CLÁUSULAS
PLIEGO PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA ADJUDICACIÓN, DE UN CONTRATO DE GESTION DE SERVICIOS PÚBLICOS EN LA MODALIDAD DE CONCESIÓN DENOMINADO: “SERVICIO DE ATENCIÓN A MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DOMESTICA (SAVD 24H), Y LOS PUNTOS I Y II MUNICIPALES DEL OBSERVATORIO REGIONAL DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN EL AYUNTAMIENTO DE MADRID” A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.
CLÁUSULAS
CLÁUSULA 1ª - OBJETO
El objeto del contrato lo constituye la gestión del Servicio de Atención a Mujeres Víctimas de violencia doméstica (SAVD 24h) como servicio especializado de atención a víctimas de violencia en el ámbito de la pareja o expareja; y los dos Puntos Municipales del Observatorio Regional de la Violencia de Género que desarrollarán el Protocolo de Atención a Víctimas de acuerdo a lo dispuesto por el Punto Coordinador de Órdenes de Protección de la Comunidad de Madrid y los convenios suscritos con la Comunidad de Madrid.
CARACTERISTICAS TÉCNICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
La definición y características del trabajo a desarrollar en el marco del presente contrato son las siguientes:
A) Servicio de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia Domestica (SAVD 24 horas).
− Ser un servicio especializado de atención a víctimas de violencia en el ámbito de la pareja o expareja que estará abierto 24 horas al día, los 365 días del año.
− Se configura como el servicio responsable de coordinar el acceso a las plazas de alojamiento de emergencia que para tal fin disponga la Dirección General de Igualdad de Oportunidades y siempre bajo su supervisión, así como la gestión de la solicitud de xxxxx xx xxx xxxxx xx xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx.
− Las actuaciones a desarrollar en este Servicio serán:
▪ En todos los casos, valoración inicial del/de la profesional respecto a si la problemática y demanda de la mujer se ajustan a los objetivos del S.A.V.D. y,1
por tanto, es susceptible de atención al cumplir los criterios de acceso al Servicio.
▪ Si cumple los criterios de acceso, se inicia la fase de acogida y primera valoración de las mujeres (y sus hijos/as menores, si procede), realizando la exploración de la historia de violencia, indicadores de riesgo, situación actual y según las necesidades: intervención en crisis, gestión de atención médica, gestión de atención letrada, activación de alojamiento de emergencia.
▪ Si procede la activación de alojamiento de emergencia: evaluación e intervención con las mujeres y menores alojadas/os en la Zona de Estancia Temporal del
S.A.V.D. 24 HORAS durante 24 – 72 horas.
▪ Establecimiento del plan de intervención integral, según la evaluación realizada y la/s demanda/s expresada/s por la mujer, en las áreas profesionales: social, psicológica, socioeducativa y jurídica.
▪ Coordinación con los diferentes recursos sociales, sanitarios, policiales, judiciales, de inserción laboral, etc. según el plan de intervención definido.
▪ Valoración y derivación, si procede, para alojamiento de protección en los Centros de Estancias Breves y Medias de la Red Municipal del Ayuntamiento de Madrid, siguiendo el protocolo establecido.
▪ Realización de reuniones de coordinación y seguimiento con los Centros de Estancias Breves y Medias de la Red Municipal del Ayuntamiento de Madrid, siguiendo el protocolo establecido.
▪ En los casos que proceda, se realizará la gestión de la solicitud de alojamiento de protección de larga estancia de la Comunidad de Madrid, siguiendo el protocolo establecido.
▪ Una vez resuelta la emergencia, valoración y derivación a otros recursos de la Red Municipal del Ayuntamiento de Madrid, para continuar la intervención a medio – largo plazo, tanto de las mujeres como de sus hijos/as menores, siguiendo el protocolo establecido por el Ayuntamiento de Madrid.
