CONDICIONES DE VENTA
CONDICIONES DE VENTA
1. PEDIDOS
1.1. Las órdenes de pedido procedentes de cualquier persona física o jurídica (en adelante, “el cliente”), efectuadas directa o indirectamente, sólo se tendrán por aceptadas desde el momento en que Extrusión xx Xxx, S.L. (en adelante, “el vendedor”) preste su conformidad por escrito.
1.2. Lo dispuesto en el oportuno contrato de compraventa –en caso de formalizarse dicho contrato por escrito–, en las presentes condiciones y sus anexos y/o en lo señalado en la orden de pedido y su confirmación será vinculante sólo desde que se produzca dicha confirmación por el vendedor.
1.3. El vendedor confirmará por fax o email todos y cada uno de los pedidos emitidos por el cliente, entendiéndose que si en un plazo de máximo 5 días no existe objeción alguna a dicha confirmación, el cliente da validez a todos los datos contenidos en el documento de confirmación.
1.4. Una vez transcurrido dicho plazo de 5 días sin que se haya producido objeción alguna, la orden de pedido será absolutamente vinculante para el cliente, quien vendrá obligado a recibir la mercancía solicitada y a su pago de acuerdo con lo estipulado en el contrato de compraventa oportuno, las presentes condiciones y sus anexos.
2. ENTREGA
2.1. La entrega de la mercancía desde la aceptación de la orden de pedido por parte del vendedor, se realizará mediante la puesta a disposición de la misma en las instalaciones del cliente, corriendo por cuenta del vendedor el coste y riesgo de la carga, recogida y transporte del pedido a dicho almacén, así como cualquier otro gasto que conlleve la entrega del pedido. El plazo de entrega será libremente determinado por el vendedor por escrito en el mismo documento de aceptación del pedido.
2.2. La entrega se entenderá producida en el momento en que el pedido abandone las instalaciones del vendedor.
2.3. La responsabilidad y el riesgo del transporte de la mercancía objeto de la correspondiente orden de pedido corresponde al vendedor.
2.4. Una vez entregada la mercancía, el cliente contará con un plazo de cinco días naturales desde el momento de entrega para chequear y verificar que la misma se corresponde con la orden de pedido. En caso de que el cliente aprecie algún vicio o defecto en la mercancía deberá comunicarlo inmediatamente al vendedor, y en ningún caso en un plazo superior a cinco días naturales desde el momento de entrega, por correo electrónico a la dirección del vendedor, a los efectos de que el vendedor pueda verificar el estado de la mercancía y llevar a cabo las actuaciones precisas para subsanar dicha falta o defecto, sustituir la mercancía o bien, a su discreción, restituir al cliente el precio de la mercancía defectuosa. En caso de que el cliente no haga manifestación alguna en los términos establecidos en este apartado, se entenderá que el mismo se encuentra plenamente conforme con la mercancía entregada. Si realizada la verificación por el vendedor, el envío de que se trate no adolece de ningún vicio o defecto, el cliente deberá admitir dicho envío y deberá abonar al vendedor los gastos ocasionados por la verificación.
2.5. La entrega de mercancía defectuosa por el vendedor no generará a favor del cliente derecho indemnizatorio alguno más allá de la restitución de la mercancía defectuosa por otra válida o la restitución del precio.
2.6. Las cantidades de material entregadas por línea de pedido podrán variar un 10%, al alza o a la baja.
2.7. En ningún caso lo descrito anteriormente interrumpirá o suspenderá la obligación de pago del cliente.
2.8. El vendedor podrá negarse a satisfacer la orden de pedido en caso de fuerza mayor, huelga del sector de la producción de los productos y de aquellos servicios que afecten directamente a la fabricación de los mismos; y retrasos en la resolución de los problemas técnicos planteados en la fabricación o por cualquier otra causa no imputable al vendedor.
3. PRECIO Y FORMA DE PAGO
3.1. El vendedor facturará siempre con respecto al peso teórico y perímetro total de sus planos. El perímetro mínimo a facturar será de 0.15 m2/ml.
