PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
JURISDICCIÓN CONTRATANTE: AUTORIDAD XX XXXXXX MATANZA RIACHUELO |
UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIONES N° 318 – COORDINACIÓN DE PATRIMONIO, COMPRAS Y CONTRATACIONES. XXXXX XXXXXXXXX Xx 000, 0x XXXX, XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX |
DIRECCION INSTITUCIONAL DE CORREO ELECTRÓNICO: |
TEL.: 0000-0000 -5236-4194 |
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: SISTEMA ELECTRONICO DE CONTRATACION DE LA ADMINISTRACION NACIONAL “XXXXX.XX” Sitio oficial: xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx |
TIPO DE PROCEDIMIENTO: LICITACIÓN PÚBLICA 318-0009-LPU23 |
CLASE: ETAPA ÚNICA Y ALCANCE NACIONAL |
MODALIDAD: SIN MODALIDAD |
EXPEDIENTE ELECTRÓNICO: EX-2023-67992447- -APN-DA#ACUMAR |
RUBRO COMERCIAL: INFORMATICA; SERV. PROFESIONAL Y COMERCIAL |
OBJETO: CONTRATACIÓN DE SUSCRIPCIONES, SOPORTE TÉCNICO Y MANTENIMIENTO DE FIREWALL CHECKPOINT.- |
COSTO XXX XXXXXX: SIN COSTO |
GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA: SEGÚN LO ESTIPULADO EN LOS ARTICULOS 15° Y 16° DEL PRESENTE PLIEGO. |
CONSULTAS: LAS CONSULTAS, DEBEN EFECTUARSE A TRAVÉS DEL SISTEMA XXXXX.XX, HASTA TRES (3) DÍAS ANTES DE LA FECHA DE APERTURA DE OFERTAS. |
PRESENTACION DE OFERTAS: LAS OFERTAS SE DEBERÁN PRESENTAR A TRAVÉS DEL SISTEMA XXXXX.XX UTILIZANDO EL FORMULARIO ELECTRÓNICO QUE SUMINISTRE EL SISTEMA |
ACTO DE APERTURA: LA APERTURA DE OFERTAS SE EFECTUARÁ POR ACTO PÚBLICO A TRAVÉS DEL SISTEMA XXXXX.XX EN FORMA ELECTRÓNICA Y AUTOMÁTICA SE GENERARÁ EL ACTA DE APERTURA DE OFERTAS CORRESPONDIENTE. |
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
ARTÍCULO 1º OBJETO DE LA CONTRATACION:
El objeto de la presente, es contratación del soporte y mantenimiento para firewall de red Checkpoint, con el objetivo brindar al organismo la continuidad de la solución para consolidar un sistema de seguridad perimetral informática que permita un resguardo seguro de la información almacenada en el centro de cómputos de la ACUMAR; solicitado por la Coordinación de Modernización e Informática dependiente de la Dirección de Planificación, Coordinación y Modernización de la ACUMAR.
ARTÍCULO 2º NORMATIVA APLICABLE:
La presente contratación se regirá por las normas contenidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Pliego de Especificaciones Técnicas; y las siguientes normas:
a) Resolución Presidencia ACUMAR N.° 402-E/2017 (RESOL-2017-402-APN- ACUMAR#MAD). Reglamento de Procedimientos para la Contratación de Bienes y Servicios de la Autoridad xx Xxxxxx Matanza Riachuelo y sus modificatorias.
b) Decreto Delegado N° 1023/2001 – Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional y sus modificatorios.
c) Decreto Nº 1030/2016 – Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional.
d) Disposición N:° 64-E/2016, emitida por la Oficina Nacional de Contrataciones dependiente de la Secretaria de Modernización Administrativa del Ministerio de Modernización, por la cual se aprueba el Manual de Procedimiento para la incorporación y actualización de datos en SIPRO registrado en el Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales bajo el N° DI-2016- 01712783-APN-ONC#MM.
e) Disposición 65-E/2016, emitida por la Oficina Nacional de Contrataciones dependiente de la Secretaria de Modernización Administrativa del Ministerio de Modernización, por la cual se aprueba el Manual de Procedimiento para las contrataciones que se gestionen en XXXXX.XX, registrado en el Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales bajo el N° DI-2016- 01712731-ANP-ONC#MM.
f) Resolución Nro. 5/2009. Procedimiento Administrativo y Recursivo Judicial de ACUMAR. Sin perjuicio de las especificaciones del presente pliego, la normativa citada en los incisos a), b), c)
d) e) y f) será de aplicación en el citado orden para todo lo no previsto. La misma podrá consultarse en el sitio de internet xxx.xxxxxxx.xxx.xx.
La simple presentación de una oferta, implica la aceptación xxxx y llana por parte de los oferentes de todo el régimen legal indicado precedentemente, con la declaración expresa de que lo conoce y acepta en todas sus partes.
ARTÍCULO 3º MODALIDAD DE CONTRATACIÓN:
Sin modalidad.
ARTÍCULO 4º ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
El oferente que resulte adjudicado deberá cumplir con todos y cada uno de los puntos descriptos en el PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS (en adelante “PET”) que acompaña al presente.
ARTÍCULO 5° CÓMPUTO DE PLAZOS:
Todos los plazos establecidos se computarán en días hábiles administrativos, salvo que expresamente se estipule en días corridos. El cómputo de los plazos se regirá por la fecha y hora oficial del sitio xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx o el que en un futuro lo reemplace. A los efectos del cómputo de plazos fijados en días hábiles, la presentación en un día inhábil se entiende realizada en la primera hora del día hábil siguiente.
ARTÍCULO 6° NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS:
De conformidad con lo establecido en el artículo 25 del Reglamento de Procedimientos para la Contratación de Bienes y Servicios de la Autoridad xx Xxxxxx Matanza Riachuelo aprobado mediante la Resolución RESOL-2017-402-APN-ACUMAR#MAD, todas las notificaciones entre ACUMAR y los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, se realizarán válidamente a través de la difusión en el sitio de internet de XXXXX.XX, cuya dirección es xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx o la que en un futuro la reemplace y se entenderán realizadas el día hábil siguiente al de su difusión. El envío de mensajería mediante el Sistema XXXXX.XX en forma automática, solo constituye un medio de aviso. Se recomienda a los interesados revisar periódicamente el Sistema XXXXX.XX – en particular el Escritorio del Proveedor- para informarse de las novedades vinculadas a las etapas, desarrollo del proceso de contratación electrónica y demás información relevante. La no recepción oportuna de correos electrónicos de alerta que envía el Sistema XXXXX.XX, no justificará, ni se considerará como causal suficiente para eximir a los proponentes de sus cargas y responsabilidades.
