PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN DE UN CENTRO DE FORMACIÓN PARA LA IMPARTICIÓN DE LA FORMACIÓN TRONCAL Y ESPECÍFICA MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO EN EL MARCO DEL PROGRAMA INTEGRAL DE CUALIFICACIÓN...
PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN DE UN CENTRO DE FORMACIÓN PARA LA IMPARTICIÓN DE LA FORMACIÓN TRONCAL Y ESPECÍFICA MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO EN EL MARCO DEL PROGRAMA INTEGRAL DE CUALIFICACIÓN Y EMPLEO COMO PARTE DEL PROGRAMA OPERATIVO DE EMPLEO JUVENIL FSE 2014-2020 (GARANTIA JUVENIL) ANUALIDAD 2019
Nº de expediente: | 100/A/18 |
Procedimiento: | Abierto |
Fecha de publicación: | 28/12/2018 |
1. REGIMEN DEL CONTRATO Y PROCEDIMIENTO APLICABLE
El contrato a que se refiere el presente pliego tiene la calificación de contrato de servicios sujeto al procedimiento abierto del Manual de contratación de la Cámara de Comercio, no sujeto a regulación armonizada, por su cuantía.
El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y demás documentos anexos, revestirán carácter contractual. Los contratos se ajustarán al contenido del presente pliego, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los respectivos contratos.
En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.
El desconocimiento del presente pliego, del contrato, de sus documentos anexos o de las instrucciones o normas de toda índole aprobadas por la Cámara de Comercio que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá a la persona contratista de la obligación de su cumplimiento.
La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato.
En todo caso, el Contrato que la Cámara suscriba con el contratista tendrá carácter privado.
2. OBJETO DELCONTRATO
La Garantía Juvenil es una iniciativa europea que pretende facilitar el acceso de los jóvenes al mercado de trabajo. El Consejo Superior de Cámaras de Comercio, actual Cámara Oficial de comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, presentó el Programa Integral de Cualificación y Empleo como parte del tramo nacional del Programa Operativo de Empleo Juvenil en el marco del Fondo Social Europeo del periodo 2014/2020, con el fin último de procurar el Programa Integral de Cualificación y Empleo (PICE) está formado por una serie de medidas ofrecidas a todo el colectivo de jóvenes destinatarios de la Garantía juvenil, personalizadas en forma de itinerario y que abordan tanto la mejora de la educación y cualificación, como el fomento de la contratación y el autoempleo.
El Plan de Capacitación desarrolla diferentes acciones o tramos dentro del cual se encuentra el itinerario formativo que engloba la formación troncal y la específica.
El objeto de la presente contratación es la impartición de la formación troncal y específica, controlando la Cámara plenamente su gestión y ejecución.
Formación Troncal: 65 horas
- TICs: Se trata de un curso básico en competencias digitales. Se establecen tres niveles (básico, medio y avanzado) en función de los conocimientos previos en esta materia.
- Empleabilidad y habilidades sociales. Ofrece una serie de herramientas que hacen al joven más autónomo e independiente en la búsqueda activa de empleo.
- Idiomas. Formación en lengua extranjera, preferiblemente inglesa, en función de los conocimientos previos en esta materia.
La formación troncal podrá consistir en uno o varios de estos módulos, según necesidad del grupo a formar.
Formación específica:
- Formación específica xx xxxxx de empleo. Duración: hasta un máximo de 120 horas. Formación específica dependiendo de la demanda empresarial. Bajo un previo estudio de las necesidades laborales de cada zona, se agrupa a los jóvenes y se forma para el desempeño específico de ese puesto de trabajo.
En relación a la formación troncal, se facilita al centro de formación las guías didácticas de dicha formación. El centro tendrá que elaborar el contenido a impartir conforme a las citadas guías e índices. Para la restante formación específica el centro elaborará el contenido o bien, si dispone de el previamente, lo facilitará al alumno. Antes del inicio de la formación el centro deberá presentar en la Cámara los manuales de cada una de las formaciones, que deberá ser aprobada por su cuerpo técnico.
El adjudicatario se encargará de la formación troncal y posterior formación específica a los alumnos. El centro queda obligado a impartir la formación específica que le demande la Cámara. Para el caso de que dicha formación no se encuentre contenida entre las detalladas en el catálogo orientativo de cursos el adjudicatario queda obligado a subcontratar la misma si la Cámara se lo requiere. se obliga a facilitar dicha formación. En caso de que no disponga de un curso de formación específica (xx xxxxx de empleo) en su catálogo, deberá subcontratarlo. (Véase anexo IV xxx Xxxxxx Técnico, que recoge un catálogo mínimo de la formación específica. No obstante, la cámara podrá requerir la inclusión de otras especialidades concretas que los alumnos o el mercado requieran, siempre orientada a la inserción de los mismos)
Quedará exceptuada de esta contratación aquella formación específica que sea conveniada por la Cámara con empresas y que conlleve aparejada un compromiso de inserción laboral de un porcentaje de los alumnos que la cursen.
