del Centro y , por supuesto , todos los profesionales que vayan a desarrollar cada una de las actividades. El licitador deberá presentar un compromiso respecto al personal que contratará para la ejecución del presente contrato. Los requisitos mínimos se recogen en el anexo nº 1. Anualmente o cuando lo solicite el Ayuntamiento, el adjudicatario deberá presentar una relación del personal que está desempeñando cada puesto de trabajo. Dicho personal deberá observar en todo momento decoro personal, corrección y respeto al usuario del servicio. El adjudicatario organizará su personal de modo que cubra las necesidades que existan en el funcionamiento de la instalación y, en todo caso, deberá sustituir de forma inmediata las ausencias que puedan interferir en el adecuado desarrollo del servicio. Con el fin de precisar lo dispuesto en el artículo 43 del RD legislativo 1/1995 de 24 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, se entiende que en todo caso no existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución de este contrato y el Ayuntamiento de Ciempozuelos por cuanto aquel queda sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, esta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicable al caso.
5.1.2 Medios materiales. El adjudicatario deberá contar con los medios materiales mínimos necesarios para
la correcta prestación del servicio tal y como se recoge en el presente pliego.
5.1.3 Comunicación e imagen. La imagen, tanto exterior como interior y sus modificaciones por el paso del tiempo, se realizarán, en caso de ser necesario, de común acuerdo con el Ayuntamiento, corriendo el adjudicatario con su coste. Asimismo para la difusión de la existencia del Centro o de las actividades que en él se desarrollen, el adjudicatario podrá llevar a a cabo tareas publicitarias donde deberá incluir la identidad corporativa del Ayuntamiento.
5.1.4 Mantenimiento y Limpieza. La empresa adjudicataria velará por que el centro se encuentre en perfectas condiciones de uso y ornato. Para ello se coordinará con el Ayuntamiento para el buen funcionamiento de los servicios de vigilancia , limpieza y mantenimiento de las instalaciones . Las obligaciones del Ayuntamiento con el Centro se resumen en: limpieza, mantenimiento preventivo y correctivo del edificio y sus instalaciones. El concesionario velará por que el edificio se encuentre siempre en perfectas condiciones y deberá informar al Ayuntamiento de cualquier anomalía que detecte. Asimismo mantendrá el mobiliario y materia en perfectas condiciones, refiriéndose tanto a los aportados por el concesionario como los que tenga el edificio a su entrega. Deberá vigilar que los consumos energéticos sean los indispensables para el buen funcionamiento de la actividad, pero contribuyendo a una adecuada sostenibilidad medioambiental.
5.1.5 Seguimiento y control de las actividades. A efectos de facilitar al Ayuntamiento el seguimiento y control de la ejecución del contrato, será obligación del adjudicatario la presentación de la siguiente documentación:
5.1.5.1 Informe trimestral relacionado con la gestión del centro.
5.1.5.2 Informe resumen anual.
5.1.6 Sostenibilidad y medioambiente. El concesionario deberá cumplir con las obligaciones que se deriven de los compromisos que el Ayuntamiento adquiera en materia de medio ambiente y sostenibilidad, pudiendo dar lugar a una modificación contractual. El desarrollo del proyecto velará por un comportamiento de máximo respecto medioambiental, optimizando el uso de energía, agua, reciclando,etc.
5.1.7 Otras obligaciones.
5.1.7.1 Son responsabilidad del adjudicatario los daños que puedan causarse a personas o bienes y sean consecuencia, directa o indirecta de las actividades desarrolladas en las instalaciones.
5.1.7.2 Poner a disposición del usuario un libro de reclamaciones, sugerencia, quejas,etc.
5.1.7.3 Dedicar las instalaciones a las actividades autorizadas.
5.1.7.4 Percibir del público exclusivamente las tarifas autorizadas.
6 DERECHOS DEL CONCESIONARIO.
De conformidad con los artículos 127.2 y 128.3 R.S. el concesionario tiene los siguientes derechos:
6.1.1 Contar con la protección adecuada para poder prestar el servicio en su totalidad.
6.1.2 A mantener el equilibrio financiero de la concesión para los cual obtendrá la adecuada compensación económica que le permita mantenerla en los casos que proceda y a revisar las tarifas con arreglo a lo previsto en el contrato.
6.1.3 Ser indemnizado por los daños y perjuicios que le ocasionara la xxxxxxxx directa de la gestión del
servicio o la supresión del mismo, si esta se produjera por motivos de interés público independientes de culpa del concesionario.
