PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE
SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN Y LOGÍSTICA PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE ESTAFETA Y ALMACENES DEL INE
PROCEDIMIENTO ABIERTO CON MÁS DE UN CRITERIO DE ADJUDICACIÓN
Nº de Expediente 01002720046N.
1. OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del contrato de servicios a que se refiere el presente Pliego de cláusulas administrativas particulares es “Servicios de distribución y logística para la gestión integral de estafeta y almacenes del INE”.
El expediente se compone de dos Lotes.
Lote 1: Servicios polifuncionales para los Servicios Centrales del INE. Lote 2: Transporte de materiales.
Código de Vocabulario Común de Contratos (CPV): Lote 1: 98390000. Lote 2: 60100000.
2. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER MEDIANTE EL PRESENTE CONTRATO.
La contratación de los servicios de distribución y logística para las Unidades de Estafeta y Almacenes, fundamentalmente, así como aquellas tareas de baja cualificación complementarias de la Secretaría General, no cubiertas por el personal propio, mediante la contratación de dos lotes independientes. El lote 1 comprende los servicios polifuncionales con la distribución y transporte entre los edificios de los SSCC y delegación provincial de Madrid y el lote 2 el transporte de mercancías propiamente dicho. La inclusión de vehículos en el lote 1, permite que el servicio de polifuncionales pueda atender ese transporte así como otras tareas propias de Estafeta y Almacén. Al desligar el trasporte de mercancías del transporte entre los edificios de Madrid, y contar con un contrato para el transporte de valija, a precios mucho más reducidos que las tarifas habituales en el transporte de mercancías, se reduce el coste del transporte ya que la mayoría de los envíos por su peso y volumen se realizan por valija.
3. PRESUPUESTO.
3.1 La Cantidad máxima a invertir, constitutiva del presupuesto base de licitación del presente contrato, será de cuatrocientos setenta y dos mil ochocientos sesenta euros, IVA excluido (472.860,00 €) (557.974,80 €, IVA incluido).
La cuota correspondiente del Impuesto sobre el valor Añadido es el 18 %
El número de ejercicios a que se aplicará dicha cantidad es de tres, según la siguiente distribución de anualidades, cifras IVA incluido:
Año 2012: 33.004,60 €
Año 2013: 371.983,20 €
Año 2014: 152.987,00 €
3.1.A. Presupuesto base de licitación del Lote 1: 306.180,00 €, IVA excluido (361.292,40 €, IVA incluido).
3.1.B. Presupuesto base de licitación del lote 2: 166.680,00 €, IVA excluido (196.682,40 €, IVA incluido).
El presupuesto por anualidades del Lote 1 es:
Año 2012: 17.010,00 €, IVA excluido (20.071,80 €, IVA incluido). Año 2013: 204.120,00 €, IVA excluido (240.861,60 €, IVA incluido). Año 2014: 85.050,00 €, IVA excluido (100.359,00 €, IVA incluido).
El presupuesto por anualidades del Lote 2 es:
Año 2012: 10.960,00 €, IVA excluido (12.932,80 €, IVA incluido). Año 2013: 111.120,00 €, IVA excluido (131.121,60 €, IVA incluido). Año 2014: 44.600,00 €, IVA excluido (52.628,00 €, IVA incluido).
En ningún caso el gasto que se impute a cada uno de los ejercicios posteriores podrá exceder de las cantidades que resulten de la aplicación de los porcentajes establecidos en el artículo 47.2 de la Ley General Presupuestaria.
A estos efectos se ha realizado la oportuna retención de créditos en la aplicación 27.101.923C.223. del presupuesto de gastos del INE
Las ofertas se realizarán por los dos Lotes indicados en la cláusula 1 de este Pliego. Los licitadores pueden presentarse sólo a uno de los lotes o a ambos.
3.2 Después de la entrada en vigor del contrato, y si resultara necesario, este importe se podrá ampliar o reducir hasta un máximo del 10%, previa audiencia y conformidad del contratista, y, en su caso, la fiscalización del gasto correspondiente, siempre y cuando la modificación consista exclusivamente en que el contratista efectúe exactamente la misma prestación contractual objeto del contrato (en más o en menos y con el indicado límite económico del 10%). A tal efecto, se tramitará el correspondiente expediente de modificación y, aprobado éste, se formalizará en documento administrativo. La vigencia de la modificación comenzará a partir de la fecha de la referida formalización.
Cualquier otra modificación solo podrá efectuarse cuando se justifique la concurrencia de alguna de las circunstancias relacionadas en el artículo 107 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP).
3.3
3.3.1. Lote 1:
Las empresas licitadoras deben presentar los siguientes precios unitarios, IVA excluido: Recursos humanos:
• Precio/hora del servicio habitual de los recursos humanos aportados: apartado 2.3.1. xxx Xxxxxx de
prescripciones técnicas (en adelante, PPT) (será excluida la proposición que presentase más de un precio/hora).
Recursos materiales:
• Precio/mes resultante del total de recursos materiales aportados: apartado 2.3.2. del PPT (será excluida la proposición que presentase más de un precio/mes).
La suma de las dos cifras obtenidas al multiplicar los dos precios unitarios arriba indicados, respectivamente por el número de horas indicadas en el PPT y por el número de meses de vigencia del contrato, no podrá exceder de 306.180,00 €, IVA excluido.
