PLIEGO DE CLÁUSULAS JURÍDICAS Y ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE LOCALES DE USO COMERCIAL EN EL HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO DE SANTA LUCÍA EN CARTAGENA.
PLIEGO DE CLÁUSULAS JURÍDICAS Y ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE LOCALES DE USO COMERCIAL EN EL HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO DE SANTA XXXXX EN CARTAGENA.
I DISPOSICIONES GENERALES
1. OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto de la contratación regulada en el presente pliego es el arrendamiento de los locales para uso comercial, propiedad de GISCARMSA, a los que se refiere cada uno de los lotes incluidos en el Anexo 1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. Se encuentran ubicados en la planta baja y en la denominada planta verde del Hospital General Universitario de Santa Xxxxx (en adelante HUSLA).
La contratación se fracciona en diez lotes, que se detallan en el Anexo 1 del citado Xxxxxx, constituyendo el objeto de cada lote una unidad funcional susceptible de realización independiente.
La ejecución del objeto del contrato deberá adecuarse a lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, que tiene carácter contractual.
Inicialmente, en los indicados locales sólo podrán llevarse a cabo las actividades o servicios que se indican en cada caso, sin perjuicio de su modificación de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
2.1. El órgano de contratación, que actúa en nombre de Gestora de Infraestructuras Sanitarias de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx,
S.A.U. (XXXXXXXXX), provista de C.I.F. número A-73339053, es la Gerencia, según resultan de la escritura de apoderamiento otorgada a su favor en fecha 2 de diciembre de 2009, ante el Xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio xx Xxxxxx, con residencia en Murcia, D. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, bajo número 2.996 de su protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil.
2.2. El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato.
3. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN
3.1. El presente contrato tiene naturaleza privada y se regirá por el presente Pliego de Cláusulas Jurídicas y Económico – Administrativas, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los respectivos contratos.
En lo no previsto en este pliego, estos contratos, que se califican como contratos de arrendamiento para uso distinto del de vivienda, se regirán por la Ley 29/1994, de 24 de noviembre de Arrendamientos Urbanos, y, supletoriamente, por lo dispuesto en el Código Civil.
En caso de discordancia entre el presente Xxxxxx y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Jurídicas y Económico – Administrativas, en el que se contienen los derechos y obligaciones de las partes del contrato.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, pliegos o normas de toda índole aprobadas por GISCARMSA, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al arrendatario de la obligación de su cumplimiento.
3.2. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes.
Aquellas cuestiones litigiosas que pudieran plantearse serán sometidas a los Juzgados y Tribunales de la ciudad xx Xxxxxx, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponder.
Sin perjuicio de ello, todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultante de la ejecución o interpretación del presente contrato o relacionados con él, directa o indirectamente, se resolverán definitivamente mediante arbitraje en el marco de la Corte de Arbitraje de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación xx Xxxxxx, a la que se encomienda la administración del arbitraje y la designación de los árbitros, de acuerdo con su Reglamento y Estatutos. El cumplimiento xxx xxxxx arbitral que se dicte será obligatorio para las partes del contrato.
4. CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
Podrán contratar con GISCARMSA las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 49.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP). Así, no podrán contratar con GISCARMSA las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes:
a) Haber sido condenadas mediante sentencia firme por delitos de asociación ilícita, corrupción en transacciones económicas internacionales, tráfico de influencias, cohecho, fraudes y exacciones ilegales, delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, delitos contra los derechos de los trabajadores, malversación y receptación y conductas afines, delitos relativos a la protección del medio ambiente, o a pena de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio. La prohibición de contratar alcanza a las personas jurídicas cuyos administradores o representantes, vigente su cargo o representación, se encuentren en la situación mencionada por actuaciones realizadas en nombre o a beneficio de dichas personas jurídicas, o en las que concurran las condiciones,
cualidades o relaciones que requiera la correspondiente figura de delito para ser sujeto activo del mismo.
b) Xxxxx solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declaradas en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
c) Haber sido sancionadas con carácter firme por infracción grave en materia de disciplina xx xxxxxxx, en materia profesional o en materia de integración laboral y de igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas con discapacidad o por infracción muy grave en materia social, incluidas las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 xx xxxxxx, o en materia medioambiental, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 xx xxxxx, de Evaluación de Impacto Ambiental; en la Xxx 00/0000, xx 00 xx xxxxx, xx Xxxxxx; en la Ley 4/1989, de 27 xx xxxxx, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres; en la Ley 11/1997, de 24 xx xxxxx, de Envases y Residuos de Envases; en la Ley 10/1998, de 21 xx xxxxx, de Residuos; en el Texto Refundido de la Xxx xx Xxxxx, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación
d) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos que reglamentariamente se determinen.
