PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE HA DE REGULAR LA ENAJENACIÓN MEDIANTE CONCURSO, DE LAS PARCELAS 38, 39, 40, 41,
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE HA DE REGULAR LA ENAJENACIÓN MEDIANTE CONCURSO, DE LAS PARCELAS 38, 39, 40, 41,
42, 43, 44, 45, 46 Y 00 XXX XXXXXX XX-0 “XXXXXXXXXXX SUR” DE LA ALDEA DE EL XXXXX, DESTINADAS A LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PROTEGIDAS MEDIANTE COOPERATIVAS PROMOTORAS DE VIVIENDAS CONSTITUIDAS CONFORME A LA LEY DE SOCIEDADES COOPERATIVAS ANDALUZAS.
1.- ANTECEDENTES.
El Ayuntamiento xx Xxxxxxx, consciente del problema de la despoblación de la aldea de El Xxxxx, dadas las dificultades que en los últimos años supone el acceso a la vivienda para porcentajes significativos de la sociedad, incrementado por la escasa producción de vivienda protegida en relación con la libre, así como por el encarecimiento de ésta, ha decidido arbitrar mecanismos que puedan ayudar a disminuir y si es posible eliminar los efectos de dicho problema. Para ello va a desarrollar dos líneas de actuación que se estima son necesarias y complementarias al mismo tiempo, para conseguir el objetivo planteado.
La primera es la posibilidad de autoconstrucción sobre parcelas individuales, habiéndose presentado pliegos para la enajenación de parcelas con tal fin.
La segunda, que se presenta ahora, es la de ofertar parcelas a grupos de cooperativas, de forma que la unión de varios beneficiarios les permita reducir costes en el encargo de proyectos y direcciones de obras y ejecución, así como beneficios en cuanto a la gestión profesional de las tramitaciones de las mismas.
Se pretende así dar respuesta a los compromisos de corresponsabilidad y participación contenidos en el actual Pacto Andaluz por la Vivienda suscrito el día 13 de diciembre de 2007, y en el Plan Andaluz Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012.
Por último, la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, al regular la disposición sobre los bienes de los patrimonios públicos de suelo en su art. 76, establece la posibilidad de enajenar aquéllos, mediante cualquiera de los procedimientos previstos en la legislación aplicable a la Administración titular, salvo el de adjudicación directa, estableciendo en su apartado c), la posibilidad de cederlos gratuitamente o por precio, para el fomento de viviendas de protección oficial u otros regímenes de protección pública, a entidades sin ánimo de lucro, bien cooperativas o de carácter benéfico o social, mediante concurso.
Teniendo en cuenta estos antecedentes y la ausencia de una reserva efectiva en concursos anteriores al cooperativismo como fórmula de acceso a la vivienda, entendido éste como movimiento asociativo dirigido a aumentar una forma de resolver la necesidad de aquélla, basada en la convivencia y en la solución comunitaria de problemas y necesidades comunes, se ha creído oportuno ofrecer el presente suelo por vía de concurso, restringiendo su acceso al mismo a cooperativas de viviendas constituidas conforme a la Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas.
2.- OBJETO DEL CONTRATO.
Es objeto del presente pliego, la enajenación xx xxxx (10) parcelas de terrenos edificables, con forma regular, ubicadas en el XXXXXX XX-0 XXXXXXXXXXX XXX, XXXXXXX X-0, destinadas a uso residencial unifamiliar y otros usos compatibles, con sujeción a los parámetros establecidos en el Plan Parcial SR-02 que los desarrolla.
Corresponde a la manzana R-1 una superficie de 10.611,82 m2, de los cuales se considera la enajenación de las diez (10) parcelas relacionadas como 38, 39, 40, 41,
42, 43, 44, 45, 46 y 47, con 154,20 m2 cada una de ellas, a excepción de la nº47, de 150,00 m2, para un total de 1.537,80 m2 (MIL CUATROCIENTOS XXXXXXX X XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX x XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXXXX). Xx xxxxxxx X-0
t
t
tiene asignada según planeamiento, una superficie edificable máxima de 11.106,11 m2 , para 41 viviendas protegidas, de lo que se deduce una edificabilidad máxima de 270,88 m2 por parcela.