Población destinataria del SAVD 24 HORAS
Cualquier mujer del Municipio de Madrid afectada por malos tratos y/o cualquier acción que quepa en la denominación de violencia contra las mujeres en el ámbito de la pareja o expareja ejercida sobre la víctima en momentos previos a la demanda, o que sufra esta situación desde hace tiempo sin necesidad de presentar lesiones en el momento en que solicita atención.
El acceso a la petición de ayuda debe ser libre y voluntario por parte de la persona afectada. Aunque la detección de casos de maltrato sea realizada por otras personas o instancias (familiares, amistades, vecinos/as, policía, profesionales de la médicina de atención primaria, servicios sociales etc...), la afectada será quien, en última instancia, decida solicitar la intervención de apoyo que ofrece el servicio.
B) Puntos I y II Municipales del Observatorio Regional de Violencia de Género
− Los Puntos Municipales del Observatorio Regional de la Violencia de Género del Ayuntamiento de Madrid, son un servicio de atención psicosocial especializado, dirigido a mujeres que hayan sido víctimas de violencia de género y que dispongan de medidas cautelares asignadas en Auto de Orden de Protección o Auto de Alejamiento y/o procedimientos sentenciados por delitos de violencia de género.
− Asimismo los Puntos Municipales reciben derivaciones procedentes de diferentes recursos vinculados de alguna forma a la atención social a mujeres víctimas de violencia, entre ellos, Juzgados de Violencia sobre la mujer, Oficinas Judiciales de Distrito, Servicios Sociales, Centros Residenciales, Policía, 012 Mujer, etc...
− Las actuaciones de los Puntos Municipales del Observatorio Regional de la Violencia de Género de Madrid se desarrollaran de acuerdo a lo siguiente:
1.- Recepción en el Punto Municipal del expediente envíado desde el Punto Coordinador de todas las Órdenes de Protección concedidas en la Comunidad de Madrid, comprobación de datos y registro en Base de Datos.
2.- Contacto desde el Punto Municipal con la mujer.
3.- Entrevista en el propio Punto Municipal. Valoración de la situación y activación
de los recursos propios del Punto y de los recursos externos:
A) Contacto y citación.
B) Acogida y evaluación social:
• Efectuar el Diagnóstico social de la situación socio-familiar.
• Activación y puesta en marcha de cuantos recursos y prestaciones sociales sean necesarios para dar respuesta a las necesidades de la mujer y sus hijos/as.
• Valoración en primera instancia del alcance de los daños psicológicos.
• Determinación de los niveles de riesgo.
• Gestión del servicio ATENPRO. Alta, baja y seguimiento de incidencias.
• Realización del seguimiento individualizado de la evolución de la situación a nivel social y jurídico principalmente.
• Emisión de Informes Sociales de seguimiento, coordinación, derivación y de intervención social.
C) Atención psicológica individual:
• Evaluación e Intervención psicológica individual de carácter ambulatorio.
• Derivaciones y coordinaciones con otros servicios.
• Realización del seguimiento individualizado de la evolución del caso .
• Emisión de Informes de intervención psicológica necesarios para derivaciones, coordinaciones y para procesos judiciales siempre a petición del Juzgado competente.
• Atención psicológica grupal. Se formará al menos un grupo de atención psicoeducativa.
• Información y asesoramiento a las usuarias sobre los procesos judiciales
derivados de la situación de violencia vivida.
• Apoyo a los/as Letrados/as que así lo requieran.
• Realización del seguimiento individualizado de la evolución jurídica del caso.
• Elaboración de cuantos Informes jurídicos puedan solicitarse en relación a la Violencia de Género en el municipio de Madrid.
E) Seguimiento conforme al protocolo de actuación del Punto Coordinador.
F) Cierre de expediente por cada Área y General.
4.- Remisión al Punto Coordinador del seguimiento del caso a través de la aplicación informática con el fin de elaborar, en el mismo, un único informe sobre cada caso para su envío al Juzgado que emitió la Orden de Protección.
Población Destinataria de los Puntos Municipales
Todas las mujeres residentes en el Municipio de Madrid que hayan sufrido violencia de género por parte de su pareja o expareja y cuenten con medidas cautelares asignadas en Auto de Orden de Protección o Auto de Alejamiento y/o procedimientos sentenciados por delitos de violencia de género.