3.3.2. Lote 2:
Se establecen los precios unitarios, XXX excluido, que figuran en la siguiente tabla. Los licitadores presentarán los distintos precios unitarios que ofertan, que no podrán exceder de los respectivos máximos de la mencionada tabla:
Servicio | Importe máximo |
SERVICIO PENINSULAR: | |
a) Servicio Exclusivo: | |
- Precio servicio 5 Kgs.: | 4,50 € |
- Exceso Kg. o fracción: | 0,50 € |
b) Servicio Combinado: | |
- Precio servicio 5 Kgs.: | 4,50 € |
- Exceso Kg. o fracción: | 0,35 € |
SERVICIO INSULAR (CANARIAS Y BALEARES) Y LAS CIUDADES DE CEUTA Y MELILLA | |
a) Servicio Exclusivo: | |
- Precio servicio 5 Kgs.: | 21,50 € |
- Exceso Kg. o fracción: | 3,30 € |
b) Servicio Combinado: | |
- Precio servicio 5 Kgs: | 16,00 € |
- Exceso Kg. o fracción: | 0,90 € |
PRECIO HORA SERVICIO DE CAMIÓN DE 3.500 KG. CON TRAMPILLA | 15,00 € |
PRECIO HORA SERVICIO TRAILER: | 15,00 € |
SERVICIO INTERNACIONAL: | |
a) Servicio Aéreo: | |
- Precio servicio 1 Kgs.: | 12,00 € |
- Exceso Kg. o fracción: | 3,30 € |
b) Servicio Combinado: | |
- Precio servicio 5 Kgs.: | 21,50 € |
- Exceso Kg. o fracción: | 1,10 € |
LOTE 2 - OPCIONAL PARA EL INE | |
Servicio transporte diario entre los edificios de los XX.XX y Delegación Provincial de Madrid. Los licitadores presentarán el precio/mes, IVA excluido, que ofertan para este servicio, que solamente se prestaría en caso de que el INE lo solicitase. | 7.560,00 €/mes, IVA excluido. |
3.4 El valor estimado del contrato, de acuerdo con las normas establecidas por el artículo 88 del TRLCSP, es de 1.040.292,00 €. El contrato está sujeto a regulación armonizada.
4. PLAZO DE VIGENCIA Y PLAZO DE DURACIÓN.
El plazo de vigencia del contrato será de dieciocho meses desde el 1 noviembre 2012, o desde la fecha de formalización del contrato si ésta fuese posterior. La ejecución parcial, mediante entregas, si la hubiera, se ajustará a lo establecido en el Pliego de prescripciones técnicas.
No obstante, el contrato podrá prorrogarse por mutuo acuerdo de las partes, antes de finalizar aquél, sin que las prórrogas puedan superar, aislada o conjuntamente, el plazo fijado originariamente. La
prórroga se efectuaría en las mismas condiciones económicas, salvo que ambas partes acordasen un importe menor.
5. CÓMPUTO DE PLAZOS.
Todos los plazos establecidos por días se entenderán referidos a días naturales, salvo que se indique expresamente que solo deben computarse los días hábiles. No obstante, si el último día del plazo fuera inhábil, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
El presente expediente se tramita de forma ordinaria.
6. CRITERIOS Y PROCEDIMIENTO PARA LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS. ADJUDICACIÓN.
El órgano de contratación es el Sr. Presidente del Instituto Nacional de Estadística (INE) (Xxxxx xx xx xxxxxxxxxx 000, 00000 Xxxxxx; xxx.xxx.xx ) El perfil de contratante del INE se encuentra en la Plataforma de Contratación del estado: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx
El INE publicará la información relativa a las convocatorias de contratos y adjudicaciones en la Plataforma de Contratación del Estado. A través de la mencionada Plataforma se podrán efectuar también las comunicaciones o notificaciones que procedan en relación con cada procedimiento; en defecto de la repetida Plataforma, éstas se efectuarán mediante comunicación individual.
El contrato a que se refiere el presente Pliego de cláusulas administrativas particulares se adjudicará por procedimiento abierto, con más de un criterio de adjudicación. Los criterios de adjudicación son los indicados en la cláusula 11 de este Pliego.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente en su caso de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o a adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del TRLCSP, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante.
La licitación y la adjudicación se realizará por lotes independientes. Los licitadores pueden presentarse sólo a uno de los lotes o a ambos.
7. RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN
De acuerdo con lo previsto en los artículos 40 y concordantes del TRLCSP, serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, previo a la interposición del contencioso-administrativo, los contratos sujetos a regulación armonizada y contratos de servicios comprendidos en las categorías 17 a 27 del Anexo II del TRLCSP cuyo valor estimado sea igual o superior a 193.000,00 euros. El plazo para la interposición del recurso, así como el preceptivo anuncio previo, se regulan en el artículo 44 del citado TRLCSP.
8. GASTOS DE PUBLICIDAD.
El importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del presente contrato que deberá abonar el adjudicatario asciende a 1.800,00 €. El reintegro por el adjudicatario se hará efectivo mediante su descuento en el pago o pagos del contrato.
9. FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES. DOCUMENTOS A PRESENTAR POR LOS LICITADORES
9.1 Las proposiciones deberán presentarse íntegramente redactadas en castellano, serán secretas y se sujetarán al modelo que acompaña al presente pliego (Anexo 1 “Modelo de participación”). Su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de las cláusulas xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y del de prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna, así como la declaración responsable del proponente de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
9.2 Los interesados presentarán sus proposiciones en tres sobres, señalados con los números 1 (documentación general), 2 (proposición técnica) y 3 (proposición económica), cerrados y firmados por el propio licitador o persona que lo represente, haciendo constar en el exterior de cada uno de ellos su respectivo contenido, el número de expediente, el objeto del procedimiento, el nombre o razón social de la empresa licitadora, el nombre y cargo del representante, la indicación del NIF de la empresa y la localidad de su domicilio social, así como la indicación del lote o lotes a que se presenta. En el interior de cada uno de ellos se hará constar, en hoja independiente, su contenido, enunciado numéricamente.