Cada una de las parcelas de 154,20 m2, cuenta con una edificabilidad máxima resultante de la aplicación de parámetros de ocupación (80%) y alturas (2),
t
limitándose a 246,72 m2 (DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS Y SETENTA Y DOS
CENTÍMETROS CUADRADOS).
t
La parcela número 47, de 150,00 m2 de superficie, cuenta con una edificabilidad máxima resultante de la aplicación de los mismos parámetros de ocupación (80%) y altura (2), de 240,00 m2 (DOSCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS).
Tanto el presente pliego como el de condiciones técnicas revestirán carácter contractual.
3.- DESCRIPCIÓN DE LAS PARCELAS.
Parcela nº 38.- Superficie 154,20 m2. Linderos: frente, Noroeste: en 30 m. con parcela nº37; Xxxxxxx, Noreste: en 5,28 m. con C/ B (nueva creación); Izquierda, Sureste: en 30 m., con parcela nº39; Fondo, Suroeste: en 5 m. con C/ C (nueva creación). Uso: vivienda en régimen de protección.
Parcela nº 39.- Superficie 154,20 m2. Linderos: frente, Noroeste: en 30 m. con parcela nº38; Xxxxxxx, Noreste: en 5,28 m. con C/ B (nueva creación); Izquierda, Sureste: en 30 m., con parcela nº40; Fondo, Suroeste: en 5 m. con C/ C (nueva creación). Uso: vivienda en régimen de protección.
Parcela nº 40.- Superficie 154,20 m2. Linderos: frente, Noroeste: en 30 m. con parcela nº39; Xxxxxxx, Noreste: en 5,28 m. con C/ B (nueva creación); Izquierda, Sureste: en 30 m., con parcela nº41; Fondo, Suroeste: en 5 m. con C/ C (nueva creación). Uso: vivienda en régimen de protección.
Parcela nº 41.- Superficie 154,20 m2. Linderos: frente, Noroeste: en 30 m. con parcela nº40; Xxxxxxx, Noreste: en 5,28 m. con C/ B (nueva creación); Izquierda, Sureste: en 30 m., con parcela nº42; Fondo, Suroeste: en 5 m. con C/ C (nueva creación). Uso: vivienda en régimen de protección.
Parcela nº 42.- Superficie 154,20 m2. Linderos: frente, Noroeste: en 30 m. con parcela nº41; Xxxxxxx, Noreste: en 5,28 m. con C/ B (nueva creación); Izquierda, Sureste: en 30 m., con parcela nº43; Fondo, Suroeste: en 5 m. con C/ C (nueva creación). Uso: vivienda en régimen de protección.
Parcela nº 43.- Superficie 154,20 m2. Linderos: frente, Noroeste: en 30 m. con parcela nº42; Xxxxxxx, Noreste: en 5,28 m. con C/ B (nueva creación); Izquierda, Sureste: en 30 m., con parcela nº44; Fondo, Suroeste: en 5 m. con C/ C (nueva creación). Uso: vivienda en régimen de protección.
Parcela nº 44.- Superficie 154,20 m2. Linderos: frente, Noroeste: en 30 m. con parcela nº43; Xxxxxxx, Noreste: en 5,28 m. con C/ B (nueva creación); Izquierda, Sureste: en 30 m., con parcela nº45; Fondo, Suroeste: en 5 m. con C/ C (nueva creación). Uso: vivienda en régimen de protección.
Parcela nº 45.- Superficie 154,20 m2. Linderos: frente, Noroeste: en 30 m. con parcela nº44; Xxxxxxx, Noreste: en 5,28 m. con C/ B (nueva creación); Izquierda, Sureste: en 30 m., con parcela nº46; Fondo, Suroeste: en 5 m. con C/ C (nueva creación). Uso: vivienda en régimen de protección.