CLÁUSULA 2ª RECURSOS HUMANOS
A) El Servicio de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia Doméstica (24 horas), debe contar con el siguiente personal:
1 Coordinador/a, con titulación superior y experiencia laboral de al menos un año en la problemática de la violencia de género en el ámbito de la pareja o expareja (40 h/semana).
3 Psicólogas/os, con experiencia laboral de al menos un año en la problemática de la violencia de género en el ámbito de la pareja o expareja (dos a 40 h/ semana y uno a 35h/semana).
1 Licenciada/o en Derecho, con experiencia laboral de al menos un año en la problemática de la violencia de género en el ámbito de la pareja o expareja (35 h/semana).
8 Trabajadoras/es Sociales, con experiencia laboral de al menos un año en la problemática de la violencia de género en el ámbito de la pareja o expareja (cinco a 40 h/ semana y tres a
35h/semana).
2 Educadoras/es Sociales, con experiencia laboral de al menos un año en la problemática de la violencia de género en el ámbito de la pareja o expareja (40 h/semana).
4 Auxiliares de Servicios Sociales. Uno de ellos ejercerá de coordinador (35 h/semana). 1 Administrativo/a (35 h/semana).
B) Los Puntos Municipales del Observatorio Regional de la Violencia de Género, tendrá los siguientes recursos humanos para cada Punto Municipal, excepto la Coordinadora que será común para los dos Puntos:
1 Coordinador/a, Trabajador/a social, de ambos Puntos, con experiencia laboral de al menos un año en la problemática de la violencia de género en el ámbito de la pareja o expareja (común a los dos Puntos Municipales) (40 h/semana).
2 Licenciadas/os en Derecho, con experiencia laboral de al menos un año en la problemática de la violencia de género en el ámbito de la pareja o expareja, (uno en cada Punto Municipal) (35 h/semana).
5 Psicólogas/os, con experiencia laboral de al menos un año en la problemática de la violencia de género en el ámbito de la pareja o expareja (tres en el Punto I y dos en el Punto II) (35 h/semana).
4 Trabajadoras/es Sociales, con experiencia laboral de al menos un año en la problemática de la violencia de género en el ámbito de la pareja o expareja (dos en cada Punto Municipal), (35 h/semana).
4 Administrativas/os (dos en cada Punto Municipal) (35 h/semana).
Los horarios del personal se establecerán de acuerdo con los dos turnos que cubren el servicio requerido y teniendo en cuenta permisos, vacaciones anuales y posibles bajas que se produzcan, para mantener siempre el mismo número de profesionales.
Este personal estará sometido al poder de dirección y organización del contratista adjudicatario (retribuciones, horarios, instrucciones, etc) y a cualquier ámbito y orden legalmente establecido, siendo, por tanto, éste el único responsable y obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de
Contratación, Seguridad Social, Prevención de Riesgos Laborales y Tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Madrid, y ello con independencia de las facultades de control e inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo.
Asimismo el contratista adjudicatario aportará los medios materiales a los trabajadores para la realización del servicio.
A la extinción del contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Madrid.
C) Horario del SAVD
Este Centro permanecerá abierto 24 horas al día los 365 días del año.
Se establecerán tres turnos, de mañana, tarde y noche, los horarios se establecerán de acuerdo con los turnos que cubra el servicio requerido y teniendo en cuenta los descansos semanales, fiestas, permisos, vacaciones anuales y posibles bajas que se produzcan, siempre manteniendo el mismo número de profesionales en todas las franjas horarias de los diferentes turnos.
D) Horario de los Puntos Municipales
El horario de los Puntos Municipales del Observatorio Regional de la Violencia de Género será de lunes a viernes en horario de 9,00 horas a 21,00 horas,
Los horarios del personal se establecerán de acuerdo con los dos turnos que cubren el servicio requerido y teniendo en cuenta permisos, vacaciones anuales y posibles bajas que se produzcan, para mantener siempre el mismo número de profesionales.