Los tres sobres deberán presentarse en el Registro General del Instituto Nacional de Estadística (INE), calle Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, 2, planta baja (28020 – Madrid), dirigidos al órgano de contratación, todos los días hábiles durante las horas de oficina antes de las trece horas del día señalado como fecha límite de recepción de ofertas. Esta fecha será la que se indique en el anuncio de este procedimiento en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Unión Europea.
La oficina receptora dará un recibo de cada proposición en el que conste el nombre del licitador, la denominación del objeto de la licitación y el día y hora de la presentación. Una vez entregada una proposición no podrá ser retirada bajo ningún pretexto, salvo causa justificada. En el Registro General del INE no se podrá compulsar documentación los últimos cuatro días hábiles del periodo de presentación de proposiciones.
También podrán ser enviados por correo dentro del plazo de admisión señalado (Registro General del INE. Mesa de Contratación. Madrid), debiendo el empresario justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante correo electrónico (xxxxxxx@xxx.xx) emitido no más tarde de las trece horas del mismo día señalado en el segundo párrafo de este mismo apartado (el anuncio por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y hora y del contenido íntegro de las comunicaciones, y se identifica fidedignamente al remitente y destinatario. El E-mail deberá incluir como archivo adjunto el mencionado justificante del depósito en correos en el que deberá ser perfectamente legible el día y la hora de la imposición). Sin la concurrencia de esos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
9.3 Los licitadores podrán presentarse a uno sólo o a ambos lotes. En caso de presentarse a los dos lotes, especificarán clara y separadamente los precios que ofertan por cada uno de los lotes a los que se presentan.
9.4 Los licitadores especificarán (dentro del "Sobre n° 3 - proposición económica" y siguiendo el modelo del Anexo 2 "Modelo de proposición económica") los precios unitarios (IVA excluido) que ofertan para cada uno de los lotes a los que se presenten. Respecto al Lote 1, presentarán los precios unitarios que ofertan siguiendo el mismo orden y denominación que se especifica en la cláusula 3.3.1. Respecto al Lote 2, presentarán los distintos precios unitarios que ofertan presentando un cuadro exactamente igual que el que figura en la cláusula 3.3.2. de este Pliego; dichos precios ofertados no podrán exceder de los correspondientes máximos indicados en la citada cláusula 3.3.2.
9.5 El sobre número 1, relativo a la documentación general, contendrá los siguientes documentos, originales o copias de los mismos que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente:
a) Anexo 1 a que se refiere la cláusula 9.1, debidamente cumplimentado
b) Si la empresa fuere persona jurídica, escritura de constitución, o modificación, en su caso, debidamente inscritas en el Registro Mercantil cuando este requisito fuere exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso en el correspondiente Registro Oficial.
Si fuere persona física, aquél que acredite su personalidad (Documento Nacional de Identidad, o el que legal o reglamentariamente le sustituya, para los españoles; pasaporte, autorización de residencia y permiso de trabajo, para los extranjeros de Estados no pertenecientes a la Unión Europea; documento que acredite su personalidad, según la legislación del país respectivo, para los extranjeros pertenecientes a alguno de los países integrantes de la Unión Europea).
Si se tratare de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, deberán acreditar su inscripción en los registros o presentar las certificaciones que se indican en el anexo I.3 del Reglamento General de la Ley de Contrato de las Administraciones Públicas (en adelante, RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
La capacidad de obrar de las demás empresas extranjeras se acreditará mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
En estos supuestos, además deberá acompañarse informe de la Misión Diplomática Permanente de España o de la Secretaría de Estado de Comercio Exterior del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, siempre que se trate de contratos de cuantía igual o superior a la prevista en el artículo 16 del TRLCSP o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 55 del citado TRLCSP.
c) Si el firmante de la proposición es administrador de la Sociedad con facultades delegadas de representación o apoderamiento de carácter general: escritura notarial de delegación de facultades o de apoderamiento (acompañado del documento que acredite su personalidad: Documento Nacional de Identidad, o el que legal o reglamentariamente le sustituya, para los españoles; pasaporte, autorización de residencia y permiso de trabajo, para los extranjeros de Estados no pertenecientes a la Unión Europea; documento que acredite su personalidad, según la legislación del país respectivo, para los extranjeros pertenecientes a alguno de los países integrantes de la Unión Europea).
La documentación acreditativa de la personalidad jurídica, capacidad de obrar, así como, en su caso, la que acredite la representación de quienes pretendan actuar en su nombre (apartados b y c de la presente cláusula 9.5) podrá realizarse mediante la certificación de la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, de acuerdo con la Orden 1490/2010, de 8 xx xxxx, por la que se regula el funcionamiento de dicho Registro (ROLECE), xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/.
Cuando la acreditación de las circunstancias mencionadas en los apartados b) y c) de esta cláusula se realice mediante la certificación a que se refieren el apartado 2 del artículo 83 o el certificado comunitario a que se refiere el artículo 84, ambos del TRLCSP, deberán acompañarse de una declaración responsable del licitador manifestando que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación.
d) Declaración expresa responsable, redactada según modelo que se acompaña (Anexo 3), de que ni la empresa ni ninguno de sus administradores se encuentran incursos en supuesto alguno de prohibición
de contratar a los que se refiere el artículo 60 del TRLCSP. Comprenderá también esta declaración la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social impuestas por las disposiciones vigentes.
