Comité Permanente de Contrataciones
Comité Permanente de Contrataciones
BASES
CONCURSO POR INVITACIÓN Nº 004-2013 Contratación de un Estudio de Abogados especializado en energía eléctrica e hidrocarburos que asesore al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Seguridad Energética
Lima, noviembre de 2013 |
BASES DEL CONCURSO POR INVITACIÓN Nº 004- 2013
CONDICIONES GENERALES
1.1 Condiciones generales
El Concurso por Invitación Nº 004-2013, tiene por objeto la contratación de un Estudio de Abogados especializado en energía eléctrica e hidrocarburos que asesore al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Seguridad Energética
1.2 Base Legal
La Primera Disposición Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado (en adelante LCE).
Acuerdo PROINVERSIÓN Nº 000-00-0000 mediante el cual se aprueba el “Reglamento para la Contratación de Servicios y Adquisición de Bienes” de PROINVERSIÓN, en adelante el Reglamento y sus modificatorias.
1.2.3 “Convenio de la Apostilla de La Haya de 1961”.
Condiciones y Procedimientos
El proceso de selección se desarrollará de acuerdo a las Bases del Concurso (en adelante, las Bases), sus Anexos y las Circulares que se emitan, las mismas que constituyen la totalidad de normas que le serán aplicables.
Bases
Las Bases están compuestas de la siguiente manera:
Especificaciones Administrativas
Entendiéndose por éstas la convocatoria, presentación, revisión y evaluación de propuestas y el cronograma establecido para el desarrollo del Concurso.
Especificaciones Técnicas
Son los requerimientos que deberán tener en cuenta los postores que deseen participar en el Concurso, los mismos que estarán referidos a los Términos de Referencia que como parte integrante de las presentes Bases conforman el Anexo 1.
Factores y Criterios de Evaluación
Son las exigencias aplicables a los postores que se presentan al Concurso, las mismas que se basan en criterios objetivos.
Documentos Complementarios - Anexos
Formatos e información establecidos para la presentación de la documentación por parte de los postores.
ESPECIFICACIONES ADMINISTRATIVAS
Conducción del Proceso
El Comité Permanente de Contrataciones y Adquisiciones, en adelante El Comité, es el responsable de la conducción del Concurso.
La interpretación, aclaración, modificación y complementación de las estipulaciones contenidas en las Bases, incluyendo la absolución de consultas de los postores; la modificación del cronograma, la integración de cualquier vacío o deficiencia, es una atribución exclusiva de El Comité, que puede ser ejercitada cuantas veces y en las oportunidades que se requiera, lo que será comunicado a través de Circulares siempre y cuando éstas sean de carácter no sustancial1, caso contrario deberán ser aprobadas por el Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Seguridad Energética – PRO SEGURIDAD ENERGÉTICA, en adelante el Comité de PROINVERSIÓN.
Las Circulares son parte integrante de las Bases y en consecuencia jurídicamente vinculantes. Si sus destinatarios no recibieran dichos documentos, o los recibieran en forma incompleta, deberán informarlo al Comité. La no recepción de los mismos o su recepción en forma incompleta, no podrá ser invocada por sus destinatarios como causal de impugnación o reclamo alguno, ya que aquellos deben estar publicados en la página web de PROINVERSIÓN.
El Comité podrá, por instrucción expresa del Comité de PROINVERSIÓN, suspender, cancelar, dejar sin efecto, anular o desistirse unilateralmente de continuar con el Concurso o con cualquier relación resultante del mismo, en cualquier momento hasta antes de la firma del Contrato y sin expresión de causa, sea ésta jurídica o de otra índole, sin que pueda generarse responsabilidad alguna frente a los postores para sus integrantes, PROINVERSIÓN, la Dirección Ejecutiva de PROINVERSIÓN, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN y en general todo funcionario, asesor o entidad del Estado de la República del Perú.
Tipo de Proceso
Concurso por Invitación: Es la modalidad por la cual PROINVERSIÓN invita a posibles interesados en función de una lista de invitados previamente aprobada para los procesos de contratación o adquisición, desde S/. 37,000.00 (Treinta y Siete Mil y 00/100 Nuevos Soles) hasta S/. 1’110,000.00 (Un Millón Ciento Diez Mil y 00/100 Nuevos Soles). Dicha modalidad deberá contar con la veeduría de la Oficina de Control Institucional.
Plazos del Concurso
Los plazos que se establecen en las Bases consideran únicamente días hábiles en la República del Perú2, específicamente en la ciudad de Lima. Son inhábiles los días xxxxxxx, xxxxxxxx y feriados no laborables, así como los días no laborables declarados por el Poder Ejecutivo de la República del Perú. Los plazos excluyen el día inicial e incluyen el día de vencimiento.
Idioma
Todos los documentos que deban presentarse en cumplimiento de las Bases se harán en idioma español, o en su caso, acompañados de traducción simple. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Comunicaciones
Los postores deberán hacer llegar sus comunicaciones por escrito a la dirección indicada líneas abajo; adicionalmente las podrán hacer llegar a través del correo electrónico o vía fax a:
Comité Permanente de Contrataciones y Adquisiciones
Concurso por Invitación Nº 004-2013
Contratación de un Estudio de Abogados especializado en energía eléctrica e hidrocarburos que asesore al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Seguridad Energética
PROINVERSIÓN
Av. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Nº 150, Piso Nº 7, Xxxxxxxx XxxxxXxxx.
Xxx Xxxxxx, Xxxx – Xxxx
Teléfono: 000-0000 Anexo 1337
Fax: 0000000
Correo electrónico: XX00_0000@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx
En la primera comunicación que emitan, los postores deberán indicar claramente el nombre del(los) representante(s) legal(es) a quien(es) se dirigirá(n) las comunicaciones que El Comité deba o desee enviar, su número de fax, correo electrónico y su dirección postal, sólo uno de cada uno.
Postores
Para ser postor del Concurso por Invitación es condición indispensable haber recibido la respectiva invitación de PROINVERSIÓN en la fecha establecida en el cronograma desarrollado en el Anexo 4 o en su defecto, formar parte de un consorcio, donde por lo menos uno de sus integrantes haya sido invitado a participar de acuerdo al Artículo N° 5 del Reglamento.
Los postores podrán presentarse siempre y cuando no estén bajo alguno de los supuestos establecidos en el Artículo N° 6 del Reglamento.
Las limitaciones establecidas en las Bases son de aplicación para todos los postores, incluyendo a los miembros integrantes de los consorcios, de ser el caso.
Igualmente están impedidos de ser postores, las personas naturales o jurídicas que hubiesen sido:
Sancionadas administrativamente con inhabilitación temporal o permanente en el ejercicio de sus derechos para participar en procesos de selección convocados por entidades del Estado o para contratar con el Estado.
Condenadas por sentencia firme o laudo arbitral definitivo, desfavorables, recaídos o derivados de un proceso judicial o proceso arbitral iniciado por el Estado o PROINVERSIÓN, en vía de demanda o de reconvención, relativos al incumplimiento de sus obligaciones contractuales con alguna entidad del Estado.
Sometidas a un Procedimiento Concursal Ordinario o a un Procedimiento Concursal Preventivo al momento de presentar su oferta3.
En el caso de personas jurídicas, estar inmersa dentro de algunas de las causales de disolución, liquidación o extinción de sociedades que regula la Sección Cuarta del Libro Cuarto de la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887.
Si el postor es un Consorcio, todos sus miembros deberán suscribir el Contrato resultante, la carta de presentación, la declaración jurada del postor, el compromiso de participación y confidencialidad, así como el compromiso de permanencia de los miembros del equipo de trabajo, siendo cada uno de sus integrantes solidariamente responsables por el contenido de la propuesta y por el debido cumplimiento del Contrato.
Los impedimentos señalados en los literales precedentes alcanzan a los miembros integrantes de los postores, en caso éstos se presenten en Consorcio.
Etapas del Concurso
Son etapas del presente Concurso, las que se mencionan a continuación:
Convocatoria
Formulación y absolución de consultas
Presentación de propuestas, apertura de sobres y evaluación de propuestas
Adjudicación de la Buena Pro
Firma del Contrato
Formulación y absolución de consultas
Los postores podrán realizar por escrito y vía fax o correo electrónico, las consultas sobre las Bases que estimen necesarias o convenientes en las fechas previstas en el Cronograma.
Las respuestas que se formulen a manera de absolución de las consultas podrán modificar o ampliar las Bases, pasando a formar parte integrante de las mismas, y serán dadas a conocer mediante Circulares a todos los postores, las que serán remitidas vía fax o correo electrónico o correo postal o serán publicadas en la web de PROINVERSIÓN (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx), sin revelar la identidad de quien formuló las consultas.