CLÁUSULA 3ª.-MEDIOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Los centros donde se llevará a cabo el servicio están dotados de las dependencias, mobiliario, equipamiento informático e instalaciones necesarias para el cumplimiento de sus fines, según consta en el Anexo.
A) La gestión del servicio del SAVD 24 horas se realizará en un edificio de tres plantas, situado en el Distrito de Ciudad Lineal de Madrid, siendo el mismo titularidad del Ayuntamiento de Madrid. La dirección por motivos de seguridad es secreta.
Planta Baja: entrada xx xxxxx Ludoteca, salidas al patio-garaje, ascensor y almacén y vestuario.
Planta Primera: 7 despachos, 1 sala de archivo y reuniones, 2 baños grandes y 1 almacén.
Planta segunda: Zona de alojamiento de mujeres y menores. Un salón comedor, 5 dormitorios completos, sala de auxiliares, cocina, un baño completo con tres mini cabinas.
Superficie construida : 621m2 Patio : 256 m2
Dotación de mobiliario : Adecuada a los dos tipos de prestaciones que se desarrollan . Instalaciones. Climatización y Ascensor. Puerta de Garaje.
Se adjunta Inventario como Anexo I al presente pliego.
La utilización del edificio por la entidad adjudicataria tendrá un mero carácter instrumental para la ejecución del contrato, quedando circunscrita a su vigencia, sin que pueda alegar derecho alguno sobre el mismo ni utilizarlo para otro fin distinto del objeto del contrato.
Dadas las características del servicio, la empresa adjudicataria deberá contar con servicio de seguridad, de tal forma que el edificio este protegido durante las veinticuatro horas del día.
B).- La gestión del Punto I Municipal del Observatorio Regional de la Violencia de Género se realizara en la planta baja del edificio situado en el Distrito de Ciudad Lineal de Madrid, siendo el mismo titularidad del Ayuntamiento de Madrid. disponiendo de 3 despachos 1Aseo y 1 Aseo minusválido.
C).- La gestión del servicio del Punto II Municipal del Observatorio Regional de Violencia de Género se realizará en un espacio adecuado que consta de una sala común con
mesa de reuniones, además dispone de dos despachos de atención individualizada y un archivo, todo ello en la planta baja del edificio del Centro Xxxxx xx Xxxxxx situado en la calle Comandante Xxxxxxxx nº 8 (Carabanchel) de Madrid, siendo el mismo titularidad del Ayuntamiento de Madrid.
Serán de cuenta de la entidad adjudicataria todos los gastos que origine el funcionamiento del centro, tales como, agua, electricidad, gas, servicios telefónicos, postales y telegráfico, documentación técnica gastos de material de oficina y consumibles y cualquier otro suministro menor que pudiera proceder, gastos bancarios, asesoría, seguros y gestoría, así como gastos de locomociones de las usuarias, así como un servicio de vigilancia en el
S.A.V.D. (24 horas).
Asimismo, serán de cuenta de la entidad adjudicataria todos los gastos del material necesario que requiera el funcionamiento del servicio y las pequeñas reparaciones del mobiliario.
CLÁUSULA 4ª.-SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
Con la finalidad de contribuir a una mejora en la calidad y adecuación del Servicio y de las actuaciones que se desarrollen, la entidad adjudicataria presentará un informe mensual y una memoria final de evaluación, para lo cual se diseñarán los instrumentos técnicos necesarios y se determinarán los indicadores de evaluación correspondientes.
El personal técnico designado por la Dirección General de Igualdad de Oportunidades podrá, en cualquier momento, inspeccionar el servicio y solicitar cuanta información se requiera. Asimismo, el servicio deberá participar en los sistemas de seguimiento que se determinen por dicha Dirección.
CLÁUSULA 5ª PROTECCIÓN DE DATOS
La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta del Órgano de contratación al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección9
de Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia. La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente:
1º) Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD). Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato.
2º) Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores/as destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa adjudicataria, al igual que su personal, aceptará los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas.