ARTÍCULO 7º CONSULTAS Y ACLARACIONES:
Para efectuar consultas al presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas el interesado deberá haber cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo del Sistema XXXXX.XX. Los interesados podrán formular consultas a través del portal xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx hasta TRES (3) días antes de la fecha fijada para la apertura de las ofertas. No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquéllas que se presenten fuera de término, de acuerdo a lo establecido en el artículo 71 del Reglamento de Procedimientos para la Contratación de Bienes y Servicios de la Autoridad xx Xxxxxx Matanza Riachuelo aprobado mediante la Resolución RESOL-2017-402- APN-ACUMAR#MAD y sus modificatorias.
ARTÍCULO 8º CIRCULARES ACLARATORIAS Y MODIFICATORIAS:
ACUMAR podrá elaborar circulares aclaratorias o modificatorias al presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, de oficio o como respuesta a consultas, en caso que considere que son pertinentes y contribuyen a una mejor comprensión e
interpretación xxx Xxxxxx en cuestión. En caso que se emitan circulares aclaratorias, podrán ser emitidas por el titular de la UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES y deberán ser comunicadas con DOS (2) días como mínimo de anticipación a la fecha fijada para la presentación de las ofertas y serán consideradas como parte integrante xxx xxxxxx y difundidas, tanto en el sitio web xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx como en el sitio web de ACUMAR.
Las circulares modificatorias deberán ser difundidas, publicadas y comunicadas por UN (1) día en los mismos medios en que hubiera sido difundido, publicado y comunicado el llamado original con DOS (2) días como mínimo de anticipación a la fecha originaria fijada para la presentación de las ofertas. Asimismo, deberán ser comunicadas, y deberán incluirse como parte integrante xxx xxxxxx y difundirse en el sitio web de XXXXX.XX y de ACUMAR.
Las circulares por las que únicamente se suspenda o se prorrogue la fecha de apertura o la de presentación de las ofertas podrán ser emitidas por el titular de la UNIDAD DE COMPRAS Y CONTRATACIONES y deberán ser difundidas, publicadas y comunicadas por UN (1) día por los mismos medios en que hubiera sido difundido, publicado y comunicado el llamado original con UN (1) día como mínimo de anticipación a la fecha originaria fijada para la presentación de las ofertas; de acuerdo a lo establecido en el artículo 72 del Reglamento de Procedimientos para la Contratación de Bienes y Servicios de la Autoridad xx Xxxxxx Matanza Riachuelo aprobado mediante la Resolución RESOL-2017-402-APN-ACUMAR#MAD y sus modificatorias.
ARTÍCULO 9° OFERTAS:
Las ofertas se deberán presentar hasta el día y hora que determine ACUMAR en la convocatoria, a través del Sistema XXXXX.XX utilizando el formulario Electrónico que suministre el sistema, y cumpliendo todos los requerimientos de los pliegos aplicables, acompañando la documentación que la integre en soporte electrónico. Para el caso en que en los pliegos se solicite algún requisito que sólo sea posible efectuar en forma material, como la entrega de muestras, o la presentación de documentos que por sus características deban ser presentados en soporte papel, estos serán individualizados en la oferta y serán presentados en la COORDINACIÓN DE PATRIMONIO, COMPRAS Y CONTRATACIONES en la fecha, hora y lugar que se indique en el Sistema XXXXX.XX. A fin de garantizar su validez, la oferta electrónicamente cargada deberá ser confirmada por el oferente, quien podrá realizarlo únicamente a través de un usuario habilitado para ello, conforme lo normado con el procedimiento de registración y autenticación de los usuarios de los proveedores, como Anexo registrado en el Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales bajo el N.° DI-2016-01712696-APN-ONC#MM, que forma parte integrante de la Disposición ONC N.° 65/2016 y de acuerdo a lo establecido en el artículo 83° del Reglamento de Procedimientos para la Contratación de Bienes y Servicios de la Autoridad xx Xxxxxx Matanza Riachuelo aprobado mediante la Resolución RESOL-2017-402-APN- ACUMAR#MAD y sus modificatorias.
ARTÍCULO 10º DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES:
El oferente deberá completar la totalidad de los datos solicitados en el Anexo I - Declaración Jurada de Intereses, conforme lo establecido en los artículos 1 y 2 del Decreto N.° 202 de fecha 21 xx xxxxx de 2017, según corresponda, deberá completarse con relación a la persona del
Presidente de la Autoridad xx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Señor Xxxxxx XXXXXXXXXX, y de su Director General Administrativo, Señor Xxxxxxx Xxxxxx XXXXX.
En el caso que el declarante sea una persona jurídica deberá consignarse cualquiera de los vínculos existentes, en forma actual o dentro del último año calendario, entre los funcionarios alcanzados y los representantes legales, sociedades controlantes o controladas o con interés directo en los resultados económicos o financieros, director, socio o accionista que posea participación, por cualquier título, idónea para formar la voluntad social o que ejerza una influencia dominante como consecuencia de acciones, cuotas o partes de interés poseídas. Para el caso de sociedades sujetas al régimen de oferta pública conforme a la Ley N.° 26.831 la vinculación se entenderá referida a cualquier accionista o socio que posea más del CINCO POR CIENTO (5%) del capital social.
ARTÍCULO 11° FORMA DE COTIZACIÓN:
El oferente deberá cotizar en DOLARES ESTADOUNIDENSES.
El oferente deberá cotizar por todos los renglones establecidos en la planilla de cotización que genera la plataforma XXXXX.XX (xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx/). No se aceptarán propuestas en monedas distintas y, dado el caso, se considerará como un incumplimiento del presente Xxxxxx.
La cotización deberá consignar el precio unitario y cierto en números, con referencia a la unidad de medida establecida en la planilla de cotización que genera la plataforma XXXXX.XX (xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx/). El precio cotizado será el precio final que deba pagar ACUMAR por todo concepto. El oferente deberá incluir en su cotización el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Se deja expresamente aclarado que no se reconocerá al oferente cargo alguno por servicios que, no estando consignados en la oferta, se estimen necesarios para el cumplimiento del contrato.