Cualquier deficiencia o defecto en las propuestas por falta de consultas u observaciones, no podrá ser invocada como causal de impugnación.
Presentación de Propuestas
Las Propuestas se entregarán en tres sobres: Sobre Nº 1: “Credenciales”, Sobre Nº 2: “Propuesta Técnica” y Sobre Nº 3: “Propuesta Económica”, cuyos contenidos se describen en el Anexo 5.
Cada sobre deberá rotularse con el número que le corresponda según su contenido y con la razón social del postor o nombre del consorcio de ser el caso.
Asimismo, cada documento dentro de los sobres deberá:
Encontrarse rubricado y foliado en cada folio por el representante legal acreditado del postor debidamente facultado para tal efecto.
Estar redactado en español, salvo que excepcionalmente, El Comité admita la presentación en otro idioma. En caso de adjuntarse folletos o catálogos no exigidos por las Bases, redactados en idioma extranjero, El Comité podrá solicitar al Postor su traducción simple al español. Si existiera alguna discrepancia entre los textos en diferentes idiomas de cualquier documento, prevalecerá el texto en español.
Tener el carácter de declaración jurada. Si existiera alguna falsedad o fraude en los documentos presentados, se descalificará al postor y se ejecutará de inmediato la Garantía de Seriedad de Oferta (Anexo N° 12), sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar. Si la falsedad o fraude se detectara después de adjudicada la Buena Pro se rescindirá o se resolverá, según sea el caso, la relación contractual y se ejecutará la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato (Anexo N° 13).
Cada documento deberá ser presentado en un (1) original, excepto aquellos que conforman la Propuesta Técnica (Sobre Nº 2), los cuales deberán presentarse en un original y dos (2) copias.
La presentación de una propuesta implica el sometimiento incondicional del postor a las Bases, al Reglamento y a la interpretación que realice El Comité.
Las propuestas deberán tener una validez no menor de sesenta (60) días calendario, contados a partir de su fecha de presentación.
Apertura de Sobres y Evaluación de Propuestas
El Comité en acto público recibirá las propuestas en el local, día señalado en el Cronograma y la hora establecida mediante Circular publicada en la página web de PROINVERSIÓN.
De encontrarse todos los invitados presentes, o se contara con las comunicaciones de los que no participarán, que correspondan al total de invitados, se iniciará el Acto de inmediato, en su defecto, se otorgará un plazo de tolerancia de treinta (30) minutos a partir de la hora fijada para el cumplimiento del acto público. Culminado el plazo mencionado, se procederá a dar inicio al acto con los postores que se encontrasen presentes.
No se admitirá la participación de postores que concurran a la Sala del Local de PROINVERSIÓN después de iniciado el acto, ni se aceptará la entrega de documentos adicionales ni la modificación de las propuestas presentadas. Un Notario Público certificará el acto y levantará el acta correspondiente.
El Presidente de El Comité, o cualquier miembro que lo sustituya, iniciarán el acto e invitará a los postores a entregar los sobres correspondientes. Recibidas las propuestas en mesa, se procederá a abrir y dar lectura a la documentación contenida en el Sobre Nº 1, en el mismo orden en que fueron recibidos. El Notario Público visará al margen de los documentos presentados. Si se encontrara que la Garantía de Seriedad de la Oferta o algún otro documento requerido no ha sido incluído, el Postor quedará automáticamente descalificado y se le devolverá su Sobres Nº 2 y Nº 3 sin abrir.
Luego se procederá a abrir los Sobres Nº 2, de los postores cuyos Sobres Nº 1 hayan sido declarados aptos, el Notario Público visará al margen de los documentos presentados. El Comité procederá a la evaluación de los mismos, conforme a lo establecido en el Cronograma. En el mismo acto, el Notario Público procederá a firmar y sellar los Sobres N° 3, que pasarán a su custodia hasta la apertura. Se levantará un acta de lo acontecido, que será suscrita por los miembros de El Comité presentes, por el Notario Público y por los postores que así lo deseen.
Si al momento de la evaluación del Sobre Nº 1, alguno de los documentos requeridos adolece de defecto subsanable, que implique un error no sustancial4, El Comité otorgará al Postor correspondiente un plazo máximo de dos (2) días hábiles para subsanar la deficiencia. Si venciera dicho plazo sin que se hubiera subsanado la deficiencia, el Postor quedará automáticamente descalificado y se le devolverá su Sobre Nº 3 sin abrir en el acto de apertura del Sobre N° 3.
En la fecha establecida en el Cronograma se dará inicio al acto público de apertura de los Sobres Nº 3, con la presencia xxx Xxxxxxx Público, y El Comité comunicará el resultado de la evaluación de la Propuesta Técnica, indicando los puntajes totales alcanzados por los postores y en consecuencia la relación de los postores aptos, procediéndose a la devolución de los Sobres Nº 3, sin abrir, a los postores cuyos puntajes de la propuesta técnica no hubiesen alcanzado el puntaje mínimo exigido en el Numeral 4.1 de las Bases del Concurso, los mismos que quedarán descalificados.
Seguidamente se abrirán los Sobres Nº 3 de los postores Aptos, dándose lectura a las ofertas económicas propuestas, estableciéndose el orden de mérito y procediéndose a adjudicar la Buena Pro, de corresponder (si no hubiere impugnación) y se levantará el acta correspondiente. El resultado de la evaluación final y la adjudicación de la Buena Pro serán publicados en la página web de PROINVERSIÓN.
Adjudicación de la Buena Pro
La Buena Pro queda consentida en la forma siguiente:
En caso exista un solo Postor, en el mismo Acto Público, en el momento en el que se comunica durante el acto público.
En caso existan varios postores, en el mismo Acto Público, si no se hubiese dejado constancia en acta de la intención de impugnar.
En caso existiera varios postores y se hubiese dejado constancia en acta de la intención de impugnar, el postor o postores (quienes manifestaron su intención de impugnar) no lo hayan efectuado en el plazo de ocho (8) días hábiles luego de realizado el proceso.
Concurso Desierto
Cuando no se reciban propuestas o cuando ninguno de los postores que presentaron sus propuestas técnicas alcancen la calificación mínima indicada en el Numeral 4.1.
Impugnación
Los postores tendrán ocho (8) días hábiles contados a partir de la fecha de adjudicación de la Buena Pro del Concurso para presentar sus solicitudes de impugnación. La impugnación se planteará por escrito y deberá estar firmada por el representante legal indicado por el postor5.
Son requisitos indispensables para la impugnación del Concurso, que el postor haya dejado constancia en el Acta de Adjudicación de la Buena Pro de su intención de hacerlo y la presentación de la respectiva Carta Fianza.
La impugnación deberá estar referida únicamente a la evaluación de la Propuesta Técnica que corresponda al postor que la presenta.
La impugnación se presenta ante El Comité, quien resolverá en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles, luego de lo cual, el postor dispondrá de dos (2) días hábiles para interponer el recurso de apelación.
El recurso de apelación será presentado ante El Comité, el mismo que lo elevará a la Dirección Ejecutiva, la cual contará con un plazo no mayor a tres (3) días hábiles para resolver.
Si la impugnación o la apelación fuese declarada fundada por El Comité o por la Dirección Ejecutiva, respectivamente, se comunicará a todos los postores la modificación del resultado de la evaluación de las Propuestas Técnicas, y del nuevo resultado de la Adjudicación de la Buena Pro, de ser el caso, con lo que queda finalizado el Concurso y se procederá a devolver las respectivas cartas fianzas.
Si la impugnación o la apelación fuese declarada infundada por El Comité o por la Dirección Ejecutiva, respectivamente, se comunicará dicha decisión al impugnante y se ejecutará la Carta Fianza de impugnación correspondiente, continuando con el Concurso conforme a lo establecido en el Cronograma.
Firma del Contrato
Consentida la Buena Pro del Concurso por Invitación, El Comité procederá a comunicar a los postores el Consentimiento de la misma, por Circular publicada en la página web de PROINVERSIÓN.
En la fecha estipulada en el Cronograma para la firma del Contrato, PROINVERSIÓN entregará al adjudicatario un ejemplar del contrato firmado por el representante legal de PROINVERSIÓN o a quien este delegue, siempre que para entonces el adjudicatario haya entregado lo siguiente:
Copia de los documentos que acrediten, a satisfacción de PROINVERSIÓN, la constitución e inscripción del postor (o de todos sus miembros, en caso de que el postor sea un consorcio), así como copia certificada de los poderes de quienes suscribieron las propuestas y el Contrato. Alternativamente al documento constitutivo del postor o de los miembros integrantes del consorcio, de ser el caso, se aceptará el estatuto social actualmente vigente (o instrumento equivalente) expedido por la autoridad competente en su país de origen.