Parcela nº 46.- Superficie 154,20 m2. Linderos: frente, Noroeste: en 30 m. con parcela nº45; Xxxxxxx, Noreste: en 5,28 m. con C/ B (nueva creación); Izquierda, Sureste: en 30 m., con parcela nº47; Fondo, Suroeste: en 5 m. con C/ C (nueva creación). Uso: vivienda en régimen de protección.
Parcela nº 47.- Superficie 150,00 m2. Linderos: frente, Noroeste: en 30 m. con parcela nº46; Xxxxxxx, Noreste: en 5,00 m. con C/ B (nueva creación); Izquierda, Sureste: en 30 m., con parcela nº48; Fondo, Suroeste: en 5 m. con C/ C (nueva creación). Uso: vivienda en régimen de protección.
4.- NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO.
El presente contrato tiene naturaleza privada, constituyendo uno de los negocios y contratos excluidos de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, a tenor de lo dispuesto en su artículo 4.1.p).
No obstante, en cuanto a su preparación y adjudicación, se regirá por la normativa sobre contratos del sector público, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho administrativo o privado en su caso, según corresponda.
5.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
La adjudicación del contrato se llevará a cabo mediante concurso y, solo podrán concurrir a él las sociedades cooperativas de viviendas que reúnan los requisitos regulados en la Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas, Ley 14/2011, de 23 de diciembre.
6.- PLAZOS Y PENALIZACIONES.
La licencia de obras de edificación de las viviendas de protección oficial habrá de ser solicitada, como máximo, en el plazo de TRES (3) MESES a computar desde el día siguiente al de formalización, en escritura pública, del presente contrato.
El adjudicatario deberá obtener la calificación definitiva de viviendas de protección oficial en el plazo máximo de VEINTICUATRO (24) MESES, a contar desde el día siguiente al de la fecha del comienzo de las obras.
En el supuesto de incumplimiento de cualquiera de los plazos antes mencionados, el Ayuntamiento xx Xxxxxxx podrá optar por la resolución del contrato con devolución del 90% del precio del contrato o conceder un nuevo plazo de 6 meses para el cumplimiento de las obligaciones pendientes.
7.- TIPO DE LICITACIÓN.
Las ofertas económicas se basarán en el valor tipo de licitación, calculado conforme al régimen de protección oficial aplicado.
Por tanto, teniendo en cuenta los posibles regímenes de protección, y la limitación establecida en el artículo 15 del Plan Andaluz Concertado de Vivienda y Suelo, el importe establecido legalmente será considerado como tipo de licitación, pudiendo ser mejorado al alza.
A los efectos anteriormente señalados, se establece para la valoración del suelo el régimen de protección para vivienda de Iniciativa Municipal y Autonómica. Para dicho régimen, siendo Almonte municipio de ámbito territorial primero, el precio máximo de venta de las viviendas será ser de 1.516,00 euros por m2 de superficie útil (IVA y resto de impuestos aplicables no incluidos).
Se han valorado cada una de las parcelas en base a su capacidad máxima, de una vivienda por solar, aplicando el máximo de metros cuadrados útiles para el régimen especificado, de 90,00 m2 útiles de vivienda, 25,00 m2 de garaje y 8,00 m2 de trastero, obteniéndose un precio de venta de la edificación de 166.456,80 €.
El valor del suelo equivalente al 15,00 % del valor de venta indicado, resulta de 24.968,52 € por parcela, independientemente de la superficie de la parcela en tanto que la edificabilidad máxima se permite por las ordenanzas para todas las parcelas. Por ello, el valor tipo de licitación para el conjunto de las diez (10) parcelas a enajenar será de 249.685,20 € (IVA y resto de impuestos aplicables no incluidos).
En todo caso, se garantizará la viabilidad económica de la promoción inmobiliaria, en la forma establecida en el apartado “5” de la letra “B)” de la cláusula “15” del presente pliego.