e) Haber incurrido en falsedad al efectuar la declaración responsable a que se refiere el artículo 130.1.c o al facilitar cualesquiera otros datos relativos a su capacidad y solvencia, o haber incumplido, por causa que le sea imputable, la obligación de comunicar la información prevista en el artículo 59.4 y en el artículo 305.
f) Estar incursa la persona física o los administradores de la persona jurídica en alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 10 xx xxxxx, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones públicas o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 xx xxxxx, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma.
La prohibición alcanzará a las personas jurídicas en cuyo capital participen, en los términos y cuantías establecidas en la legislación citada, el personal y los altos cargos de cualquier Administración Pública, así como los cargos electos al servicio de las mismas.
La prohibición se extiende igualmente, en ambos casos, a los cónyuges, personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva y descendientes de las personas a que se refieren los párrafos anteriores, siempre que, respecto de los últimos, dichas personas ostenten su representación legal.
x) Xxxxx contratado a personas respecto de las que se haya publicado en el Boletín Oficial del Estado el incumplimiento a que se refiere el artículo 18.6 de la Ley 5/2006, de 10 xx xxxxx, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, por haber pasado a prestar servicios en empresas o sociedades privadas directamente relacionadas con las competencias del cargo desempeñado durante los dos años siguientes a la fecha de cese en el mismo. La prohibición de contratar se mantendrá durante el tiempo que permanezca dentro de la
organización de la empresa la persona contratada con el límite máximo de dos años a contar desde el cese como alto cargo.
5. RENTA DEL ARRENDAMIENTO.
El arrendatario deberá abonar a GISCARMSA una renta anual, que será como mínimo por el importe que se detalla a continuación, IVA excluido:
- Lote 1: 1.440,00 euros.
- Lote 2: 1.320,00 euros.
- Lote 3: 1.320,00 euros.
- Lote 4: 3.060,00 euros.
- Lote 5: 6.630,00 euros.
- Lote 6: 1.530,00 euros.
- Lote 7: 3.000,00 euros.
- Lote 8: 6.780,00 euros.
- Lote 9: 3.360,00 euros.
- Lote 10: 3.000,00 euros.
Dicha renta será mejorada al alza por los licitadores.
La renta se devengará mensualmente por doceavas partes y por meses anticipados. La primera renta mensual se determinará en proporción a los días naturales que resten entre la fecha de firma del contrato y el final de ese mes. Las siguientes y sucesivas se devengarán por meses naturales completos.
El pago mensual se efectuará por el arrendatario mediante domiciliación bancaria del recibo que GISCARMSA girará anticipadamente del 1 al 7 de cada mes natural a cargo de aquél, debiendo pagarse en el momento de su presentación o cargo en cuenta por parte del Banco o Entidad autorizada por XXXXXXXXX.
GISCARMSA podrá emitir, además, facturas o recibos complementarios a cargo del arrendatario para regularizar diferencias de actualización xx xxxxx anual o mensual o como suplidos por consumo de luz y agua.
El retraso del adjudicatario en el abono de las cantidades contratadas durante siete días consecutivos, autorizará a GISCARMSA a promover contra el mismo el correspondiente procedimiento de desahucio, sin perjuicio de la acción para el cobro de las rentas en descubierto.
La Renta anual por la que sean adjudicados los contratos, será revisada anualmente, una vez transcurrido un año desde la firma de los mismos, de acuerdo con el Índice de Precios al Consumo, en términos de Tasa de variación anual para la Región xx Xxxxxx, publicado por el Instituto Nacional de Estadística.
El arrendatario se obliga a cumplir las obligaciones fiscales de retenciones e ingresos establecidas en las normas aplicables y a entregar anualmente al arrendador el correspondiente certificado de retenciones.
6. DURACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato de arrendamiento tendrá una duración inicial de tres años, prorrogables tácitamente por otro período de siete años, si no media denuncia expresa de ninguna de las partes con una antelación mínima de tres meses anteriores al vencimiento. A partir del décimo año de vigencia, el contrato será prorrogable anualmente hasta un xxxxxx xx xxxx años más, si no media denuncia expresa de alguna de las partes con una antelación mínima de tres meses anteriores al vencimiento de cada una de las prórrogas anuales.
En caso de que no se prorrogue el contrato, el arrendatario no tendrá derecho a indemnización alguna.
II ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
7. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
El contrato se adjudicará, mediante procedimiento abierto, al licitador que presente la oferta xx xxxxx más alta, siendo éste el único criterio determinante de la adjudicación.
8. PLAZO Y PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
8.1. Las ofertas se presentarán en GISCARMSA, Xxxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, 0, Xxxxxxxx XXXX X, 0x xxxxxx, 00000 Xxxxxxxxx (Xxxxxx), hasta las 14:30 horas del día señalado en el anuncio de licitación del contrato publicado en el perfil del contratante: xxxx://xxx.xxxx.xx (Contratación Pública, Perfil de Contratante –anuncios de contratación-, Consejería de Sanidad, GISCARMSA). Los anuncios se publicarán además en la Web de GISCARMSA: xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xx.
8.2. El horario para presentación de ofertas y solicitud de información será de 8:30 a 14:30 horas, de lunes a viernes excepto festivos.
Los licitadores podrán realizar una visita al hospital planificada para el día 28 de febrero de 2011, a las 09:00 horas.
8.3. La presentación podrá realizarse mediante entregas en las oficinas de GISCARMSA, bien personalmente o bien mediante envío por mensajería entregado dentro del plazo señalado. También podrá realizarse mediante envío por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío y comunicar en el mismo día al órgano de contratación, por fax, télex o telegrama, la remisión de la proposición. Dicha comunicación podrá también realizarse por correo electrónico, si bien este medio sólo será válido si existe constancia de su transmisión y recepción, de sus
fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición en el caso que fuera recibida fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.
No obstante, transcurridos diez días naturales desde la terminación del plazo, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
8.4. La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido del presente pliego, sin salvedad alguna.
9. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.
Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados, identificados en su exterior con indicación de la licitación a la que se concurra y el nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora, números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente.
El contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, deberá tener los requisitos que se señalan a continuación:
9.1. Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación de la contratación del arrendamiento de locales de uso comercial en el Hospital General Universitario de Santa Xxxxx". Su contenido será el siguiente:
1. El documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, en la forma siguiente:
- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar además escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial que fuera preceptivo.
- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por el Departamento Jurídico y de Contratación de XXXXXXXXX. Surtirá igualmente efecto el bastanteo de poder efectuado por cualquiera de los Servicios Jurídicos de las distintas Consejerías, Organismos Autónomos y Empresas Públicas Regionales de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
2. Declaración expresa responsable del licitador de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con el Sector Público, conforme al artículo 49.1 de la LCSP (Anexo I), comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse en el plazo de cinco días hábiles desde la notificación de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se haya efectuado ésta.
3. En el caso de que el licitador sea una persona jurídica, certificado acreditativo, expedido por el órgano de representación de la empresa, de que no forma parte de sus Órganos de Gobierno y Administración persona alguna de aquellas a que se refiere la Ley 5/94, de 1 xx xxxxxx, del Estatuto Regional de la Actividad Política (Anexo II).
4. Datos del licitador (Anexo IV)
Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia, excepto el documento acreditativo de la garantía provisional, en su caso, que habrá de aportarse en original. Así mismo, los licitadores presentarán su documentación en castellano.
9.2. Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2. Oferta económica para la licitación de la contratación del arrendamiento de locales de uso comercial en el Hospital General Universitario de Santa Xxxxx, (LOTE Nº …)”. El contenido de la oferta económica será redactado según el modelo que se establece en el presente pliego (anexo III), sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada. En la proposición económica, que no será inferior a la renta establecida en la cláusula 5 del presente pliego, deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Los licitadores podrán presentar proposiciones referidas a uno, a varios, o a la totalidad de los lotes determinados en las prescripciones técnicas, especificándose, en su caso, la oferta correspondiente a cada lote en un sobre distinto.
Cada licitador podrá presentar sólo una proposición en relación con el lote o lotes a los que se licite, sin que se puedan presentar variantes o alternativas.