La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, conforme al Anexo N° 13 de las Bases.
Si el adjudicatario no cumple en la oportunidad debida con entregar los documentos a que se refieren los párrafos precedentes, se le podrá otorgar un plazo mayor de manera excepcional.
En caso de no apersonarse, en dicho plazo, se procederá a revocar la Buena Pro; a ejecutar la garantía correspondiente; y a consideración del Comité Permanente de Contrataciones, se podrá celebrar el contrato con el postor que quedó en segundo lugar y así sucesivamente. 6
Garantías
Las garantías son fianzas bancarias que deberán ser extendidas conforme a los modelos referenciales indicados en los Anexos N° 12, N° 13 y N°14, según corresponda, por uno o más bancos locales señalados en el Anexo N° 15, o por un banco extranjero de primera categoría incluidos en la relación aprobada por el Banco Central de Reserva del Perú mediante Circular Nº 036-2013-BCRP publicada en el diario Oficial “El Peruano” el 24 de setiembre de 2013, siempre que, en este último caso, la fianza sea confirmada por alguno de los Bancos locales señalados en el Anexo 15.
La Garantía de Seriedad de Oferta7 debe ascender a un monto mínimo de US$ 3,866.00 (Tres Mil Ochocientos Sesenta y Seis y 00/100 Dólares Americanos) y deberá mantenerse vigente al menos por sesenta (60) días calendario contados desde su fecha de emisión hasta la firma del contrato. Esta garantía será devuelta a los postores después de que se produzca la firma del contrato. Será presentada en el Sobre N° 1 (Ver Anexo 12)
La Garantía de Fiel Cumplimiento debe ascender a un monto igual al 5% (cinco por ciento) de la Propuesta Económica total del servicio y deberá mantenerse vigente al menos por cuatro (04) meses contados desde la fecha de suscripción del Contrato o mientras queden obligaciones pendientes de cumplir, y será entregada con los documentos requeridos para la firma de contrato. Esta garantía será devuelta al postor adjudicatario de la Buena Pro una vez que no queden obligaciones pendientes. (Ver Anexo 13)
La Garantía de Impugnación debe ascender a un monto mínimo de US$ 3,866.00 (Tres Mil Ochocientos sesenta y seis y 00/100 Dólares Americanos) y deberá mantenerse vigente al menos por treinta (30) días calendario contados desde su fecha de emisión hasta el consentimiento de la Buena Pro. (Ver Anexo 14)
Cualquier incumplimiento de las obligaciones recogidas en las presentes Bases y generadas a partir del proceso de selección en cuestión, dará lugar a la ejecución de la garantía correspondiente, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales a que hubiere lugar.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Las especificaciones técnicas son los Términos de Referencia que figuran en el Anexo N° 1.
FACTORES Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Los factores y criterios de evaluación se establecen basándose en criterios objetivos a fin de asegurar una competencia en iguales condiciones entre los postores, orientando la contratación o adquisición hacia la utilización de los recursos de la manera más eficiente posible.
Asimismo, se establecen las pautas y parámetros de evaluación aplicables a los postores que se presentan al Concurso, los mismos que se basarán en los siguientes criterios objetivos:
Experiencia en la especialidad del postor
El personal requerido (profesión, grado profesional alcanzado y experiencia en la especialidad) para el objeto del Concurso.
4.1 Factores de Evaluación Técnica
Las propuestas técnicas contenidas en el Sobre N° 2 se calificarán sobre la base de los conceptos que se indican en la Metodología de Evaluación, contenida en los Términos de Referencia (Anexo N° 1).
4.2 Calificación de la Propuesta Económica
La evaluación de la propuesta económica, podrá alcanzar un puntaje máximo de 80 puntos, asignándose este máximo puntaje a la propuesta más baja. El puntaje de los otros postores se determinará de acuerdo a la metodología establecida en los Términos de referencia (Anexo N° 1).
Las propuestas económicas que superen el monto referencial indicado en los Términos de Referencia, serán automáticamente descalificadas.
DEFINICIÓN DEL PUNTAJE TOTAL DE CADA POSTOR
El puntaje total será la sumatoria de los puntajes de la Propuesta Técnica y la Propuesta Económica, según lo estipulado en los Términos de referencia (Anexo 1)
Los puntajes finales obtenidos por cada postor permitirán elaborar el Cuadro de Méritos final del Concurso.
6. DEFINICIÓN DE LA OFERTA GANADORA
La oferta ganadora será la que obtenga el mayor puntaje final, otorgándosele la Buena Pro a dicho Postor.
En el supuesto que dos o más postores alcanzaran el mismo puntaje final, la Buena Pro se otorgará al postor que haya obtenido el mejor puntaje técnico.
De persistir el empate, la Buena Pro se otorgará por sorteo.
7. DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS – ANEXOS
Términos de Referencia (Anexo N° 1)
Carta dirigida al Comité Permanente manifestando la intención de participar en el Concurso (Anexo N° 2)
Declaración Jurada del Postor de no mantener impedimentos (Anexo N° 3)
Cronograma (Anexo N° 4)
Descripción del contenido de los sobres. (Anexo N° 5)
Relación de principales experiencias, de ser el caso. (Anexo N° 6)
Relación de las personas que integran el equipo de trabajo propuesto según el personal solicitado, de ser el caso. (Anexo N° 7)
Currículum Vítae. (Anexo N° 8)
Compromiso de participación y confidencialidad. (Anexo N° 9)
Compromiso de permanencia de los miembros del equipo de trabajo. (Anexo N° 10)
Formato de Propuesta Económica. (Anexo N° 11)
Modelo de Garantía de Seriedad de Oferta. (Anexo N°12)
Modelo de Garantía de Fiel Cumplimiento. (Anexo N° 13)
Modelo de Garantía de Impugnación. (Anexo N° 14)
Relación de bancos que pueden emitir garantías. (Anexo N° 15)
Modelo de contrato8. (Anexo N°16)
ANEXO N° 1
TÉRMINOS DE REFERENCIA
CONCURSO PARA LA CONTRATACIÓN DE UN ESTUDIO DE ABOGADOS ESPECIALIZADO EN HIDROCABUROS
OBJETO DEL SERVICIO
El Estudio de Abogados, adjudicatario de la buena pro del concurso, (en adelante, el ESTUDIO) deberá prestar al Comité PRO SEGURIDAD ENERGÉTICA de PROINVERSION (en adelante El Comité Pro Seguridad Energética), asesoría legal para la evaluación, revisión, observación, emisión de sugerencias y recomendaciones según corresponda, respecto a los aspectos legales contenidos en los documentos del proceso de promoción del proyecto Mejoras a la Seguridad Energética y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano (en adelante el PROYECTO).
ALCANCE DEL SERVICIO
La asesoría legal integral comprenderá desde la firma del contrato con el estudio de abogados especializado en Hidrocarburos y hasta la fecha de cierre del proceso. . Las actividades específicas requeridas se detallan en el siguiente numeral.
ACTIVIDADES ESPECÍFICAS
EL ESTUDIO, a través del EQUIPO DE ABOGADOS designado para tales efectos brindará al Comité asesoría legal conforme al objeto del servicio, siendo, las siguientes:
Revisión, observación, formulación de sugerencias o recomendaciones a los proyecto de contratos que requiera el proceso materia de la presente contratación. Dichos contratos incluyen al menos los siguientes: Contratos de Concesión, Take or Pay y Ship or Pay. El Comité Pro Seguridad Energética podrá requerir la elaboración de otros tipos de contratos.
Asistencia legal en las reuniones de trabajo para la presentación, discusión de los proyectos de contratos y/o análisis o presentación de cualquier aspecto legal necesario para la llevar adelante LOS PROYECTOS, con el COMITÉ y su equipo, de ser requerido.
Atención de las consultas que le formule el Comité Pro Seguridad Energética y el Jefe de Proyecto en Asuntos de Seguridad Energética.
La absolución de consultas y/o propuestas del ESTUDIO de cualquier naturaleza deberán incluir un Informe sustentatorio así como reuniones para su discusión con el COMITÉ y su equipo, de ser requerido.
Verificación de la distribución y asignación de riesgos en el contrato, en coordinación con terceros contratados por PROINVERSION, el Comité y su equipo.
Brindar la asistencia legal que fuera necesaria o conveniente para optimizar los objetivos a que se refieren los numerales anteriores, pudiendo incluir la elaboración de proyectos de normas necesarias para llevar adelante el PROYECTO.
En general, cualquier encargo que le pueda realizar EL COMITÉ, a través de la instancia autorizada, vinculada a los aspectos legales del proceso de promoción de la inversión privada del PROYECTO.