8.- CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
Los criterios que servirán de base para la adjudicación del contrato serán los que a continuación se especifican, estableciéndose los siguientes criterios para la adjudicación de la parcela, sobre un máximo de 100 puntos:
1. Oferta económica. Se puntuará con la mayor puntuación la oferta económica al alza más favorable para la Administración, valorándose el resto de ofertas de forma proporcional, mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntos = (Poferta a puntuar – Ptipo)/(P mayor oferta – Ptipo) x 35 =
Siendo:
Poferta a puntuar = Precio de la oferta a puntuar
Ptipo = Precio tipo establecido en valoración de 249.685,20 € Pmayor oferta = Precio de la mayor oferta económica presentada.
La mayor oferta económica de acuerdo con la aplicación de la fórmula, tendrá un
máximo de 35 puntos.
2. Reducción del plazo máximo para la finalización de la construcción de las viviendas. Se establece un plazo máximo de VEINTICUATRO meses desde la obtención de la preceptiva licencia de obras. Se valorará con 5 puntos, cada mes de reducción del plazo fijado, hasta un máximo de 15 puntos, de acuerdo con la aplicación de la presente fórmula:
Puntos= nº de meses de reducción x 5 = (Se valorará hasta un máximo de 15 puntos, por lo que a una reducción de 3 meses se le otorgará la cantidad máxima de 15 puntos).
3. Reserva de viviendas. Se valorará el compromiso en firme de reserva de viviendas mediante fórmulas que, siendo compatibles con el sistema de cooperativas, faciliten el acceso a la vivienda de sectores de población con dificultad especial, en concreto, aquéllos a los que se refiere el “Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012”, o en su caso, el que hubiere en vigor en el momento de la licitación.
Se otorgarán 20 puntos al licitante que presente el compromiso en firme de reserva.
4. Propuesta arquitectónica y sistemas constructivos. Se considerará la propuesta arquitectónica en general y, en particular, la calidad constructiva relativa a los materiales y aislamientos a utilizar, tanto en fachada como en interiores, su integración en el entorno y demás circunstancias relacionadas con los mismos, valorándose especialmente criterios de sostenibilidad.
Se otorgará un máximo de 30 puntos a quién acredite según valoración técnica la mejor propuesta, para lo que se deberá aportar el correspondiente anteproyecto de construcción.
9.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
Estarán capacitados para contratar a los efectos del presente pliego, las sociedades cooperativas de viviendas, que reúnan los requisitos regulados en los la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, tengan plena capacidad de obrar y acrediten que no estén afectadas por ninguna de las circunstancias que enumera el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, como prohibitivas para contratar.
10.- GARANTÍA.
El licitador que resulte adjudicatario del contrato estará obligado a constituir garantía definitiva equivalente al 5% del importe de adjudicación, de conformidad con lo dispuesto en la normativa sobre contratación del sector público y responderá de los conceptos que establece el artículo 100 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en todo aquello que fuera aplicable al presente contrato.
Igualmente la garantía definitiva responderá de los daños y perjuicios sufridos a la Administración como consecuencia de la no formalización del contrato de compraventa en el plazo establecido en la cláusula 13ª del presente pliego, por lo que el adjudicatario verá decaído su derecho a la devolución de ésta en este supuesto.
11.- FORMAS DE PRESTACIÓN Y DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA.
La garantía definitiva podrá constituirse mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del TRLCSP y habrá de llevarse a efecto en el plazo de 15 días hábiles, a computar desde el siguiente al de notificación al adjudicatario del acuerdo de adjudicación definitiva, el cual será publicado en el “perfil del contratante” del Ayuntamiento xx Xxxxxxx (xxx.xxxxxxx.xx). La documentación a presentar a tales efectos, se depositará en el registro general del Ayuntamiento xx Xxxxxxx.
En el caso de que transcurra el plazo anterior sin que se hubiera aportado la garantía o cualquier otro documento exigido al propuesto como adjudicatario, decaerá automáticamente el derecho de éste a la formalización del contrato, procediendo la Mesa de Contratación a declarar esta circunstancia expresamente y a proponer la adjudicación al licitador que hubiera quedado en la siguiente posición de la relación de aspirantes que hubieran concurrido al proceso de licitación.
La garantía definitiva será devuelta una vez que el adjudicatario haya obtenido la licencia de primera ocupación de las viviendas construidas.