No se admitirán cotizaciones parciales, es decir, cada uno de los oferentes deberán cotizar únicamente por la cantidad total indicada para el renglón.
ARTÍCULO 12º OFERTAS ALTERNATIVAS:
Además de la oferta base, los oferentes podrán presentar ofertas alternativas, según lo establecido en el Artículo Nº 14 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado como Anexo II del Reglamento de Procedimientos para la Contratación de Bienes y Servicios de la Autoridad xx Xxxxxx Matanza Riachuelo (RESOL-2017-402-APN-ACUMAR#MAD y sus modificatorias).
ARTÍCULO 13º PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA:
El plazo de mantenimiento de la oferta será de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. El mismo se renovará automáticamente por un lapso igual de tiempo y así sucesivamente, salvo que él o los oferentes expresen su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento de oferta con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.
ARTÍCULO 14º REQUISITOS DE LAS OFERTAS:
Los requisitos de la oferta se regirán de acuerdo al Artículo 13º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado como Anexo II del Reglamento de Procedimientos para la
Contratación de Bienes y Servicios de la Autoridad xx Xxxxxx Matanza Riachuelo (RESOL- 2017-402-APN-ACUMAR#MAD y sus modificatorias).
ARTÍCULO 15º FORMA DE GARANTÍA:
La forma de garantía se regirá por lo establecido en los artículos 35°, 36°, 37° y 38º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado como Anexo II del Reglamento de Procedimientos para la Contratación de Bienes y Servicios de la Autoridad xx Xxxxxx Matanza Riachuelo (RESOL-2017-402-APN-ACUMAR#MAD y sus modificatorias).
Los oferentes deberán constituir las garantías de la siguiente forma:
a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta de ACUMAR, o giro postal o bancario.
b) Con cheque certificado por una entidad bancaria. El organismo depositará el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones.
c) Con títulos públicos emitidos por el ESTADO NACIONAL, de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES o de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. Los mismos deberán ser depositados en una entidad bancaria a la orden de ACUMAR, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente, lo que deberá ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los valores a que se refiere este inciso, se formulará cargo por los gastos que ello ocasione. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías.
d) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción de ACUMAR, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador.
e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION dependiente de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA, extendidas a favor de ACUMAR y cuyas cláusulas se conformen con el modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA. Dichas pólizas deberán contar con legalización notarial.
Excepciones a la obligación de presentar garantías. No será necesario presentar garantías en los siguientes casos:
Cuando el monto de la oferta no supere la cantidad que represente UN MIL TRESCIENTOS MÓDULOS (1.300 M).
Cuando el monto de la orden de compra, venta o contrato no supere la cantidad que represente UN MIL TRESCIENTOS MÓDULOS (1.300 M).
Para el caso de que al oferente le corresponda presentar garantía, además de informarla a través del Sistema XXXXX.XX, deberá ingresarla de forma electrónica a través de la Mesa de Entradas Virtual Habilita mediante el sistema de Trámite a Distancia (TAD). Encontrará la guía para la carga de TAD en los anexos. La presentación por TAD suplanta la presentación física de la garantía, por ello es indispensable la carga de la misma y en el
plazo señalo ut supra, dado que sin ambas cargas (COMPRAR y TAD) no se puede continuar con el proceso.
El valor del Módulo (M) es de PESOS OCHO MIL ($8.000,00) según lo dispuesto en la Resolución N° RESOL-2023-29-APN-ACUMAR#MOP.
ARTÍCULO 16º GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA:
Los oferentes deberán presentar una garantía de mantenimiento de la misma, equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del monto total de la oferta. En la oferta presentada a través de la plataforma XXXXX.XX (xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx/), se deberá individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta utilizando el formulario electrónico que suministre el sistema a tales efectos. Asimismo, el original de la garantía constituida deberá ser entregado en la Coordinación de Patrimonio, Compras y Contrataciones de ACUMAR, de lunes a viernes en el horario de 10 a 18 horas, dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) horas contadas a partir del acto de apertura. Para el caso de que al oferente le corresponda presentar garantía, además de informarla a través del Sistema XXXXX.XX, deberá ingresarla de forma electrónica a través de la Mesa de Entradas Virtual Habilita mediante el sistema de Trámite a Distancia (TAD). Encontrará la guía para la carga de TAD en los anexos. La presentación por TAD suplanta la presentación física de la garantía, por ello es indispensable la carga de la misma y en el plazo señalo ut supra, dado que sin ambas cargas (COMPRAR y TAD) no se puede continuar con el proceso.
Importante: Los oferentes deberán presentar la garantía de mantenimiento de oferta en DOLARES ESTADOUNIDENSES. |
ARTÍCULO 17° PERIODO DE VISTA:
El periodo de vista correrá a partir del día siguiente al acto de apertura y será por el plazo de DOS
(2) días, de acuerdo al Artículo 22º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado como Anexo II del Reglamento de Procedimientos para la Contratación de Bienes y Servicios de la Autoridad xx Xxxxxx Matanza Riachuelo mediante Resolución RESOL-2017-402-APN- ACUMAR#MAD.
ARTÍCULO 18º GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL DICTAMEN DE EVALUACIÓN:
Se exigirá garantía de impugnación al Dictamen de Evaluación en el marco de lo establecido en los Artículos 110°, inciso d) del Reglamento de Procedimientos para la Contratación de Bienes y Servicios de la Autoridad xx Xxxxxx Matanza Riachuelo y 31° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, aprobados como Anexo I y Anexo II de la RESOL-2017-402-APN- ACUMAR#MAD.