Se hace expresa indicación de que esta contratación cuenta con financiación del FONDO SOCIAL EUROPEO (FSE) en un 91,89 %, como parte del Programa Operativo de Empleo Juvenil FSE 2014-2020, para su desarrollo y está encuadrado dentro de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven. (GARANTIA JUVENIL)
3. VALOR ESTIMADO Y FORMA DE PAGO.
Se fija, como valor meramente orientativo, un presupuesto global máximo de licitación 149.900 €, sin iva, por estar condicionado a una variable principal, como es el número indeterminado a priori de alumnos y cursos a impartir. Este valor sólo obliga a la Cámara como máximo no superable en su conjunto, resultando
las obligaciones económicas, exclusivamente de los servicios que se presten, es decir, de las acciones formativas concretas materializadas en el número de alumnos.
El presupuesto máximo total para las ofertas económicas a realizar por los centros asciende a la cantidad de 3 euros por hora y alumno en la formación troncal y 4 euros por hora y alumno en la formación específica.
A todos los efectos, se entenderá que están incluidos todos los gastos que el adjudicatario deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficio y toda clase de tributos de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para la persona adjudicataria como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego.
La prestación de los servicios se entenderá como cumplida por el adjudicatario cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del presente pliego y a satisfacción de la Cámara de Comercio su objeto.
El pago del servicio se realizará a la finalización de cada formación, troncal o específica, del grupo, o alumno en su caso, contra factura de la misma presentada en el Registro de esta Corporación.
Las facturas deberán remitirse en todo caso al Registro de la Corporación para su pago.
4. EXISTENCIA DE CRÉDITO
Existe el crédito preciso para atender las obligaciones económicas que se deriven para la Cámara del contrato a que se refiere el presente pliego.
5. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El plazo de ejecución del contrato se iniciará a partir de la firma del contrato y finalizará, en relación a la formación, a 15 de diciembre de 2019, siendo necesaria la finalización del último de los grupos a formar antes de la citada fecha.
6. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y OFERTA ANORMAL
6.1. Criterios de adjudicación
PROPOSICIÓN ECONÓMICA Máximo 70 puntos, valorados de la siguiente forma:
1. (0-35 puntos) Oferta económica coste hora por alumno en la formación troncal.
Expresado en coste hora por alumno en la formación troncal. (Habida cuenta de que los grupos serán de entre 5 y 20 alumnos con carácter general). El límite máximo será de 3 € / hora y alumno. (Tres euros)
Puntuación oferta que se valora = 35 x mejor precio ofertado por los centros
Oferta que se valora
2. (0-35 puntos) Oferta económica coste hora por alumno en la formación específica.
Expresado en coste hora por alumno en la formación específica. El límite máximo será de 4 € / hora y alumno. (Cuatro euros)
Puntuación oferta que se valora = 35 x mejor precio ofertado por los centros
Oferta que se valora
DOCUMENTACIÓN Y OFERTA TÉCNICA máximo 30 puntos, valorados como sigue:
1. Ubicación del centro. (30 puntos)
Se otorgará 30 puntos a la empresa que imparta la formación (disponiendo xx xxxxx de formacion conformes a los requisitos expresados en los Anexos I, II, III y IV xxx Xxxxxx Técnico) en el Distrito Nº 1, Málaga centro.
Se otorgará 15 puntos a la empresa que imparta la formación (disponiendo xx xxxxx de formacion conformes a los requisitos expresados en los Anexos I, II, III, y IV xxx Xxxxxx Técnico) en los distritos : Este, Ciudad Jardín, Palma-Palmilla, Xxxxxx-Miraflores, Teatinos- Universidad, Xxxx de Humilladero y Carretera xx Xxxxx .
Se otorgará 0 puntos a las empresas que impartan la formación en otros distritos de la Capital de Málaga no indicados anteriormente.
6.2 Oferta anormal
Se considerará oferta anormal la oferta que se realice por debajo de 2 € de coste por hora y alumno en la formación troncal, y 3 € coste por hora y alumno en la formación específica.
7. CARACTERÍSTICAS DE LAS EMPRESAS LICITADORAS, REQUISITOS PREVIOS Y CONDICIONES TÉCNICAS INEXCUSABLES
Podrán concurrir a esta licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, que no se vean afectadas por alguna de las prohibiciones para contratar señaladas en el Ley de contratos del sector público, y acrediten la correspondiente solvencia, de conformidad con lo exigido en el presente Xxxxxx.