3º) Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso.
4º) Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que el Órgano de contratación le pueda especificar en concreto y que se incluyan como una Adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
5º) A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del
Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2. LOPD).
Para el tratamiento y acceso a los datos por parte del adjudicatario se velará específicamente por el cumplimiento de lo previsto en los artículos 92, 97, 101 y 108 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, referentes a la gestión y distribución de soportes y documentos.
Durante la realización de los servicios que se presten como consecuencia del cumplimiento del presente contrato, el adjudicatario y su personal se someterán al estricto cumplimiento de los documentos de seguridad vigentes para los ficheros de datos de carácter personal a los que tengan acceso, así como a las instrucciones de los responsables de seguridad de las dependencias municipales en las que desarrollen su trabajo.
El acceso a las bases de datos del Ayuntamiento de Madrid necesarias para la prestación del servicio se autorizará al adjudicatario para el exclusivo fin de la realización de las tareas objeto de este contrato, quedando prohibido para el adjudicatario y para el personal encargado de su realización su reproducción por cualquier medio y la cesión total o parcial a cualquier persona física o jurídica. Lo anterior se extiende asimismo al producto de dichas tareas.
El adjudicatario se compromete a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan, para lo cual programará las acciones formativas necesarias.
El personal que recibe los servicio objeto del contrato tendrá acceso autorizado únicamente a aquellos datos y recursos que precisen para el desarrollo de sus funciones.
6º) Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información.
7º) El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte
del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello.
8º) Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid.
9º) Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento de Madrid conforme a las instrucciones que haya dado, al igual que cualquier soporte o documento que contenga algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
10º En la medida que el adjudicatario aporta equipos informáticos para la prestación del servicio objeto del contrato, una vez finalizadas las tareas, el adjudicatario previamente a retirar los equipos informáticos, deberá borrar toda la información utilizada o que se derive de la ejecución del contrato, mediante el procedimiento técnico adecuado, o proceder a su entrega al responsable del fichero. La destrucción de la documentación de apoyo, si no se considerara indispensable por el Ayuntamiento comunicándolo previamente por escrito, se efectuará mediante máquina destructora de papel o cualquier otro medio que garantice la ilegibilidad, efectuándose esta operación en el lugar donde se realicen los trabajos. Igualmente, deberá adoptar las medidas necesarias para impedir la recuperación posterior de información almacenada en soportes que vayan a ser desechados o reutilizados.