ARTÍCULO 19º IMPUGNACIONES AL DICTAMEN DE EVALUACIÓN:
Se podrá impugnar el Dictamen de Evaluación dentro de los TRES (3) días de su difusión en el sitio xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx o en el que en un futuro lo reemplace, previa integración de la
garantía regulada en el Artículo 110°, inciso d) del Reglamento de Procedimientos para la Contratación de Bienes y Servicios de la Autoridad xx Xxxxxx Matanza Riachuelo aprobado mediante Resolución RESOL-2017-402-APN-ACUMAR#MAD y sus modificatoria. La garantía constituida deberá ser entregada a la Unidad de Compras y Contrataciones dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) horas hábiles, contado a partir de la presentación de la impugnación. La garantía deberá constituirse por el TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones, en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato. Si el dictamen de evaluación no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe de la garantía de impugnación efectuada por un oferente se calculará sobre la base de la propia oferta del impugnante. Si la impugnación se realiza por un tercero interesado no oferente el importe de la garantía se calculará sobre la menor oferta presentada. Cuando lo que se impugnare no fuere uno o varios renglones específicos, sino cuestiones generales o particulares del dictamen de evaluación, el importe de la garantía de impugnación será equivalente al monto fijo que se estipule en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. Cuando se impugne la recomendación efectuada sobre uno o varios renglones específicos y, además, cuestiones generales o particulares del dictamen de evaluación, el importe de la garantía de impugnación se calculará acumulando los importes que surjan de aplicar los criterios estipulados con anterioridad. Las garantías de impugnación serán reintegradas al impugnante sólo en caso de que la impugnación sea resuelta favorablemente.
ARTÍCULO 20º GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:
La adjudicataria deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato en favor de ACUMAR, equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor total general de la Orden de Compra según lo establece el artículo N° 110, inciso b) del Reglamento de Procedimientos para la Contratación de Bienes y Servicios de la Autoridad xx Xxxxxx Matanza Riachuelo (Resolución RESOL-2017- 402-APN-ACUMAR#MAD) y el Artículo 35° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado como Anexo II de la misma Resolución.
Para el caso de que al oferente le corresponda presentar garantía, además de informarla a través del Sistema XXXXX.XX, deberá ingresarla de forma electrónica a través de la Mesa de Entradas Virtual Habilita mediante el sistema de Trámite a Distancia (TAD). Encontrará la guía para la carga de TAD en los anexos. La presentación por TAD suplanta la presentación física de la garantía, por ello es indispensable la carga de la misma y en el plazo señalo ut supra, dado que sin ambas cargas (COMPRAR y TAD) no se puede continuar con el proceso.
Importante: El adjudicatario deberá presentar la garantía de cumplimento de contrato en DOLARES ESTADOUNIDENSES. |
ARTÍCULO 21° CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS:
La adjudicación recaerá sobre la oferta que, habiendo cumplido con todos los requisitos exigidos en el presente pliego y en la normativa vigente, resulte más conveniente para ACUMAR, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la
misma.
El oferente deberá indicar el precio único y final para el renglón, con ajuste a lo dispuesto en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
ACUMAR se reserva el derecho de solicitar información que amplíe los datos suministrados, a fin de proceder a un correcto análisis de la documentación presentada.
ARTÍCULO 22º FORMA DE ADJUDICACIÓN:
La adjudicación se llevará a cabo en forma global. No se admite cotización parcial del renglón, es decir por menos cantidades a las señaladas en el Pliego de Especificaciones Técnicas (PET). El oferente deberá cotizar por todos los renglones de la planilla de cotización.
ARTÍCULO 23º PROHIBICIÓN DE PARTICIPAR EN MÁS DE UNA OFERTA:
Cada oferente podrá participar solamente en una oferta, ya sea por sí sólo o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica. Se desestimarán todas aquellas ofertas en las que participe quien transgreda esta prohibición.
ARTÍCULO 24º CAUSALES DE DESESTIMACIÓN SUBSANABLES:
Este Artículo se regirá de acuerdo al Artículo 25º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado como Anexo II del Reglamento de Procedimientos para la Contratación de Bienes y Servicios de la Autoridad xx Xxxxxx Matanza Riachuelo mediante Resolución RESOL- 2017-402-APN-ACUMAR#MAD y sus modificatorias.
ARTÍCULO 25º LUGAR Y FORMA DE PRESTACIÓN DE SERVICIO:
De acuerdo a lo establecido en Pliego de Especificaciones Técnicas.
ARTÍCULO 26°CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS:
El oferente que resulte adjudicado deberá cumplir como mínimo con todos y cada uno de los puntos descriptos en el Pliego de Especificaciones Técnicas (PET). El oferente que resulte adjudicado, tendrá la obligación de entregar el bien y prestar el servicio conforme a las especificaciones técnicas, para lo cual deberán considerarse incluidos todos los elementos y medios necesarios para su correcta ejecución, aun cuando no se mencionen explícitamente en el Pliego de Especificaciones Técnicas (PET).
ARTÍCULO 27° INDEMNIDAD:
El adjudicatario mantendrá indemne a su xxxxx a ACUMAR y a su personal contra todos los juicios, reclamos, demandas y responsabilidades de toda naturaleza o especie, incluidas las costas y gastos que se deriven de actos y omisiones del adjudicatario o de su personal o de otras personas que ante él fueren responsables en el cumplimiento de cualquiera de los términos y condiciones de la presente contratación.
ARTÍCULO 28º SANCIONES Y PENALIDADES:
Este Artículo se regirá de acuerdo a lo establecido en los Artículo 138°, 139°, 140°, 141° y 142°
del Reglamento de Procedimientos para la Contratación de Bienes y Servicios de la Autoridad xx Xxxxxx Matanza Riachuelo aprobado mediante Resolución RESOL-2017-402-APN- ACUMAR#MAD.
ARTÍCULO 29º CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN:
La conformidad de la recepción se otorgará dentro del plazo xx XXXX (10) días, en el marco de lo establecido por los Artículos Nros 124 y 126 del Reglamento de Procedimientos para la Contratación de Bienes y Servicios de la Autoridad xx Xxxxxx Matanza Riachuelo aprobado mediante Resolución RESOL-2017-402-APN-ACUMAR#MAD y sus modificatorias.
ARTÍCULO 30º FORMA, PLAZO, LUGAR Y HORARIO DE PRESENTACIÓN DE LAS FACTURAS:
La factura deberá ser presentada una vez recibida la conformidad de la recepción, y el plazo para su presentación será de TREINTA (30) días corridos a partir de ese momento. En el supuesto que el proveedor se hallare comprendido en algún régimen especial, fuere exento o no alcanzado por los tributos, deberá acreditar esta circunstancia en el momento de la oferta, acompañando copia de la normativa que así lo determina. Sin perjuicio de ello, quien resultare finalmente adjudicatario y se encuentre bajo tales condiciones, deberá adjuntar la constancia en oportunidad de cada factura, acreditando de tal forma la vigencia del régimen especial.