12.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
El comprador contrae las siguientes obligaciones:
a) A construir viviendas protegidas, en los términos recogidos en el art. 2 de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo, así como las plazas de garaje y demás construcciones complementarias sobre la parcela objeto de venta de acuerdo con la propuesta formulada en la oferta que motivó su adjudicación. Además no se podrá alterar o incumplir el régimen de vivienda ofertado.
b) A solicitar la calificación provisional de VPO y la licencia municipal de obras, a iniciar la construcción de la edificación y a concluirla en los plazos señalados en este pliego, salvo que se establezcan otros más cortos por la legislación aplicable al presente contrato.
c) A realizar el procedimiento de selección de aspirantes a socio, mediante un procedimiento de oferta pública, que garantice la igualdad de oportunidades. En cualquier caso, para el supuesto de oferta por una gestora de cooperativas, ésta tendrá que presentarse con una cooperativa legalmente constituida.
Las cooperativas que directamente o a través de una gestora resulten adjudicatarias tendrán que garantizar que mediante una oferta pública previa al inicio de la promoción puedan adscribirse como socios los ciudadanos que lo deseen. Las viviendas se adjudicarán obligatoriamente a socios incorporados a través de la oferta antedicha.
Para el supuesto de que haya más socios que viviendas se operará por sorteo con las mismas condiciones que las establecidas para cualquier promotor público o privado.
d) A informar al Ayuntamiento xx Xxxxxxx, puntual y fehacientemente, del grado de cumplimiento de las obligaciones contraídas y que hayan servido de base para la adjudicación.
e) A no transmitir a un tercero la finca objeto del presente contrato, así como a no transmitir el edificio antes de la terminación del mismo, sin previa y expresa autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxx.
f) Xxxxxxxx a su cargo las obras de reparación de los desperfectos que se causen como consecuencia de las obras de edificación.
13.- PAGO Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El pago del precio del contrato se realizará, a favor del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, con carácter previo o simultáneo a la firma de la escritura de compraventa.
A los efectos anteriores, el Ayuntamiento xx Xxxxxxx notificará al adjudicatario el resultado de la adjudicación definitiva del contrato y, en el plazo máximo de 8 (OCHO) MESES, deberá proceder a la firma de la escritura de compraventa. Todos los gastos derivados del otorgamiento de la escritura pública de compraventa serán de cuenta del adjudicatario.
El trascurso del plazo sin que se proceda a la firma de la escritura de compraventa por causa imputable al adjudicatario determinará, de forma automática, la resolución de la adjudicación y la pérdida de todos los derechos del adjudicatario, incluido el de la devolución de la garantía definitiva otorgada.
14.- PRERROGATIVAS Y DERECHOS DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX.
Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP, el Ayuntamiento xx Xxxxxxx ostentará la prerrogativa de interpretar el presente pliego de condiciones, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento y modificarlo por razón de interés público.
15.- PLAZO, LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
A) Plazo y lugar. Las proposiciones de los interesados se presentaran ante el Registro del Ayuntamiento xx Xxxxxxx (C/ Concepción, 7) antes de las 14:00 horas del día decimoquinto (15), a contar desde el siguiente en que se produzca la inserción del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia (si el último día fuese xxxxxx, xxxxxxx o festivo, el plazo concluirá el inmediato día hábil posterior).
La convocatoria del concurso para la enajenación de las parcelas se anunciará en el Boletín Oficial de la Provincia y, al menos, en un periódico de publicación diaria y de circulación en el territorio de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de que se puedan utilizar otros medios complementarios que garanticen su publicidad, quedando el futuro adjudicatario obligado al pago de los anuncios de la convocatoria.
También podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha y hora de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar el mismo día al órgano de contratación, por burofax o telegrama, la remisión de la proposición. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.
No obstante, transcurridos DIEZ (10) DÍAS NATURALES desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
B) Forma. Las proposiciones constarán de DOS sobres cerrados denominados A y B. En cada uno de los cuales se hará constar el nombre, dirección y teléfono del licitador así como la inscripción que seguidamente se indicará.
