LLAMADO A CONCURSO
LLAMADO A CONCURSO
PARA DESEMPEÑAR TAREAS EN LA MODALIDAD DE CONTRATO DE FUNCIÓN PÚBLICA
LLAMADO ALCANZADO POR EL ARTÍCULO 4° DE LA LEY 19.122
1 PLAZA SERÁ CUBIERTA POR UNA PERSONA QUE SE AUTODEFINA AFRODESCENDIENTE.
El Tribunal de Cuentas convoca a un Llamado a concurso público y abierto de Oposición, en régimen de Contrato de Función Pública, de acuerdo a los requerimientos que lucen en la descripción del puesto anexo a las presentes Bases.
El presente Xxxxxxx se realiza al amparo del Art. 346 de la Ley Nº 19.889 de 9 de julio de 2020 en la redacción dada por el artículo 9 de la Ley N° 19.996 de 3 de noviembre de 2021, artículo 4 de la Ley N° 19.122 de 21 xx xxxxxx de 2013 en la redacción dada por el artículo 525 de la Ley N° 20.075 de 20 de octubre de 2022 y su decreto reglamentario N° 144/014 de 22 xx xxxx de 2014 y demás normativa vigente, concordante y complementaria.
Aquellos funcionarios del Tribunal de Cuentas que revistan un cargo en otro escalafón así como, aquellas personas que estén o hayan realizado la Práctica Curricular en el Tribunal de Cuentas, en el marco del convenio con la Facultad de Ciencias Económicas, luego de preseleccionados accederán directamente a la etapa c) Prueba de Oposición descripta en el punto 5 de estas bases.
La pensión por invalidez es compatible con la designación en un cargo público (artículo 1 de la Ley Nº 17.266 de 22 de setiembre de 2000).
1. REQUISITOS GENERALES OBLIGATORIOS
El Llamado es público y abierto a todas las personas que cumplan con los siguientes requisitos generales establecidos:
● Poseer Documento de Identidad vigente.
● Ser ciudadano natural o legal en las condiciones establecidas en la Constitución de la República.
● Tener 18 años de edad o más al cierre del período de postulación.
● Poseer Control en Salud (ex Carné de Salud) vigente, el cual deberá ser presentado al momento de la designación inicial.
● Completar el formulario de inscripción del Llamado con los datos que se indican en la página Web del portal “Uruguay Concursa”: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
● Constancia de Jura de fidelidad al Bandera.
2. DESCRIPCIÓN DEL PUESTO
Formulario adjunto en Anexo.
Los requisitos requeridos en el perfil del llamado, deben ser cumplidos a la fecha de cierre del período de postulación.
3. RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES
Previo a la suscripción del contrato, la persona seleccionada deberá completar y signar declaración jurada en relación a:
A- Incompatibilidades
1) Mantener vigente otros vínculos con la Administración Pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa.
2) Percibir pasividad, retiro o subsidio proveniente de actividad pública generada por sí mismo, excepto que se suspenda su percepción o que una norma legal habilite el cobro de ambas remuneraciones.
B- Prohibiciones
1) Haber sido desvinculado, mediante resolución firme, por la comisión de falta grave administrativa o incumplimiento de sus obligaciones, sea como funcionario público o bajo cualquier otra modalidad de vinculación (Ley Nº 18.172, art. 4 de fecha 31 xx xxxxxx de 2007, en la redacción dada por el artículo 10 de la Ley Nº19.149 de 24 de octubre de 2013).
2) Existencia de inhabilitación como consecuencia de sentencia penal ejecutoriada.
3) Haberse acogido al régimen de retiro incentivado regulado por el artículo 10 la Ley Nº 17.556 de fecha 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 1 de la Ley Nº 17.672 de 16 de julio de 2003.
4. POSTULACIONES
Todo ciudadano que se registre como “Usuario de Uruguay Concursa” quedará incorporado en una base de datos, la cual será procesada con la finalidad de que los aspirantes se encuentren en condiciones de postularse.
Los aspirantes que consideren cumplir los requisitos requeridos para desempeñar el puesto que se concursa y, decidan participar en el proceso, deberán cumplir con la etapa de postulación al llamado, dentro del periodo establecido a dichos efectos.
Culminado dicho proceso, el sistema emitirá un certificado de postulación electrónico, el que contará con un número de identificación que permitirá garantizar el anonimato de los postulantes en cada una de las instancias de comunicación vía Web y que le podrá ser requerido.
La persona será responsable de la veracidad de los datos brindados, teniendo la información registrada en el portal “Uruguay Concursa” el carácter de Declaración Jurada. El Tribunal actuante sólo tomará en cuenta la información acreditada. En caso que la información brindada sea falsa o errónea tendrá las consecuencias estipuladas en el artículo 239 del Código Penal.