A todos los efectos, deberá tenerse presente que el pago se hará en PESOS ARGENTINOS o moneda nacional de curso legal vigente y la conversión se hará considerando el tipo de cambio vendedor del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA vigente al momento de liberar la orden de pago.
La firma adjudicataria deberá presentar la documentación citada en la Mesa General de Entradas de esta AUTORIDAD XX XXXXXX MATANZA RIACHUELO sita en Xxxxxxxxx 000 Xxxxxx Xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, en el horario de 9:00 a 17:00 horas, de acuerdo al siguiente detalle:
Factura: original, con mención del número de Orden de Compra a la que corresponde. Remito: original, sellado, y firmado por el responsable de la recepción.
Certificado de Recepción aprobado: original firmado por la Comisión de Recepción. Otra documentación: en caso de corresponder.
ACUMAR posee CUIT Nº 30-71130932-9; su carácter frente al IVA y el Impuesto a las Ganancias es el de exento, por lo tanto, no deberá discriminarse en la factura que al efecto se emita el IVA que eventualmente pudiera recaer en la operación según lo establecido en el Artículo Nº 39 del Decreto Nº 280/97.
Le corresponde actuar como agente de retención de los impuestos mencionados, por imperio de las Resoluciones Generales AFIP Nº 18/97 y DGI Nº 2784, en las facturaciones que se emitan, y atento a la no discriminación señalada deberá indicarse el importe del IVA contenido en la operación y, en su caso, otros conceptos no sujetos a retención (por ejemplo: impuestos internos). El tipo de factura que debe emitirse se identificará con las letras que para cada caso se establece a continuación:
1.- De tratarse de un proveedor que revista la condición de responsable inscripto en el IVA: letra “B”. 2.- De tratarse de un proveedor que sea responsable no inscripto, exento, o no alcanzado por el impuesto: letra “C”.
Todos los comprobantes mencionados deberán ajustarse a lo establecido en la Resolución General AFIP N° 3419/91, y sus complementarias y modificatorias, Resolución General AFIP N° 2853/10 modificada por Resolución General AFIP N° 2939/10 y la Resolución General AFIP N° 2973/10 donde se dispone como obligación de los proveedores la emisión de Factura Electrónica.
ARTÍCULO 31º PLAZO DE PAGO:
El plazo para el pago de las facturas será dentro de los TREINTA (30) días corridos, según lo establecido en el Artículo 128° del Reglamento de Procedimientos para la Contratación de Bienes y Servicios de la Autoridad xx Xxxxxx Matanza Riachuelo aprobado mediante Resolución RESOL-2017-402-APN-ACUMAR#MAD.
ARTÍCULO 32º GASTOS POR CUENTA DEL PROVEEDOR:
Será de aplicación lo establecido en el Artículo 47º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado como Anexo II Resolución RESOL-2017-402-APN-ACUMAR#MAD y sus modificatorias.
ARTÍCULO 33º TRIBUNALES COMPETENTES:
Los interesados, oferentes y/o adjudicatarios se someten, para la resolución de toda cuestión vinculada a la interpretación, aplicación o ejecución de las obligaciones dimanadas del presente Pliego, a la jurisdicción del Juzgado de Ejecución que la Corte Suprema de Justicia de la Nación designe en los autos caratulados: “XXXXXXX, Xxxxxxx c/Estado Nacional y otros s/daños y perjuicios (daños derivados de la contaminación ambiental del Río Matanza-Riachuelo)”, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles, para lo cual fijan sus domicilios, a todos los efectos legales, en los denunciados en el encabezado.
ARTÍCULO 34° PROHIBICIÓN DE PUBLICIDAD:
La aplicación del logo ACUMAR debe realizarse con autorización y bajo supervisión de la Dirección de Comunicación de la AUTORIDAD XX XXXXXX MATANZA RIACHUELO. El adjudicatario no podrá efectuar ningún tipo de publicidad en cualquier medio de difusión sin contar con la autorización previa y por escrito de ACUMAR. Si así lo hiciere, se podrá dar por rescindido de pleno derecho con culpa del proveedor, sin perjuicio de las sanciones que correspondiere aplicar.
ARTÍCULO 35° CESIÓN O TRANSFERENCIA DE LA ORDEN DE COMPRA:
Este Artículo se regirá de acuerdo al Artículo 49º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado como Anexo II Resolución RESOL-2017-402-APN-ACUMAR#MAD.
ARTÍCULO 36° CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD:
Con respecto a cualquier información que ambas partes contratantes identifiquen como reservada
y sea entregada por una de las partes a la otra para cualesquiera de los fines de esta contratación, el Organismo y el adjudicatario se comprometen a mantenerla en forma confidencial.
REQUISITOS ADMINISTRATIVOS:
ARTICULO 37° ACREDITACIÓN DE LA PERSONERÍA:
Será acreditada a través del Sistema XXXXX.XX. En caso de Consorcio o Unión Transitoria de Empresas deberá acompañarse además el compromiso de asociación con las firmas de sus integrantes autenticadas, debiendo estar constituida y legalmente inscripta con anterioridad a la adjudicación. Asimismo, deberá presentarse acreditación de Representación: en caso de actuar por apoderado o representante legal, el oferente deberá presentar el instrumento que acredite dicha representación, debidamente certificado por Escribano Público.
ARTÍCULO 38º ANTECEDENTES EN EL REGISTRO PÚBLICO DE EMPLEADORES CON SANCIONES LABORALES (REPSAL):
Los oferentes que presenten sanciones en el REPSAL no podrán celebrar contratos de compraventa, suministros, servicios, locaciones, consultoría, alquileres con opción a compra, permutas, concesiones de uso de los bienes del dominio público y privado del Estado nacional, según lo establecido en el Capítulo III, ARTÍCULO 13º inciso c) de la Ley N.° 26.940.
ARTICULO 39° DOCUMENTACIÓN DEL PERSONAL:
Será considerado un requisito que el/los oferentes agreguen en sus ofertas la siguiente documentación correspondiente a la nómina del personal a afectar a la concreción de las tareas relacionadas con la presente contratación.
1. CARGAS SOCIALES: Formulario AFIP 931, su presentación y nómina asalariada; correspondiente a los últimos TRES (3) meses devengados.
2. ASEGURADORA DE RIESGO DE TRABAJO (ART): Certificado de cobertura actualizado con detalle de nómina del personal afectado al servicio.