11º) Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Asimismo, el adjudicatario deberá comunicar al organismo contratante antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación la persona que serán directamente responsables de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.
Madrid, 28 de octubre de 2011 LA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD Y ATENCIÓN SOCIAL A LA MUJER.
Xx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx
LA SUBDIRECTORA GENERAL DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
ANEXO: DOTACIÓN DE MOBILIARIO Y EQUIPOS INFORMÁTICOS
1. S.A.V.D. 24 horas - Edificio en el Distrito de Ciudad Lineal, plantas baja, primera y segunda:
CONCEPTO | CANTIDAD | |
Mesa Con Ruedas, Puerta De Cristal | 1 | |
Mesa Redonda Infantil 100x53 Cm | 2 | |
Silla Infantil 39x5x34 | 8 | |
Percha Infantil 8 Colgadores | 1 | |
Mostrador Negro/Xxxxx 131x135 Cm | 1 | |
Mesa Melamina 1,60 | 15 | |
Silla Madera Fija | 17 | |
Ala Auxiliar 1,36 | 13 | |
Equipo Sonido SONY Mod. TCH-50 | 1 | |
Equipo Sonido CFD-222L | 1 | |
Bloque Cajones Adosados | 3 | |
Armario Alto 92x40x196 Con Puertas | 10 | |
Armario Alto 90x42x198 Con Puertas | 2 | |
Armario Bajo 0,74x0,92 Con Puertas | 2 | |
Perchero Metálico Pie Mod. H-12 | 7 | |
Tablón Corcho 100x120 | 1 | |
Archivador Metálico 120x42x97 Persianas Vertical | 7 | |
Mesa 206 Redonda 90 Cm | 1 | |
Vídeo JVC Mod HR J 680 EU | 1 | |
Mesa Auxiliar 4 Ruedas 50x80 | 5 | |
Mesa Ovalada Reunión 2,40 Metros | 1 | |
Mesa Circular 100 Cm Diámetro | 1 | |
Papelera Metálica | 17 | |
Papelera Plástico | 1 | |
Cenicero-Papelera Metal | 1 | |
TV Elbe Pequeño | 5 | |
Tvc 14' Beko 14 T46 Txs | 1 | |
Radiadores Eléctricos Mod HAVERLAND | 8 | |
Papeleras Metálicas Mod. P-21 | 4 | |
Mesa Xxxxxxx Xxxxxx DIM 535 | 1 | |
Xxxxx Xxxxxxx 50 Litros | 2 | |
Xxxxx Xxxxxxx 30 Litros | 1 | |
Antena De TV Portátil | 1 | |
Pizarras | 2 | |
Escaleras De Aluminio | 3 | |
Percha Metálica De 5 Colgadores | 2 | |
Armarios Roperos 2 Puertas Pino 2x1,18x,60 | 6 | |
Armario Alto Con 2 Puertas Xxxxx/Grafito 90x42x131 | 1 |
CONCEPTO | CANTIDAD |
Mesita De Noche 58x48x31 Pino | 5 |
Estantería 200x50x37 | 6 |
Cubos De Basura | 3 |
Lámparas De Noche Hierro Forjado | 5 |
Lámpara De Noche Con Base Xx Xxxx | 1 |
Portarrollos Baño | 6 |
Escobilleros Baño | 3 |
Portarrollos Papel Continuo Manos | 4 |
Toalleros | 5 |
Espejo Pared Sin Marco 130x90 | 4 |
Mueble Entrada Xx Xxxxxx Color Xxxxx | 1 |
Cama 90 Cm | 9 |
Colchones 90 Cm | 9 |
Corcho Pequeño | 1 |
Mesa Madera 90 Cm | 2 |
Tabla De Planchar BRABANTIA | 1 |
Funda Tabla De Planchar | 1 |
Tendedero Portátil Metálico | 1 |