Las personas físicas o jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de la actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales le sean propias, entendiendo como objeto o ámbito del presente pliego empresas en las que entre sus fines se encuentre la formación.
El centro de formación, necesariamente, deberá cumplir con todas las condiciones señaladas en los anexos I, II, III y IV xxx Xxxxxx Técnico en todos sus aspectos (perfil del profesorado, espacios de formación, aulas, metodología, etc..) La formación se impartirá, según decida la Cámara, en la propia
sede de la Cámara o en el espacio del que deberá de disponer el centro adecuado a las condiciones citadas y ubicado en la Capital de Málaga, sin perjuicio de los grupos que puntualmente se formen fuera de la capital, en la provincia de Málaga y cuya formación deberá impartirse en el lugar que decida la Cámara.
La acción formativa objeto del presente contrato depende de factores variables, especialmente del número de alumnos. En este sentido, el adjudicatario quedará obligado a realizar todas las acciones formativas que sean requeridas por la Cámara de Comercio de Málaga. No obstante, la prestación de los servicios de formación mencionados se realizará siempre que la Cámara estime conveniente llevarlos a cabo, de tal forma que en tanto no se ejecuten por decisión de la Cámara no nacerá a favor del adjudicatario ningún derecho de cobro, como tampoco ninguna acción de indemnización por su no realización.
De la misma forma, es también factible que la prestación de una acción formativa, en atención al alumnado o a otras circunstancias, deba ejecutarse al mismo tiempo en el mismo horario, día o sede, etc., por lo que el adjudicatario deberá contar con la capacidad necesaria para poder ejecutar el contrato en estas condiciones, atendiendo de forma inexcusable como condición esencial la realización simultanea y coincidente de varias acciones formativas.
El adjudicatario deberá de mostrar señalizaciones en dichos centros en los que imparta la formación en las que se indique que la impartición de formación corresponde al Programa Operativo de Empleo Juvenil FSE 2014-2020, e indicación de cofinanciación del FONDO SOCIAL EUROPEO (FSE), así como los logotipos del Programa Integral de Cualificación y Empleo (PICE).
8. PROPOSICIÓN DE OFERTAS Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición económica. La infracción de esta norma dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
No se tomarán en consideración las variantes o alternativas que puedan ofrecer los licitadores.
La presentación de la oferta supondrá, a todos los efectos, la aceptación incondicional y acatamiento, por parte del licitador, del presente pliego, sin salvedad alguna. El desconocimiento del presente pliego en cualquiera de sus términos o documentos anexos, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
Las ofertas podrán presentarse, en el Registro General de esta Corporación, sita en X/Xxxxxxx xxx Xxxxxx, Xx 00, (Xxxxxx), hasta las 14:00 horas del día 14 de enero de 2019. El horario de presentación de proposiciones será de 09:00 a 14:00 horas.
A estos efectos, los licitadores presentaran el Anexo I al presente Xxxxxx junto con dos sobres cerrados, señalados, respectivamente, con los números 1, y 2. En cada uno de ellos figurará el nombre del/los licitador/es, CIF, su domicilio, representante/s, y datos de la persona de contacto (teléfono y dirección de correo electrónico) y el título del procedimiento de contratación y su número. Dichos sobres serán firmados por el licitador de los mismos o quien le represente con poder bastante y suficiente y contra entrega se podrá expedir recibo - certificación.
En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente (índice) su contenido, así como toda la información en soporte digital. Dichos sobres contendrán, además, los documentos que a continuación se relacionan, y que podrán ser originales o fotocopias, autenticadas por Notario o compulsadas admi- nistrativamente. Sin excepción, las declaraciones o relaciones que se mencionan en las cláusulas del siguiente pliego serán firmadas en todas sus páginas por el representante de la empresa licitadora que formula su oferta.
El sobre nº 1, bajo la rúbrica "Documentación General", contendrá:
a) Documento acreditativo de la identidad, en caso de que el licitador sea persona física que actúe por sí misma (Documento Nacional de Identidad, si el licitador es español, o, en su caso el documento que haga sus veces), así como el Número de Identificación Fiscal.
b) Poder bastanteado por la Asesoría Jurídica de esta Corporación, si se obra en representación de otra persona (física o jurídica) o entidad, en cuyo caso, también deberá acompañarse documento acreditativo de la identidad del(os) apoderado(s), (Documento Nacional de Identidad, si el apoderado es español, o, en su caso el documento que haga sus veces).
c) La capacidad de obrar de las empresas que sean personas jurídicas españolas se acreditará mediante la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Asimismo, deberá aportar el CIF de la empresa, tarjeta de identificación fiscal.