PROYECTO DENTRO DEL ALCANCE DEL SERVICIO
Proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano”
El proyecto, “Mejoras a la Seguridad Energética y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano”, está orientado a implementar medidas de afianzamiento de la seguridad energética mediante la diversificación xx xxxxxxx energéticas, la reducción de la dependencia externa y la confiabilidad de la cadena de suministro de energía.
El proyecto incluye principalmente los siguientes componentes:
Obras de reforzamiento del sistema de transporte de gas natural y líquidos de gas natural (LGN). Incluye ductos de reforzamiento desde Malvinas hasta la estación de compresión de Chiquintirca.
Gasoducto y/o poliducto desde el sistema de transporte de gas natural existente (entre Malvinas y Chiquintirca) hasta Anta, con capacidad de transportar gas natural a la futura Central Térmica de Quillabamba y al Gasoducto Sur Peruano.
Gasoducto Sur Peruano, que cubra una demanda de hasta 2,000 MW de centrales térmicas y una demanda para el desarrollo de una potencial industria petroquímica de escala mundial.
El Proyecto de “Mejoras a la Seguridad Energética y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano” será entregado en concesión bajo la modalidad de una Asociación Público Privada (APP). Dicha concesión incluirá el diseño, construcción, operación y transferencia al Estado Peruano de los componentes (1), (2) y (3) señalados anteriormente.
En el siguiente mapa se muestra una traza referencial de los gasoductos y poliductos del proyecto.
Gráfico No 1: Mapa con traza referencial de los ductos de seguridad energética y gasoducto sur peruano
PERFIL DE LOS ASESORES REQUERIDOS
EL ESTUDIO deberá contar con un equipo mínimo de profesionales idóneos de alto nivel y experiencia en las materias que se indican a continuación, a quienes se denominará el EQUIPO DE ABOGADOS:
Un abogado especialista en Hidrocarburos.
Un abogado especialista en Project Finance.
Un abogado especialista en Derecho Ambiental.
Otros especialistas que los encargos efectuados por PROINVERSION requieran.
FORMA DE EJECUCIÓN
Ante el requerimiento del Comité, la Dirección Ejecutiva y/o el Jefe de Proyectos en Temas de Seguridad Energética, los servicios de asesoría legal serán prestados por el EQUIPO DE ABOGADOS miembros del ESTUDIO, contenidos en la Propuesta Técnica.
Cuando la atención del servicio solicitado por PROINVERSIÓN así lo requiera, el EQUIPO DE ABOGADOS deberá estar en disponibilidad y capacidad de integrar grupos o equipos de trabajo con los funcionarios de PROINVERSIÓN y/u otras entidades.
El ESTUDIO deberá mantener, bajo responsabilidad, la confidencialidad y reserva de cualquier información privilegiada a la que tuvieran acceso, de manera directa o indirecta, durante la ejecución de los servicios contratados. Esta obligación se mantendrá aun cuando haya finalizado la relación entre las partes, hasta que los hechos objeto de la asesoría sean de conocimiento público.
Los derechos de autor y en general cualquier otro derecho respecto de los informes, documentos y material producido o derivado de los servicios a prestar por el ESTUDIO, serán de titularidad exclusiva de PROINVERSIÓN.
Las instancias autorizadas para demandar los servicios de asesoría legal al ESTUDIO serán el Comité Pro Seguridad Energética, la Dirección Ejecutiva y el Jefe de Proyecto en Asuntos de Seguridad Energética.
EL ESTUDIO deberá comunicar a PROINVERSIÓN cualquier hecho o circunstancia que represente un conflicto de intereses entre PROINVERSIÓN y cualquier cliente actual o futuro que tenga el ESTUDIO. En caso se trate de un cliente actual, el ESTUDIO deberá abstenerse de presentarse al Concurso de Contratación. En caso se trate de un cliente futuro (posterior a la firma de Contrato), el ESTUDIO deberá abstenerse de asesorar en el tema específico objeto de conflicto de interés.
El Contrato de Servicios con el ESTUDIO no impide que PROINVERSIÓN, con arreglo a sus propias normas y procedimientos, requiera de la asesoría específica de cualquier otro Estudio o de cualquier Abogado que no forme parte del ESTUDIO.
PLAZO DE DURACIÓN
El plazo de vigencia de la asesoría legal externa especializada a ser brindada por el ESTUDIO será de un cuatro (4) meses, contado a partir de la suscripción del contrato correspondiente. Dicho plazo podrá ser prorrogado a criterio de PROINVERSION en dos (2) meses más, sin necesidad de acuerdo de partes. Podrá ser prorrogado por plazos mayores al antes indicado, previo acuerdo entre las partes.
RETRIBUCIÓN
La retribución será determinada en función de un “Valor de Hora Efectiva de Servicio” (en adelante, “VHE”), de acuerdo a la demanda de servicios que le sea formulada a el ESTUDIO y a la Categoría de Abogado correspondiente. El límite de retribución será hasta de cien (100) Horas Efectivas de Servicios por mes. En caso de requerirse un mayor número de Horas Efectivas de Servicio, éstas se podrán ampliar hasta un máximo de veinte (20) Horas Efectivas de Servicio por mes, previa conformidad de la Jefatura de Proyecto en Temas de Seguridad Energética.
Entiéndase por Hora Efectiva de Servicio, los sesenta (60) minutos comprometidos para la prestación de los servicios de asesoría legal externa especializada requeridos.
En cualquier caso, la retribución que le corresponda recibir al ESTUDIO comprenderá todos los costos, gastos y tributos en que debe incurrirse para cumplir la prestación demandada de manera completa y oportuna.
La retribución no incluirá los pasajes y viáticos cuando el servicio requiera que los Abogados se desplacen fuera de Lima Metropolitana, aquellos serán asumidos por PROINVERSIÓN. Los montos y procedimientos para pasajes y viáticos son los establecidos por las normas internas de PROINVERSIÓN.
Cuando la atención del servicio demande el traslado de los Abogados a un lugar fuera de Lima Metropolitana, se entenderá que cada día consumido representa ocho (08) Horas Efectivas de Servicio.
PAGO DE LA RETRIBUCIÓN Y MECANISMOS DE CONTROL
Para efectos del pago de la Retribución correspondiente, el ESTUDIO remitirá al Jefe de Proyecto en Temas de Seguridad Energética de PROINVERSIÓN, una liquidación mensual del total de Horas Efectivas de Servicio comprometidas para la prestación de los servicios de asesoría legal externa especializada, la misma que deberá ser enviada dentro de los primeros cinco (5) días hábiles del mes calendario siguiente, y recibida a través de la Mesa de Partes de PROINVERSIÓN.
En la referida liquidación, el ESTUDIO deberá indicar el detalle de las consultas formuladas o servicios requeridos, el tiempo utilizado y el nombre del Abogado miembro del ESTUDIO que atendió las consultas o servicios requeridos.
El Jefe de Proyecto en Temas de Seguridad Energética, deberá emitir su conformidad u observación, dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles de recibida la liquidación.
De no formularse observación alguna dentro del plazo antes indicado, la liquidación presentada se entenderá conforme. Si por el contrario hubiese alguna observación que formular, se correrá traslado de la misma al ESTUDIO, no siendo reconocida la Hora Efectiva de Servicios cuestionada, en tanto no se llegue a un entendimiento con el ESTUDIO.
El ESTUDIO formulará el descargo que juzgue conveniente, en un plazo máximo de tres (3) días hábiles contados desde su recepción; de lo contrario, la observación formulada se entenderá aceptada.
En base a lo que resulte del trámite descrito en los numerales precedentes, ya sea de manera expresa o ficta, el ESTUDIO emitirá el comprobante de pago que corresponda.
VALOR REFERENCIAL Y MÉTODO DE EVALUACIÓN
VALOR REFERENCIAL
US$ 179.00 (Ciento Setenta y Nueve y 00/100 Dólares Americanos) por hora efectivamente prestada. Monto que incluye todos los costos, gastos y tributos.
MÈTODO DE EVALUACIÒN
REQUISITOS MÍNIMOS
Los requisitos mínimos para el ESTUDIO son los siguientes:
Un abogado especialista en Hidrocarburos con cinco (5) o más años de experiencia en la materia.
Un abogado especialista en Project Finance con tres (3) o más años de experiencia en la materia.
Un abogado especialista en Derecho Ambiental con tres (3) o más años de experiencia en la materia.
CALIFICACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA
La calificación de la Propuesta Técnica tendrá 80% como peso sobre el total.
La Propuesta Técnica contenida en el Sobre Nº 2, será calificada en función a las siguientes especificaciones:
METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN – PROPUESTA TÉCNICA |
PUNTAJE MÁXIMO |
CONCEPTOS |
|
1. DEL ESTUDIO DE ABOGADOS |
30 |
|
15 |
|
|
|
15 |
|
|
|
|
2. DE LA EXPERIENCIA DEL EQUIPO PROPUESTO |
50 |
ESPECIALISTA EN HIDROCARBUROS |
|
|
25 |
|
|
|
25 |
|
|
CALIFICACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA.