Es deber del postulante, verificar el correcto ingreso de todos los datos en el momento de la postulación, en especial vías de comunicación (teléfono particular, celular, correo electrónico) y mantenerlos actualizados.
En caso de que la persona no pueda postularse utilizando el mecanismo indicado, podrá dirigirse al Tribunal de Cuentas, sito Xxxx Xxxxxx Xxxxx 1324, Montevideo, Uruguay; Departamento de
Gestión del Capital Humano, Planta Baja, en el horario comprendido entre las 11:00 y las 16:00 horas, en donde recibirá apoyo para realizar la postulación.
5. PROCESO DE SELECCIÓN
El proceso de selección será conducido por el Tribunal que designe el Tribunal de Cuentas a tales efectos.
Etapas
ETAPA | PUNTAJE |
a) Preselección | --- |
b) Ordenamiento aleatorio | --- |
c) Prueba de oposición | 100% |
d) Verificación de requisitos excluyentes | --- |
a) Preselección.
Los postulantes que declaren cumplir con todos los requisitos excluyentes para el desempeño del puesto, según lo establecido en la descripción del puesto anexo a las presentes bases, serán preseleccionados por el sistema informático y continuarán en el proceso.
b) Ordenamiento aleatorio.
Si el número de postulantes preseleccionados en la etapa anterior supera los 1000 (mil), el Tribunal de selección correspondiente realizará ordenamiento aleatorio, mediante sistema informático, ante Escribano Público.
c) Prueba de oposición.
Para estar habilitado en las etapas siguientes, se deberá superar el 70% (setenta por ciento) del puntaje de la prueba de conocimientos y, quedar ordenado en los primeros 30 (treinta) lugares de los resultados de la misma, siendo este orden decreciente en función del puntaje obtenido.
En caso de empate en el listado anteriormente descripto, se procederá a evaluar de la siguiente manera:
Primero: Se puntuará los “Requisitos a valorar” descriptos en el perfil del puesto, avalados por la documentación presentada y de acuerdo a lo establecido en la Tabla de Valoración que defina el Tribunal de selección. Este puntaje no sumará al puntaje obtenido en la prueba de oposición sino que se utilizará únicamente para resolver los casos de empate.
Segundo: Si persistiere el empate luego del análisis de méritos, se procederá a realizar sorteo ante Escribano Público.
d) Verificación de requisitos excluyentes.
Se procederá a constatar que los requisitos excluyentes señalados en las bases de este llamado sean cumplidos por los postulantes que superaron la etapa anterior.
Quienes no cumplan con los requisitos señalados serán eliminados del proceso de selección.
Las formalidades de presentación de documentación serán comunicadas por el Tribunal de selección oportunamente.
ATENCIÓN:
Quienes tuvieran formación/experiencia en el exterior de la República y pretendan que sea considerada en el concurso, la documentación deberá estar debidamente legalizada, o en su caso certificada mediante “Apostilla”, si el país extranjero está adherido al convenio aprobado por Ley N° 18.836 del 15 de noviembre de 2011 reglamentada por el Decreto Nº322/012 de 3 de octubre de 2012, así como traducida, si correspondiere, y revalidada por el organismo nacional competente.
6. LISTA DE PRELACIÓN
Se confeccionará un orden de prelación, el cual estará conformado por aquellos postulantes que hayan superado la totalidad de las etapas de selección. El ordenamiento de los mismos será en función del puntaje obtenido, con criterio decreciente.
La lista de prelación final tendrá una vigencia de 24 meses, a partir de la fecha de su aprobación u homologación.
7. COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES
Todas las notificaciones y comunicaciones, se realizarán a través de la página web del Tribunal de Cuentas, siendo responsabilidad de los postulantes mantenerse informados de los resultados.
Sin perjuicio de ello el Tribunal de Cuentas podrá implementar otro tipo de notificaciones para determinados casos concretos, si así lo entiende pertinente, conforme con la normativa vigente (Decreto N° 500/991 de 27 de setiembre de 1991). En este sentido, se podrá utilizar para su comunicación con los postulantes el correo electrónico o teléfono de contacto, como medios alternativos, pero no formales.
Los datos de las personas que se registren como “Usuarios de Uruguay Concursa”, de conformidad con la Ley Nº. 18.331, de 11 xx xxxxxx de 2008 reglamentada por el Decreto Nº 414/009, de 31 xx xxxxxx de 2009, de Protección de Datos Personales y Acción de Habeas Data (LPDP), quedarán incorporados en una base de datos, la cual será procesada exclusivamente para la siguiente finalidad: Postulaciones a llamados de la Administración Central y/o Organismos Públicos. Los datos personales serán tratados con el grado de protección adecuado, tomándose las medidas de seguridad necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado por parte de terceros que lo puedan utilizar para finalidades ajenas al reclutamiento y selección.