d) Domicilio a efectos de notificaciones de este concurso, incluyendo email válido a efecto de notificaciones.
e) La capacidad de obrar de las personas físicas o jurídicas de Estados no comunitarias se probará conforme a lo indicado en el art. 68 de la Ley de Contratos del Sector Público.
f) Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, deberán cumplir, igualmente, con lo dispuesto en 67 de la Ley de contratos del Sector Público.
g) Sin perjuicio de lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público, cada uno de los empresarios de la Unión temporal vendrá obligado a justificar documentalmente que reúne los requisitos legales exigidos para contratar con la Administración en la forma establecida por los apartados anteriores.
h) Cada ofertante deberá presentar una declaración responsable, en la que conste no hallarse incurso en causa de prohibición para contratar con el Sector Público, según lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público.
i) Certificación expedida por la Administración Tributaria, a los efectos de contratar con la Administración Pública, acreditativa de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, impuestas por las disposiciones vigentes, a los efectos de lo establecido en la
letra d) del apartado 1 del artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público (IRPF, Impuesto de Sociedades, IVA, Declaración Anual de Operaciones con Terceros-(Modelo 347) ).
j) Certificación administrativa, expedida por el órgano competente, a los efectos de contratar con la Administración Pública, mediante la que el licitador acredite que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social (a los efectos de lo establecido en la letra d) del apartado 1 del artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público)
k) La acreditación de la solvencia económica y financiera se efectuará mediante alguno de los medios que a continuación se señalan:
• Declaración relativa a la cifra anual de negocios del licitador o candidato que, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos el valor del contrato. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
• Justificación de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, con indicación expresa de los riesgos cubiertos y de su plazo mínimo de vigencia o fecha de vencimiento, por un importe mínimo del valor del contrato. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda.
• El patrimonio neto según el balance correspondiente al último ejercicio económico de las cuentas anuales aprobadas deberá superar el 20 por 100 el valor del contrato. El patrimonio neto del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas correspondientes al último ejercicio cerrado y depositadas en el Registro Mercantil u oficial que corresponda, si está vencido el plazo de presentación y se encuentran depositadas; si no lo estuvieran, deben presentarlas acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano de administración competente. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil deberán presentar sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
l) La solvencia técnica o profesional se acreditará por los medios que se señalan a continuación de forma acumulativa:
• Relación de los principales servicios realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes. Se exige que el importe anual acumulado sin incluir impuestos en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 25% valor estimado del contrato, en servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato.
• Titulaciones académicas y profesionales de los responsables de la ejecución del contrato e impartición de cursos. Se exige que el personal responsable de la ejecución del contrato e impartición de los cursos posea la titulación y experiencia señalada en los anexos I, II y III, de los Anexos al Pliego de condiciones técnicas (Perfil del docente) Se indicaran los docentes en relación al curso que van a impartir de los contenidos en el catálogo de cursos. En el caso de que sea un curso no contemplado o que se incluya posteriormente, tendrá que aportar previo al inicio del curso dicha documentación para la previa autorización de la Cámara.
Los licitantes deberán aportar en todo caso:
- Nombres y cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación.
- Declaración responsable conteniendo el compromiso de dedicación de los medios personales o materiales suficientes para la ejecución, siendo obligación esencial, según lo dispuesto en los Anexos I, II y III de los pliegos Técnicos ( Profesorado, espacios, instalaciones, equipamiento, etc)
Recibida la documentación citada, la Cámara podrá realizar las consultas pertinentes con los licitadores para llevar a cabo las aclaraciones que resultaren precias.
El Sobre nº 2, bajo la rúbrica "Proposición económica y oferta técnica", contendrá:
- Proposición que contenga la oferta económica (conforme al Anexo II del presente Xxxxxx), conformada por los criterios de valoración contenidos en la cláusula 6, a).
- Memoria explicativa de la forma en que, si es seleccionado, el interesado prestará el servicio. Deberá indicar, mediante la correspondiente declaración responsable, que se dispone de centro o espacio para impartir la formación en la capital de Málaga, en qué distrito y que es conforme a los requisitos indicados en este Pliego y Anexos I,II y III xxx Xxxxxx Técnico, para ser puntuada conforme a lo dispuesto en la Cláusula 6 b).
- Las personas licitadoras deberán indicar la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando el porcentaje y el nombre o perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica de las personas subcontratistas a las que se vaya a encomendar su realización, no pudiendo superar la subcontratación el 40% del importe final abonado por la Cámara por los servicios totales prestados por el adjudicatario. En todo caso el adjudicatario tendrá que dar conocimiento a la Cámara para que lo autorice antes de la prestación de los servicios por parte del subcontratista.
9. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
La subcomisión de Contratación de la Cámara será el órgano encargado de realizar la adjudicación del contrato, una vez recibida la propuesta de adjudicación de la unidad técnica, y por tanto ostentará la
condición de órgano de contratación a todos los efectos. La Subcomisión de Contratación estará integrada por Presidencia, Tesorería, Secretaría General, Responsable del Departamento de Administración y Responsable del Departamento que corresponda.
El órgano de contratación estará asistido por una unidad Técnica del contrato.
Tanto la unidad técnica como la Subcomisión de Contratación, antes de formular su propuesta o decisión, podrán solicitar cuantos informes técnicos consideren precisos y se relacionen con el objeto del procedimiento de contratación.
10. PUBLICIDAD
Se realizará mediante la publicación del anuncio de licitación así como de la adjudicación, en el Perfil del Contratante en la página Web de la Cámara de Comercio: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx , en el que están plenamente accesibles y disponibles los pliegos de cláusulas particulares y prescripciones técnicas que rigen el procedimiento, pudiendo presentarse ofertas hasta las 14:00 horas del último día del plazo.
11. ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACION
Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, la unidad técnica calificará, previamente a la valoración de las ofertas, los documentos presentados en tiempo y forma por las empresas interesadas. A estos efectos, se ordenará la apertura del Sobre 1. La documentación aportada será calificada por la unidad técnica, acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquélla que no se ajuste a los términos del presente pliego.
El acto de apertura del sobre 2 se efectuará públicamente por la unidad de contratación. El lugar, día y hora en que vaya a realizarse dicho acto se anunciará en el Perfil del Contratante (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.), una vez finalizado el plazo de presentación de ofertas.
Terminado el acto de apertura de los sobres, la unidad técnica iniciará seguidamente, a puerta cerrada, el estudio técnico y económico de las proposiciones admitidas, que continuará en días sucesivos si fuera preciso. La unidad técnica podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del procedimiento de contratación.
Si, antes de la apertura del Sobre 2, la unidad de contratación observare defectos formales o materiales subsanables en la documentación presentada por alguno de los ofertantes, concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el interesado subsane el error bajo apercibimiento de su exclusión definitiva si, en el plazo concedido, no lo lleva a cabo.
En el supuesto del citado requerimiento, el candidato deberá presentar la documentación requerida en el citado plazo en la sede de la Cámara (Calle Xxxxxxx xxx Xxxxxx, 23, 29015 Málaga).
Tras el análisis de la información facilitada y su valoración conforme a las cláusulas anteriores, la unidad técnica elevará a la subcomisión de Contratación de la Cámara una propuesta de adjudicación del contrato al licitador que haya presentado la proposición económicamente más ventajosa o una propuesta de declarar el procedimiento desierto.
La Cámara se reserva el derecho a declarar desierto el procedimiento de contratación, si bien no podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta que se ajuste a los criterios de adjudicación que figuran en el Pliego.
La subcomisión de Contratación, recibida y valorada la propuesta de la unidad técnica, podrá solicitar cuantos informes técnicos estime pertinentes, tras lo cual y atendiendo a los criterios de valoración señalados en el Pliego, clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas, y posteriormente requerirá al licitador cuya proposición haya sido seleccionada para la adjudicación, para que dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva conforme se expone en la cláusula siguiente.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
La adjudicación, que será motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y se publicará en el Perfil del Contratante de la página Web de la Cámara.
12. GARANTÍA
El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, responder de la correcta realización de la prestación del servicio, incluidas las penalidades que pudieran imponerse al contratista y la existencia de vicios, vendrá obligado a constituir Garantía Definitiva equivalente al 5 por 100 del presupuesto base de licitación.
Las garantías se podrán constituir en metálico o en cualquier otro medio de los admitidos por la Ley de Contratos del Sector Público, y se depositarán en el Departamento de Administración y Recaudación de esta Corporación.
13. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El contratista queda obligado a:
a) Ejecutar el servicio con sujeción a los presentes Pliegos, a la Propuesta Técnica, al contrato y documentación técnica que se aporte al equipo técnico, con la diligencia debida.
b) Aportar los equipos técnicos y materiales, así como los medios auxiliares, humanos y materiales; todo ello en número y grado preciso para la realización del objeto del correspondiente contrato a satisfacción.
c) Ejecutar el contrato bajo su riesgo y xxxxxxx.
d) A la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, que se requiera para la prestación del servicio.
e) A indemnizar todos los daños que se causen tanto a esta Corporación como a terceros, como consecuencia de la ejecución de la prestación del servicio, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados por una orden inmediata y directa de esta Corporación.
f) El contratista queda obligado a guardar secreto, y a hacerlo guardar al personal que emplee o que con él colabore en la ejecución de los trabajos, no pudiendo utilizar para sí, proporcionar a terceros, o divulgar, dato alguno en relación con las Consultorías y Asistencias contratadas, sin la expresa autorización de esta Corporación.
g) El centro se obliga mediante la presentación de ofertas en el presente procedimiento a facilitarle dicha formación. En caso de que no disponga de un curso de formación específica en su catálogo, deberá de estar en disposición de subcontratarlo.