3. SEGURO DE VIDA OBLIGATORIO: Certificado de cobertura actualizado con detalle de nómina del personal afectado al servicio.
ARTÍCULO 40° CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR:
Conforme a lo establecido en el Art 2 de la RG AFIP 4164-E/2017, la unidad operativa de contrataciones constatara, a través de los sitios provistos por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS a tal efecto, que los oferentes no posean deudas líquidas y exigibles por obligaciones impositivas y/o de los recursos seguridad social y que los mismos hayan cumplido con la presentación de declaraciones juradas determinativas impositivas y/o de los recursos de seguridad social.
ARTICULO 41° INSCRIPCIÓN EN EL IMPUESTO A LOS INGRESOS BRUTOS:
Los oferentes deberán presentar constancia de inscripción y/o percepción de Ingresos Brutos o Convenio Multilateral indicando si es agente de retención y/o percepción.
ARTICULO 42° REQUISITOS ECONOMICOS DEL OFERENTE
Será considerado como requisito que el/los oferentes presenten junto con su oferta referencias bancarias indicando N° de cuenta y CBU.
ARTICULO 43º REQUISITOS OFERENTES
Los oferentes que no tengan personal en relación de dependencia no estarán obligados a acreditar el cumplimiento de las previsiones contenidas. En tal caso deberán acreditar que cuentan con un seguro de accidentes personales de aquellas personas que lleven a cabo la tarea.
REQUISITOS TÉCNICOS
ARTÍCULO 44º DESCRIPCIÓN TÉCNICA:
Deberá acompañarse junto con la oferta el detalle, descripción técnica y toda otra documentación tendiente a posibilitar la evaluación técnica del objeto ofertado. Dicha documentación deberá presentarse en idioma español o con la correspondiente traducción oficial. Deberá entenderse que los requerimientos técnicos y formales de este Pliego son considerados mínimos y se deberán explicar todas aquellas ventajas y/o facilidades que mejoren las especificaciones solicitadas. Con posterioridad a la apertura de las ofertas podrá requerirse a los oferentes que amplíen la documentación técnica presentada.
ANEXO I
DECLARACION JURADA DE INTERESES – DECRETO 202/2017
Tipo de declarante: Persona humana
Apellido | |
Nombres | |
CUIT |
Vínculos a declarar
¿La persona física declarante tiene vinculación con los funcionarios enunciados en los artículos 1 y 2 del Decreto N° 202/17?
(Marque con una X donde corresponda)
SI | NO | ||
En caso de existir vinculaciones con más de | La opción elegida en cuanto a la no | ||
un funcionario se deberá repetir la | declaración de vinculaciones implica la | ||
información que a continuación se solicita por | declaración expresa de la inexistencia de los | ||
cada una de las vinculaciones a declarar. | mismos, en los términos del Decreto n° | ||
202/17. |
Vínculo
¿Con cuál de los siguientes funcionarios?
(Marque con una X donde corresponda)
Presidente | |
Vicepresidente | |
Jefe de Gabinete de Ministros | |
Ministro | |
Autoridad xxx xxxxx de Ministro en el Poder Ejecutivo Nacional | |
Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir |
(En caso de haber marcado Ministro, Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional o Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir complete los siguientes campos)
Apellido | |
Nombres |
CUIT | |
Cargo | |
Jurisdicción |
Tipo de vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Sociedad o Comunidad | Detalle Razón Social y CUIT | |
Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad | Detalle que parentesco existe concretamente | |
Pleito pendiente | Proporcione carátula, N° de expediente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes. | |
Ser deudor | Indicar motivo de deuda y monto | |
Ser acreedor | Indicar motivo de acreencia y monto | |
Haber recibido beneficios de importancia de parte del funcionario | Indicar tipo de beneficio y monto estimado | |
Xxxxxxx pública que se manifieste por gran familiaridad y frecuencia en el trato | No exige información adicional |
Información adicional
La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto N° 202/17.
Firma Aclaración Fecha y lugar
DECLARACION JURADA DE INTERESES – DECRETO 202/2017
Tipo de declarante: Persona jurídica
Razón Social | |
CUIT/ NIT |
Vínculos a declarar
¿La persona física declarante tiene vinculación con los funcionarios enunciados en los artículos 1 y 2 del Decreto N° 202/17?
(Marque con una X donde corresponda)
SI | NO | ||
En caso de existir vinculaciones con más de | La opción elegida en cuanto a la no | ||
un funcionario se deberá repetir la | declaración de vinculaciones implica la | ||
información que a continuación se solicita por | declaración expresa de la inexistencia de los | ||
cada una de las vinculaciones a declarar. | mismos, en los términos del Decreto n° | ||
202/17. |
Vínculo
Persona con el vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Persona jurídica (si el vínculo a declarar es directo de la persona jurídica declarante) | No exige información adicional | |
Representante legal | Detalle Apellido, Nombres y CUIT | |
Sociedad controlante | Detalle Razón Social y CUIT | |
Sociedades controladas | Detalle Razón Social y CUIT | |
Sociedad don interés directo en los resultados económicos o financieros | Detalle Razón Social y CUIT |
del declarante | ||
Director | Detalle Apellido, Nombres y CUIT | |
Socio o accionista con participación en la formación de voluntad social | Detalle Apellido, Nombres y CUIT | |
Accionista o socio con más del 5% del capital social de las sociedades sujetas a oferta pública | Detalle Apellido, Nombres y CUIT |
Información adicional
¿Con cuál de los siguientes funcionarios?
(Marque con una X donde corresponda)
Presidente | |
Vicepresidente | |
Jefe de Gabinete de Ministros | |
Ministro | |
Autoridad xxx xxxxx de Ministro en el Poder Ejecutivo Nacional | |
Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir |
(En caso de haber marcado Ministro, Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional o Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir complete los siguientes campos)
Apellido | |
Nombres | |
CUIT | |
Cargo | |
Jurisdicción |
Tipo de vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Sociedad o Comunidad | Detalle Razón Social y CUIT | |
Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad | Detalle que parentesco existe concretamente | |
Pleito pendiente | Proporcione carátula, N° de expediente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes. | |
Ser deudor | Indicar motivo de deuda y monto | |
Ser acreedor | Indicar motivo de acreencia y monto | |
Haber recibido beneficios de importancia de parte del funcionario | Indicar tipo de beneficio y monto estimado | |
Xxxxxxx pública que se manifieste por gran familiaridad y frecuencia en el trato | No exige información adicional |
Información adicional
La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto N° 202/17.