Ello sin perjuicio de que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deba presentar al órgano de contratación, antes de la adjudicación del contrato, los documentos que acrediten estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, en su caso de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente (artículo 151.2 del TRLCSP, cuarto párrafo de la cláusula 6 y Anexo 3 de este Pliego).
e) Certificado de clasificación y acreditación de la solvencia económico-financiera y técnica, según se indica en la cláusula 14 del presente Xxxxxx.
f) Cuando se trate de uniones temporales de empresarios (UTE) que se constituyan temporalmente al efecto, cada uno de ellos deberá aportar la documentación exigida en los apartados anteriores, y además, documento por el que se comprometan a constituirse formalmente, mediante escritura pública, en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, indicando además en dicho documento la participación de cada uno de ellos, y la persona que ostentará la representación de la unión de empresarios frente al INE, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la posible existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
La UTE acreditará que los empresarios clasificados individualmente reúnen, entre todos, la totalidad de los subgrupos exigidos.
g) Las empresas extranjeras, presentarán una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
h) Declaración expresa responsable de respetar el carácter confidencial de aquella información que se le facilite por el INE para la ejecución del contrato, aquella otra a que pudiera tener acceso con ocasión de dicha ejecución a la que se le hubiera dado el referido carácter en los Pliegos o en el contrato, o aquella que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que los pliegos o el contrato establezcan un plazo mayor.
9.6 El sobre nº 2, con la indicación en su exterior de “proposición técnica”, debe contener la documentación que en su caso este Pliego o el de prescripciones técnicas no indicasen expresamente que se deba incluir en el “Sobre nº 1” o en el “Sobre nº 3”, especialmente, respecto al Lote 1, la documentación a que se refieren los apartados 11.1.2. y 11.1.3. de este Pliego, así como el precio/hora del servicio extraordinario.
9.7 El sobre nº 3, relativo a la proposición económica, debe contener la misma, debidamente firmada, formulada en número y letra, con arreglo al modelo inserto en el presente pliego (Anexo 2 “Modelo de proposición económica”). El precio total de la oferta comprenderá toda clase de gastos derivados del contrato.
El oferente, al formular su propuesta económica, no incluirá dentro de la misma el Impuesto sobre el Valor Añadido que deberá ser repercutido como partida independiente, cuando así proceda, en los documentos que se presenten para el cobro, sin que el importe global contratado experimente incremento como consecuencia de la consignación del tributo repercutido. En cualquier caso, a todos los efectos se entenderá que las ofertas de los empresarios son excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
10. EXAMEN DE LA DOCUMENTACIÓN Y DE LAS PROPOSICIONES ECONÓMICAS.
10.1 La documentación será examinada por la Mesa de Contratación que estará constituida conforme a lo dispuesto en la Resolución, de 00 xx xxxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxxxx del INE (B.O.E. 25/04/2005), así como el artículo 320 del TRLCSP. Los miembros de la Mesa son: Presidenta: la Secretaria General del
INE. Vocales: La Secretaria General Adjunta de Gestión Económica; un Abogado del Estado de la Abogacía del Estado en el Departamento; el Interventor Delegado de la Intervención General del Estado en el Organismo o persona en quien delegue. Secretario: el Jefe del Servicio encargado de la contratación administrativa. La Presidenta podrá ser sustituida por la Secretaria General Adjunta de Gestión Económica o persona designada al efecto.
10.2 La Mesa de Contratación calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma. A estos efectos, la presidenta de la Mesa ordenará la apertura de los sobres, con exclusión del relativo a la proposición económica. La documentación técnica y la documentación personal será calificada por la Mesa de Contratación, acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquélla que no sea considerada bastante. Si la Mesa observare defectos materiales en la documentación presentada podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador que en el plazo concedido no subsane los defectos correspondientes.
En el supuesto del citado requerimiento, el licitador deberá presentar la documentación requerida en el citado plazo en la Secretaría de la Mesa de Contratación del INE, sita en Madrid, X/ Xxxxxxx Xxxx, 00, xxxxxx 0x, despacho 221, o en el lugar que se indique en el requerimiento.
La Mesa de Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato.
10.3 El acto de apertura de los sobres que contengan la proposición económica se efectuará públicamente ante la Mesa de Contratación, en el lugar, día y hora que se señale en el anuncio del presente procedimiento en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Terminado el acto público de apertura de las proposiciones económicas, la Mesa continuará seguidamente, a puerta cerrada, con el estudio conjunto de las proposiciones admitidas, que continuará en días sucesivos si fuera preciso.
10.4 La Mesa de Contratación elevará al órgano de contratación las proposiciones presentadas por los licitadores, junto con el acta y la propuesta de adjudicación que estime pertinente.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto frente a la Administración, mientras no se produzca la adjudicación del contrato por acuerdo del órgano de contratación.
11. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los siguientes criterios, con la ponderación que a cada uno corresponde. Todos los criterios son automáticos:
11.1. Criterios Lote 1:
LOTE 1 | Puntuación | |
11.1.1. Oferta economica | 50 | |
Recursos humanos | 25 | |
- hora servicio habitual - hora servicio extraordinario | 20 5 | |
Recursos materiales: precio/mes | 25 | |
11.1.2. Características de los vehículos aportados: | 40 |
11.1.2.1. Emisión de CO2: De 0 a 15 puntos en función del Certificado de emisión del fabricante. Se valorará el Certificado correspondiente al vehículo que más CO2 emita de entre los tres ofertados. | 15 | |
11.1.2.2. Antigüedad de los vehículos - Todos Nuevos ó Km.0: | 25 | |
- Si furgoneta mediana es nueva ó Km. 0 y al menos también uno de los otros 2 vehículos: | 20 | |
- Si la furgoneta mediana es de hasta 2 años de antigüedad ó menos de 20.000 Km., y al menos también uno de los otros 2 vehículos: | 10 | |
- Si la furgoneta mediana es de más de 2 años de antigüedad ó más de 20.000 Km: | 0 | |
11.1.3. Mejoras: | 10 | |
11.1..3.1. - Vehículo adicional: - furgoneta mediana | 5 | |
- ciclomotor o moto de 125cc y/o furgoneta grande: | 2 | |
11.1.3.2. - Bolsa de horas gratuitas: | ||
- más de 330 horas/año: | 3 | |
- de 111 horas a 330/año: | 2 | |
- hasta 110 horas/año: | 1 |
El precio u oferta económica vendrá determinado por el precio/hora del servicio habitual y del servicio extraordinario y por el precio/mes de los recursos materiales aportados. La mejor oferta económica podrá alcanzar los 50 puntos.