14. EJECUCIÓN DEL CONTRATO Y PENALIZACIONES
Una vez adjudicado el contrato al centro de formación, se encargará de impartir de la formación troncal y posterior formación específica a esos alumnos, con la supervisión de la Cámara de los contenidos a impartir.
La cámara se encargará ,en todo caso, de la:
• Captación de los alumnos.
• Inscripción de los alumnos en la formación.
• Control su asistencia.
• Control del perfil docente en función de la formación a impartir.
• Tutorización de la formación realizando un seguimiento continuo de la misma de forma que se cumplan y mantengan los requisitos establecidos.
• Supervisión de los contenidos de los cursos.
• Evaluación de la satisfacción del alumno.
• Entrega de diplomas.
La Cámara facilitará al centro un listado con los alumnos a formarse indicando el día de comienzo, lugar y horarios etc. Desde que la Cámara facilite al centro el listado de alumnos, este dispondrá de 7 días naturales para constituir el grupo, organizar la formación, y comenzar la misma. En la formación troncal se constituirán grupos entre 5 alumnos y 20 alumnos (salvo que la Cámara con carácter extraordinario autorice alguna variación). El centro tendrá la obligación de formar el grupo a partir de 5 alumno, cuando la Cámara así se lo indique.
En relación a la formación específica el centro garantizará la formación de todos los alumnos. Los cursos
/ grupos se constituirán entre 5 y 20 alumnos. (Ver Anexo IV xxx xxxxxx Técnico, que recoge un catálogo mínimo de la formación específica, siendo posible la inclusión de otras especialidades que los alumnos requieran, siempre orientada a la inserción de los mismos)
El centro de formación, tal y como queda recogido en los anexos I, II y III xxx Xxxxxx Técnico deberá llevar la impartición y evaluación de los contenidos. Igualmente deberá de realizar dichas funciones y evaluaciones para la formación específica.
La formación troncal de cada alumno/grupo deberá desarrollarse en el plazo máximo de tres semanas desde el comienzo del curso. La formación específica deberá desarrollarse en el plazo máximo de 6 semanas. Entre una y otra formación no deberán de transcurrir más de dos semanas.
La Cámara se reserva el derecho de solicitar el cambio de profesorado si la valoración del alumnado es negativa o no cumple con los requisitos establecidos para impartir dicha formación.
15. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Si el contratista incumpliere las obligaciones que le incumben, con carácter general, esta Corporación estará facultada para exigir el cumplimiento o declarar la resolución del correspondiente contrato.
Con independencia de las causas generales de resolución del contrato relacionadas en la Ley de Contratos del Sector Publico, con los efectos señalados en el mismo texto legal, son causas de resolución del contrato:
a) Si el adjudicatario no atendiere los requerimientos de constitución de garantías, no cumpliere los requisitos para la celebración del contrato, o impidiese que se formalice en los términos señalados.
b) El abandono por parte del contratista del servicio objeto del correspondiente contrato.
c) Que el contratista se vea incurso, durante la vigencia del correspondiente contrato, en alguna de las prohibiciones de contratar del Real Decreto Legislativo 3/2011.
d) Las reiteradas deficiencias en la ejecución del contrato, salvo en caso de fuerza mayor.
e) En general, el incumplimiento por el contratista de cualquiera de las obligaciones contenidas en los documentos contractuales.
f) El incumplimiento de impartición de las clases en la ubicación que el centro determinó en la memoria o que la Cámara determine en la ejecución del contrato.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo, o hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, esta Corporación podrá optar por la resolución del contrato.
16. CONFIDENCIALIDAD
Sin perjuicio de las disposiciones relativas a la publicidad del proceso, y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, los órganos de contratación no podrán divulgar la información facilitada por los empresarios que hayan estos designado como confidencial. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que el contrato establezca un plazo mayor.
Tanto la Cámara como el adjudicatario durante el tiempo que dure el contrato, mantendrán la confidencialidad de los datos e información intercambiados entre ellos, incluyendo información objeto de derecho de autor, patentes, técnicas, modelos, invenciones, conocimiento experto, procesos, algoritmos, programas ejecutables, investigaciones, detalles de diseño, información financiera, lista de clientes, inversionistas, empleados ,relaciones de negocios y contractuales, pronósticos de negocios, planes de mercadeo y cualquier información revelada sobre terceras personas. Es especialmente importante garantizar la confidencialidad de las personas que presten el servicio en cualquier tipo de información a la que tengan acceso en el desarrollo de su actividad.