La Propuesta Económica consistirá en un solo valor igual o menor al valor referencial indicado en el numeral 9.1.
El puntaje será asignado de la siguiente forma:
PE i = (Menor propuesta / Propuesta i) x 80
Es decir el puntaje asignado a aquel postor (“i”) que presente la menor oferta económica será 80.
La calificación de la Propuesta Económica tendrá un peso ponderado total del 20%.
PUNTAJE TOTAL.
Se adjudicará la Buena Pro al postor que obtenga el puntaje total más alto. Dicho puntaje se obtendrá aplicando la fórmula siguiente:
Puntaje Total = (PTEC * 0.80) + (PE * 0.20)
Donde:
PTEC = puntaje asignado a la propuesta técnica
PE = puntaje asignado a la propuesta económica
ANEXO N° 2
PRESENTACIÓN DEL POSTOR
Lima,……..
Señores
Comité Permanente de Contrataciones y Adquisiciones
PROINVERSIÓN
Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xx 000, Xxxx 0
Referencia: Concurso por Invitación Nº 004-2013
Contratación de un Estudio de Abogados especializado en energía eléctrica e hidrocarburos que asesore al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Seguridad Energética
Por medio de la presente les manifestamos nuestro interés en participar en el Concurso de la referencia. Nuestros datos son los siguientes:
Razón social:
Nombre del Representante Legal
Domicilio, en Lima:
Número telefónico, en Lima:
Número de fax en Lima:
Dirección de correo electrónico:
Atentamente,
Firmas.
Notas para el caso de consorcios:
El dato 1 debe consignar todas las razones sociales
Los datos 2, 3, 4, 5 y 6 deben ser uno sólo (común para todos los miembros)
Deben firmar los representantes legales de todos los miembros, salvo que hubieran otorgado poder a un representante común
ANEXO N° 3
DECLARACIÓN JURADA DEL POSTOR
Señores
Comité Permanente de Contrataciones y Adquisiciones
PROINVERSIÓN
Av. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Nº 150, Piso 7
Edificio PetroPerú
Presente.-
Referencia: Concurso por Invitación Nº 004-2013
Contratación de un Estudio de Abogados especializado en energía eléctrica e hidrocarburos que asesore al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Seguridad Energética
De nuestra consideración
Por la presente y con carácter de declaración jurada irrevocable e incondicional, manifestamos a ustedes:
Que no tenemos impedimento para contratar con el Estado Peruano.
Que no estamos en situación de quiebra ni tenemos iniciado procedimiento concursal alguno de naturaleza similar.
Que nos sometemos al “Reglamento para la Contratación de Servicios y Adquisiciones de Bienes de PROINVERSIÓN y a todos y cada uno de los términos y condiciones establecidos en las Bases del Concurso y demás documentos relativos al proceso de la referencia.
Que acataremos todas las resoluciones, y comunicaciones en general que el Comité Permanente de Contrataciones y Adquisiciones encargado formule con relación con el Concurso de la referencia.
Que, en caso de ser adjudicatarios de la Buena Pro nos comprometemos a que los integrantes de nuestro consorcio responderán solidariamente por las obligaciones emanadas de las Bases del Concurso, de su Propuesta Económica, así como del contrato de servicios (SÓLO APLICABLE EN CASO DE CONSORCIOS).
Atentamente,
Nombre y firma del representante legal
Nota: En caso de Xxxxxxxxx, cada uno de los integrantes del mismo deberá presentar este formato firmado por su representante legal.
ANEXO N°4
CRONOGRAMA DEL CONCURSO POR INVITACIÓN
ACTIVIDAD |
FECHA (2013) |
Envío de las cartas de invitación |
12 de noviembre
|
Consultas a las Bases del Concurso y comentarios al Modelo de Contrato |
Hasta el 18 de noviembre |
Absolución Consultas a las Bases del Concurso y comentarios al Modelo de Contrato |
20 de noviembre |
Presentación de Sobres Nº 1, Nº 2 y Nº 3 y Apertura de Sobres Nº 1 y Nº 2 |
26 de noviembre 16:00 hrs |
Comunicación del Resultado de la Evaluación de Propuestas Técnicas, Apertura de Sobre Nº 3 y Adjudicación de la Buena Pro |
29 de noviembre 16:00 hrs |
Consentimiento de la Buena Pro |
Se comunicará mediante Circular |
Fecha de Firma del Contrato |
Se comunicará mediante Xxxxx |
XXXXX Xx 0
XXXXXXXXX XX XXX XXXXXX
Sobre Nº 1
Carta de presentación del Postor. Utilizar formato del Anexo N° 2.
Un ejemplar de la versión final del Contrato de Servicios, debidamente visados en cada hoja por el representante legal del Postor, sin incluir el monto correspondiente a la Oferta Económica ni a la Garantía de Fiel Cumplimiento. Usar formato del Anexo 16. En caso se trate de un consorcio, todos los integrantes del mismo deberán adjuntar los documentos requeridos debidamente firmados.
Declaración Jurada del Postor. Utilizar el formato del Anexo N° 3
Garantía de Seriedad de Oferta9. Usar formato del Anexo N° 12.
Sobre Nº 2
Relación de las principales experiencias del Consultor, que éste desee sean consideradas por el Comité Permanente Utilizar el formato del Anexo N° 6.
Relación de las personas que conformarán el equipo de trabajo propuesto por el Consultor. Utilizar el formato del Anexo N° 7.
Currículum vitae de las personas que integran el equipo de trabajo propuesto por el Consultor. Utilizar el formato del Anexo N° 8.
Compromiso de participación y confidencialidad de las personas que integran el equipo de trabajo propuesto por el Consultor. Utilizar el formato del Anexo N° 9.
Compromiso de Permanencia de los Miembros del Equipo de Trabajo. Utilizar formato del Anexo N°10.
Propuesta técnica del trabajo a ser ejecutado por el Consultor. Formato libre. No más de 20 páginas A4. Debe describir: enfoque y metodología del trabajo, presentar un esquema de la organización para el servicio con el programa detallado de trabajo con asignación de responsabilidades al equipo de trabajo y un cronograma de actividades.
Sobre Nº 3
Carta con propuesta económica. Usar formato del Anexo N° 11.
Nota: Los sobres deberán contener la documentación completa. Caso contrario la propuesta será descalificada.
ANEXO N° 6
RELACIÓN DE PRINCIPALES EXPERIENCIAS DEL CONSULTOR
-
N°
Año
Cliente y país
Descripción del Servicio
Personas de contacto del cliente
1
2
3
4
5
6
7
ANEXO N° 7
RELACIÓN DE LAS PERSONAS QUE INTEGRAN EL EQUIPO DE TRABAJO PROPUESTO SEGÚN EL PERSONAL SOLICITADO
Especialista:___________________________________________________________
Profesión: _____________________________________________________________
Estudios de Post Grado/Maestría: __________________________________________
Años de Experiencia: ________
-
DESCRIPCION DEL SERVICIO
AÑO
PAIS
CLIENTE
PERSONAS DE CONTACTO (1)
Personas que tienen conocimiento de la labor realizada por el Postor (teléfono, fax, correo electrónico, etc)
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
Lugar y fecha:
ANEXO N° 8
CURRÍCULUM VÍTAE
Nombres y apellidos
Profesión
Nacionalidad
Edad
Cargo propuesto en el equipo
Horas/hombre que dedicará al trabajo (aprox.)
Calificaciones Esenciales
En este acápite se debe proporcionar un bosquejo de aquellas calificaciones esenciales de la persona, que permitan advertir una compatibilidad entre dichas calificaciones y el tipo de conocimientos y experiencias que son valiosas para cumplir satisfactoriamente los servicios que se solicitan. Extensión máxima: media página A4.
Experiencia
Bajo este acápite se debe proporcionar una lista de los principales cargos desempeñados o servicios efectuados por la persona desde su graduación profesional, tengan o no relación directa con los servicios que se solicitan en los Términos de Referencia. Indicar las fechas, nombre de las organizaciones que lo han empleado, nombre de los cargos ocupados, monto en US$ y lugar donde han sido desempeñados, así como la descripción de las actividades efectuadas en cada caso. Extensión máxima: una página A4.
Formación académica
Señalar la formación académica (grado académico, postgrados, curso de especialización, colegiatura, etc.), indicando las universidades o centros de estudio y los años o periodos correspondientes. Señalar también las habilidades o conocimientos especiales que se consideren relevantes. Extensión máxima: una página A4.