• La asignación de puntos a cada uno de los precio/hora y precio/mes se hará de acuerdo con la siguiente fórmula para cada uno de los precios:
Puntos oferta N =
Precio_hora oferta más baja Precio_hora oferta N
x P.M.
P.M.: puntuación máxima (25 ó 5)
• Para la asignación de puntos del criterio 11.1.2.1 Emisión de CO2 , se tomará el vehículo más contaminante de los presentados, y la valoración se hará mediante la siguiente fórmula:
siendo:
Em.CO2 menor P.Em.CO2 N = 15 x ----------------------------
Em.CO2 N
Em.CO2 menor: la menor emisión de CO2 de los vehículos que más CO2 emiten
Em.CO2 N: emisión de CO2 del vehículo que más CO2 emite de la oferta N P.Em.CO2 N: puntos obtenidos por la oferta N
El resto de la asignación de puntos obtenidos se hará según se indica en la tabla.
11.2. Criterios Lote 2:
LOTE 2 | ||
Servicio | Puntuación | |
SERVICIO PENINSULAR: | 45 | |
a) Servicio Exclusivo: | ||
- Precio servicio 5 Kgs.: | 10 | |
- Exceso Kg. o fracción: | 10 | |
b) Servicio Combinado: | ||
- Precio servicio 5 Kgs.: | 15 | |
- Exceso Kg. o fracción: | 10 | |
SERVICIO INSULAR (CANARIAS Y BALEARES) Y LAS CIUDADES DE CEUTA Y MELILLA | ||
a) Servicio Exclusivo: | 35 | |
- Precio servicio 5 Kgs.: | 7 | |
- Exceso Kg. o fracción: | 8 | |
b) Servicio Combinado: | ||
- Precio servicio 5 Kgs: | 10 | |
- Exceso Kg. o fracción: | 10 | |
PRECIO HORA SERVICIO DE CAMIÓN DE 3.500 KG. CON TRAMPILLA | 5 | |
PRECIO HORA SERVICIO TRAILER: | 5 | |
SERVICIO INTERNACIONAL: | 10 | |
a) Servicio Aéreo: | ||
- Precio servicio 1 Kgs.: | 2 | |
- Exceso Kg. o fracción: | 3 | |
b) Servicio Combinado: | ||
- Precio servicio 5 Kgs.: | 2 | |
- Exceso Kg. o fracción: | 3 |
El precio u oferta económica vendrá determinado por el coste de cada uno de los servicios solicitados que no podrá exceder el respectivo importe máximo establecido en la cláusula 3.3.2 de este Pliego La mejor oferta económica podrá alcanzar los 100 puntos.
• La asignación de puntos a cada uno de los precios ofertados de los servicios se hará de acuerdo con las siguientes fórmula:
Puntos Ofertai N =
Precio máximoi – Precio ofertai N Precio máximoi - Precio ofertai más baja
x PMi
PMi : puntuación máxima del servicio valorado
Precio máximoi : importe máximo indicado en el pliego para el servicio valorado Puntos Ofertai N : puntos obtenidos por la oferta N para el servicio valorado
El total de puntos de la oferta económica del Lote 2, será la suma de puntos obtenidos por cada uno de los precios ofertados por los servicios que componen el Lote 2.
12. ADMISIÓN DE VARIANTES O ALTERNATIVAS.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición económica, no admitiéndose variantes.
13. GARANTÍAS.
13.1 En el presente contrato, no se exige la prestación de garantía provisional.
13.2 El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar, en el plazo xx xxxx días hábiles desde que sea requerido para ello, la constitución de una garantía definitiva, constituida en la Caja General de Depósitos del Ministerio de Economía y Hacienda o en sus sucursales, a disposición de la Presidencia del INE, por una cuantía equivalente al 5 por 100 del importe de la adjudicación del contrato, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación del licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
En el caso de tener constituida la garantía global a que hace referencia el artículo 98 del TRLCSP, la garantía definitiva se acreditará mediante la aportación de una certificación de la Caja General de Depósitos o sus Sucursales comprensiva de la existencia de garantía global y su suficiencia.
Cuando a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, en el plazo de 15 días a partir de la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación se reajustará la garantía definitiva en la cuantía necesaria para que mantenga con el nuevo precio modificado la debida proporcionalidad entre la misma y el presupuesto del contrato. La misma obligación de reposición será exigible al empresario en el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía penalidades o indemnizaciones.
13.3 Las garantías podrán constituirse en cualquiera de las formas y condiciones previstas en los artículos 96 y siguientes del TRLCSP y disposiciones complementarias y de desarrollo.
14. CLASIFICACIÓN O MEDIOS DE ACREDITAR LA SOLVENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL POR LAS EMPRESAS.