6.1.4 Percibir las retribuciones correspondientes a la prestación del servicio , bien del usuario o bien del Ayuntamiento en el caso de derivación de casos.
6.1.5 Utilizar los bienes de dominio público necesarios para el servicio.
7 PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO.
La duración del contrato abarca desde 15/09/2012 hasta el 14/09/2016, pudiéndose prorrogar por periodos de cinco años hasta un máximo de 25. Dichas prorrogas serán por mutuo acuerdo y a propuesta de cualquiera de las partes. En caso de que a la finalización del contrato no exista acuerdo para la prorroga , el Ayuntamiento podrá exigir que el adjudicatario continúe prestando servicio por un periodo no superior a seis meses con la finalidad de dar continuidad al servicio público en tanto se adjudica el nuevo contrato o se asume la explotación directa por el Ayuntamiento, o hasta que se inicie la ejecución del nuevo contrato o se inicie la explotación por el Ayuntamiento si se acordara que fuera gestión directa, respectivamente.
8 REGIMEN ECONOMICO DE LA CONCESION.
8.1El régimen económico del a concesión estará determinado por los conceptos que se recoge a continuación:
8.2 Condiciones económicas:
8.2.1 Precios conforme a lo recogido por el adjudicatario en su oferta a este Procedimiento, a abonar por los usuarios del Centro por la participación en las distintas actividades. Tendrá derecho a percibirlos directamente del usuario y en ellos estará incluido el IVA.
8.2.2 Ingresos derivados de maquinas de vending,xxx.xx las hubiere.
8.2.3 Contraprestación a abonar por la Administración para la atención de los usuarios derivados de los servicios sociales que será la que resulte de la oferta económica presentada por el licitador según el modelo de proposición económica recogida en el anexo 2 del PPA, siendo como máximo de 34.560 euros anualmente, iva (8%) incluido.
8.3Equilibrio financiero.
8.3.1 Cualquier modificación de las condiciones iniciales establecidas en el contrato deberá tenerse en cuenta para mantener el equilibrio financiero en los términos que fueron considerados inicialmente para su adjudicación. Para su determinación se tomara la relación existente entre los ingresos y los gastos aquella que resulte de la nueva situación, acompañándose los estudios financieros que puedan aportar las partes contratantes. El restablecimiento del equilibrio económico se realizara mediante la adopción de las medidas que en cada caso proceda y podrán consistir en la modificación del precio del contrato o cualquier medida conducente a ello, debiendo ser aprobado por el órgano de contratación. La aportación que realiza el Ayuntamiento será revisada siempre que sea necesario para el mantenimiento del equilibrio económico , entre otra, por la siguientes causas: que el beneficio económico obtenido por el concesionario
, en el ejercicio que se da cuenta, sea superior en más de un 25.% al beneficio industrial fijado para cada ejercicio en el plan de viabilidad económica ofertado por el concesionario; o bien que el Ayuntamiento introduzca modificaciones en las prestaciones de los servicios que incremente los mismos y por tanto la compensación a ofrecer.
8.3.2 Cuando no requiera la contraprestación de la Administración y el beneficio económico obtenido por el concesionario sea superior al 50% del importe fijado como beneficio industrial, el concesionario compensara la cantidad que resulte en exceso en concepto de canon en especie, prestando horas de
atención y/o inversión en el Centro, según decida el órgano competente.
8.4 Documentación económica financiera periódica a presentar.
Documentación de carácter económico financiero que debe presentar el concesionario cada año antes del 1 de septiembre.
- Memoria de gestión. Debe incluir:
a) La cuenta de explotación
b) Indicadores de gestión
c) Informe sobre el estado de satisfacción y opinión de los usuarios
- Estados económicos financieros relativos exclusivamente al objeto de este contrato, referidos al ejercicio anterior. Incluirán:
a) Balance de situación.
b) Cuenta de pérdidas y ganancias
c) Cuadro de financiación
d) Memoria económica. La memoria económica debe incluir al menos, información referente a los siguientes conceptos:
- Las amortizaciones realizadas de los elementos de inversión
- Subvenciones corrientes o de capital recibidas
- Desglose de los ingresos por tipo de uso. Deben incluir los obtenidos por tarifas, por servicios complementarios a la actividad principal y extraordinarios. Los de tipo tarifario se deben desglosar por tarifas y los complementarios a la actividad principal por tipo de servicios realizados.