Conocimiento del idioma castellano
Indicar el grado de conocimiento para hablar, escribir y leer castellano, auto asignándose las calificaciones “excelente”, “bueno”, “regular” o “deficiente”.
____________________
Firma
LA DOCUMENTACIÓN SUSTENTATORIA PODRÁ SER SOLICITADA POR EL COMITÉ AL CONSULTOR SELECCIONADO, PREVIO A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS.
ANEXO N° 9
COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN Y DE CONFIDENCIALIDAD*
Lima, ……..
Señores
Comité Permanente de Contrataciones y Adquisiciones
PROINVERSIÓN
Av. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Nº 150, Piso 7
Edificio PetroPerú
PRESENTE.-
Referencia: Concurso por Invitación Nº 004-2013
Contratación de un Estudio de Abogados especializado en energía eléctrica e hidrocarburos que asesore al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Seguridad Energética
De nuestra consideración:
Por la presente manifiesto mi compromiso de participar a través de EL CONSULTOR….…………. prestando el servicio de consultoría para el Concurso por Invitación Nº 004-2013 en el que tiene calidad de postor, obligándome también a mantener en estricta confidencialidad la información a la que pueda acceder, como consecuencia de la prestación del indicado servicio.
Atentamente,
Firma del profesional
*Este formato deberá ser firmado por cada uno de los miembros del equipo que se propone.
ANEXO N° 10
COMPROMISO DE PERMANENCIA DE LOS MIEMBROS DEL EQUIPO DE TRABAJO
Lima, ……..
Señores
Comité Permanente de Contrataciones y Adquisiciones
PROINVERSIÓN
Av. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Nº 150, Piso 7
Edificio PetroPerú
PRESENTE.-
Referencia: Concurso por Invitación Nº 004-2013
Contratación de un Estudio de Abogados especializado en energía eléctrica e hidrocarburos que asesore al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Seguridad Energética
De nuestra consideración:
Por la presente nos comprometemos, en caso de resultar adjudicatarios en el Concurso por Invitación de la referencia, a no cambiar ninguno de los miembros del equipo de trabajo a los cuales hacemos referencia en nuestra Propuesta Técnica.
No obstante, de darse el caso, la sustitución de alguno de los integrantes del Equipo de Trabajo que hemos presentado en nuestra Propuesta Técnica, ya sea que se produzca por renuncia, separación, enfermedad o por cualquier otra causa justificada, se realizará por otros integrantes de similar o mayor nivel profesional y experiencia, será realizada por nosotros con conocimiento y aprobación escrita previa de PROINVERSIÓN.
La mencionada sustitución no podrá ser invocada como causal para que no cumplamos con las obligaciones que hemos asumido contractualmente, dentro de los plazos establecidos en los Términos de Referencia o los que ustedes indiquen.
Atentamente,
Nombre y firma del representante legal del Postor
Nota:
En caso de Consorcio, este formato deberá ser firmado por los representantes legales de cada uno de los integrantes del Consorcio, salvo que se haya designado un representante común.
ANEXO N° 11
FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA
Lima, ……..
Señores
Comité Permanente de Contrataciones y Adquisiciones
PROINVERSIÓN
Av. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Nº 150, Piso 7
Edificio PetroPerú
PRESENTE.-
Referencia: Concurso por Invitación Nº 004-2013
Contratación de un Estudio de Abogados especializado en energía eléctrica e hidrocarburos que asesore al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Seguridad Energética
De nuestra consideración:
El Honorario, por hora efectivamente prestada incluídos costos, gastos y tribetos, es el siguiente:
-
Monto
US$ por Hora
En letras
Atentamente,
Firmas
Notas
En el caso de Consorcios, deben firmar los representantes legales de todos los miembros, salvo que hubieran otorgado poder a un representante común
ANEXO N°12
MODELO DE GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA10
Señores
PROINVERSIÓN
Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xx 000, Xxxx 0
Xxxxxxxx XxxxxXxxx
PRESENTE.-
Referencia: Concurso por Invitación Nº 004-2013
Contratación de un Estudio de Abogados especializado en energía eléctrica e hidrocarburos que asesore al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Seguridad Energética
De nuestra consideración:
Por la presente otorgamos fianza solidaria, irrevocable, sin beneficio de excusión, incondicional y de realización automática, en favor de PROINVERSIÓN, hasta por la suma de US$ 3,866.00 (Tres Mil Ochocientos Sesenta y Seis y 00/100 Dólares Americanos), para garantizar la seriedad de la oferta presentada por nuestros clientes, los señores ______________________, así como para garantizar la veracidad de la información contenida en la Declaración Jurada (Anexo 2) del Concurso de la referencia.
Esta fianza tendrá un plazo de vigencia de sesenta (60) días calendario contados desde su fecha de emisión. Queda expresamente entendido por nosotros que esta fianza será ejecutada por PROINVERSIÓN, de conformidad con la normatividad aplicable.
Para que nosotros procedamos a honrar esta fianza, bastará un simple requerimiento del Director Ejecutivo de PROINVERSIÓN, o quien haga sus veces, realizado por conducto notarial en nuestras oficinas en la dirección indicada líneas abajo.
Nos comprometemos a pagarles el monto total de la fianza en un plazo máximo de 72 horas, contado a partir de la fecha de recepción de la carta notarial de requerimiento. Toda demora de nuestra parte en honrarla dará origen al pago de intereses compensatorios en favor de ustedes que se calcularán sobre la base de la tasa máxima LIBOR a un año, más un Spread de 3.0%. La tasa LIBOR será la establecida por el Cable Xxxxxx diario que se recibe en Lima a horas 11 am de la fecha en que se recibió requerimiento del pago. Tales intereses se devengarán a partir de la fecha en que sea exigido el pago de la presente fianza y hasta la fecha efectiva del pago.
Atentamente,
ANEXO N° 13
MODELO DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO11
Lima, ……..
Señores
PROINVERSIÓN
Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xx 000, Xxxx 0
Xxxxxxxx XxxxxXxxx
PRESENTE.-
Referencia: Concurso por Invitación Nº 004-2013
Contratación de un Estudio de Abogados especializado en energía eléctrica e hidrocarburos que asesore al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Seguridad Energética
De nuestra consideración:
Por la presente otorgamos fianza solidaria, irrevocable, sin beneficio de excusión, incondicional y de realización automática, en favor de PROINVERSIÓN, hasta por la suma de________(equivalente al 5% de la Propuesta Económica total del servicio), para garantizar que nuestros clientes, los señores ___________________, cumplan todas las obligaciones del contrato de servicios resultante del Concurso por Invitación de la referencia, así como para garantizar la veracidad de la información contenida en la Declaración Jurada (Anexo 2).
Esta fianza tendrá un plazo de vigencia de cuatro (04) meses contados desde su fecha de emisión. Queda expresamente entendido por nosotros que esta fianza será ejecutada por PROINVERSIÓN de conformidad con lo dispuesto por la normatividad vigente.
Para que nosotros procedamos a honrar esta fianza, bastará un simple requerimiento del Director Ejecutivo de PROINVERSIÓN, o quien haga sus veces, realizado por conducto notarial en nuestras oficinas en la dirección indicada líneas abajo.
Nos comprometemos a pagarles el monto total de la fianza en un plazo máximo de 72 horas, contado a partir de la fecha de recepción de la carta notarial de requerimiento. Toda demora de nuestra parte en honrarla dará origen al pago de intereses compensatorios en favor de ustedes que se calcularán sobre la base de la tasa máxima LIBOR a un año, más un Spread de 3.0%. La tasa LIBOR será la establecida por el Cable Xxxxxx diario que se recibe en Lima a horas 11 am de la fecha en que se recibió requerimiento del pago. Tales intereses se devengarán a partir de la fecha en que sea exigido el pago de la presente fianza y hasta la fecha efectiva del pago.
Atentamente,
ANEXO N°14
MODELO DE GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN
Lima, ……..
Señores
PROINVERSIÓN
Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xx 000, Xxxx 0
Xxxxxxxx XxxxxXxxx
PRESENTE.-
Referencia: Concurso por Invitación Nº 004-2013
Contratación de un Estudio de Abogados especializado en energía eléctrica e hidrocarburos que asesore al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Seguridad Energética
De nuestra consideración:
Por la presente y a solicitud de nuestros clientes, señores [indicar nombre] constituimos esta fianza solidaria, irrevocable, incondicional, sin beneficio de excusión y de realización automática, por la suma US$ 3,866.00 (Tres Mil Ochocientos Sesenta y Seis y 00/100 Dólares Americanos) a favor de PROINVERSIÓN, para garantizar los recursos de impugnación a la adjudicación de la Buena Pro, de acuerdo a los términos y condiciones establecidos en las Bases del Concurso de la referencia.