A) Sobre A, contendrá la proposición económica conforme al tipo fijado en el presente pliego, y que se ajustará al modelo contenido en el Anexo II. El sobre se presentará cerrado, y en el mismo deberá constar, además del nombre del licitador, la siguiente inscripción: “Proposición económica y criterios de valoración para optar al procedimiento de enajenación mediante concurso, de las parcelas 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46 y 47, destinada a la construcción de vivienda protegida, por cooperativas de vivienda constituidas conforme a la ley de sociedades cooperativas andaluzas”, y deberá contener, además del modelo de proposición económica antes referido (Anexo II) los documentos justificativos de los demás criterios que
se valorarán en este procedimiento y que se contemplan en la cláusula número 8 de este pliego.
B) Sobre B, en el que constará la siguiente inscripción: “Documentos generales para participar en el procedimiento de enajenación mediante concurso, de las parcelas 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46 y 47, destinada a la construcción de vivienda protegida, por cooperativas de vivienda constituidas conforme a la ley de sociedades cooperativas andaluzas”, y contendrá la siguiente documentación:
1) Documento o documentos que acrediten la personalidad del licitador y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistente:
1.2) Fotocopia del DNI del licitador cuando se trate de personas físicas. Escritura de constitución de la sociedad cooperativa, debidamente inscrita en el Registro de Cooperativas, se acompañará fotocopia del documento acreditativo del CIF. En todo caso, fotocopia del DNI del firmante de la proposición.
1.3) Cuando se actúe por representación, original o fotocopia del poder en el que conste tal representación.
2) Declaración responsable del licitador (con arreglo al Anexo I) haciendo constar que no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el artículo 60 TRLCSP, y de encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias respecto de cualquier Administración Pública (Local, Autonómica y Estatal) y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito se llevará a efecto antes de la adjudicación definitiva, en el plazo establecido en el tercer párrafo de la cláusula 10 de este pliego. En todo caso, se deberá aportar certificación acreditativa de encontrarse dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y justificación documental, de haberse abonado el último recibo exigible de dicho impuesto. En caso de encontrarse en el supuesto de exención del pago, deberá aportar declaración en dicho sentido.
3) Documentos acreditativos de la solvencia técnica, económica y financiera, a través de uno o varios de los siguientes documentos:
3.1) Informe de institución financiera que justifique la solvencia económica del licitador.
3.2) Relación de promociones de viviendas dirigidas, ejecutadas o en ejecución en el transcurso de los últimos cinco años, con expresa declaración de las promociones inmobiliarias destinadas a viviendas protegidas en régimen de cooperativa.
3.3) Presentación de las cuentas anuales o extracto de las mismas, en el supuesto de que la publicación de éstas sea obligatoria.
3.4) Cualesquiera otros documentos que, acreditando los extremos anteriores, sean considerados suficientes al efecto.
4) Estudio económico-financiero sobre la viabilidad de la promoción inmobiliaria, con expresa mención del precio de adjudicación de las viviendas que se pretende promover, que en ningún caso podrá superar los precios máximos establecidos por la legislación autonómica de Andalucía en materia de vivienda protegida y concretamente para el tipo de protección elegido por el licitador.
16.- MESA DE CONTRATACIÓN.
El órgano de contratación estará asistido por la Mesa de Contratación, que ejercerá las funciones que al efecto le atribuye la normativa vigente.
17.- APERTURA DE PLICAS.
La apertura de proposiciones, en el plazo máximo de quince días, contados desde la fecha de finalización del plazo para presentar ofertas. En todo caso la apertura de la oferta económica se realizará en acto público.
Terminado el plazo de recepción de proposiciones, la Oficina de Contratación remitirá a la Secretaría de la Mesa de Contratación, las proposiciones recibidas o, en su caso, comunicación de la ausencia de licitadores. Una vez recibidos los sobres citados por la Secretaría, se constituirá la Mesa de Contratación que procederá a la apertura del sobre B de documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos y calificará la misma.
A la vista de la documentación presentada, si la Mesa observara defectos u omisiones subsanables en la misma, podrá conceder un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador los corrija o subsane.
