Contract
CONTRATO DE ce· ·. ,.\:'..i . ' i·;_LEBRAN POR UNA PARTE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO, .. ;:��f •·. :<· XX XXXXXXX, JALISCO, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR ,_ . 1 , XXXXXXX XXXXX ESPAÑA XXXXX, M�GUEL XXXXX XXXXXXX ANvt., ..._ . ··•. AM XXXXXXX XXXX XXXXX, EN SU CARACTER DE PRESIDENTE MUNICIPAL, _ 1{ETARIO Y SÍNDICO, RESPECTIVAMENTE, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO "EL COMODANTE"; Y POR LA OTRA PARTE, EL INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
DEL ESTADO DE JALISCO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO "EL COMODATARIO", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL CONSEJERO PRESIDENTE, XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX Y LA SECRETARIA EJECUTIVA, XXXXX DE XXXXXXX XXXXXXX XXXXX; DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
1.- Declara "EL COMODANTE", por conducto de sus representantes, que:
a) Es propietario del inmueble que a continuación se describe:
Inmueble que ocupa la Casa Ejidal de este municipio, ubicado en la calle Juárez # 630, entre las calles de Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxx y Xxxxxx Xxxxxxxx, de la Colonia centro, del Municipio xx Xxxxxxx, Jalisco, el cual se encuentra en la demarcación xxxxxxxxxxx xxx xxxxxxxx xxxxxxxxx xxxxx 00.
b) Es un nivel de gobierno y que de conformidad con lo establecido en el artículo 115, fracción 11, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 73 de la Constitución Política del Estado de Jalisco y 2 de la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, está investido de personalidad jurídica y capacidad para manejar su patrimonio conforme a la ley.
c) Cuenta con la facultad concedida en -el artículo 38, fracción 11 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, para celebrar convenios con organismos públicos y privados, tendientes a la realización de obras de interés común, siempre que no corresponda su realización al Estado.
11.- Declara "EL COMODATARIO", por conducto de sus representantes, que:
a) Que en términos de lo dispuesto por los artículos 116, fracción IV, inciso c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 12 xxxxxxx 0, bases: 111 y IV .de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 116, párrafos 1 del Código Electoral y de Participación Social del Estado de Jalisco, el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del . Estado de Jalisco es un organismo público autónomo de carácter permanente,. independiente en sus decisiones y· en . su funcionamiento, profesional en su desempeño y dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios.
b) Que en los términos de lo dispuesto por el artículo 115 del Código Electoral y de Participación Ciudadana del Estadio de Jalisco, el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estadio de Jalisco tiene, entre otros objetivos, participar del ejercicio de la función electoral, en la forma y términos que determina la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución del Estado, la Ley General y demás leyes aplicables, as1 como ejercer las funciones en la materia que le conceden las mismas.
c) Que de conformidad con la fracción XLVIII del artículo 134 del Código Electoral y de Participación Social del Estado de Jalisco, es atribución del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco el celebrar
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convenios con organismos o instituciones públicas y privadas con objeto de lograr su colaboración para el cumplimiento de los fines del Instituto.
d) Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 137, párrafo 1, fracción 1 del Código Electoral y de Participación Social del Estado de Jalisco, el Consejero Presidente tiene como atribuciones el representar al Instituto Electoral con todas las facultades legales y necesarias inherentes a dicho fin.
e) Que el Maestro Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, fue designado como Consejero Presidente del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, mediante acuerdo identificado con la clave alfanumérica INE/CG165/2014, aprobado en la sesión extraordinaria del día treinta de septiembre del dos mil catorce por dicho órgano máximo de dirección.
f) Que la Secretaria Ejecutiva concurre a este acto con las facultades que le otorga la fracción I y XXII del párrafo 2 del artículo 143 del Código Electoral y de Participación Social del Estado de Jalisco.
g) Que la Maestra Xxxxx de Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx fue designada como Secretaria Ejecutiva del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, mediante acuerdo IEPC-ACG-018/2016, emitido por el Consejo General del organismo electoral, el día xxxxx xx xxxx de dos mil dieciséis.
h) Que tiene su domicilio en la xxxxx Xxxxxxxxx xxxxxx 0000, xx xx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx, xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx.
CLÁUS ULA S:
PRMI ERA. "EL COMODA NTE" entrega en comodato a "EL COMODATARIO" el
inmueble que a continuación se describe:
Inmueble que ocupa la Casa Ejidal de este municipio, ubicado en la calle Juárez #630, entre las calles de Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxx y Xxxxxx Xxxxxxxx, de la colonia centro, del Municipio xx Xxxxxxx, Jalisco.