Esta fianza tendrá un plazo de vigencia de treinta (30) días contados desde su fecha de emisión. Queda expresamente entendido por nosotros que esta fianza será ejecutada por PROINVERSIÓN de conformidad con lo dispuesto por la normatividad vigente.
Para que nosotros procedamos a honrar esta fianza, bastará un simple requerimiento del Director Ejecutivo de PROINVERSIÓN, o quien haga sus veces, realizado por conducto notarial en nuestras oficinas en la dirección indicada líneas abajo, indicando que la impugnación presentada ha sido declarada infundada o improcedente.
Nos comprometemos a pagarles el monto total de la fianza en un plazo máximo de 72 horas, contado a partir de la fecha de recepción de la carta notarial de requerimiento. Toda demora de nuestra parte en honrarla dará origen al pago de intereses compensatorios en favor de ustedes que se calcularán sobre la base de la tasa máxima LIBOR a un año, más un Spread de 3.0%. La tasa LIBOR será la establecida por el Cable Xxxxxx diario que se recibe en Lima a horas 11 am de la fecha en que se recibió requerimiento del pago. Tales intereses se devengarán a partir de la fecha en que sea exigido el pago de la presente fianza y hasta la fecha efectiva del pago.
Atentamente,
ANEXO N°15
BANCOS QUE PUEDEN EMITIR GARANTÍAS PARA EFECTOS DEL CONCURSO POR INVITACION
Relación de bancos locales:
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ANEXO N° 16
CONTRATO LOCACIÓN DE SERVICIOS
Conste por el presente documento el Contrato de Prestación de Servicios (el Contrato) que celebran de una parte la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, con RUC Nº 20380799643, con domicilio en Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xx 000, Xxxx 0, Xxx Xxxxxx, Xxxx, que procede debidamente representada por el Jefe de Logística, señor .Xxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 00000000, facultado mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva Nº 023-2012 del 0 xx xxxxxxx xx 0000, xx xxxxxxxx PROINVERSIÓN, y de otra parte, xxxxxx (EL ESTUDIO) domiciliado en xxxxxxx.
EL ESTUDIO se encuentra debidamente representado por el señor xxxxxxx, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº xxxxxx.
Interviene en el presente Contrato el Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Seguridad Energética - Pro Seguridad Energética con domicilio en Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xx 000, Xxxx 0, Xxx Xxxxxx, Xxxx, quien procede debidamente representado por su Presidente, señor xxxxxxxxxx con DNI xxxxxxxxx, designado mediante Resolución Suprema xxxxxxx, publicada con fecha xxxxxxx (en adelante, COMITÉ), en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES.
1.1 Mediante Acuerdos del COMITÉ Nº 40-1-2013-Seguridad Energética del 27 de setiembre y N°41-1-2013-Mejoras y Nodo del 28 de octubre de 2013 se aprobó llevar a cabo el Concurso por Invitación para la contratación de un Estudio de Abogados especializado en energía eléctrica e hidrocarburos que asesore al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Seguridad Energética.
Con fecha xxxxxxxx se adjudicó la Buena Pro del Concurso por Invitación al Postor xxxxx.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO Y ALCANCES DE LOS SERVICIOS
2.1 Objeto
El presente Contrato tiene como finalidad regular los términos y condiciones en los que EL ESTUDIO prestará los servicios que se detallan en los Términos de Referencia aprobados tanto por el Comité de PROINVERSIÓN y recogidos por las Bases del Concurso por Invitación.
2.2 Alcances
2.2.1 Adicionalmente EL ESTUDIO se compromete a ejecutar aquellas prestaciones que, sin estar enunciadas en su Propuesta, tengan relación directa con el servicio contratado y que razonablemente puedan ser exigidas por PROINVERSIÓN.
2.2.2 PROINVERSIÓN podrá requerir a EL ESTUDIO la realización de tareas no previstas, vinculadas a los objetos de estudio, cuando sean necesarias o convenientes a los intereses de PROINVERSIÓN. En tal caso, ambas partes fijarán de común acuerdo la retribución adicional, plazos y demás condiciones a los que se sujetarán las nuevas tareas. La retribución adicional total no podrá exceder bajo ninguna circunstancia el 10% del valor total de la retribución ofrecida en la Oferta Económica.
CLÁUSULA TERCERA: HONORARIOS
De acuerdo a la Propuesta Económica presentada por EL ESTUDIO, la retribución económica máxima será ascendente a US$ xxxxxx (xxxxxxxx) incluídos el Impuesto General a las Ventas (IGV) y todos los gastos que resulten necesarios para llevar a cabo las tareas.
La forma y oportunidad de la retribución son las indicadas en los Términos de Referencia de las Bases del Concurso.
EL ESTUDIO declara que el monto de la contraprestación referida en el Numeral 3.1, compensa íntegramente el costo de la totalidad de los servicios que prestará con arreglo a los Términos de Referencia, así como su utilidad. En virtud de lo antes indicado, no le será reconocido ningún pago ni gasto alguno en el que incurra con relación a los servicios a prestar; salvo los casos previstos en el numeral 2.2.2.
En el caso de terminación anticipada del presente Contrato, sólo será exigible por El ESTUDIO los porcentajes de los honorarios referidos en el numeral 3.1 de la presente cláusula, correspondiente al informe que a la fecha de terminación de este Contrato hubieren sido presentados a PROINVERSIÓN y aceptados por el Comité de PROINVERSIÓN o por quien éste designe.
CLÁUSULA CUARTA: PLAZO
El plazo del presente Contrato es de hasta cuatro (04) meses contados desde la fecha de su suscripción, pudiendo ser prorrogado a criterio de PROINVERSIÓN en dos (02) meses más, sin necesidad de acuerdo de partes y podrá ser prorrogado por plazos mayores al antes indicado, previo acuerdo entre las partes.
Los plazos para la presentación del informe que deberá desarrollar El ESTUDIO con arreglo a los Términos de Referencia y a su Propuesta Técnica, se inician desde la fecha de suscripción del presente Contrato.
CLÁUSULA QUINTA: CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
Para imputar la existencia o no de un caso fortuito o de fuerza mayor, se deberá tener en cuenta lo dispuesto en los Artículos 1314°, 1315°, 1316° y 1317° y los demás aplicables del Código Civil Peruano.
CLÁUSULA SEXTA: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
6.1 A la firma del Contrato, EL ESTUDIO entrega la Carta Fianza Bancaria xxxxxxx, de fecha xxxxxxxx, emitida por el Banco xxxxxxxx, por un monto que asciende a US$ xxxxxxx (5% de la Propuesta Económica total del servicio), que garantiza el fiel cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones contractuales que EL ESTUDIO asume en virtud al presente Contrato incluyendo el pago de las eventuales penalidades que podrían producirse, mencionadas en la Cláusula Sétima, y la veracidad de la información contenida en la Declaración Jurada, pudiendo así PROINVERSIÓN, ejecutar dicha garantía de comprobarse la falsedad de la información consignada al momento de la presentación de Propuestas.
6.2 La Garantía de Fiel Cumplimiento se mantendrá vigente mientras el Contrato no concluya, o no se declare su conclusión en caso de controversia y mientras existan obligaciones pendientes de cumplimiento. El incumplimiento de esta obligación habilitará la ejecución de dicha garantía, sin perjuicio del cumplimiento de las demás obligaciones del Contrato.
CLÁUSULA SÉTIMA: PENALIDADES
7.1 La demora por parte de EL ESTUDIO, en el cumplimiento oportuno y completo de los Productos requeridos, de acuerdo a lo indicado en los Términos de Referencia, producirá una penalidad igual al 3/1000 (tres por cada mil) de la fracción de la retribución del bimestre correspondiente, por cada día calendario de atraso.
7.2 Luego de la entrega de los Productos requeridos dentro de los plazos establecidos, estos serán revisados por la Jefatura de Proyecto de PROINVERSIÓN, después de lo cual se comunicará a la Empresa Consultora la conformidad respectiva o las observaciones a ser subsanadas, otorgándole en este último caso un plazo para subsanar dichas observaciones.
La demora por parte de la Empresa Consultora en la subsanación de las observaciones dentro del plazo otorgado por PROINVERSIÓN, producirá una penalidad igual al 3/1000 (tres por cada mil) de la fracción de la retribución del bimestre correspondiente, por cada día calendario de atraso.
7.3 La xxxx por el incumplimiento de cualquier obligación de EL ESTUDIO, se producirá en forma automática, no requiriéndose de intimación previa. PROINVERSIÓN podrá resolver el contrato de pleno derecho, si las penalidades acumuladas exceden el diez por ciento (10%) del valor del Honorario. Las prestaciones parciales sólo tienen utilidad para PROINVERSIÓN, si todas ellas se completan a cabalidad.