A continuación, la Mesa de Contratación realizará, en acto público, la apertura del sobre A que contiene la proposición económica y documentos acreditativos de las demás circunstancias que se consideran como criterios de adjudicación.
Dicho sobre, junto con su contenido, se remitirá por la Secretaría de la Mesa de Contratación a los servicios técnicos, para la elaboración de un informe sobre las distintas ofertas, en el cual se contendrá la valoración de las mismas de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en este pliego.
A la vista de las proposiciones presentadas y del informe antes aludido, la Mesa de Contratación elevará toda la documentación junto con el acta y las observaciones o propuestas que estime convenientes al órgano de contratación, en orden a llevar a efecto la adjudicación del contrato, requiriendo previamente al propuesto como adjudicatario para que aporte los documentos originales justificativos de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributaria y con la Seguridad Social, así como de la constitución de la garantía definitiva en el plazo establecido en el presente pliego de cláusulas.
Una vez llevado a efecto todo lo anterior, el órgano de contratación adjudicará el contrato a la proposición considerada como más ventajosa.
La propuesta de adjudicación que formule la Mesa de Contratación, no creará derecho alguno en favor del licitador frente a al Ayuntamiento xx Xxxxxxx.
18.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
El contrato podrá extinguirse por alguna de las causas de resolución previstas en la normativa vigente y, en especial, por el incumplimiento del destino del suelo, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre. Del mismo modo, podrá resolverse por el incumplimiento del adjudicatario de cualquier otra obligación que se derive del presente pliego y del contrato de compraventa formalizado.
En todo caso, el Ayuntamiento xx Xxxxxxx ostentará todas las prerrogativas que la normativa vigente atribuye a la Administración Pública con relación a la interpretación de los contratos y, especialmente, sobre derechos de tanteo, retracto, reversión o cualesquiera otros similares que establezca la normativa sobre bienes destinados a la construcción de viviendas protegidas.
19.- RÉGIMEN JURÍDICO Y DERECHO SUPLETORIO.
El presente contrato tiene naturaleza privada, siendo de los negocios y contratos excluidos del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público a tenor de lo dispuesto en su artículo 4.1.p).
En lo no previsto expresamente en el presente pliego de condiciones, se estará a la legislación civil, no obstante, en cuanto a su preparación y adjudicación, se regirá por la normativa sobre contratación del sector público y sus disposiciones de desarrollo, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho administrativo o privado en su caso, según corresponda, conforme a lo prescrito por el art.20.2 de aquélla ley.
En todo caso, será de aplicación la normativa sobre viviendas protegidas de la Junta de Andalucía, siendo directamente aplicables sus determinaciones en todos aquéllos aspectos no regulados expresamente el presente pliego de cláusulas.
20.- JURISDICCIÓN COMPETENTE.
Las posibles controversias que pudieran derivarse en la ejecución del presente contrato de enajenación de bienes públicos se elevarán a los Juzgados y Tribunales competentes, sometiéndose expresamente al fuero de los Tribunales con competencia sobre el término municipal xx Xxxxxxx.
21.- GASTOS.
Serán de cuenta del adjudicatario los siguientes gastos:
a) Los de publicación que genere el procedimiento y los preparatorios y de formalización del contrato.
b) El Impuesto sobre el Valor Añadido y demás tributos estatales, autonómicos y municipales que se deriven del contrato.
c) Todos los costes en los que pueda incurrir el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones que se derivan de este contrato.
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA PARTICIPAR EN LA ENAJENACIÓN, MEDIANTE CONCURSO, DE LAS PARCELAS 38, 39, 40, 41, 42,
43, 44, 45, 46 Y 00 XXX XXXXXX XX-0 “XXXXXXXXXXX SUR” DE LA ALDEA DE EL XXXXX, DESTINADAS A LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PROTEGIDAS MEDIANTE COOPERATIVAS DE VIVIENDAS CONSTITUIDAS CONFORME A LA LEY DE SOCIEDADES COOPERATIVAS ANDALUZAS.