SEGUNDA. "EL COMODATARIO" recibe el bien inmueble descrito en la cláusula que antecede, para dedicarlo como oficina sede del Consejo Municipal Electoral xx Xxxxxxx, Jalisco y/o como centro de acopio del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco.
TERCERA. El presente comodato tendrá vigencia a partir de 1 ro xx xxxx de 2018 y hasta el día 31 de julio del 2018.
CUARTA. Convienen ambas partes que, en caso de que las necesidades de "EL COMODATARIO" así lo requieran, prorrogarán el vencimiento del presente contrato en el plazo que "EL COMODATARIO" determine, el cual no podrá exceder de cuatro meses, y que dicha prorroga se regirá bajo las mismas cláusulas del presente contrato, sin que puedan variar en su contenido salvo acuerdo previo y por escrito firmado por ambas partes. En cualquier caso se firmará el convenio correspondiente.
QUINTA. "ELCOMODATARIO" se obliga a devolver el bien dado en comodato, al término del presente contrato o de su prórroga, según sea el caso, en las mismas condiciones en que lo recibió, debiendo hacer entrega física del inmueble a la persona que el Ayuntamiento designe.
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SEXTA. "EL COMODATARIO" renuncia expresamente a cualquier tipo de indemnización, en razón de las mejoras y/o del mantenimiento que se lleven a cabo en el inmueble materia del presente comodato.
SÉPTIMA. El inmueble entregado en comodato, deberá ser destinado como oficina sede del Consejo Municipal Electoral antes descrito y/o como centro de acopio del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco.
OCTAVA. Corresponde a "EL COMODANTE" el pago de las contribuciones prediales, así como el correspondiente por cualquier servicio público o privado cuya obligación haya nacido antes de la celebración del presente contrato.
NOVENA. Corresponde a "EL COMODATARIO" el pago de los servicios públicos o privados con que se cuente o se contraten con posterioridad a la celebración del presente contrato.
DÉCIMA. Asimismo, queda prohibido a "EL COMODATARIO" traspasar o ceder en cualquier forma el uso del bien materia del comodato o los derechos del presente contrato. Los traspasos o cesiones que se realicen en contravención a lo pactado, serán nulos e inoperantes respecto de "EL COMODANTE".
DÉCIMO PRIMERA. "EL COMODATARIO" se obliga a poner toda diligencia en la conservación de dichos inmuebles y responder de todo deterioro de los mismos, debiendo reparar los daños y pagar el importe de los gastos ordinarios que se originen para el uso y la conservación de los bienes dados en comodato.
DÉCIMO SEGUNDA. "EL COMODANTE" designa a Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, como el encargado de dar seguimiento y cumplimiento a las obligaciones establecidas en el presente contrato de comodato y por su parte "EL COMODATARIO" designa al C. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, presidente del Consejo Distrital Electoral 17, para los mismos propósitos.
DÉCIMO TERCERA. Las partes acuerdan que, para el caso de presentarse cualquier inconformidad con relación al contenido de las cláusulas del presente contrato, incluso tratándose del incumplimiento de las obligaciones contenidas en ellas, agotarán prioritariamente los métodos alternos de solución de controversias como la mediación o conciliación antes de ejercitar cualquier acción judicial rescisoria del presente contrato, lo que de alguna manera deberá hacerse a través de las instituciones del Estado.
DÉCIMO CUARTA. La rescisión y terminación del presente contrato se sujetará a lo previsto por los artículos 2162, 2163 y 2166 del Código Civil del Estado de Jalisco, pero considerando el destino que se dará al bien inmueble entregado en comodato, ambas partes acuerdan abstenerse de promover judicial o extrajudicialmente cualquier acción de rescisión y/o efectuar cualquier tipo de diligencias con ese fin, durante los 30 días anteriores al primer xxxxxxx xx xxxxx de 2018, así como en los 30 días posteriores a esta fecha.
DÉCIMO QUINTA. Para la interpretación, ejecución y cumplimiento de lo
establecido en el presente contrato, las partes acuerdan someterse a la ( jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de Guadalajara, Jalisco, renunciando
al fuero que en razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles.
Leído que fue el contenido del presente contrato por las partes que en él intervinieron y enteradas plenamente de sus alcances legales, lo firman de conformidad por triplicado, ante la presencia de las personas que al igual suscriben como testigos, en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, al 12 del mes xx xxxxx de 2018.
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TESTIGOS
XXXXXXXXX XXXXXX R � XXX XXXXXXX DIRECTOR JURÍDI O IEPC
. XXXXX �x XXXXXXXX PRESIDENTE DEL CONSEJO DISTRITAL 17
C.XXXXXX XXXXXX MEXICANO COORDINADOR DE ORGANIZACIÓN
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