7.4 La penalidad podrá ser descontada por PROINVERSIÓN del porcentaje de la retribución mencionada en los Términos de Referencia que corresponda abonar por el informe presentado en forma tardía.
CLÁUSULA OCTAVA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
8.1 Las partes se comprometen a realizar sus mejores esfuerzos para resolver cualquier discrepancia o controversia sobre el Contrato, en trato directo, en su defecto se aplicarán los numerales siguientes.
8.2 Las controversias que surjan entre las partes sobre la ejecución del Contrato, su interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia, nulidad, anulabilidad o invalidez y en general cualquier otra que tenga relación directa con el mismo, que no se puedan resolver en trato directo, se resolverán mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes, debiendo solicitarse el inicio de estos procedimientos en cualquier momento anterior a la fecha de culminación del Contrato. Este plazo es de caducidad. Si solicitada la conciliación en tiempo oportuno, ella no prospera o sólo se arriba a una conciliación parcial, no habrá impedimento para solicitar posteriormente el arbitraje aun cuando ello se hiciere más allá de la culminación del Contrato.
8.3 Si la conciliación concluye con un acuerdo parcial o sin un acuerdo, las partes deberán someter a arbitraje las diferencias no resueltas.
8.4 El arbitraje será de derecho, a ser resuelto por tribunal arbitral mediante la aplicación de los procedimientos de conciliación y arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima.
CLÁUSULA NOVENA: MODIFICACIONES AL CONTRATO
Las modificaciones que las partes consideren necesario introducir en el presente Contrato y sea factible legalmente hacerlo, deberán efectuarse por escrito, formalizándose a través de Cláusulas Adicionales.
CLÁUSULA DECIMA: PROPIEDAD INTELECTUAL
PROINVERSIÓN será el titular de los derechos de orden patrimonial de los informes, reportes, obras y en general, de todo documento, modelo o software que elabore, produzca o desarrolle EL ESTUDIO en forma específica para el cumplimiento de las obligaciones que asume por el Contrato.
CLÁUSULA DECIMO PRIMERA: RESCISIÓN Y RESOLUCIÓN
11.1 El incumplimiento por parte de EL ESTUDIO de alguna o algunas de las disposiciones reguladas en el momento de la firma del contrato, generan la rescisión del mismo.
11.2 El incumplimiento por parte de EL ESTUDIO de las obligaciones mencionadas en el presente Contrato faculta a PROINVERSIÓN a resolverlo, sin perjuicio de las acciones que podrá interponer por los daños y perjuicios que se le hayan causado.
El presente Contrato podrá ser resuelto total o parcialmente, según corresponda, en caso que a PROINVERSIÓN decida, a su solo criterio y sin que haga falta invocar razón alguna, dar por concluido el presente contrato, bastando para ello una comunicación simple en ese sentido. En este caso, EL ESTUDIO no tendrá más derecho que el de recibir la cuota o cuotas del Honorario que sean exigibles y se encuentren pendientes de pago, no pudiendo exigir adicionalmente alguna retribución, indemnización o pago de cualquier naturaleza.
CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO
12.1 En caso de discrepancia en la interpretación de los alcances del presente Contrato, la prelación de los documentos que lo integran es como sigue:
El presente Contrato de Prestación de Servicios.
La Propuesta Económica del Contratado
Los Términos de Referencia contenidos en las Bases del Concurso, incluyendo los aspectos que hubieren sido modificados o aclarados por la Absolución de Consultas, y otras circulares emitidas en el marco del Concurso por Invitación.
El Reglamento de Contratación de Servicios y Adquisición de Bienes de PROINVERSIÓN y sus modificatorias.
12.2 La invalidez de alguna disposición de este Contrato no afectará la validez y la exigibilidad de sus demás disposiciones.
12.3 Las sumillas de las cláusulas de este Contrato servirán sólo como referencia y en ningún caso afectarán la interpretación de su texto.
12.4 El presente Contrato deberá interpretarse como una unidad y en ningún caso cada una de sus cláusulas de manera independiente.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: DOMICILIO
Para efectos de la ejecución del Contrato, las partes establecen como sus domicilios los señalados en la introducción del documento. El cambio de domicilio de alguna de las partes no puede oponerse a la otra si no ha sido puesto en conocimiento de esta última previamente y por escrito.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: REPRESENTANTES
El señor ________________, en su calidad de Jefe de Proyecto en Asuntos de Seguridad Energética, actuará como el coordinador del Contrato y contraparte de EL ESTUDIO.
CLAÚSULA DÉCIMO QUINTA: CONFIDENCIALIDAD
EL ESTUDIO no podrá divulgar cualquier información que obtenga como consecuencia del Contrato, a menos que PROINVERSIÓN o una autoridad judicial o arbitral lo autorice o disponga, o cuando se trate de información de dominio público. EL ESTUDIO deberá asegurarse que su propio personal respete la misma regla.
NO CONSIGNAR MONTOS EN EL CONTRATO. NO DEBE ESTAR DETALLADO NI EL MONTO DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO NI LA PROPUESTA ECONÓMICA.
Lima, _____ de ____________ de 2013
JEFE DE LOGÍSTICA PROINVERSIÓN |
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EL CONSULTOR |
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EL COMITÉ |
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1 Son las referidas a cuestiones de orden formal, no material, errores tipográficos, errores de sintaxis y cuestiones que no modifican las condiciones esenciales del concurso, o que por su naturaleza tienden a contribuir con aclarar conceptos, disipar dudas o contradicciones, perfeccionar procedimientos, modificar cronogramas (incluyendo la fecha de presentación de propuestas), otras de similar naturaleza, así como aquellas no comprendidas dentro de las modificaciones que se consideran sustanciales.
Las modificaciones sustanciales son aquellas que modifican las condiciones esenciales del concurso y flexibilizan, restringen o hacen más rígidas ciertas condiciones o exigencias establecidas en los Términos de Referencia y/o Bases, lo cual a su vez puede permitir la participación de un mayor número de postores, o limitar su participación. Se incluye en este tipo de modificaciones aquellas que demanden un mayor análisis en los postores, pues podrían incidir sobre su decisión de participar o no en el proceso en marcha, sobre la determinación de su oferta, entre otros aspectos.
A manera de precisar cuáles se consideran modificaciones sustanciales se detalla una lista a continuación, precisando que la misma no resulta taxativa:
(i) Metodología para la calificación de propuestas técnicas y económicas – factores de evaluación.
(ii) Factor de competencia.
(iii) Requisitos de precalificación de postores (ya sea de manera específica o mediante formatos).
(iv) Naturaleza del contrato.
(v) Incorporación de compromiso de inversión o modificación de los términos originales del mismo.
(vi) Requisitos de impugnación.
(vii) Plazos y condiciones del contrato.
(viii) Destino y utilización de los recursos.
(ix) Impedimento para ser postores.
(x) Otros
2 Salvo que en el texto de las Bases del Concurso se indique lo contrario.
3 Ley Nº 27809, Ley General del Sistema Concursal y sus modificaciones.
4 No se considera a la garantía de seriedad de Oferta como un documento subsanable.
5 Sólo podrán impugnar los postores cuya evaluación técnica sea calificada como apta o supere el puntaje mínimo requerido en las Bases del concurso según lo establece el artículo N° 20 del Reglamento para la Contratación de servicios y adquisición de bienes.
6 Acuerdo N°487-1-2012-CD.
7 El texto de la garantía debe guardar como mínimo las condiciones relativas a la fianza, monto, plazo, obligación garantizada e interés establecidas en el modelo propuesto en el Anexo 12. EN CASO INCUMPLIR ALGUNA DE LAS CONDICIONES REQUERIDAS, LA PROPUESTA EN CONJUNTO SERÁ DESCALIFICADA. No se considera a la garantía de seriedad de Oferta como un documento subsanable.
8 NO CONSIGNAR MONTOS EN EL CONTRATO. NO DEBE ESTAR DETALLADO NI EL MONTO DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO NI LA PROPUESTA ECONÓMICA.
9 DOCUMENTO DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO, NO SUBSANABLE.
10 “El texto de la garantía debe guardar como mínimo las condiciones relativas a la fianza, monto, plazo, obligación garantizada e interés establecidas en el modelo propuesto.” EN CASO INCUMPLIR ALGUNA DE LAS CONDICIONES REQUERIDAS EN EL ANEXO 12 LA PROPUESTA EN CONJUNTO SERÁ DESCALIFICADA. No se considera a la Garantía de Seriedad de Oferta como un documento subsanable.
11 “El texto de la garantía debe guardar como mínimo las condiciones relativas a la fianza, monto, plazo, obligación garantizada e interés establecidas en el modelo propuesto.”
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