D/Dña. | |||||
NOMBRE | PRIMER APELLIDO | SEGUNDO APELLIDO | |||
N.I.F./ D.N.I./Nº PASAPORTE | DOMICILIO NOTIFICACIONES. CALLE, AVENIDA, PLAZA… | ||||
Nº | PORTAL | PISO | PUERTA | CODIGO POSTAL | LOCALIDAD |
MUNICIPIO | TELEFONO |
En representación de la Sociedad Cooperativa Andaluza:
NOMBRE DE LA COOPERATIVA | |||||
C.I.F. | DOMICILIO NOTIFICACIONES. CALLE, AVENIDA, PLAZA… | ||||
Nº | PORTAL | PISO | PUERTA | CODIGO POSTAL | LOCALIDAD |
MUNICIPIO | TELEFONO |
DECLARA:
1) Tener capacidad legal para contratar y adquirir inmuebles.
2) Conocer y aceptar el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares para la enajenación mediante concurso, de las parcelas 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46 y 47, destinadas a la construcción de viviendas protegidas, por cooperativas de vivienda constituidas conforme a la Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas, aprobado por la Junta de Gobierno Local de 1 xx xxxxxx de 2014.
3) Expresamente, que la Cooperativa no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el artículo 60 TRLCSP, y se encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias respecto de cualquier Administración Pública (Local, Autonómica y Estatal) y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito se llevará a efecto antes de la adjudicación definitiva.
De conformidad con el pliego de condiciones aprobado, se compromete a promover como sociedad cooperativa, las 10 (DIEZ) VIVIENDAS que obtengan la calificación de protegida conforme al Régimen de Iniciativa Municipal y Autonómica y a solicitar la correspondiente licencia de obras municipal. Todo ello en los plazos establecidos en el Pliego.
Acepta que, si no se cumplen las condiciones de la venta, se resuelva en su caso la adjudicación y retorne el solar a la propiedad del Ayuntamiento con todos sus accesorios.
Declara expresamente que se encuentra afectado/a por ninguna causa de incompatibilidad o de prohibición para contratar con el Ayuntamiento xx Xxxxxxx, de las establecidas en la recogidas en la vigente normativa sobre contratación del sector público.
En Almonte, a de de 2014
Firma(s)
ANEXO II
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA PARA PARTICIPAR EN LA ENAJENACIÓN, MEDIANTE CONCURSO, DE LAS PARCELAS 38, 39, 40, 41, 42,
43, 44, 45, 46 Y 00 XXX XXXXXX XX-0 “XXXXXXXXXXX SUR” DE LA ALDEA DE EL XXXXX, DESTINADAS A LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PROTEGIDAS MEDIANTE COOPERATIVAS DE VIVIENDAS CONSTITUIDAS CONFORME A LA LEY DE SOCIEDADES COOPERATIVAS ANDALUZAS.
D/Dña. | |||||
NOMBRE | PRIMER APELLIDO | SEGUNDO APELLIDO | |||
N.I.F./ D.N.I./Nº PASAPORTE | DOMICILIO NOTIFICACIONES. CALLE, AVENIDA, PLAZA… | ||||
Nº | PORTAL | PISO | PUERTA | CODIGO POSTAL | LOCALIDAD |
MUNICIPIO | TELEFONO |
En representación de la Sociedad Cooperativa Andaluza:
NOMBRE DE LA COOPERATIVA | |||||
C.I.F. | DOMICILIO NOTIFICACIONES. CALLE, AVENIDA, PLAZA… | ||||
Nº | PORTAL | PISO | PUERTA | CODIGO POSTAL | LOCALIDAD |
MUNICIPIO | TELEFONO |
De conformidad con lo dispuesto en las cláusulas 7 y 14 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas que rige la licitación del presente contrato, presento la oferta para adquirir las parcelas 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46 y 00 xxx xxxxxx XX-0 “Xxxxxxxxxxx Sur” de la Aldea de El Xxxxx, destinadas a la construcción de viviendas protegidas mediante cooperativas de viviendas constituidas conforme a la ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas, por importe de
…………………………………………..€, más el IVA aplicable a la operación.
En Almonte, a de de 2014
Firma(s)