17. OBLIGACIONES LABORALES, SOCIALES Y ECONÓMICAS DE LA PERSONA CONTRATISTA.
El personal adscrito a los trabajos dependerá exclusivamente de la persona contratista, quien tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de persona empresaria respecto del mismo.
En general, la persona contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleadora, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquella o entre sus subcontratistas y las personas trabajadoras de una y otra, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes.
En cualquier caso, la persona contratista, indemnizará a la Cámara de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
Corresponderá y será a cargo de la persona contratista:
a) La obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del servicio contratado.
b) Los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de ejecución y posterior asistencia durante el plazo de garantía.
c) Las pruebas, ensayos o informes necesarios para verificar la correcta ejecución del servicio contratado, con el límite del 1% del precio total del contrato.
d) La indemnización de los daños que se causen tanto a la Cámara como a terceras personas, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del servicio, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados por una orden inmediata y directa de la Administración.
18. PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS, PROTECCIÓN DE DATOS Y CONDICIONES DE IMAGEN.
Quedarán en propiedad de la Cámara tanto el servicio recibido como los derechos inherentes a los trabajos realizados, su propiedad industrial y comercial, reservándose la Cámara su utilización, no pudiendo ser objeto de comercialización, reproducción u otro uso no autorizado expresamente por la Cámara, y ésta, en consecuencia, podrá recabar en cualquier momento la entrega de los documentos o materiales que la integren, con todos sus antecedentes, datos o procedimientos.
Los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial llevarán aparejada la cesión de éste a la Cámara.
La persona contratista tendrá la obligación de proporcionar en soporte informático a la Cámara todos los datos, cálculos, procesos y procedimientos empleados durante la elaboración de los trabajos.
Los trabajos que constituyan objeto de propiedad intelectual, se entenderán expresamente cedidos en exclusiva a la Cámara contratante, salvo en el caso de derechos preexistentes, en los que la cesión puede no ser con carácter de exclusividad.
Todas las acciones de comunicación comercial (prensa, radio o cualquier otra) que se realicen para promocionar la impartición de la formación se harán siguiendo la imagen corporativa de la Cámara, no pudiendo el adjudicatario contratado realizar ninguna acción de este tipo sin el permiso expreso xx Xxxxxx y, en este caso, sin su supervisión previa.
Xxxxxx se encargará de emitir las notas de prensa y convocatorias alusivas a la acción, siguiendo sus propios formatos y criterios, no pudiendo el adjudicatario realizar ninguna acción de este tipo sin el permiso expreso de la Cámara.
La Cámara decidirá, unilateralmente, la aparición de la denominación y/o logotipo del adjudicatario contratado en cuantas acciones de comunicación se realicen.
Toda la documentación que se entregue como resultado final de los trabajos deberá seguir las especificaciones de la identidad corporativa xx Xxxxxx.
De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía
de los Derechos Digitales, el acceso por parte de un encargado de tratamiento a los datos personales que resulten necesarios para la prestación de un servicio al responsable no se considerará comunicación de datos, si el adjudicatario accede a datos de carácter personal contenidos en ficheros de titularidad de la Cámara, adquiere la condición de encargado del tratamiento y se compromete, como establece el artículo 33 de la citada Ley y artículo 28 del RGPD 2016/679, de 27 xx xxxxx de 2016, a:
a) Realizar el tratamiento conforme se establezca en el contrato que vinculará al encargado del tratamiento respecto a la Cámara como responsable del fichero que establecerá el objeto, la duración, la naturaleza y la finalidad del tratamiento, el tipo de datos personales y categorías de interesados, y las obligaciones y derechos del responsable.
b) No utilizar ni tratar datos de carácter personal con finalidad distinta a la ejecución del contrato, no comunicar los datos bajo ningún concepto a terceras personas, ni siquiera para su conservación y, en especial no reproducir ni publicar, ni difundir ninguna información acerca de los datos.
c) Garantizar el cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas en el contrato de encargado del tratamiento, así como su correcta implementación.
d) Garantizar del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad del personal a su servicio y cualesquiera personas o entidades que sean colaboradoras o subcontratadas por él.
e) La Cámara, como responsable del tratamiento determinará si, cuando finalice la prestación de los servicios del encargado, los datos personales deben ser destruidos, devueltos al responsable o entregados, en su caso, a un nuevo encargado. No procederá la destrucción de los datos cuando exista una previsión legal que obligue a su conservación, en cuyo caso deberán ser devueltos a la Cámara, que garantizará su conservación mientras tal obligación persista.
f) No recurrir a otro encargado sin la autorización previa por escrito, específica o general, del responsable. En este último caso, el encargado informará al responsable de cualquier cambio previsto en la incorporación o sustitución de otros encargados, dando así al responsable la oportunidad de oponerse a dichos cambios.
g) Si el interesado o afectado ejercitara los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad u oposición, éste dará cuenta inmediata a la Cámara y, en todo caso, antes del cumplimiento del plazo legalmente previsto.