10. COMISIÓN DE CONTRATACIÓN
La Comisión de contratación estará integrada por las siguientes personas:
Presidente:
Titular: Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Gerente.
Suplente: Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Directora del Departamento Jurídico y de Contratación.
Vocales:
1) Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Director del Departamento de Recursos y Explotación.
2) Xxxx Xxxx Xxxx Xxxxxxxxx, Técnica de Administración y Gestión.
3) Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Directora del Departamento Jurídico y de Contratación.
4) Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Técnica de Contratación.
Secretaria:
Titular: Xxxxxxxxxx Xxxxxx – Xxxxx Xxxxxxxx, Responsable de Coordinación y Calidad.
Suplente: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Auxiliar de Dirección.
11. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL.
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Comisión de contratación procederá a la calificación de la documentación general contenida en los sobres número uno presentados por los licitadores, y si observase defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax, telegrama o correo electrónico al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo de tres días hábiles para que lo subsane. Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación.
12. APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN.
La Comisión de contratación, una vez calificada la documentación del sobre nº 1 y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, realizará en acto público, a celebrar en el lugar y hora señalados en el anuncio de licitación, la apertura de los sobres número 2 de los licitadores admitidos, en el lugar y hora señalados en el anuncio de licitación, con arreglo al siguiente procedimiento:
En primer lugar, el Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobres nº 1, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda la Comisión hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido
entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de subsanación de defectos u omisiones.
A continuación, el Presidente de la Comisión procederá a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos, dando lectura de las ofertas formuladas por los licitadores.
Concluida la apertura de las proposiciones, el Presidente de la Comisión concretará expresamente cual sea la proposición de precio más alto, sobre la que formulará propuesta de adjudicación del contrato e invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado, informándoles, en caso de producirse éstas, de la posibilidad de presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación, en el plazo máximo de dos días hábiles.
A continuación, se dará por concluido el acto público celebrado, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Comisión.
La Comisión de contratación elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación del contrato al licitador que oferte el precio más altoo. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación no dicte la resolución de adjudicación.
Si se presentasen dos o más proposiciones iguales que resultasen ser las del precio más alto, se decidirá la adjudicación de éstas mediante sorteo.
13. ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN A LOS LICITADORES.
13.1. A la vista de la propuesta de la Comisión de contratación, el órgano de contratación dictará la adjudicación del contrato que, en todo caso, deberá recaer en el plazo máximo de veinte días a contar desde el siguiente a la apertura de las proposiciones. Transcurrido el indicado plazo sin haberse dictado acuerdo sobre la adjudicación, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición.
13.2. El órgano de contratación no podrá declarar desierta la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente pliego.
13.3. El adjudicatario, en el plazo de cinco días hábiles desde la notificación de la adjudicación, deberá presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar, así como constituir la garantía definitiva. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
Cuando el adjudicatario no cumpla las condiciones exigidas, antes de proceder a una nueva convocatoria, XXXXXXXXX podrá efectuar una nueva
adjudicación al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de cinco días hábiles para cumplimentar lo señalado en el apartado anterior.
Este mismo procedimiento podrá seguirse cuando se trate de continuar la ejecución del contrato ya iniciado y que haya sido declarado resuelto.
13.4. La adjudicación del contrato se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil del contratante de XXXXXXXXX.
14. FIANZA.
El adjudicatario del contrato, está obligado a constituir fianza en metálico en cantidad equivalente a dos mensualidades de la renta por la que se adjudique el contrato, para responder por los posibles daños y desperfectos que cause en el local.
La fianza debe depositarse en la Caja de Depósitos de la CARM.
El plazo para la constitución de la fianza será de CINCO días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación del contrato. De no cumplirse este requisito por causas imputables al adjudicatario, XXXXXXXXX declarará resuelto el contrato.
El importe de la fianza se devolverá íntegramente al inquilino cuando finalice el contrato, siempre y cuando entregue el local a GISCARMSA en perfecto estado. Si los desperfectos aludidos se producen, del importe entregado en concepto de fianza se descontarán los gastos de su reparación.
La fianza se actualizará cada cinco años en la misma proporción en la que haya sido actualizada la renta, hasta hacerla coincidir con el importe de dos mensualidades de la renta.
La fianza no puede destinarse al pago de mensualidades xx xxxxx.
15. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO.