Plafón De Pared 16x31 | 4 |
Apliques Rectangulares De Pared 18x28 | 4 |
Mesa Madera Rectangular 62x80 | 1 |
Banco Para TV | 1 |
Reloj De Pared Redondo | 1 |
Repisa De Pared | 1 |
Mueble Salón Apilable Composición Color Xxxxx | 1 |
Mesa De Ordenador | 1 |
Taquilla 180x80x40 | 1 |
Mueble Colgante 60 Cm | 1 |
Mueble Colgante 800 Mm 2 Puertas | 1 |
Repisas Xx Xxxxxx 2m | 8 |
Repisas Xx Xxxxxx 22 Cm | 4 |
Percha De Pared 4 Colgadores | 3 |
Bañera-Cambiador De Bebé | 1 |
Mampara De Ducha Modelo Natural | 1 |
Papelera Metálica Con Asas 30x38 | 4 |
Armario OMEGA Con Persiana 1200*2000*450 | 15 |
Xxxxxxx A.H.P.E.R Con Persiana | 1 |
Armario OMEGA A-2 Puerta | 1 |
Armario Modular 700*1000-Estante-Encimera-Fond | 2 |
Silla Programa GLOBAL Sin Brazos 4 Apoyos | 57 |
Silla Operativa GENIUS-Ruedas-Base Negra | 18 |
Tablilla Escribir GLOBAL Para Silla Sin Brazos | 57 |
Bloque A 600 C/Ruedas C/Encimera | 2 |
CONCEPTO | CANTIDAD |
Mesa Reuniones Redonda 1100 | 1 |
Tablero De Información Xx Xxxxxx Visto 800*1000 | 1 |
Perchero De Pie Con 8 Colgadores Burdeos | 1 |
Reposapies 450*330*120 | 10 |
Lámpara Halógena Con Cristal De Protección | 9 |
Armario 2 Puertas | 6 |
Módulo Bajo 4 Cajones | 6 |
Sillon De Reposo | 4 |
Mesa TV -Estanterías-Puertas-Ruedas | 1 |
Tv 32'' Xxxxxxx | 1 |
Pizarra Blanca P.S. | |
Retroproyector Fijo Altas Prestaciones | 1 |
Video HIFI ESTEREO SONY SLV-SE640 | 1 |
Pantalla Mural Sopar Spring Roll 200*210 | 1 |
Televisión BEKO 14" | 1 |
Armario Xx Xxxxxx, 9compartimentos Gavetas. 1040x400x750 .Haya-10 Y Cantos Rojo | 1 |
Gaveta De Plástico Para Armario.312x377x150.Azul | 3 |
Gaveta De Plástico Para Armario.312x377x150.Roja | 3 |
Gaveta De Plástico Para Armario.312x377x150.Amarillo | 3 |
Xxxxxxx Xx Xxxxxx, Xxxxxxx. 830x400x750. Haya-10 Y Cantos Rojo | 1 |
Xxxxxxx Xx Xxxxxx, Revistero, Con 1zocalo. 835x400x1110. Haya-10 Y Cantos Rojo | 1 |
Mesa Circular De Reuniones (1,10 Diámetro) | 1 |
Cuna Con Ruedas Mod. 211 | 4 |
Sofa Cama Tapizado En Serie X Xxxxx C 50 Verde, Pata Color Roble, Cama Sistema Italicano Colchon Muelles De Medidas 200x64/215x105 Ref,398 | 1 |
Sillon Estructura Xx Xxxx Color Miel Oscuro Tapizado En Serie X Xxxx 000 Color C-65 Azyl | 1 |
Trio De Paseo Autofix Fusion Compuesto Por Coche De Paseo, Cuco, Portabebes. Acabado Gris/Verde | 1 |
Fax Modelo Canon L-220 | 1 |
Fax Modelo Canon Super G23 | 1 |
Teléfono Fijo Modelo ERICSON 4222 | 12 |
Teléfono Fijo Modelo ERICSSON 4223 | 3 |
Sofa De 2 Plazas Tapizado Azul | 1 |
Sofa De 3 Plazas Tapizado Azul | 1 |
Sofa De 2 Plaza Tapizado Azul | 1 |
Fotocopiadora Copy Center C35 | 1 |
Destructora De Documentos Despacho | 1 |
Extintores E 6-P FUTURA COINTRA | 33 |
CONCEPTO | CANTIDAD |
Aire Frio/Calor Bomba 5000 Frigorías | 12 |
Aire Frio/Calor 40VGM MITSUBISHI 5000 Frigorias | 1 |
Aire Frio/Calor 32VGM MITSUBISHI 4000 Frigorías | 4 |
Aire Frio/Calor 25VAM MITSUBISHI 3200 Frigorías | 4 |