El incumplimiento de estas obligaciones hace responder al adjudicatario personalmente de las infracciones que cometa como si ocupara la posición de responsable del fichero y tratamiento.
19. NORMATIVA APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
La contratación de los servicios descritos se regirá por lo establecido en este pliego, y en lo no previsto en este por el Derecho Privado.
El Orden Jurisdiccional competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato será el orden civil de los tribunales de la ciudad de Málaga.
ANEXO I MODELO DE PRESENTACIÓN DE OFERTA
Don/Dña ....................................., con D.N.I. núm. ........, mayor de edad, en
nombre y representación de …………………………….con C.I.F núm…………..y domicilio en
………………………………………………, en su calidad de ,
Declara que es conocedor/a de los Pliegos que han de regir la CONTRATACIÓN DE UN CENTRO DE FORMACIÓN PARA LA IMPARTICIÓN DE LA FORMACIÓN TRONCAL Y ESPECÍFICA MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO EN EL MARCO DEL PROGRAMA INTEGRAL DE CUALIFICACIÓN Y EMPLEO COMO PARTE DEL PROGRAMA OPERATIVO DE EMPLEO JUVENIL FSE 2014-2020 (GARANTIA JUVENIL) ANUALIDAD
2019 (Expte. nº 100/A/2018), según procedimiento aprobado por la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Málaga, y aceptando íntegramente el contenido de los mismos.
Declara que los documentos aportados son originales o copias auténticas de los mismos y que ha presentado una propuesta de participación en el proceso de licitación presentando la documentación exigida por los Pliegos, en DOS sobres cuyo contenido es el siguiente:
i. Sobre 1: DOCUMENTACIÓN GENERAL [Índice del Sobre 1]
ii. Sobre 2: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y PROPOSICION ECONOMICA. [Índice del Sobre 2 - Indicar nº de lote/s]
b) Solicita que se tenga por presentada dicha documentación y por reconocida la condición de participante en este proceso de selección [a él mismo / a la sociedad …].
c) Declara que, a efectos de las notificaciones, consiente expresamente la utilización del correo electrónico como medio preferente de comunicación y por tanto solicita que las notificaciones en el presente procedimiento que se realicen a la siguiente dirección de correo electrónico: ……
En …, a … de … de 2019 [Firma y rúbrica]
Datos de contacto:
Teléfono y FAX: ............................................................
Dirección:....................................................................
E-mail: .......................................................................
ANEXO II
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
Don/Dña ....................................., con D.N.I. núm. ........, mayor de edad, en
nombre y representación de
…………………………….con C.I.F número y domicilio en
………………………………………………, en su calidad de… ,
Declara que es conocedor/a de los Pliegos que han de regir la CONTRATACIÓN DE UN CENTRO DE FORMACIÓN PARA LA IMPARTICIÓN DE LA FORMACIÓN TRONCAL Y ESPECÍFICA MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO EN EL MARCO DEL PROGRAMA INTEGRAL DE CUALIFICACIÓN Y EMPLEO COMO PARTE DEL PROGRAMA OPERATIVO DE EMPLEO JUVENIL FSE 2014-2020 (GARANTIA JUVENIL) ANUALIDAD 2019 (Expte. nº
100/A/2018), según procedimiento aprobado por la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Málaga, y aceptando íntegramente el contenido de los mismos,
Se compromete, en nombre (1) a ejecutar el contrato con estricta sujeción a los requisitos exigidos, de acuerdo con las condiciones ofertadas, por la cantidad de
Oferta económica coste hora por alumno en la formación troncal……. euros, IVA excluido. (2)
Expresado en coste hora por alumno en la formación troncal. (Habida cuenta de que los grupos serán de 20 alumnos con carácter general). El límite máximo será de 3 € / hora y alumno.
Oferta económica coste hora por alumno en la formación específica…… euros, IVA excluido. (2)
Expresado en coste hora por alumno en la formación específica. El límite máximo será de 4 € / hora y alumno.
(Lugar, fecha y firma)
Propio o de la empresa que representa. Expresar el importe en letra y número.