En el presente contrato se exigen los siguientes Certificados de Clasificación como empresa contratista de servicios, expedidos por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado:
Para el Lote 1: Grupo L, subgrupo 1, categoría B ó bien Grupo U, subgrupo 7, categoría B y además
Grupo R, subgrupo 1, categoría A ó bien Grupo R, subgrupo 9, categoría A
Para el Lote 2: Grupo R, subgrupo 1, categoría A
y además
Grupo R, subgrupo 9, categoría A.
No será exigible la clasificación a los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, ya concurran aisladamente o integrados en una Unión, sin perjuicio de acreditar su solvencia económica y financiera y técnica o profesional, conforme a lo dispuesto en los artículos 75 y 78 del TRLCSP, y por la inscripción en el Registro Profesional o comercial, en las condiciones previstas por la legislación del Estado donde estén establecidos. La solvencia económico-financiera deberá acreditarse por el medio indicado en el apartado c) del artículo 75.1 del TRLCSP: Declaración sobre el volumen de negocio en el ámbito de actividades
correspondiente al objeto del contrato referido a los tres últimos ejercicios: el volumen global de negocios en cada ejercicio no podrá ser inferior al doble del presupuesto máximo del lote o lotes a que se presente. La solvencia técnica o profesional por el medio indicado en el apartado a) del artículo 78 del TRLCSP: Declaración suscrita por el representante de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años que incluya importe, fechas, y destinatario, público o privado de los mismos.
En su caso, la acreditación de disponer de la solvencia económica y financiera requerida podrá realizarse mediante la certificación de la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado en la que conste la Clasificación correspondiente.
Además:
a) La empresa adjudicataria del servicio deberá acreditar que dispone de un seguro de responsabilidad civil general de 10.000.000 €. Tal cobertura debe estar garantizada por un certificado de seguro que la empresa adjudicataria presentará al INE, quien podrá exigir en todo momento a aquél que acredite estar al corriente de pago de la prima. El seguro amparará al INE ante toda responsabilidad en que ésta pueda incurrir por daños, pérdidas, gastos o reclamaciones de terceros, como consecuencia de su actuación o sus empleados.
b) Las empresas licitadoras deberán presentar, en vigor, el Certificado de Aseguramiento de la Calidad conforme a la norma UNE-IS0-9001, otorgado por una de las empresas autorizadas por la Administración Española para emitirlo.
Además de estas condiciones, la empresa adjudicataria deberá ser persona física o jurídica cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente y disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
15. PROGRAMA DE TRABAJO.
Podrá establecerse que con carácter previo a la formalización del contrato, el adjudicatario deberá presentar un programa de trabajo para la ejecución del mismo, que deberá ser aprobado por la Administración.
16. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL.
16.1 Además de los derechos y obligaciones generales, derivados del régimen jurídico del presente contrato, se atenderá especialmente a las siguientes obligaciones:
El adjudicatario queda obligado a garantizar la calidad del servicio durante la vigencia del contrato, de acuerdo con los criterios de prestación, rendimiento y control del mismo que al efecto se establezcan en el pliego de prescripciones técnicas.
El empresario queda obligado, con respecto al personal que emplee en la ejecución del contrato, al cumplimiento de las disposiciones vigentes, especialmente en materia de legislación laboral y fiscal, así como el cumplimiento de las que puedan promulgarse durante la ejecución del mismo.
Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto del mismo, siendo la Administración contratante del todo ajena a dichas relaciones laborales.
El contratista estará obligado a satisfacer todos los gastos que se deriven de la formalización del contrato incluidos los tributos y todos los demás exigibles por las disposiciones vigentes.
Se hará expresa reserva de dominio a favor de INE, de cuantos materiales sean propiedad de éste y se encuentren depositados en los vehículos de la empresa adjudicataria, quién viene obligada a hacer constar esta reserva de dominio en todo momento y cualquiera que fuere la circunstancia que concurriera, y en especial en los casos de embargo preventivo, traba, intento de embargo definitorio o subasta por un tercero.
16.2 El contrato que en su momento se formalice declarará expresamente que el contenido xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas forman parte del mismo, así como en su caso las mejoras ofertadas, considerándose todo ello a todos los efectos partes integrantes del contrato.
17. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se formalizará en documento administrativo, constituyendo el mismo título suficiente para acceder a cualquier registro público. El contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, por lo que la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación.
Cuando por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato, la Administración podrá acordar la resolución del mismo, previa audiencia al interesado y con incautación de la garantía correspondiente e indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.
18. EJECUCIÓN DEL CONTRATO. DIRECCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LAS PRESTACIONES.
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en los documentos contractuales y conforme a las instrucciones que, en interpretación técnica de éstos dicte al contratista la Administración. Cuando dichas instrucciones fueran de carácter verbal, deberán ser ratificadas por escrito en el más breve plazo posible, para que sean vinculantes paras las partes.
El responsable del contrato es la Secretaria General del INE. Corresponde a la Secretaría General del INE, a través del Área de Asuntos Generales, dar las órdenes oportunas para lograr los objetivos y proponer las modificaciones que convenga introducir en el servicio, o la suspensión de su ejecución por causa de utilidad pública.
Antes de la formalización del contrato la mencionada Área designará a la persona que desempeñará las funciones de dirección, seguimiento y verificación del cumplimiento del contrato y la propuesta de liquidación del mismo.
La calidad del trabajo será comprobada por la misma Área de Asuntos Generales del INE, que
certificará su conformidad en cada pago, parcial o total. Si observase algún motivo de disconformidad dará las instrucciones precisas y detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados, a efecto de que sean subsanados, o proceder a la resolución del contrato en su caso, salvo que los defectos fueran imputables a la Administración.