15.1. El adjudicatario deberá presentar, en el plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación, la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias se realizará presentando la siguiente documentación:
- Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento de alta en el mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago. El alta deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe de la actividad. Esta documentación deberá estar referida al epígrafe correspondiente al objeto del contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen, debiendo complementarse con una declaración responsable del licitador de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.
- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último.
- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con la misma.
El licitador que no esté obligado a presentar todas o alguna de las declaraciones o documentos correspondientes a las obligaciones tributarias, habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social se realizará mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente o, en su caso, certificado de vida laboral negativo. En el supuesto que haya de tenerse en cuenta alguna exención, se habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
15.2. Las certificaciones a que se refieren la cláusula anterior podrán ser remitidas al órgano de contratación por vía electrónica, de acuerdo con la normativa vigente aplicable al respecto.
15.3. El adjudicatario presentará póliza de Seguro de Responsabilidad Civil que cubra entre otros, los daños causados a las personas o a los bienes propiedad de GISCARMSA, tanto de los puestos a su disposición como de los situados en el edificio del hospital y que traigan causa de las acciones u omisiones, voluntarias o no, del arrendatario o de sus empleados.
Así, cada arrendatario y por cada lote adjudicado, deberá formalizar un Seguro de Responsabilidad Civil que contenga daños a terceros por un capital un capital mínimo asegurado de 150.000,00 euros y con un sublímite por víctima no inferior a 15.000,00 euros, para la realización de las actividades contratadas. Esta póliza cubrirá los daños y perjuicios ocasionados, tanto a GISCARMSA como a terceros, como resultado de la prestación del servicio.
Anualmente deberá presentarse copia de la renovación de la póliza o certificado acreditativo de la misma.
III FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
16. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para suscribir, dentro del plazo de siete días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la adjudicación, el documento de formalización del contrato, al que se unirá, formando parte del contrato, un ejemplar xxx xxxxxx de cláusulas jurídicas y económico-administrativas y de las prescripciones técnicas.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, GISCARMSA podrá acordar la resolución del mismo.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
La formalización del contrato se publicará en el perfil del contratante de XXXXXXXXX.
El contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el adjudicatario, siendo a su consta los gastos derivados de su otorgamiento e inscripción.
IV
EJECUCIÓN DEL CONTRATO
17. RESPONSABLE DEL CONTRATO.
El órgano de contratación podrá designar una persona física o jurídica, vinculada al ente contratante o ajena a él, como responsable del contrato, quien supervisará la ejecución del mismo.
18. OBLIGACIONES DE LAS PARTES DEL CONTRATO.
El arrendatario ejecutará el contrato con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el órgano de contratación.
El arrendatario deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, tributaria, industrial, medio-ambiental, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo y demás disposiciones vigentes que le sean aplicables en relación a la actividad que desarrolla, sin que el incumplimiento por parte de dichas obligaciones implique responsabilidad alguna para GISCARMSA, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato.
Por su parte, XXXXXXXXX se obliga a poner a disposición del adjudicatario el local objeto de arrendamiento y a ejercer las acciones precisas para mantenerlo en la pacífica posesión del bien.
19. CESIÓN DEL CONTRATO A TERCEROS. SUBCONTRATOS.
El arrendatario no podrá subarrendar ni total ni parcialmente el local objeto de contrato, ni ceder ni traspasar los derechos y obligaciones derivados del contrato de arrendamiento a otra persona. El incumplimiento de esta obligación se considera esencial a los efectos previstos en la cláusula 21 del presente pliego.
En el caso de jubilación del arrendatario persona física, los herederos forzosos podrán continuar en el ejercicio de la actividad asumiendo expresamente la totalidad de los derechos y obligaciones del arrendatario inicial. En tal supuesto se dará cuenta a GISCARMSA mediante escrito en el plazo de los diez días naturales siguientes a la jubilación. La omisión de esta obligación tiene carácter de condición esencial, cuyo incumplimiento puede ser causa de resolución contractual.
En los casos de fusión, transformación o escisión de la sociedad arrendataria, la entidad resultante podrá continuar en el ejercicio de la actividad asumiendo expresamente la totalidad de los derechos y obligaciones del arrendatario inicial. De estas operaciones se dará cuenta a GISCARMSA mediante escrito en el plazo de los diez días naturales siguientes a la aprobación de la operación. La omisión de esta obligación tiene carácter de condición esencial, cuyo incumplimiento puede ser causa de resolución contractual.