Aire Frio/Calor 20VAM MITSUBISHI 2500 Frigorías | 1 |
Aire Frio/Calor JXC-50BC R410 XXXXXXX | 1 |
Aire Frio/Calor JXC-60BC R410 XXXXXXX | 1 |
Aire Frio FUJITSU 3,4 Kw | 1 |
Secador De Pelo XXXXX Profesional 1800W | 1 |
Batidora XXXXX | 1 |
Plancha ROWENTA | 1 |
Secadora SIEMENS Mod TXL 247 FEE | 1 |
Lavavajillas BOSS SILENCE | 1 |
Plancha SAIVOD | 1 |
Lavadora BALAY | 1 |
Cortinas Venecianas 25 Mm | 37 |
Módulo Simple Inicial. EUN. EKC102035i. | 15 |
Fondo. EUN. FKP1020. | 15 |
Sofá 2 Plazas. XXXXXX. KYP02-C. | 1 |
Puertas Correderas. La Fortezza. 4021. | 15 |
Butaca Modular. XXXXXX. KOS1B-C. | 1 |
Grupo Butacas. XXXXXX. KOS2M-C. | 1 |
2. PUNTO I O.R.V.G. - Edificio en el Distrito de Ciudad Lineal , planta baja:
CONCEPTO | CANTIDAD |
Monitor | 1 |
Teclado | 1 |
CPU | 1 |
Ratón | 1 |
Impresora | 1 |
Impresora grande | 1 |
Fax | 1 |
Armario Archivador | 2 |
Altillos Armario Archivador | 1 |
Mesa | 2 |
Ala Mesa con Cajonera | 1 |
Silla | 4 |
Cuadro | 2 |
Extintor | 1 |
Teléfono | 1 |
CONCEPTO | CANTIDAD |
Papelera | 1 |
Armarios Bajos | 2 |
Sillas con Ruedas | 2 |
Reposa Pies | 1 |
Mesa Redonda Reuniones | 1 |
Corcho Grande | 1 |
Perchero | 1 |
Mesa | 1 |
Armario Archivador | 5 |
Altillos Armario Archivador | 3 |
Silla | 2 |
Silla con ruedas | 1 |
Monitor | 1 |
Teclado | 1 |
CPU | 1 |
Impresora Color | 1 |
Ratón | 1 |
Teléfono | 1 |
Papelera | 1 |
Cuadro | 3 |
Archivador Pequeño | 1 |
Reposa Pies | 1 |
Mesa | 1 |
Silla | 2 |
Silla con ruedas | 1 |
Monitor | 1 |
Teclado | 1 |
CPU | 1 |
Ratón | 1 |
Extintor | 1 |
Cuadros | 2 |
Cajoneras | 2 |
Lámpara Pie | 1 |
Reposa Pies | 1 |
Papelera | 1 |
Teléfono | 1 |
Monitor | 1 |
Teclado | 1 |
CPU | 1 |
Ratón | 1 |
Sillón | 1 |
Mueble Televisión | 1 |
Televisión | 1 |
Silla | 2 |
Silla Rueda | 1 |
Cojines | 2 |
Papelera | 1 |
Cuadros | 4 |
Impresora | 1 |
Mesa | 1 |
Ala Mesa con Cajonera | 1 |
Armario Archivador | 1 |
Monitor | 1 |
Teclado | 1 |
CPU | 1 |
Ratón | 1 |
Impresora | 1 |
Papelera | 1 |
Armario Archivador | 1 |
Sillas | 2 |
Cuadros | 4 |
Silla Ruedas | 1 |
Mesa | 1 |
Ala Mesa con Cajonera | 1 |
Plantas | 3 |
Lámpara pie | 1 |
Teléfono | 1 |
Cuadro | 1 |
Placa Identificativa | 1 |
Placa Identificativa | 1 |
3. PUNTO II O.R.V.G. - C/ Comandante Xxxxxxxx, nº 8, planta baja:
CONCEPTO | CANTIDAD |
Mesa de oficina con ala y faldon | 3 |
Silla oficina | 3 |
Silla operativa | 9 |
Armario bajo | 3 |
Pc hp pu770av cemi-iam | 3 18 |
Monitor hp pl766aa cemi-iam | 3 |
Teclado hp | 3 |
Ratón hp | 3 |
Cajoneras | 3 |
Impresora epson epl-6200 | 2 |
Impresora epson epl-n3000 | 1 |
Altavoces hp epl-6200 | 3 |
Armario alto | 2 |
Mesa de reuniones | 1 |
Mesa de oficina con ala y faldon | 1 |
Silla oficina | 1 |
Armario bajo | 1 |
1 | |
Teclado hp | 1 |
1 | |
Monitor hp pl766aa cemi-iam | 1 |
Impresora epson epl-6200 | 1 |
Altavoces hp epl-6200 | 1 |
Silla operativa | 2 |
Cajonera | 1 |
Mesa de oficina con ala y faldon | 1 |
Cajonera | 1 |
Silla oficina | 1 |
Armario bajo | 1 |
19