19. SISTEMA DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO.
Los precios del presente contrato se determinarán por precios unitarios, según se indica en la cláusula
3.3 de este Pliego.
20. RÉGIMEN DE PAGOS.
El pago del precio se efectuará por períodos mensuales vencidos, una vez se acredite la realización parcial del trabajo.
No obstante, se procederá a la acumulación de periodos o pagos parciales cuando el pago que corresponda realizar en el periodo o pago parcial pactado sea inferior a 601.01 euros. Es decir, no podrán presentarse al pago facturas por menor importe del mencionado.
El contratista entregará las facturas directamente en el Área de Asuntos Generales del INE.
21. REVISIÓN DE PRECIOS.
En el presente contrato no procede la revisión de precios, justificándose en el expediente su improcedencia.
22. PRESTACIONES ESENCIALES.
En todo caso, tendrán la consideración de obligaciones contractuales esenciales, a los efectos de una eventual resolución del contrato o de la imposición de penalidades administrativas, las prestaciones que afecten a características de la misma que se hayan tenido en cuenta para definir los criterios de adjudicación.
23. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Son causas de resolución del contrato además de las establecidas en los artículos 223 y 308 del TRLCSP, las que específicamente se establezcan en el presente Pliego.
24. PENALIDADES ADMINISTRATIVAS.
24.1 Si el empresario, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total o parcial, en su caso, podrá la Administración optar por resolver el contrato por incumplimiento del mismo, o bien por imponer penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.
24.2 El acuerdo del órgano de contratación imponiendo penalidades será inmediatamente ejecutivo. Los importes de las penalidades se harán efectivos mediante deducción de los mismos en los documentos de pago al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido cuando no puedan deducirse de las correspondientes certificaciones.
25. LUGAR DE ENTREGA DEL SERVICIO OBJETO DEL CONTRATO.
Según indique el Pliego de prescripciones técnicas.
26. FORMA Y PLAZO DE RECEPCIÓN. PLAZO DE GARANTÍA.
26.1 En función de las características del objeto del contrato, la recepción de la prestación realizada se efectuará de forma continuada, durante toda la vigencia del contrato.
26.2 Una vez recibida de conformidad comenzará el plazo de garantía, el cual se fija en tres meses.
En los casos en que haya lugar a recepciones parciales, el plazo de garantía de las partes recibidas comenzará a contarse desde las fechas de las recepciones respectivas.
26.3 Si no resultaran responsabilidades sobre la garantía, su cancelación se efectuará una vez vencido, en su caso, el plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato o resuelto éste sin culpa del contratista.
27. COMPROBACIÓN DE CALIDADES.
Durante el acto de recepción, la Administración comprobará que las calidades de los servicios prestados coinciden con los exigidos en los pliegos de prescripciones técnicas.
28. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN.
28.1 Los derechos y obligaciones del presente contrato podrán ser cedidos por el contratista a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación y se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 226 del TRLCSP.
28.2 El adjudicatario podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación, debiendo indicar los licitadores en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional y técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización, estando sometida esta subcontratación a los requisitos que procedan de los establecidos en el artículo 227 del TRLCSP.
29. SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD.
Además de las obligaciones ya expresadas, la empresa adjudicataria queda obligada a tratar de forma confidencial y reservada la información recibida, así como a tratar los datos conforme a las instrucciones y condiciones de seguridad que dicte el INE.
El adjudicatario no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato alguno de los trabajos contratados ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización escrita del órgano de contratación. Adquiere igualmente el contratista el compromiso de la custodia fiel y cuidadosa de la documentación que se entregue para la realización del trabajo y, con ello, la obligación de que ni la documentación ni la información que ella contiene o a la que acceda como consecuencia del trabajo llegue en ningún caso a poder de terceras personas.
El adjudicatario y todo el personal que intervenga en la prestación contractual quedan obligados por el deber xxx xxxxxxx estadístico establecido en el artículo 17 de la Ley de la Función Estadística Pública, por las disposiciones, en su caso, de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, por lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada ley. Esta obligación seguirá vigente una vez que el contrato haya finalizado o haya sido resuelto.
La infracción de estos deberes del adjudicatario generará, además de responsabilidad contractual, la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación vigente.
En todo caso, el adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.
30. RENUNCIA O DESISTIMIENTO.
Corresponde al órgano de contratación por razones de interés público debidamente justificadas renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación. También podrá desistir de la adjudicación antes de la misma cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
El órgano de contratación compensará a los candidatos o licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido, debidamente justificados documentalmente y directamente relacionados con la convocatoria del procedimiento de adjudicación.
31. LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente contrato tiene carácter administrativo y se regirá por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y sus disposiciones de desarrollo, así como por el presente pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del presente contrato.
Visto el informe emitido por la Abogacía del Estado del Ministerio de Economía y Competitividad, de fecha 31/05/2012, esta Presidencia resuelve aprobar el presente Pliego de cláusulas administrativa particulares para la contratación de “Servicios de distribución y logística para la gestión integral de estafeta y almacenes del INE”.
Madrid, 07/06/2012
EL PRESIDENTE DEL INE
Fdo.: Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx.
ANEXO 1
MODELO DE PARTICIPACION
EXPEDIENTE: 01002720046N.
OBJETO: “Servicios de distribución y logística para la gestión integral de estafeta y almacenes del INE”.