La no concurrencia a cualquier etapa que haya sido comunicada, dará lugar a que se considere el desistimiento del postulante al proceso de selección.
El resultado obtenido en el proceso de asignación de puntos se realizará finalizado el concurso, los cuales se publicarán en la página web del Tribunal de Cuentas. No obstante, todos aquellos documentos que sean generados en el presente proceso de selección, se publicarán a efectos de informar a los postulantes.
8. PROCESO DE CONTRATACIÓN
Una vez notificadas las personas que resulten seleccionadas, deberán manifestar su aceptación o desistimiento en forma expresa de la designación inicial. En caso, que algún/a postulante no acepte la convocatoria o alguna de las condiciones del contrato, se procederá a citar al siguiente seleccionado según el orden descendente.
Para dar inicio a la actividad, quien o quienes resulten seleccionados, deberán firmar una Declaración Jurada de vínculos con el Estado y presentar el Certificado de Antecedentes Judiciales (Buena Conducta), Documento de Identidad, Certificado de aptitud física (Control en Salud) vigentes y acreditar el voto correspondiente al último acto electoral obligatorio.
La no presentación de los mismos imposibilitará la contratación del omiso, eximiendo a la Administración de cualquier responsabilidad al efecto.
1. Cantidad de plazas
10 (diez), 1 (uno) de los cuales se reserva para cuota “afrodescendiente”, Artículo 4 de la Ley N°19.122 de 21 xx xxxxxx de 2013. Si no se pudiere cubrir el cupo descripto, se recurrirá al ordenamiento general de prelación final.
2. Identificación del puesto Escalafón: A
Grado: 10
Denominación: Técnico II Abogado
Serie: Abogado
3. Condiciones de trabajo
Carga horaria: 6 horas diarias de lunes a viernes.
Remuneración: $68.042 a valores enero 2023 (más tickets de alimentación y compensaciones variables).
Lugar habitual de desempeño: en las oficinas del Tribunal de Cuentas, en el Departamento de Montevideo o en los Organismos que éste audita.
Naturaleza del vínculo: Contrato de Función Pública (Art. 346 de la Ley Nº 19.889 del 9 de julio de 2020).
Plazo de contratación: por el término de un año, renovable por períodos iguales, previa evaluación de desempeño del contratado por el Organismo contratante.
4. Propósito del puesto
Los profesionales a contratar cumplirán funciones en la División Jurídica del Tribunal de Cuentas. Asimismo podrán ser asignados para integrar equipos multidisciplinarios de auditoría en organismos públicos o donde el Tribunal realice sus funciones.
5. Principales actividades
• Informar sobre contrataciones de los organismos que sean sometidos a intervención del Tribunal.
• Expedirse sobre presupuestos o sus modificaciones, y rendiciones de cuentas.
• Evacuar consultas sobre temas relacionados con la función, remitidas por los organismos o contadores delegados.
• Analizar e informar sobre temas legislativos o jurisprudenciales que sean de aplicación a las materias administrativa, presupuestal o constitucional que le asignen.
• Elaborar informes y proyectos correspondientes a los temas jurídicos que le asignen sus superiores para su estudio.
• Procurar que el contenido de los informes cumpla con las exigencias de calidad y temporalidad requeridos, incluyendo su correcta redacción, ortografía y sintaxis, efectuando su oportuna inclusión en el expediente electrónico.
• Integrar los equipos de auditorías que se dispongan, y asesorar a los Contadores Delegados o Auditores del Tribunal de Cuentas en el cumplimiento de sus funciones, cuando le sea requerido.
• Cumplir con toda otra actividad afín que le sea encomendada por sus jerarquías.
6. Niveles de exigencia
Alto | Medio | Bajo | |
Complejidad principales actividades | X | ||
Autonomía requerida | X | ||
Pericia | X | ||
Responsabilidad de las acciones | X |
7. Requerimientos
7.1. Requisitos excluyentes
• Título de Abogado o Doctor en Derecho y Ciencias Sociales, expedido por la Universidad de República o su equivalente otorgado por instituciones reconocidas por la autoridad competente, habilitado por la Suprema Corte de Justicia (jura ante la Suprema Corte) al cierre del período de postulación.
7.2. A valorar
• Posgrado en Derecho Público, Administrativo, Constitucional o Financiero, en Gestión Financiera del Estado, Control Gubernamental, Auditoría y/o similares a éstos, realizadas en instituciones de reconocida idoneidad.
8. Competencias funcionales
Competencia | Básico | Intermedio | Superior | Avanzado |
Orientación a Resultados | X | |||
Compromiso Organizacional | X | |||
Trabajo en Equipo | X | |||
Comunicación | X | |||
Iniciativa y Pensamiento Analítico | X | |||
Integridad | X |