Firma Aclaración Fecha y lugar
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
OBJETO: Contratación de suscripciones, soporte técnico y mantenimiento de firewall Checkpoint. 318-48-SCO23
Contratación de suscripciones y soporte técnico del fabricante para las unidades firewall de red Checkpoint 5800 appliance y 5800 appliance HA propiedad de ACUMAR, con respectivo sistema Security Manager Server y la plataforma de Smart Event. Se contrata soporte técnico especializado local para el mantenimiento correctivo y preventivo.
-
Renglón 1 – Renovación de las suscripciones y soporte técnico del fabricante
Cantidad: UNO (1)
Con las siguientes características técnicas:
Suscripciones de seguridad y soporte Checkpoint por un período de DOCE (12) meses, que regirá a partir de la fecha detallada en el apartado “Plazo de ejecución y entrega” y que será aplicable a todos los elementos que integren el objeto de contratación.
Dicho servicio deberá ser cotizado como Renglón 1, indicando el valor anual correspondiente para los servicios de suscripción anual y soporte.
Soporte del fabricante
El servicio incluirá la provisión de Service Packs y/o todo tipo de actualizaciones y upgrades durante toda la vigencia del contrato, sin cargo adicional alguno.
El servicio de soporte permitirá escalar incidentes técnicos de la infraestructura Checkpoint de ACUMAR compuesta por:
1. Dos (2) Equipos Firewall en Alta Disponibilidad
2. Un (1) Security Manager Server
3. Un (1) Smart Event
El personal técnico de la CMeI podrá escalar al fabricante los incidentes e inconvenientes, para su diagnóstico y/o solución a través del canal seleccionado para dar el soporte local que refiere al Renglón 2 del presente pliego.
Características del soporte Checkpoint
Soporte Empresarial Colectivo Co-Standard | |
Detalle | Solicitado |
Alineación del SLA del cliente final | 5 x 9 días hábiles |
Ingeniería de Checkpoint en el sitio para SR Critical | No |
Punto focal de apoyo | Ingeniero de soporte técnico |
Acceso al TAC |
Tiempo de respuesta comprometido a problemas de gravedad 1 | 30 minutos |
Tiempo de respuesta comprometido a problemas de gravedad 2,3 y 4 | 4 horas |
Herramientas de apoyo | |
Últimos Hot Fixes y Service Packs | Si |
Mejoras y actualizaciones importantes | Si |
Acceso a los foros de productos de Check Point | Acceso completo |
Acceso a la base de conocimientos de soporte en línea | Avanzado |
Soporte de Hardware | |
Acceso a la base de conocimientos de soporte en línea | TAC |
Método de envío RMA | Envío el mismo día laborable |
Método de envío de RMA en sitio | 5 x 8 x NBD |
Suscripciones
Se deberán mantener las suscripciones vigentes e implementadas previamente en la cuenta que actualmente utiliza el Organismo, con número de identificación 0000000.
El listado de “Blades” o “Cuchillas” disponibles será el siguiente, teniendo en cuenta que se dispondrá de DOS (2) licencias, una por cada Firewall además de las correspondientes al Security Management Server y Smart Event
● Anti-Bot
● Anti-Spam
● Antivirus
● Control de aplicaciones
● Conocimiento del contenido
● IPS
● Acceso móvil para 200 conexiones concurrentes
● Filtrado de URL
Renglón 2 - Servicio brindado por un canal local con soporte técnico y mantenimiento preventivo-correctivo
Cantidad: UNO (1)
Con las siguientes características técnicas:
Alcance
Servicio Técnico local de Soporte y Mantenimiento preventivo y correctivo mensual por un período de DOCE (12) meses, que regirá a partir de la fecha detallada en el apartado “Plazo de ejecución y entrega” y que será aplicable a todos los elementos que integren el objeto de contratación.
Dicho servicio deberá ser cotizado como Renglón 2, indicando el valor anual correspondiente que será abonado en única ejecución correspondiente a los DOCE (12) meses de vigencia del contrato.
El servicio por brindar será acorde a la importancia y calidad de las prestaciones solicitadas. Para ello, los Oferentes deberán poseer la capacidad para dar cumplimiento a las condiciones de servicio exigidas, dentro del esquema de servicio 7x24 con un margen de 2 horas de respuesta como máximo, todos los días del año, con los requerimientos definidos en las presentes Especificaciones Técnicas y con las horas contadas a partir del momento en que haya sido registrada la solicitud en el Servicio Único de llamadas del Adjudicatario.
Cada Oferente deberá informar en su propuesta los números telefónicos y/o dirección de correo electrónico de su Servicio Único de Llamadas, donde serán válidas las comunicaciones que se cursen. En caso de variar dichos datos, el Adjudicatario queda obligado a comunicar dicho cambio a la Coordinación de Modernización e Informática, con una antelación de VEINTICUATRO (24) horas. El mencionado centro de recepción de llamadas dispondrá de un sistema de registro, derivación y seguimiento de requerimientos de servicios de soporte y/o mantenimiento.
El Oferente garantizará que el servicio técnico será brindado por personal especializado y certificado por la/s empresa/s fabricante/s de los productos ofrecidos (deberá presentar evidencia documental que lo acredite como tal).
El Adjudicatario deberá arbitrar los medios necesarios y será responsable de ello, para asegurar la prestación del Servicio mencionado, tanto en los casos en que brinde dichos servicios por sí como a través de terceros.
Soporte
El Servicio Técnico de Soporte y Mantenimiento será integral, es decir que comprenderá el servicio de actualización de versiones o parches de software, que sean necesarios para el correcto funcionamiento de toda la plataforma adquirida. Incluirá el soporte y mantenimiento del software que hubiera sido instalado por el fabricante o proveedor del producto instalado y lo amparará ante todo tipo de error propio, del software, así como de configuración, instalación, etc., cualquiera sea su origen.
Incluirá la implementación de Service Packs y/o todo tipo de actualizaciones y upgrades durante toda la vigencia del contrato, sin cargo adicional alguno para ACUMAR, para el software que hubiera sido instalado por el fabricante o proveedor del producto instalado como parte de la plataforma provista.