3.2. El precio del aluminio se calcula con la media del L.M.E. en dólares del mes anterior, convirtiéndolo a EUROS con la media oficial del cambio EURO/DÓLAR del mes anterior, quedando revisado cada principio de mes excepto en contratos con reserva de metal.
3.3. El precio a satisfacer por el cliente será el que se derive de la aplicación de los listados de precios del vendedor, donde se establece asimismo la forma y plazo para el pago, listados que el cliente reconoce conocer al realizar cualquier pedido. El contenido de dichos listados de precios podrá ser libremente revisado y modificado unilateralmente por el vendedor, siendo aplicables dichas modificaciones a partir del momento en que sean comunicadas al cliente.
3.4. Cualquier retraso en el pago de las facturas emitidas por el vendedor devengará automáticamente, en concepto xx xxxx, un interés nominal del 12% sobre las cantidades impagadas.
4. RESERVA DE DOMINIO/PROPIEDAD SOBRE LAS MERCANCÍAS
Se establece como condición esencial de la operación, acordándose así de forma expresa por ambas partes, que Extrusión xx Xxx, S.L. conservará la propiedad de las mercancías entregadas al cliente, aunque éstas se encontrasen ya en las instalaciones del propio cliente, hasta el momento en que por éste se haya pagado íntegramente el precio de las mismas. De esta manera, en caso de impago, total o parcial, Extrusión xx Xxx,
S.L. estará plenamente legitimada para retirar de las instalaciones del cliente las mercancías impagadas.
5. GARANTÍA DE LAS OPERACIONES
5.1. El vendedor garantiza todas las operaciones con sus clientes mediante póliza de riesgo CESCE.
5.2. Si por motivos ajenos a la voluntad del vendedor, la compañía aseguradora no suscribiera la póliza correspondiente o la restringiera durante la relación comercial establecida entre ambas partes, el vendedor
se reservaría el derecho a instar al cliente a proporcionar los avales necesarios para poder seguir suministrándole.
5.3. Si finalmente el vendedor no exigiera al cliente la aportación de dichos avales, el vendedor, por el contrario, cambiaría la forma de pago al contado anticipado mientras durara la incidencia que impidiese gestionar con normalidad dicha póliza de seguro.
6. PROPIEDAD INDUSTRIAL
La propiedad intelectual de la matriz será siempre propiedad del cliente, garantizándose por el vendedor que el uso de la misma quedará totalmente restringido a las exigencias del cliente y que no será utilizada por terceros, salvo mutuo acuerdo entre las partes. No obstante, en todo caso será Extrusión xx Xxx S.L. el propietario y poseedor de la matriz, sin poder extraerla de su recinto productivo.
7. DISPOSICIONES GENERALES
7.1. Las presentes condiciones se aplicarán con carácter subsidiario a cualquier contrato formalizado entre el cliente y el vendedor y serán vinculantes en todo aquello que no contravenga el citado contrato.
7.2. La renuncia por parte del vendedor a exigir del cliente el cumplimiento de cualesquiera obligaciones que hayan quedado incumplidas, no podrá en ningún caso estimarse como renuncia a efectuar reclamaciones por otros incumplimientos futuros.
7.3. El incumplimiento de las presentes condiciones por parte del cliente habilitará al vendedor para instar la resolución de la relación comercial mantenida con el cliente, así como a reclamar las indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan.
8. PROTECCIÓN DE DATOS
El cliente deberá cumplir estrictamente las previsiones de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y la normativa nacional e internacional aplicable a cada caso, así como sus normas de desarrollo, en relación con Extrusión xx Xxx, S.L.
9 LEGISLACIÓN APLICABLE/CONFLICTOS
9.1 La relación contractual que el vendedor establezca con el cliente así como las presentes condiciones de venta se encontrarán sujetos a la legislación española, con la exclusión expresa de la aplicación del Convenio de Compraventa Internacional de Viena.
9.2 Para cualquier divergencia que se produjera en la interpretación y/o cumplimiento de la relación contractual o de las condiciones de venta, las partes, renunciando a su propio fuero, si lo tuvieran, acuerdan que todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de la ejecución o interpretación de la relación contractual o relacionados con la misma, directa o indirectamente, se someterán a la Jurisdicción de los Tribunales de Alicante (España).