- Inversiones anuales realizadas.
- Liquidación del IVA (sólo en el caso de que la concesión la ejerza una sociedad constituida para este fin).
- Provisiones para reparaciones y mejoras. Movimientos anuales y criterios de dotación.
- Detalle de créditos y préstamos, con indicación de las garantías y vencimientos (sólo en el caso de que la concesión la ejerza una sociedad constituida para este fin).
Estos estados económicos financieros deben ser realizados conforme a los principios y criterios de valoración del Plan General Contable vigente en el ejercicio económico que corresponda.
- Inventario actualizado de los bienes muebles y equipamientos de la instalación.
- Auditoría de los estados económicos financieros, que deberá realizarse obligatoriamente mediante auditor colegiado independiente con cargo al adjudicatario, a propuesta de éste y autorizado por el órgano gestor.
A efectos del control de los ingresos de la actividad, el adjudicatario deberá abrir una o varias cuentas bancarias a las que se abonarán exclusivamente los ingresos que se obtengan por los distintos servicios de la actividad cultural.
El concesionario deberá proporcionar toda la información y documentación que estime conveniente el órgano de contratación para facilitar las tareas de seguimiento y control.
8.5Régimen contable
8.5.1 Será obligación del concesionario llevar una contabilidad propia de la concesión y separada del resto de las actividades que, en su caso, pudiera desarrollar a nivel empresarial, o bien realizar una contabilidad de costes que permita valorar el beneficio industrial obtenido, y por lo tanto el equilibrio económico de la concesión. El incumplimiento de esta obligación puede constituir causa de resolución del contrato.
8.6. Contraprestación
A mes vencido, el adjudicatario presentará factura por un importe sobre el total de la contraprestación realizada en dicho periodo.
9 OBRAS DE REFORMA Y MEJORA
9.1En el supuesto de que el Ayuntamiento estime necesaria obras de mejora o ampliación para aumentar la oferta de servicios o mejorar estos, podrá realizarse, previo acuerdo de las partes,
dando lugar a la modificación contractual correspondiente con restablecimiento del equilibrio económico en su caso.
9.2Cuando el concesionario estime necesario realizar obras o ampliaciones que puedan mejorar desde su punto de vista el funcionamiento del centro o las actividades que en él se desarrollan, deberá comunicarlo por escrito al Ayuntamiento, con una antelación mínima de 60 días hábiles, para su examen e informe, debiendo ser aprobado por el órgano de contratación. El coste de su realización será por cuenta del concesionario
9.3Las mejoras, ampliaciones y toda clase de obras realizadas en la instalación. Debidamente autorizadas, pasaran a propiedad municipal a la finalización del contrato, sin derecho alguno por parte del concesionario a recibir indemnización ni compensación.
10 REVERSION
De conformidad con los artículos 283 del TRLCSP y 131 R.S., una vez finalizado el contrato revertirán al Ayuntamiento:
- Las instalaciones en perfectas condiciones de funcionamiento y conservación.
- Las mejoras e inversiones realizadas en las instalaciones.
- El conjunto de bienes muebles (equipamiento) incorporados de forma permanente a la misma y sin los cuales podría perder su naturaleza.
La reversión se producirá, en todo caso, sin coste alguno para el Ayuntamiento y libre de cargas o gravámenes.
En el plazo de cinco meses anteriores a la reversión, se adoptarán las disposiciones encaminadas a que la entrega se verifique en las condiciones convenidas, dándose por parte del Ayuntamiento las instrucciones precisas para ello, designándose un responsable del concesionario a fin de velar por la situación y estado de conservación del Centro
ANEXO 1. Mínimo de medios personales y actividades. MEDIOS PERSONALES:
La empresa adjudicataria deberá contar con estos medios en su estructura, estando disponibles para la prestación del servicio conforme a la configuración de las citas previas para el mismo.
Un/a Responsable del Centro, Grado Superior o Medio en Ciencias relacionadas con el Trabajo Social, Sociología, Económicas, Grado de Educación Social o Derecho.
1 licenciado/a en Psicología Clínica
1 Diplomado/a en Trabajo Social
4 Titulados como Monitor de Ocio y Tiempo Libre. Un/a abogado/a especializada en Derecho de Familia. Un/a Administrativo para la atención telefónica
Un/a logopeda.