El servicio de soporte que brinde el Adjudicatario permitirá que el personal técnico del Organismo efectúe consultas a sus especialistas, contando con una cuota de 10 incidentes semanales, en forma telefónica, al Servicio Único de Llamadas, o en forma personal, dentro del esquema de servicio 7x24, todos los días del año. Es decir que la CMeI podrá requerir la asistencia de personal técnico del Adjudicatario a sus instalaciones, para diagnosticar y/o solucionar inconvenientes que superarán la vía telefónica/correo electrónico.
En todos los casos, las fallas que pudieran presentarse en cualquiera de los elementos provistos deberán ser reparadas, a total satisfacción del organismo, dentro de un plazo máximo establecido según el siguiente cuadro:
Severidad | Impacto | Descripción | Tiempo de resolución |
1 | Alto | Solución detenida, sin recupero inmediato. Riesgo crítico con pérdida y/o corrupción de datos. | DOS (2) hs |
2 | Medio | Falla de servicios vitales. Productividad restringida. | CUATRO (4) hs |
3 | Bajo | Problemas de rendimiento o pérdida de funcionalidades complementarias | SEIS (6) hs |
4 | Sin afectación | Falla de servicios no vitales, preguntas y consultas generales. | OCHO (8) hs |
El tiempo máximo para que el Representante Técnico autorizado se haga presente en la instalación, desde que se comunica la falla, y repare a total satisfacción los elementos en falla, es el plazo estipulado en la columna Tiempo de Resolución.
Si la resolución del incidente registrado por la CMeI implica la necesidad de la presencia de personal técnico en sitio este se realizará sin costo alguno para el Organismo.
Mantenimiento Preventivo y Consultoría
Los oferentes deberán brindar CUATRO (4) horas de servicio de consultoría que se renovarán de manera mensual a fin de utilizarlas en los siguientes esquemas de prevención:
1. Verificación del normal funcionamiento de los sistemas
2. Control de calidad de performance de los sistemas
3. Control, corrección y cambios que se deban realizar al software y/o hardware
Actualización de la infraestructura.
Se requiere que el oferente brinde como mínimo una vez durante la duración del contrato, si es requerido por el personal técnico de ACUMAR, la actualización del sistema operativo de los componentes de la infraestructura de Checkpoint instalada.
Días y horarios operativos
Las fechas y horas para la ejecución del mantenimiento preventivo serán acordadas entre la CMeI y el Adjudicatario involucrado, con el fin de no entorpecer las tareas de los usuarios, y se realizarán siempre dentro del horario de 18hs a 24hs en días hábiles administrativos. Las tareas que se desarrollen con tal motivo deberán asentarse, con el máximo nivel de detalle, en una Orden de Trabajo, que deberá ser aprobada por el Representante Técnico del Organismo. Si durante la ejecución de las tareas de Mantenimiento Preventivo, el Adjudicatario verificará la presencia de alguna falla o estimará una alta probabilidad de ocurrencia, procederá a realizar los trabajos que fueran necesarios para corregirla o prevenirla, según corresponda, con la previa autorización del Representante Técnico que designe ACUMAR.
Consideraciones generales
Los oferentes deberán contar con un nivel de reconocimiento por parte de Checkpoint de “Partner level 3” y presentar la documentación comprobante de dicha certificación.
Los requerimientos técnicos detallados previamente deben considerarse como mínimos, pudiéndose presentar ofertas cuyas características superen o mejoren las solicitadas.
Se deberá presentar por cada renglón un folleto o datasheet en el que se encuentre información detallada sobre las características del servicio ofertado. En caso de no contar con dicho folleto, los oferentes deberán presentar descripción en la oferta, o elaborar y presentar un documento en el que se exprese de manera clara el cumplimiento o las diferencias con respecto de los requisitos técnicos descritos.
Se solicita que en la oferta técnica se exprese de manera fehaciente haber tomado conocimiento de las características, requerimientos técnicos mínimos y consideraciones generales establecidas en cada Renglón de este pliego y expresar de manera clara que la solución ofertada se encuentra en cumplimiento de estas.
En caso de que en la propuesta técnica no se encuentre con claridad la información necesaria para una correcta evaluación de esta, se considerará el No Cumplimiento de los requerimientos. Por tratarse de un servicio integral, la adjudicación será global. Todos los renglones deberán ser cotizados y adjudicados a un mismo oferente.
Lugares de entrega de equipos y prestación del servicio
Sede ACUMAR Central ubicada en Xxxxxxxxx 000, Xxx Xxxxxxx, XXXX.
Plazo de ejecución y entrega
Renglones 1 y 2:
Será de DOCE (12) meses con opción a prórroga de igual período aplicable a la totalidad de los renglones.
Se considerará como inicio de la entrada en vigor del contrato la efectiva prestación del servicio, y la entrega de las suscripciones, para ello, quien resulte adjudicado tendrá un plazo máximo de CUARENTA (40) días corridos a partir del perfeccionamiento de la Orden de Compra para la entrega y efectiva activación de los elementos que conforman la presente contratación.
Se confeccionará un acta de inicio de vigencia para los servicios y licencias, que será firmada por ACUMAR y la firma adjudicataria.
Forma de pago y moneda de cotización
Renglónes 1 y 2:
El pago se realizará una vez que las suscripciones y servicios se encuentren efectivamente operativos, dentro de los TREINTA (30) días hábiles posteriores a la conformación y presentación vía TAD de la factura.
Moneda de cotización
Los oferentes deberán cotizar los renglones 1 y 2 en dólares estadounidenses. El pago se hará en PESOS ARGENTINOS o moneda nacional de curso legal vigente y la conversión se hará considerando el tipo de cambio vendedor (billete) del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA
vigente al momento de liberar la orden de pago. PLIEG-2023-81653144-APN-DGA#ACUMAR
República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número: PLIEG-2023-81653144-APN-DGA#ACUMAR
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 14 de Julio de 2023
Referencia: Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas - EX-2023-67992447- -APN- DA#ACUMAR "Contratación de suscripciones, soporte técnico y mantenimiento de firewall Checkpoint"
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Digitally signed by Gestion Documental Electronica Date: 2023.07.14 13:27:40 -03:00
Xxxxxxx Xxxxx Director General
Dirección General Administrativa Autoridad xx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx
Digitally signed by Gestion Documental Electronica
Date: 2023.07.14 13:27:41 -03:00