En estos casos, GISCARMSA tendrá derecho a una elevación xx xxxxx del 20 por ciento de la renta en vigor.
20. TANTEO Y RETRACTO
El arrendatario renuncia a los derechos de tanteo y retracto establecidos en la normativa vigente.
21. RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Además de por el transcurso de los plazos establecidos, en la cláusula 6 del presente pliego, el contrato se extinguirá por su resolución. Serán causas de resolución del contrato las siguientes:
- El incumplimiento por el arrendatario de las obligaciones asumidas, en especial el incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales, calificadas como tales en el presente pliego o en el pliego de prescripciones técnicas.
- La falta de pago del precio en el plazo estipulado.
- La falta de constitución de la fianza.
- La falta de formalización del contrato.
- La resolución judicial en los términos dispuestos en el artículo 61 de la Ley Concursal 22/2003.
- El muto acuerdo de las partes salvo que existan razones de interés público que hagan innecesaria o inconveniente la permanencia del contrato.
- La muerte o incapacidad sobrevenida del arrendatario individual si no es posible la continuación del contrato con los herederos de aquél.
- Cualquier otra causa de resolución prevista en el presente Pliego o en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Los efectos de la resolución se determinarán de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.124 del Código Civil.
En Murcia, a 16 de febrero de 2011.
Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Gerente de GISCARMSA
El presente Xxxxxx se ajusta a las prescripciones establecidas en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre , de Arrendamientos Urbanos y a la restante legislación vigente.
Por el Departamento Jurídico y de Contratación,
Xx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx
ANEXO I
D./Dña. ....................................................................................., con D.N.I.
.................., domiciliado en …………………………………, calle …………………, nº …, C.P.
…………., en nombre propio (o en representación de la empresa
.............................................., con domicilio social en
....................................., calle .........................., nº …, C.P. )
DECLARA RESPONSABLEMENTE:
Que ni el declarante ni la empresa que representa, se halla incursa en prohibición de contratar con el sector público, conforme al artículo 49.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Igualmente, declara responsablemente, que él y la empresa que representa se hallan al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como no tener deudas de naturaleza tributaria con la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, comprometiéndose, en caso de resultar adjudicatario, a presentar los siguientes documentos:
a) Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último.
b) Certificación administrativa expedida por órgano competente de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, acreditativa de no tener deudas de naturaleza tributaria con la Administración Autonómica.
c) Certificación administrativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
d) Alta y último recibo del Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato.
Y para que conste, firmo la presente declaración responsable en.........................................., a.......... de................ de.....................
FIRMA
ANEXO II (Sólo en el caso de empresas)
D./Dña. ........................................................................................., con
D.N.I. ........................., en nombre y representación de la empresa
........................................................................., entidad con domicilio social
en ..........................................................................................., calle
................................................................................................, nº ,
C.P. ....................... y C.I.F. nº....................................
CERTIFICA:
Que no forma parte de los órganos de gobierno y administración de la empresa, persona alguna de aquellas a que se refiere la Ley 5/1994, de 1 xx xxxxxx del Estatuto Regional de la Actividad Política.
Y para que así conste, ante GISCARMSA, se expide la presente en............................................, a.......... de.................. de............
FIRMA
ANEXO III. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D…………………………………………………………………….…………, con domicilio en
………………………………………, C.P ……………, D.N.I. nº ............., teléfono……….., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de …………………………….., con domicilio en ,
C.P …………, teléfono ……………….., y C.l.F. nº ………………….), interesado en participar en procedimiento abierto convocado por XXXXXXXXX, para la contratación del arrendamiento de locales de uso comercial en el Hospital General Universitario de Santa Xxxxx, por medio de la presente solicito tomar parte en el referido procedimiento, de conformidad con lo establecido en el Pliego de Cláusulas Jurídicas y Económico Administrativas y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, cuyos contenidos asumo íntegramente, y DECLARO:
Que me comprometo a arrendar el local comercial nº …, destinado a…………………………………………………………………………………………………., ubicado en el Hospital General Universitario de Santa Xxxxx, con arreglo a la siguiente oferta económica:
Precio Anual: euros. I.V.A.: euros. Total euros.
En , a de de 2011.
Firma,
ANEXO IV