D. …………………………………….. con D.N.I. nº ……………, domiciliado en .……..
(población), calle o plaza ………………………., teléfono., como (propietario,
apoderado, etc.) de la firma comercial
(A.- A CUBRIR SE TRATA DE EMPRESA INDIVIDUAL)
Nombre y apellidos del representado: Xxxxxxxxx
N.I.F.:
Fax de contacto: Dirección de contacto E-mail : Teléfono de contacto : (B.- A CUBRIR SI SE TRATA DE PERSONA JURIDICA)
Nombre de la razón social: Clase de sociedad:
Domicilio de la sede social: N.I.F.:
Fax de contacto: Dirección de contacto E-mail: Autoriza las comunicaciones a través de la Plataforma de Contratación del Estado
Si/NO
Teléfono de contacto
Manifiesta su interés en participar en el procedimiento arriba indicado convocada por el Instituto Nacional de Estadística, dando previamente su conformidad a todas y cada una de las cláusulas contenidas en el Pliego de cláusulas administrativas particulares y en el de prescripciones técnicas.
A tal efecto se acompañan los sobres nº 1 “DOCUMENTACION GENERAL”, nº 2 “PROPOSICIÓN TÉCNICA” y Nº 3 “PROPOSICIÓN ECONÓMICA”.
INDICE DE DOCUMENTOS CONTENIDOS EN EL SOBRE Nº 1
•
•
(firma y sello de la Empresa)
ANEXO 2
MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA (Lote 1) *
D. ……………………………………………………, con residencia en
…………………………………………, provincia de …………………………., calle de
………………………………………………………………………….., nº ………, con Documento Nacional de Identidad número , enterado de las condiciones y requisitos que se
exigen para la adjudicación del contrato “Servicios de distribución y logística para la gestión integral de estafeta y almacenes del INE: Lote 1 - Servicios polifuncionales para los Servicios Centrales del INE”, se compromete en su propio nombre y derecho/ en nombre de la Empresa …………………………………………………………….. N.I.F. , a la cual
representa (táchese lo que no proceda), a tomar a su cargo la ejecución del citado contrato con estricta sujección a los expresados requisitos y condiciones aceptando incondicionalmente las cláusulas xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y del de prescripciones técnicas, y declarando responsablemente que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
A los efectos de lo expresado en el párrafo anterior se compromete a ejecutar el contrato mediante la aplicación de los siguientes precios unitarios:
• Precio/hora del servicio habitual de los recursos humanos aportados: apartado 2.3.1. xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas (en adelante, PPT): ………………..€/hora, IVA excluido.
• Precio/mes resultante del total de recursos materiales aportados: apartado 2.3.2. del PPT: €mes, XXX excluido.
Los importes del Impuesto sobre el Valor Añadido respecto a los dos citados precios unitarios son los siguientes:
...........................
…………………………
En ………………………………….a ………. de ………………. de .....
(f i r m a)
(*): una proposición económica, ajustada al modelo que corresponda, por cada uno de los lotes a los que se presente, dentro de un único "Sobre nº 3 Proposición económica", por lo que es imprescindible indicar en el encabezamiento de la proposición (además de en el exterior de los sobres) el Lote a que se refiere.
SRA. PRESIDENTA DE LA MESA DE CONTRATACION DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA.
ANEXO 2
MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA (Lote 2) *
D. ……………………………………………………, con residencia en
…………………………………………, provincia de …………………………., calle de
………………………………………………………………………….., nº ………, con Documento Nacional de Identidad número , enterado de las condiciones y requisitos que se
exigen para la adjudicación del contrato “Servicios de distribución y logística para la gestión integral de estafeta y almacenes del INE: Lote 2 - Servicio de transporte de material”, se compromete en su propio nombre y derecho/ en nombre de la Empresa
…………………………………………………………….. N.I.F. …………………, a la cual representa (táchese lo que no proceda), a tomar a su cargo la ejecución del citado contrato con estricta sujección a los expresados requisitos y condiciones aceptando incondicionalmente las cláusulas xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y del de prescripciones técnicas, y declarando responsablemente que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
A los efectos de lo expresado en el párrafo anterior se compromete a ejecutar el contrato mediante la aplicación de los siguientes precios unitarios, IVA excluido: ……………………
Debe presentarse un cuadro de precios unitarios ofertados siguiendo estrictamente, en el mismo orden y denominación, el cuadro que figura en la cláusula 3.3.2. de este Xxxxxx, sin que puedan superarse los precios unitarios máximos que figuran en el citado cuadro.
Los importes del Impuesto sobre el Valor Añadido respecto a los citados precios unitarios son los siguientes (puede presentarse un segundo cuadro con los importes del IVA o bien en el cuadro de los precios ofertados añadir una columna más para recoger los importes del IVA).
...........................
…………………………
………………..
En ………………………………….a ………. de ………………. de .....
(f i r m a)
(*): una proposición económica, ajustada al modelo que corresponda, por cada uno de los lotes a los que se presente, dentro de un único "Sobre nº 3 Proposición económica", por lo que es imprescindible indicar en el encabezamiento de la proposición (además de en el exterior de los sobres) el Lote a que se refiere.
SRA. PRESIDENTA DE LA MESA DE CONTRATACION DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA.
ANEXO 3
MODELO DE DECLARACION EXPRESA RESPONSABLE
D. …………………………………..con residencia en …………………….., domiciliado en
…………………………….., con Documento Nacional de Identidad ( o el que lo sustituya reglamentariamente) número …………, (por sí o en representación de )
declara responsablemente:
1. Que ni la empresa ni ninguno de sus administradores se encuentran incursos en supuesto alguno de prohibición de contratar a los que se refiere el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
2. Que la empresa se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
3. Que, en el supuesto de ser propuestos como adjudicatarios, se obliga a presentar las certificaciones y documentos acreditativos de la circunstancia indicada en el número 2ª, incluidos los acreditativos del alta, el abono de la última anualidad del citado impuesto y una declaración expresa responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Localidad, fecha y firma.